A la hora de investigar las causas de un incendio «los primeros instantes son los más importantes«, según la jefa del Servicio de Protección de la Naturaleza (SEPRONA) de Zamora, Isabel García. La investigación es importante para esclarecer las causas, llevar ante la justicia a los culpables. Además, añade que «el primer aviso de esa persona que ve una columna de humo» es importante para que los servicios de emergencia puedan personarse rápidamente «y tener en nuestras manos los primeros testimonios».
Es de este modo como comienza la batalla por descubrir cómo empezó y dónde comenzó. Intentan averiguar y buscan «algún vestigio, alguna prueba, algún artefacto incendiario». Explica que «empezamos por ver, por ejemplo, indicadores de dirección, miramos los elementos del terreno, que pueden ser árboles, ramas, piedras, cómo la temperatura incide y vamos marcando».
Pero hay casos en los que no hay un punto de partida. «Cuando no queda nada, y el punto de inicio lo determinamos en un sitio por las evidencias, ya no queda otra opción que la de aplicación directa de llama«, un proceso de tratamiento térmico, señala el sargento Luis Miguelargulo.
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Investigación compleja
No resulta fácil teniendo en cuenta la extensión de los terrenos carbonizados. Por ejemplo, en la comarca de Molezuelas ardieron 38.000 hectáreas. Inmediatamente después comienza la investigación criminal. Uno de los primeros pasos en la investigación de un incendio es conocer las causas, viendo cuáles son plausibles y cuáles hay que eliminar.
Los encargados de la investigación aplican el método de evidencias físicas. Como explica García, «sobre qué cosas pueden ser» y cuáles no. En toda España ya son 33 los detenidos y 89 los investigados este verano por incendios forestales, siendo mucho más comunes los incendiarios que los pirómanos. Detrás de estas cifras hay montes arrasados y vecinos que lo han perdido todo.
Según afirma García, «investigar un incendio es más que un asesinato». La complejidad radica en que «las pruebas desaparecen, el sospechoso, si lo hay, si es intencionado lo tienes que ubicar en el sitio». Además, añade que es «importante que la gente nos llame» y contar lo que ha visto, si ha pasado un coche, «alguien me ha dicho no sé qué, algo que me ha llamado la atención, porque nosotros luego lo hilamos todo».
Penas de cárcel y sanciones
La jurisdicción española referida a los delitos de incendio está recogida entre los artículos 351 y 358 del Código Penal, donde los incendios forestales ocupan un espacio propio, del 352 al 355. En primer lugar, el artículo 351 establece que, si una persona provoca un incendio que suponga «un peligro para la vida o integridad física de las personas», la pena será de 10 a 20 años de prisión y una multa de 12 a 24 meses, aunque los tribunales podrían imponer una inferior según las circunstancias.
Por otro lado, el artículo 352 se refiere al caso concreto en el que alguien incendie montes o masas forestales sin que suponga peligro para la vida de las personas. Para este supuesto, fija una pena de uno a cinco años y una multa de 12 a 18 meses.
Esto se aplica a quien produzca el incendio de forma dolosa, es decir, con la intención de causar un daño o que se acepta de forma consciente que se vaya a producirlo. En caso de provocar el incendio por una imprudencia y poner en peligro la vida de las personas, la pena puede ser de cuatro a 10 años de cárcel, como explica al Canal 24 horas Eugenio Ribón, abogado y decano del Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid (ICAM).
Una ley «severa»
Con todo, hay profesionales que señalan que la legislación actual respecto a este ámbito es «muy dura» y apunta a la intencionalidad.
«Es excesivamente severa porque casi todos los temas entran dentro de incendios intencionados, y no dentro de los no intencionados«, explica a RTVE Sara Vicente, abogada. Para ella, la mayoría se producen por imprudencias y, por tanto, serían delitos imprudentes. Sin embargo, señala que «la ley está pensada para que cualquier tipo de imprudencia sea difícil de demostrar y casi todos los llevan por intencionados».
En 2023 hubo 402 personas detenidas o investigadas por incendios ocurridos en ese año, un 17% menos que el año anterior, según la última Memoria de la Fiscalía General del Estado. La Fiscalía recuerda que la mayoría de los incendios forestales son por negligencias y accidentes. En 2023, según sus datos, los generados por negligencia, descuidos que no buscan producir el incendio, representaron el 68% del total, mientras que el 19% fueron intencionados, un porcentaje menor que en años anteriores.
El perfil del pirómano, «muy poco común»
Cuando alguien busca generar un incendio de forma premeditada, con el fin de hacer daño u obtener un beneficio económico, se le suele denominar incendiario. No obstante, hay otro perfil más específico, el pirómano, que responde a otras motivaciones.
Esta persona siente el impulso intenso e incontrolable de prender fuego y su mano está detrás de algunos incendios provocados, aunque es algo poco común. Su objetivo no es la venganza ni lucrarse, sino algo más relacionado con su trastorno, como liberar tensión o incluso sentir alivio viendo grandes superficies arder. Se trata de un trastorno mental que puede ser diagnosticado y que, en casos muy concretos, puede determinar la condena.
De cara a la ley, si la persona acusada tiene acreditado médicamente un trastorno compatible con la piromanía, se le podrían aplicar atenuantes o eximentes a la pena de la condena, como asegura el decano del ICAM a RTVE.es. «Necesita tener un diagnóstico, un informe psiquiátrico forense, y esto puede bajar uno o dos grados de la pena e incluso llegar a eximirla. Sin embargo, hay muy pocos perfiles como este, es muy poco común», señala.
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