{"id":20526,"date":"2025-10-16T09:03:35","date_gmt":"2025-10-16T09:03:35","guid":{"rendered":"https:\/\/blogemergencias.es\/index.php\/2025\/10\/16\/real-decreto-914-2025-de-14-de-octubre-por-el-que-se-establecen-las-normas-reguladoras-de-la-concesion-directa-de-prestamos-a-varias-empresas-para-el-desarrollo-industrial-de-programas-especiales-de\/"},"modified":"2025-10-16T09:03:35","modified_gmt":"2025-10-16T09:03:35","slug":"real-decreto-914-2025-de-14-de-octubre-por-el-que-se-establecen-las-normas-reguladoras-de-la-concesion-directa-de-prestamos-a-varias-empresas-para-el-desarrollo-industrial-de-programas-especiales-de","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/blogemergencias.es\/index.php\/2025\/10\/16\/real-decreto-914-2025-de-14-de-octubre-por-el-que-se-establecen-las-normas-reguladoras-de-la-concesion-directa-de-prestamos-a-varias-empresas-para-el-desarrollo-industrial-de-programas-especiales-de\/","title":{"rendered":"Real Decreto 914\/2025, de 14 de octubre, por el que se establecen las normas reguladoras de la concesi\u00f3n directa de pr\u00e9stamos a varias empresas para el desarrollo industrial de programas especiales de modernizaci\u00f3n en los \u00e1mbitos terrestre y a\u00e9reo."},"content":{"rendered":"<div id=\"textoxslt\">\n<p class=\"parrafo\">En octubre de\u00a01996 el extinto Ministerio de Industria y Energ\u00eda y el Ministerio de Defensa (MINISDEF) suscribieron un Acuerdo Marco de cooperaci\u00f3n para los programas Eurofighter\u00a02000 y Fragatas F100. Ambos programas implicaban la modernizaci\u00f3n del equipamiento de las Fuerzas Armadas con gran impacto industrial y tecnol\u00f3gico. Este acuerdo se ampli\u00f3 mediante adendas a otros programas de armamento.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">En el marco de dicho acuerdo y sus posteriores adendas, el Ministerio de Industria y Turismo y sus departamentos predecesores han prefinanciado diversos programas especiales de modernizaci\u00f3n, destacando entre los m\u00e1s recientes algunos como el programa Halc\u00f3n, a trav\u00e9s del Real Decreto\u00a0891\/2023, de\u00a028 de noviembre, por el que se establecen las normas reguladoras de la concesi\u00f3n directa de un pr\u00e9stamo al Consorcio Espa\u00f1ol para el Desarrollo Industrial del programa Eurofighter, Agrupaci\u00f3n de Inter\u00e9s Econ\u00f3mico, para el programa Halc\u00f3n, o el programa de los helic\u00f3pteros Tigre MKIII, a trav\u00e9s del Real Decreto\u00a01009\/2022, de\u00a05 de diciembre, por el que se establecen las normas reguladoras de la concesi\u00f3n directa de un pr\u00e9stamo a la empresa Airbus Helicopters Espa\u00f1a, SAU, para el programa de los helic\u00f3pteros Tigre MKIII.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">El Gobierno de Espa\u00f1a en abril de\u00a02025 ha puesto en marcha un Plan Industrial y Tecnol\u00f3gico para la Seguridad y Defensa como respuesta al contexto geopol\u00edtico internacional, la aparici\u00f3n de nuevas amenazas h\u00edbridas y el replanteamiento de la alianza atl\u00e1ntica, en el que se contempla un amplio conjunto de medidas, entre las que se encuentra el lanzamiento de nuevos Programas Especiales de Modernizaci\u00f3n (en adelante, programas), que precisan la prefinanciaci\u00f3n del Ministerio de Industria y Turismo. El Plan, entre otros, tendr\u00e1 efectos positivos en el empleo e impulsar\u00e1 una nueva ola de innovaci\u00f3n tecnol\u00f3gica y desarrollo industrial.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Conforme a lo dispuesto en el Real Decreto\u00a0409\/2024, de\u00a023 de abril, por el que se desarrolla la estructura org\u00e1nica b\u00e1sica del Ministerio de Industria y Turismo, corresponde a este Ministerio a trav\u00e9s de la Direcci\u00f3n General de Programas Industriales el ejercicio de, entre otras funciones, la planificaci\u00f3n, elaboraci\u00f3n, coordinaci\u00f3n, seguimiento t\u00e9cnico econ\u00f3mico y gesti\u00f3n administrativa y econ\u00f3mica financiera, de programas dirigidos a la industria de defensa, aeron\u00e1utica y espacial; programas estrat\u00e9gicos y programas de alto contenido tecnol\u00f3gico e innovaci\u00f3n industrial; programas y actuaciones dirigidos a incrementar la competitividad de los sectores industriales; programas dirigidos a potenciar la implantaci\u00f3n de sistemas de gesti\u00f3n e infraestructuras destinadas a incrementar la competitividad industrial; y programas de cooperaci\u00f3n p\u00fablico-privada en \u00e1reas de importancia estrat\u00e9gica para los sectores industriales, sin perjuicio de las competencias atribuidas a otros departamentos ministeriales.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Por otra parte, la concesi\u00f3n de la financiaci\u00f3n prevista en este real decreto tiene car\u00e1cter singular, y no es posible realizar convocatoria p\u00fablica para su otorgamiento, dado que la entidad beneficiaria ha sido considerada por el Ministerio de Defensa como aquella capaz de proveer la alternativa \u00f3ptima para desarrollar los programas que son objeto este real decreto. Dadas las elevadas inversiones necesarias para acometer estos programas, su realizaci\u00f3n ser\u00eda imposible sin el apoyo de la Administraci\u00f3n General del Estado en su financiaci\u00f3n.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">El procedimiento de concesi\u00f3n directa de los pr\u00e9stamos objeto de este real decreto a la entidad beneficiaria se fundamenta en el art\u00edculo\u00a022.2.c) de la Ley\u00a038\/2003, de\u00a017 de noviembre, General de Subvenciones, y se justifica por el car\u00e1cter de los programas, que est\u00e1n destinados a cubrir las necesidades de dotar a las Fuerzas Armadas con las capacidades que requieren. Este tipo de programas comprenden la adquisici\u00f3n de material de defensa de distinto tipo por parte del Ministerio de Defensa y, por su propia naturaleza, exigen importantes prefinanciaciones con car\u00e1cter previo a suministrar los bienes y proveer los servicios que se requieran a las Fuerzas Armadas. Esa singularidad, unida a la naturaleza de la prefinanciaci\u00f3n y al hecho de que no puedan emplearse procedimientos de concurrencia para otorgar estos pr\u00e9stamos, ya que el Ministerio de Defensa ha determinado la alternativa de obtenci\u00f3n propuesta que suministrar\u00e1 las capacidades necesarias, justifican la aplicaci\u00f3n del referido precepto.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Los programas objeto de financiaci\u00f3n mediante este real decreto son cinco:<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">El programa Veh\u00edculo de Apoyo Cadenas, desarrollado por la empresa TESS Defence, responde a una necesidad operativa prioritaria de las Fuerzas Armadas, que consiste en dotar al Ej\u00e9rcito de Tierra (ET) de una familia de veh\u00edculos cadena multiprop\u00f3sito capaz de llevar a cabo las misiones operativas y log\u00edsticas que actualmente realiza el Transporte Oruga Acorazado (TOA) que han superado ampliamente su ciclo de vida previsto.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Por su parte, el programa Veh\u00edculo Exploraci\u00f3n y Reconocimiento, desarrollado por la empresa UROVESA, responde a la necesidad de dotar a las Fuerzas Armadas de la capacidad de explorar, reconocer y vigilar el terreno desde una posici\u00f3n segura, proporcionando \u00absuperioridad en el enfrentamiento\u00bb, que debe considerarse como una capacidad militar esencial, la cual permite la ejecuci\u00f3n precisa de operaciones, tanto en primera l\u00ednea como en l\u00edneas sucesivas, contando con toda la informaci\u00f3n necesaria para la toma de decisiones.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">El programa Actualizaci\u00f3n Veh\u00edculos Pizarro, desarrollado por la empresa Santa B\u00e1rbara Sistemas, responde a la necesidad de modernizaci\u00f3n de los veh\u00edculos Pizarro, actualmente de dotaci\u00f3n en el ej\u00e9rcito espa\u00f1ol, para adaptar sus prestaciones al mismo nivel que otros sistemas m\u00e1s modernos.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">El programa Sistema Contra UAS, desarrollado por la UTE C-UAS (Indra y EME), es cr\u00edtico para proporcionar a las Fuerzas Armadas (FFAA) de la capacidad de detecci\u00f3n, identificaci\u00f3n, rastreo y neutralizaci\u00f3n de drones no autorizados tanto en la zona de operaciones como para la protecci\u00f3n de infraestructuras cr\u00edticas.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Y por \u00faltimo el programa de Tecnolog\u00edas A\u00e9reas Rob\u00f3ticas de Movilidad Aut\u00f3noma Sensorizadas-UAS Clase I, desarrollado por la empresa AERTEC Defence and Aerial Systems, constituye una iniciativa estrat\u00e9gica orientada a consolidar la soberan\u00eda tecnol\u00f3gica de Espa\u00f1a en el \u00e1mbito de los sistemas a\u00e9reos no tripulados (RPAS) de uso t\u00e1ctico, con capacidades de inteligencia, vigilancia, adquisici\u00f3n de objetivos y reconocimiento (ISTAR).<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">Este real decreto atiende a los principios de buena regulaci\u00f3n establecidos en el art\u00edculo\u00a0129 de la Ley\u00a039\/2015, de\u00a01 de octubre, del Procedimiento Administrativo Com\u00fan de las Administraciones P\u00fablicas, entre otros, a los de necesidad y eficacia, toda vez que la norma se justifica por razones de inter\u00e9s general, dada la necesidad de garantizar a las Fuerzas Armadas unas capacidades renovadas, basarse en la identificaci\u00f3n clara de los fines perseguidos y resultar el instrumento m\u00e1s adecuado para garantizar la consecuci\u00f3n de sus objetivos.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Esta norma es proporcional, en cuanto se limita a contener la regulaci\u00f3n m\u00ednima imprescindible para la materia a la que se refiere. El principio de eficiencia se cumple ya que, al instrumentalizarse la concesi\u00f3n de estos pr\u00e9stamos a trav\u00e9s de una \u00fanica norma de car\u00e1cter plurianual, se evita la necesidad de recurrir a sucesivos reales decretos.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Este real decreto cumple con el principio de transparencia habi\u00e9ndose efectuado los tr\u00e1mites de consulta p\u00fablica previa y audiencia al interesado. El texto define claramente sus objetivos, reflejados en su pre\u00e1mbulo y en la Memoria del An\u00e1lisis de Impacto Normativo que lo acompa\u00f1a. Asimismo, en la memoria justificativa elaborada de conformidad con lo establecido en el art\u00edculo\u00a067.3 del Reglamento de la Ley General de Subvenciones se explican con claridad los motivos que justifican la concesi\u00f3n directa.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Esta norma cumple con el principio de seguridad jur\u00eddica y para asegurarlo se han pedido todos los informes necesarios a los Servicios Jur\u00eddicos del Estado. A fin de garantizar el principio de seguridad jur\u00eddica, la iniciativa normativa se ejercer\u00e1 de manera coherente con el resto del ordenamiento jur\u00eddico, nacional y de la Uni\u00f3n Europea, para generar un marco normativo estable, predecible, integrado, claro y de certidumbre, que facilite su conocimiento y comprensi\u00f3n y, en consecuencia, la actuaci\u00f3n y toma de decisiones de las personas y empresas.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">En la tramitaci\u00f3n de este real decreto se ha recabado informe del Ministerio de Hacienda, de conformidad con el art\u00edculo\u00a028.2 de la Ley\u00a038\/2003, de\u00a017 de noviembre, General de Subvenciones.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Este real decreto se dicta de conformidad con lo dispuesto en el art\u00edculo\u00a0149.1.15.\u00aa de la Constituci\u00f3n Espa\u00f1ola, que atribuye al Estado la competencia exclusiva en materia de fomento y coordinaci\u00f3n general de la investigaci\u00f3n cient\u00edfica y t\u00e9cnica.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Los pr\u00e9stamos objeto de este real decreto est\u00e1n amparados por el apartado\u00a01.b) del art\u00edculo\u00a0346 del Tratado de Funcionamiento de la Uni\u00f3n Europea, por estimarse que las actividades financiadas son necesarias para la protecci\u00f3n de los intereses esenciales de la defensa y seguridad nacionales y dirigirse a actuaciones de naturaleza militar.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">En su virtud, a propuesta del Ministro de Industria y Turismo, con la aprobaci\u00f3n previa del Ministro para la Transformaci\u00f3n Digital y de la Funci\u00f3n P\u00fablica, con el informe del Ministerio de Hacienda, y previa deliberaci\u00f3n del Consejo de Ministros en su reuni\u00f3n del d\u00eda\u00a014 de octubre de\u00a02025,<\/p>\n<p class=\"centro_redonda\">DISPONGO:<\/p>\n<h5 class=\"articulo\">Art\u00edculo\u00a01.\u2003Objeto.<\/h5>\n<p class=\"parrafo\">1.\u2003Este real decreto tiene por objeto establecer las normas reguladoras de la concesi\u00f3n directa de pr\u00e9stamos a la entidad beneficiaria en relaci\u00f3n con las actividades de desarrollo industrial de los programas que se indican en el art\u00edculo\u00a03, con car\u00e1cter excepcional y por razones de inter\u00e9s p\u00fablico, social y econ\u00f3mico, de acuerdo con lo previsto en los art\u00edculos\u00a022.2.c) y\u00a028, apartados\u00a02 y\u00a03, de la Ley\u00a038\/2003, de\u00a017 de noviembre, General de Subvenciones. En concreto, la concesi\u00f3n se ampara en el apartado\u00a01.b) del art\u00edculo\u00a0346 del Tratado de Funcionamiento de la Uni\u00f3n Europea, por estimarse que las actividades financiadas son necesarias para la protecci\u00f3n de los intereses esenciales de la defensa y seguridad nacionales y dirigirse a actuaciones de naturaleza militar.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">2.\u2003Concurren en la financiaci\u00f3n objeto de este real decreto razones de inter\u00e9s p\u00fablico con base en la necesidad de proteger intereses esenciales de la defensa y seguridad nacionales y dirigirse a actuaciones de naturaleza militar que dificultan efectuar una convocatoria p\u00fablica de las ayudas objeto de este real decreto.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">3.\u2003Los pr\u00e9stamos cuya concesi\u00f3n se dispone tienen un car\u00e1cter singular que dificulta su convocatoria p\u00fablica dado que la entidad beneficiaria ha sido considerada por el Ministerio de Defensa como aquella capaz de proveer la alternativa \u00f3ptima para acometer cada uno de los programas.<\/p>\n<h5 class=\"articulo\">Art\u00edculo\u00a02.\u2003R\u00e9gimen jur\u00eddico aplicable.<\/h5>\n<p class=\"parrafo\">Los pr\u00e9stamos a los que se refiere este real decreto quedan sujetos, en todo caso, adem\u00e1s de a lo dispuesto en este real decreto y en la orden de concesi\u00f3n, a lo establecido en la Ley\u00a038\/2003, de\u00a017 de noviembre, General de Subvenciones, y en su Reglamento de desarrollo, aprobado por el Real Decreto\u00a0887\/2006, de\u00a021 de julio.<\/p>\n<h5 class=\"articulo\">Art\u00edculo\u00a03.\u2003Entidades beneficiarias y financiaci\u00f3n.<\/h5>\n<p class=\"parrafo\">1.\u2003Las entidades beneficiarias y los importes de los pr\u00e9stamos que prefinanciar\u00e1n parcialmente cada programa ser\u00e1n las siguientes:<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">a)\u2003TESS Defence, SA: Veh\u00edculo de Apoyo Cadenas (VAC)-788.000.000 euros.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">b)\u2003URO Veh\u00edculos Especiales, SA: Veh\u00edculo Exploraci\u00f3n y Reconocimiento (VERT)-132.000.000 euros.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">c)\u2003Santa B\u00e1rbara Sistemas, SAU: Actualizaci\u00f3n Veh\u00edculos Pizarro (PIZARRO-ACT)-176.000.000 euros.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">d)\u2003UTE Indra Sistemas, SA-Escribano Mechanical Engineering, SLU, Uni\u00f3n Temporal de Empresas, Ley\u00a018\/1982 de\u00a026 de mayo: Sistema Contra UAS (C-UAS)-17.000.000 euros.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">e)\u2003AERTEC Defence and Aerial Systems SL: Tecnolog\u00edas A\u00e9reas Rob\u00f3ticas de Movilidad Aut\u00f3noma Sensorizadas-UAS Clase I (UAS-I)-178.000.000 euros.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">2.\u2003Todos los pr\u00e9stamos dispuestos en el apartado anterior tienen car\u00e1cter plurianual y se imputar\u00e1n a la aplicaci\u00f3n presupuestaria\u00a020.09.464B.832 de los presupuestos de la Secretar\u00eda de Estado de Industria, de la Ley\u00a031\/2022, de\u00a023 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el a\u00f1o\u00a02023, prorrogados para\u00a02025.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">3.\u2003La distribuci\u00f3n por anualidades de todos los pr\u00e9stamos, as\u00ed como la duraci\u00f3n de cada uno de los programas aparecen recogidas en el anexo I de este real decreto y formar\u00e1n parte de la orden de concesi\u00f3n.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">4.\u2003Los pr\u00e9stamos se otorgan a inter\u00e9s del\u00a00 por ciento, fijo y no revisable, y con car\u00e1cter general, sin exigencia de garant\u00edas para cada uno de los libramientos que se efect\u00faen a la entidad beneficiaria. No obstante lo anterior, en caso de que a\u00fan no se haya formalizado el negocio jur\u00eddico correspondiente entre la entidad beneficiaria y el Ministerio de Defensa mediante la correspondiente orden de ejecuci\u00f3n, a la fecha de concesi\u00f3n de los pr\u00e9stamos regulados por el real decreto, en relaci\u00f3n con el programa a ejecutar por parte de dicha entidad beneficiaria, esta podr\u00e1 solicitar el libramiento anticipado de las cantidades asociadas a los hitos previstos para\u00a02025. El libramiento de dichos importes quedar\u00e1 condicionado a que la entidad presente resguardo de constituci\u00f3n de garant\u00edas ante la Caja General de Dep\u00f3sitos por importe del\u00a010 por ciento de la cuant\u00eda prevista para dichos libramientos. Estas garant\u00edas se cancelar\u00e1n en el momento en el que la entidad beneficiaria acredite ante el Ministerio de Industria y Turismo la formalizaci\u00f3n del correspondiente negocio jur\u00eddico entre la entidad beneficiaria y el Ministerio de Defensa.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">5.\u2003En caso de que no llegue a formalizarse el negocio jur\u00eddico entre el Ministerio de Defensa y la entidad beneficiaria antes del\u00a031 de octubre de\u00a02026, habi\u00e9ndose realizado alg\u00fan libramiento anticipado por parte del Ministerio de Industria y Turismo en los t\u00e9rminos regulados en el apartado anterior, la entidad beneficiaria estar\u00e1 obligada a la devoluci\u00f3n al Tesoro P\u00fablico de la totalidad del pr\u00e9stamo que hubiera recibido para dicho programa sin que proceda la exigencia del inter\u00e9s de demora al que se refiere el art\u00edculo\u00a038.2 de la Ley\u00a038\/2003, de\u00a017 de noviembre, General de Subvenciones. En este caso, tras la devoluci\u00f3n de los importes se realizar\u00e1 la cancelaci\u00f3n de las garant\u00edas constituidas previas al libramiento.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">6.\u2003La devoluci\u00f3n de los pr\u00e9stamos al Tesoro P\u00fablico ser\u00e1 realizada por cada entidad beneficiaria y programa seg\u00fan el calendario y procedimiento que se establezcan en las \u00f3rdenes de concesi\u00f3n, teniendo en cuenta que los ingresos se realizar\u00e1n en el Tesoro P\u00fablico previa recepci\u00f3n del pago previsto en el contrato con el Ministerio de Defensa, con el fin de cancelar el anticipo de ejecuci\u00f3n del negocio jur\u00eddico. En caso de que se modifiquen los pagos previstos entre el Ministerio de Defensa y la entidad beneficiaria, el Ministerio de Industria y Turismo variar\u00e1 el calendario de amortizaciones modificando la orden de concesi\u00f3n, para ajustarla a dichos pagos.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">7.\u2003La entidad beneficiaria podr\u00e1 en cualquier momento amortizar totalmente cualquiera de los pr\u00e9stamos sin ninguna penalizaci\u00f3n.<\/p>\n<h5 class=\"articulo\">Art\u00edculo\u00a04.\u2003Objeto de las actividades financiables.<\/h5>\n<p class=\"parrafo\">Las entidades beneficiarias de los pr\u00e9stamos deber\u00e1n destinar el importe de la financiaci\u00f3n recibida a ejecutar parcialmente cada uno de los programas identificados en el art\u00edculo\u00a03.1, de acuerdo con los t\u00e9rminos y condiciones establecidos en los correspondientes negocios jur\u00eddicos y sus anexos, que se describen con mayor detalle en los anexos de este real decreto.<\/p>\n<h5 class=\"articulo\">Art\u00edculo\u00a05.\u2003Obligaciones de la entidad beneficiaria.<\/h5>\n<p class=\"parrafo\">La entidad beneficiaria deber\u00e1 cumplir las siguientes obligaciones:<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">a)\u2003Ejecutar la actividad objeto del pr\u00e9stamo de cada uno de los programas.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">b)\u2003Justificar ante el \u00f3rgano concedente el cumplimiento de las condiciones impuestas, la realizaci\u00f3n de la actividad, y la consecuci\u00f3n de los objetivos previstos de cada uno de los programas.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">c)\u2003Devolver el pr\u00e9stamo seg\u00fan el calendario de amortizaci\u00f3n que se establezca en la orden de concesi\u00f3n de cada uno de los programas.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">d)\u2003Las obligaciones que establezca la orden de concesi\u00f3n en relaci\u00f3n con cada uno de los programas.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">e)\u2003La obligaci\u00f3n de conservaci\u00f3n de la documentaci\u00f3n justificativa durante el plazo de prescripci\u00f3n del derecho de la Administraci\u00f3n a exigir el reintegro.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">f)\u2003La obligaci\u00f3n de someterse a las actuaciones de comprobaci\u00f3n que realice el \u00d3rgano concedente del pr\u00e9stamo, as\u00ed como las de control que se pueda ejercer por la Intervenci\u00f3n General de la Administraci\u00f3n del Estado, sin perjuicio de las funciones que la Constituci\u00f3n y las leyes atribuyan al Tribunal de Cuentas.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">g)\u2003Acreditar, en los t\u00e9rminos previstos en el art\u00edculo\u00a013.3 bis de la Ley\u00a038\/2003, de\u00a017 de noviembre, el cumplimiento de los plazos de pago previstos en la Ley\u00a03\/2004, de\u00a029 de diciembre.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">h)\u2003Las dem\u00e1s obligaciones establecidas para las beneficiarias de subvenciones previstas en el art\u00edculo\u00a014 y concordantes de la Ley\u00a038\/2003, de\u00a017 de noviembre y en su Reglamento, aprobado por el Real Decreto\u00a0887\/2006, de\u00a021 de julio.<\/p>\n<h5 class=\"articulo\">Art\u00edculo\u00a06.\u2003Procedimiento de concesi\u00f3n.<\/h5>\n<p class=\"parrafo\">1.\u2003El pr\u00e9stamo para cada programa se conceder\u00e1 de forma directa, en aplicaci\u00f3n de lo previsto en el art\u00edculo\u00a022.2.c) de la Ley\u00a038\/2003, de\u00a017 de noviembre, en relaci\u00f3n con lo establecido en los apartados\u00a02 y\u00a03 del art\u00edculo\u00a028 de dicha ley, por su car\u00e1cter singular y por concurrir razones de inter\u00e9s p\u00fablico, social y econ\u00f3mico que dificultan su convocatoria p\u00fablica, mediante orden de la persona titular del Ministerio de Industria y Turismo.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">2.\u2003El procedimiento de concesi\u00f3n de los pr\u00e9stamos previstos se iniciar\u00e1 con la entrada en vigor de este real decreto. La entidad beneficiaria dispondr\u00e1 de quince d\u00edas h\u00e1biles para presentar la solicitud y la documentaci\u00f3n correspondiente a trav\u00e9s del registro electr\u00f3nico, disponible en la sede electr\u00f3nica asociada del Ministerio de Industria y Turismo de conformidad con lo establecido en el art\u00edculo\u00a014.2 de la Ley\u00a039\/2015, de\u00a014 de octubre. Dada la naturaleza de las entidades beneficiarias, las comunicaciones, notificaciones y dem\u00e1s tr\u00e1mites del procedimiento se realizar\u00e1n por medios electr\u00f3nicos, de acuerdo con lo regulado en el art\u00edculo\u00a014.2 de la Ley\u00a039\/2015, de\u00a01 de octubre. La tramitaci\u00f3n de cada solicitud y de su orden de concesi\u00f3n se realizar\u00e1 de forma individualizada para cada uno de los subprogramas.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">3.\u2003Las entidades beneficiarias deber\u00e1 presentar una memoria de las actuaciones a acometer en el marco de cada programa, junto con un calendario de hitos de desembolso y una cuant\u00eda asociada a cada hito en funci\u00f3n del avance de ejecuci\u00f3n del programa. Asimismo, deber\u00e1n acompa\u00f1ar sus solicitudes de una declaraci\u00f3n responsable de no estar incursas en ninguna de las prohibiciones establecidas en el art\u00edculo\u00a013, apartado\u00a02, excepto la letra e), de la Ley\u00a038\/2003, de\u00a017 de noviembre, realizada de acuerdo con lo dispuesto en el art\u00edculo\u00a026 del Reglamento de la Ley\u00a038\/2003, de\u00a017 de noviembre, aprobado por el Real Decreto\u00a0887\/2006, de\u00a021 de julio. Deber\u00e1 acreditar estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, de acuerdo con lo establecido en los art\u00edculos\u00a018 y\u00a019 del Reglamento de la Ley\u00a038\/2003, de\u00a017 de noviembre. La presentaci\u00f3n de la solicitud conllevar\u00e1 la autorizaci\u00f3n del solicitante para que el \u00f3rgano instructor pueda comprobar de forma directa el cumplimiento de dichas circunstancias a trav\u00e9s de certificados telem\u00e1ticos, en cuyo caso el solicitante no deber\u00e1 aportar la correspondiente certificaci\u00f3n. No obstante, el solicitante podr\u00e1 denegar este consentimiento, debiendo aportar entonces los certificados correspondientes.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">4.\u2003Asimismo, deber\u00e1 cumplir lo previsto en el art\u00edculo\u00a013.3 bis de la Ley\u00a038\/2003, de\u00a017 de noviembre, en cuanto a la acreditaci\u00f3n del cumplimiento de los plazos de pago establecidos en la Ley\u00a03\/2004, de\u00a029 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales, seg\u00fan el procedimiento recogido en dicho art\u00edculo. En caso de no disponer de la acreditaci\u00f3n de cumplimiento de los plazos de pago, podr\u00e1 presentar justificaci\u00f3n del encargo al auditor y de este modo ser\u00e1 v\u00e1lido presentar la citada acreditaci\u00f3n en todo caso, antes de dictarse la orden de concesi\u00f3n. De igual modo, deber\u00e1 encontrarse al corriente de pago de las obligaciones de reembolso de cualesquiera otros pr\u00e9stamos o anticipos anteriormente concedidos con cargo a los Presupuestos Generales del Estado.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">5.\u2003El \u00f3rgano instructor del procedimiento para la concesi\u00f3n de los pr\u00e9stamos es la Direcci\u00f3n General de Programas Industriales de la Secretar\u00eda de Estado de Industria, a trav\u00e9s de la Subdirecci\u00f3n General para el Impulso de Proyectos Industriales.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">6.\u2003El \u00f3rgano instructor se encargar\u00e1 de revisar la documentaci\u00f3n aportada con la solicitud, as\u00ed como aquella acreditativa del cumplimiento de las condiciones previstas en el art\u00edculo\u00a013 de la Ley\u00a038\/2003, de\u00a017 de noviembre, para poder ser beneficiaria de los pr\u00e9stamos. Asimismo, el \u00f3rgano instructor solicitar\u00e1 al Ministerio de Defensa informe de que la solicitud y memoria presentadas se corresponden, en su caso, con el negocio jur\u00eddico formalizado entre la entidad beneficiaria y dicho ministerio, o con las caracter\u00edsticas del programa y la alternativa de obtenci\u00f3n seleccionada.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">7.\u2003Si la solicitud no re\u00fane los requisitos establecidos, el \u00f3rgano competente requerir\u00e1 a la entidad beneficiaria para que la subsane en el plazo m\u00e1ximo de diez d\u00edas h\u00e1biles, de acuerdo con lo que dispone el art\u00edculo\u00a023.5 de la Ley\u00a038\/2003, de\u00a017 de noviembre, teniendo por desistida la solicitud en caso de no aportar la documentaci\u00f3n requerida, previa resoluci\u00f3n que deber\u00e1 ser dictada en los t\u00e9rminos previstos en el art\u00edculo\u00a021 de la Ley\u00a039\/2015, de\u00a01 de octubre.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">8.\u2003Cumplidos los tr\u00e1mites anteriores, y, en su caso, subsanadas favorablemente las eventuales deficiencias, el \u00f3rgano instructor, a la vista del expediente, formular\u00e1 la propuesta de resoluci\u00f3n provisional por cada uno de los programas y la notificar\u00e1 a la beneficiaria, que dispondr\u00e1 de un plazo de diez d\u00edas para efectuar alegaciones. Una vez examinadas las alegaciones aducidas, en su caso, por el interesado, el \u00f3rgano instructor formular\u00e1 la propuesta de resoluci\u00f3n definitiva que ser\u00e1 notificada al interesado para que en el plazo de diez d\u00edas h\u00e1biles comunique la aceptaci\u00f3n de forma expresa de la concesi\u00f3n del pr\u00e9stamo.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">9.\u2003Corresponder\u00e1 a la Intervenci\u00f3n Delegada competente la fiscalizaci\u00f3n de la propuesta de gasto, de acuerdo con el art\u00edculo\u00a013 del Real Decreto\u00a02188\/1995, de\u00a025 de diciembre, por el que se desarrolla el r\u00e9gimen de control interno ejercido por la Intervenci\u00f3n General de la Administraci\u00f3n del Estado.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">10.\u2003El procedimiento para la concesi\u00f3n de cada uno de los pr\u00e9stamos terminar\u00e1 mediante orden de la persona titular del Ministerio de Industria y Turismo.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">11.\u2003El plazo m\u00e1ximo para resolver y notificar la resoluci\u00f3n del procedimiento ser\u00e1 de seis meses desde la entrada en vigor del real decreto. Transcurrido este plazo sin haberse notificado la resoluci\u00f3n expresa, podr\u00e1 entenderse desestimada por silencio administrativo la solicitud, seg\u00fan lo dispuesto en el art\u00edculo\u00a025.5 de la Ley\u00a038\/2003, de\u00a017 de noviembre.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Contra la orden de concesi\u00f3n, que pone fin a la v\u00eda administrativa, podr\u00e1 interponerse potestativamente recurso de reposici\u00f3n ante el mismo \u00f3rgano que la hubiera dictado, o bien impugnarse directamente ante la jurisdicci\u00f3n contencioso-administrativa de acuerdo con lo previsto en el art\u00edculo\u00a0123.1 de la Ley\u00a039\/2015, de\u00a01 de octubre, y en la Ley\u00a029\/1998, de\u00a013 de julio, reguladora de la Jurisdicci\u00f3n Contencioso-administrativa.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">12.\u2003Esta ayuda en forma de pr\u00e9stamo ser\u00e1 objeto de publicidad en la Base de Datos Nacional de Subvenciones de conformidad con lo establecido en el Real Decreto\u00a0130\/2019, de\u00a08 de marzo, por el que se regula la Base de Datos Nacional de Subvenciones y la publicidad de subvenciones y otras ayudas p\u00fablicas.<\/p>\n<h5 class=\"articulo\">Art\u00edculo\u00a07.\u2003Condiciones de concesi\u00f3n de los pr\u00e9stamos.<\/h5>\n<p class=\"parrafo\">1.\u2003El importe de los pr\u00e9stamos se destinar\u00e1 por parte de la entidad beneficiaria a la ejecuci\u00f3n y entrega del objeto de cada uno de los programas identificados en el art\u00edculo\u00a03.1 de acuerdo con los t\u00e9rminos y condiciones establecidos en la correspondiente orden de ejecuci\u00f3n y anexos a la misma de cada uno de los programas, de acuerdo con lo establecido en el art\u00edculo\u00a04 y las condiciones establecidas en la orden de concesi\u00f3n.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">El periodo de ejecuci\u00f3n de las actuaciones financiables comenzar\u00e1 en el a\u00f1o\u00a02025, y se extender\u00e1 hasta la certificaci\u00f3n del \u00faltimo hito de cada uno de los programas, seg\u00fan el calendario previsto que se indica en el anexo I de este real decreto.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">2.\u2003La entidad beneficiaria deber\u00e1 hacer p\u00fablica la financiaci\u00f3n por el Ministerio de Industria y Turismo, haci\u00e9ndola constar en todas las actividades de difusi\u00f3n que se realicen en relaci\u00f3n con las actuaciones contempladas en este real decreto y en la orden de concesi\u00f3n. El incumplimiento de esta obligaci\u00f3n, de no resultar subsanable de acuerdo con lo previsto por el art\u00edculo\u00a031.3 del Real Decreto\u00a0887\/2006, de\u00a021 de julio, puede ser causa de reintegro, de acuerdo con lo establecido en el art\u00edculo\u00a037.1.d) de la Ley\u00a038\/2003, de\u00a017 de noviembre, y el art\u00edculo\u00a093 del Real Decreto\u00a0887\/2006, de\u00a021 de julio. Sin perjuicio de lo anterior, se considerar\u00e1 infracci\u00f3n leve de acuerdo con el art\u00edculo\u00a056.c) de la Ley\u00a038\/2003, de\u00a017 de noviembre, y se sancionar\u00e1 con una multa fija en los t\u00e9rminos previstos en el art\u00edculo\u00a059 de la misma ley.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">3.\u2003En cualquier caso, los medios de difusi\u00f3n de los pr\u00e9stamos concedidos, p\u00e1ginas web, boletines, folletos divulgativos, as\u00ed como su relevancia deber\u00e1n ser an\u00e1logos a los empleados respecto a otras posibles fuentes de financiaci\u00f3n.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">4.\u2003Los pr\u00e9stamos contribuyen a la financiaci\u00f3n de las actividades necesarias para la ejecuci\u00f3n de cada uno de los programas. En caso de que la entidad beneficiaria recibiese alguna otra financiaci\u00f3n para las mismas actividades, esta ser\u00e1 compatible con la concedida en este real decreto.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">5.\u2003La selecci\u00f3n y contrataci\u00f3n por la entidad beneficiaria de todos aquellos contratistas que precise para que \u00e9stos lleven a cabo la ejecuci\u00f3n de las actividades comprendidas en las diferentes fases de los PEM recogidas en los anexos de este real decreto, son actuaciones que no constituyen subcontrataci\u00f3n en los t\u00e9rminos previstos en el art\u00edculo\u00a029.1 de la Ley\u00a038\/2003, de\u00a017 de noviembre.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">6.\u2003La entidad beneficiaria presentar\u00e1 al \u00f3rgano instructor, semestralmente, informes que recoger\u00e1n datos sobre el desarrollo t\u00e9cnico-econ\u00f3mico de cada programa, la utilizaci\u00f3n de las disponibilidades de fondos realizadas hasta la fecha, en su caso, los fondos disponibles, as\u00ed como las necesidades que prev\u00e9 para el pr\u00f3ximo per\u00edodo. Asimismo, estos informes deber\u00e1n contener informaci\u00f3n detallada sobre la participaci\u00f3n de otras empresas espa\u00f1olas o extranjeras y, si procede, explicaciones sobre los hechos relevantes acaecidos en el per\u00edodo correspondiente. Estos informes se realizar\u00e1n de acuerdo con el modelo proporcionado por el \u00f3rgano instructor.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">7.\u2003Los libramientos de fondos del Ministerio de Industria y Turismo se efectuar\u00e1n a una cuenta finalista por cada programa, cuyo titular ser\u00e1 la entidad beneficiaria y que ser\u00e1 destinada \u00fanica y exclusivamente al abono de los libramientos de fondos del Ministerio de Industria y Turismo para la ejecuci\u00f3n de dicho programa, los cuales podr\u00e1n ser dispuestos por la entidad beneficiaria de acuerdo con lo dispuesto en el art\u00edculo\u00a09. Esta cuenta, desde su apertura por su titular y durante toda su vigencia, permitir\u00e1 conocer, en cualquier momento y de forma directa, al \u00f3rgano instructor los movimientos y la situaci\u00f3n de la misma. Los rendimientos que, en su caso, se produzcan en dicha cuenta ser\u00e1n comunicados por la entidad beneficiaria en cada uno de los informes de seguimiento y ser\u00e1n ingresados en el Tesoro P\u00fablico de forma anual.<\/p>\n<h5 class=\"articulo\">Art\u00edculo\u00a08.\u2003Modificaci\u00f3n de las condiciones de la concesi\u00f3n.<\/h5>\n<p class=\"parrafo\">1.\u2003La entidad beneficiaria podr\u00e1 solicitar la modificaci\u00f3n de la orden de concesi\u00f3n alegando como circunstancias que justifican la necesidad de una modificaci\u00f3n alguna de las siguientes:<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">a)\u2003Causas sobrevenidas que no pudieron preverse en el momento de la solicitud.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">b)\u2003Modificaciones en el negocio jur\u00eddico entre el Ministerio de Defensa y la entidad beneficiaria.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">c)\u2003Fuerza mayor.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">La entidad beneficiaria podr\u00e1 presentar las solicitudes hasta dos meses antes de la finalizaci\u00f3n del per\u00edodo de ejecuci\u00f3n del negocio jur\u00eddico entre el Ministerio de Defensa y la entidad beneficiaria.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">2.\u2003La modificaci\u00f3n del calendario de devoluciones al Tesoro P\u00fablico se efectuar\u00e1 de conformidad con lo dispuesto en apartado\u00a06 del art\u00edculo\u00a03.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">3.\u2003La solicitud deber\u00e1 dirigirse al \u00f3rgano concedente de los pr\u00e9stamos, que, en el plazo de un mes desde su presentaci\u00f3n en el registro, resolver\u00e1 sobre las modificaciones solicitadas. La solicitud se entender\u00e1 desestimada en el caso de que transcurra el plazo sin que se haya notificado la resoluci\u00f3n expresa.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">4.\u2003Contra la resoluci\u00f3n, que pone fin a la v\u00eda administrativa, podr\u00e1 interponerse potestativamente recurso de reposici\u00f3n ante el mismo \u00f3rgano que la hubiera dictado, o bien impugnarse directamente ante la jurisdicci\u00f3n contencioso-administrativa de acuerdo con lo previsto en el art\u00edculo\u00a0123.1 de la Ley\u00a039\/2015, de\u00a01 de octubre, y en la Ley\u00a029\/1998, de\u00a013 de julio, reguladora de la Jurisdicci\u00f3n Contencioso-administrativa.<\/p>\n<h5 class=\"articulo\">Art\u00edculo\u00a09.\u2003Pago del importe de los pr\u00e9stamos.<\/h5>\n<p class=\"parrafo\">1.\u2003Los pagos de cada uno de los pr\u00e9stamos estar\u00e1n asociados a la acreditaci\u00f3n del cumplimiento de cada uno de los hitos que se establezcan en la orden de concesi\u00f3n.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">2.\u2003Los pagos se podr\u00e1n efectuar de manera anticipada a la acreditaci\u00f3n del cumplimiento del hito correspondiente, previa solicitud por parte de la entidad beneficiaria y posterior aprobaci\u00f3n por parte del \u00f3rgano instructor, una vez recibida la conformidad del Ministerio de Defensa. En este caso, estos fondos quedar\u00e1n depositados en la cuenta finalista a que hace referencia el apartado\u00a07 del art\u00edculo\u00a07, de forma que la entidad beneficiaria solo podr\u00e1 hacer uso de estos fondos una vez acredite al Ministerio de Industria y Turismo el cumplimiento de los hitos anteriores. Con car\u00e1cter general estos libramientos no estar\u00e1n sujetos a la constituci\u00f3n de garant\u00edas ante la Caja General de Dep\u00f3sitos, salvo en la circunstancia prevista en el apartado\u00a04 del art\u00edculo\u00a03.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">3.\u2003Para cada uno de los libramientos previstos, la entidad beneficiaria deber\u00e1 acreditar hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social y deber\u00e1 declarar expresamente que no es deudora por resoluci\u00f3n de procedencia de reintegro de subvenciones de cualesquiera Administraciones P\u00fablicas, de conformidad con lo dispuesto en el art\u00edculo\u00a034.5 de la Ley\u00a038\/2003, de\u00a017 de noviembre, as\u00ed como, en su caso, acreditar la constituci\u00f3n de las garant\u00edas establecidas en el art\u00edculo\u00a03.4. Asimismo, se comprobar\u00e1 si la entidad beneficiaria se encuentra al corriente de pago de las obligaciones de reembolso de cualesquiera otros pr\u00e9stamos o anticipos anteriormente concedidos con cargo a los Presupuestos Generales del Estado.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">4.\u2003Igualmente, con anterioridad a cualquier libramiento de fondos, la entidad beneficiaria deber\u00e1 presentar un informe en el que detalle las actividades desarrolladas para el cumplimiento de los hitos, as\u00ed como los certificados emitidos por el Ministerio de Defensa.<\/p>\n<h5 class=\"articulo\">Art\u00edculo\u00a010.\u2003R\u00e9gimen de justificaci\u00f3n.<\/h5>\n<p class=\"parrafo\">1.\u2003La entidad beneficiaria deber\u00e1 justificar el cumplimiento de las condiciones impuestas, la realizaci\u00f3n de la actividad financiable y la consecuci\u00f3n de los objetivos previstos, para lo que, de acuerdo con el art\u00edculo\u00a030 de la Ley\u00a038\/2003, de\u00a017 de noviembre, y con lo previsto en el art\u00edculo\u00a072.3 de su Reglamento, aprobado por el Real Decreto\u00a0887\/2006, de\u00a021 de julio, presentar\u00e1 cuenta justificativa, en los t\u00e9rminos expresados en el apartado\u00a06 del art\u00edculo\u00a07.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">2.\u2003El \u00f3rgano instructor seg\u00fan se refiere en el art\u00edculo\u00a06 de este real decreto, supervisar\u00e1 los desarrollos y comprobar\u00e1 los resultados de las actuaciones, para lo que podr\u00e1 contar con el asesoramiento de entidades externas.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">3.\u2003Los hitos del programa y los importes asociados se detallar\u00e1n en la orden ministerial de concesi\u00f3n.<\/p>\n<h5 class=\"articulo\">Art\u00edculo\u00a011.\u2003Reintegro y amortizaci\u00f3n anticipada.<\/h5>\n<p class=\"parrafo\">1.\u2003La entidad beneficiaria deber\u00e1 reintegrar al Tesoro P\u00fablico el importe recibido en los casos previstos en los art\u00edculos\u00a036 y\u00a037 de la Ley\u00a038\/2003, de\u00a017 de noviembre, General de Subvenciones. En los casos establecidos en el art\u00edculo\u00a037 mencionado, proceder\u00e1 adem\u00e1s la exigencia del inter\u00e9s de demora correspondiente, calculado conforme a lo dispuesto en el art\u00edculo\u00a038.2 de dicha ley.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">2.\u2003En el caso de amortizaci\u00f3n anticipada, \u00e9sta se efectuar\u00e1 a trav\u00e9s de la carta de pago, modelo\u00a0069 de ingresos no tributarios, para la devoluci\u00f3n del remanente, de conformidad con lo dispuesto en la Orden PRE\/1064\/2016, de\u00a029 de junio, por la que se desarrolla parcialmente el Reglamento General de Recaudaci\u00f3n, aprobado por Real Decreto\u00a0939\/2005, de\u00a029 de julio, en lo relativo al procedimiento de recaudaci\u00f3n de recursos no tributarios ni aduaneros de titularidad de la Administraci\u00f3n General del Estado a trav\u00e9s de entidades colaboradoras.<\/p>\n<h5 class=\"articulo\">Art\u00edculo\u00a012.\u2003Incumplimientos.<\/h5>\n<p class=\"parrafo\">1.\u2003En el caso en que los gastos en el programa acreditados por la entidad beneficiaria sean inferiores a los previstos, \u00e9sta devolver\u00e1 al Tesoro P\u00fablico el exceso de financiaci\u00f3n y los intereses de demora de acuerdo con lo dispuesto en el art\u00edculo\u00a038.2 de la Ley\u00a038\/2003, de\u00a017 de noviembre, en el plazo de un mes desde que se produzca esta circunstancia.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">2.\u2003En el caso de cancelaci\u00f3n del negocio jur\u00eddico formalizado por la entidad beneficiaria con el Ministerio de Defensa por causas imputables exclusivamente a la entidad beneficiaria, \u00e9sta devolver\u00e1 al Tesoro P\u00fablico, en el plazo de dos meses desde que se haya producido la liquidaci\u00f3n definitiva del negocio jur\u00eddico entre el Ministerio de Defensa y la entidad beneficiaria y el pago efectivo de las cantidades que resulten a favor del contratista por parte del \u00f3rgano de contrataci\u00f3n, la totalidad de la financiaci\u00f3n recibida para el mismo y los correspondientes intereses de demora, de acuerdo con lo dispuesto en el art\u00edculo\u00a038.2 de la Ley\u00a038\/2003, de\u00a017 de noviembre.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">3.\u2003Salvo en el caso de modificaci\u00f3n de la orden de concesi\u00f3n al efecto, el cumplimiento parcial de las condiciones o la realizaci\u00f3n en plazo s\u00f3lo de una parte de la actividad por causas imputables a la entidad beneficiaria podr\u00e1 dar lugar al reintegro parcial, en el plazo de dos meses desde que se haya producido la liquidaci\u00f3n definitiva del negocio jur\u00eddico entre el Ministerio de Defensa y la entidad beneficiaria y el pago efectivo de las cantidades que resulten a favor del contratista por parte del \u00f3rgano de contrataci\u00f3n, aplicando la proporci\u00f3n en que se encuentre la actividad \u00fatil realizada respecto de la total, siempre y cuando el cumplimiento por la entidad beneficiaria se aproxime de modo significativo al cumplimiento total y se acredite una actuaci\u00f3n inequ\u00edvocamente tendente a la satisfacci\u00f3n de sus compromisos.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">4.\u2003El incumplimiento de las obligaciones de reembolso por causas imputables a la entidad beneficiaria podr\u00e1 dar lugar a la revocaci\u00f3n del pr\u00e9stamo y al reintegro del importe del pr\u00e9stamo todav\u00eda no amortizado m\u00e1s los correspondientes intereses de demora.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">5.\u2003En materia de reintegro de subvenciones e infracciones y sanciones, y para aquellos extremos no previstos en el presente real decreto, ser\u00e1 aplicable la Ley\u00a038\/2003, de\u00a017 de noviembre, General de Subvenciones, y su Reglamento de desarrollo, aprobado por el Real Decreto\u00a0887\/2006, de\u00a021 de julio, y, supletoriamente la Ley\u00a039\/2015, de\u00a01 de octubre, del Procedimiento Administrativo Com\u00fan de las Administraciones P\u00fablicas, y la Ley\u00a040\/2015, de\u00a01 de octubre, de R\u00e9gimen Jur\u00eddico del Sector P\u00fablico.<\/p>\n<h5 class=\"articulo\">Art\u00edculo\u00a013.\u2003Cancelaci\u00f3n del programa.<\/h5>\n<p class=\"parrafo\">1.\u2003En el supuesto de que por parte de la Administraci\u00f3n y con base en el inter\u00e9s p\u00fablico se optase por cancelar alguno de los programas, el Ministerio de Industria y Turismo exigir\u00e1 a la entidad beneficiaria la devoluci\u00f3n al Tesoro P\u00fablico en el plazo de un mes desde que se notifique esta resoluci\u00f3n, de la diferencia entre los anticipos que \u00e9ste haya entregado a la entidad beneficiaria y los gastos incurridos o comprometidos por la entidad beneficiaria en la financiaci\u00f3n del programa que corresponda hasta la fecha de resoluci\u00f3n del negocio jur\u00eddico entre el Ministerio de Defensa y la entidad beneficiaria.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">2.\u2003Respecto a los gastos incurridos o comprometidos por la entidad beneficiaria, los mismos ser\u00e1n determinados por una auditor\u00eda realizada por un auditor independiente registrado en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas o por los auditores del Ministerio de Defensa.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">3.\u2003El importe correspondiente al que refiere el apartado anterior ser\u00e1 devuelto, en su caso, por la entidad beneficiaria al Tesoro P\u00fablico, en el ejercicio en el que \u00e9sta haya recibido del Ministerio de Defensa un pago equivalente al que debe devolver, de acuerdo con lo previsto al efecto en el negocio jur\u00eddico formalizado entre ambas partes, o alternativamente en caso de resoluci\u00f3n del referido negocio jur\u00eddico, una vez que la entidad beneficiaria haya recibido del Ministerio de Defensa el importe correspondiente a la liquidaci\u00f3n, y que ser\u00e1 la cantidad m\u00e1xima a devolver de acuerdo con lo establecido en este apartado.<\/p>\n<h5 class=\"articulo\">Disposici\u00f3n adicional \u00fanica.\u2003Autorizaci\u00f3n de la concesi\u00f3n de pr\u00e9stamos.<\/h5>\n<p class=\"parrafo\">La aprobaci\u00f3n de este real decreto conlleva la autorizaci\u00f3n de la concesi\u00f3n de los pr\u00e9stamos por el Consejo de Ministros, a efectos de lo dispuesto en el art\u00edculo\u00a010.2 de la Ley\u00a038\/2003, de\u00a017 de noviembre, General de Subvenciones.<\/p>\n<h5 class=\"articulo\">Disposici\u00f3n final primera.\u2003T\u00edtulo competencial.<\/h5>\n<p class=\"parrafo\">Este real decreto se dicta al amparo de lo dispuesto en el art\u00edculo\u00a0149.1.15.\u00aa de la Constituci\u00f3n Espa\u00f1ola, que atribuye al Estado la competencia exclusiva en materia de fomento y coordinaci\u00f3n general de la investigaci\u00f3n cient\u00edfica y t\u00e9cnica.<\/p>\n<h5 class=\"articulo\">Disposici\u00f3n final segunda.\u2003Facultades de desarrollo.<\/h5>\n<p class=\"parrafo\">Se podr\u00e1n modificar los anexos de este real decreto mediante orden de la persona titular del Ministerio de Industria y Turismo. Las posibles modificaciones de los anexos quedan limitadas a las anualidades en las que se distribuyen los pr\u00e9stamos, incluyendo los importes de las mismas sin alterar el total otorgado, as\u00ed como a posibles cambios para precisar la descripci\u00f3n de los programas que se recogen en el resto de anexos.<\/p>\n<h5 class=\"articulo\">Disposici\u00f3n final tercera.\u2003Entrada en vigor.<\/h5>\n<p class=\"parrafo\">El presente real decreto entrar\u00e1 en vigor el d\u00eda siguiente al de su publicaci\u00f3n en el \u00abBolet\u00edn Oficial del Estado\u00bb.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">Dado el\u00a014 de octubre de\u00a02025.<\/p>\n<p class=\"firma_rey\">FELIPE R.<\/p>\n<p class=\"firma_ministro\">El Ministro de Industria y Turismo,<\/p>\n<p class=\"firma_ministro\">JORDI HEREU BOHER<\/p>\n<h5 class=\"anexo_num\">ANEXO I<\/h5>\n<h5 class=\"anexo_tit\">Distribuci\u00f3n de la financiaci\u00f3n prevista por anualidades<\/h5>\n<p class=\"parrafo_2\">La distribuci\u00f3n por anualidades (importes en millones de euros) de la prefinanciaci\u00f3n parcial otorgada por el Ministerio de Industria y Turismo de cada uno de los programas aparece recogida en esta tabla:<\/p>\n<table class=\"tabla\">\n<colgroup>\n<col width=\"10%\"\/>\n<col\/>\n<col\/>\n<col\/>\n<col\/>\n<col\/>\n<col\/>\n<col\/>\n      <\/colgroup>\n<thead>\n<tr>\n<th>N.\u00ba\u00a0<span class=\"no_partir\">orden<\/span><\/th>\n<th>Programa<\/th>\n<th>Total<\/th>\n<th>2025<\/th>\n<th>2026<\/th>\n<th>2027<\/th>\n<th>2028<\/th>\n<th>2029<\/th>\n<\/tr>\n<\/thead>\n<tbody>\n<tr>\n<td class=\"cuerpo_tabla_centro\">1<\/td>\n<td class=\"cuerpo_tabla_izq\">Veh\u00edculo Apoyo Cadenas (VAC).<\/td>\n<td class=\"cuerpo_tabla_centro\">788<\/td>\n<td class=\"cuerpo_tabla_centro\">227<\/td>\n<td class=\"cuerpo_tabla_centro\">149<\/td>\n<td class=\"cuerpo_tabla_centro\">149<\/td>\n<td class=\"cuerpo_tabla_centro\">128<\/td>\n<td class=\"cuerpo_tabla_centro\">135<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td class=\"cuerpo_tabla_centro\">2<\/td>\n<td class=\"cuerpo_tabla_izq\">Veh\u00edculo Exploraci\u00f3n y Reconocimiento (VERT).<\/td>\n<td class=\"cuerpo_tabla_centro\">132<\/td>\n<td class=\"cuerpo_tabla_centro\">67<\/td>\n<td class=\"cuerpo_tabla_centro\">40<\/td>\n<td class=\"cuerpo_tabla_centro\">25<\/td>\n<td class=\"cuerpo_tabla_centro\">0<\/td>\n<td class=\"cuerpo_tabla_centro\">0<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td class=\"cuerpo_tabla_centro\">3<\/td>\n<td class=\"cuerpo_tabla_izq\">Actualizaci\u00f3n Veh\u00edculos Pizarro (PIZARRO-ACT).<\/td>\n<td class=\"cuerpo_tabla_centro\">176<\/td>\n<td class=\"cuerpo_tabla_centro\">60<\/td>\n<td class=\"cuerpo_tabla_centro\">40<\/td>\n<td class=\"cuerpo_tabla_centro\">40<\/td>\n<td class=\"cuerpo_tabla_centro\">36<\/td>\n<td class=\"cuerpo_tabla_centro\">0<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td class=\"cuerpo_tabla_centro\">4<\/td>\n<td class=\"cuerpo_tabla_izq\">Sistema Contra UAS (C-UAS).<\/td>\n<td class=\"cuerpo_tabla_centro\">17<\/td>\n<td class=\"cuerpo_tabla_centro\">12<\/td>\n<td class=\"cuerpo_tabla_centro\">5<\/td>\n<td class=\"cuerpo_tabla_centro\">0<\/td>\n<td class=\"cuerpo_tabla_centro\">0<\/td>\n<td class=\"cuerpo_tabla_centro\">0<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td class=\"cuerpo_tabla_centro\">5<\/td>\n<td class=\"cuerpo_tabla_izq\">Tecnolog\u00edas A\u00e9reas Rob\u00f3ticas de Movilidad Aut\u00f3noma Sensorizadas UAS Clase I (UAS-I).<\/td>\n<td class=\"cuerpo_tabla_centro\">178<\/td>\n<td class=\"cuerpo_tabla_centro\">21<\/td>\n<td class=\"cuerpo_tabla_centro\">57<\/td>\n<td class=\"cuerpo_tabla_centro\">50<\/td>\n<td class=\"cuerpo_tabla_centro\">50<\/td>\n<td class=\"cuerpo_tabla_centro\">0<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td class=\"cuerpo_tabla_centro\">\u00a0<\/td>\n<td class=\"cuerpo_tabla_izq\">\u2003Total.<\/td>\n<td class=\"cuerpo_tabla_centro\">1291<\/td>\n<td class=\"cuerpo_tabla_centro\">387<\/td>\n<td class=\"cuerpo_tabla_centro\">291<\/td>\n<td class=\"cuerpo_tabla_centro\">264<\/td>\n<td class=\"cuerpo_tabla_centro\">214<\/td>\n<td class=\"cuerpo_tabla_centro\">135<\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<h5 class=\"anexo_num\">ANEXO II<\/h5>\n<h5 class=\"anexo_tit\">Veh\u00edculo de Apoyo Cadenas<\/h5>\n<p class=\"parrafo_2\">El Programa VAC responde a una necesidad operativa prioritaria de las Fuerzas Armadas, que consiste en dotar al Ej\u00e9rcito de Tierra (ET) de una familia de veh\u00edculos cadena multiprop\u00f3sito capaz de llevar a cabo las misiones operativas y log\u00edsticas que actualmente realiza el Transporte Oruga Acorazado (TOA), sustituyendo las distintas versiones que \u00e9ste tiene en servicio en el ET por una serie de variantes que sean capaces de realizar los cometidos de apoyo al combate y log\u00edsticos necesarios que requieren las unidades acorazadas y mecanizadas para cumplir su misi\u00f3n en cualquier escenario de todo el espectro del conflicto.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Para alcanzar con urgencia la necesidad operativa del ET, uno de los objetivos del programa es evitar o disminuir los riesgos que pudiesen ralentizarlo, por ello se proponen soluciones t\u00e9cnicas que buscan garantizar su fiabilidad y puesta en servicio en un corto espacio de tiempo, manteniendo la necesaria capacidad de crecimiento.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">El programa, tiene por objeto la adquisici\u00f3n de veh\u00edculos de apoyo de cadenas seg\u00fan los requisitos t\u00e9cnicos establecidos en el Pliego de Prescripciones T\u00e9cnica (PPT), en base a los requisitos operativos recogidos en el documento de Requisitos de Estado Mayor (REM) del Veh\u00edculo de Apoyo Cadenas (VAC).<\/p>\n<p class=\"parrafo\">El VAC es un veh\u00edculo blindado de cadenas multiprop\u00f3sito con un elevado nivel de protecci\u00f3n bal\u00edstica y contraminas, que incorpora otros sistemas que aumentan la supervivencia del veh\u00edculo y su personal.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Con suficiente volumen interno y una gran carga \u00fatil para las diferentes variantes y misiones a realizar, tiene una tripulaci\u00f3n m\u00ednima de\u00a02 personas y puede llevar hasta\u00a06 combatientes, con una autonom\u00eda de\u00a072 horas y una alta capacidad de despliegue. La familia VAC incluye versiones porta personal, puesto de mando, zapadores, porta mortero, contra carro, ambulancia, observador avanzado y de recuperaci\u00f3n, carga y<em> pick-up.<\/em><\/p>\n<p class=\"parrafo\">Dependiendo de la versi\u00f3n, puede ir equipado con una variedad de estaciones de armas controladas remotamente, que van desde una ametralladora ligera a un sistema contra carro o un mortero de carga autom\u00e1tica.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Tanto la plataforma como el grupo moto propulsor son el resultado de unos procesos tecnol\u00f3gicos para desarrollar un sistema modular y actualizable, que presta especial atenci\u00f3n a contrarrestar las amenazas de minas y explosivos improvisados.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Por otra parte, el sistema de misi\u00f3n incorpora desarrollos en el estado del arte para el control de todos los sistemas de gesti\u00f3n de la plataforma, las comunicaciones la informaci\u00f3n y los sistemas de armas.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">El programa VAC va a producir un impacto econ\u00f3mico, industrial y tecnol\u00f3gico muy positivo sobre el sector terrestre de la industria de Defensa espa\u00f1ola, contribuyendo a su vertebraci\u00f3n a trav\u00e9s de los cuatro corredores industriales que la definen: Norte, Centro-Mediterr\u00e1neo, Sur y V\u00eda de la plata. En total alcanzar\u00e1 a m\u00e1s de\u00a0400 proveedores nacionales, incluyendo grandes operadores, proveedores intermedios y PYMES.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">El programa VAC contribuye a generar empleos de calidad (estables) y alto valor a\u00f1adido (tecnolog\u00eda), reforzando las estructuras productivas nacionales para competir liderando en tecnolog\u00eda. Una estimaci\u00f3n de un nivel de nacionalizaci\u00f3n cercano al\u00a090% permitir\u00e1 generar nuevas oportunidades en el sector, consolidando un alto nivel de capilaridad en t\u00e9rminos de proveedores nacionales.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">La incorporaci\u00f3n de tecnolog\u00edas de \u00faltima generaci\u00f3n en programas anteriores como el VCR8\u00d78 aportan al VAC capacidades demostradas y disponibles que aportan mejoras significativas en seguridad y protecci\u00f3n, movilidad e interoperabilidad muy valoradas por el propio Ej\u00e9rcito de Tierra.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Este impulso, coherente con los ejes de la estrategia industrial de la Defensa, representa una contribuci\u00f3n clave a la soberan\u00eda industrial y tecnol\u00f3gica nacional y consolida el nivel de capacitaci\u00f3n necesario para liderar programas de veh\u00edculos cadenas a nivel internacional, con plena autonom\u00eda operativa.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">El programa VAC generar\u00e1 un efecto tractor en el sector que arrastrar\u00e1 a toda la cadena de valor de la industria, mientras que la estructura de TESS contribuye a una cultura colaborativa entre empresas del sector para el desarrollo conjunto de capacidades que genera un impacto perdurable a lo largo de todo el ciclo de vida del programa.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Asimismo, el programa VAC tambi\u00e9n genera una mayor sinton\u00eda con los objetivos de la Uni\u00f3n Europea. Dentro de esta, la autonom\u00eda estrat\u00e9gica se formaliza en varios documentos y mecanismos como el Tratado de Lisboa, el Fondo Europeo de Defensa (FED), o la Cooperaci\u00f3n Estructurada Permanente (PESCO). Estos instrumentos buscan fortalecer la capacidad de los Estados miembros para desarrollar y desplegar sus propias capacidades militares, reducir la dependencia de actores externos, y fomentar la colaboraci\u00f3n en defensa entre pa\u00edses europeos.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Bajo la gesti\u00f3n de TESS-Defence, ejemplo de colaboraci\u00f3n industrial en el sector de la Defensa, se materializa una alianza estrat\u00e9gica nacional en la que, con el liderazgo de Indra, se consolida la capacidad y experiencia de los actores m\u00e1s relevantes de la industria de Defensa Nacional: Escribano Mechanical &amp; Engineering, GDELS-Santa B\u00e1rbara Sistemas y SAPA Operaciones.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Cada uno de ellos tiene acreditada experiencia en sistemas espec\u00edficos del sector terrestre de la Defensa, aportando una posici\u00f3n de liderazgo en sus respectivas \u00e1reas de conocimiento industrial:<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">\u2013\u2002Indra, responsable del sistema de Misi\u00f3n, sistema de comunicaciones y arquitectura electr\u00f3nica del veh\u00edculo.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002Escribano Mechanical &amp; Engineering, responsable de los sistemas de armas embarcados.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002GDELS-Santa B\u00e1rbara Sistemas, responsable de la Estructura blindada, arquitectura el\u00e9ctrica y resto de sistemas de la plataforma.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002SAPA, responsable del Grupo moto propulsor (GMP) y el sistema de generaci\u00f3n el\u00e9ctrica.<\/p>\n<h5 class=\"anexo_num\">ANEXO III<\/h5>\n<h5 class=\"anexo_tit\">Veh\u00edculo Exploraci\u00f3n y Reconocimiento<\/h5>\n<p class=\"centro_cursiva\">Alcance del programa<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">Adquisici\u00f3n de Veh\u00edculos de Exploraci\u00f3n y Reconocimiento Terrestres para los grupos de caballer\u00eda de las Brigadas y comandancias de Ceuta y Melilla.<\/p>\n<p class=\"centro_cursiva\">Caracter\u00edsticas<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">Veh\u00edculo Blindado de Alta Movilidad T\u00e1ctico configurado como Sistema de Exploraci\u00f3n y Reconocimiento Terrestre (VERT) mediante la instalaci\u00f3n e integraci\u00f3n de los subsistemas detallados a continuaci\u00f3n, que capacitan al veh\u00edculo para misiones de Inteligencia, Vigilancia, Reconocimiento:<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">\u2013\u2002Subsistema plataforma vehicular o Alta movilidad o Nivel de blindaje adecuado a la misi\u00f3n.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002Subsistema Control electr\u00f3ptico del espacio batalla o Informaci\u00f3n campo de batalla e inteligencia u Observaci\u00f3n y adquisici\u00f3n de objetivos o Detecci\u00f3n-identificaci\u00f3n a larga\/muy larga distancia.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002Subsistema Mando, Control &amp; Comunicaciones (C3) o Gesti\u00f3n Comunicaciones o Navegaci\u00f3n.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002Subsistema autodefensa o Estaci\u00f3n armas control remoto (RWS).<\/p>\n<p class=\"centro_cursiva\">Avances tecnol\u00f3gicos<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">De acuerdo con todo lo anteriormente expuesto, el Sistema VERT debe incorporar las siguientes capacidades tecnol\u00f3gicas:<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">\u2013\u2002Plataforma vehicular de alta movilidad, con un elevado nivel de blindaje, tanto frente a amenaza bal\u00edstica como frente a minas y artefactos explosivos improvisados (IED).<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002Dicha plataforma debe contar con las medidas necesarias (pinturas IR, sistemas de ocultaci\u00f3n, aislamientos y recubrimientos, etc.) para disminuir todo lo posible las firmas visual, ac\u00fastica y t\u00e9rmica.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002Asimismo, contar\u00e1 con un sistema de potencia auxiliar embarcado basado en bater\u00edas de alta capacidad, que le permita la realizaci\u00f3n de misiones de vigilancia en modo silencioso seg\u00fan el perfil de utilizaci\u00f3n definido en cada situaci\u00f3n.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002Dispondr\u00e1 de un m\u00e1stil telesc\u00f3pico retr\u00e1ctil, con pedestal giroestabilizado que incorpore el conjunto multisensor dotado de:<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">\u2013\u2002Sensores electr\u00f3pticos.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">\u2022\u2002Tel\u00e9metro l\u00e1ser de\u00a020 km de alcance.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2022\u2002C\u00e1mara t\u00e9rmica con alcances de detecci\u00f3n\/reconocimiento\/identificaci\u00f3n.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">\u2013\u2002Integrar\u00e1 un arma de autodefensa montada sobre una estaci\u00f3n controlada en remoto (RWS), que tambi\u00e9n disponga de sus propios elementos de observaci\u00f3n.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002Asimismo, el Sistema VERT llevar\u00e1 instalado e integrado:<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">\u2022\u2002Comunicaciones modernas y de largo alcance (VHF, HF, sat\u00e9lite, etc.) con su correspondiente sistema de gesti\u00f3n (GESCOM).<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2022\u2002Sistema de mando y control con herramientas espec\u00edficas permite la explotaci\u00f3n completa de los diferentes sensores, al tiempo que se integra en el sistema de comunicaciones (C3) de la unidad superior.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2022\u2002Sistema de gesti\u00f3n del campo de batalla con capacidad de transmisi\u00f3n de datos\/videos\/fotos en tiempo real.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2022\u2002Navegador inercial.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2022\u2002GPS.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2022\u2002Sistema de ayudas a la conducci\u00f3n diurna\/nocturna basado en el empleo de sensores IR, integrados con el equipo de navegaci\u00f3n y que presentar\u00e1 informaci\u00f3n personalizada al jefe de veh\u00edculo y al conductor.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2022\u2002Consola adaptable mediante bastidor de interfase con dos puestos de trabajo.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2022\u2002Estaci\u00f3n meteorol\u00f3gica.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">\u2013\u2002El sistema VERT debe permitir ser transportado por los medios a\u00e9reos existentes en Espa\u00f1a (aviones y helic\u00f3pteros).<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">Los Sistemas VERT ser\u00e1n los encargados de efectuar reconocimientos sigilosos, evitando cualquier enfrentamiento directo.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">La realizaci\u00f3n de estas misiones de vigilancia implicar\u00e1 que puedan llevar a cabo las siguientes funciones:<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">\u2013\u2002Trasladarse hasta la zona de operaciones de forma discreta y sin ser detectado.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002Desarrollar las labores de vigilancia durante el tiempo necesario.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002Transmitir en tiempo real toda la informaci\u00f3n obtenida.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002Defenderse con sus armas de autodefensa en caso de ser descubierto.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">Es decir, detectar\u00e1 y localizar\u00e1 actividad de fuerzas presentes en conflictos, as\u00ed como identificar\u00e1 tanto el bando al que pertenecen (a fin de evitar \u00abfuego amigo\u00bb), como la potencial peligrosidad que representan.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Adem\u00e1s, debe permitir transmitir esta geolocalizaci\u00f3n en tiempo real de forma segura y con precisi\u00f3n al mando, bien para realizar su seguimiento y control o, en su caso, para poder abatirlo.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Este sistema permite dotar a nuestras FFAA de la capacidad de explorar, reconocer y vigilar el terreno desde una posici\u00f3n segura, proporcionando \u00absuperioridad en el enfrentamiento\u00bb, que debe considerarse como una capacidad militar esencial, la cual permite la ejecuci\u00f3n precisa de operaciones, tanto en primera l\u00ednea como en l\u00edneas sucesivas, contando con toda la informaci\u00f3n necesaria para la toma de decisiones.<\/p>\n<p class=\"centro_cursiva\">Retornos industriales<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">El Proyecto prev\u00e9 generar elevados retornos industriales en los subcontratistas que se relacionan a continuaci\u00f3n. Del importe total del programa, se puede estimar que en torno a un\u00a075 % de los retornos tenga un elevado impacto en los diferentes subcontratistas distribuidos a lo largo de la geograf\u00eda espa\u00f1ola, en un primer nivel en las comunidades aut\u00f3nomas de Galicia, Andaluc\u00eda, Castilla-La Mancha y Madrid, y, debido a la complejidad de este, en otras regiones adicionales gracias al profundo impacto y capilaridad del ecosistema necesario para alcanzar las capacidades descritas.<\/p>\n<h5 class=\"anexo_num\">ANEXO IV<\/h5>\n<h5 class=\"anexo_tit\">Actualizaci\u00f3n Veh\u00edculos Pizarro<\/h5>\n<p class=\"centro_cursiva\">Alcance del programa<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">El objetivo del Programa propuesto es la actualizaci\u00f3n y modernizaci\u00f3n de la flota de veh\u00edculos Pizarro (Fase\u00a01 y Fase\u00a02) que posee el Ej\u00e9rcito de Tierra Espa\u00f1ol (ET). Se trata, por un parte, de\u00a0121 veh\u00edculos VCI\/C Fase\u00a01 y\u00a021 veh\u00edculos VCPC Fase\u00a01 (entregados por SBS a ET entre\u00a01996 y\u00a02001), y por otra, de\u00a083 veh\u00edculos VCI\/C Fase\u00a02 (entregados por SBS a ET entre\u00a02015 y\u00a02017). Las actualizaciones propuestas se pueden dividir en siete grupos principales:<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">\u2013\u2002Modificaciones en la Torre, c\u00e1mara t\u00e9rmica tirador y mando jefe de veh\u00edculo.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002Movilidad-revisi\u00f3n y actualizaci\u00f3n de elementos relacionados con la movilidad del veh\u00edculo.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002Tareas esenciales sobre veh\u00edculo e integraci\u00f3n de sistemas de navegaci\u00f3n GFE.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002Modificaciones en el exterior del chasis.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002Modificaciones en el interior de la barcaza.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002Modernizaci\u00f3n del sistema contraincendios.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002Modernizaci\u00f3n del sistema de consciencia situacional.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">SBS ha participado desde\u00a02001 hasta la actualidad en diversos programas de suministro y actualizaci\u00f3n de veh\u00edculos blindados, que han producido retornos industriales espa\u00f1oles, entre los que destacan los correspondientes a los suministros de Leopardo\u00a02E, Pizarro Fase\u00a01 y fase\u00a02, RG31, Centauro, Ob\u00fas\u00a0155\/52 SIAC, ca\u00f1ones ligeros de\u00a0105 mm, CASTOR, VCR8\u00d78 Drag\u00f3n, o actualizaciones de la familia Leopardo, SIAC y Pira\u00f1a III.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">El prop\u00f3sito de SBS, es proporcionar junto a la mejor soluci\u00f3n t\u00e9cnica, un Plan Industrial viable y s\u00f3lido, considerando como objetivos:<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">\u2013\u2002Obtener el mayor rendimiento industrial y tecnol\u00f3gico posible de la inversi\u00f3n realizada.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002Aprovechar el Plan para completar tecnolog\u00edas ya existentes en el sector industrial espa\u00f1ol.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002Dar el mejor uso posible y continuado a las inversiones realizadas por la Administraci\u00f3n, y las Empresas\/Organismos involucradas en programas de veh\u00edculos anteriores.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002Dar continuidad a la aplicaci\u00f3n de los notables recursos humanos y las capacidades industriales que se han ido desarrollando en el sector de blindados de Defensa en base a la pol\u00edtica de consolidaci\u00f3n del sector promovida, de forma continuada, por los Ministerios de Defensa e Industria.<\/p>\n<p class=\"centro_cursiva\">Tecnolog\u00edas y capacidades. innovaci\u00f3n de producto<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">SBS utilizar\u00e1 y aprovechar\u00e1 las capacidades industriales de producci\u00f3n y sostenimiento ya disponibles, implantadas en programas anteriores relacionados, como los espec\u00edficos al suministro de veh\u00edculos de la familia Pizarro (Fase\u00a01 y\u00a02).<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Y se ampliar\u00e1n y potenciar\u00e1n para atender a la evoluci\u00f3n tecnol\u00f3gica de los sistemas, garantizando una transferencia interna y completa para el veh\u00edculo y las distintas fases de dise\u00f1o fabricaci\u00f3n, montaje y pruebas.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">La propuesta de SBS para en el presente Programa representa inherentemente una soluci\u00f3n de desarrollo industrial nacional, y considera un uso intensivo de producto y tecnolog\u00eda propias (i.e. la arquitectura el\u00e9ctrica del veh\u00edculo), as\u00ed como la integraci\u00f3n complementaria y puntual de subsistemas en cooperaci\u00f3n.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Finalmente, y en lo que a la innovaci\u00f3n de Producto se refiere, hay que resaltar que el veh\u00edculo Pizarro que se van a modernizar con este Programa, es el buque insignia de la familia de veh\u00edculos de cadenas desarrollada y suministrada por SBS desde hace m\u00e1s de treinta a\u00f1os, y que se ha ido enriqueciendo con la experiencia de m\u00e1s de\u00a01.000 veh\u00edculos suministrados hasta la fecha.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Por lo anterior y gracias a las capacidades y conocimiento necesarios para acometer este programa, SBS est\u00e1 en una posici\u00f3n privilegiada para ejecutarlo satisfactoriamente, pudiendo proponer actualizaciones y mejoras al producto, incorporando los cambios de ingenier\u00eda que se consideren necesarios, y ampliando la envolvente operativa con nuevos equipos en las \u00e1reas que lo necesiten.<\/p>\n<p class=\"centro_cursiva\">Eficacia industrial de la inversi\u00f3n<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">SBS establecer\u00e1 un Plan Industrial en Espa\u00f1a para maximizar las actividades a realizar en territorio nacional dentro del programa de Actualizaci\u00f3n de Veh\u00edculos Pizarro.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">La actividad de SBS para la ejecuci\u00f3n del Programa tiene prevista llevarse a cabo desde su centro de I+D en Madrid y sus f\u00e1bricas en Sevilla y Trubia, y supondr\u00e1 un n\u00famero de horas de trabajo en estas instalaciones de m\u00e1s de\u00a0500.000 horas.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Adicionalmente, el Programa afectar\u00e1 de forma inducida al trabajo de multitud de proveedores (altamente dependientes de los proyectos de los subcontratistas de primer nivel), multiplicando el valor anterior por un factor de\u00a0cinco veces, como ha sido estimado en la media del sector en programas de esta envergadura.<\/p>\n<p class=\"centro_cursiva\">Contenido nacional y europeo<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">El objetivo de SBS ser\u00e1 maximizar el contenido nacional por encima del\u00a080 %, con soluciones\u00a0100 % europeas, mantenimiento los est\u00e1ndares de calidad y prestaciones establecidos originalmente para el veh\u00edculo y sus sistemas.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">El planteamiento de SBS es desarrollar en Espa\u00f1a todas las actividades relacionadas con el programa de Actualizaci\u00f3n de los Veh\u00edculos Pizarro, como son:<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">\u2013\u2002Definici\u00f3n y configuraci\u00f3n con el cliente seg\u00fan necesidades del programa.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002Desarrollo y evoluci\u00f3n en el ciclo de vida.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002Integraci\u00f3n, pruebas y suministro, con un alto grado de integraci\u00f3n vertical en la producci\u00f3n, en base a sus capacidades propias de fabricaci\u00f3n y su red de proveedores nacionales.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002Desarrollo del Plan de Apoyo Log\u00edstico y documentaci\u00f3n t\u00e9cnica.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002Suministro de repuestos, mantenimiento y apoyo a los escalones de ET.<\/p>\n<p class=\"centro_cursiva\">Cadena de suministro espa\u00f1ola<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">SBS cuenta con una red de\u00a0900 empresas suministradoras, muchas de ellas peque\u00f1as y medianas empresas, que se extienden a lo largo de todo el territorio nacional repartidos en quince comunidades aut\u00f3nomas.<\/p>\n<h5 class=\"anexo_num\">ANEXO V<\/h5>\n<h5 class=\"anexo_tit\">Sistema contra UAS<\/h5>\n<p class=\"centro_cursiva\">Alcance del programa<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">El programa de Sistemas Anti-dron (C-UAS) tiene por objeto el desarrollo de un sistema C-UAS con las siguientes capacidades:<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">\u2013\u2002Detecci\u00f3n, seguimiento, clasificaci\u00f3n e identificaci\u00f3n de UAS a varios kil\u00f3metros utilizando sensores activos y pasivos (radar\u00a03D, sensor de radiofrecuencia (RF) y c\u00e1mara t\u00e9rmica y visible (EO\/IR)).<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002An\u00e1lisis y toma de decisiones-Mando y control: el software C2 (<em>command and control<\/em>) cuenta con una interfaz gr\u00e1fica unificada para una gesti\u00f3n \u00e1gil y sencilla en tiempo real de todos los componentes desplegados sobre el terreno. El C2 proporciona m\u00faltiples herramientas que permiten, entre otras funciones, configurar las \u00e1reas de detecci\u00f3n y neutralizaci\u00f3n, evaluar las amenazas y proponer los efectores disponibles.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002Neutralizaci\u00f3n.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002Contramedidas: Neutralizaci\u00f3n de largo alcance de UAS no autorizados utilizando tecnolog\u00edas cin\u00e9ticas (estaci\u00f3n de armas) y no cin\u00e9ticas (inhibidores RF\/GNSS).<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002Integraci\u00f3n con otros sistemas-Interoperabilidad: para lograr el mejor rendimiento y eficacia de los C-UAS, la cooperaci\u00f3n con otros sistemas externos es la mejor estrategia. El sistema C2 del C-UAS tendr\u00e1 capacidad para intercambiar datos con los sistemas de mando y control de escalones superiores a trav\u00e9s de est\u00e1ndares de comunicaci\u00f3n OTAN.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">El sistema consta de los siguientes subsistemas: Radar, Jammer, Sensor de Radiofrecuencia, Sistema de Mando y Control, Caja de Interconexi\u00f3n, <em>Shelter <\/em>de Operaci\u00f3n, Sistema Electro\u00f3ptico EOS\/IR, y Estaci\u00f3n de Armas.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Este programa es cr\u00edtico para proporcionar a las Fuerzas Armadas (FFAA) de la capacidad de detecci\u00f3n, identificaci\u00f3n, rastreo y neutralizaci\u00f3n de drones no autorizados tanto en la zona de operaciones como para la protecci\u00f3n de infraestructuras cr\u00edticas.<\/p>\n<p class=\"centro_cursiva\">Tecnolog\u00edas y capacidades. innovaci\u00f3n de producto<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">Este sistema cuenta con desarrollos tecnol\u00f3gicos en el \u00e1mbito de: Mando y Control, Radar, Sensor Optr\u00f3nico, <em>Jammer<\/em>, Detector Radio Frecuencia, Sistema <em>Hard Kill,<\/em> Simulador, Evoluci\u00f3n y desarrollo de soluci\u00f3n vehicular completa, Evoluci\u00f3n y desarrollo de soluci\u00f3n en emplazamientos fijos completos, Sensores y efectores.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Por todo ello, este programa implicar\u00e1 la modernizaci\u00f3n del equipamiento de las FFAA propiciando un gran impacto industrial y tecnol\u00f3gico.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">De esta forma este programa contribuir\u00e1 de manera decidida a potenciar las siguientes \u00e1reas de conocimiento estrat\u00e9gicas que, de acuerdo con la Resoluci\u00f3n\u00a0420\/38100\/2015, de\u00a030 de julio, de la Secretar\u00eda General T\u00e9cnica, afectan a los intereses esenciales de la Defensa y Seguridad y que, por tanto, deben protegerse en l\u00ednea con los principios de ventaja operacional y libertad de acci\u00f3n de las FFAA:<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">A)\u2003Mando y control, comunicaciones, informaci\u00f3n (C4i).<\/p>\n<p class=\"parrafo\">C)\u2003Vigilancia, reconocimiento, inteligencia y adquisici\u00f3n de objetivos (ISTAR).<\/p>\n<p class=\"parrafo\">D)\u2003Control de tr\u00e1fico y de ayudas a la navegaci\u00f3n.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">G)\u2003Simulaci\u00f3n de equipos y sistemas de armas para entrenamiento avanzado.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">I)\u2003Sistemas complejos integrados por otros sistemas de armas avanzados cuyos requisitos de integraci\u00f3n est\u00e1n vinculados a intereses esenciales de defensa y seguridad.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">El desarrollo de la soluci\u00f3n planteada para este programa supondr\u00e1 un importante desarrollo para la industria nacional respecto a las siguientes \u00abCapacidades Industriales Estrat\u00e9gicas de la Defensa\u00bb, definidas en la Estrategia Industrial de Defensa\u00a02023 como concreci\u00f3n de las \u00e1reas de conocimiento estrat\u00e9gicas:<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">4.\u2003Simuladores.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">6.\u2003Sistemas de Mando y Control.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">13.\u2003C-UVS.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">18.\u2003Sensores.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">19.\u2003Veh\u00edculos no tripulados.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">Se trata de capacidades industriales indispensables para cubrir las necesidades operativas de las FFAA, por lo que es prioritario obtener y mantener la soberan\u00eda nacional sobre las mismas, y que este programa contribuir\u00e1 a desarrollar.<\/p>\n<p class=\"centro_cursiva\">Eficacia industrial de la inversi\u00f3n<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">Este programa es una herramienta fundamental para propiciar el crecimiento del sector tecnol\u00f3gico e industrial nacional, potenciando la alta participaci\u00f3n de la Base Industrial y Tecnol\u00f3gica de Defensa nacional (BITD) y la generaci\u00f3n de empleo de alta cualificaci\u00f3n distribuido por toda la geograf\u00eda nacional, en particular impulsando los diferentes corredores industriales: Norte (Pontevedra, Asturias y Le\u00f3n), Centro-Mediterr\u00e1neo (Madrid y Ciudad Real), Sur (C\u00f3rdoba y Linares (Ja\u00e9n)) y el Corredor de la Plata (Le\u00f3n y C\u00f3rdoba), y maximizando la participaci\u00f3n de PYMES, centros tecnol\u00f3gicos y Universidades, de forma que se propicie una alta capilaridad y tracci\u00f3n a nivel nacional.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">La mejora de la capacitaci\u00f3n nacional en este proyecto podr\u00eda ser de gran inter\u00e9s para su futura aplicaci\u00f3n e incorporaci\u00f3n en el desarrollo del Programa del Sistema Lanzador Embarcado.<\/p>\n<p class=\"centro_cursiva\">Cadena de suministro espa\u00f1ola<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">Este programa se ha estructurado de forma que supondr\u00e1 un importante salto tecnol\u00f3gico y de capacitaci\u00f3n para la industria nacional.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">La Uni\u00f3n Temporal de Empresas \u00abUTE C-UAS\u00bb, compuesta por Indra y Escribano Mechanical and Engineering (EM&amp;E), act\u00faa como contratista principal del Programa. Que la gesti\u00f3n del programa se realice a trav\u00e9s de la \u00abUTE C-UAS\u00bb\u00a0garantiza maximizar la participaci\u00f3n nacional a trav\u00e9s de las sinergias y complementariedad existente entre las capacidades de ambas compa\u00f1\u00edas; el desarrollo de todas las capacidades industriales y tecnol\u00f3gicas necesarias dentro de territorio nacional; as\u00ed como una gesti\u00f3n adecuada del programa, facilitando la gesti\u00f3n con los suministradores y el control del cumplimento de todos los requisitos, tanto econ\u00f3micos, t\u00e9cnicos como industriales establecidos.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Tanto Indra como EM&amp;E son un operador clave del sector estrat\u00e9gico nacional de Defensa y Seguridad, por su amplio espectro de capacidades industriales, tecnol\u00f3gicas, y de gesti\u00f3n y por su trayectoria de colaboraci\u00f3n con el Ministerio de Defensa.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Este esquema garantiza la permanencia de la propiedad intelectual e industrial de los desarrollos en la industria nacional y la soberan\u00eda en la toma de decisiones estrat\u00e9gicas, que se tomar\u00e1n por empresas espa\u00f1olas en Espa\u00f1a. Adicionalmente, la gesti\u00f3n y seguridad de los datos y sistemas considerados cr\u00edticos para la seguridad nacional, se mantienen bajo el amparo de la industria nacional, cumpliendo as\u00ed con las necesidades de las FFAA y del Gobierno de Espa\u00f1a.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">La contribuci\u00f3n espa\u00f1ola al programa repercutir\u00e1 no solo en esta empresa sino tambi\u00e9n en otras empresas espa\u00f1olas que participar\u00e1n en el mismo. La industria espa\u00f1ola cuenta con capacidades demostradas de aplicaci\u00f3n al alcance de este programa y se concentra en PYMES, entre las que destacan CSC ELECTRONIK, o TECNOVE, y centros tecnol\u00f3gicos como el Centro de Excelencia en Seguridad (CEx) de Indra y el Centro de I+D de Asturias de EM&amp;E.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Adicionalmente existe una amplia red de empresas auxiliares de menor tama\u00f1o que tambi\u00e9n se beneficiar\u00e1n de la ejecuci\u00f3n de este programa.<\/p>\n<h5 class=\"anexo_num\">ANEXO VI<\/h5>\n<h5 class=\"anexo_tit\">Tecnolog\u00edas A\u00e9reas Rob\u00f3ticas de Movilidad Aut\u00f3noma Sensorizadas-UAS Clase I<\/h5>\n<p class=\"centro_cursiva\">Alcance del programa<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">El Programa de Tecnolog\u00edas A\u00e9reas Rob\u00f3ticas de Movilidad Aut\u00f3noma Sensorizadas (UAS Clase I) constituye una iniciativa estrat\u00e9gica orientada a consolidar la soberan\u00eda tecnol\u00f3gica de Espa\u00f1a en el \u00e1mbito de los sistemas a\u00e9reos no tripulados (RPAS) de uso t\u00e1ctico, con capacidades de inteligencia, vigilancia, adquisici\u00f3n de objetivos y reconocimiento (ISTAR).<\/p>\n<p class=\"parrafo\">El objetivo del programa es desarrollar y producir una gama de modelos de UAS t\u00e1cticos que cumplan con los requisitos establecidos por las Fuerzas Armadas, as\u00ed como los sensores y sistemas de misi\u00f3n necesarios para lograr una capacidad de UAS totalmente nacional en este segmento, considerado estrat\u00e9gico en los conflictos actuales.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">El Programa, impulsado por la necesidad operacional de las Fuerzas Armadas espa\u00f1olas, busca no solo cubrir requerimientos inmediatos en UAS dentro de la categor\u00eda OTAN CLASE I SMALL (entre\u00a025 y\u00a0150 kg de peso al despegue), sino tambi\u00e9n generar una capacidad industrial nacional aut\u00f3noma y resiliente, con un enfoque claro en la integraci\u00f3n de tecnolog\u00edas avanzadas y el desarrollo de una familia de sistemas UAS interoperables, modulares y sostenibles.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">La independencia tecnol\u00f3gica es el eje central del programa. Esta orientaci\u00f3n estrat\u00e9gica permitir\u00e1:<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">\u2013\u2002Reducir la dependencia de proveedores extranjeros en sistemas cr\u00edticos.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002Consolidar capacidades soberanas en \u00e1reas sensibles como la navegaci\u00f3n segura, la guerra electr\u00f3nica, los enlaces de datos seguros y la inteligencia embarcada.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002Desarrollar talento nacional en disciplinas tecnol\u00f3gicas clave como inteligencia artificial, navegaci\u00f3n aut\u00f3noma, dise\u00f1o aeroestructural, etc.<\/p>\n<p class=\"centro_cursiva\">Tecnolog\u00edas implicadas y empresas participantes en el programa<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">Uno de los valores diferenciales de este programa es la incorporaci\u00f3n de tecnolog\u00edas avanzadas, que posicionar\u00e1n a Espa\u00f1a como un referente europeo en el dise\u00f1o y operaci\u00f3n de UAS t\u00e1cticos.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">El programa est\u00e1 dise\u00f1ado para fomentar un modelo de colaboraci\u00f3n entre grandes tecnol\u00f3gicas, pymes y centros de I+D que fortalezcan la cadena de suministro nacional y promueve la transferencia de conocimiento.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Adem\u00e1s de la alta autonom\u00eda en los productos y tecnolog\u00edas de AERTEC Defence and Aerial Systems (AERTEC DAS) en el dise\u00f1o, desarrollo y producci\u00f3n de UAS, se espera que m\u00e1s del\u00a085 % del valor a\u00f1adido del sistema final sea generado en territorio nacional, incluyendo no solo la aeroestructura sino tambi\u00e9n los componentes cr\u00edticos como los sistemas de guiado, navegaci\u00f3n y control, los sistemas de comunicaciones, los sensores de misi\u00f3n, el software de misi\u00f3n y los sistemas de apoyo en tierra. Esto no solo refuerza la independencia estrat\u00e9gica, sino que genera un importante impacto econ\u00f3mico y tecnol\u00f3gico a medio y largo plazo.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Para alcanzar este objetivo, AERTEC DAS contar\u00e1 con todas las capacidades del Grupo Indra al que pertenece y sumar\u00e1 al proyecto a las empresas nacionales mejor cualificadas en las \u00e1reas industriales y tecnol\u00f3gicas objeto de desarrollo, gracias a las cuales se podr\u00e1 alcanzar el objetivo de soberan\u00eda nacional propuesto.<\/p>\n<\/p><\/div>\n<p><a href=\"https:\/\/www.boe.es\/diario_boe\/txt.php?id=BOE-A-2025-20693\">source<\/a><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>En octubre de\u00a01996 el extinto Ministerio de Industria y Energ\u00eda y el Ministerio de Defensa (MINISDEF) suscribieron un<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":20527,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_bbp_topic_count":0,"_bbp_reply_count":0,"_bbp_total_topic_count":0,"_bbp_total_reply_count":0,"_bbp_voice_count":0,"_bbp_anonymous_reply_count":0,"_bbp_topic_count_hidden":0,"_bbp_reply_count_hidden":0,"_bbp_forum_subforum_count":0,"_joinchat":[],"footnotes":""},"categories":[1],"tags":[],"class_list":["post-20526","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-noticias"],"featured_image_urls":{"full":["https:\/\/blogemergencias.es\/wp-content\/uploads\/2025\/10\/wp-header-logo-216.png",0,0,false],"thumbnail":["https:\/\/blogemergencias.es\/wp-content\/uploads\/2025\/10\/wp-header-logo-216.png",1,1,false],"medium":["https:\/\/blogemergencias.es\/wp-content\/uploads\/2025\/10\/wp-header-logo-216.png",1,1,false],"medium_large":["https:\/\/blogemergencias.es\/wp-content\/uploads\/2025\/10\/wp-header-logo-216.png",1,1,false],"large":["https:\/\/blogemergencias.es\/wp-content\/uploads\/2025\/10\/wp-header-logo-216.png",1,1,false],"1536x1536":["https:\/\/blogemergencias.es\/wp-content\/uploads\/2025\/10\/wp-header-logo-216.png",1,1,false],"2048x2048":["https:\/\/blogemergencias.es\/wp-content\/uploads\/2025\/10\/wp-header-logo-216.png",1,1,false],"morenews-large":["https:\/\/blogemergencias.es\/wp-content\/uploads\/2025\/10\/wp-header-logo-216.png",1,1,false],"morenews-medium":["https:\/\/blogemergencias.es\/wp-content\/uploads\/2025\/10\/wp-header-logo-216.png",1,1,false]},"author_info":{"info":["admin"]},"category_info":"<a href=\"https:\/\/blogemergencias.es\/index.php\/category\/noticias\/\" rel=\"category tag\">Noticias<\/a>","tag_info":"Noticias","comment_count":0,"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/blogemergencias.es\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/20526","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/blogemergencias.es\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/blogemergencias.es\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/blogemergencias.es\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/blogemergencias.es\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=20526"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/blogemergencias.es\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/20526\/revisions"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/blogemergencias.es\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media\/20527"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/blogemergencias.es\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=20526"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/blogemergencias.es\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=20526"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/blogemergencias.es\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=20526"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}