{"id":11337,"date":"2025-05-28T07:21:34","date_gmt":"2025-05-28T07:21:34","guid":{"rendered":"https:\/\/blogemergencias.es\/index.php\/2025\/05\/28\/real-decreto-411-2025-de-27-de-mayo-por-el-que-se-regula-la-concesion-directa-de-una-subvencion-a-la-fundacion-fraunhofer-spain-research-para-su-establecimiento-en-espana\/"},"modified":"2025-05-28T07:21:34","modified_gmt":"2025-05-28T07:21:34","slug":"real-decreto-411-2025-de-27-de-mayo-por-el-que-se-regula-la-concesion-directa-de-una-subvencion-a-la-fundacion-fraunhofer-spain-research-para-su-establecimiento-en-espana","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/blogemergencias.es\/index.php\/2025\/05\/28\/real-decreto-411-2025-de-27-de-mayo-por-el-que-se-regula-la-concesion-directa-de-una-subvencion-a-la-fundacion-fraunhofer-spain-research-para-su-establecimiento-en-espana\/","title":{"rendered":"Real Decreto 411\/2025, de 27 de mayo, por el que se regula la concesi\u00f3n directa de una subvenci\u00f3n a la Fundaci\u00f3n Fraunhofer Spain Research, para su establecimiento en Espa\u00f1a."},"content":{"rendered":"<div id=\"textoxslt\">\n<p class=\"parrafo\">El Ministerio de Ciencia, Innovaci\u00f3n y Universidades, creado a trav\u00e9s del Real Decreto\u00a0829\/2023, de\u00a020 de noviembre, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales, es el departamento de la Administraci\u00f3n General del Estado encargado de la propuesta y ejecuci\u00f3n de la pol\u00edtica del Gobierno en materia de ciencia, desarrollo tecnol\u00f3gico e innovaci\u00f3n en todos los sectores, as\u00ed como de la pol\u00edtica del Gobierno en materia de universidades y las actividades que a estas les son propias.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">En el ejercicio de sus competencias, el Ministerio de Ciencia, Innovaci\u00f3n y Universidades considera que la subvenci\u00f3n a la Fundaci\u00f3n Fraunhofer Spain Research para su establecimiento en Espa\u00f1a posee los rasgos identificativos de inter\u00e9s p\u00fablico, social y econ\u00f3mico que ameritan su concesi\u00f3n de forma directa, de conformidad con lo estipulado por el art\u00edculo\u00a022.2.c) de la Ley\u00a038\/2003, de\u00a017 de noviembre, General de Subvenciones.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">La Fundaci\u00f3n Fraunhofer Spain Research tiene por objeto contribuir a la internacionalizaci\u00f3n de la investigaci\u00f3n aplicada y mejorar la conexi\u00f3n de la academia con los sectores productivos.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">La creaci\u00f3n de la fundaci\u00f3n Fraunhofer Spain Research y la puesta en funcionamiento del programa de Investigaci\u00f3n en Teragnosis Aplicada (\u00abFraunhofer Center of Applied Theragnostics-Fraunhofer CAT\u00bb) supone establecer una alianza internacional con el referente mundial en investigaci\u00f3n aplicada para ello acelerar la transferencia de conocimiento de la academia a los sectores productivos. En particular, desarrollar\u00e1 mejores sistemas de diagn\u00f3stico, pron\u00f3stico y selecci\u00f3n de terapias para impulsar la medicina de precisi\u00f3n y las terapias avanzadas.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Asimismo, se centrar\u00e1 en avanzar en tecnolog\u00edas espec\u00edficas de niveles de desarrollo llamados \u00abTechnology readiness levels (TRLs)\u00bb, desde TRL\u00a02-3 (investigaci\u00f3n b\u00e1sica en el laboratorio) hasta niveles de desarrollo TRL\u00a05-6 (prueba de concepto, prototipo) para acercarlos en el mercado.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Este programa tiene como objetivo convertirse en una piedra angular para acercar los laboratorios de investigaci\u00f3n, los m\u00e9dicos y la industria biotecnol\u00f3gica y conseguir que los pacientes se beneficien del enfoque teragn\u00f3stico.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Se considera que la norma se adec\u00faa a los principios de buena regulaci\u00f3n previstos en el art\u00edculo\u00a0129 de la Ley\u00a039\/2015, de\u00a01 de octubre, del Procedimiento Administrativo Com\u00fan de las Administraciones P\u00fablicas, particularmente a los de necesidad y eficacia, al estar justificada por razones de inter\u00e9s general, basarse en una identificaci\u00f3n clara de los fines perseguidos y resultar el instrumento m\u00e1s adecuado para garantizar la consecuci\u00f3n de sus objetivos; al de proporcionalidad, al contener la regulaci\u00f3n imprescindible para atender las necesidades que pretende cubrir, una vez constatado que no existen otras medidas menos restrictivas de derechos o que impongan menos obligaciones a sus destinatarios; al de eficiencia ya que la iniciativa normativa evita cargas administrativas innecesarias o accesorias y racionaliza, en su aplicaci\u00f3n, la gesti\u00f3n de los recursos p\u00fablicos, al de transparencia, al haberse sometido a tr\u00e1mite de consulta p\u00fablica previa, as\u00ed como de audiencia e informaci\u00f3n p\u00fablica y al principio de seguridad jur\u00eddica, ya que la norma contempla las garant\u00edas necesarias para la adecuada ejecuci\u00f3n de las subvenciones en ella previstas, de conformidad en todo caso con la Ley\u00a038\/2003, de\u00a017 de noviembre, as\u00ed como con su reglamento de desarrollo.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">El art\u00edculo\u00a022.2.c) de la Ley\u00a038\/2003, de\u00a017 de noviembre, as\u00ed como el art\u00edculo\u00a067 de su reglamento, aprobado por el Real Decreto\u00a0887\/2006, de\u00a021 de julio, establecen que podr\u00e1n concederse de forma directa y \u00abcon car\u00e1cter excepcional, aquellas otras subvenciones en que se acrediten razones de inter\u00e9s p\u00fablico, social, econ\u00f3mico o humanitario, u otras debidamente justificadas que dificulten su convocatoria p\u00fablica\u00bb. De conformidad con lo previsto en el art\u00edculo\u00a028.2 de la Ley\u00a038\/2003, de\u00a017 de noviembre, las normas especiales reguladoras de las subvenciones previstas en el art\u00edculo\u00a022.2.c) deber\u00e1n ser aprobadas por real decreto, a propuesta del Ministro competente y previo informe del Ministerio de Hacienda.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">En el procedimiento de elaboraci\u00f3n de la presente disposici\u00f3n se ha emitido el informe de la Oficina de Coordinaci\u00f3n y Calidad Normativa del Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democr\u00e1tica, de acuerdo con lo preceptuado por el art\u00edculo\u00a026.9 de la Ley\u00a050\/1997, de\u00a027 de noviembre, del Gobierno; igualmente, se ha recabado el informe de la Abogac\u00eda del Estado en el Ministerio de Ciencia, Innovaci\u00f3n y Universidades, as\u00ed como el correspondiente de la Intervenci\u00f3n Delegada de la Intervenci\u00f3n General de la Administraci\u00f3n del Estado en el Departamento, as\u00ed como el informe del Ministerio de Hacienda a que hace referencia el art\u00edculo\u00a028.2 de la Ley\u00a038\/2003, de\u00a017 de noviembre.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Este real decreto se dicta al amparo de la competencia exclusiva del Estado en materia de fomento y coordinaci\u00f3n general de la investigaci\u00f3n cient\u00edfica y t\u00e9cnica, de conformidad con lo preceptuado por el art\u00edculo\u00a0149.1.15.\u00aa de la Constituci\u00f3n Espa\u00f1ola.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">En su virtud, a propuesta de la Ministra de Ciencia, Innovaci\u00f3n y Universidades, con la aprobaci\u00f3n previa del Ministro para la Transformaci\u00f3n Digital y de la Funci\u00f3n P\u00fablica, con el informe del Ministerio de Hacienda, y previa deliberaci\u00f3n del Consejo de Ministros en su reuni\u00f3n del d\u00eda\u00a027 de mayo de\u00a02025,<\/p>\n<p class=\"centro_redonda\">DISPONGO:<\/p>\n<h5 class=\"articulo\">Art\u00edculo\u00a01.\u2003Objeto.<\/h5>\n<p class=\"parrafo\">1.\u2003Este real decreto tiene por objeto regular la concesi\u00f3n directa de una subvenci\u00f3n a la Fundaci\u00f3n Fraunhofer Spain Research para su establecimiento en Espa\u00f1a. Su finalidad es la realizaci\u00f3n de proyectos de investigaci\u00f3n independiente aplicada, incluyendo actividades de formaci\u00f3n y difusi\u00f3n, as\u00ed como actividades de valorizaci\u00f3n y transferencia de conocimientos y tecnol\u00f3gica.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">2.\u2003En concreto, se prev\u00e9 la puesta en marcha de un primer programa de bioingenier\u00eda aplicada a la salud, Programa de Investigaci\u00f3n en Teragnosis Aplicada (\u00abFraunhofer Center of Applied Theragnostics-Fraunhofer CAT\u00bb), con el fin de desarrollar nuevas herramientas de diagn\u00f3stico, pron\u00f3stico y terapia en \u00e1mbito de la medicina de precisi\u00f3n.<\/p>\n<h5 class=\"articulo\">Art\u00edculo\u00a02.\u2003R\u00e9gimen jur\u00eddico aplicable.<\/h5>\n<p class=\"parrafo\">Esta subvenci\u00f3n se regir\u00e1, adem\u00e1s de por lo particularmente dispuesto en este real decreto y en la resoluci\u00f3n de concesi\u00f3n, por lo previsto en la Ley\u00a038\/2003, de\u00a017 de\u00a0noviembre, General de Subvenciones, y en su reglamento, aprobado mediante Real Decreto\u00a0887\/2006, de\u00a021 de julio, salvo en lo que afecte a los principios de publicidad y concurrencia, as\u00ed como por lo establecido en la Ley\u00a039\/2015, de\u00a01 de octubre, del Procedimiento Administrativo Com\u00fan de las Administraciones P\u00fablicas y dem\u00e1s normas que resulten de aplicaci\u00f3n.<\/p>\n<h5 class=\"articulo\">Art\u00edculo\u00a03.\u2003Procedimiento de concesi\u00f3n.<\/h5>\n<p class=\"parrafo\">1.\u2003Se autoriza la concesi\u00f3n directa de esta subvenci\u00f3n en aplicaci\u00f3n de lo previsto en el art\u00edculo\u00a022.2.c) de la Ley\u00a038\/2003, de\u00a017 de noviembre, en relaci\u00f3n con lo establecido en el art\u00edculo\u00a028.2 y\u00a03 de dicha ley y en el art\u00edculo\u00a067 del Reglamento de la Ley\u00a038\/2003, de\u00a017 de noviembre, General de Subvenciones, aprobado por el Real Decreto\u00a0887\/2006, de\u00a021 de julio, por concurrir razones de inter\u00e9s p\u00fablico, social y econ\u00f3mico.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Las razones que acreditan el inter\u00e9s p\u00fablico, social y econ\u00f3mico de la concesi\u00f3n de esta subvenci\u00f3n se basan en la trascendencia que tiene para el inter\u00e9s general el favorecer el establecimiento en nuestro pa\u00eds de un centro afiliado a Fraunhofer-Gesellschaft, referente mundial en investigaci\u00f3n aplicada, permitiendo el acceso a licencias de patentes de tecnolog\u00edas de \u00faltima generaci\u00f3n en el \u00e1mbito de tecnolog\u00edas m\u00e9dicas para la medicina de precisi\u00f3n y las terapias avanzadas a trav\u00e9s del Programa de Investigaci\u00f3n en Teragnosis Aplicada (\u00abFraunhofer Center of Applied Theragnostics-Fraunhofer CAT\u00bb). Esta alianza internacional se trata de una acci\u00f3n singular y \u00fanica que no tiene comparaci\u00f3n con las actividades que pueden realizar otras instituciones nacionales, teniendo un gran impacto en el desarrollo de la innovaci\u00f3n e investigaci\u00f3n aplicada en nuestro entorno, permitiendo incrementar las capacidades de colaboraci\u00f3n e internacionalizaci\u00f3n entre el sector p\u00fablico y privado espa\u00f1ol.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">2.\u2003La entidad interesada deber\u00e1 presentar la siguiente documentaci\u00f3n, en el plazo de\u00a0quince d\u00edas h\u00e1biles, contados desde el d\u00eda siguiente a la publicaci\u00f3n del presente real decreto en el \u00abBolet\u00edn Oficial del Estado\u00bb:<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">a)\u2003Documento de solicitud formal de la subvenci\u00f3n.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">b)\u2003Certificaciones que acrediten que la entidad se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">La presentaci\u00f3n de la solicitud de subvenci\u00f3n conllevar\u00e1 la autorizaci\u00f3n de la entidad para que el \u00f3rgano concedente obtenga de forma directa la acreditaci\u00f3n del estado de cumplimiento de tales obligaciones a trav\u00e9s de certificados telem\u00e1ticos, en cuyo caso aquella no deber\u00e1 aportar la certificaci\u00f3n correspondiente.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">No obstante, la entidad podr\u00e1 denegar expresamente su consentimiento, debiendo aportar entonces las certificaciones en los t\u00e9rminos previstos en el art\u00edculo\u00a013 de la Ley\u00a038\/2003, de\u00a017 de noviembre.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">c)\u2003Declaraci\u00f3n responsable de la entidad solicitante en la que manifieste no hallarse incursa en ninguna de las prohibiciones recogidas en el art\u00edculo\u00a013.2, con excepci\u00f3n de lo dispuesto en su apartado e), ni en las establecidas en el art\u00edculo\u00a013.3 de la Ley\u00a038\/2023, de\u00a017 de noviembre.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">d)\u2003Presupuesto detallado con desglose de todos los costes que implicar\u00e1n las actuaciones subvencionadas.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">3.\u2003La presentaci\u00f3n de la citada documentaci\u00f3n se realizar\u00e1 por medios electr\u00f3nicos, a cuyos efectos estar\u00e1 disponible el registro electr\u00f3nico accesible a trav\u00e9s de la sede electr\u00f3nica asociada del Ministerio de Ciencia, Innovaci\u00f3n y Universidades. La documentaci\u00f3n deber\u00e1 dirigirse al Gabinete T\u00e9cnico de la Secretar\u00eda General de Innovaci\u00f3n, que act\u00faa como \u00f3rgano instructor del procedimiento.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">4.\u2003Una vez finalizado el plazo para presentar la documentaci\u00f3n, o una vez presentada la misma, se dictar\u00e1 la correspondiente resoluci\u00f3n de concesi\u00f3n por la persona titular del Ministerio de Ciencia, Innovaci\u00f3n y Universidades.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">5.\u2003El plazo m\u00e1ximo para dictar y notificar la resoluci\u00f3n ser\u00e1 de tres meses desde el d\u00eda siguiente al de la publicaci\u00f3n de este real decreto en el \u00abBolet\u00edn Oficial del Estado\u00bb. El vencimiento del plazo m\u00e1ximo sin haberse notificado la resoluci\u00f3n, legitima a la interesada a entender desestimada por silencio administrativo la concesi\u00f3n de la subvenci\u00f3n.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">6.\u2003La resoluci\u00f3n del procedimiento ser\u00e1 notificada a la entidad beneficiaria a trav\u00e9s de la direcci\u00f3n electr\u00f3nica habilitada \u00fanica y, de forma complementaria, a trav\u00e9s de la sede electr\u00f3nica de este Ministerio.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">Contendr\u00e1 el siguiente contenido m\u00ednimo:<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">a)\u2003La indicaci\u00f3n de la entidad beneficiaria, la actividad a realizar y el plazo de ejecuci\u00f3n.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">b)\u2003La cuant\u00eda de la subvenci\u00f3n y la aplicaci\u00f3n presupuestaria del gasto.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">c)\u2003Los gastos subvencionables.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">d)\u2003La forma del pago y los requisitos exigidos para su abono.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">e)\u2003El plazo y el r\u00e9gimen de justificaci\u00f3n.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">7.\u2003La concesi\u00f3n de la subvenci\u00f3n ser\u00e1 objeto de publicaci\u00f3n en la Base de Datos Nacional de Subvenciones, en los t\u00e9rminos dispuestos por el Real Decreto\u00a0130\/2019, de\u00a08 de marzo, por el que se regula la Base de Datos Nacional de Subvenciones y la publicidad de las subvenciones y dem\u00e1s ayudas p\u00fablicas.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">8.\u2003La resoluci\u00f3n de concesi\u00f3n pondr\u00e1 fin a la v\u00eda administrativa y contra la misma podr\u00e1 interponerse recurso potestativo de reposici\u00f3n, conforme a lo dispuesto en los art\u00edculos\u00a0123 y\u00a0124 de la Ley\u00a039\/2015, de\u00a01 de octubre, del Procedimiento Administrativo Com\u00fan de las Administraciones P\u00fablicas; o bien recurso contencioso-administrativo de acuerdo con lo dispuesto en la Ley\u00a029\/1998, de\u00a013 de julio, reguladora de la Jurisdicci\u00f3n Contencioso-administrativa.<\/p>\n<h5 class=\"articulo\">Art\u00edculo\u00a04.\u2003Entidad beneficiaria.<\/h5>\n<p class=\"parrafo\">Ser\u00e1 beneficiaria de esta subvenci\u00f3n la Fundaci\u00f3n Fraunhofer Spain Research, para su establecimiento en Espa\u00f1a y la realizaci\u00f3n de las actividades previstas en los art\u00edculos\u00a01 y\u00a05 del presente real decreto.<\/p>\n<h5 class=\"articulo\">Art\u00edculo\u00a05.\u2003Gastos subvencionables.<\/h5>\n<p class=\"parrafo\">1.\u2003Se entender\u00e1n como gastos subvencionables todos aquellos que se destinen a alcanzar el objetivo de la subvenci\u00f3n establecido en el art\u00edculo\u00a01.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">2.\u2003En concreto, se sufragar\u00e1n los gastos subvencionables que se destinen a las licencias de patentes y equipamiento necesarios para la puesta en marcha de las siguientes actuaciones:<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">a)\u2003L\u00edneas de investigaci\u00f3n en nuevas tecnolog\u00edas para el establecimiento de modelos de \u00f3rganos y tejidos biomim\u00e9ticos por ensayos in vitro.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">b)\u2003L\u00edneas de investigaci\u00f3n en nuevas tecnolog\u00edas para el desarrollo de sensores y dispositivos electr\u00f3nicos.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">c)\u2003L\u00edneas de investigaci\u00f3n en nuevas tecnolog\u00edas para el dise\u00f1o y validaci\u00f3n de estrategias terap\u00e9uticas de medicina personalizada.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">A trav\u00e9s de los acuerdos con Fraunhofer-Gesellschaft, la Fundaci\u00f3n Fraunhofer Spain Research dispondr\u00e1 de acceso a licencias de patentes de tecnolog\u00edas de \u00faltima generaci\u00f3n en el \u00e1mbito de las tecnolog\u00edas m\u00e9dicas para la medicina de precisi\u00f3n, lo que facilitar\u00e1 su puesta en marcha en nuestro pa\u00eds.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">3.\u2003Ser\u00e1 considerado como gasto subvencionable el derivado de la realizaci\u00f3n del informe de una persona auditora de cuentas inscrita como ejerciente en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas, dependiente del Instituto de Contabilidad y Auditor\u00eda de Cuentas, de acuerdo con el art\u00edculo\u00a074 del Reglamento de la Ley General de Subvenciones, aprobado por Real Decreto\u00a0887\/2006, de\u00a021 de julio, hasta un l\u00edmite m\u00e1ximo de\u00a02.000 euros.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">4.\u2003Ser\u00e1 considerado como gasto subvencionable el derivado de la realizaci\u00f3n del informe de evaluaci\u00f3n externa para calificar el valor de estas licencias a precios de mercado, hasta un l\u00edmite m\u00e1ximo de\u00a03.000 euros.<\/p>\n<h5 class=\"articulo\">Art\u00edculo\u00a06.\u2003Obligaciones de la entidad beneficiaria.<\/h5>\n<p class=\"parrafo\">1.\u2003Con car\u00e1cter general, la entidad beneficiaria deber\u00e1 cumplir las obligaciones que se recogen en el art\u00edculo\u00a014 de la Ley\u00a038\/2003, de\u00a017 de noviembre.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">2.\u2003Asimismo, deber\u00e1 dar cumplimiento a las obligaciones previstas en este real decreto y, en particular, a las siguientes:<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">a)\u2003Realizar las actuaciones que fundamentan la concesi\u00f3n de la subvenci\u00f3n.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">b)\u2003Acreditar ante el \u00f3rgano competente la realizaci\u00f3n de la actividad objeto de subvenci\u00f3n mediante la presentaci\u00f3n de una cuenta justificativa antes de la fecha prevista en el art\u00edculo\u00a011.2.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">c)\u2003Someterse a las actuaciones de comprobaci\u00f3n y supervisi\u00f3n que efect\u00fae el \u00f3rgano competente y las de control financiero que corresponden a la Intervenci\u00f3n General de la Administraci\u00f3n del Estado y a las previstas en la legislaci\u00f3n del Tribunal de Cuentas, a los que facilitar\u00e1n cuanta informaci\u00f3n les sea requerida.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">d)\u2003Comunicar al \u00f3rgano concedente la obtenci\u00f3n de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualquiera de las Administraciones o entes p\u00fablicos o privados, as\u00ed como facilitar toda la informaci\u00f3n requerida por el \u00f3rgano gestor de las subvenciones.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">e)\u2003Dar la adecuada publicidad del car\u00e1cter p\u00fablico de la actividad subvencionada, de conformidad con lo previsto en el art\u00edculo\u00a011.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">f)\u2003Conservar la documentaci\u00f3n justificativa de la aplicaci\u00f3n de los fondos concedidos en tanto no prescriba el derecho de la Administraci\u00f3n a practicar el reintegro.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">3.\u2003El plazo de realizaci\u00f3n de las actuaciones subvencionadas ser\u00e1 el comprendido entre el\u00a01 de julio de\u00a02025 y el\u00a030 de junio de\u00a02026.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">4.\u2003El tratamiento de los datos de car\u00e1cter personal que hubieran de recogerse para la tramitaci\u00f3n de las subvenciones se realizar\u00e1 en el estricto marco de lo establecido en la Ley Org\u00e1nica\u00a03\/2018, de\u00a05 de\u00a0diciembre, de Protecci\u00f3n de Datos Personales y garant\u00eda de los derechos digitales.<\/p>\n<h5 class=\"articulo\">Art\u00edculo\u00a07.\u2003Compatibilidad con otras fuentes de financiaci\u00f3n.<\/h5>\n<p class=\"parrafo\">1.\u2003La subvenci\u00f3n concedida ser\u00e1 compatible con cualesquiera otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos destinados a la misma finalidad, procedentes de cualesquiera administraciones o entes p\u00fablicos o privados, siempre que la suma de dichas subvenciones, ayudas, ingresos o recursos recibidos, incluida la que se regula en este real decreto, no supere el coste total de la actividad subvencionada.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">2.\u2003La entidad beneficiaria de esta subvenci\u00f3n deber\u00e1 comunicar la obtenci\u00f3n de los recursos a los que se hace referencia en el apartado anterior. Esta comunicaci\u00f3n deber\u00e1 efectuarse tan pronto como se conozca y, en todo caso, con anterioridad a la justificaci\u00f3n de la aplicaci\u00f3n dada a los fondos percibidos seg\u00fan establece el art\u00edculo\u00a014.d) de la Ley\u00a038\/2003, de\u00a017 de noviembre.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">3.\u2003Cuando las actividades hayan sido financiadas, adem\u00e1s de con esta subvenci\u00f3n, con otras subvenciones o recursos, deber\u00e1 acreditarse en la justificaci\u00f3n el importe, procedencia y aplicaci\u00f3n de tales fondos a las actividades subvencionadas seg\u00fan el art\u00edculo\u00a030.4 de la Ley\u00a038\/2003, de\u00a017 de noviembre.<\/p>\n<h5 class=\"articulo\">Art\u00edculo\u00a08.\u2003Cuant\u00eda y financiaci\u00f3n.<\/h5>\n<p class=\"parrafo\">1.\u2003El importe de la subvenci\u00f3n ascender\u00e1 a\u00a02.000.000,00 euros, con cargo a la aplicaci\u00f3n presupuestaria que se establezca al efecto en el presupuesto de gastos del Ministerio de Ciencia, Innovaci\u00f3n y Universidades.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">2.\u2003Con car\u00e1cter previo a la concesi\u00f3n y al pago de la subvenci\u00f3n, la entidad beneficiaria deber\u00e1 aportar un presupuesto detallado con desglose de los costes que impliquen las acciones que se propone realizar para su autorizaci\u00f3n por el Ministerio de Ciencia, Innovaci\u00f3n y Universidades, as\u00ed como su distribuci\u00f3n temporal.<\/p>\n<h5 class=\"articulo\">Art\u00edculo\u00a09.\u2003Pago de la subvenci\u00f3n.<\/h5>\n<p class=\"parrafo\">1.\u2003El libramiento del importe de la subvenci\u00f3n se realizar\u00e1 a partir del d\u00eda siguiente a la fecha de firma de la resoluci\u00f3n de concesi\u00f3n, mediante un solo pago con car\u00e1cter anticipado.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">2.\u2003Con car\u00e1cter previo al pago de la subvenci\u00f3n, deber\u00e1 constar acreditado en el expediente que la entidad beneficiaria se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social; que no se halla incursa en ninguno de los supuestos de prohibici\u00f3n establecidos en el art\u00edculo\u00a013.2 y\u00a03 de la Ley\u00a038\/2003, de\u00a017 de noviembre; y que no es deudora por procedimiento de reintegro seg\u00fan lo establecido en el art\u00edculo\u00a034.5 de la Ley\u00a038\/2003, de\u00a017 de noviembre.<\/p>\n<h5 class=\"articulo\">Art\u00edculo\u00a010.\u2003R\u00e9gimen de justificaci\u00f3n.<\/h5>\n<p class=\"parrafo\">1.\u2003La entidad beneficiaria deber\u00e1 justificar el cumplimiento de las condiciones impuestas, la realizaci\u00f3n de la actividad y la consecuci\u00f3n de los objetivos previstos, mediante la presentaci\u00f3n de una cuenta justificativa que contendr\u00e1, como m\u00ednimo:<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">a)\u2003Una memoria de actuaciones justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas en la concesi\u00f3n de la subvenci\u00f3n, que informe sobre la aplicaci\u00f3n de los fondos recibidos, las actividades realizadas y los resultados obtenidos.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">b)\u2003Una memoria econ\u00f3mica, justificativa del coste de las actividades realizadas, que contendr\u00e1:<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">1.\u00ba\u2003Una relaci\u00f3n clasificada de los gastos e inversiones de la actividad, con identificaci\u00f3n del acreedor y del documento, su importe, fecha de emisi\u00f3n y, en su caso, fecha de pago.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">2.\u00ba\u2003Una relaci\u00f3n detallada de otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la actividad subvencionada con indicaci\u00f3n del importe y su procedencia.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">3.\u00ba\u2003En su caso, la carta de pago de reintegro en el supuesto de remanentes no aplicados, as\u00ed como de los intereses derivados de los mismos.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">c)\u2003Los informes de la persona auditora de cuentas y de evaluaci\u00f3n externa, a que hace referencia el art\u00edculo\u00a05.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">2.\u2003La justificaci\u00f3n se realizar\u00e1, sin perjuicio del sometimiento a la comprobaci\u00f3n y el control que fueran pertinentes, en el plazo de tres meses tras la finalizaci\u00f3n del plazo de ejecuci\u00f3n.<\/p>\n<h5 class=\"articulo\">Art\u00edculo\u00a011.\u2003Publicidad.<\/h5>\n<p class=\"parrafo\">1.\u2003En las actuaciones que se lleven a cabo, en todo o en parte, mediante esta subvenci\u00f3n, que impliquen difusi\u00f3n, ya sea impresa o por cualquier otro medio, deber\u00e1 incorporarse de forma visible la imagen institucional del \u00abMinisterio de Ciencia, Innovaci\u00f3n y Universidades\u00bb con el fin de identificar el origen de car\u00e1cter p\u00fablico de la subvenci\u00f3n, de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto\u00a01465\/1999, de\u00a017 de septiembre, por el que se establecen los criterios de imagen institucional y se regula la producci\u00f3n documental y el material impreso de la Administraci\u00f3n General del Estado, as\u00ed como lo dispuesto en la Resoluci\u00f3n de\u00a026 de marzo de\u00a02024, de la Secretar\u00eda de Estado de Funci\u00f3n P\u00fablica, por la que se actualiza el Manual de Imagen Institucional, adapt\u00e1ndolo a la nueva estructura de vicepresidencias del Gobierno y departamentos ministeriales de la Administraci\u00f3n General del Estado.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">2.\u2003En caso de incumplimiento de esta obligaci\u00f3n, se considerar\u00e1 infracci\u00f3n leve de acuerdo con el art\u00edculo\u00a056.c) de la Ley\u00a038\/2003, de\u00a017 de noviembre, y se sancionar\u00e1 con una multa fija en los t\u00e9rminos previstos en el art\u00edculo\u00a059 de la misma ley. Asimismo, podr\u00e1 ser causa de reintegro de acuerdo con lo establecido en el art\u00edculo\u00a037.1.d) de la Ley\u00a038\/2003, de\u00a017 de noviembre, y art\u00edculo\u00a093 de su Reglamento de desarrollo, en caso de no adoptarse las medidas alternativas que prev\u00e9 el art\u00edculo\u00a031.3 del mismo reglamento.<\/p>\n<h5 class=\"articulo\">Art\u00edculo\u00a012.\u2003Incumplimientos y reintegros.<\/h5>\n<p class=\"parrafo\">1.\u2003Se exigir\u00e1 el reintegro de las cantidades no justificadas o las que se deriven del incumplimiento de las obligaciones contra\u00eddas, con el inter\u00e9s de demora correspondiente desde el momento del pago, en los casos y en los t\u00e9rminos previstos en el t\u00edtulo II de la Ley\u00a038\/2003, de\u00a017 de noviembre, as\u00ed como en el t\u00edtulo III del Reglamento de la Ley General de Subvenciones.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">2.\u2003Los criterios de graduaci\u00f3n de incumplimientos ser\u00e1n los siguientes:<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">a)\u2003El incumplimiento total y manifiesto de los objetivos para los que se concedi\u00f3 la ayuda, determinado a trav\u00e9s de los mecanismos de seguimiento, comprobaci\u00f3n, control y comprobaci\u00f3n, ser\u00e1 causa de reintegro total de la ayuda.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">b)\u2003El incumplimiento de los objetivos parciales o actividades concretas determinado a trav\u00e9s de los mecanismos de seguimiento, comprobaci\u00f3n y control, conllevar\u00e1 la devoluci\u00f3n de aquella parte de la ayuda destinada a las mismas.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">c)\u2003En caso de que sea exigible la autorizaci\u00f3n de modificaciones de la resoluci\u00f3n de concesi\u00f3n, el incumplimiento de la exigencia de autorizaci\u00f3n supondr\u00e1 la devoluci\u00f3n de las cantidades desviadas.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">d)\u2003La falta de presentaci\u00f3n de las memorias justificativas intermedias o finales, conllevar\u00e1 la devoluci\u00f3n de las cantidades percibidas y no justificadas.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">e)\u2003La no aportaci\u00f3n de las tres ofertas en los casos previstos en el art\u00edculo\u00a031.3 de la Ley\u00a038\/2003, de\u00a017 de noviembre, significar\u00e1 el reintegro parcial de la ayuda en un importe igual al coste del bien o servicio adquirido sin que conste la existencia de las mencionadas ofertas.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">La justificaci\u00f3n o incumplimiento parcial por parte de la entidad beneficiaria de las actuaciones que se determinan en el art\u00edculo\u00a05 dar\u00e1n lugar al reintegro parcial de la subvenci\u00f3n otorgada, seg\u00fan las actividades efectivamente realizadas y fondos justificados, atendiendo al principio de proporcionalidad.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Asimismo, dar\u00e1 lugar al reintegro del cuarenta por ciento de la cantidad percibida el incumplimiento de las obligaciones de publicidad establecidas en el art\u00edculo\u00a011, previo requerimiento, en aplicaci\u00f3n de lo previsto en el art\u00edculo\u00a031.3 del Real Decreto\u00a0887\/2006, de\u00a021 de julio, por el que se desarrolla la Ley\u00a038\/2003, de\u00a017 de noviembre.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">3.\u2003El procedimiento de reintegro se regir\u00e1 por lo dispuesto en los art\u00edculos\u00a041 a\u00a043 de la Ley\u00a038\/2003, de\u00a017 de noviembre, y en el cap\u00edtulo II del t\u00edtulo III del Reglamento de la Ley General de Subvenciones.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">4.\u2003El \u00f3rgano competente para exigir el reintegro de la subvenci\u00f3n concedida ser\u00e1 el \u00f3rgano concedente previsto en el art\u00edculo\u00a03, de conformidad con lo establecido en el art\u00edculo\u00a041 de la Ley\u00a038\/2003, de\u00a017 de\u00a0noviembre.<\/p>\n<h5 class=\"articulo\">Art\u00edculo\u00a013.\u2003Infracciones y sanciones.<\/h5>\n<p class=\"parrafo\">Las posibles infracciones en materia de subvenciones que pudiesen ser cometidas por la entidad beneficiaria de la subvenci\u00f3n se graduar\u00e1n y sancionar\u00e1n de acuerdo con lo establecido en el t\u00edtulo IV de la Ley\u00a038\/2003, de\u00a017 de noviembre, y en el t\u00edtulo IV de su reglamento, aprobado por el Real Decreto\u00a0887\/2006, de\u00a021 de julio.<\/p>\n<h5 class=\"articulo\">Disposici\u00f3n final primera.\u2003T\u00edtulo competencial.<\/h5>\n<p class=\"parrafo\">Este real decreto se dicta al amparo de la competencia exclusiva del Estado en materia de fomento y coordinaci\u00f3n general de la investigaci\u00f3n cient\u00edfica y t\u00e9cnica, de conformidad con lo preceptuado por el art\u00edculo\u00a0149.1.15.\u00aa de la Constituci\u00f3n Espa\u00f1ola.<\/p>\n<h5 class=\"articulo\">Disposici\u00f3n final segunda.\u2003Habilitaci\u00f3n normativa.<\/h5>\n<p class=\"parrafo\">Se faculta a la persona titular del Ministerio de Ciencia, Innovaci\u00f3n y Universidades para adoptar las disposiciones necesarias para el desarrollo y ejecuci\u00f3n de este real decreto.<\/p>\n<h5 class=\"articulo\">Disposici\u00f3n final tercera.\u2003Entrada en vigor.<\/h5>\n<p class=\"parrafo\">El presente real decreto entrar\u00e1 en vigor el d\u00eda siguiente al de su publicaci\u00f3n en el \u00abBolet\u00edn Oficial del Estado\u00bb.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">Dado en Madrid, el\u00a027 de mayo de\u00a02025.<\/p>\n<p class=\"firma_rey\">FELIPE R.<\/p>\n<p class=\"firma_ministro\">La Ministra de Ciencia, Innovaci\u00f3n y Universidades,<\/p>\n<p class=\"firma_ministro\">DIANA MORANT RIPOLL<\/p>\n<\/p><\/div>\n<p><a href=\"https:\/\/www.boe.es\/diario_boe\/txt.php?id=BOE-A-2025-10492\">source<\/a><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El Ministerio de Ciencia, Innovaci\u00f3n y Universidades, creado a trav\u00e9s del Real Decreto\u00a0829\/2023, de\u00a020 de noviembre, por 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