Desde el año 2014, el sector de la hostelería y la restauración colectiva está obligado a cumplir con la normativa que regula la presentación de aceites de oliva en sus establecimientos y que debe hacerse en envases debidamente etiquetados, dotados de un tapón anti-rellenado o en formato monodosis. El motivo es garantizar que el producto que ofrecen al cliente es el que figura en el etiquetado, con el fin de preservar su origen y su calidad.
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