La reciente aprobación en el Congreso de los Diputados de la reforma de la Ley contra la multirreincidencia delictiva supone un paso relevante para las empresas de la industria y la distribución del gran consumo. Según las valoraciones de la Asociación de Fabricantes y Distribuidores, AECOC, esta medida tendrá un impacto directo a la hora de frenar los hurtos en los comercios, una problemática que la asociación venía señalando desde 2017 para corregir la situación de impunidad de grupos organizados que actúan de forma recurrente.
En concreto, la reforma permite corregir la situación de irrelevancia que en la práctica ha tenido, hasta ahora, la multirreincidencia en el actual código penal. Según los datos de las empresas, el 90 por ciento de los hurtos denunciados por los comercios son por delitos leves (importe inferior a 400 euros) y el 51 por ciento de ellos los cometen autores que ya han acumulado más de tres hurtos, por lo que resulta esencial que la reincidencia por esa tipología sea aplicable en la práctica judicial.
Cambios técnicos en la normativa
La reforma comporta varios cambios relevantes, ya que elimina el requisito de establecer un umbral mínimo de 400 euros acumulados en base a tres delitos anteriores para que este pase de considerarse leve a estar tipificado como multireincidencia, con el consiguiente paso de la pena de multa a prisión. Hasta ahora, la dificultad burocrática de acreditarlo reuniendo las sentencias de múltiples juicios anteriores, en los que en muchas ocasiones no consta el importe de lo sustraído, había hecho inoperativas las condenas por acumulación de delitos leves.
La modificación de la ley permite mantener la pena asociada a la multirreincidencia de delitos leves de 6 a 18 meses de prisión, lo que asegura el carácter de proporcionalidad requerido por el Tribunal Supremo, y clarifica que, cuando esta figura penal por hurto es por la comisión de delitos anteriores no leves sino graves (superiores a 400 euros), la sanción asociada es de uno a tres años de cárcel.
También elimina incoherencias en la consideración de los antecedentes penales por delitos leves entre la parte general del código y la específica del hurto multirreincidente. Esta situación llevó a la sentencia de 2017 del Tribunal Supremo por la que se invalidó esta figura jurídica por la comisión de múltiples delitos leves.
Medidas cautelares y nuevos tipos delictivos
La reforma permitirá además la incoación de diligencias previas (Procedimiento Abreviado) e incluso la detención del sospechoso en comisaría. Esto abre la posibilidad de solicitar medidas cautelares, en caso de reincidencia, tales como prohibición de residencia y de acceso o aproximación a establecimientos comerciales, lo que se considera una medida disuasoria para los profesionales del hurto.
Adicionalmente, se introduce la multirreincidencia por delitos leves de estafa, una práctica delictiva que ha crecido en los últimos años en el marco del despegue digital. La pérdida desconocida en el comercio ha aumentado progresivamente hasta suponer 2.800 millones de euros de pérdidas anuales a las empresas.
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