Los incendios que ya han arrasado más de 400.00 hectáreas en España este verano han provocado pérdidas millonarias que todavía no han podido ser calculadas. Desde las personas que han visto arder sus hogares, a ganaderos que han perdido su ganado o sus campos donde pastaban sus animales, así como agricultores que ya no tienen cultivos en zonas como el Valle del Jerte, en Cáceres, pero también en Castilla y León.
El Gobierno ya ha prometido ayudas, de hecho declarará como zonas catastróficas las zonas afectadas por los fuegos el próximo martes. Lo mismo ha hecho, de momento, el Gobierno autonómico de Castilla y León, que anunció ayudas el miércoles.
Pero los incendios también han afectado a 55.000 pasajeros que, sin sufrir pérdidas materiales por el fuego, sí han pasado una semana sin alternativas para viajar por la suspensión de la circulación ferroviaria entre Madrid y Galicia.
RTVE Noticias recopila las indemnizaciones que se pueden reclamar por los incendios:
¿Qué cubren los seguros en caso de daños materiales por incendios?
Según los expertos, lo más importante después de la pérdida de una vivienda o de un vehículo es dar parte a la compañía de seguros en el plazo establecido por la Ley 50/1980, de 8 de octubre, de Contrato de Seguro, que fija el periodo en siete días como mínimo. Eso sí, la legislación deja margen a que se fije en la «póliza un plazo más amplio».
El desembolso de compensaciones por incendios se encuentra en casi todos los seguros básicos de hogar, aunque «la cobertura de incendio es variable entre una compañía y otra», explica a RTVE Noticias el portavoz de la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU), Enrique García. Así, dependiendo de la cobertura del seguro contratado, las compensaciones de este pueden ser «muy pequeñas en algunos casos y amplias en otros». Algunos cubren hasta los «gastos de hospedaje mientras se restaura la vivienda».
Según explica el portavoz, las personas afectadas por los incendios tienen que «dar parte a la compañía del siniestro» lo antes posible. La forma óptima es poder «acreditar de la mejor manera posible los daños». En estas situaciones ayudan fotos o vídeos del antes y el después para acreditar hasta dónde llegan los destrozos. Después, «la compañía tiene 40 días» desde que se presenta el parte para realizar el peritaje y «ofrecer una indemnización provisional» y «tres meses para ofrecer la indemnización definitiva».
¿Cómo reclamar si no se está de acuerdo?
A pesar de esto, García destaca que, en buena parte de los casos, las indemnizaciones de los seguros «no cubren el daño real» provocado. Esto ocurre cuando existen discrepancias entre el seguro y el afectado sobre «el alcance de las coberturas».
En estos casos, los afectados deben hacer una reclamación «ante el servicio de atención al cliente de la compañía de seguros». Posteriormente, los reclamantes podrán acudir a la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, que depende del Ministerio de Economía. Esta es la autoridad encargada de resolver las reclamaciones.
Sin embargo, si la discrepancia persiste, «se puede plantear acudir a la vía judicial«, asegura García. Añade que estas situaciones solo se dan cuando las discrepancias son muy grandes y que desde la OCU recomiendan «acreditar lo mejor posible los daños». Para poder hacerlo es importante tener a mano la factura (ya sea en físico o digital) de los objetos de mayor valor económico destruidas por el fuego.
El portavoz de la Organización recalca que es crucial tener los documentos en digital a la hora de reclamar para obtener copias de documentos importantes como «la escritura de compraventa, títulos académicos, escrituras de propiedad, facturas…».
¿Y los vehículos?
En cuanto a los vehículos, el seguro a terceros normal no tiene incluida la cobertura por un incendio que se produce por causas de fuerza mayor, aunque sí «tienen cobertura de incendios provocados», explica el secretario general y portavoz de Facua, Rubén Sánchez. Por otro lado, el portavoz de la OCU añade que un «seguro a terceros reforzado» sí incluye esta cobertura. Es importante revisar lo que cubre y qué no.
Por otro lado, también es importante comprobar la cantidad de la indemnización del seguro a terceros. No es lo mismo el valor venal que el valor de nuevo. Si el seguro abona el valor venal, que es el precio del vehículo justo antes del siniestro, la indemnización no cubriría «los gastos de otro vehículo», explica García.
«Está desapareciendo el humo y nos estamos dando cuenta de la inmensidad del desastre»
¿Cómo puede reclamar el sector agrícola?
Los incendios de este año y los de 2022 son los que más han afectado al sector agrícola en la historia, según datos de Agroseguro, con la «mayor superficie siniestrada por incendio en explotaciones agrícolas y ganaderas desde 2020». La Coordinadora de Organizaciones Agrarias y Ganaderas (COAG) cifra las pérdidas del sector agrícola en más de 600 millones de euros.
Con todo, este es «el momento de mayor contratación de la serie histórica del seguro agrario en España», señala a este medio el director general de Agroseguro, Sergio de Andrés. Cultivos como el cereal, la uva de la viña o la fruta cuentan con una implementación por encima del 70% o el 80% según datos de la Agrupación.
El riesgo de incendio, explica De Andrés, está incluido en todas las coberturas básicas de los seguros agrícolas de «herbáceos, cereal, uva de vino, olivar, viña…». En cuanto al ganado, «está incluido en bovinos, ovino y equino como garantía también básica de todos los seguros de vida o accidentes». En cuanto al porcino o a las aves es una garantía opcional, asegura De Andrés.
Además, los seguros de ganado también cubren los gastos de retirada de los cadáveres de los animales y su destrucción, que es gestionada por una empresa especializada.
Para reclamar, lo primero, al igual que con la vivienda y el vehículo, es dar un parte a la compañía de seguros lo antes posibles, dentro del plazo de siete días. A pesar de esto, desde Agroseguro transmiten tranquilidad y afirman que no hay que preocuparse si los partes se envían una vez finalizado el plazo fijado por la ley. «Lo gestionaremos de la misma manera sin ningún tipo de problema».
Una vez entregado el parte, desde el seguro envían al perito para evaluar los daños y en función de esto se desembolsa la indemnización. El pago de Agroseguro tras el peritaje llega «entre 25 y 30» días.
El sector ganadero, víctima de los incendios por la falta de pastos
¿Qué pasa con la gente que no tiene seguro?
En el supuesto de que una persona no disponga de un seguro de hogar o vehículo, no tiene derecho a una indemnización y tendrá que asumir la «totalidad de los daños». La única opción que queda para estas es que el Gobierno declare a las zonas afectadas como «zona catastrófica«.
Esta declaración significa que el Gobierno puede habilitar ayudas extraordinarias y «las administraciones pueden aprobar ayudas destinadas a aquellas personas», explica García. A pesar de esto, destaca que este tipo de ayudas llegan también a las personas que tienen seguro, alcanzando a ambos perfiles, «pero para las que no tienen seguro es la única forma de recuperar algo».
Desde la portavocía de Facua aseguran que «habrá que ver a qué se destina la ayuda» tras la declaración de zona catastrófica. Hay varias posibilidades, pues pueden destinarse a la ayuda de la reconstrucción de inmueble, de primera vivienda, de vivienda en general o «el pago de comprarte un coche nuevo» o solo una ayuda para hacerlo. Todo esto «va a depender de las órdenes de subvenciones».
En el caso de los agricultores y ganaderos la situación es similar. «La única opción que les puede quedar es que las administraciones», tanto autonómicas como el Gobierno nacional, presente cualquier «tipo de ayuda directa o ayuda fiscal«, explican desde Agroseguro. En este sentido, el ministro de Agricultura, Luis Planas, ha prometido que se pondrán todos los «medios disponibles» para ayudarlos.
¿Cómo reclamar a Renfe o compañías ferroviarias por cancelaciones de trenes?
Los 55.000 afectados por la suspensión de la circulación de trenes entre Madrid y Galicia durante la última semana, tienen más complicado reclamar. Al ser un evento extraordinario, limita mucho la responsabilidad de la compañía, siendo «una circunstancia imprevisible e inevitable», según García.
En estos casos, los afectados tienen derecho al reembolso de su billete o, si lo prefieren, pedir un transporte alternativo «equiparable» en precio para llegar a su destino. «Esto de equiparable tiene siempre matices y está condicionado por la circunstancia», asegura el portavoz de la OCU.
Además, en estas situaciones excepcionales, la empresa no se hace cargo de daños colaterales en la suspensión del transporte como puede ser la pérdida de noches de hotel o días de vacaciones. Todo esto, en esta situación, «no se puede reclamar», sentencia García.
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