En agosto de 2025, durante la Feria de Málaga, varias mujeres acudieron a los Puntos Violeta buscando apoyo ante situaciones de acoso en un entorno multitudinario. El distintivo violeta, implantado desde 2021 por el Ministerio de Igualdad, se presentó como un recurso de proximidad capaz de ofrecer atención inmediata y activar mecanismos de protección. La expectativa institucional era clara: proporcionar un espacio accesible, atendido por personal formado y preparado para gestionar incidentes en tiempo real.
Sin embargo, la información recogida en la prensa local, informes municipales y análisis técnicos muestra un escenario muy distinto. Se documentaron esperas prolongadas, derivaciones genéricas al 016, ausencia de protocolos y una percepción extendida de que estos puntos funcionaban más como dispositivos de visibilidad que como recursos integrados en el sistema de protección. Estos episodios revelan deficiencias en el diseño, la gobernanza y el despliegue del modelo.
La distancia entre la promesa institucional y el funcionamiento real plantea interrogantes sobre su capacidad para ofrecer una respuesta inmediata y coordinada. En este contexto, resulta imprescindible avanzar hacia un enfoque de seguridad inteligente, basado en la anticipación del riesgo, la interpretación de señales débiles y la proactividad incluso en situaciones de crisis, siguiendo el marco formulado por González (2025). El análisis que aquí se formula no cuestiona en ningún caso la necesidad de combatir la violencia de género, sino la suficiencia técnica y evaluable de sus instrumentos al efecto.
Este artículo desarrolla un análisis técnico-institucional del modelo, articulado en tres objetivos principales:
- Analizar el origen, la finalidad y la promesa institucional de los Puntos Violeta en el marco del Pacto de Estado contra la Violencia de Género (2017).
- Evaluar su arquitectura y su gobernanza, incluyendo la coordinación con sistemas de teleprotección como Cometa y con el Sistema de Seguimiento Integral en los casos de Violencia de Género (VioGén).
- Proponer reformas estructurales que permitan transitar de un enfoque predominantemente simbólico a un modelo basado en la resiliencia, evaluabilidad, trazabilidad y auditoría.
1. Marco de creación y contexto político de los Puntos Violeta
La implantación de los Puntos Violeta se enmarca en la estrategia estatal derivada del Pacto de Estado de 2017, orientada a ampliar los mecanismos de detección y apoyo frente a la violencia de género. Desde 2021, el Ministerio de Igualdad impulsó la “acreditación” de establecimientos y servicios de uso cotidiano con el fin de extender la red de recursos más allá de los dispositivos especializados. Hasta 2025, esta red ha crecido de forma notable, incorporando miles de ubicaciones permanentes y puntos temporales en eventos de gran afluencia.
Institucionalmente se asocia el color violeta con la denuncia y la sensibilización, configurando estos puntos como nodos de proximidad destinados a ofrecer información básica y acompañamiento inicial. La medida se presentó como una vía para facilitar el acceso a la protección en espacios donde pueden producirse situaciones imprevistas que afecten a la seguridad de las mujeres.
2. Modelos de referencia
El diseño español se inspira en varias experiencias internacionales que comparten el propósito de ofrecer puntos seguros y mecanismos de intervención rápida:
- Ask for Angela (Reino Unido): lanzado en 2016 dentro de entornos de ocio nocturno, permite a una persona en situación de riesgo solicitar ayuda de forma discreta mediante la frase “Ask for Angela”. El personal, previamente formado bajo el programa WAVE (Welfare and Vulnerability Engagement), activa un protocolo inmediato: acompañamiento seguro, separación del agresor potencial, contacto policial o solicitud de transporte alternativo (BBC News, 2016).
- Points violets (Francia): implementados en festivales y grandes eventos, estos puntos cuentan con equipos multidisciplinares (sanitario, seguridad, voluntariado especializado) y protocolos claros de derivación inmediata a estos (Gouvernement Français, 2018).
- Noctámbul@s (Cataluña): más que un punto físico, es un observatorio de violencias en ocio nocturno que combina prevención, campañas de sensibilización, investigación social y evaluación de impacto en ocio nocturno (Generalitat de Catalunya, 2023).
Todas estas iniciativas comparten rasgos clave: formación del personal, protocolos muy detallados, coordinación con policía y servicios sanitarios, y, sobre todo, sistemas de métricas que permiten reforzar, corregir o implementar los ajustes necesarios para mejorar su eficacia y robustez. Cuestión que se aleja de lo que Miguel Sánchez Morón (2018) describe como “cumplimiento meramente formal”, una cultura administrativa orientada a “cumplir el expediente” (cumplimiento aparente), sin garantizar resultados efectivos ni mecanismos reales de evaluación. Frente a ese modelo ritualista, los dispositivos internacionales se apoyan en indicadores verificables, procedimientos contrastables y una orientación clara hacia la eficacia material, no hacia la apariencia de cumplimiento.
Ante un marco nacional marcado por una regulación imprecisa y una aplicación limitada, varios países han desarrollado modelos alternativos que permiten comparar enfoques y extraer lecciones valiosas para España.
Esta indefinición normativa y estructural se agrava con la fragmentación, propia de un diseño multinivel sin un marco estatal vinculante que garantice estándares homogéneos, resultando en una “geografía de la protección” desigual donde las garantías efectivas para las víctimas dependen del lugar de residencia, el compromiso institucional local y la capacidad técnica de cada administración.
Diversos ejemplos ilustran la heterogeneidad territorial en la implementación de estas iniciativas. Es el caso de Cataluña, con la integración del programa Noctámbul@s, que prioriza la investigación social, la prevención en el ocio nocturno y configura un modelo propio que no siempre converge con los protocolos estatales (Generalitat de Catalunya, 2023); la Comunidad Autónoma Vasca, donde la adopción es limitada y se focaliza en eventos puntuales, sin un despliegue estructural ni sistemas homogéneos de registro y evaluación; Zaragoza, que en 2025 sustituyó los Puntos Violeta por “Espacios Seguros” unisex, medida calificada como un grave retroceso por diluir la especificidad de la violencia de género (Heraldo de Aragón, 2025); o Málaga, cuyo modelo se basa en puntos temporales durante ferias, con cobertura intensiva pero sin continuidad ni seguimiento sistemático (Ayuntamiento de Málaga, 2025).
El Protocolo Estatal de abril de 2025, de carácter voluntario, no logra fijar unos mínimos, dando lugar a un mosaico de puntos permanentes insuficientemente dotados, temporales dependientes del voluntariado y modelos no interoperables (RTVE, 2025).
3. Comparación internacional de los puntos seguros
Los modelos internacionales más consolidados destacan por la formación del personal, la existencia de protocolos y la capacidad de activar respuestas inmediatas. En Reino Unido y Francia, estas intervenciones se integran en los dispositivos de seguridad del evento, lo que garantiza coordinación ágil y trazabilidad efectiva, a diferencia del modelo español.

4. Principios constitucionales implicados en los Puntos Violeta
La fragmentación territorial interpela directamente varios principios constitucionales:
- Igualdad y uniformidad básica (arts. 14 y 139.1 CE): el acceso a la protección frente a la violencia de género no puede depender del territorio.
- Solidaridad y equilibrio territorial (arts. 2 y 138 CE): obligan a evitar brechas en la garantía de derechos fundamentales.
- Lealtad institucional y cooperación: exigen coordinación efectiva entre niveles de gobierno para asegurar continuidad en la protección.
- Sobre la “reciprocidad”. no constituye un principio constitucional autónomo; el mandato constitucional es garantizar derechos equivalentes, no intercambios condicionales entre comunidades autónomas.
La fragmentación genera brechas de accesibilidad que afectan directamente a los colectivos más vulnerables. Persisten déficits básicos en accesibilidad sensorial, como la ausencia de braille, intérpretes de lengua de signos o señalética inclusiva, lo que excluye a mujeres ciegas, sordas o con discapacidad comunicativa pese al discurso institucional sobre inclusión. A ello se suma la falta de materiales en lenguas cooficiales e idiomas migrantes, una carencia ya señalada por la Macroencuesta de Violencia contra la Mujer 2025 (Ministerio de Igualdad, 2025) al mostrar limitaciones de conocimiento entre jóvenes y mujeres migrantes.
5. Dispositivos complementarios de protección: el Proyecto PEPO
En un contexto de vacíos operativos, iniciativas como el Proyecto PEPO representan una innovación capaz de cubrir brechas del sistema de protección (González, M., 2025). Basado en el entrenamiento especializado de perros de protección, el programa aporta disuasión, seguridad y apoyo emocional a mujeres en riesgo, en línea con modelos internacionales de guardian presence. Testimonios como “Mi Pepo me devolvió la calle” (El Mundo, 2025) evidencian su impacto en la recuperación de autonomía tras episodios de violencia.
Lejos de ser un recurso marginal, el Proyecto PEPO demuestra que la eficacia en la protección depende de estándares técnicos, supervisión profesional y evaluación continua. Cuando un dispositivo incorpora formación especializada y criterios de elegibilidad, la protección deja de ser simbólica y se convierte en capacidad operativa real.
El reconocimiento institucional de estos dispositivos fue tardío, pese a que su regulación había sido planteada durante años en espacios académicos y profesionales, como el Bilbao Congress (2023), y desarrollada en trabajos como Protección fallida: anatomía crítica de la respuesta institucional frente a la violencia de género en España.
Las intervenciones públicas y entrevistas en medios como Norte Gran Canaria contribuyeron a visibilizar su utilidad disuasoria y de acompañamiento emocional, reforzando un debate técnico ya presente en foros especializados. Como se señalaba entonces, “otra alternativa de defensa es la utilización de perros de protección […] Aquellos que tienen más arraigado el instinto de protección son los que sirven y los seleccionados para estas tareas” (González, M., entrevista en Norte Gran Canaria, 2023).
Estas intervenciones ayudaron a impulsar el debate legislativo que culminó en el Real Decreto 409/2025, que regula los perros de asistencia y garantiza su acceso a espacios públicos. La norma corrigió una situación disfuncional que limitaba la autonomía y seguridad de las mujeres usuarias. La experiencia acumulada muestra que el acompañamiento de perros entrenados refuerza la autoconfianza, reduce la vulnerabilidad percibida y mejora la capacidad de respuesta ante amenazas.
Los PEPO operan como un complemento, no como un sustituto, de los recursos públicos: su finalidad es reforzar la protección existente, no reemplazarla.
6. Riesgos normativos y lecciones recientes
La evolución reciente del marco jurídico en materia de violencia de género ofrece ejemplos elocuentes sobre cómo determinadas decisiones normativas pueden generar efectos no previstos y comprometer la eficacia del sistema de protección.
6.1. La experiencia de la Ley Orgánica 10/202
La experiencia de la Ley Orgánica 10/2022, de 6 de septiembre, de garantía integral de la libertad sexual, puso de manifiesto los riesgos asociados a una técnica legislativa insuficiente. Su aplicación retroactiva generó reducciones de condena y excarcelaciones anticipadas de más de 1.200 agresores sexuales (CGPJ, 2023; El País, 2024), pese a las advertencias formuladas por el Consejo de Estado y el Consejo General del Poder Judicial, en atención al principio de retroactividad, salvo que sea favorable al reo. En la práctica se evidenció la ausencia de un análisis de impacto adecuado y las consecuencias que ello produjo, especialmente relevante si se considera que la Administración tiene la obligación de garantizar la integridad física y la vida como derechos fundamentales, y que un error de previsión comprometió su deber más exigente de protección.
Esta falta de previsibilidad, la ausencia de una evaluación ex ante rigurosa, muestra que, incluso políticas con alta carga simbólica, pueden generar efectos iatrogénicos que debilitan el sistema de protección.
6.2. Opacidad empírica y ausencia de indicadores verificables
La opacidad empírica agrava estas limitaciones. Los boletines estadísticos de la Delegación del Gobierno contra la Violencia de Género de 2024 y 2025 no incluyen indicadores específicos sobre atenciones, tipología de casos, tiempos de respuesta, derivaciones o resultados, lo que dificulta evaluar la actividad real de los dispositivos (Ministerio de Igualdad, 2025a). Asimismo, la Macroencuesta 2024-2025, aunque aporta datos relevantes sobre prevalencia, no ofrece información sobre el funcionamiento, uso o alcance de los Puntos Violeta (Ministerio de Igualdad, 2025b).
Esta ausencia de métricas, trazabilidad y mecanismos de evaluación impide identificar buenas prácticas, corregir fallos, asignar recursos de forma eficiente y demostrar una contribución efectiva a la protección. El resultado es un “limbo” que empobrece la capacidad institucional para ofrecer respuestas contrastables y merma la confianza ciudadana.
6.3. La paradoja estructural del modelo español
La desatención de las advertencias recogidas en los dictámenes del Consejo de Estado y del Consejo General del Poder Judicial comprometió la seguridad de las mujeres y generó efectos contrastados sobre la seguridad jurídica y la confianza en el Estado. Esta situación evidencia la falta de alineación entre el discurso y el diseño legal, tanto por los resultados negativos que se materializaron como por los que pudieron haberse producido.
6.4. Contraste internacional y límites del modelo español
En contraste, programas como Ask for Angela en Reino Unido o los Points violets en Francia, los Puntos Violeta españoles operan con frecuencia como dispositivos de alta visibilidad, pero con una integración y pragmatismo limitado, al actuar como nodos aislados dentro de un ecosistema institucional que requiere coordinación, trazabilidad y capacidad de respuesta inmediata, a la par de eficiente.

7. Fallos sistémicos en la teleprotección: Cometa y sus efectos
La fiabilidad del sistema de control telemático es un elemento esencial para la protección de las víctimas cuando se aplican medidas judiciales de alejamiento. El análisis del sistema Cometa en el periodo 2024-2025 permite identificar grandes errores cuyo examen debería servir para evitar su repetición y fortalecer el funcionamiento del sistema.
7.1. Función del sistema Cometa
El sistema de seguimiento telemático de medidas y penas de alejamiento, gestionado por el Centro de Control Cometa, es un componente esencial para la protección de las víctimas cuando los juzgados imponen órdenes de alejamiento supervisadas mediante dispositivos electrónicos. Su diseño responde a dos objetivos fundamentales: prevenir los quebrantamientos de las órdenes de alejamiento mediante un sistema de geolocalización dual entre agresor y víctima, así como generar evidencia digital que permita acreditar ante la autoridad judicial cualquier incumplimiento de las medidas impuestas.
7.2. Vulnerabilidades derivadas de la transición tecnológica (2024-2025)
La transición tecnológica y el cambio de proveedor de las “pulseras” entre 2024 y 2025 evidenciaron vulnerabilidades relevantes en el sistema de control telemático (Fiscalía General del Estado, 2024; González Santiago, 2025). Estas incidencias suscitaron legítimas dudas sobre su fiabilidad y redujeron la confianza en un mecanismo cuya eficacia depende de su integridad, continuidad y disponibilidad para activar una respuesta inmediata ante cualquier situación de riesgo.
7.3. Impacto probatorio y consecuencias procesales
La pérdida temporal de información tuvo consecuencias procesales relevantes. Diversas fiscalías territoriales informaron de sobreseimientos provisionales y sentencias absolutorias por falta de prueba, al no poder acreditarse los quebrantamientos de las medidas u órdenes judiciales durante el periodo de transición tecnológica. Este desenlace muestra cómo un fallo puede transformarse en un fallo probatorio de efectos irreversibles, al comprometer la capacidad del sistema.
8. Riesgos estructurales del ecosistema digital: el global blackout de 2025
Más allá de las incidencias propias de los sistemas de teleprotección, existen riesgos de naturaleza estructural capaces de comprometer simultáneamente todo el ecosistema de seguridad. El apagón masivo del 28 de abril de 2025 constituye un ejemplo paradigmático de cómo una disrupción energética de gran escala puede desencadenar un colapso digital inmediato, afectando a infraestructuras críticas y servicios esenciales. Este fenómeno, conceptualizado por el autor como Colapso Dominó Infraestructural (CDI) (González y Santiago, 2025), permite analizar su impacto específico en la desprotección de las mujeres en contextos de riesgo.
El apagón supuso una interrupción energética prolongada que afectó a la práctica totalidad de España peninsular y Portugal, con cortes que, según fuentes oficiales y periodísticas, oscilaron entre 12 y 24 horas. Este episodio ha sido estudiado por el autor bajo el concepto de global blackout: del cero energético al cero digital, destacando que la pérdida de suministro eléctrico en un entorno hiperconectado provoca una cascada de fallos que alcanza a infraestructuras críticas, comunicaciones de emergencia y sistemas de teleprotección (González y Santiago, 2025b).
Del cero energético al cero digital o global blackout: implicaciones para la protección y la resiliencia:
El global blackout evidenció que la interrupción eléctrica paraliza de forma inmediata sistemas esenciales como Cometa, VioGén, el 112 y las plataformas judiciales, revelando una vulnerabilidad estructural del ecosistema digital. Las incidencias observadas muestran que la eficacia de los mecanismos de protección, incluidos los Puntos Violeta y los dispositivos de primera acogida, depende de una infraestructura robusta, redundante y auditada. Cuando esta falla, la cadena de protección puede quebrarse en los momentos de mayor riesgo, por lo que garantizar la continuidad de la respuesta institucional es un requisito central.
La revisión técnica de Cometa en 2024-2025 confirmó vulnerabilidades con impacto directo en la operatividad policial y en la consistencia probatoria de los procedimientos judiciales. La tabla siguiente sintetiza estas incidencias y sus efectos sobre la protección de las víctimas.

La protección solo es efectiva cuando el sistema asegura la integridad del dato, la continuidad del servicio, una geolocalización fiable, una interoperabilidad plena con VioGén y una cadena de custodia digital verificable. Si alguno de estos elementos yerra, se reduce la capacidad del Estado para proteger a las víctimas y sostener el reproche penal.
9. Necesidad de una Ley de Bases estatal
Los fallos detectados en Cometa muestran que resulta imprescindible la aprobación de una Ley de Bases estatal sobre interoperabilidad y estándares mínimos, amparada en las competencias del Estado, en particular, las previstas en el artículo 149.1 de la Constitución Española en materia de seguridad pública, administración de justicia, bases del régimen jurídico del sector público y digitalización. Esta norma permitiría fijar requisitos obligatorios en:
- Interoperabilidad entre sistemas autonómicos y estatales.
- Continuidad ante fallos o ciberincidentes.
- Trazabilidad y custodia de datos sensibles.
- Formación certificada y perfiles profesionales mínimos.
- Protocolos homogéneos de canalización, registro y evaluación.
Lejos de implicar una recentralización, esta Ley de Bases establecería un carril normativo común dentro del cual cada comunidad autónoma mantendría su autonomía organizativa, garantizando que cualquier víctima, en cualquier territorio, acceda a un nivel de protección equivalente. Este planteamiento responde tanto al marco competencial constitucional como a las exigencias técnicas de un ecosistema digital que solo funciona si todos los nodos operan bajo estándares mínimos comunes.
10. Conclusiones
La protección institucional no puede sustentarse en dispositivos simbólicos ni en iniciativas de alta visibilidad pero baja capacidad operativa, porque esa visibilidad sin capacidad técnica genera una falsa sensación de seguridad.
Los fallos recientes han demostrado que el sistema actual presenta debilidades estructurales que comprometen la protección. La profesionalización de la atención, la interoperabilidad con los sistemas estatales, la accesibilidad y la medición de resultados, junto con la corrección de errores normativos y tecnológicos son condiciones necesarias, pero no suficientes. Sin mecanismos de supervisión y trazabilidad, estas mejoras quedan desarticuladas y pierden capacidad transformadora.
La incorporación de una Ley de Bases estatal sobre interoperabilidad y estándares mínimos constituye el elemento que permite articular estas reformas en un marco común. Esta norma no sustituye la capacidad organizativa de las comunidades autónomas, pero sí fija los mínimos obligatorios que garantizan que cualquier mujer, en todo el territorio, acceda a un nivel de protección equivalente, jurídicamente sólido y tecnológicamente fiable con el objeto de asegurar un suelo de garantías.
Solo mediante una transición de la visibilidad a la capacidad técnica verificable, los Puntos Violeta podrán dejar de funcionar como escudos decorativos, dispositivos de seguridad aparente que generan tranquilidad, pero no reducen el riesgo real, y convertirse en mecanismos efectivos de protección y de justicia material. La seguridad auténtica no se construye con escaparates, sino con sistemas y subsistemas robustos capaces de sostener una respuesta fiable.
La mejora del sistema de protección no se limita a los Puntos Violeta. También exige la solidez forense y tecnológica de los sistemas de teleprotección; en especial una cadena de custodia digital robusta, auditada y trazable que permita sostener alertas, geolocalizaciones y registros en sede judicial. Sin esta cadena de custodia, la protección pierde validez y eficacia.
La experiencia de la Ley 10/2022 confirma que, sin previsibilidad, sin evaluación técnica rigurosa y sin coherencia entre el diseño legal y sus efectos, incluso las políticas públicas más visibles pueden generar efectos adversos que desacreditan la confianza. La protección no puede depender de símbolos, sino de estructuras sólidas ajustadas a la realidad. La técnica legislativa es una herramienta de protección tan decisiva como la tecnología.
España necesita un sistema de escudos, no un catálogo de símbolos. Un sistema capaz de resistir fallos energéticos, interrupciones digitales y brechas de interoperabilidad. Un sistema donde cada “escudo” funcione de forma coordinada, redundante y verificable; en el que la seguridad de todas las personas, y en especial la de las mujeres, no sea una promesa sino una garantía sostenida, incluso, cuando todo lo demás falla.
Referencias del artículo
- Artículo 14. (2025, 12 de noviembre). “Más allá del dispositivo: por qué es urgente evaluar el sistema Cometa desde la voz de las víctimas”. https://www.articulo14.es/violencia-contra-las-mujeres/mas-alla-del-dispositivo-por-que-es-urgente-evaluar-el-sistema-cometa-desde-la-voz-de-las-victimas-20251112.html
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- González y Santiago, M. (2025, 24 de septiembre). Protección fallida: anatomía crítica de la respuesta institucional frente a la violencia de género en España. Universidad Isabel I. https://www.ui1.es/blog-ui1/autor/martin.gonzalez?page=0
- González y Santiago, M. (2025, 25 de noviembre). Siempre me he preguntado cómo es posible que la Ley de Seguridad Privada nunca haya sido dotada del rango de Ley Orgánica. Delta13News. https://delta13news.com/martin-gonzalez-doctor-en-seguridad-y-derecho-siempre-me-he-preguntado-como-es-posible-que-la-ley-de-seguridad-privada-nunca-haya-sido-dotada-del-rango-de-ley-organica/
- h50 Digital Policial. (2023, 14 de marzo). El Centro de Control Cometa y el Sistema de VioGén. https://www.h50.es/el-centro-de-control-cometa-y-el-sistema-de-viogen/
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