Las ayudas directas de hasta 100 euros para la financiación de gafas y lentillas a menores de 16 años comenzará a darse este miércoles, ha avanzado el Ministerio de Sanidad durante un acto en el que la ministra, Mónica García, ha estado presente en la concesión directa de estas ayudas, que se enmarcan dentro del Plan Veo. Se trata de «una medida de carácter excepcional»que responde a una necesidad de salud pública y a la voluntad de «reducir barreras económicas» que dificultan el acceso a sistemas de ayuda visual en la infancia, subraya Sanidad.
La compra de gafas o lentillas deberá formalizarse hasta el 31 de diciembre de 2026 aunque los pagos correspondientes a operaciones realizadas en el mes de diciembre podrán ejecutarse durante el ejercicio 2027
La subvención, que asciende a un máximo de 100 euros por persona beneficiaria, cubrirá el coste de productos ópticos esenciales, como monturas básicas con lentes graduadas orgánicas con antirreflejante, o lentes de contacto (lentillas) y soluciones de mantenimiento durante un año.
«Hoy culminamos uno de los proyectos más ambiciosos que tenemos desde el Gobierno de España, desde el Ministerio de Sanidad, que es proveer de gafas y lentillas a los niños de este país, a más de medio millón de niños que necesitan gafas o lentillas a través de la sanidad pública«, ha señalado García en un acto celebrado en la Óptica Newlens, en Carabanchel (Madrid).
Al Plan Veo pueden acogerse menores de edad, hasta los dieciséis años inclusive, que tengan derecho a la asistencia sanitaria con cargo a fondos públicos del Sistema Nacional de Salud y presenten un problema de refracción diagnosticado susceptible de corrección mediante un sistema de ayuda visual. Los padres, madres o tutores responsables de la tutela de la persona beneficiaria son quienes deberán gestionar la solicitud, tras cumplimentar y firmar el Anexo I del convenio, en los establecimientos sanitarios de óptica participantes en el Plan Veo.
¿Qué incluye el plan?
En las gafas y lentes graduadas, la montura completa. Se financia la montura básica con lentes graduadas orgánicas con antirreflejante. En el caso de solo lentes, se cubren las lentes graduadas orgánicas con antirreflejantes. Esta opción está disponible para situaciones en las que solamente se desee cambiar las lentes de las gafas existentes.
Si se trata de lentes de contacto y mantenimiento, Sanidad desglosa que en las lentillas se incluyen las fabricadas con material hidrofílico o gas permeable. También se financia la solución líquida necesaria para el mantenimiento de las lentes de contacto. Esta solución se entrega en una cuantía suficiente para su uso durante un periodo de un año.
La financiación
Si el coste del sistema de ayuda visual es inferior a 100 euros, el Plan Veo financiará hasta el precio total del producto. En este caso, la persona beneficiaria no tiene que abonar nada. Si el precio es superior a 100 euros, el se financiará hasta los 100 euros y la persona beneficiaria deberá aportar el resto del importe para alcanzar el precio final del producto.
El Plan Veo es compatible con otras subvenciones, ayudas o recursos que la persona beneficiaria haya podido recibir previamente para la compra de sistemas de ayuda visual, siempre y cuando no se supere la cuantía máxima de 100 euros fijada por este plan. En caso de haber recibido ayudas previas, se debe declarar la cuantía recibida, y el Plan Veo financiará la diferencia entre la cuantía máxima fijada (100 euros) y la ayuda previa recibida, precisa el Ministerio.
Las ópticas
Los establecimientos participantes, añade Sanidad, deben tener un adhesivo específico expuesto en el exterior, además de indicarlo en el interior. El Consejo General de Ópticos y Optometristas ha puesto, además, a disposición de los ciudadanos un buscador de centros participantes.
Para acceder al Plan Veo se necesita una prescripción del sistema de ayuda visual en formato receta que debe incluir, al menos, la identificación del profesional sanitario o del servicio, el nombre del centro sanitario y la fecha de validez de la prescripción.
¿Quién emite la receta?
La autoridad para emitir la receta varía según la edad y si se trata de un primer o segundo acceso al Plan Veo. En el primer caso (5 años o menos), se requiere receta de un profesional de oftalmología o de óptica-optometría de un servicio de oftalmología del Sistema Nacional de Salud (SNS) o del sistema privado. En el primer acceso de 6 años o más la receta puede ser emitida por los profesionales anteriores o por un profesional de óptica-optometría de un establecimiento sanitario de óptica participante en el Plan Veo.
En el caso del segundo acceso, el beneficiario podrá acceder mediante una revisión realizada por un profesional de oftalmología, del ámbito público o privado, o por un profesional de óptica-optometría que preste servicios en dichos ámbitos o en un establecimiento de óptica adherido. Para este segundo acceso, será obligatorio que hayan transcurrido trescientos sesenta y cinco días desde la adquisición anterior realizada a través del Plan Veo.
La documentación
En cuanto a la documentación que hay que presentar, Sanidad enumera: la prescripción del sistema de ayuda visual en formato receta; nombre y apellidos de la persona menor de edad beneficiaria; nombre y apellidos del padre/madre/tutor responsable de la tutela; número del documento de identificación (DNI/NIE) de la persona beneficiaria (si lo tiene) y del responsable de la tutela; número de la Tarjeta Sanitaria Individual o del documento de reconocimiento del derecho a la asistencia sanitaria expedido por la comunidad autónoma y el anexo I del convenio, que debe estar firmado y cumplimentado por el responsable.
El óptico-optometrista es quien introduce esta información en la aplicación web del Plan Veo y carga la documentación necesaria en la plataforma para continuar con el expediente. El plan cuenta con una financiación total de 47.775.000 euros. La compra de gafas o lentillas deberá formalizarse hasta el 31 de diciembre de 2026 aunque los pagos correspondientes a operaciones realizadas en el mes de diciembre podrán ejecutarse durante el ejercicio 2027, garantizando así la cobertura efectiva y el cierre contable de la medida. El Ministerio de Sanidad ha habilitado la dirección de correo planveo@sanidad.gob.es, a la que se podrán enviar dudas o reclamaciones.
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