{"id":25476,"date":"2025-12-29T10:14:16","date_gmt":"2025-12-29T10:14:16","guid":{"rendered":"https:\/\/blogemergencias.es\/index.php\/2025\/12\/29\/ley-2-2025-de-12-de-diciembre-de-impulso-y-promocion-de-la-produccion-ecologica-y-otras-producciones-agrarias-pesqueras-y-acuicolas-certificadas-en-andalucia\/"},"modified":"2025-12-29T10:14:16","modified_gmt":"2025-12-29T10:14:16","slug":"ley-2-2025-de-12-de-diciembre-de-impulso-y-promocion-de-la-produccion-ecologica-y-otras-producciones-agrarias-pesqueras-y-acuicolas-certificadas-en-andalucia","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/blogemergencias.es\/index.php\/2025\/12\/29\/ley-2-2025-de-12-de-diciembre-de-impulso-y-promocion-de-la-produccion-ecologica-y-otras-producciones-agrarias-pesqueras-y-acuicolas-certificadas-en-andalucia\/","title":{"rendered":"Ley 2\/2025, de 12 de diciembre, de impulso y promoci\u00f3n de la producci\u00f3n ecol\u00f3gica y otras producciones agrarias, pesqueras y acu\u00edcolas certificadas en Andaluc\u00eda."},"content":{"rendered":"<div id=\"textoxslt\">\n<p class=\"centro_redonda\">EL PRESIDENTE DE LA JUNTA DE ANDALUC\u00cdA<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">A todos los que la presente vieren, sabed: Que el Parlamento de Andaluc\u00eda ha aprobado y yo, en nombre del Rey y por la autoridad que me confieren la Constituci\u00f3n y el Estatuto de Autonom\u00eda, promulgo y ordeno la publicaci\u00f3n de la siguiente<\/p>\n<p class=\"centro_redonda\">LEY DE IMPULSO Y PROMOCI\u00d3N DE LA PRODUCCI\u00d3N ECOL\u00d3GICA Y\u00a0OTRAS\u00a0PRODUCCIONES AGRARIAS, PESQUERAS Y ACU\u00cdCOLAS CERTIFICADAS\u00a0EN ANDALUC\u00cdA<\/p>\n<p class=\"centro_redonda\">\u00cdNDICE<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">Exposici\u00f3n de motivos.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">T\u00edtulo preliminar.\u2003Disposiciones generales.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">Art\u00edculo\u00a01.\u2003Objeto.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Art\u00edculo\u00a02.\u2003\u00c1mbito de aplicaci\u00f3n.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Art\u00edculo\u00a03.\u2003Principios.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Art\u00edculo\u00a04.\u2003Definiciones.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">T\u00edtulo I.\u2003Medidas de impulso, fomento y promoci\u00f3n de la producci\u00f3n ecol\u00f3gica.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">Art\u00edculo\u00a05.\u2003Medidas de impulso y fomento de la producci\u00f3n ecol\u00f3gica.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Art\u00edculo\u00a06.\u2003Fomento de la transformaci\u00f3n y comercializaci\u00f3n de productos ecol\u00f3gicos.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Art\u00edculo\u00a07.\u2003Acuicultura ecol\u00f3gica.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Art\u00edculo\u00a08.\u2003Vertebraci\u00f3n del sector.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Art\u00edculo\u00a09.\u2003Medidas de promoci\u00f3n.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Art\u00edculo\u00a010.\u2003Fomento del consumo.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Art\u00edculo\u00a011.\u2003Fomento en canal Horeca y distribuci\u00f3n.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Art\u00edculo\u00a012.\u2003Fomento de mercados locales, puntos de venta especializados y venta directa.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Art\u00edculo\u00a013.\u2003Ferias, congresos y eventos.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Art\u00edculo\u00a014.\u2003Promoci\u00f3n internacional de productos ecol\u00f3gicos.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Art\u00edculo\u00a015.\u2003Distinciones.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">T\u00edtulo II.\u2003\u00d3rgano consultivo y de participaci\u00f3n en producci\u00f3n ecol\u00f3gica y otras producciones agrarias, pesqueras y acu\u00edcolas certificadas.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">Art\u00edculo\u00a016.\u2003\u00d3rgano consultivo y de participaci\u00f3n en producci\u00f3n ecol\u00f3gica y otras producciones agrarias, pesqueras y acu\u00edcolas certificadas.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">T\u00edtulo III.\u2003De otras producciones agrarias, pesqueras y acu\u00edcolas certificadas.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">Art\u00edculo\u00a017.\u2003Otras producciones agrarias, pesqueras y acu\u00edcolas certificadas.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Art\u00edculo\u00a018.\u2003Medidas de impulso y fomento.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Art\u00edculo\u00a019.\u2003Promoci\u00f3n.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Art\u00edculo\u00a020.\u2003Fomento de la transformaci\u00f3n y comercializaci\u00f3n.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">T\u00edtulo IV.\u2003Investigaci\u00f3n, innovaci\u00f3n, digitalizaci\u00f3n, asesoramiento y transferencia del conocimiento.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">Art\u00edculo\u00a021.\u2003Formaci\u00f3n y capacitaci\u00f3n.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Art\u00edculo\u00a022.\u2003Asesoramiento.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Art\u00edculo\u00a023.\u2003Investigaci\u00f3n y transferencia.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Art\u00edculo\u00a024.\u2003Estrategias de investigaci\u00f3n e innovaci\u00f3n abierta.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Art\u00edculo\u00a025.\u2003Sistema universitario andaluz.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Art\u00edculo\u00a026.\u2003Contenidos educativos.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Art\u00edculo\u00a027.\u2003Centros tecnol\u00f3gicos agroalimentarios y pesqueros.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Art\u00edculo\u00a028.\u2003Digitalizaci\u00f3n.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">T\u00edtulo V.\u2003Disposiciones comunes.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">Art\u00edculo\u00a029.\u2003Contrataci\u00f3n p\u00fablica.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Art\u00edculo\u00a030.\u2003Simplificaci\u00f3n administrativa.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Art\u00edculo\u00a031.\u2003Estudios, estad\u00edsticas e informes.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Art\u00edculo\u00a032.\u2003Especies y razas ganaderas aut\u00f3ctonas.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Art\u00edculo\u00a033.\u2003Semillas y material de reproducci\u00f3n vegetativo.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Art\u00edculo\u00a034.\u2003Fomento del turismo y la gastronom\u00eda.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Art\u00edculo\u00a035.\u2003Logotipo ecol\u00f3gico europeo y marca de calidad agroalimentaria de la Junta de Andaluc\u00eda.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">Disposici\u00f3n transitoria primera.\u2003Fomento y promoci\u00f3n de la producci\u00f3n ecol\u00f3gica en el marco del Plan Estrat\u00e9gico de la PAC\u00a02023-2027 y periodos posteriores de programaci\u00f3n.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Disposici\u00f3n transitoria segunda.\u2003\u00d3rgano consultivo y de participaci\u00f3n en producci\u00f3n ecol\u00f3gica y otras producciones agrarias, pesqueras y acu\u00edcolas certificadas.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Disposici\u00f3n derogatoria \u00fanica.\u2003Derogaci\u00f3n normativa.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Disposici\u00f3n final primera.\u2003Modificaci\u00f3n de la Ley\u00a010\/2021, de\u00a028 de diciembre, de tasas y precios p\u00fablicos de la Comunidad Aut\u00f3noma de Andaluc\u00eda.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Disposici\u00f3n final segunda.\u2003Modificaci\u00f3n de la Ley\u00a01\/2011, de\u00a017 de febrero, de reordenaci\u00f3n del sector p\u00fablico de Andaluc\u00eda.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Disposici\u00f3n final tercera.\u2003Desarrollo reglamentario.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Disposici\u00f3n final cuarta.\u2003Entrada en vigor.<\/p>\n<h5 class=\"titulo\">EXPOSICI\u00d3N DE MOTIVOS<\/h5>\n<p class=\"centro_redonda\">I<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">En la Uni\u00f3n Europea la producci\u00f3n ecol\u00f3gica est\u00e1 regulada por el Reglamento (UE) 2018\/848, del Parlamento Europeo y del Consejo, de\u00a030 de mayo de\u00a02018, sobre producci\u00f3n ecol\u00f3gica y etiquetado de productos ecol\u00f3gicos y por el que se deroga el Reglamento (CE) 834\/2007 del Consejo. Esta nueva legislaci\u00f3n sobre producci\u00f3n ecol\u00f3gica se aplica desde el\u00a01 de enero de\u00a02022 y refleja la evoluci\u00f3n de este sector en r\u00e1pido crecimiento, pretende garantizar una competencia leal para las personas agricultoras y, al mismo tiempo, evitar el fraude y mantener la confianza de las personas consumidoras a trav\u00e9s de la simplificaci\u00f3n de las normas de producci\u00f3n gracias a la supresi\u00f3n progresiva de una serie de excepciones y exclusiones, el refuerzo del sistema de control mediante medidas preventivas m\u00e1s estrictas y controles rigurosos a lo largo de toda la cadena de suministro, la aplicaci\u00f3n a los productores de pa\u00edses no pertenecientes a la UE de las mismas normas que se aplican a los productores de la UE, la ampliaci\u00f3n de la lista de productos cubiertos por las normas de producci\u00f3n ecol\u00f3gica e introducci\u00f3n de normas de producci\u00f3n suplementarias, la facilitaci\u00f3n de la certificaci\u00f3n para los peque\u00f1os agricultores gracias a un nuevo sistema de certificaci\u00f3n de grupo y la adopci\u00f3n de un enfoque m\u00e1s uniforme para reducir el riesgo de contaminaci\u00f3n accidental por plaguicidas.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">En Andaluc\u00eda, la producci\u00f3n ecol\u00f3gica se encuentra en auge, siendo l\u00edderes tanto a nivel nacional como europeo. La superficie de esta producci\u00f3n diferenciada est\u00e1 en torno a los\u00a01,5 millones de hect\u00e1reas, lo que supone aproximadamente el\u00a030\u2005% de la superficie agraria de la comunidad aut\u00f3noma. El n\u00famero de operadores asciende a m\u00e1s de\u00a021.500. Asimismo, en Andaluc\u00eda existen aproximadamente\u00a06.200 explotaciones ganaderas y m\u00e1s de\u00a03.300 industrias bajo esta certificaci\u00f3n. Es un actor importante en materia agroalimentaria en Andaluc\u00eda, generando el\u00a021,5\u2005% del empleo agrario de nuestra regi\u00f3n.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">No obstante, la evoluci\u00f3n del consumo no est\u00e1 acompasada con el crecimiento de la producci\u00f3n. Para afianzar el avance de estas producciones existe la necesidad de acercar el crecimiento de la producci\u00f3n a los \u00edndices de consumo, que son bastante m\u00e1s bajos, con el\u00a02,3\u202f% del total de alimentos. En este sentido, el sector ha solicitado reiteradamente una adecuaci\u00f3n del marco legislativo a fin de introducir medidas dirigidas al fomento del consumo y al impulso de la producci\u00f3n ecol\u00f3gica. Con esta norma se quiere dar respuesta a esta demanda, impulsando la promoci\u00f3n del consumo.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Por otro lado, con la aprobaci\u00f3n de esta ley se pretende la puesta en marcha de actuaciones que refuercen la promoci\u00f3n y el consumo de productos ecol\u00f3gicos, aumentando la resiliencia del sector ante las dificultades actuales, incrementando la sostenibilidad del sistema agroalimentario andaluz, reduciendo su huella medioambiental, fomentando la econom\u00eda circular y contribuyendo as\u00ed a la mitigaci\u00f3n de los efectos negativos del cambio clim\u00e1tico.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Adem\u00e1s, la ley pretende dar una mayor protecci\u00f3n a la producci\u00f3n y la industria ecol\u00f3gica y un mayor apoyo a la investigaci\u00f3n mediante, entre otros medios, la realizaci\u00f3n de campa\u00f1as de informaci\u00f3n y comunicaci\u00f3n institucional, la mejora de los sistemas de informaci\u00f3n sobre los operadores y las estad\u00edsticas del sector, y la aportaci\u00f3n de los \u00f3rganos consultivos y de participaci\u00f3n. De esta forma, las personas agricultoras y ganaderas andaluzas del sector participar\u00e1n de un mejor funcionamiento del mercado interior de los productos ecol\u00f3gicos, apostando por mantener y justificar la confianza de la persona consumidora en los productos etiquetados como tales y creando las condiciones apropiadas para que esa pol\u00edtica se corresponda con la evoluci\u00f3n de la producci\u00f3n y el mercado. Al tiempo, va a dar cumplimiento a la necesidad detectada en la Uni\u00f3n Europea de armonizar las normas y as\u00ed responder a las expectativas tanto de productores y comercializadores como de las personas consumidoras.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Las producciones agrarias, pesqueras y acu\u00edcolas certificadas son sistemas de producci\u00f3n que deben cumplir con un conjunto de normas ambientales, sociales y econ\u00f3micas. Estas normas, que se establecer\u00e1n reglamentariamente, estar\u00e1n dise\u00f1adas para garantizar que las producciones agrarias, pesqueras y acu\u00edcolas se realicen de manera sostenible; es decir, que respondan a las necesidades de la sociedad actual sin comprometer la capacidad de las generaciones futuras para satisfacer sus propias necesidades.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Con este tipo de producciones certificadas se buscan beneficios, como la mejora del medio ambiente mediante la reducci\u00f3n del uso de recursos naturales, la protecci\u00f3n de la biodiversidad y la lucha contra el cambio clim\u00e1tico; la mejora de las condiciones sociales mediante la promoci\u00f3n del bienestar animal, la seguridad alimentaria y el acceso a la tierra; y la mejora de la rentabilidad econ\u00f3mica de las explotaciones agrarias mediante el acceso a nuevos mercados, la diferenciaci\u00f3n de productos y la eficiencia productiva.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Entre las producciones agrarias certificadas se encuentra la \u00abproducci\u00f3n integrada\u00bb. Actualmente, la superficie bajo esta certificaci\u00f3n de calidad en Andaluc\u00eda es de alrededor de\u00a0433.000 hect\u00e1reas y en torno a\u00a045.000 productores, existiendo\u00a026 reglamentos espec\u00edficos.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Por su parte, los productos pesqueros certificados est\u00e1n teniendo un crecimiento importante en los \u00faltimos a\u00f1os, tanto en la acuicultura como en la captura silvestre certificada, a trav\u00e9s de diferentes programas de certificaci\u00f3n.<\/p>\n<p class=\"centro_redonda\">II<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">La presente ley, partiendo de las pautas anteriormente se\u00f1aladas, pretende crear un marco normativo adecuado para el desarrollo del impulso y promoci\u00f3n de la producci\u00f3n ecol\u00f3gica y otros m\u00e9todos de producci\u00f3n agraria, pesquera y acu\u00edcola certificada en el \u00e1mbito competencial de la comunidad aut\u00f3noma. Para ello, se establecen los siguientes objetivos estrat\u00e9gicos: incrementar la sostenibilidad del sistema agroalimentario andaluz, reduciendo su huella medioambiental y fomentando la econom\u00eda circular, contribuyendo de esta forma a la mitigaci\u00f3n y adaptaci\u00f3n al cambio clim\u00e1tico; reforzar la resiliencia del sector agroalimentario frente a las dificultades actuales y futuras; proteger, promocionar y desarrollar la producci\u00f3n agroalimentaria y la industria de la producci\u00f3n ecol\u00f3gica y otras producciones agrarias, pesqueras y acu\u00edcolas certificadas, incluyendo los recursos para el apoyo a iniciativas de investigaci\u00f3n y desarrollo de este tipo de producciones, la realizaci\u00f3n de campa\u00f1as de informaci\u00f3n y comunicaci\u00f3n institucional, as\u00ed como la promoci\u00f3n del consumo y el conocimiento por los organismos p\u00fablicos e instituciones y por la ciudadan\u00eda; mejorar los sistemas de informaci\u00f3n sobre las operadoras y la informaci\u00f3n estad\u00edstica del sector ecol\u00f3gico y otras producciones certificadas; y mejorar la gobernanza y el marco de funcionamiento de los \u00f3rganos consultivos y de participaci\u00f3n en torno a la producci\u00f3n ecol\u00f3gica y otras producciones agrarias, pesqueras y acu\u00edcolas certificadas.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Promover ambos tipos de producci\u00f3n tambi\u00e9n tiene como finalidad fomentar la vida en los municipios rurales y con ello evitar la despoblaci\u00f3n, grave problema que lleva a la descompensaci\u00f3n territorial y al empobrecimiento \u00e9tnico, cultural, social y econ\u00f3mico de nuestra tierra.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">El art\u00edculo\u00a048 del Estatuto de Autonom\u00eda para Andaluc\u00eda, en su apartado\u00a01, atribuye a la comunidad aut\u00f3noma la competencia exclusiva en materia de agricultura, ganader\u00eda y desarrollo rural. Asimismo, en su apartado\u00a03.a) atribuye a la comunidad aut\u00f3noma la competencia exclusiva de acuerdo con las bases y la ordenaci\u00f3n de la actuaci\u00f3n econ\u00f3mica general, y en los t\u00e9rminos de lo dispuesto en los art\u00edculos\u00a038, 131 y\u00a0149.1.11.\u00aa, 13.\u00aa, 16.\u00aa, 20.\u00aa y\u00a023.\u00aa de la Constituci\u00f3n, sobre las siguientes materias:<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">Ordenaci\u00f3n, planificaci\u00f3n, reforma y desarrollo de los sectores agrario, ganadero y agroalimentario y, de forma especial, la mejora y ordenaci\u00f3n de las explotaciones agr\u00edcolas, ganaderas y agroforestales. Regulaci\u00f3n de los procesos de producci\u00f3n agrarios, con especial atenci\u00f3n a la calidad agroalimentaria, la trazabilidad y las condiciones de los productos agroalimentarios destinados al comercio, as\u00ed como la lucha contra los fraudes en el \u00e1mbito de la producci\u00f3n y comercializaci\u00f3n agroalimentaria. La agricultura ecol\u00f3gica, la suficiencia alimentaria, y las innovaciones tecnol\u00f3gicas. Sociedades agrarias de transformaci\u00f3n. Sanidad vegetal y animal sin efectos sobre la salud humana. Semillas. Organismos gen\u00e9ticamente modificados. Producci\u00f3n agraria, ganadera, protecci\u00f3n y bienestar animal. Ferias y cert\u00e1menes agr\u00edcolas, ganaderos y agroalimentarios. Investigaci\u00f3n, desarrollo y transferencia tecnol\u00f3gica agr\u00edcola, ganadera y agroalimentaria. Innovaci\u00f3n en las industrias agroalimentarias y explotaciones agrarias. Formaci\u00f3n. Desarrollo rural integral y sostenible. Regulaci\u00f3n y fomento de la producci\u00f3n y uso de la biomasa.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">Por otra parte, este mismo art\u00edculo\u00a048 establece en el apartado\u00a02 que la Comunidad Aut\u00f3noma de Andaluc\u00eda tiene competencia exclusiva en materia de pesca mar\u00edtima y recreativa en aguas interiores, marisqueo y acuicultura, almadraba y pesca con artes menores.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Finalmente, el art\u00edculo\u00a0197 del Estatuto de Autonom\u00eda para Andaluc\u00eda establece que, en el marco de sus competencias, los poderes p\u00fablicos de Andaluc\u00eda orientar\u00e1n sus pol\u00edticas especialmente al desarrollo de la agricultura ecol\u00f3gica. Las actividades orientadas a la producci\u00f3n ecol\u00f3gica, no obstante, deber\u00e1n proteger de forma efectiva el medio ambiente. Asimismo, en el mismo art\u00edculo se indica que los poderes p\u00fablicos de Andaluc\u00eda impulsar\u00e1n las pol\u00edticas y dispondr\u00e1n los instrumentos adecuados para hacer compatible la actividad econ\u00f3mica con la \u00f3ptima calidad ambiental, velando por que los sectores productivos protejan de forma efectiva el medio ambiente. El mandato estatutario es claro, por lo que, unido al potencial econ\u00f3mico de los m\u00e9todos de producci\u00f3n certificados y al aumento de la sostenibilidad que suponen, hace necesaria una norma propia que garantice el impulso, promoci\u00f3n y fomento de la producci\u00f3n ecol\u00f3gica y otros m\u00e9todos de producci\u00f3n agraria certificada desde el marco competencial propio de la Junta de Andaluc\u00eda.<\/p>\n<p class=\"centro_redonda\">III<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">La ley se divide en un t\u00edtulo preliminar y cinco t\u00edtulos que se estructuran en treinta y cinco art\u00edculos, dos disposiciones transitorias, una disposici\u00f3n derogatoria y cuatro disposiciones finales.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">El t\u00edtulo preliminar, relativo a las disposiciones de car\u00e1cter general, define el objeto de la ley, su \u00e1mbito de aplicaci\u00f3n, las definiciones necesarias para su interpretaci\u00f3n, los principios y los objetivos sobre los que se asientan los t\u00edtulos posteriores.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">El t\u00edtulo I comprende las medidas de impulso y fomento de la producci\u00f3n ecol\u00f3gica, donde destacan art\u00edculos espec\u00edficos sobre medidas de impulso, especialmente en el fomento tanto de la producci\u00f3n como de las industrias ecol\u00f3gicas; la vertebraci\u00f3n del sector; las medidas de promoci\u00f3n y comunicaci\u00f3n institucional; el fomento del consumo; el fomento del canal de hoteles, restaurantes y cafeter\u00edas (Horeca) y de la distribuci\u00f3n; el fomento de mercados locales, puntos de venta especializados y la venta directa; las ferias, congresos y eventos; la promoci\u00f3n internacional de productos ecol\u00f3gicos, y la creaci\u00f3n del premio \u00abProducci\u00f3n Ecol\u00f3gica de Andaluc\u00eda\u00bb.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">El t\u00edtulo II regula el \u00f3rgano consultivo y de participaci\u00f3n en producci\u00f3n ecol\u00f3gica y otras producciones agrarias, pesqueras y acu\u00edcolas certificadas, estableci\u00e9ndose las funciones que deber\u00e1 desempe\u00f1ar.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">El t\u00edtulo III trata sobre las producciones agrarias, pesqueras y acu\u00edcolas certificadas, identificando los requisitos para su reconocimiento, as\u00ed como medidas de impulso, fomento y promoci\u00f3n.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">El t\u00edtulo IV regula los aspectos relacionados con la formaci\u00f3n, la capacitaci\u00f3n, el asesoramiento, la investigaci\u00f3n, la transferencia, las estrategias de investigaci\u00f3n e innovaci\u00f3n abierta, las universidades andaluzas, los centros tecnol\u00f3gicos agroalimentarios y pesqueros y la digitalizaci\u00f3n en el sector de la producci\u00f3n ecol\u00f3gica y de otras producciones agrarias, pesqueras y acu\u00edcolas certificadas.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">El t\u00edtulo V regula las disposiciones comunes, y est\u00e1 centrado en la contrataci\u00f3n del sector p\u00fablico y la simplificaci\u00f3n administrativa; los estudios, estad\u00edsticas e informes; las razas ganaderas aut\u00f3ctonas; las semillas y el material de reproducci\u00f3n vegetativo; el fomento del turismo y la gastronom\u00eda, y el logotipo ecol\u00f3gico europeo y la marca de calidad agroalimentaria de la Junta de Andaluc\u00eda.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Finalmente, se derogan tanto el Decreto\u00a0166\/2003, de\u00a017 de junio, sobre la producci\u00f3n agroalimentaria ecol\u00f3gica en Andaluc\u00eda, como la Resoluci\u00f3n de\u00a08 de febrero de\u00a02012, de la Secretar\u00eda General del Medio Rural y la Producci\u00f3n Ecol\u00f3gica, por la que se regulan determinadas exenciones relativas al sometimiento al r\u00e9gimen de control a los comerciantes minoristas de Andaluc\u00eda que venden productos ecol\u00f3gicos directamente a la persona consumidora o usuaria final, ya que estas normas no son acordes al Reglamento UE\u00a02018\/848, de\u00a030 de mayo de\u00a02018, sobre producci\u00f3n ecol\u00f3gica y etiquetado de productos ecol\u00f3gicos.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">En la redacci\u00f3n se ha tenido en cuenta la transversalidad de g\u00e9nero, de conformidad con el art\u00edculo\u00a05 de la Ley\u00a012\/2007, de\u00a026 de noviembre, para la promoci\u00f3n de la igualdad de g\u00e9nero en Andaluc\u00eda, el cual establece que los poderes p\u00fablicos potenciar\u00e1n que la perspectiva de la igualdad de g\u00e9nero est\u00e9 presente en la elaboraci\u00f3n, ejecuci\u00f3n y seguimiento de las disposiciones normativas, de las pol\u00edticas en todos los \u00e1mbitos de actuaci\u00f3n, considerando sistem\u00e1ticamente las prioridades y necesidades propias de las mujeres y de los hombres, teniendo en cuenta su incidencia en la situaci\u00f3n espec\u00edfica de unas y otros, al objeto de adaptarlas para eliminar los efectos discriminatorios y fomentar la igualdad de g\u00e9nero. As\u00ed, se ha incluido en el \u00f3rgano de participaci\u00f3n y consultivo que la designaci\u00f3n y nombramiento de las personas representantes y suplentes respetar\u00e1 la representaci\u00f3n equilibrada entre mujeres y hombres en la composici\u00f3n de este \u00f3rgano colegiado, de conformidad con el art\u00edculo\u00a011.2 de la Ley\u00a012\/2007, de\u00a026 de noviembre.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">La presente ley se adec\u00faa a los principios de buena regulaci\u00f3n, en concreto a los de necesidad y eficacia, proporcionalidad, seguridad jur\u00eddica, transparencia y eficiencia, de acuerdo con el art\u00edculo\u00a0129 de la Ley\u00a039\/2015, de\u00a01 de octubre, del Procedimiento Administrativo Com\u00fan de las Administraciones P\u00fablicas, y el art\u00edculo\u00a03 del Decreto\u00a0622\/2019, de\u00a027 de diciembre, de administraci\u00f3n electr\u00f3nica, simplificaci\u00f3n de procedimientos y racionalizaci\u00f3n organizativa de la Junta de Andaluc\u00eda. La necesidad surge para dar respuesta a la demanda del sector, que reivindica que se deber\u00edan acercar los \u00edndices de consumo al crecimiento de la producci\u00f3n. La proporcionalidad y eficacia se llevan a cabo adecuando el marco normativo dirigido al fomento del consumo e impulso de la producci\u00f3n ecol\u00f3gica y otras producciones agrarias, pesqueras y acu\u00edcolas certificadas. El principio de seguridad jur\u00eddica se enmarca en el mandato del propio Estatuto de Autonom\u00eda para Andaluc\u00eda, lo que, unido al potencial econ\u00f3mico de los m\u00e9todos de producci\u00f3n certificados y el aumento de sostenibilidad que suponen, hace necesaria una norma propia que garantice el impulso, promoci\u00f3n y fomento de la producci\u00f3n ecol\u00f3gica y otros m\u00e9todos de producci\u00f3n agraria certificadas desde el marco competencial propio de la Junta de Andaluc\u00eda. El proyecto normativo se adec\u00faa al principio de eficiencia, ya que no introduce ninguna exigencia t\u00e9cnica y las cargas administrativas no se incrementan.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">En cumplimiento del principio de transparencia, en la elaboraci\u00f3n de la ley se ha hecho efectivo el acceso sencillo, universal y actualizado de la ciudadan\u00eda al texto del proyecto y a todos los documentos, memorias e informes que conforman el expediente, y se ha garantizado, a trav\u00e9s de los tr\u00e1mites de consulta previa y audiencia e informaci\u00f3n p\u00fablica, la participaci\u00f3n de las personas y entidades que pudieran resultar afectadas por la misma, tal y como establecen los art\u00edculos\u00a0129 y\u00a0133 de la Ley\u00a039\/2015, de\u00a01 de octubre.<\/p>\n<h5 class=\"titulo_num\">T\u00cdTULO PRELIMINAR<\/h5>\n<h5 class=\"titulo_tit\">Disposiciones generales<\/h5>\n<h5 class=\"articulo\">Art\u00edculo\u00a01.\u2003Objeto.<\/h5>\n<p class=\"parrafo\">1.\u2003La presente ley tiene por objeto el impulso y la promoci\u00f3n de la producci\u00f3n ecol\u00f3gica, as\u00ed como de otras producciones agrarias, pesqueras y acu\u00edcolas certificadas en Andaluc\u00eda, mejorando su conocimiento y consumo.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">2.\u2003Son objetivos estrat\u00e9gicos de la presente ley los siguientes:<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">a)\u2003Reforzar la resiliencia del sector agroalimentario frente a las dificultades actuales y futuras.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">b)\u2003La protecci\u00f3n, promoci\u00f3n y el desarrollo de la producci\u00f3n ecol\u00f3gica y otras producciones agrarias, pesqueras y acu\u00edcolas certificadas; la realizaci\u00f3n de campa\u00f1as de informaci\u00f3n y comunicaci\u00f3n institucional, as\u00ed como la promoci\u00f3n del consumo y el conocimiento por los organismos p\u00fablicos e instituciones y por la propia ciudadan\u00eda.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">c)\u2003La priorizaci\u00f3n de las producciones ecol\u00f3gicas y otras producciones agrarias, pesqueras y acu\u00edcolas certificadas en la contrataci\u00f3n p\u00fablica, as\u00ed como el establecimiento de bonificaciones en materia de tasas tributarias.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">d)\u2003Favorecer y fomentar la innovaci\u00f3n, la investigaci\u00f3n, la digitalizaci\u00f3n, el asesoramiento y la transferencia de conocimiento para la mejora de la producci\u00f3n ecol\u00f3gica y otras producciones agrarias, pesqueras y acu\u00edcolas certificadas, su transformaci\u00f3n y comercializaci\u00f3n.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">e)\u2003Incrementar la sostenibilidad del sistema agroalimentario andaluz, reduciendo su huella medioambiental y fomentando la econom\u00eda circular, contribuyendo de esta forma a la mitigaci\u00f3n y adaptaci\u00f3n al cambio clim\u00e1tico.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">f)\u2003Mejorar la gobernanza y el marco de funcionamiento de los \u00f3rganos consultivos y de participaci\u00f3n en torno a la producci\u00f3n ecol\u00f3gica.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">g)\u2003Distinguir a aquellas personas o entidades que destaquen por su trabajo, actividad o m\u00e9ritos en el campo profesional, t\u00e9cnico, empresarial, industrial, comercial o investigador o de difusi\u00f3n en la producci\u00f3n ecol\u00f3gica.<\/p>\n<h5 class=\"articulo\">Art\u00edculo\u00a02.\u2003\u00c1mbito de aplicaci\u00f3n.<\/h5>\n<p class=\"parrafo\">La presente ley ser\u00e1 de aplicaci\u00f3n a:<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">a)\u2003Los productos ecol\u00f3gicos que tengan su origen en la agricultura, ganader\u00eda, agroindustria, pesca y acuicultura, cuando dichos productos se produzcan, preparen, transformen, etiqueten, distribuyan o comercialicen en el territorio de la Comunidad Aut\u00f3noma de Andaluc\u00eda, de acuerdo con el Reglamento (UE) 2018\/848, del Parlamento Europeo y del Consejo, de\u00a030 de mayo de\u00a02018, sobre producci\u00f3n ecol\u00f3gica y etiquetado de productos ecol\u00f3gicos y por el que se deroga el Reglamento (CE) 834\/2007 del Consejo.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">b)\u2003Los productos derivados de otras producciones agrarias, pesqueras y acu\u00edcolas certificadas que se establezcan reglamentariamente, entre los que se encuentran la \u00abproducci\u00f3n integrada\u00bb, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley\u00a02\/2011, de\u00a025 de marzo, de la Calidad Agroalimentaria y Pesquera de Andaluc\u00eda, as\u00ed como las operaciones realizadas para la manipulaci\u00f3n, envasado, transformaci\u00f3n y etiquetado en la Comunidad Aut\u00f3noma de Andaluc\u00eda.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">c)\u2003Los operadores que, en cualquier etapa de la producci\u00f3n, preparaci\u00f3n, transformaci\u00f3n y distribuci\u00f3n, desarrollen actividades relacionadas con los productos precisados en los apartados a) y b).<\/p>\n<h5 class=\"articulo\">Art\u00edculo\u00a03.\u2003Principios.<\/h5>\n<p class=\"parrafo\">Ser\u00e1n principios rectores de la presente ley los siguientes:<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">a)\u2003Promover la cohesi\u00f3n territorial y el mantenimiento de un medio rural din\u00e1mico.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">b)\u2003Impulsar la generaci\u00f3n de conocimiento del sector ecol\u00f3gico y otras producciones agrarias, pesqueras y acu\u00edcolas certificadas a trav\u00e9s de la investigaci\u00f3n, el desarrollo tecnol\u00f3gico, la innovaci\u00f3n y la transformaci\u00f3n digital.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">c)\u2003Fomentar la simplificaci\u00f3n administrativa en las actuaciones de la Administraci\u00f3n, siendo simples, claras y pr\u00f3ximas.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">d)\u2003El desarrollo equilibrado de los distintos subsectores de la producci\u00f3n ecol\u00f3gica de Andaluc\u00eda y de otras producciones agrarias, pesqueras y acu\u00edcolas certificadas, favoreciendo la convivencia con otros sistemas de producci\u00f3n.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">e)\u2003Conservar y mejorar el medio ambiente y promover la lucha, la mitigaci\u00f3n y adaptaci\u00f3n al cambio clim\u00e1tico y la conservaci\u00f3n de la biodiversidad, optimizando el uso de los medios de producci\u00f3n.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">f)\u2003Fomentar acciones que incidan en la mejora del valor a\u00f1adido de las producciones ecol\u00f3gicas y de otras producciones agrarias, pesqueras y acu\u00edcolas certificadas.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">g)\u2003Integrar la perspectiva de la igualdad de g\u00e9nero en las medidas y acciones previstas para el impulso y promoci\u00f3n de las producciones ecol\u00f3gicas y de otras producciones agrarias, pesqueras y acu\u00edcolas certificadas.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">h)\u2003Velar por la salvaguarda de la competencia efectiva con el fin de garantizar un correcto funcionamiento de los mercados objeto de la presente ley.<\/p>\n<h5 class=\"articulo\">Art\u00edculo\u00a04.\u2003Definiciones.<\/h5>\n<p class=\"parrafo\">1.\u2003A efectos de esta ley se entiende por:<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">a)\u2003Producci\u00f3n ecol\u00f3gica. La definida en el art\u00edculo\u00a03 del Reglamento (UE) 2018\/848, de\u00a030 de mayo de\u00a02018.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">b)\u2003Otras producciones agrarias, pesqueras y acu\u00edcolas certificadas. Sistemas agr\u00edcolas, ganaderos, pesqueros y acu\u00edcolas que se establezcan reglamentariamente, est\u00e9n certificados de acuerdo con lo dispuesto en la Ley\u00a02\/2011, de\u00a025 de marzo, e introduzcan pr\u00e1cticas sostenibles m\u00e1s exigentes que las establecidas por la normativa estatal o de la Uni\u00f3n Europea que contribuyan a uno o varios de los siguientes objetivos medioambientales:<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">1.\u00ba\u2003Mitigaci\u00f3n del cambio clim\u00e1tico y adaptaci\u00f3n al mismo; el uso sostenible y la protecci\u00f3n de los paisajes, el agua y el suelo; la transici\u00f3n hacia una econom\u00eda circular, incluida la reducci\u00f3n del desperdicio de alimentos; la prevenci\u00f3n y control de la contaminaci\u00f3n, y la protecci\u00f3n y restauraci\u00f3n de la biodiversidad y los ecosistemas, teniendo en cuenta lo dispuesto en los cap\u00edtulos V y VI del t\u00edtulo V de la Ley\u00a03\/2023, de\u00a030 de marzo, de Econom\u00eda Circular de Andaluc\u00eda.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">2.\u00ba\u2003La producci\u00f3n agr\u00edcola que fomente el uso sostenible de fitosanitarios, as\u00ed como la producci\u00f3n ganadera y acu\u00edcola que reduzca el peligro de resistencia a los antimicrobianos.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">3.\u00ba\u2003El bienestar animal. De acuerdo con la Organizaci\u00f3n Mundial de Sanidad Animal, un animal est\u00e1 en buenas condiciones de bienestar si est\u00e1 sano, c\u00f3modo, bien alimentado, seguro, puede expresar formas innatas de comportamiento y no padece sensaciones desagradables de dolor, miedo o desasosiego.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">c)\u2003Operadores. Personas f\u00edsicas o jur\u00eddicas responsables de asegurar el cumplimiento de las normas de producci\u00f3n ecol\u00f3gica y otras producciones agrarias, pesqueras y acu\u00edcolas certificadas en cada etapa de producci\u00f3n, preparaci\u00f3n y distribuci\u00f3n.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">2.\u2003Para las definiciones no contempladas expresamente en este art\u00edculo, se tendr\u00e1n en cuenta las establecidas en la respectiva normativa, particularmente las previstas en el art\u00edculo\u00a03 del Reglamento (UE) 2018\/848, de\u00a030 de mayo de\u00a02018, en la Ley\u00a02\/2011, de\u00a025 de marzo, as\u00ed como en la normativa europea, estatal y auton\u00f3mica que resulte de aplicaci\u00f3n.<\/p>\n<h5 class=\"titulo_num\">T\u00cdTULO I<\/h5>\n<h5 class=\"titulo_tit\">Medidas de impulso, fomento y promoci\u00f3n de la producci\u00f3n ecol\u00f3gica<\/h5>\n<h5 class=\"articulo\">Art\u00edculo\u00a05.\u2003Medidas de impulso y fomento de la producci\u00f3n ecol\u00f3gica.<\/h5>\n<p class=\"parrafo\">1.\u2003Con el fin de fomentar la producci\u00f3n ecol\u00f3gica, desde la Consejer\u00eda con competencias en materia de agricultura, ganader\u00eda, pesca y acuicultura se promover\u00e1 el establecimiento de ayudas a los operadores ecol\u00f3gicos cofinanciadas en el marco de la Pol\u00edtica Agr\u00edcola Com\u00fan y la Pol\u00edtica Pesquera Com\u00fan.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">2.\u2003Las personas o entidades perceptoras de las ayudas referidas en el apartado\u00a01 deber\u00e1n haber notificado su actividad de acuerdo con lo dispuesto en el art\u00edculo\u00a034.1 del Reglamento (UE) 2018\/848, de\u00a030 de mayo de\u00a02018.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">3.\u2003Los incentivos se podr\u00e1n conceder tanto para la conversi\u00f3n de parcelas y explotaciones a la producci\u00f3n ecol\u00f3gica como para el mantenimiento de la producci\u00f3n ecol\u00f3gica ya existente.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">4.\u2003En el establecimiento de incentivos p\u00fablicos, la producci\u00f3n ecol\u00f3gica se considerar\u00e1 m\u00e9rito preferente. En los criterios de selecci\u00f3n del r\u00e9gimen de concurrencia competitiva este m\u00e9rito ser\u00e1, al menos, el\u00a05\u2005% de la puntuaci\u00f3n total.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">5.\u2003Las intervenciones para el desarrollo rural incluir\u00e1n actuaciones que incidan positiva y directamente en la producci\u00f3n ecol\u00f3gica, siempre dentro del \u00e1mbito reglamentario que se establezca para los distintos fondos presupuestarios y dando preferencia a aquellas que faciliten la incorporaci\u00f3n de j\u00f3venes agricultores y mujeres.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">6.\u2003En el caso de la superficie agraria y forestal de titularidad p\u00fablica cuya gesti\u00f3n corresponda a la Junta de Andaluc\u00eda, se fomentar\u00e1 la gesti\u00f3n de la misma mediante t\u00e9cnicas de producci\u00f3n ecol\u00f3gica, prioriz\u00e1ndola sobre otros m\u00e9todos de producci\u00f3n. En la adjudicaci\u00f3n de los usos y aprovechamientos de estos terrenos, se prestar\u00e1 especial consideraci\u00f3n a esta circunstancia, de forma que en las licitaciones se incluya como criterio de valoraci\u00f3n que las empresas obtengan productos de esos aprovechamientos para su transformaci\u00f3n y comercializaci\u00f3n como ecol\u00f3gicos.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">7.\u2003Se fomentar\u00e1 la producci\u00f3n ecol\u00f3gica de forma prioritaria en la red de espacios naturales protegidos de Andaluc\u00eda y en los municipios de sus \u00e1reas de influencia socioecon\u00f3mica.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">8.\u2003La producci\u00f3n ecol\u00f3gica se tendr\u00e1 en cuenta de forma prioritaria en la planificaci\u00f3n estrat\u00e9gica de la Junta de Andaluc\u00eda.<\/p>\n<h5 class=\"articulo\">Art\u00edculo\u00a06.\u2003Fomento de la transformaci\u00f3n y comercializaci\u00f3n de productos ecol\u00f3gicos.<\/h5>\n<p class=\"parrafo\">1.\u2003Con el fin de desarrollar la cadena de transformaci\u00f3n y comercializaci\u00f3n y reforzar la demanda del producto ecol\u00f3gico, se podr\u00e1n conceder incentivos a la transformaci\u00f3n y comercializaci\u00f3n de productos ecol\u00f3gicos. De esta forma, se considerar\u00e1n de manera prioritaria aquellos proyectos que refuercen la posici\u00f3n de los productores en la cadena de valor, avanzando en transformaci\u00f3n o comercializaci\u00f3n o puesta en el mercado de los productos ecol\u00f3gicos.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">2.\u2003Las convocatorias de ayudas establecer\u00e1n, en beneficio de las empresas que transforman y comercializan productos ecol\u00f3gicos, criterios de selecci\u00f3n que supongan un m\u00ednimo del\u00a05\u2005% de la puntuaci\u00f3n total.<\/p>\n<h5 class=\"articulo\">Art\u00edculo\u00a07.\u2003Acuicultura ecol\u00f3gica.<\/h5>\n<p class=\"parrafo\">1.\u2003Se fomentar\u00e1n la producci\u00f3n, transformaci\u00f3n y comercializaci\u00f3n de la acuicultura ecol\u00f3gica, teniendo en consideraci\u00f3n la Ley\u00a022\/1988, de\u00a028 de julio, de Costas; la Ley\u00a02\/2013, de\u00a029 de mayo, de protecci\u00f3n y uso sostenible del litoral, y de modificaci\u00f3n de la Ley\u00a022\/1988, de\u00a028 de julio, de Costas; las estrategias marinas para las demarcaciones marinas sudatl\u00e1ntica y del Estrecho y Albor\u00e1n; los planes de ordenaci\u00f3n del espacio mar\u00edtimo para las demarcaciones marinas sudatl\u00e1ntica y del Estrecho y Albor\u00e1n, y la Estrategia Andaluza de Gesti\u00f3n Integrada de Zonas Costeras\u00a02021-2030.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">2.\u2003Las ayudas destinadas a la conservaci\u00f3n, recuperaci\u00f3n, restauraci\u00f3n y mejora del medio ambiente y la biodiversidad, a la protecci\u00f3n costera, a la gesti\u00f3n del paisaje y al buen estado ambiental del medio y de las zonas acu\u00edcolas contar\u00e1n con criterios de selecci\u00f3n para las instalaciones que realicen o se comprometan a realizar producci\u00f3n ecol\u00f3gica durante el per\u00edodo m\u00ednimo que se establezca en las mismas.<\/p>\n<h5 class=\"articulo\">Art\u00edculo\u00a08.\u2003Vertebraci\u00f3n del sector.<\/h5>\n<p class=\"parrafo\">Se impulsar\u00e1 la vertebraci\u00f3n del sector con el objeto de conseguir avances en la comercializaci\u00f3n y promoci\u00f3n, en la investigaci\u00f3n y transferencia de conocimiento, en acciones de comunicaci\u00f3n y en la mejora de la informaci\u00f3n y difusi\u00f3n del sector ecol\u00f3gico.<\/p>\n<h5 class=\"articulo\">Art\u00edculo\u00a09.\u2003Medidas de promoci\u00f3n.<\/h5>\n<p class=\"parrafo\">1.\u2003Los planes y actuaciones de promoci\u00f3n agroalimentaria y de productos de la pesca y la acuicultura que se desarrollen por la Administraci\u00f3n de la Junta de Andaluc\u00eda incluir\u00e1n actuaciones espec\u00edficas de promoci\u00f3n de la producci\u00f3n ecol\u00f3gica.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">2.\u2003La Consejer\u00eda competente en materia de agricultura, ganader\u00eda, pesca y acuicultura considerar\u00e1 la producci\u00f3n ecol\u00f3gica como m\u00e9rito preferente en los incentivos a la promoci\u00f3n agroalimentaria y de productos de la pesca y la acuicultura.<\/p>\n<h5 class=\"articulo\">Art\u00edculo\u00a010.\u2003Fomento del consumo.<\/h5>\n<p class=\"parrafo\">1.\u2003Se implementar\u00e1n programas de fomento del consumo de productos ecol\u00f3gicos en los centros dependientes de la Administraci\u00f3n de la Junta de Andaluc\u00eda, especialmente en aquellos de restauraci\u00f3n colectiva.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">2.\u2003La Administraci\u00f3n de la Junta de Andaluc\u00eda, en colaboraci\u00f3n con el \u00f3rgano consultivo y de participaci\u00f3n en producci\u00f3n ecol\u00f3gica establecido en el art\u00edculo\u00a016, llevar\u00e1 a cabo campa\u00f1as de informaci\u00f3n, difusi\u00f3n y educaci\u00f3n sobre el consumo de productos ecol\u00f3gicos.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">3.\u2003Los programas de fomento y las campa\u00f1as del consumo establecidas en los apartados\u00a01 y\u00a02 se llevar\u00e1n a cabo de conformidad con lo dispuesto en la Ley\u00a06\/2005, de\u00a08 de abril, reguladora de la Actividad Publicitaria de las Administraciones P\u00fablicas de Andaluc\u00eda, y el Decreto\u00a096\/2017, de\u00a027 de junio, por el que se regula la coordinaci\u00f3n de la estrategia de imagen institucional de la Administraci\u00f3n de la Junta de Andaluc\u00eda.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">4.\u2003En los programas de consumo de frutas, hortalizas y leche en los centros educativos, se incluir\u00e1 un porcentaje m\u00ednimo del\u00a010\u2005% de productos ecol\u00f3gicos, considerando siempre la disponibilidad de la producci\u00f3n necesaria por la influencia de la temporalidad. La Consejer\u00eda competente en materia de agricultura, ganader\u00eda, pesca y acuicultura podr\u00e1 elevar el porcentaje en funci\u00f3n de dicha disponibilidad.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">5.\u2003Se podr\u00e1n conceder incentivos a la promoci\u00f3n en puntos de venta de productos ecol\u00f3gicos.<\/p>\n<h5 class=\"articulo\">Art\u00edculo\u00a011.\u2003Fomento en canal Horeca y distribuci\u00f3n.<\/h5>\n<p class=\"parrafo\">Se fomentar\u00e1 la implantaci\u00f3n de medidas de visibilidad en el canal Horeca (hoteles, restaurantes y cafeter\u00edas) y en los centros de distribuci\u00f3n, a trav\u00e9s de campa\u00f1as de promoci\u00f3n y publicidad de productos ecol\u00f3gicos.<\/p>\n<h5 class=\"articulo\">Art\u00edculo\u00a012.\u2003Fomento de mercados locales, puntos de venta especializados y venta directa.<\/h5>\n<p class=\"parrafo\">1.\u2003La Administraci\u00f3n de la Junta de Andaluc\u00eda, en colaboraci\u00f3n con las administraciones de \u00e1mbito local, en funci\u00f3n de sus competencias, fomentar\u00e1 actuaciones de desarrollo de venta directa en explotaciones agr\u00edcolas, ganaderas y acu\u00edcolas, as\u00ed como en los mercados locales de productos ecol\u00f3gicos, y actividades para su promoci\u00f3n.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">2.\u2003Los municipios, en el \u00e1mbito de sus competencias, facilitar\u00e1n la realizaci\u00f3n de mercados locales de venta de productos bajo certificaci\u00f3n de producci\u00f3n ecol\u00f3gica, as\u00ed como el establecimiento de puntos de venta especializados de estos productos en los mercados municipales.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">3.\u2003Se crea la Red Andaluza de Municipios con Mercados Locales Ecol\u00f3gicos, reglamentariamente se establecer\u00e1n las condiciones y el distintivo de dicha red.<\/p>\n<h5 class=\"articulo\">Art\u00edculo\u00a013.\u2003Ferias, congresos y eventos.<\/h5>\n<p class=\"parrafo\">La Administraci\u00f3n de la Junta de Andaluc\u00eda fomentar\u00e1 la participaci\u00f3n de las empresas del sector ecol\u00f3gico en actividades de promoci\u00f3n comercial, principalmente en ferias especializadas y otros eventos, como congresos, que por sus objetivos resulten de inter\u00e9s tanto en Andaluc\u00eda como en el resto de la naci\u00f3n, y en aquellos mercados que ofrezcan oportunidades de negocio para la producci\u00f3n ecol\u00f3gica andaluza.<\/p>\n<h5 class=\"articulo\">Art\u00edculo\u00a014.\u2003Promoci\u00f3n internacional de productos ecol\u00f3gicos.<\/h5>\n<p class=\"parrafo\">Con el fin de mantener e incrementar el ritmo de crecimiento en los mercados internacionales, la Administraci\u00f3n de la Junta de Andaluc\u00eda, junto con las empresas del sector y de acuerdo con la planificaci\u00f3n estrat\u00e9gica, llevar\u00e1 a cabo el desarrollo de medidas a trav\u00e9s de programas concretos con la diferenciaci\u00f3n de mercados prioritarios y acciones de promoci\u00f3n. Estas acciones podr\u00e1n incluir:<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">a)\u2003Iniciativas encaminadas a facilitar el encuentro entre la oferta andaluza y la demanda internacional.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">b)\u2003Ayudas directas a la promoci\u00f3n.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">c)\u2003La organizaci\u00f3n de misiones comerciales.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">d)\u2003Promociones en puntos de venta.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">e)\u2003Acciones de consultor\u00eda espec\u00edficas.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">f)\u2003La participaci\u00f3n en ferias de muestras internacionales.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">g)\u2003Apoyo a concursos del sector ecol\u00f3gico.<\/p>\n<h5 class=\"articulo\">Art\u00edculo\u00a015.\u2003Distinciones.<\/h5>\n<p class=\"parrafo\">1.\u2003Se crea el premio denominado \u00abProducci\u00f3n Ecol\u00f3gica de Andaluc\u00eda\u00bb, como distinci\u00f3n a aquellas personas o entidades que hayan destacado por su trabajo, actividad o m\u00e9ritos en el campo profesional, t\u00e9cnico, empresarial, industrial, comercial, investigador o de difusi\u00f3n en la producci\u00f3n ecol\u00f3gica de Andaluc\u00eda.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">2.\u2003Las bases del mismo se regular\u00e1n a trav\u00e9s de una orden de la Consejer\u00eda competente en materia de agricultura, ganader\u00eda, pesca y acuicultura.<\/p>\n<h5 class=\"titulo_num\">T\u00cdTULO II<\/h5>\n<h5 class=\"titulo_tit\">\u00d3rgano consultivo y de participaci\u00f3n en producci\u00f3n ecol\u00f3gica y\u00a0otras\u00a0producciones agrarias, pesqueras y acu\u00edcolas certificadas<\/h5>\n<h5 class=\"articulo\">Art\u00edculo\u00a016.\u2003\u00d3rgano consultivo y de participaci\u00f3n en producci\u00f3n ecol\u00f3gica y otras producciones agrarias, pesqueras y acu\u00edcolas certificadas.<\/h5>\n<p class=\"parrafo\">1.\u2003Se crear\u00e1 el \u00f3rgano consultivo y de participaci\u00f3n en producci\u00f3n ecol\u00f3gica y otras producciones agrarias, pesqueras y acu\u00edcolas certificadas, como \u00f3rgano colegiado de participaci\u00f3n administrativa y social, de acuerdo con lo dispuesto en los art\u00edculos\u00a020 y\u00a088.2.d) de la Ley\u00a09\/2007, de\u00a022 de octubre, de la Administraci\u00f3n de la Junta de Andaluc\u00eda, adscrito a la Consejer\u00eda con competencias en la materia.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">2.\u2003La composici\u00f3n, el funcionamiento y el r\u00e9gimen jur\u00eddico se determinar\u00e1n reglamentariamente, de acuerdo con lo establecido en la secci\u00f3n\u00a01.\u00aa del cap\u00edtulo II del t\u00edtulo IV de la Ley\u00a09\/2007, de\u00a022 de octubre, as\u00ed como en la subsecci\u00f3n\u00a01.\u00aa de la secci\u00f3n\u00a03.\u00aa del cap\u00edtulo II del t\u00edtulo preliminar de la Ley\u00a040\/2015, de\u00a01 de octubre, de R\u00e9gimen Jur\u00eddico del Sector P\u00fablico. No obstante, participar\u00e1n al menos los \u00f3rganos administrativos con competencia en la materia, las organizaciones sindicales y empresariales m\u00e1s representativas en la Comunidad Aut\u00f3noma de Andaluc\u00eda, en aplicaci\u00f3n de la Ley\u00a06\/2024, de\u00a020 de diciembre, de participaci\u00f3n institucional de las organizaciones sindicales y empresariales m\u00e1s representativas en la Comunidad Aut\u00f3noma de Andaluc\u00eda, las organizaciones profesionales agrarias representativas de Andaluc\u00eda, as\u00ed como de las organizaciones y asociaciones reconocidas por la ley y cuyos fines guarden relaci\u00f3n directa con esta ley.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">3.\u2003La designaci\u00f3n y nombramiento de las personas representantes y suplentes respetar\u00e1 la representaci\u00f3n equilibrada entre mujeres y hombres en la composici\u00f3n, de conformidad con el art\u00edculo\u00a011.2 de la Ley\u00a012\/2007, de\u00a026 de noviembre.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">4.\u2003Ser\u00e1n sus funciones el asesoramiento y la coordinaci\u00f3n en materia de producci\u00f3n agroalimentaria y pesquera ecol\u00f3gica y otras producciones agrarias, pesqueras y acu\u00edcolas certificadas, y en particular:<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">a)\u2003Ser consultado en la elaboraci\u00f3n de normas y planes relacionados con la materia.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">b)\u2003Realizar propuestas de prioridades de actuaci\u00f3n en funci\u00f3n de las necesidades sectoriales, principalmente en el seguimiento de la situaci\u00f3n del sector y su planificaci\u00f3n estrat\u00e9gica.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">c)\u2003Elaborar informes sobre pol\u00edtica agraria comunitaria.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">d)\u2003Proponer las necesidades de formaci\u00f3n, capacitaci\u00f3n e investigaci\u00f3n.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">e)\u2003Colaborar en campa\u00f1as de promoci\u00f3n, fomento del consumo, difusi\u00f3n de los productos ecol\u00f3gicos y otras producciones agrarias, pesqueras y acu\u00edcolas certificadas a la sociedad, y en cuantas otras actividades relacionadas con estas producciones agroalimentarias se estimen necesarias.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">f)\u2003Aquellas otras que se establezcan reglamentariamente.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">5.\u2003Este \u00f3rgano se reunir\u00e1 al menos una vez al a\u00f1o.<\/p>\n<h5 class=\"titulo_num\">T\u00cdTULO III<\/h5>\n<h5 class=\"titulo_tit\">De otras producciones agrarias, pesqueras y acu\u00edcolas certificadas<\/h5>\n<h5 class=\"articulo\">Art\u00edculo\u00a017.\u2003Otras producciones agrarias, pesqueras y acu\u00edcolas certificadas.<\/h5>\n<p class=\"parrafo\">1.\u2003Las producciones agrarias, pesqueras y acu\u00edcolas certificadas tendr\u00e1n la consideraci\u00f3n de denominaci\u00f3n de calidad diferenciada, estando sujetas al cumplimiento de la Ley\u00a02\/2011, de\u00a025 de marzo.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">2.\u2003La producci\u00f3n integrada, establecida en el art\u00edculo\u00a07.2 de la Ley\u00a02\/2011, de\u00a025 de marzo, tendr\u00e1 la consideraci\u00f3n de producci\u00f3n agraria certificada.<\/p>\n<h5 class=\"articulo\">Art\u00edculo\u00a018.\u2003Medidas de impulso y fomento.<\/h5>\n<p class=\"parrafo\">1.\u2003Con el fin de fomentar otras producciones agrarias, pesqueras y acu\u00edcolas certificadas, desde la Consejer\u00eda competente en estas materias se promover\u00e1 la concesi\u00f3n de ayudas agrarias cofinanciadas en el marco de la Pol\u00edtica Agr\u00edcola Com\u00fan y la Pol\u00edtica Pesquera Com\u00fan a los operadores de estas producciones.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">2.\u2003En aquellas ayudas no contempladas en el apartado anterior, las producciones agrarias, pesqueras y acu\u00edcolas certificadas tendr\u00e1n la consideraci\u00f3n de m\u00e9rito en los criterios de selecci\u00f3n de las mismas.<\/p>\n<h5 class=\"articulo\">Art\u00edculo\u00a019.\u2003Promoci\u00f3n.<\/h5>\n<p class=\"parrafo\">La Consejer\u00eda competente en materia de agricultura, ganader\u00eda, pesca y acuicultura considerar\u00e1, como m\u00e9rito en los incentivos para la promoci\u00f3n agroalimentaria, las otras producciones agrarias, pesqueras y acu\u00edcolas certificadas.<\/p>\n<h5 class=\"articulo\">Art\u00edculo\u00a020.\u2003Fomento de la transformaci\u00f3n y comercializaci\u00f3n.<\/h5>\n<p class=\"parrafo\">Con el fin de desarrollar la cadena de transformaci\u00f3n y comercializaci\u00f3n y reforzar la demanda de estos productos, se podr\u00e1n conceder incentivos a la transformaci\u00f3n y comercializaci\u00f3n de productos producidos bajo otras producciones agrarias, pesqueras y acu\u00edcolas certificadas. De esta forma, se considerar\u00e1n positivamente aquellos proyectos que refuercen la posici\u00f3n de estos productores en la cadena de valor, avanzando en la transformaci\u00f3n, comercializaci\u00f3n o puesta en el mercado de dichos productos.<\/p>\n<h5 class=\"titulo_num\">T\u00cdTULO IV<\/h5>\n<h5 class=\"titulo_tit\">Investigaci\u00f3n, innovaci\u00f3n, digitalizaci\u00f3n, asesoramiento y transferencia del\u00a0conocimiento<\/h5>\n<h5 class=\"articulo\">Art\u00edculo\u00a021.\u2003Formaci\u00f3n y capacitaci\u00f3n.<\/h5>\n<p class=\"parrafo\">1.\u2003El Instituto Andaluz de Investigaci\u00f3n y Formaci\u00f3n Agraria, Pesquera, Alimentaria y de la Producci\u00f3n Ecol\u00f3gica (en adelante, IFAPA), y las entidades autorizadas y acreditadas por este instituto, ofertar\u00e1n cursos de formaci\u00f3n y capacitaci\u00f3n reconocidos por la Administraci\u00f3n relacionados con la producci\u00f3n ecol\u00f3gica, as\u00ed como otras producciones agrarias, pesqueras y acu\u00edcolas certificadas.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">2.\u2003Corresponde al IFAPA el dise\u00f1o de los contenidos y el establecimiento de los criterios de calidad formativa que se exijan para el reconocimiento por la Administraci\u00f3n de las actividades formativas impartidas por entidades p\u00fablicas o privadas, y la acreditaci\u00f3n de las entidades que deban impartirlas.<\/p>\n<h5 class=\"articulo\">Art\u00edculo\u00a022.\u2003Asesoramiento.<\/h5>\n<p class=\"parrafo\">1.\u2003Se fomentar\u00e1 el asesoramiento al sector tanto desde entidades p\u00fablicas como privadas, especialmente a trav\u00e9s de los agentes del Sistema Andaluz del Conocimiento acreditados, siempre con la adecuada coordinaci\u00f3n de la Consejer\u00eda competente en materia de agricultura, ganader\u00eda, pesca y acuicultura.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">2.\u2003El IFAPA y\u00a0las entidades autorizadas o acreditadas por este instituto ofertar\u00e1n cursos de formaci\u00f3n para el asesoramiento, reconocidos por la Administraci\u00f3n, relacionados con la producci\u00f3n ecol\u00f3gica y otras producciones agrarias, pesqueras y acu\u00edcolas certificadas.<\/p>\n<h5 class=\"articulo\">Art\u00edculo\u00a023.\u2003Investigaci\u00f3n y transferencia.<\/h5>\n<p class=\"parrafo\">1.\u2003A trav\u00e9s de los agentes de generaci\u00f3n de conocimiento acreditados, y en particular a trav\u00e9s del IFAPA, se fomentar\u00e1 la investigaci\u00f3n y transferencia en materia de producci\u00f3n ecol\u00f3gica y otras producciones agrarias, pesqueras y acu\u00edcolas certificadas.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">2.\u2003Se fomentar\u00e1n actividades demostrativas en explotaciones agrarias e industrias agroalimentarias para facilitar la transferencia del conocimiento y el intercambio de experiencias en producci\u00f3n ecol\u00f3gica, as\u00ed como en otras producciones agrarias, pesqueras y acu\u00edcolas certificadas.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">3.\u2003La Consejer\u00eda competente en materia de agricultura, ganader\u00eda, pesca y acuicultura promover\u00e1 aquellos estudios e informes que se precisen para valorar las externalidades positivas de la producci\u00f3n ecol\u00f3gica y otras producciones agrarias, pesqueras y acu\u00edcolas certificadas. El IFAPA colaborar\u00e1 en el dise\u00f1o y la elaboraci\u00f3n de dichos estudios e informes.<\/p>\n<h5 class=\"articulo\">Art\u00edculo\u00a024.\u2003Estrategias de investigaci\u00f3n e innovaci\u00f3n abierta.<\/h5>\n<p class=\"parrafo\">1.\u2003Las estrategias de investigaci\u00f3n en materia de producci\u00f3n ecol\u00f3gica y otras producciones agrarias, pesqueras y acu\u00edcolas certificadas en centros p\u00fablicos permitir\u00e1n la participaci\u00f3n de los distintos agentes implicados del sector ecol\u00f3gico e integrar\u00e1n procesos de investigaci\u00f3n e innovaci\u00f3n abiertos y participativos, basados en la colaboraci\u00f3n p\u00fablico-privada.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">2.\u2003Se apoyar\u00e1n proyectos de innovaci\u00f3n en producci\u00f3n ecol\u00f3gica y otras producciones agrarias, pesqueras y acu\u00edcolas certificadas, que podr\u00e1n desarrollarse en colaboraci\u00f3n con los centros de innovaci\u00f3n digital y los cl\u00fasteres de innovaci\u00f3n acreditados como agentes del Sistema Andaluz del Conocimiento, que permitan el desarrollo de soluciones innovadoras que den respuesta a los retos y problemas existentes del sector, en coordinaci\u00f3n con la Asociaci\u00f3n Europea para la Innovaci\u00f3n.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">3.\u2003Las estrategias de investigaci\u00f3n y proyectos de innovaci\u00f3n ser\u00e1n puestos en conocimiento de la Comisi\u00f3n Interdepartamental de Investigaci\u00f3n, Tecnolog\u00eda e Innovaci\u00f3n de la Junta de Andaluc\u00eda y se integrar\u00e1n en la estrategia en materia de I+D+i que apruebe el Consejo de Gobierno. Los datos estad\u00edsticos de los resultados de la <span class=\"no_partir\">I+D+i<\/span> generada ser\u00e1n grabados en el Sistema de Informaci\u00f3n Cient\u00edfica de Andaluc\u00eda por la Consejer\u00eda competente en producci\u00f3n ecol\u00f3gica.<\/p>\n<h5 class=\"articulo\">Art\u00edculo\u00a025.\u2003Sistema universitario andaluz.<\/h5>\n<p class=\"parrafo\">Las universidades de Andaluc\u00eda podr\u00e1n impulsar la incorporaci\u00f3n de planes de estudios sobre producci\u00f3n ecol\u00f3gica y otras producciones agrarias, pesqueras y acu\u00edcolas certificadas, as\u00ed como l\u00edneas de investigaci\u00f3n espec\u00edficas.<\/p>\n<h5 class=\"articulo\">Art\u00edculo\u00a026.\u2003Contenidos educativos.<\/h5>\n<p class=\"parrafo\">Las Administraciones p\u00fablicas, en el \u00e1mbito de sus respectivas competencias, fomentar\u00e1n actuaciones de formaci\u00f3n y sensibilizaci\u00f3n sobre la producci\u00f3n ecol\u00f3gica y otras producciones agrarias, pesqueras y acu\u00edcolas certificadas.<\/p>\n<h5 class=\"articulo\">Art\u00edculo\u00a027.\u2003Centros tecnol\u00f3gicos agroalimentarios y pesqueros.<\/h5>\n<p class=\"parrafo\">Se fomentar\u00e1 por la Administraci\u00f3n de la Junta de Andaluc\u00eda que los centros tecnol\u00f3gicos agroalimentarios y pesqueros que operen en la Comunidad Aut\u00f3noma de Andaluc\u00eda desarrollen actuaciones de investigaci\u00f3n y transferencia en materia de producci\u00f3n ecol\u00f3gica, as\u00ed como en otras producciones agrarias, pesqueras y acu\u00edcolas certificadas.<\/p>\n<h5 class=\"articulo\">Art\u00edculo\u00a028.\u2003Digitalizaci\u00f3n.<\/h5>\n<p class=\"parrafo\">1.\u2003Sin perjuicio de la competencia atribuida a la Consejer\u00eda competente en materia de digitalizaci\u00f3n, por la Consejer\u00eda competente en materia de agricultura, ganader\u00eda, pesca y acuicultura se llevar\u00e1n a cabo actuaciones para el fomento de la transformaci\u00f3n digital de la producci\u00f3n ecol\u00f3gica y otras producciones agrarias, pesqueras y acu\u00edcolas certificadas, su transformaci\u00f3n y comercializaci\u00f3n.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">2.\u2003Se llevar\u00e1n a cabo las actuaciones necesarias para la digitalizaci\u00f3n de la trazabilidad de la informaci\u00f3n a lo largo de toda la cadena, desde la producci\u00f3n hasta la persona consumidora, garantizando el control de los procesos.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">3.\u2003Se apoyar\u00e1n proyectos de transformaci\u00f3n digital en producci\u00f3n ecol\u00f3gica y otras producciones agrarias, pesqueras y acu\u00edcolas certificadas, su transformaci\u00f3n y comercializaci\u00f3n, que podr\u00e1n desarrollarse en colaboraci\u00f3n con los centros de innovaci\u00f3n digital y los cl\u00fasteres de innovaci\u00f3n acreditados como agentes del Sistema Andaluz del Conocimiento.<\/p>\n<h5 class=\"titulo_num\">T\u00cdTULO V<\/h5>\n<h5 class=\"titulo_tit\">Disposiciones comunes<\/h5>\n<h5 class=\"articulo\">Art\u00edculo\u00a029.\u2003Contrataci\u00f3n p\u00fablica.<\/h5>\n<p class=\"parrafo\">1.\u2003Los \u00f3rganos de contrataci\u00f3n de las entidades del sector p\u00fablico a las que es de aplicaci\u00f3n la Ley\u00a09\/2017, de\u00a08 de noviembre, de Contratos del Sector P\u00fablico, por la que se transponen al ordenamiento jur\u00eddico espa\u00f1ol las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo\u00a02014\/23\/UE y\u00a02014\/24\/UE, de\u00a026 de febrero de\u00a02014, que realicen licitaciones referentes a servicios de hosteler\u00eda, c\u00e1terin y restauraci\u00f3n, contratos de concesi\u00f3n de servicio, as\u00ed como contratos de suministros de car\u00e1cter alimentario, en especial en centros educativos, sociosanitarios y de salud, priorizar\u00e1n en los criterios de adjudicaci\u00f3n o en las condiciones de ejecuci\u00f3n del contrato la utilizaci\u00f3n de alimentos ecol\u00f3gicos y alimentos procedentes de otras producciones agrarias, pesqueras y acu\u00edcolas certificadas, y criterios de proximidad de los productos y procesos productivos, teni\u00e9ndose en cuenta lo dispuesto en el art\u00edculo\u00a030 de la Ley\u00a08\/2018, de\u00a08 de octubre, de medidas frente al cambio clim\u00e1tico y para la transici\u00f3n hacia un nuevo modelo energ\u00e9tico en Andaluc\u00eda, en el art\u00edculo\u00a014 de la Ley\u00a028\/2022, de\u00a021 de diciembre, de fomento del ecosistema de las empresas emergentes, y en el art\u00edculo\u00a012 de la Ley\u00a03\/2023, de\u00a030 de marzo, de Econom\u00eda Circular de Andaluc\u00eda.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Estos aspectos o criterios medioambientales que se incluyan en los pliegos de contrataci\u00f3n deber\u00e1n guardar relaci\u00f3n con el objeto del contrato de que se trate, ser objetivos y, en todo caso, respetuosos con los principios informadores de la contrataci\u00f3n p\u00fablica, entre los que figura la salvaguarda de la libre competencia, junto con otros principios directamente relacionados con este, como el de libertad de acceso a las licitaciones, publicidad y transparencia de los procedimientos, y no discriminaci\u00f3n e igualdad de trato entre los licitadores. En todo caso, la ponderaci\u00f3n que se atribuya a los criterios debe ser proporcional en relaci\u00f3n con el resto de los criterios de adjudicaci\u00f3n del contrato que se establezcan.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">2.\u2003Reglamentariamente se regular\u00e1 la valoraci\u00f3n en la licitaci\u00f3n en funci\u00f3n de la cantidad de alimentos ecol\u00f3gicos y alimentos procedentes de otras producciones agrarias, pesqueras y acu\u00edcolas certificadas que se incorporen a los men\u00fas.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">3.\u2003Los centros de la Administraci\u00f3n de la Junta de Andaluc\u00eda que ofrezcan men\u00fas que contengan alimentos de la producci\u00f3n ecol\u00f3gica y de otras producciones agrarias, pesqueras y acu\u00edcolas certificadas deber\u00e1n acompa\u00f1ar a los mismos de material divulgativo sobre este tipo de producciones.<\/p>\n<h5 class=\"articulo\">Art\u00edculo\u00a030.\u2003Simplificaci\u00f3n administrativa.<\/h5>\n<p class=\"parrafo\">Sin perjuicio de la competencia atribuida a la Consejer\u00eda competente en materia de simplificaci\u00f3n administrativa, por la Consejer\u00eda competente en materia de agricultura, ganader\u00eda, pesca y acuicultura se llevar\u00e1n a cabo las actuaciones necesarias para garantizar la simplificaci\u00f3n de tr\u00e1mites a lo largo de toda la cadena desde la producci\u00f3n hasta la persona consumidora, garantizando el control de los procesos.<\/p>\n<h5 class=\"articulo\">Art\u00edculo\u00a031.\u2003Estudios, estad\u00edsticas e informes.<\/h5>\n<p class=\"parrafo\">1.\u2003La Consejer\u00eda competente en materia de agricultura, ganader\u00eda, pesca y acuicultura recabar\u00e1 anualmente la informaci\u00f3n necesaria para realizar estudios de los principales datos estad\u00edsticos del sector ecol\u00f3gico y de otras producciones agrarias, pesqueras y acu\u00edcolas certificadas del a\u00f1o inmediatamente anterior. Asimismo, realizar\u00e1 an\u00e1lisis peri\u00f3dicos acerca de la importancia econ\u00f3mica del sector, el comercio exterior y el consumo de productos ecol\u00f3gicos, as\u00ed como otros estudios de impacto de inter\u00e9s para el sector.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">2.\u2003Dicha informaci\u00f3n se expondr\u00e1 en el \u00f3rgano consultivo y de participaci\u00f3n regulado en el art\u00edculo\u00a016 y ser\u00e1 puesta a disposici\u00f3n de la ciudadan\u00eda a trav\u00e9s del Portal de la Junta de Andaluc\u00eda, as\u00ed como la informaci\u00f3n actualizada de precios en origen de los principales productos que sean representativos de la mayor parte de la producci\u00f3n ecol\u00f3gica y de otras producciones agrarias, pesqueras y acu\u00edcolas certificadas de la regi\u00f3n, las producciones estimadas obtenidas, los an\u00e1lisis anuales de campa\u00f1a, estudios de costes y otros informes relativos al sector.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">3.\u2003Las entidades de certificaci\u00f3n autorizadas conforme a la normativa de aplicaci\u00f3n estar\u00e1n obligadas a remitir la informaci\u00f3n del sector que les sea solicitada desde la Administraci\u00f3n competente, incluida tanto la necesaria para las estad\u00edsticas anuales como datos recabados en las explotaciones sobre rendimientos de los cultivos, producciones ganaderas, insumos y manejo de las explotaciones, de utilidad en la elaboraci\u00f3n de diversos estudios.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">4.\u2003Se fomentar\u00e1 la inclusi\u00f3n de la producci\u00f3n ecol\u00f3gica y otras producciones agrarias, pesqueras y acu\u00edcolas certificadas de manera transversal en las actividades estad\u00edsticas relacionadas con el sector agrario incluidas en el Plan Estad\u00edstico y Cartogr\u00e1fico de Andaluc\u00eda y en el Programa Estad\u00edstico y Cartogr\u00e1fico Anual de la Comunidad Aut\u00f3noma de Andaluc\u00eda.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">5.\u2003La Administraci\u00f3n de la Junta de Andaluc\u00eda, en el \u00e1mbito de sus respectivas competencias, pondr\u00e1 a disposici\u00f3n de la ciudadan\u00eda, a trav\u00e9s del Portal de la Junta de Andaluc\u00eda, la informaci\u00f3n pertinente sobre la organizaci\u00f3n y la realizaci\u00f3n de los controles oficiales en el \u00e1mbito de la producci\u00f3n ecol\u00f3gica y de otras producciones agrarias, pesqueras y acu\u00edcolas certificadas, de acuerdo con lo dispuesto en el art\u00edculo\u00a011 del Reglamento (UE) 2017\/625 del Parlamento Europeo y del Consejo de\u00a015 de marzo de\u00a02017, relativo a los controles y otras actividades oficiales realizados para garantizar la aplicaci\u00f3n de la legislaci\u00f3n sobre alimentos y piensos, y de las normas sobre salud y bienestar de los animales, sanidad vegetal y productos fitosanitarios.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">6.\u2003De acuerdo con lo dispuesto en el art\u00edculo\u00a010 de la Ley\u00a012\/2007, de\u00a026 de noviembre, en los estudios, informes y estad\u00edsticas se debe incorporar la perspectiva de g\u00e9nero.<\/p>\n<h5 class=\"articulo\">Art\u00edculo\u00a032.\u2003Especies y razas ganaderas aut\u00f3ctonas.<\/h5>\n<p class=\"parrafo\">1.\u2003Como base para las producciones ecol\u00f3gicas y otras producciones ganaderas certificadas, se impulsar\u00e1n las razas aut\u00f3ctonas ganaderas, de acuerdo con el Cat\u00e1logo Oficial de Razas de Ganado de Espa\u00f1a, como razas adaptadas al medio que utilizan de forma eficiente los recursos naturales.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">2.\u2003En las producciones acu\u00edcolas ecol\u00f3gicas y en otras producciones pesqueras y acu\u00edcolas certificadas se impulsar\u00e1 el uso de especies aut\u00f3ctonas establecidas por la Consejer\u00eda con competencias en pesca y acuicultura.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">3.\u2003En el establecimiento de incentivos p\u00fablicos a la producci\u00f3n ganadera ecol\u00f3gica y otras producciones agrarias, pesqueras y acu\u00edcolas certificadas, se considerar\u00e1 m\u00e9rito preferente el uso de especies y razas aut\u00f3ctonas.<\/p>\n<h5 class=\"articulo\">Art\u00edculo\u00a033.\u2003Semillas y material de reproducci\u00f3n vegetativo.<\/h5>\n<p class=\"parrafo\">1.\u2003Como un elemento importante para las producciones ecol\u00f3gicas y otras producciones agr\u00edcolas certificadas, as\u00ed como para la conservaci\u00f3n de la biodiversidad y del patrimonio gen\u00e9tico, se impulsar\u00e1n el estudio y, en su caso, registro, conservaci\u00f3n y uso de las variedades vegetales aut\u00f3ctonas de Andaluc\u00eda como variedades adaptadas al medio.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">2.\u2003En el establecimiento de incentivos p\u00fablicos a la producci\u00f3n agr\u00edcola ecol\u00f3gica y otras producciones agrarias certificadas, se considerar\u00e1 m\u00e9rito preferente el uso de variedades vegetales aut\u00f3ctonas andaluzas registradas, de acuerdo con la Ley\u00a030\/2006, de\u00a026 de julio, de semillas y plantas de vivero y de recursos fitogen\u00e9ticos.<\/p>\n<h5 class=\"articulo\">Art\u00edculo\u00a034.\u2003Fomento del turismo y la gastronom\u00eda.<\/h5>\n<p class=\"parrafo\">La Consejer\u00eda competente en materia de turismo contemplar\u00e1 en su planificaci\u00f3n estrat\u00e9gica el fomento de actividades tur\u00edsticas relacionadas con la producci\u00f3n ecol\u00f3gica y otras producciones agrarias, pesqueras y acu\u00edcolas certificadas en Andaluc\u00eda, as\u00ed como con productos gastron\u00f3micos que guarden una especial vinculaci\u00f3n con el territorio.<\/p>\n<h5 class=\"articulo\">Art\u00edculo\u00a035.\u2003Logotipo ecol\u00f3gico europeo y marca de calidad agroalimentaria de la Junta de Andaluc\u00eda.<\/h5>\n<p class=\"parrafo\">La Consejer\u00eda competente en materia de agricultura, ganader\u00eda, pesca y acuicultura, de acuerdo con el correspondiente manual de identidad corporativa y la normativa europea espec\u00edfica, impulsar\u00e1 el uso para los productos agroalimentarios y pesqueros del s\u00edmbolo europeo de producci\u00f3n ecol\u00f3gica y los establecidos o que se establezcan para otras producciones agrarias, pesqueras y acu\u00edcolas certificadas, de manera combinada con el logotipo de la marca de calidad agroalimentaria de la Junta de Andaluc\u00eda.<\/p>\n<h5 class=\"articulo\">Disposici\u00f3n transitoria primera.\u2003Fomento y promoci\u00f3n de la producci\u00f3n ecol\u00f3gica en el marco del Plan Estrat\u00e9gico de la PAC\u00a02023-2027 y periodos posteriores de programaci\u00f3n.<\/h5>\n<p class=\"parrafo\">Conforme a lo establecido en los art\u00edculos\u00a05.5 y\u00a09.1, las intervenciones de desarrollo rural del Plan Estrat\u00e9gico de la Pol\u00edtica Agraria Com\u00fan en el marco\u00a02023-2027 para Andaluc\u00eda incluir\u00e1n medidas que incidan positiva y directamente en la producci\u00f3n ecol\u00f3gica, as\u00ed como actuaciones espec\u00edficas de promoci\u00f3n.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Asimismo, se velar\u00e1 por el mantenimiento de estas medidas en la elaboraci\u00f3n de los documentos de programaci\u00f3n de los pr\u00f3ximos marcos financieros plurianuales.<\/p>\n<h5 class=\"articulo\">Disposici\u00f3n transitoria segunda.\u2003\u00d3rgano consultivo y de participaci\u00f3n en producci\u00f3n ecol\u00f3gica y otras producciones agrarias, pesqueras y acu\u00edcolas certificadas.<\/h5>\n<p class=\"parrafo\">Hasta que no se cree el \u00f3rgano establecido en el art\u00edculo\u00a016, las funciones del mismo ser\u00e1n llevadas a cabo por el Consejo Andaluz de la Producci\u00f3n Ecol\u00f3gica, regulado en el art\u00edculo\u00a04 del Decreto\u00a0166\/2003, de\u00a017 de junio, sobre la producci\u00f3n agroalimentaria ecol\u00f3gica en Andaluc\u00eda.<\/p>\n<h5 class=\"articulo\">Disposici\u00f3n derogatoria \u00fanica.\u2003Derogaci\u00f3n normativa.<\/h5>\n<p class=\"parrafo\">Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo establecido en la presente ley y en particular:<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">a)\u2003El Decreto\u00a0166\/2003, de\u00a017 de junio, sobre la producci\u00f3n agroalimentaria ecol\u00f3gica en Andaluc\u00eda. El art\u00edculo\u00a04 de este decreto se mantendr\u00e1 en vigor hasta en tanto no se lleve a cabo el desarrollo reglamentario previsto en el art\u00edculo\u00a016.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">b)\u2003La Resoluci\u00f3n de\u00a08 de febrero de\u00a02012, de la Secretar\u00eda General del Medio Rural y la Producci\u00f3n Ecol\u00f3gica, por la que se regulan determinadas exenciones relativas al sometimiento al r\u00e9gimen de control a los comerciantes minoristas de Andaluc\u00eda que venden productos ecol\u00f3gicos directamente a la persona consumidora o usuaria final.<\/p>\n<h5 class=\"articulo\">Disposici\u00f3n final primera.\u2003Modificaci\u00f3n de la Ley\u00a010\/2021, de\u00a028 de diciembre, de tasas y precios p\u00fablicos de la Comunidad Aut\u00f3noma de Andaluc\u00eda.<\/h5>\n<p class=\"parrafo\">La Ley\u00a010\/2021, de\u00a028 de diciembre, de tasas y precios p\u00fablicos de la Comunidad Aut\u00f3noma de Andaluc\u00eda, queda modificada como sigue:<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">Uno.\u2003Se a\u00f1ade un nuevo apartado\u00a04 al art\u00edculo\u00a062, quedando redactado del siguiente modo:<\/p>\n<blockquote class=\"sangrado\">\n<p class=\"parrafo_2\">\u00ab4.\u2003Tendr\u00e1n derecho a una bonificaci\u00f3n del\u00a050\u2005% las personas titulares de explotaciones de producci\u00f3n ecol\u00f3gica que se encuentren inscritas en el Sistema de Informaci\u00f3n de Producci\u00f3n Ecol\u00f3gica de Andaluc\u00eda, de conformidad con el Reglamento (UE) 2018\/848, del Parlamento Europeo y del Consejo, de\u00a030 de mayo de\u00a02018, sobre producci\u00f3n ecol\u00f3gica y etiquetado de productos ecol\u00f3gicos y por el que se deroga el Reglamento (CE) 834\/2007 del Consejo.\u00bb<\/p>\n<\/blockquote>\n<p class=\"parrafo_2\">Dos.\u2003Se a\u00f1ade una nueva disposici\u00f3n adicional cuarta, quedando redactada del siguiente modo:<\/p>\n<blockquote class=\"sangrado\">\n<h5 class=\"articulo\">\u00abDisposici\u00f3n adicional cuarta.\u2003Aplicaci\u00f3n efectiva de la bonificaci\u00f3n de la tasa por servicios facultativos veterinarios para titulares de explotaciones de producci\u00f3n ecol\u00f3gica.<\/h5>\n<p class=\"parrafo\">La aplicaci\u00f3n efectiva de lo establecido en el apartado\u00a04 del art\u00edculo\u00a062 quedar\u00e1 condicionada a su compatibilidad con el ordenamiento comunitario.\u00bb<\/p>\n<\/blockquote>\n<h5 class=\"articulo\">Disposici\u00f3n final segunda.\u2003Modificaci\u00f3n de la Ley\u00a01\/2011, de\u00a017 de febrero, de reordenaci\u00f3n del sector p\u00fablico de Andaluc\u00eda.<\/h5>\n<p class=\"parrafo\">Se modifica el apartado\u00a02 del art\u00edculo\u00a035 de la Ley\u00a01\/2011, de\u00a017 de febrero, de reordenaci\u00f3n del sector p\u00fablico de Andaluc\u00eda, quedando redactado del siguiente modo:<\/p>\n<blockquote class=\"sangrado\">\n<p class=\"parrafo_2\">\u00ab2.\u2003Los Ayuntamientos en cuyo t\u00e9rmino municipal radiquen las tierras a que se refiere el apartado anterior o colindantes podr\u00e1n adquirir las tierras, bienes y derechos inherentes a las mismas con preferencia respecto a cualquier otra entidad, abonando el precio de las fincas en los t\u00e9rminos del apartado\u00a03 de este art\u00edculo.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">En caso de que un Ayuntamiento no disponga de capacidad econ\u00f3mica suficiente para la adquisici\u00f3n, y siempre que la finca se encuentre en posesi\u00f3n de agricultores y agricultoras o cooperativas agrarias con t\u00edtulos de concesi\u00f3n otorgados por el IARA ya caducados, excepcionalmente dicho Ayuntamiento podr\u00e1 solicitar la transmisi\u00f3n gratuita de la titularidad a su favor de los bienes a los que se refiere el apartado\u00a01 de este art\u00edculo, siempre que a su vez se justifique el destino de los mismos a los fines previstos en el citado apartado. Junto con la solicitud de transmisi\u00f3n de la titularidad a su favor, el Ayuntamiento deber\u00e1 presentar una memoria justificativa en la que se exponga el plan de explotaci\u00f3n y el compromiso de destinar la finca a fines agrarios. Dicha transmisi\u00f3n quedar\u00e1 condicionada durante el plazo de veinticinco a\u00f1os, a contar desde la firma del documento p\u00fablico que formalice la transmisi\u00f3n, al mantenimiento del fin descrito, debiendo constar condici\u00f3n resolutoria expresa, de modo que el cambio de destino del bien podr\u00e1 conllevar la reversi\u00f3n de la finca.\u00bb<\/p>\n<\/blockquote>\n<h5 class=\"articulo\">Disposici\u00f3n final tercera.\u2003Desarrollo reglamentario.<\/h5>\n<p class=\"parrafo\">El desarrollo reglamentario de esta ley se llevar\u00e1 a efecto por el Consejo de Gobierno de acuerdo con lo dispuesto en los art\u00edculos\u00a0112 y\u00a0119.3 del Estatuto de Autonom\u00eda para Andaluc\u00eda y\u00a044 de la Ley\u00a06\/2006, de\u00a024 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Aut\u00f3noma de Andaluc\u00eda, y deber\u00e1 realizarse en un plazo m\u00e1ximo de dos a\u00f1os desde su entrada en vigor.<\/p>\n<h5 class=\"articulo\">Disposici\u00f3n final cuarta.\u2003Entrada en vigor.<\/h5>\n<p class=\"parrafo\">La presente ley entrar\u00e1 en vigor el d\u00eda siguiente al de su publicaci\u00f3n en el \u00abBolet\u00edn Oficial de la Junta de Andaluc\u00eda\u00bb.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">Sevilla, 12 de diciembre de\u00a02025.\u2013El Presidente de la Junta de Andaluc\u00eda, Juan Manuel Moreno Bonilla.<\/p>\n<p class=\"publicado\">(Publicada en el \u00abBolet\u00edn Oficial de la Junta de Andaluc\u00eda\u00bb n\u00famero\u00a0243, de\u00a018 de diciembre de\u00a02025)<\/p>\n<\/p><\/div>\n<p><a href=\"https:\/\/www.boe.es\/diario_boe\/txt.php?id=BOE-A-2025-26848\">source<\/a><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>EL PRESIDENTE DE LA JUNTA DE ANDALUC\u00cdA A todos los que la presente vieren, sabed: Que el Parlamento<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":25477,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_bbp_topic_count":0,"_bbp_reply_count":0,"_bbp_total_topic_count":0,"_bbp_total_reply_count":0,"_bbp_voice_count":0,"_bbp_anonymous_reply_count":0,"_bbp_topic_count_hidden":0,"_bbp_reply_count_hidden":0,"_bbp_forum_subforum_count":0,"_joinchat":[],"footnotes":""},"categories":[1],"tags":[],"class_list":["post-25476","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-noticias"],"featured_image_urls":{"full":["https:\/\/blogemergencias.es\/wp-content\/uploads\/2025\/12\/wp-header-logo-816.png",0,0,false],"thumbnail":["https:\/\/blogemergencias.es\/wp-content\/uploads\/2025\/12\/wp-header-logo-816.png",1,1,false],"medium":["https:\/\/blogemergencias.es\/wp-content\/uploads\/2025\/12\/wp-header-logo-816.png",1,1,false],"medium_large":["https:\/\/blogemergencias.es\/wp-content\/uploads\/2025\/12\/wp-header-logo-816.png",1,1,false],"large":["https:\/\/blogemergencias.es\/wp-content\/uploads\/2025\/12\/wp-header-logo-816.png",1,1,false],"1536x1536":["https:\/\/blogemergencias.es\/wp-content\/uploads\/2025\/12\/wp-header-logo-816.png",1,1,false],"2048x2048":["https:\/\/blogemergencias.es\/wp-content\/uploads\/2025\/12\/wp-header-logo-816.png",1,1,false],"morenews-large":["https:\/\/blogemergencias.es\/wp-content\/uploads\/2025\/12\/wp-header-logo-816.png",1,1,false],"morenews-medium":["https:\/\/blogemergencias.es\/wp-content\/uploads\/2025\/12\/wp-header-logo-816.png",1,1,false]},"author_info":{"info":["admin"]},"category_info":"<a href=\"https:\/\/blogemergencias.es\/index.php\/category\/noticias\/\" rel=\"category tag\">Noticias<\/a>","tag_info":"Noticias","comment_count":0,"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/blogemergencias.es\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/25476","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/blogemergencias.es\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/blogemergencias.es\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/blogemergencias.es\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/blogemergencias.es\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=25476"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/blogemergencias.es\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/25476\/revisions"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/blogemergencias.es\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media\/25477"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/blogemergencias.es\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=25476"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/blogemergencias.es\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=25476"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/blogemergencias.es\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=25476"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}