{"id":14979,"date":"2025-07-16T07:38:41","date_gmt":"2025-07-16T07:38:41","guid":{"rendered":"https:\/\/blogemergencias.es\/index.php\/2025\/07\/16\/real-decreto-636-2025-de-15-de-julio-por-el-que-se-crea-el-comite-ejecutivo-del-mecanismo-reinicia-focit-dana-y-se-modifican-el-real-decreto-1009-2023-de-5-de-diciembre-por-el-que-se-establece-la\/"},"modified":"2025-07-16T07:38:41","modified_gmt":"2025-07-16T07:38:41","slug":"real-decreto-636-2025-de-15-de-julio-por-el-que-se-crea-el-comite-ejecutivo-del-mecanismo-reinicia-focit-dana-y-se-modifican-el-real-decreto-1009-2023-de-5-de-diciembre-por-el-que-se-establece-la","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/blogemergencias.es\/index.php\/2025\/07\/16\/real-decreto-636-2025-de-15-de-julio-por-el-que-se-crea-el-comite-ejecutivo-del-mecanismo-reinicia-focit-dana-y-se-modifican-el-real-decreto-1009-2023-de-5-de-diciembre-por-el-que-se-establece-la\/","title":{"rendered":"Real Decreto 636\/2025, de 15 de julio, por el que se crea el Comit\u00e9 ejecutivo del Mecanismo Reinicia+ FOCIT DANA y se modifican el Real Decreto 1009\/2023, de 5 de diciembre, por el que se establece la estructura org\u00e1nica b\u00e1sica de los departamentos ministeriales y el Real Decreto 409\/2024, de 23 de abril, por el que se desarrolla la estructura org\u00e1nica b\u00e1sica del Ministerio de Industria y Turismo."},"content":{"rendered":"<div id=\"textoxslt\">\n<p class=\"centro_redonda\">I<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">La creaci\u00f3n del comit\u00e9 Ejecutivo del Mecanismo Reinicia+ FOCIT DANA obedece a la necesidad de garantizar el correcto funcionamiento del Mecanismo Reinicia+ FOCIT DANA, el cual requiere, tal y como se establece en el apartado decimotercero de la Orden PJC\/459\/2025, de\u00a09 de mayo, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de\u00a06 de mayo de\u00a02025, por el que se establecen las condiciones del mecanismo para la financiaci\u00f3n de empresas afectadas por la DANA a trav\u00e9s del Fondo Financiero del Estado para la Competitividad Tur\u00edstica (FOCIT), F.C.P.J., Mecanismo Reinicia+ FOCIT DANA, de la existencia de un Comit\u00e9 que decida sobre la aprobaci\u00f3n o no de la financiaci\u00f3n, as\u00ed como del resto de funciones recogidas en el Convenio entre el Instituto de Cr\u00e9dito Oficial, E.P.E., y el Ministerio de Industria y Turismo, para la instrumentaci\u00f3n y gobernanza de la l\u00ednea de financiaci\u00f3n ICO-DANA-FOCIT con cargo al fondo financiero del estado para la competitividad tur\u00edstica F.C.P.J (FOCIT).<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Por otra parte, mediante el Real Decreto\u00a0829\/2023, de\u00a020 de noviembre, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales se ha determinado una nueva estructura de los Departamentos ministeriales, estableci\u00e9ndose, en su art\u00edculo\u00a010, que corresponde al Ministerio de Industria y Turismo la propuesta y ejecuci\u00f3n de la pol\u00edtica del Gobierno en materia de industria y turismo. Posteriormente, mediante el Real Decreto\u00a01009\/2023, de\u00a05 de diciembre, por el que se establece la estructura org\u00e1nica b\u00e1sica de los departamentos ministeriales se ha establecido la estructura org\u00e1nica b\u00e1sica de los nuevos Departamentos ministeriales, hasta el nivel org\u00e1nico de direcci\u00f3n general, desarroll\u00e1ndose la estructura del Ministerio de Industria y Turismo en los \u00f3rganos superiores y directivos que se indican en su art\u00edculo\u00a09.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Por su parte, el Real Decreto\u00a0409\/2024, de\u00a023 de abril, por el que se desarrolla la estructura org\u00e1nica b\u00e1sica del Ministerio de Industria y Turismo, desarroll\u00f3 su estructura hasta el nivel org\u00e1nico de subdirecci\u00f3n general, definiendo asimismo las competencias de cada uno de sus \u00f3rganos.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">El sector industrial de un pa\u00eds constituye un pilar fundamental de su tejido econ\u00f3mico, no solo desde el punto de vista de su aportaci\u00f3n cuantitativa a la producci\u00f3n y el empleo nacionales, sino desde el relativo a sus beneficios colaterales sobre la econom\u00eda y sobre la sociedad en su conjunto.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">La crisis que desde\u00a02020 est\u00e1 poniendo a prueba a las econom\u00edas de todo el mundo, provocada por el enorme impacto inicial de la pandemia y la situaci\u00f3n geopol\u00edtica actual muestran que es cr\u00edtico contar con capacidades industriales para dar respuesta a desaf\u00edos apenas conocidos hasta ahora, como el desabastecimiento de bienes finales b\u00e1sicos o la ruptura de cadenas de suministro internacionales. En la medida que estos desaf\u00edos tienen un inmenso potencial de comprometer la continuidad operativa del conjunto de la econom\u00eda, el bienestar social e incluso la salud y la vida de las personas, una nueva perspectiva del papel de la industria y de la necesidad de fortalecerla y de dotar su ordenaci\u00f3n con nuevos instrumentos, algunos de ellos jur\u00eddicos, se hace necesaria.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">A lo anterior, y como tendencias de fondo ya preexistentes a la actual crisis, se suman las transiciones en las que todo el mundo occidental, con especial \u00e9nfasis los pa\u00edses de nuestro entorno europeo, est\u00e1 inmerso para transformar sus econom\u00edas en lo digital y en lo medioambiental, transiciones a las que la industria est\u00e1 siendo y deber\u00e1 ser un contribuyente de primer orden.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">En este contexto, los indicadores ponen de manifiesto que Espa\u00f1a tiene todav\u00eda un recorrido importante y realizable de crecimiento de su sector industrial. Es finalidad de la pol\u00edtica industrial en Espa\u00f1a el contribuir a la reindustrializaci\u00f3n de Espa\u00f1a aprovechando la transici\u00f3n ecol\u00f3gica y la innovaci\u00f3n como palancas de competitividad, impulsando una industria de cero emisiones netas de aqu\u00ed a\u00a02050 y reforzando las capacidades productivas y la cadena de valor asociada a la transici\u00f3n energ\u00e9tica y la descarbonizaci\u00f3n de la econom\u00eda, en l\u00ednea con el Plan Industrial del Pacto Verde de la Comisi\u00f3n Europea, y especialmente con los reglamentos europeos de Materias Primas Fundamentales y sobre la Industria de Cero Emisiones Netas, el Plan Nacional Integrado de Energ\u00eda y Clima, la Estrategia de Descarbonizaci\u00f3n a Largo Plazo, la Estrategia Espa\u00f1ola de Econom\u00eda Circular, y la Estrategia Espa\u00f1ola de Ciencia, Tecnolog\u00eda e Innovaci\u00f3n.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Todo esto, unido a la necesidad de que el sector aumente su peso cuantitativo en la econom\u00eda y, en lo cualitativo, mejore su posici\u00f3n competitiva en la escena internacional, hace necesario dotar de nuevas figuras innovadoras que mejoren y refuercen la estructura institucional del Ministerio de Industria y Turismo.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">As\u00ed, En el \u00e1mbito de la Secretar\u00eda de Estado de Industria, la estructura ha de contribuir a la reforma y mejora del sector industrial y de la peque\u00f1a y mediana empresa, impulsando la doble transici\u00f3n \u2013sostenible y digital\u2013\u00a0y una mayor autonom\u00eda estrat\u00e9gica, transformando el tejido productivo para que aporte mayor competitividad al sistema econ\u00f3mico en un entorno global. Teniendo en cuenta la evoluci\u00f3n de los Proyectos Estrat\u00e9gicos para la Recuperaci\u00f3n y la Transformaci\u00f3n Econ\u00f3mica (PERTE) liderados por el Ministerio de Industria y Turismo se reconfiguran las figuras de los Comisionados especiales para los PERTE, con una nueva orientaci\u00f3n hacia la Reindustrializaci\u00f3n y la Competitividad del sector industrial y de la PYME y se asume por parte de la Secretar\u00eda de Estado de Industria las funciones vinculadas a los PERTE del Ministerio, por lo que se modifica el Real Decreto\u00a01009\/2023, de\u00a05 de diciembre.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Por otro lado, las distintas medidas que se han adoptado a lo largo de los \u00faltimos a\u00f1os para hacer frente a los nuevos retos socioecon\u00f3micos han tenido repercusi\u00f3n en los instrumentos de gesti\u00f3n transversal del ministerio, que se han ido adaptando a las nuevas necesidades. As\u00ed han surgido cuestiones que, si bien se pueden afrontar parcialmente por las unidades coyunturales creadas al efecto, requieren de una estructura que permita garantizar un seguimiento estructural de las mismas, por ejemplo, en el caso de las auditor\u00edas, especialmente las vinculadas al funcionamiento de programas especiales como las derivadas de la implementaci\u00f3n del Plan de Recuperaci\u00f3n, Transformaci\u00f3n y Resiliencia. Por otro lado, estamos ante un nuevo paradigma de gesti\u00f3n administrativa orientado cada vez m\u00e1s a una organizaci\u00f3n de \u00e1reas funcionales, y en ese sentido parece l\u00f3gico realizar un ejercicio de reasignaci\u00f3n de funciones dentro de la Secretar\u00eda General T\u00e9cnica que permita una mayor especializaci\u00f3n de las distintas unidades.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Por ello se recoge en este real decreto la asignaci\u00f3n de nuevas funciones a la Secretar\u00eda General T\u00e9cnica y una nueva distribuci\u00f3n de las mismas entre las distintas subdirecciones generales.<\/p>\n<p class=\"centro_redonda\">II<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">El cap\u00edtulo\u00a0I recoge la creaci\u00f3n y regulaci\u00f3n del Comit\u00e9 Ejecutivo que se encargue de las decisiones relativas a las operaciones que el Mecanismo Reinicia+ FOCIT DANA, dentro del Fondo Financiero del Estado para la Competitividad Tur\u00edstica, F.C.P.J deba financiar, as\u00ed como del resto de competencias que asuma de acuerdo con el correspondiente convenio entre el ICO y la Secretar\u00eda de Estado de Turismo.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">El cap\u00edtulo\u00a0II recoge la modificaci\u00f3n del Real Decreto\u00a01009\/2023, de\u00a05 de diciembre, por el que se establece la estructura org\u00e1nica b\u00e1sica de los departamentos ministeriales, y del Real Decreto\u00a0409\/2024, de\u00a023 de abril, por el que se desarrolla la estructura org\u00e1nica b\u00e1sica del Ministerio de Industria y Turismo, a los efectos de incorporar una serie de cambios que adecuen la estructura del ministerio adaptando la estructura organizativa de la Secretar\u00eda de Estado de Industria para afrontar los nuevos retos del sector industrial con un marco organizativo que permita mejorar el proceso de reindustrializaci\u00f3n de la econom\u00eda espa\u00f1ola, as\u00ed como colaborar a incrementar la competitividad del tejido productivo espa\u00f1ol. Tambi\u00e9n se adaptan las funciones y estructura de la Secretar\u00eda General T\u00e9cnica a las necesidades organizativas del Departamento.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">En concreto, al art\u00edculo\u00a06 modifica el Real Decreto\u00a01009\/2023, de\u00a05 de diciembre, por el que se establece la estructura org\u00e1nica b\u00e1sica de los departamentos ministeriales, para adaptar la denominaci\u00f3n de los comisionados especiales. El art\u00edculo\u00a07 recoge las modificaciones del Real Decreto\u00a0409\/2024, de\u00a023 de abril, por el que se desarrolla la estructura org\u00e1nica b\u00e1sica del Ministerio de Industria y Turismo. En primer lugar, se introducen los cambios que suponen la redefinici\u00f3n de los comisionados especiales y la asignaci\u00f3n de nuevas funciones coherentes con la finalidad de los mismos. A continuaci\u00f3n, se adaptan la funciones y estructura de la Secretar\u00eda General T\u00e9cnica a las necesidades de gesti\u00f3n de la misma y en coherencia se adapta la denominaci\u00f3n de dos de las subdirecciones generales a las nuevas funciones a desempe\u00f1ar.<\/p>\n<p class=\"centro_redonda\">III<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">La Direcci\u00f3n General de Atenci\u00f3n Humanitaria y del Sistema de Acogida de Protecci\u00f3n Internacional ejerce funciones relevantes respecto de la atenci\u00f3n a las personas que carecen de recursos suficientes y cumplen los requisitos de acceso y permanencia en el sistema de acogida de protecci\u00f3n internacional, as\u00ed como una interrelaci\u00f3n constante con entidades integrantes del Tercer Sector de Acci\u00f3n Social. Junto a ello, deben reforzarse las funciones de planificaci\u00f3n y gesti\u00f3n de las personas solicitantes de protecci\u00f3n internacional, as\u00ed como las referidas a la adecuada gesti\u00f3n de eventuales situaciones vinculadas a la llegada de personas migrantes protegidas gracias al Programa de Atenci\u00f3n Humanitaria.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Las funciones ejercidas por la Direcci\u00f3n General de Atenci\u00f3n Humanitaria y del Sistema de Acogida de Protecci\u00f3n Internacional, han sido ejercidas en el pasado por personas que no ostentaban la condici\u00f3n de funcionario de carrera en los t\u00e9rminos del art\u00edculo\u00a066 de la Ley\u00a040\/2015, de\u00a01 de octubre, de R\u00e9gimen Jur\u00eddico del Sector P\u00fablico.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">As\u00ed, las extintas Direcciones Generales de Atenci\u00f3n Humanitaria e Inclusi\u00f3n Social de la Inmigraci\u00f3n, y de Gesti\u00f3n del Sistema de Acogida de Protecci\u00f3n Internacional y Temporal, fueron exceptuadas de dicho requisito a trav\u00e9s del Real Decreto\u00a0216\/2022, de\u00a029 de marzo, por el que se modifican el Real Decreto\u00a0139\/2020, de\u00a028 de enero, por el que se establece la estructura org\u00e1nica b\u00e1sica de los departamentos ministeriales, y el Real Decreto\u00a0497\/2020, de\u00a028 de abril, por el que se desarrolla la estructura org\u00e1nica b\u00e1sica del Ministerio de Inclusi\u00f3n, Seguridad Social y Migraciones.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">A su vez, la Direcci\u00f3n General Atenci\u00f3n Humanitaria e Inclusi\u00f3n Social de la Inmigraci\u00f3n, que asum\u00eda las funciones de la actual Direcci\u00f3n General de Atenci\u00f3n Humanitaria y del Sistema de Acogida de Protecci\u00f3n Internacional, vio exceptuado el requisito de la reserva funcionarial a trav\u00e9s del Real Decreto\u00a0139\/2020, de\u00a028 de enero, por el que se establece la estructura org\u00e1nica b\u00e1sica de los departamentos ministeriales, se\u00f1alando que \u00ab(\u2026)\u00a0deben reforzarse las funciones de planificaci\u00f3n y gesti\u00f3n de los solicitantes de asilo y refugiados, as\u00ed como las referidas a la adecuada gesti\u00f3n de eventuales situaciones vinculadas a la llegada de inmigrantes. Se trata de funciones que requieren unos conocimientos espec\u00edficos, unos requerimientos t\u00e9cnicos y una experiencia profesional y de relaci\u00f3n con organizaciones representativas y de la sociedad civil que justifican que su titular no sea necesariamente un funcionario p\u00fablico y puedan ser tambi\u00e9n ejercidas por personas que puedan resultar id\u00f3neas para su desempe\u00f1o\u00bb.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Teniendo en cuenta que las competencias atribuidas a la Direcci\u00f3n General de Atenci\u00f3n y del Sistema de Acogida de Protecci\u00f3n Internacional eran las asignadas a la extinta Direcci\u00f3n General de Inclusi\u00f3n y Atenci\u00f3n Humanitaria, contin\u00faan existiendo las razones por las cuales se excepcion\u00f3 a la persona que ostenta la titularidad de tales direcciones generales de la condici\u00f3n de ser funcionario de carrera del Estado, de las comunidades aut\u00f3nomas o de las entidades locales, pertenecientes al subgrupo\u00a0A1, de conformidad con el art\u00edculo\u00a066.2 de la Ley\u00a040\/2015, de\u00a01 de octubre, de R\u00e9gimen Jur\u00eddico del Sector P\u00fablico. As\u00ed lo consider\u00f3 la Sentencia de\u00a014 de diciembre de\u00a02021, de la Secci\u00f3n Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, n\u00famero\u00a01.471\/2021, en l\u00ednea con resoluciones anteriores como la sentencia de\u00a03 de marzo de\u00a02007 de la Secci\u00f3n Tercera de la Sala, recurso n.\u00ba\u00a023\/2.006.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Por todo ello, se procede a la modificaci\u00f3n del Real Decreto\u00a01009\/2023, de\u00a05 de diciembre, por el que se establece la estructura org\u00e1nica b\u00e1sica de los departamentos ministeriales, dado que se considera conveniente excepcionar de la reserva funcionarial el nombramiento de la persona titular de la Direcci\u00f3n General de Atenci\u00f3n Humanitaria y del Sistema de Acogida de Protecci\u00f3n Internacional.<\/p>\n<p class=\"centro_redonda\">IV<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">Este real decreto se adec\u00faa a los principios de buena regulaci\u00f3n: necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad jur\u00eddica, transparencia y eficiencia, conforme a los cuales deben actuar las administraciones p\u00fablicas en el ejercicio de la iniciativa legislativa y la potestad reglamentaria, seg\u00fan establece el art\u00edculo\u00a0129.1 de la Ley\u00a039\/2015, de\u00a01 de octubre, del Procedimiento Administrativo Com\u00fan de las Administraciones P\u00fablicas.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">As\u00ed, el real decreto atiende a los principios de necesidad y eficacia pues se trata de un instrumento necesario y adecuado para atender a la finalidad de modificar la estructura org\u00e1nica b\u00e1sica del Ministerio de Industria y Turismo con el fin de asegurar el correcto desempe\u00f1o de las competencias atribuidas a la Secretar\u00eda de Estado de Industria, ajustar la distribuci\u00f3n de funciones en el \u00e1mbito de las subdirecciones generales dependientes de la Secretaria General T\u00e9cnica y crear y regular el Comit\u00e9 Ejecutivo del Mecanismo Reinicia+ FOCIT, siendo la regulaci\u00f3n prevista eficaz y proporcionada para el cumplimiento de estos prop\u00f3sitos, sin afectar en forma alguna a los derechos y deberes de la ciudadan\u00eda y empleando la regulaci\u00f3n m\u00ednima imprescindible, atendiendo el principio de proporcionalidad. Cumple tambi\u00e9n con el principio de transparencia, al quedar claramente identificados los objetivos que persigue el real decreto. Tambi\u00e9n se verifica el principio de seguridad jur\u00eddica, pues la iniciativa se ejerce de forma coherente con el ordenamiento jur\u00eddico, siendo expresi\u00f3n de la potestad de autoorganizaci\u00f3n de la Administraci\u00f3n, y se lleva a cabo por el cauce procedimental previsto, generando un marco normativo estable, predecible, integrado, claro y de certidumbre, que facilite su conocimiento y comprensi\u00f3n. Finalmente, es tambi\u00e9n adecuado al principio de eficiencia, ya que no impone cargas administrativas y el gasto p\u00fablico previsto es el estrictamente necesario para el cumplimiento de los objetivos de la norma.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">En su virtud, a iniciativa del Ministro de Industria y Turismo, a propuesta del Ministro para la Transformaci\u00f3n Digital y de la Funci\u00f3n P\u00fablica, y previa deliberaci\u00f3n del Consejo de Ministros en su reuni\u00f3n del d\u00eda\u00a015 de julio de\u00a02025,<\/p>\n<p class=\"centro_redonda\">DISPONGO:<\/p>\n<h5 class=\"capitulo_num\">CAP\u00cdTULO I<\/h5>\n<h5 class=\"capitulo_tit\">Comit\u00e9 Ejecutivo Reinicia+ FOCIT DANA<\/h5>\n<h5 class=\"articulo\"><strong>Art\u00edculo\u00a01.<\/strong>\u2003Creaci\u00f3n del Comit\u00e9 Ejecutivo Reinicia+ FOCIT DANA.<\/h5>\n<p class=\"parrafo\">Se crea el Comit\u00e9 Ejecutivo Reinicia+ FOCIT DANA, como \u00f3rgano colegiado de los previstos en el art\u00edculo\u00a022.1 de la Ley\u00a040\/2015, de\u00a01 de octubre, de R\u00e9gimen Jur\u00eddico del Sector P\u00fablico, encargado de las decisiones relativas a las operaciones que se financien con cargo al Mecanismo Reinicia+ FOCIT DANA, de conformidad con el Acuerdo del Consejo de Ministros de\u00a06 de mayo de\u00a02025, por el que se establecen las condiciones del mecanismo para la financiaci\u00f3n de empresas afectadas por la DANA a trav\u00e9s del Fondo Financiero del Estado para la Competitividad Tur\u00edstica (FOCIT), F.C.P.J., Mecanismo Reinicia+ FOCIT DANA, publicado por la Orden PJC\/459\/2025, de\u00a09 de mayo.<\/p>\n<h5 class=\"articulo\"><strong>Art\u00edculo\u00a02.<\/strong>\u2003Adscripci\u00f3n.<\/h5>\n<p class=\"parrafo\">El Comit\u00e9 Ejecutivo Reinicia+ FOCIT DANA estar\u00e1 adscrito al Ministerio de Industria y Turismo a trav\u00e9s de la Secretar\u00eda de Estado de Turismo.<\/p>\n<h5 class=\"articulo\"><strong>Art\u00edculo\u00a03.<\/strong>\u2003Composici\u00f3n.<\/h5>\n<p class=\"parrafo\">1.\u2003El Comit\u00e9 Ejecutivo Reinicia+ FOCIT DANA tendr\u00e1 la siguiente composici\u00f3n:<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">a)\u2003Presidencia: corresponde a la persona titular de la Secretar\u00eda de Estado de Turismo. En caso vacante, ausencia o enfermedad del Presidente el Vicepresidente le sustituir\u00e1.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">b)\u2003Vicepresidencia: corresponde a la persona titular de la Direcci\u00f3n General de Pol\u00edticas Tur\u00edsticas.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">c)\u2003Vocales, todos ellos con voz y voto:<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">1.\u00ba\u2003La persona titular de la Direcci\u00f3n de Gabinete de la Secretar\u00eda de Estado de Turismo.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">2.\u00ba\u2003La persona titular de la Divisi\u00f3n de Programas Tur\u00edsticos y Asuntos Econ\u00f3micos.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">3.\u00ba\u2003Una persona en representaci\u00f3n del Instituto de Cr\u00e9dito Oficial, EPE, con rango m\u00ednimo de Subdirector o equivalente.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">4.\u00ba\u2003Una persona en representaci\u00f3n de la Subsecretar\u00eda del Ministerio de Industria y con rango m\u00ednimo de Subdirector General o asimilado, nombrado por la persona titular de la Subsecretar\u00eda del Ministerio de Industria y Turismo.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">5.\u00ba\u2003Una persona en representaci\u00f3n de la Secretar\u00eda de Estado de Industria con rango m\u00ednimo de Subdirector General o asimilado, nombrado por la persona titular de la Secretar\u00eda de Estado de Industria.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">d)\u2003Secretar\u00eda: corresponder\u00e1 a una persona del Instituto de Cr\u00e9dito Oficial,\u00a0EPE, con rango m\u00ednimo de Subdirector General o asimilado, con voz, pero sin voto.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">2.\u2003En la designaci\u00f3n de las personas vocales y de la persona titular de la secretar\u00eda, se atender\u00e1 al principio de presencia equilibrada de mujeres y hombres, salvo por razones fundadas y objetivas, debidamente motivadas.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">3.\u2003La Presidencia del Comit\u00e9 podr\u00e1 convocar a personas expertas cuando se estime conveniente, que podr\u00e1n participar con voz, pero sin voto.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">4.\u2003En caso de vacante, ausencia o enfermedad, los miembros del Comit\u00e9 ejecutivo podr\u00e1n ser suplidos, por un Subdirector General o asimilado.<\/p>\n<h5 class=\"articulo\"><strong>Art\u00edculo\u00a04.<\/strong>\u2003Funciones.<\/h5>\n<p class=\"parrafo\">Las funciones del Comit\u00e9 Ejecutivo Reinicia+ FOCIT DANA ser\u00e1n las siguientes:<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">a)\u2003Evaluar y, en su caso, otorgar su aprobaci\u00f3n a Instituto de Cr\u00e9dito Oficial, EPE, para realizar las operaciones que aquel haya considerado viables.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">b)\u2003Analizar y valorar la evoluci\u00f3n de las operaciones realizadas con cargo al Fondo, tomando, a propuesta de Instituto de Cr\u00e9dito Oficial,\u00a0EPE, las medidas que se consideraran m\u00e1s adecuadas para asegurar la buena marcha del Fondo y el cumplimiento de los objetivos para los que el mismo fue creado.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">c)\u2003Evaluar y, en su caso, otorgar su aprobaci\u00f3n para la ejecuci\u00f3n de determinadas actuaciones en relaci\u00f3n con operaciones ya formalizadas que considere oportuno acometer, entre otras y a t\u00edtulo enunciativo y no limitativo, desinversiones, quitas y esperas, adhesiones a convenios de acreedores, refinanciaciones, reestructuraciones, renegociaciones, reconocimientos de deuda o transacciones judiciales o extrajudiciales.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">d)\u2003Evaluar, y, en su caso, otorgar su aprobaci\u00f3n para el sometimiento a arbitraje u otro medio de resoluci\u00f3n de conflictos las contiendas que se suscitaran respecto de las operaciones financiadas con cargo al Fondo, el desistimiento de acciones legales ya iniciadas o la renuncia temporal al ejercicio de acciones legales.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">e)\u2003Solicitar al Instituto de Cr\u00e9dito Oficial,\u00a0EPE, cualquier informaci\u00f3n necesaria para valorar los riesgos que asumiera el Estado, as\u00ed como determinar la informaci\u00f3n econ\u00f3mico-financiera que de forma espec\u00edfica o peri\u00f3dica debiera ser remitida al propio Comit\u00e9 Ejecutivo. En general, podr\u00e1 solicitar cuanta informaci\u00f3n o documentaci\u00f3n sea necesaria para el desarrollo de sus funciones de control y seguimiento de las operaciones que realice Instituto de Cr\u00e9dito Oficial, EPE, con cargo al Fondo.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">f)\u2003Autorizar las propuestas anuales de remuneraci\u00f3n del Instituto de Cr\u00e9dito Oficial, EPE, por las funciones que le competen, as\u00ed como las propuestas de gasto de contrataci\u00f3n por el control, seguimiento y evaluaci\u00f3n de los distintos proyectos que hayan sido o vayan a ser financiados con cargo a\u00a0FOCIT.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">En general, realizar el control y seguimiento financiero de las operaciones que realice Instituto de Cr\u00e9dito Oficial,\u00a0EPE, con cargo al Fondo, as\u00ed como ejercer cualquier otra competencia que se derive de lo dispuesto en la normativa correspondiente.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">g)\u2003Examinar y, en su caso, remitir a la Secretar\u00eda de Estado de Turismo las cuentas anuales del Mecanismo Reinicia+ FOCIT-DANA, cerradas por el Instituto de Cr\u00e9dito Oficial, para su integraci\u00f3n en las cuentas anuales del Fondo, que ser\u00e1n aprobadas por la Secretar\u00eda de Estado, una vez auditadas por la Intervenci\u00f3n General de la Administraci\u00f3n del Estado\u00bb.<\/p>\n<h5 class=\"articulo\"><strong>Art\u00edculo\u00a05.<\/strong>\u2003Funcionamiento.<\/h5>\n<p class=\"parrafo\">1.\u2003El Comit\u00e9 Ejecutivo Reinicia+ FOCIT DANA se podr\u00e1 constituir, convocar, celebrar sus sesiones, adoptar acuerdos y remitir actas tanto de forma presencial como a distancia.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">2.\u2003El Comit\u00e9 Ejecutivo se reunir\u00e1 con periodicidad mensual siempre y cuando existan operaciones pendientes de aprobaci\u00f3n. A tal efecto, el secretario convocar\u00e1, al menos con una semana de antelaci\u00f3n, a los miembros del Comit\u00e9, especificando el formato de la reuni\u00f3n.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">3.\u2003En cuanto al resto de normas de funcionamiento, el Comit\u00e9 Ejecutivo Reinicia+ FOCIT DANA se regir\u00e1 por lo dispuesto en la secci\u00f3n\u00a03.\u00aa del cap\u00edtulo\u00a0II del t\u00edtulo preliminar de la Ley\u00a040\/2015, de\u00a01 de octubre, de R\u00e9gimen Jur\u00eddico del Sector P\u00fablico.<\/p>\n<h5 class=\"capitulo_num\">CAP\u00cdTULO II<\/h5>\n<h5 class=\"capitulo_tit\">Modificaci\u00f3n del Real Decreto\u00a01009\/2023, de\u00a05 de diciembre, por el que se establece la estructura org\u00e1nica b\u00e1sica de los departamentos ministeriales, y\u00a0del\u00a0Real Decreto\u00a0409\/2024, de\u00a023 de abril, por el que se desarrolla la estructura org\u00e1nica b\u00e1sica del Ministerio de Industria y Turismo<\/h5>\n<h5 class=\"articulo\"><strong>Art\u00edculo\u00a06.<\/strong>\u2003Modificaci\u00f3n del Real Decreto\u00a01009\/2023, de\u00a05 de diciembre, por el que se establece la estructura org\u00e1nica b\u00e1sica de los departamentos ministeriales.<\/h5>\n<p class=\"parrafo\">El Real Decreto\u00a01009\/2023, de\u00a05 de diciembre, por el que se establece la estructura org\u00e1nica b\u00e1sica de los departamentos ministeriales, se modifica en los siguientes t\u00e9rminos:<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">Uno.\u2003Se modifica el art\u00edculo\u00a09.1.A), que queda redactado como sigue:<\/p>\n<blockquote class=\"sangrado\">\n<p class=\"parrafo_2\">\u00abA)\u2003La Secretar\u00eda de Estado de Industria, de la que dependen:<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">1.\u00ba\u2003La Direcci\u00f3n General de Estrategia Industrial y de la Peque\u00f1a y Mediana Empresa.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">2.\u00ba\u2003La Direcci\u00f3n General de Programas Industriales.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">3.\u00ba\u2003El Comisionado especial para la Reindustrializaci\u00f3n, con rango de Subsecretar\u00eda.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">4.\u00ba\u2003El Comisionado especial para la Competitividad industrial y de la Peque\u00f1a y Mediana Empresa, con rango de Subsecretar\u00eda.\u00bb<\/p>\n<\/blockquote>\n<p class=\"parrafo_2\">Dos.\u2003Se a\u00f1ade una letra\u00a0q) al apartado\u00a01 de la disposici\u00f3n adicional s\u00e9ptima, que queda redactada de la siguiente manera:<\/p>\n<blockquote class=\"sangrado\">\n<p class=\"parrafo_2\">\u00abq)\u2003La Direcci\u00f3n General de Atenci\u00f3n Humanitaria y del Sistema de Acogida de Protecci\u00f3n Internacional.\u00bb<\/p>\n<\/blockquote>\n<h5 class=\"articulo\"><strong>Art\u00edculo\u00a07.<\/strong>\u2003Modificaci\u00f3n del Real Decreto\u00a0409\/2024, de\u00a023 de abril, por el que se desarrolla la estructura org\u00e1nica b\u00e1sica del Ministerio de Industria y Turismo.<\/h5>\n<p class=\"parrafo\">El Real Decreto\u00a0409\/2024, de\u00a023 de abril, por el que se desarrolla la estructura org\u00e1nica b\u00e1sica del Ministerio de Industria y Turismo, se modifica en los siguientes t\u00e9rminos:<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">Uno.\u2003Se modifica el apartado\u00a04 del art\u00edculo\u00a01, que queda redactado como sigue:<\/p>\n<blockquote class=\"sangrado\">\n<p class=\"parrafo_2\">\u00ab4.\u2003Son \u00f3rganos superiores y directivos del Ministerio de Industria y Turismo:<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">a)\u2003La Secretar\u00eda de Estado de Industria, de la que dependen los siguientes \u00f3rganos directivos:<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">1.\u00ba\u2003La Direcci\u00f3n General de Estrategia Industrial y de la Peque\u00f1a y Mediana Empresa.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">2.\u00ba\u2003La Direcci\u00f3n General de Programas Industriales.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">3.\u00ba\u2003El Comisionado especial para la Reindustrializaci\u00f3n, con rango de Subsecretar\u00eda.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">4.\u00ba\u2003El Comisionado especial para la Competitividad industrial y de la Peque\u00f1a y Mediana Empresa, con rango de Subsecretar\u00eda.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">b)\u2003La Secretar\u00eda de Estado de Turismo, de la que depende la Direcci\u00f3n General de Pol\u00edticas Tur\u00edsticas.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">c)\u2003La Subsecretar\u00eda de Industria y Turismo, de la que depende la Secretar\u00eda General T\u00e9cnica.\u00bb<\/p>\n<\/blockquote>\n<p class=\"parrafo_2\">Dos.\u2003Se modifican la letra\u00a0m) del apartado\u00a01 y el apartado\u00a02 del art\u00edculo\u00a02, quedando redactados como sigue:<\/p>\n<blockquote class=\"sangrado\">\n<p class=\"parrafo_2\">\u00abm)\u2003El impulso, la direcci\u00f3n y el seguimiento de las acciones y programas relacionados con los sectores industriales estrat\u00e9gicos, incluidas la representaci\u00f3n y la participaci\u00f3n en los organismos y empresas internacionales. En particular, ejercer\u00e1 funciones de impulso, direcci\u00f3n y seguimiento de las acciones y programas relacionados con la industria de defensa, aeron\u00e1utica y espacial, sin perjuicio de las competencias de otros ministerios y de aquellos relacionados con los PERTES del Ministerio u organismos aut\u00f3nomos, sociedades mercantiles estatales, entidades p\u00fablicas empresariales, agencias estatales o fundaciones del sector p\u00fablico estatal, adscritas, vinculadas o dependientes. Asimismo, le corresponder\u00e1 el impulso y divulgaci\u00f3n de las pol\u00edticas y planes vinculados a los PERTES, a la transformaci\u00f3n de ecosistemas industriales vinculados a dichos sectores y al desarrollo de su ecosistema.\u00bb<\/p>\n<\/blockquote>\n<blockquote class=\"sangrado\">\n<p class=\"parrafo_2\">\u00ab2.\u2003De la Secretar\u00eda de Estado de Industria dependen, directamente, los siguientes \u00f3rganos directivos:<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">a)\u2003La Direcci\u00f3n General de Estrategia Industrial y de la Peque\u00f1a y Mediana Empresa.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">b)\u2003La Direcci\u00f3n General de Programas Industriales.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">c)\u2003El Comisionado especial para la Reindustrializaci\u00f3n.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">d)\u2003El Comisionado especial para la Competitividad industrial y de la Peque\u00f1a y Mediana Empresa.\u00bb<\/p>\n<\/blockquote>\n<p class=\"parrafo_2\">Tres.\u2003Se modifica el art\u00edculo\u00a05, que queda redactado como sigue:<\/p>\n<blockquote class=\"sangrado\">\n<h5 class=\"articulo\">\u00abArt\u00edculo\u00a05.\u2003El Comisionado especial para la Reindustrializaci\u00f3n.<\/h5>\n<p class=\"parrafo\">1.\u2003El Comisionado especial para la Reindustrializaci\u00f3n, con rango de Subsecretar\u00eda, bajo la dependencia directa de la persona titular de la Secretar\u00eda de Estado de Industria, llevar\u00e1 a cabo las siguientes funciones, sin perjuicio de las que correspondan a los dem\u00e1s departamentos ministeriales u organismos o entidades del sector p\u00fablico vinculados, dependientes o adscritos a los mismos:<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">a)\u2003Apoyar a la Secretar\u00eda de Estado de Industria en la promoci\u00f3n, impulso y divulgaci\u00f3n de las pol\u00edticas y planes para la transformaci\u00f3n de ecosistemas industriales y la reindustrializaci\u00f3n, incluyendo tanto las que corresponden a la Administraci\u00f3n General del Estado en el \u00e1mbito de sus competencias, como las que puedan resultar del apoyo y colaboraci\u00f3n con las dem\u00e1s Administraciones p\u00fablicas.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">b)\u2003Participar en los \u00f3rganos colegiados y en los grupos de trabajo o las comisiones implicados en las pol\u00edticas de apoyo a la reindustrializaci\u00f3n.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">c)\u2003El desarrollo de las medidas de apoyo y la colaboraci\u00f3n p\u00fablico-privada para facilitar la implementaci\u00f3n de las pol\u00edticas de reindustrializaci\u00f3n sin perjuicio de las competencias del resto de \u00f3rganos del Ministerio.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">d)\u2003El desarrollo de medidas e iniciativas de seguimiento en colaboraci\u00f3n con otros \u00f3rganos ministeriales y organismos implicados en la implementaci\u00f3n de las pol\u00edticas de reindustrializaci\u00f3n.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">e)\u2003La interlocuci\u00f3n entre el Gobierno y otros actores, inform\u00e1ndoles peri\u00f3dicamente sobre el desarrollo y resultado de la ejecuci\u00f3n de los proyectos, o de cuantas propuestas considere necesarias para el adecuado cumplimiento de la funci\u00f3n encomendada.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">f)\u2003La promoci\u00f3n de la integraci\u00f3n de la perspectiva industrial en el conjunto de las pol\u00edticas econ\u00f3micas, sociales y ambientales, desarrolladas o impulsadas por el Gobierno.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">g)\u2003Realizar cuantas actuaciones resulten precisas en relaci\u00f3n con el desarrollo de los ecosistemas industriales y la consecuci\u00f3n de sus objetivos, desde la elaboraci\u00f3n, gesti\u00f3n y seguimiento de programas, instrumentos y actuaciones destinados al desarrollo de estos ecosistemas, hasta su total ejecuci\u00f3n, si fuera necesario.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">h)\u2003Asesorar, apoyar y asistir, a la Secretar\u00eda de Estado de Industria para el dise\u00f1o de instrumentos de apoyo econ\u00f3mico y financiero para la transformaci\u00f3n y el impulso del sector industrial en Espa\u00f1a.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">i)\u2003Participar en el dise\u00f1o y coordinaci\u00f3n de pol\u00edticas con otros departamentos ministeriales de fomento de la competitividad industrial y empresarial en los \u00e1mbitos de la reindustrializaci\u00f3n, y la dimensi\u00f3n empresarial.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">j)\u2003Coordinaci\u00f3n de las actuaciones de prospectiva y an\u00e1lisis sectorial para identificar la situaci\u00f3n de los sectores industriales y productivos en Espa\u00f1a, realizadas en el \u00e1mbito de la Secretar\u00eda de Estado y de sus organismos p\u00fablicos dependientes o vinculados.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">k)\u2003Colaborar, coordinar y participar en la elaboraci\u00f3n y tramitaci\u00f3n de los programas e instrumentos que se lleven a cabo en el \u00e1mbito de la Secretar\u00eda de Estado de Industria, as\u00ed como la coordinaci\u00f3n de las actuaciones mediante la supervisi\u00f3n y emisi\u00f3n de directrices que aseguren y garanticen la coherencia de las actuaciones para impulsar la reindustrializaci\u00f3n.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">l)\u2003Cualquier otra funci\u00f3n que, en este \u00e1mbito, le encomiende la persona titular de la Secretar\u00eda de Estado de Industria, u otras funciones que le asigne la normativa vigente.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">2.\u2003Depende del Comisionado especial para la Reindustrializaci\u00f3n la Oficina T\u00e9cnica del Comisionado especial, con nivel org\u00e1nico de Subdirecci\u00f3n General.\u00bb<\/p>\n<\/blockquote>\n<p class=\"parrafo_2\">Cuatro.\u2003Se modifica el art\u00edculo\u00a06, que queda redactado como sigue:<\/p>\n<blockquote class=\"sangrado\">\n<h5 class=\"articulo\">\u00abArt\u00edculo\u00a06.\u2003El Comisionado especial para la Competitividad industrial y de la Peque\u00f1a y Mediana Empresa.<\/h5>\n<p class=\"parrafo\">1.\u2003Corresponde al Comisionado especial para la Competitividad industrial y de la Peque\u00f1a y Mediana Empresa el ejercicio de las siguientes funciones:<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">a)\u2003Apoyar a la Secretar\u00eda de Estado de Industria en la promoci\u00f3n, impulso y divulgaci\u00f3n de las pol\u00edticas y planes para la mejora de la competitividad industrial y de la peque\u00f1a y mediana empresa., incluyendo tanto las que corresponden a la Administraci\u00f3n General del Estado en el \u00e1mbito de sus competencias, como las que puedan resultar del apoyo y colaboraci\u00f3n con las dem\u00e1s Administraciones p\u00fablicas.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">b)\u2003Participar en los \u00f3rganos colegiados y en los grupos o las comisiones o grupos de trabajo y en los \u00f3rganos colegiados implicados en las pol\u00edticas de apoyo a la competitividad industrial y de la peque\u00f1a y mediana empresa.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">c)\u2003El desarrollo de las medidas de apoyo y la colaboraci\u00f3n p\u00fablico-privada para facilitar la implementaci\u00f3n de pol\u00edticas de impulso y mejora de la competitividad industrial y de la peque\u00f1a y mediana empresa, sin perjuicio de las competencias del resto de \u00f3rganos del Ministerio.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">d)\u2003El desarrollo de medidas e iniciativas de seguimiento en colaboraci\u00f3n con otros \u00f3rganos ministeriales y organismos implicados en la implementaci\u00f3n de las pol\u00edticas de competitividad industrial y de la peque\u00f1a y mediana empresa.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">e)\u2003La interlocuci\u00f3n entre el Gobierno y otros actores, inform\u00e1ndoles peri\u00f3dicamente sobre el desarrollo y resultado de la ejecuci\u00f3n de los proyectos, o de cuantas propuestas considere necesarias para el adecuado cumplimiento de la funci\u00f3n encomendada.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">f)\u2003Colaborar, coordinar y participar en la elaboraci\u00f3n y tramitaci\u00f3n de los programas e instrumentos que se lleven a cabo en el \u00e1mbito de la Secretar\u00eda de Estado de Industria, as\u00ed como la coordinaci\u00f3n de las actuaciones mediante la supervisi\u00f3n y emisi\u00f3n de directrices que aseguren y garanticen la coherencia de las actuaciones para impulsar la competitividad industrial y de la peque\u00f1a y mediana empresa.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">g)\u2003La promoci\u00f3n de la integraci\u00f3n de la perspectiva industrial y de la peque\u00f1a y mediana empresa en el conjunto de las pol\u00edticas econ\u00f3micas, sociales y ambientales impulsadas por el Gobierno.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">h)\u2003Asesorar, apoyar y asistir en el dise\u00f1o de pol\u00edticas espec\u00edficas de competitividad industrial y de la peque\u00f1a y mediana empresa a las actividades de la Secretar\u00eda de Estado de Industria.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">i)\u2003El fomento del esp\u00edritu emprendedor y la promoci\u00f3n de la cultura empresarial.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">j)\u2003El impulso y promoci\u00f3n de iniciativas de las empresas que sean de inter\u00e9s para la competitividad de la econom\u00eda espa\u00f1ola, y el ecosistema de innovaci\u00f3n y emprendimiento en Espa\u00f1a.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">k)\u2003Cualquier otra funci\u00f3n que le encomiende la Secretar\u00eda de Estado de Industria y otras funciones que le asigne la normativa vigente.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">2.\u2003Depende del Comisionado especial para la Competitividad industrial y de la Peque\u00f1a y Mediana Empresa la Oficina T\u00e9cnica del Comisionado especial, con nivel org\u00e1nico de Subdirecci\u00f3n General.\u00bb<\/p>\n<\/blockquote>\n<p class=\"parrafo_2\">Cinco.\u2003Se modifica el art\u00edculo\u00a010, que queda redactado en los siguientes t\u00e9rminos:<\/p>\n<blockquote class=\"sangrado\">\n<h5 class=\"articulo\">\u00abArt\u00edculo\u00a010.\u2003Secretar\u00eda General T\u00e9cnica.<\/h5>\n<p class=\"parrafo\">1.\u2003La Secretar\u00eda General T\u00e9cnica del Ministerio de Industria y Turismo, bajo la inmediata dependencia del Subsecretario del Departamento, ejerce las funciones que le atribuye el art\u00edculo\u00a065 de la Ley\u00a040\/2015, de\u00a01 de octubre, y, espec\u00edficamente, las siguientes:<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">a)\u2003La articulaci\u00f3n de las competencias normativas del Departamento con los Departamentos ministeriales de la Administraci\u00f3n General del Estado y con el resto de las Administraciones p\u00fablicas, organismos y entidades p\u00fablicas.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">b)\u2003La preparaci\u00f3n de la documentaci\u00f3n e informes, as\u00ed como la tramitaci\u00f3n y coordinaci\u00f3n de las actuaciones relativas a los asuntos que se sometan a la deliberaci\u00f3n del Consejo de Ministros, de las Comisiones Delegadas del Gobierno y de la Comisi\u00f3n General de Secretarios de Estado y Subsecretarios.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">c)\u2003La gesti\u00f3n de las relaciones con otros departamentos ministeriales, organismos y entidades p\u00fablicos, cuando no est\u00e9 expresamente atribuida a otros \u00f3rganos del Departamento, y la representaci\u00f3n de este en \u00f3rganos administrativos de car\u00e1cter interministerial, cuando dicha representaci\u00f3n no haya sido expresamente atribuida a otros \u00f3rganos superiores o directivos del Departamento.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">d)\u2003La tramitaci\u00f3n de la publicaci\u00f3n en el \u201cBolet\u00edn Oficial del Estado\u201d de las disposiciones generales y actos administrativos del Departamento y de sus organismos p\u00fablicos, en las secciones\u00a0I,\u00a0II y\u00a0III.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">e)\u2003La coordinaci\u00f3n de auditor\u00edas que afecte a la ejecuci\u00f3n de programas del Departamento, cuando no est\u00e9 asignada a otros \u00f3rganos directivos o superiores del mismo.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">f)\u2003La coordinaci\u00f3n en la definici\u00f3n de los planes y programas europeos y en el seguimiento de las actuaciones necesarias para su ejecuci\u00f3n y cumplimiento.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">g)\u2003La realizaci\u00f3n de estudios e informes de seguimiento de la ejecuci\u00f3n de fondos europeos, a partir de las fuentes disponibles.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">h)\u2003La coordinaci\u00f3n y seguimiento de la ejecuci\u00f3n de las inversiones y reformas del Plan de Recuperaci\u00f3n, Transformaci\u00f3n y Resiliencia que correspondan al Departamento.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">i)\u2003La realizaci\u00f3n de estudios y an\u00e1lisis sobre la estructura, evoluci\u00f3n y prospectiva de los sectores econ\u00f3micos competencia del Departamento en sus distintos componentes y, en particular, de competitividad, y sobre los indicadores de los sectores competencia del Departamento; la realizaci\u00f3n de informes peri\u00f3dicos de coyuntura y de estudios de inter\u00e9s general para el Departamento, y la coordinaci\u00f3n de los estudios sectoriales en el \u00e1mbito competencial del mismo.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">j)\u2003En colaboraci\u00f3n con el Instituto Nacional de Estad\u00edstica, la planificaci\u00f3n, coordinaci\u00f3n e impulso de las estad\u00edsticas del Departamento, as\u00ed como la formulaci\u00f3n del Plan Estad\u00edstico Nacional y de los programas que lo desarrollan en el \u00e1mbito del Departamento; la elaboraci\u00f3n de aquellas estad\u00edsticas que el Plan Estad\u00edstico Nacional determine que son competencia de esta Secretar\u00eda General T\u00e9cnica; el seguimiento y an\u00e1lisis de las estad\u00edsticas elaboradas por otras Administraciones y organismos, p\u00fablicos o privados, nacionales o internacionales, en todos los sectores competencia del Departamento y en aquellos otros que se consideren de inter\u00e9s para el mismo.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">k)\u2003La direcci\u00f3n, gesti\u00f3n y supervisi\u00f3n de los contenidos editoriales de la publicaci\u00f3n Econom\u00eda Industrial.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">l)\u2003La colaboraci\u00f3n, con el resto de las \u00e1reas del Departamento, en la realizaci\u00f3n de estudios acerca del impacto econ\u00f3mico de las normas elaboradas en el mismo, as\u00ed como, en su caso, en la definici\u00f3n, planteamiento y seguimiento de los indicadores necesarios para realizar el an\u00e1lisis econ\u00f3mico de los resultados de aplicaci\u00f3n de dichas normas.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">m)\u2003La propuesta del programa editorial del Departamento y, en su caso, la edici\u00f3n y la difusi\u00f3n de sus publicaciones, as\u00ed como la gesti\u00f3n documental, la direcci\u00f3n, organizaci\u00f3n y gesti\u00f3n de la biblioteca general, del archivo central, del archivo electr\u00f3nico \u00fanico y de los servicios de documentaci\u00f3n en papel y electr\u00f3nica del Departamento.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">n)\u2003El an\u00e1lisis, informe y tramitaci\u00f3n de las disposiciones y proyectos normativos que corresponde aprobar o proponer al Departamento, y el informe de las disposiciones de car\u00e1cter general relativas a materias que afecten a la competencia del Departamento.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u00f1)\u2003La asistencia jur\u00eddica a los \u00f3rganos del Departamento, en relaci\u00f3n con las materias competencia del mismo.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">o)\u2003El seguimiento e informe de los actos y disposiciones de las comunidades aut\u00f3nomas; la coordinaci\u00f3n de las actuaciones de los distintos \u00f3rganos superiores y directivos del Departamento relativas al traspaso de funciones y servicios a aqu\u00e9llas, y la tramitaci\u00f3n de los convenios regulados en el cap\u00edtulo\u00a0VI del t\u00edtulo preliminar de la Ley\u00a040\/2015, de\u00a01 de octubre.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">p)\u2003La coordinaci\u00f3n de la tramitaci\u00f3n con el Ministerio de Hacienda de las propuestas normativas que se formulen por el Departamento y sus organismos p\u00fablicos para su inclusi\u00f3n en el anteproyecto de ley de presupuestos generales del Estado, sin perjuicio de las competencias de otros \u00f3rganos superiores o directivos del Departamento y en coordinaci\u00f3n con ellos.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">q)\u2003La tramitaci\u00f3n de la normativa derivada de la preparaci\u00f3n de los estatutos de las corporaciones profesionales que se relacionan con el Departamento.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">r)\u2003La tramitaci\u00f3n y propuesta de resoluci\u00f3n de los recursos administrativos y de los requerimientos a los que se refiere el art\u00edculo\u00a044 de la Ley\u00a029\/1998, de\u00a013 de julio, Reguladora de la Jurisdicci\u00f3n Contencioso-administrativa, as\u00ed como la iniciaci\u00f3n, tramitaci\u00f3n y propuesta de resoluci\u00f3n de los expedientes de revisi\u00f3n de los actos administrativos, de declaraci\u00f3n de nulidad de las disposiciones administrativas y de la declaraci\u00f3n de lesividad cuando se refieran a actos del Departamento, y la tramitaci\u00f3n y propuesta de resoluci\u00f3n de las reclamaciones en materia de responsabilidad patrimonial y de las peticiones formuladas por v\u00eda de derecho de petici\u00f3n.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">s)\u2003Las relaciones con los juzgados y tribunales de justicia, a efectos de la remisi\u00f3n de los expedientes y documentaci\u00f3n que soliciten, la recepci\u00f3n de sus notificaciones y, en su caso, coordinaci\u00f3n y seguimiento de la ejecuci\u00f3n de sus sentencias.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">t)\u2003La tramitaci\u00f3n y propuesta de resoluci\u00f3n de los procedimientos de reconocimiento de los t\u00edtulos profesionales expedidos por los Estados miembros de la Uni\u00f3n Europea y dem\u00e1s Estados signatarios del Acuerdo sobre Espacio Econ\u00f3mico Europeo.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">u)\u2003El seguimiento y coordinaci\u00f3n de las competencias en relaci\u00f3n con la Uni\u00f3n Europea y con los organismos internacionales en las materias propias del Departamento no expresamente asignadas a otros \u00f3rganos directivos, as\u00ed como el impulso y asesoramiento de las actividades necesarias para el cumplimiento derivado de los compromisos y programas internacionales de cooperaci\u00f3n y asistencia t\u00e9cnica.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">v)\u2003El seguimiento e informe de las cuestiones internacionales y europeas de inter\u00e9s para el Departamento, en especial de las reuniones del Consejo Europeo y de Consejos de Ministros de la Uni\u00f3n Europea y de programas de ayuda europeos y asistencia a las \u00e1reas del Departamento en su participaci\u00f3n y seguimiento posterior.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">w)\u2003El seguimiento y coordinaci\u00f3n, como punto de contacto del Departamento, del control de los procedimientos relacionados con la elaboraci\u00f3n de las propuestas normativas de la Uni\u00f3n Europea y con la adecuaci\u00f3n del ordenamiento jur\u00eddico nacional con la normativa de la Uni\u00f3n Europea, en la fase de elaboraci\u00f3n de las normas nacionales, mediante el cumplimiento del procedimiento de notificaci\u00f3n de reglamentaciones t\u00e9cnicas, en la fase de transposici\u00f3n al derecho interno, y en la fase de control de la aplicaci\u00f3n del derecho de la Uni\u00f3n Europea, en especial, mediante proyectos piloto y procedimientos de infracci\u00f3n abiertos por la Comisi\u00f3n Europea, procedimientos contenciosos ante el Tribunal de Justicia de la Uni\u00f3n Europea, y cuestiones planteadas en la Red SOLVIT en materias de este Departamento.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">x)\u2003El ejercicio de las funciones como punto ministerial de contacto para ayudas de Estado, y la realizaci\u00f3n del asesoramiento e informe y seguimiento de las ayudas de Estado de este Departamento, as\u00ed como la coordinaci\u00f3n con el Ministerio de Asuntos Exteriores, Uni\u00f3n Europea y Cooperaci\u00f3n y las autoridades de la Uni\u00f3n Europea en materia de ayudas de Estado.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">y)\u2003El an\u00e1lisis e informe de las disposiciones y proyectos normativos en relaci\u00f3n con cuestiones que afecten a materias de car\u00e1cter internacional y de la Uni\u00f3n Europea, as\u00ed como la coordinaci\u00f3n de los informes necesarios en relaci\u00f3n con los Tratados internacionales y otro tipo de acuerdos que se plantee firmar el Reino de Espa\u00f1a en las materias propias de este Departamento.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">z)\u2003El an\u00e1lisis e informe de las operaciones de comercio exterior de material y productos y tecnolog\u00edas de doble uso y de productos regulados en el Reglamento (UE)\u00a02021\/821 del Parlamento Europeo y del Consejo de\u00a020 de mayo de\u00a02021 por el que se establece un r\u00e9gimen de la Uni\u00f3n de control de las exportaciones, el corretaje, la asistencia t\u00e9cnica, el tr\u00e1nsito y la transferencia de productos de doble uso (versi\u00f3n refundida), en el \u00e1mbito de las competencias de este Departamento.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">2.\u2003La Secretar\u00eda General T\u00e9cnica se estructura en las siguientes subdirecciones generales:<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">a)\u2003La Vicesecretar\u00eda General T\u00e9cnica, que ejercer\u00e1 las funciones se\u00f1aladas en los p\u00e1rrafos a), b), c), d), e), f), g) y h) del apartado\u00a01.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">b)\u2003La Subdirecci\u00f3n General de Desarrollo Normativo e Informes, que ejercer\u00e1 las funciones se\u00f1aladas en los p\u00e1rrafos n), \u00f1), o), p) y q) del apartado\u00a01.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">c)\u2003La Subdirecci\u00f3n General de Recursos, Reclamaciones y Relaciones con la Administraci\u00f3n de Justicia, que desarrollar\u00e1 las funciones descritas en los p\u00e1rrafos r), s) y t), del apartado\u00a01.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">d)\u2003La Subdirecci\u00f3n General de Relaciones Internacionales y Cooperaci\u00f3n, que ejercer\u00e1 las funciones a que se refieren los p\u00e1rrafos u), v),w), x), y) yz) del apartado\u00a01.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">e)\u2003La Subdirecci\u00f3n General de Estudios y Publicaciones, a la que corresponde el ejercicio de las funciones a que se refieren los p\u00e1rrafos i), j), k), l) y\u00a0m) del apartado\u00a01.\u00bb<\/p>\n<\/blockquote>\n<h5 class=\"articulo\"><strong>Disposici\u00f3n adicional primera.<\/strong>\u2003Supresi\u00f3n de \u00f3rganos.<\/h5>\n<p class=\"parrafo\">Quedan suprimidos los siguientes \u00f3rganos:<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">a)\u2003El Comisionado especial para el PERTE Agroalimentario.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">b)\u2003El Comisionado especial para el PERTE de Descarbonizaci\u00f3n Industrial.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">c)\u2003La Oficina T\u00e9cnica del Comisionado especial para el PERTE Agroalimentario.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">d)\u2003La Oficina T\u00e9cnica del Comisionado especial para el PERTE de Descarbonizaci\u00f3n Industrial.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">e)\u2003La Subdirecci\u00f3n General de Desarrollo Normativo, Informes y Publicaciones.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">f)\u2003La Subdirecci\u00f3n General de Estudios, An\u00e1lisis y Planes de Actuaci\u00f3n.<\/p>\n<h5 class=\"articulo\"><strong>Disposici\u00f3n adicional segunda.<\/strong>\u2003Referencias a \u00f3rganos suprimidos.<\/h5>\n<p class=\"parrafo\">Las referencias realizadas en el ordenamiento jur\u00eddico a los \u00f3rganos suprimidos por este real decreto se entender\u00e1n realizadas a los que por esta misma norma se crean y los sustituyen o asumen sus competencias.<\/p>\n<h5 class=\"articulo\"><strong>Disposici\u00f3n adicional tercera.<\/strong>\u2003Delegaci\u00f3n de competencias.<\/h5>\n<p class=\"parrafo\">1.\u2003Las delegaciones de competencias otorgadas por los \u00f3rganos superiores y directivos del Ministerio de Industria y Turismo continuar\u00e1n siendo v\u00e1lidas y eficaces, hasta que sean expresamente revocadas o nuevamente otorgadas.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">2.\u2003Cuando las delegaciones de competencias que mantienen sus efectos en virtud del apartado anterior se hubiesen efectuado en favor de \u00f3rganos suprimidos por este real decreto, las referidas delegaciones se entender\u00e1n v\u00e1lidas y eficaces en favor de los \u00f3rganos en cuyo \u00e1mbito de actuaci\u00f3n se encuadre la correspondiente competencia o funci\u00f3n.<\/p>\n<h5 class=\"articulo\"><strong>Disposici\u00f3n transitoria primera.<\/strong>\u2003Subdirecciones generales suprimidas.<\/h5>\n<p class=\"parrafo\">Las personas titulares de los \u00f3rganos con rango de subdirecci\u00f3n general suprimidos por este real decreto continuar\u00e1n ejerciendo sus funciones en las subdirecciones generales de nueva creaci\u00f3n a las que este real decreto atribuya las competencias que dichos \u00f3rganos suprimidos tuvieran asignadas, hasta el nombramiento de los titulares de las subdirecciones generales que se crean en sustituci\u00f3n de las suprimidas.<\/p>\n<h5 class=\"articulo\"><strong>Disposici\u00f3n transitoria segunda.<\/strong>\u2003Asignaci\u00f3n de unidades y puestos de trabajo.<\/h5>\n<p class=\"parrafo\">1.\u2003Las unidades y puestos de trabajo con nivel org\u00e1nico inferior a subdirecci\u00f3n general continuar\u00e1n subsistentes y ser\u00e1n retribuidos con cargo a los mismos cr\u00e9ditos presupuestarios, hasta que se aprueben las correspondientes relaciones de puestos de trabajo adaptadas a la estructura org\u00e1nica de este real decreto.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">2.\u2003Hasta que se apruebe la nueva relaci\u00f3n de puestos de trabajo, las unidades y puestos de trabajo encuadrados en los \u00f3rganos suprimidos, o cuya dependencia org\u00e1nica haya sido modificada por este real decreto, se adscribir\u00e1n provisionalmente, mediante resoluci\u00f3n de la persona titular de la Subsecretar\u00eda, a los \u00f3rganos regulados en este real decreto, en funci\u00f3n de las atribuciones que estos tengan asignadas.<\/p>\n<h5 class=\"articulo\"><strong>Disposici\u00f3n final \u00fanica.<\/strong>\u2003Entrada en vigor.<\/h5>\n<p class=\"parrafo\">El presente real decreto entrar\u00e1 en vigor el mismo d\u00eda de su publicaci\u00f3n en el \u00abBolet\u00edn Oficial del Estado\u00bb.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">Dado en Madrid, el\u00a015 de julio de\u00a02025.<\/p>\n<p class=\"firma_rey\">FELIPE R.<\/p>\n<p class=\"firma_ministro\">El Ministro para la Transformaci\u00f3n Digital<br \/>y de la Funci\u00f3n P\u00fablica,<\/p>\n<p class=\"firma_ministro\">\u00d3SCAR L\u00d3PEZ \u00c1GUEDA<\/p>\n<\/p><\/div>\n<p><a href=\"https:\/\/www.boe.es\/diario_boe\/txt.php?id=BOE-A-2025-14698\">source<\/a><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>I La creaci\u00f3n del comit\u00e9 Ejecutivo del Mecanismo Reinicia+ FOCIT DANA obedece a la necesidad de garantizar 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