{"id":26938,"date":"2026-01-26T10:30:56","date_gmt":"2026-01-26T10:30:56","guid":{"rendered":"https:\/\/blogemergencias.es\/index.php\/2026\/01\/26\/orden-int-25-2026-de-19-de-enero-por-la-que-se-regula-la-habilitacion-de-instructor-de-tiro-del-personal-de-seguridad-privada\/"},"modified":"2026-01-26T10:30:56","modified_gmt":"2026-01-26T10:30:56","slug":"orden-int-25-2026-de-19-de-enero-por-la-que-se-regula-la-habilitacion-de-instructor-de-tiro-del-personal-de-seguridad-privada","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/blogemergencias.es\/index.php\/2026\/01\/26\/orden-int-25-2026-de-19-de-enero-por-la-que-se-regula-la-habilitacion-de-instructor-de-tiro-del-personal-de-seguridad-privada\/","title":{"rendered":"Orden INT\/25\/2026, de 19 de enero, por la que se regula la habilitaci\u00f3n de instructor de tiro del personal de seguridad privada."},"content":{"rendered":"<div id=\"textoxslt\">\n<p class=\"centro_redonda\">PRE\u00c1MBULO<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">El art\u00edculo\u00a021 de la Ley\u00a05\/2014, de\u00a04 de abril, de Seguridad Privada, relativo a las obligaciones generales de las empresas de seguridad privada se\u00f1ala que \u00abel mantenimiento de la aptitud en el uso de armas de fuego se har\u00e1 con la participaci\u00f3n de instructores de tiro habilitados\u00bb.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">En lo referente a las armas reglamentarias, el art\u00edculo\u00a026 del Reglamento de Seguridad Privada, aprobado por el Real Decreto\u00a02364\/1994, de\u00a09 de diciembre, se\u00f1ala que \u00ab\u2026habr\u00e1n de realizar las pr\u00e1cticas de manejo y perfeccionamiento en el uso de armas, siempre ante la presencia y bajo la direcci\u00f3n del jefe de seguridad o de un instructor de tiro, ambos de competencia acreditada\u00bb.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">En el ep\u00edgrafe\u00a012 de la Resoluci\u00f3n de\u00a028 de febrero de\u00a01996, de la Secretar\u00eda de Estado de Interior, por la que se aprueban las instrucciones para la realizaci\u00f3n de los ejercicios de tiro del personal de seguridad privada, se establece que la competencia para realizar las funciones de instrucci\u00f3n de tiro deber\u00e1 acreditarse ante la Guardia Civil mediante la superaci\u00f3n de un examen al efecto que se realizar\u00e1 en la Unidad o Centro de Ense\u00f1anza que la Direcci\u00f3n General designe, expidi\u00e9ndose a continuaci\u00f3n la acreditaci\u00f3n correspondiente.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">La Resoluci\u00f3n de\u00a019 de marzo de\u00a02019, de la Direcci\u00f3n General de la Guardia Civil, por la que se designa la unidad administrativa que desarrollar\u00e1 determinadas competencias en materia de seguridad privada y se reestructura la comisi\u00f3n de valoraci\u00f3n del profesorado de los centros de formaci\u00f3n y actualizaci\u00f3n para guardas rurales y sus especialidades, confiere al Servicio de Protecci\u00f3n y Seguridad de la Jefatura de Armas, Explosivos y Seguridad, entre otras funciones, la de elaborar el programa de materias para la habilitaci\u00f3n de instructores de tiro del personal de seguridad privada, as\u00ed como realizar las correspondientes convocatorias y pruebas de habilitaci\u00f3n, proponiendo la publicaci\u00f3n de la relaci\u00f3n de los declarados aptos mediante resoluci\u00f3n de la Direcci\u00f3n General de la Guardia Civil.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">A la vista de los antecedentes referidos, esta orden tiene como objeto desarrollar y regular la habilitaci\u00f3n de instructores de tiro del personal de seguridad privada al ser el encargado de dirigir los ejercicios de tiro obligatorios que debe realizar el personal de seguridad privada, ya que hasta la fecha este aspecto \u00fanicamente se encontraba recogido en la Resoluci\u00f3n de\u00a028 de febrero de\u00a01996, de la Secretar\u00eda de Estado de Interior, que resulta insuficiente.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">En el t\u00edtulo I se definen tanto las funciones como las limitaciones de los instructores de tiro para personal de seguridad privada, y se regulan las normas bajo las que \u00e9stos deber\u00e1n desarrollar sus cometidos durante la pr\u00e1ctica de los ejercicios de tiro.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">En el t\u00edtulo II se establece una formaci\u00f3n previa indispensable que se exigir\u00e1 a las personas aspirantes a instructor de tiro. Esta formaci\u00f3n ser\u00e1 impartida por un centro de formaci\u00f3n autorizado y se establecen normas que desarrollan el contenido tem\u00e1tico, as\u00ed como la cualificaci\u00f3n del profesorado. La habilitaci\u00f3n de este profesorado se realizar\u00e1 desde una comisi\u00f3n de valoraci\u00f3n que verificar\u00e1 que cumple con los requisitos se\u00f1alados.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">En el t\u00edtulo III se especifican los requisitos necesarios para poder participar en las pruebas de selecci\u00f3n para obtener la habilitaci\u00f3n de instructor de tiro y una vez superadas las mismas solicitar la tarjeta de habilitaci\u00f3n. Dichos requisitos, aunque parecen ser similares, no lo son, por responder a dos actos distintos.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">En el t\u00edtulo IV se enumeran las causas por las que dicha habilitaci\u00f3n podr\u00e1 ser suspendida de manera temporal o revocada con car\u00e1cter definitivo. En este \u00faltimo caso, una vez desaparecidas las causas de la revocaci\u00f3n, se tendr\u00e1 que iniciar de nuevo todo el proceso.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Esta orden ha sido informada por la Comisi\u00f3n Interministerial Permanente de Armas y Explosivos.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">La orden se adec\u00faa a los principios de buena regulaci\u00f3n previstos en el art\u00edculo\u00a0129 de la Ley\u00a039\/2015, de\u00a01 de octubre, del Procedimiento Administrativo Com\u00fan de las Administraciones P\u00fablicas.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Responde a los principios de necesidad y eficacia, al identificar el fin perseguido de actualizar la regulaci\u00f3n de la protecci\u00f3n de la informaci\u00f3n p\u00fablica que custodia el Ministerio del Interior y cuyo conocimiento puede provocar un perjuicio en aquellas materias que por su naturaleza tienen reconocido el deber legal de ser protegidas.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Conforme al principio de proporcionalidad, esta orden supone el medio necesario y suficiente para atender a la necesidad perseguida, sin implicar restricci\u00f3n de derechos a sus destinatarios.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Tambi\u00e9n contribuye a dotar de mayor seguridad jur\u00eddica al integrarse de manera coherente con el resto del ordenamiento jur\u00eddico para generar un marco normativo estable.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Se ha garantizado el principio de transparencia, ya que esta orden define los objetivos que persigue y de conformidad con el art\u00edculo\u00a026.6 de la Ley\u00a050\/1997, de\u00a027 de\u00a0noviembre, del Gobierno, el proyecto fue sometido al tr\u00e1mite de audiencia e informaci\u00f3n p\u00fablicas.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">En aplicaci\u00f3n del principio de eficiencia, esta orden evita cargas administrativas innecesarias o accesorias y racionaliza, en su aplicaci\u00f3n, la gesti\u00f3n de los recursos p\u00fablicos.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">En su virtud, con la aprobaci\u00f3n previa del Ministerio para la Transformaci\u00f3n Digital y de la Funci\u00f3n P\u00fablica, dispongo:<\/p>\n<h5 class=\"titulo_num\">T\u00cdTULO PRELIMINAR<\/h5>\n<h5 class=\"titulo_tit\">Disposiciones Generales<\/h5>\n<h5 class=\"articulo\">Art\u00edculo\u00a01.\u2003Objeto.<\/h5>\n<p class=\"parrafo\">Esta orden tiene como objeto desarrollar y regular la habilitaci\u00f3n de instructor de tiro del personal de seguridad privada por ser el encargado de dirigir los ejercicios de tiro obligatorios que debe realizar el personal de seguridad privada.<\/p>\n<h5 class=\"articulo\">Art\u00edculo\u00a02.\u2003Definiciones.<\/h5>\n<p class=\"parrafo\">1.\u2003Instructor de tiro: Persona, independientemente de su g\u00e9nero, encargada de la instrucci\u00f3n de tiro del personal de seguridad privada.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">2.\u2003Personal de seguridad privada: Son las personas f\u00edsicas que, habiendo obtenido la correspondiente habilitaci\u00f3n, desarrollan funciones de seguridad privada.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">3.\u2003Centros de formaci\u00f3n habilitados: Son establecimientos sometidos al r\u00e9gimen de declaraci\u00f3n responsable y encargados de impartir ense\u00f1anzas de formaci\u00f3n previa para obtenci\u00f3n de la habilitaci\u00f3n de instructor de tiro para el personal de seguridad privada.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">4.\u2003Profesorado: Personas f\u00edsicas habilitadas para impartir la formaci\u00f3n previa para instructor de tiro de personal de seguridad privada. Habr\u00e1 de estar acreditado, por una Comisi\u00f3n de Valoraci\u00f3n.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">5.\u2003Formaci\u00f3n previa: Formaci\u00f3n imprescindible para participar en las pruebas de habilitaci\u00f3n de instructor de tiro para el personal de seguridad privada, que ser\u00e1 impartida por profesorado acreditado y en centros de formaci\u00f3n habilitados.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">6.\u2003Habilitaci\u00f3n: Procedimiento administrativo que permite a sus titulares la utilizaci\u00f3n eventual de cualquiera de las armas participantes en los ejercicios, exclusivamente a efectos de comprobaci\u00f3n de su buen estado de funcionamiento, adiestramiento del personal de seguridad privada convocado al ejercicio de tiro y realizaci\u00f3n de las pruebas de aptitud, y \u00fanicamente en los lugares autorizados a ello, independientemente de la licencia de armas de la que el instructor disponga.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">7.\u2003Tarjeta de habilitaci\u00f3n: Documento que acredita a su titular de disponer de la habilitaci\u00f3n de instructor de tiro. Este documento contendr\u00e1 las caracter\u00edsticas necesarias para el cumplimiento de su cometido, siendo indispensable para su correcta identificaci\u00f3n su presentaci\u00f3n junto a un documento de identidad v\u00e1lido.<\/p>\n<h5 class=\"articulo\">Art\u00edculo\u00a03.\u2003\u00c1mbito de aplicaci\u00f3n.<\/h5>\n<p class=\"parrafo\">1.\u2003Las disposiciones de esta orden son de aplicaci\u00f3n al profesorado de centros de formaci\u00f3n, a los instructores de tiro y a los centros de formaci\u00f3n para obtenci\u00f3n de la habilitaci\u00f3n de instructor de tiro para el personal de seguridad privada.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">2.\u2003Lo establecido en el art\u00edculo\u00a012, as\u00ed como el ejercicio de las facultades de inspecci\u00f3n, ser\u00e1n tambi\u00e9n aplicables a aquellas personas y centros de formaci\u00f3n que ejerzan funciones especificadas en esta orden sin cumplir los requisitos que para ello se establecen en sus t\u00edtulos I y II, respectivamente.<\/p>\n<h5 class=\"titulo_num\">T\u00cdTULO I<\/h5>\n<h5 class=\"titulo_tit\">Funciones del instructor de tiro<\/h5>\n<h5 class=\"articulo\">Art\u00edculo\u00a04.\u2003Direcci\u00f3n de los ejercicios de tiro.<\/h5>\n<p class=\"parrafo\">1.\u2003Los ejercicios de tiro de entrenamiento o de calificaci\u00f3n del personal de seguridad privada ser\u00e1n dirigidos por personas habilitadas como instructores de tiro o por aquellas que ostenten la habilitaci\u00f3n como Jefes de Seguridad de las empresas si estuvieran habilitadas para ello.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">2.\u2003Los ejercicios de tiro para guardas rurales que no est\u00e9n encuadrados en una empresa de seguridad ser\u00e1n dirigidos por instructores de tiro que los guardas rurales tendr\u00e1n que contratar a tal efecto.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">3.\u2003Asimismo, la presencia de instructores de tiro, pertenecientes al Servicio de Protecci\u00f3n y Seguridad de la Guardia Civil, ser\u00e1 obligatoria en los ex\u00e1menes de aspirantes a instructor de tiro en la fase de realizaci\u00f3n de las pruebas pr\u00e1cticas de los correspondientes ejercicios.<\/p>\n<h5 class=\"articulo\">Art\u00edculo\u00a05.\u2003Funciones del instructor de tiro.<\/h5>\n<p class=\"parrafo\">1.\u2003El instructor de tiro dirigir\u00e1 la realizaci\u00f3n de los respectivos ejercicios de tiro. Para ello deber\u00e1 verificar y comprobar previamente a su realizaci\u00f3n que la instalaci\u00f3n cumple los requisitos y dispone de las medidas de seguridad exigidas para ello, que los blancos y las armas se adec\u00faan a las caracter\u00edsticas de las correspondientes pruebas, comprobando que estas se hallen en perfecto estado de funcionamiento, y que no est\u00e9n cargadas ni municionadas antes del comienzo de los ejercicios.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">2.\u2003Los instructores de tiro, que podr\u00e1n o no pertenecer a las empresas de seguridad privada, tendr\u00e1n la funci\u00f3n de garantizar que se realizan los ejercicios, tanto de entrenamiento como clasificatorios, con arreglo a la norma, atender las interrupciones que se produzcan, comprobar y anotar los resultados y en general todo lo que implique el buen desarrollo de los ejercicios de tiro.<\/p>\n<h5 class=\"articulo\">Art\u00edculo\u00a06.\u2003Normas de desarrollo de los ejercicios de tiro.<\/h5>\n<p class=\"parrafo\">1.\u2003Con objeto de poder llevar a cabo esa funci\u00f3n de control, cada l\u00ednea de tiro se compondr\u00e1 de un m\u00e1ximo de diez tiradores, la cual ser\u00e1 dirigida por un \u00fanico instructor.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">2.\u2003Cuando en una l\u00ednea de tiro coincida personal de distintas empresas, las funciones de director de tiro se prestar\u00e1n por turno entre los instructores, salvo que exista acuerdo entre ellos en otro sentido.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">3.\u2003Excepcionalmente, cuando las medidas de seguridad, medios y dimensiones del campo o galer\u00eda de tiro lo permitan, y previa autorizaci\u00f3n del personal supervisor de la Guardia Civil, podr\u00e1n formarse l\u00edneas de tiro dirigidas por un instructor, superiores a\u00a010 tiradores y con un m\u00e1ximo de\u00a020.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">4.\u2003Los instructores de tiro anotar\u00e1n, por duplicado, en las relaciones de los asistentes, las puntuaciones obtenidas y las armas con las que se han realizado los ejercicios, facilitando una de las copias, al personal supervisor de la Guardia Civil.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Asimismo, en los ejercicios de calificaci\u00f3n, confeccionar\u00e1n una relaci\u00f3n de las armas sin adjudicatario para anotar los resultados de pruebas de fuego, facilit\u00e1ndole una copia al personal supervisor de la Guardia Civil.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">5.\u2003En relaci\u00f3n con los lugares de desarrollo de los ejercicios, armas, municiones y asistencia sanitaria, se estar\u00e1 a lo dispuesto en los apartados\u00a05, 6, 7 y\u00a09 de la Resoluci\u00f3n de\u00a028 de febrero de\u00a01996, de la Secretar\u00eda de Estado de Seguridad, por la que se aprueban las instrucciones para la realizaci\u00f3n de los ejercicios de tiro del personal de seguridad privada.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">6.\u2003En lo relativo a la munici\u00f3n para los ejercicios de escoltas privados, se tendr\u00e1 en cuenta lo establecido en el art\u00edculo\u00a027.4 de la Orden INT\/318\/2011, de\u00a01 de febrero, sobre personal de seguridad privada.<\/p>\n<h5 class=\"titulo_num\">T\u00cdTULO II<\/h5>\n<h5 class=\"titulo_tit\">Formaci\u00f3n<\/h5>\n<h5 class=\"articulo\">Art\u00edculo\u00a07.\u2003Formaci\u00f3n previa requerida para participar en pruebas para habilitaci\u00f3n de instructor de tiro.<\/h5>\n<p class=\"parrafo\">Para poder participar en las pruebas para habilitaci\u00f3n de instructor de tiro ser\u00e1 necesario que los aspirantes acrediten haber superado la formaci\u00f3n previa impartida por un centro de formaci\u00f3n, que re\u00fana los requisitos que se determinan en el art\u00edculo siguiente.<\/p>\n<h5 class=\"articulo\">Art\u00edculo\u00a08.\u2003Requisitos para la apertura y funcionamiento de los centros de formaci\u00f3n.<\/h5>\n<p class=\"parrafo\">1.\u2003Quienes ejerzan la titularidad o sean los promotores o promotoras de centros en los que se pretenda impartir ense\u00f1anzas de formaci\u00f3n previa para obtenci\u00f3n de la habilitaci\u00f3n de instructor de tiro para el personal de seguridad privada, requerir\u00e1n para su apertura y funcionamiento de la presentaci\u00f3n de una declaraci\u00f3n responsable ante el Servicio de Protecci\u00f3n y Seguridad (SEPROSE) de la Jefatura de Armas, Explosivos y Seguridad de la Guardia Civil, debiendo reunirlos siguientes requisitos:<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">a)\u2003Acreditaci\u00f3n, por cualquier t\u00edtulo, del derecho de uso del inmueble.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">b)\u2003Licencia municipal correspondiente.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">c)\u2003Relaci\u00f3n de profesorado acreditados.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">d)\u2003Instalaciones adecuadas al cumplimiento de sus fines.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">e)\u2003Cuadro de profesores debidamente acreditados.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">2.\u2003No podr\u00e1n ser titulares ni desempe\u00f1ar funciones de direcci\u00f3n ni de administraci\u00f3n de centros de formaci\u00f3n autorizados para la impartici\u00f3n de la formaci\u00f3n previa con la finalidad de obtenci\u00f3n de habilitaci\u00f3n de instructor de tiro, los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad que hayan ejercido con respecto a esos centros funciones de control de las entidades, servicios o actuaciones, o del personal o medios en materia de seguridad privada en los dos a\u00f1os anteriores.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">3.\u2003El funcionamiento de estos centros estar\u00e1 condicionado:<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">a)\u2003Al cumplimiento permanente de los requisitos de apertura se\u00f1alados en la declaraci\u00f3n responsable.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">b)\u2003A la comunicaci\u00f3n inmediata de las modificaciones que afecten a cualquiera de los requisitos anteriores.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">c)\u2003A la impartici\u00f3n de la totalidad del n\u00famero de horas y del contenido de los m\u00f3dulos profesionales establecidos.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">d)\u2003Al cumplimiento permanente de las instrucciones complementarias que sean impartidas por el SEPROSE de la Guardia Civil para el buen desarrollo de la formaci\u00f3n.<\/p>\n<h5 class=\"articulo\">Art\u00edculo\u00a09.\u2003Contenidos de la formaci\u00f3n previa.<\/h5>\n<p class=\"parrafo\">1.\u2003La formaci\u00f3n previa versar\u00e1 sobre el programa de materias tanto te\u00f3ricas como pr\u00e1cticas obrantes en la \u00faltima resoluci\u00f3n publicada por la Direcci\u00f3n General de la Guardia Civil por la que se convocan las pruebas para la obtenci\u00f3n de la habilitaci\u00f3n como instructor de tiro del personal de seguridad privada.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">2.\u2003Esta formaci\u00f3n previa se desarrollar\u00e1 en un ciclo de cincuenta horas de duraci\u00f3n, distribuy\u00e9ndose en un m\u00e1ximo de tres semanas lectivas repartidas en dos \u00e1reas, el \u00e1rea de materias te\u00f3ricas y el \u00e1rea de materias pr\u00e1cticas. La distribuci\u00f3n horaria se adaptar\u00e1 al contenido de las diferentes materias, sin que la duraci\u00f3n m\u00ednima de cualquiera de las \u00e1reas pueda ser inferior a quince horas.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">3.\u2003Los contenidos correspondientes al \u00e1rea de materias te\u00f3ricas podr\u00e1n impartirse de forma presencial o a distancia a trav\u00e9s de plataforma o aula virtual del centro de formaci\u00f3n, siempre que exista interacci\u00f3n directa entre el profesorado y el alumnado.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">4.\u2003Los contenidos correspondientes al \u00e1rea de materias pr\u00e1cticas se desarrollar\u00e1n completamente de forma presencial y en ning\u00fan caso contendr\u00e1n ejercicios de tiro con fuego real, de fogueo o similares.<\/p>\n<h5 class=\"articulo\">Art\u00edculo\u00a010.\u2003Requisitos de acreditaci\u00f3n del profesorado.<\/h5>\n<p class=\"parrafo\">1.\u2003El profesorado de los centros de formaci\u00f3n habilitados para impartir la formaci\u00f3n previa para instructor de tiro de personal de seguridad privada habr\u00e1 de estar acreditado, por lo que en la Guardia Civil se constituir\u00e1 una Comisi\u00f3n de Valoraci\u00f3n del Profesorado integrada por personal experto en distintas materias que habr\u00e1n de emitir informe sobre la concurrencia de los requisitos de acreditaci\u00f3n en cada una de ellas.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">2.\u2003La Comisi\u00f3n de Valoraci\u00f3n de Profesorado para los centros de formaci\u00f3n habilitados para impartir la formaci\u00f3n previa para instructores de tiro para personal de seguridad privada, estar\u00e1 constituida por:<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">Presidente: Persona que ostente la Jefatura de Armas, Explosivos y Seguridad.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Vicepresidente: Persona que ostente la Jefatura del SEPROSE.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Vocales:<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">Representante del Servicio de Armamento y Equipamiento Policial.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Representante de la Intervenci\u00f3n Central de Armas y Explosivos.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Representante de la Secci\u00f3n de Gesti\u00f3n de la Seguridad Privada del SEPROSE.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">Secretario: Representante del Departamento de Formaci\u00f3n de la Secci\u00f3n de Gesti\u00f3n de la Seguridad Privada del SEPROSE.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">3.\u2003El funcionamiento de la Comisi\u00f3n de Valoraci\u00f3n del Profesorado, adem\u00e1s de por lo incluido en las convocatorias, se regir\u00e1 por lo establecido en los art\u00edculos\u00a019 al\u00a024 de la Ley\u00a040\/2015, de\u00a01 de octubre, del R\u00e9gimen Jur\u00eddico del Sector P\u00fablico.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">4.\u2003Los criterios a valorar, tanto para el \u00e1rea de materias te\u00f3ricas, como para el \u00e1rea de materias pr\u00e1cticas, se establecer\u00e1n oportunamente por la Comisi\u00f3n de Valoraci\u00f3n del Profesorado.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">5.\u2003Para obtener la acreditaci\u00f3n que habilita para impartir ense\u00f1anzas en centros de formaci\u00f3n para instructores de tiro para personal de seguridad privada, se deber\u00e1 acreditar el cumplimiento de los criterios que la Comisi\u00f3n de Valoraci\u00f3n del Profesorado establezca oportunamente, teni\u00e9ndose en cuenta en todo caso los siguientes aspectos:<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">\u2013\u2002La capacidad pedag\u00f3gica y la calidad y grado de conocimientos caracter\u00edsticos de las personas aspirantes, manifestados, con preferencia, a trav\u00e9s de sus publicaciones, actividad docente previa y en el ejercicio de su profesi\u00f3n.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002La experiencia pr\u00e1ctica acreditada por las personas aspirantes, en el ejercicio de funciones relacionadas directamente con la instrucci\u00f3n de tiro y\/o seguridad.<\/p>\n<h5 class=\"articulo\">Art\u00edculo\u00a011.\u2003Competencia en materia formativa de los instructores de tiro.<\/h5>\n<p class=\"parrafo\">El SEPROSE de la Guardia Civil ser\u00e1 competente en todo lo referente a formaci\u00f3n, concretamente para:<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">a)\u2003Elaborar el programa de materias para la habilitaci\u00f3n de instructores de tiro del personal de seguridad privada, as\u00ed como realizar las correspondientes convocatorias y pruebas de habilitaci\u00f3n, proponiendo la publicaci\u00f3n del personal declarado como apto mediante resoluci\u00f3n de la Direcci\u00f3n General de la Guardia Civil.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">b)\u2003Inspeccionar los centros en los que se impartan o pretendan impartir cursos de formaci\u00f3n previa para la habilitaci\u00f3n de instructor de tiro en lo que respecta al desarrollo de programas y tiempos lectivos de las materias y\/o \u00e1reas, conservaci\u00f3n por el profesorado de los requisitos exigibles, y organizaci\u00f3n y funcionamiento de dichos centros.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">c)\u2003Expedir, previo informe de la Comisi\u00f3n de Valoraci\u00f3n del Profesorado, las acreditaciones del profesorado de los centros de formaci\u00f3n para la habilitaci\u00f3n de instructor de tiro.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">d)\u2003Dictar las instrucciones que sean precisas para el buen desarrollo de la formaci\u00f3n de los instructores de tiro para el personal de seguridad privada.<\/p>\n<h5 class=\"articulo\">Art\u00edculo\u00a012.\u2003Incumplimiento de estas disposiciones.<\/h5>\n<p class=\"parrafo\">Sin perjuicio de la suspensi\u00f3n y perdida de la habilitaci\u00f3n, que se indican en el t\u00edtulo siguiente, el incumplimiento de las disposiciones previstas en esta orden, podr\u00e1 ser objeto de sanci\u00f3n penal o administrativa conforme a la normativa vigente.<\/p>\n<h5 class=\"titulo_num\">T\u00cdTULO III<\/h5>\n<h5 class=\"titulo_tit\">Habilitaci\u00f3n<\/h5>\n<h5 class=\"articulo\">Art\u00edculo\u00a013.\u2003Requisitos para participar en las pruebas de habilitaci\u00f3n como instructor de tiro.<\/h5>\n<p class=\"parrafo\">1.\u2003Las personas que deseen participar en las pruebas para la obtenci\u00f3n de la habilitaci\u00f3n como instructor de tiro del personal de seguridad privada deber\u00e1n cumplir a fecha de finalizaci\u00f3n de admisi\u00f3n de las solicitudes los siguientes requisitos:<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">a)\u2003Tener la nacionalidad de alguno de los estados miembros de la Uni\u00f3n Europea o de un Estado parte en el Acuerdo sobre el Espacio Econ\u00f3mico Europeo, o bien que les sea aplicable lo dispuesto en la legislaci\u00f3n sobre r\u00e9gimen comunitario conforme al Real Decreto\u00a0240\/2007, de\u00a016 de febrero, sobre entrada, libre circulaci\u00f3n y residencia en Espa\u00f1a de ciudadanos de los Estados miembros de la Uni\u00f3n Europea y de otros Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Econ\u00f3mico Europeo, o ser nacional de un tercer estado que tenga suscrito con Espa\u00f1a un convenio internacional en el que cada parte reconozca el acceso al ejercicio de estas actividades a los nacionales de la otra.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">b)\u2003Ser mayor de edad.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">c)\u2003Carecer de antecedentes penales vinculados al ejercicio de sus funciones.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">d)\u2003Estar en posesi\u00f3n del t\u00edtulo de Graduado Escolar, de Graduado en Educaci\u00f3n Secundaria Obligatoria, de Formaci\u00f3n Profesional de Grado B\u00e1sico o de otros equivalentes o superiores.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">e)\u2003Estar en posesi\u00f3n de alguna de las licencias de armas en vigor de las clases \u00abA\u00bb, \u00abB\u00bb, \u00abC\u00bb, \u00abD\u00bb, \u00abE\u00bb o \u00abF\u00bb.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">f)\u2003Estar en posesi\u00f3n de t\u00edtulo expedido dentro de los cuatro a\u00f1os anteriores por un centro de formaci\u00f3n habilitado que acredite la superaci\u00f3n de la formaci\u00f3n previa.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">2.\u2003La falta de mantenimiento de cualquiera de estos requisitos durante el proceso selectivo ser\u00e1 causa de exclusi\u00f3n del mismo.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">3.\u2003Ser\u00e1 competente para acordar la habilitaci\u00f3n la persona titular de la Direcci\u00f3n General de la Guardia Civil, pudi\u00e9ndose delegar esta competencia en la persona titular de la Jefatura de la Comandancia.<\/p>\n<h5 class=\"articulo\">Art\u00edculo\u00a014.\u2003Requisitos para la obtenci\u00f3n de la habilitaci\u00f3n como instructor de tiro.<\/h5>\n<p class=\"parrafo\">1.\u2003Para obtener la habilitaci\u00f3n como instructor de tiro de seguridad privada y una vez superadas las correspondientes pruebas, los interesados deber\u00e1n presentar, en una Intervenci\u00f3n de Armas y Explosivos preferentemente o en cualquier otro de los registros especificados en Ley\u00a039\/2015, de\u00a01 de octubre, del Procedimiento Administrativo Com\u00fan de las Administraciones P\u00fablicas, la solicitud de tarjeta habilitaci\u00f3n que acredita y faculta para realizar las funciones de instructor de tiro de seguridad privada, cumpliendo con los siguientes requisitos:<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">a)\u2003Figurar como apto en las pruebas de habilitaci\u00f3n mediante resoluci\u00f3n de la Direcci\u00f3n General de la Guardia Civil.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">b)\u2003Carecer de antecedentes penales vinculados al ejercicio de sus funciones.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">c)\u2003Estar en posesi\u00f3n de alguna de las licencias de armas en vigor de la clase \u00abA\u00bb, \u00abB\u00bb, \u00abC\u00bb, \u00abD\u00bb, \u00abE\u00bb o \u00abF\u00bb.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">d)\u2003Poseer la aptitud f\u00edsica y la capacidad ps\u00edquica necesarias para el ejercicio de las respectivas funciones sin padecer enfermedad que impida el ejercicio de las mismas, mediante aportaci\u00f3n de informe de aptitud psicof\u00edsica necesaria para tener y usar armas.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">e)\u2003Declaraci\u00f3n jurada conforme a que se encuentra en condiciones de prestar servicio con arma y que no la tiene retirada por alg\u00fan motivo.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">f)\u2003En su caso, haber transcurrido el tiempo requerido conforme a las causas de p\u00e9rdida de habilitaci\u00f3n establecidas en el en el art\u00edculo\u00a018d).<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">2.\u2003La tarjeta de habilitaci\u00f3n se deber\u00e1 solicitar conforme al modelo que se establezca en el portal de internet de la Direcci\u00f3n General de la Guardia Civil. Esta solicitud deber\u00e1 contener los siguientes datos:<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">\u2013\u2002Acreditar la superaci\u00f3n de las pruebas de habilitaci\u00f3n aportando la referencia del \u00abBolet\u00edn Oficial del Estado\u00bb donde aparece publicado.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002Aportar fotograf\u00edas en el formato y n\u00famero de copias que se determine.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002Aportar certificado psicof\u00edsico en vigor que se determine.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002Autorizar la consulta de documentos que se encuentren en poder de cualquier otra Administraci\u00f3n o en su caso oponerse a dicha consulta conforme a la normativa en vigor.<\/p>\n<h5 class=\"articulo\">Art\u00edculo\u00a015.\u2003Tarjeta de habilitaci\u00f3n.<\/h5>\n<p class=\"parrafo\">1.\u2003Una vez realizados los tr\u00e1mites especificados en el art\u00edculo anterior, la instrucci\u00f3n del oportuno procedimiento administrativo para comprobar que los interesados re\u00fanen los requisitos necesarios, corresponde a las Intervenciones de Armas y Explosivos de las Comandancias. Verificado lo anterior, la persona titular de la Direcci\u00f3n General de la Guardia Civil deber\u00e1 acordar, en el plazo de tres meses desde la fecha en que la solicitud de la tarjeta de habilitaci\u00f3n ha tenido entrada en el registro electr\u00f3nico de la Administraci\u00f3n competente para su tramitaci\u00f3n, la expedici\u00f3n de la tarjeta de habilitaci\u00f3n que les faculta para el ejercicio de las respectivas funciones. Transcurrido dicho plazo sin que se haya notificado resoluci\u00f3n expresa, se podr\u00e1 entender estimada la solicitud de la tarjeta de habilitaci\u00f3n.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">2.\u2003Contra dicha resoluci\u00f3n, que agota la v\u00eda administrativa conforme al art\u00edculo\u00a0114.1c) de la Ley\u00a039\/2015, de\u00a01 de octubre, podr\u00e1 interponerse, en el plazo de un mes contado desde el d\u00eda siguiente a su notificaci\u00f3n, recurso potestativo de reposici\u00f3n ante el mismo \u00f3rgano que la dict\u00f3, conforme a lo dispuesto en los art\u00edculos\u00a0123 y\u00a0124 de la citada ley.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">3.\u2003Igualmente, conforme a lo previsto en la Ley\u00a029\/1998, de\u00a013 de julio, reguladora de la Jurisdicci\u00f3n Contencioso-administrativa, la resoluci\u00f3n podr\u00e1 ser impugnada ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo dentro del plazo de dos meses contados desde el d\u00eda siguiente a su notificaci\u00f3n, o en el plazo de seis meses a partir del d\u00eda siguiente a aqu\u00e9l en que se produzca el acto presunto. En caso de que se hubiera interpuesto recurso potestativo de reposici\u00f3n, el plazo para interponer el recurso contencioso-administrativo se contar\u00e1 desde el d\u00eda siguiente a aquel en que se notifique la resoluci\u00f3n expresa del mismo o en que \u00e9ste deba entenderse presuntamente desestimado.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">4.\u2003Para la expedici\u00f3n de la tarjeta de habilitaci\u00f3n se verificar\u00e1n los datos de car\u00e1cter personal aportados o autorizados por las personas solicitantes. Esta misma comprobaci\u00f3n se realizar\u00e1 en los casos de suspensi\u00f3n temporal o p\u00e9rdida, especificados en los art\u00edculos siguientes, y tambi\u00e9n en los casos de renovaci\u00f3n de la habilitaci\u00f3n.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">5.\u2003Su validez ser\u00e1 de cinco a\u00f1os y su renovaci\u00f3n se ajustar\u00e1 a lo establecido en el art\u00edculo\u00a016.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">6.\u2003La presentaci\u00f3n de dicha tarjeta, de car\u00e1cter personal e intransferible, acompa\u00f1ada de cualquier documento de identificaci\u00f3n personal v\u00e1lido, ser\u00e1 suficiente para acreditarse como instructor de tiro de seguridad privada.<\/p>\n<h5 class=\"articulo\">Art\u00edculo\u00a016.\u2003Requisitos para la renovaci\u00f3n de la habilitaci\u00f3n instructor.<\/h5>\n<p class=\"parrafo\">1.\u2003Desde los seis meses anteriores a la finalizaci\u00f3n del plazo establecido en el art\u00edculo anterior, la persona interesada podr\u00e1 presentar en una Intervenci\u00f3n de Armas y Explosivos preferentemente o en cualquier otro de los registros especificados en la Ley\u00a039\/2015, de\u00a01 de octubre, la solicitud de renovaci\u00f3n conforme al modelo que se establezca en el portal de internet de la Direcci\u00f3n General de la Guardia Civil.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">2.\u2003Esta renovaci\u00f3n se encontrar\u00e1 igualmente sujeta al mantenimiento de los requisitos requeridos para su obtenci\u00f3n, exceptuando lo dispuesto en el art\u00edculo\u00a014a).<\/p>\n<p class=\"parrafo\">3.\u2003La instrucci\u00f3n del procedimiento administrativo para comprobar que los interesados re\u00fanen los requisitos relacionados en el art\u00edculo\u00a014, corresponde a las Intervenciones de Armas y Explosivos de las Comandancias. Verificado lo anterior, la persona titular de la Direcci\u00f3n General de la Guardia Civil deber\u00e1 resolver y notificar en el plazo de tres meses desde que la solicitud de renovaci\u00f3n ha tenido entrada en el registro electr\u00f3nico de la Administraci\u00f3n competente para su tramitaci\u00f3n. Transcurrido dicho plazo sin que se haya notificado resoluci\u00f3n expresa, se podr\u00e1 entender estimada la solicitud de renovaci\u00f3n de la tarjeta de habilitaci\u00f3n.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">4.\u2003Contra dicha resoluci\u00f3n, que agota la v\u00eda administrativa conforme al art\u00edculo\u00a0114.1c) de la Ley\u00a039\/2015, de\u00a01 de octubre, podr\u00e1 interponerse, en el plazo de un mes contado desde el d\u00eda siguiente a su notificaci\u00f3n, recurso potestativo de reposici\u00f3n ante el mismo \u00f3rgano que la dict\u00f3, conforme a lo dispuesto en los art\u00edculos\u00a0123 y\u00a0124 de la citada ley.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">5.\u2003Igualmente, conforme a lo previsto en la Ley\u00a029\/1998, de\u00a013 de julio, la resoluci\u00f3n podr\u00e1 ser impugnada ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo dentro del plazo de dos meses contados desde el d\u00eda siguiente a su notificaci\u00f3n, o en el plazo de seis meses a partir del d\u00eda siguiente a aqu\u00e9l en que se produzca el acto presunto. En caso de que se hubiera interpuesto recurso potestativo de reposici\u00f3n, el plazo para interponer el recurso contencioso-administrativo se contar\u00e1 desde el d\u00eda siguiente a aquel en que se notifique la resoluci\u00f3n expresa del mismo o en que \u00e9ste deba entenderse presuntamente desestimado.<\/p>\n<h5 class=\"titulo_num\">T\u00cdTULO IV<\/h5>\n<h5 class=\"titulo_tit\">Causas de suspensi\u00f3n o p\u00e9rdida de habilitaci\u00f3n<\/h5>\n<h5 class=\"articulo\">Art\u00edculo\u00a017.\u2003Suspensi\u00f3n temporal de la habilitaci\u00f3n de instructor de tiro.<\/h5>\n<p class=\"parrafo\">1.\u2003La habilitaci\u00f3n de instructor de tiro ser\u00e1 suspendida temporalmente en cualquiera de los siguientes casos:<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">a)\u2003Cuando tenga suspendidas sus licencias de armas o, en su defecto, tenga retiradas las armas.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">b)\u2003Cualquier circunstancia de las expuestas en los apartados\u00a07 y\u00a08.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">c)\u2003Cuando la persona tenga caducada la habilitaci\u00f3n de instructor de tiro de seguridad privada.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">2.\u2003Los tipos de suspensiones temporales, que llevar\u00e1n consigo la retirada de la tarjeta de habilitaci\u00f3n durante el tiempo que dure el motivo que la caus\u00f3, ser\u00e1n acordadas por la persona titular de la Jefatura de las Comandancias, para lo cual, y a propuesta razonada de su personal inspector o supervisor, la Intervenci\u00f3n de Armas y Explosivos de la Comandancia instruir\u00e1 el correspondiente expediente, siendo comunicado, tanto al personal interesado, como a las empresas a las que pertenezcan o hubieren contratado sus servicios.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">3.\u2003El instructor dar\u00e1 audiencia al interesado, con arreglo a lo previsto en el art\u00edculo\u00a082 de la Ley\u00a039\/2015, de\u00a01 de octubre, para que efect\u00fae las alegaciones que tenga por conveniente en relaci\u00f3n con la suspensi\u00f3n de la habilitaci\u00f3n.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">4.\u2003Al interesado se le notificar\u00e1 que el plazo m\u00e1ximo para resolver y notificar este procedimiento ser\u00e1 de\u00a0tres meses, desde la fecha del acuerdo de iniciaci\u00f3n del procedimiento de suspensi\u00f3n de la habilitaci\u00f3n, salvo que resultase de aplicaci\u00f3n la suspensi\u00f3n o ampliaci\u00f3n de plazos regulados por la Ley\u00a039\/2015, de\u00a01 de octubre, circunstancia \u00e9sta que, de producirse, le ser\u00eda oportunamente comunicada.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">5.\u2003Contra las resoluciones que se adopten en los procedimientos de suspensi\u00f3n dictadas por la persona titular de la Comandancia, que no ponen fin a la v\u00eda administrativa, podr\u00e1n los interesados interponer recurso de alzada ante la persona titular de la Direcci\u00f3n General de la Guardia Civil en el plazo de un mes contado desde el d\u00eda siguiente al de su notificaci\u00f3n, de conformidad a lo establecido en los art\u00edculos\u00a0121 y\u00a0122 de la Ley\u00a039\/2015, de\u00a01 de octubre.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">6.\u2003Una vez resuelto expresamente el recurso de alzada o transcurrido el plazo legal para entenderlo presuntamente desestimado, y conforme a lo previsto en la Ley\u00a029\/1998, de\u00a013 de julio, la resoluci\u00f3n podr\u00e1 ser impugnada ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo dentro del plazo de dos meses contados desde el d\u00eda siguiente a su notificaci\u00f3n o en el plazo de seis meses a partir del d\u00eda siguiente a aqu\u00e9l en que se produzca el acto presunto. En caso de que se hubiera interpuesto recurso potestativo de reposici\u00f3n, el plazo para interponer el recurso contencioso-administrativo se contar\u00e1 desde el d\u00eda siguiente a aquel en que se notifique la resoluci\u00f3n expresa del mismo o en que \u00e9ste deba entenderse presuntamente desestimado.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">7.\u2003Se acordar\u00e1 la suspensi\u00f3n temporal por un periodo inferior a\u00a0seis meses si concurriese alguna o algunas de las siguientes circunstancias:<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">\u2013\u2002Falta de firmeza en la direcci\u00f3n de la l\u00ednea de tiro.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002Trato desconsiderado al personal de seguridad privada que integre la l\u00ednea de tiro.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002Falta de pericia en la instrucci\u00f3n del personal de seguridad privada.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002Desconocimiento del manejo de las armas a utilizar en el ejercicio de tiro.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002Realizaci\u00f3n de ejercicios de tiro a personal que no corresponda.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002En general, el incumplimiento de lo dispuesto en el art\u00edculo\u00a05.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">8.\u2003Se acordar\u00e1 la suspensi\u00f3n temporal por un periodo de\u00a0seis meses hasta un m\u00e1ximo de tres a\u00f1os, si por el instructor de tiro se realizasen alguna o algunas de las siguientes circunstancias:<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">\u2013\u2002Falsease total o parcialmente y de forma involuntaria las puntuaciones obtenidas.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002Demostrase una falta de competencia en la direcci\u00f3n de la l\u00ednea de tiro.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002Dispensase un trato desconsiderado al personal inspector o supervisor de la Guardia Civil.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002Dirigiese la l\u00ednea sin reunir las condiciones psicof\u00edsicas necesarias.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002Si de las conductas expuestas en el apartado\u00a07, sancionables con hasta\u00a0seis meses de suspensi\u00f3n temporal, concurriesen circunstancias que pusiesen en grave riesgo la integridad de cualquiera de los asistentes al ejercicio de tiro.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">9.\u2003Cualquier otra circunstancia no contemplada en los apartados\u00a07 y\u00a08 que a juicio de la persona que ejerza la supervisi\u00f3n considere que pudiese ser causa de suspensi\u00f3n temporal, se deber\u00e1 proponer a la persona titular de la Jefatura de Comandancia, previa valoraci\u00f3n del SEPROSE.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">10.\u2003Podr\u00e1 obtenerse de nuevo la habilitaci\u00f3n de acuerdo con lo siguiente:<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">\u2013\u2002Si el plazo de suspensi\u00f3n de la habilitaci\u00f3n es por los motivos y periodos especificados en el apartado\u00a07, la competencia se demostrar\u00e1 en el siguiente ejercicio.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002Si el plazo de suspensi\u00f3n de la habilitaci\u00f3n es por los motivos y periodos especificados en el apartado\u00a08, se realizar\u00e1 nuevamente la parte pr\u00e1ctica de la formaci\u00f3n previa a que hace referencia el apartado\u00a01 del art\u00edculo\u00a09.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">Superada dicha parte pr\u00e1ctica, se demostrar\u00e1 en el siguiente ejercicio que se ha recuperado la aptitud.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">11.\u2003De no cumplirse lo dispuesto en los dos apartados anteriores, la habilitaci\u00f3n se perder\u00e1 con los mismos efectos contemplados para los distintos supuestos que recogen en el siguiente art\u00edculo.<\/p>\n<h5 class=\"articulo\">Art\u00edculo\u00a018.\u2003P\u00e9rdida de la habilitaci\u00f3n de instructor de tiro.<\/h5>\n<p class=\"parrafo\">1.\u2003La habilitaci\u00f3n de los instructores de tiro se perder\u00e1 en cualquiera los siguientes casos:<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">a)\u2003A petici\u00f3n de la persona habilitada.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">b)\u2003Revocaci\u00f3n de todas licencias de armas.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">c)\u2003Poseer antecedentes penales vinculados al ejercicio de sus funciones.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">d)\u2003No haber recuperado la suficiente competencia en el tiempo y forma establecidos en el art\u00edculo anterior.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">e)\u2003Falsear o permitir falsear, total o parcialmente, los datos, los resultados de la realizaci\u00f3n de los ejercicios o puntuaciones obtenidas.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">2.\u2003Las p\u00e9rdidas de habilitaci\u00f3n, que llevar\u00e1n consigo la retirada definitiva de la tarjeta de habilitaci\u00f3n, ser\u00e1n acordadas por la persona titular de la Direcci\u00f3n General de la Guardia Civil, previa instrucci\u00f3n del correspondiente expediente por la persona titular de la Jefatura de la Comandancia, siendo comunicado, tanto al personal objeto del procedimiento, como a las empresas en las que presten o hubieren contratado sus servicios.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">3.\u2003El instructor dar\u00e1 audiencia a la persona objeto del procedimiento, con arreglo a lo previsto en el art\u00edculo\u00a082 de la Ley\u00a039\/2015, de\u00a01 de octubre, para que efect\u00fae las alegaciones que tenga por conveniente en relaci\u00f3n con la p\u00e9rdida de la habilitaci\u00f3n.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">4.\u2003As\u00ed mismo se le notificar\u00e1 que el plazo m\u00e1ximo para resolver y notificar este procedimiento ser\u00e1 de\u00a0tres meses, desde la fecha del acuerdo de iniciaci\u00f3n del procedimiento, salvo que resultase de aplicaci\u00f3n la suspensi\u00f3n o ampliaci\u00f3n de plazos regulados por la Ley\u00a039\/2015, de\u00a01 de octubre, circunstancia \u00e9sta que, de producirse, le ser\u00eda oportunamente comunicada.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">5.\u2003Contra dicha resoluci\u00f3n, que agota la v\u00eda administrativa conforme al art\u00edculo\u00a0114.1c) de la Ley\u00a039\/2015, de\u00a01 de octubre, podr\u00e1 interponerse, en el plazo de un mes contado desde el d\u00eda siguiente a su notificaci\u00f3n, recurso potestativo de reposici\u00f3n ante el mismo \u00f3rgano que la dict\u00f3, conforme a lo dispuesto en los art\u00edculos\u00a0123 y\u00a0124 de la citada ley.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">6.\u2003Igualmente, conforme a lo previsto en la Ley\u00a029\/1998, de\u00a013 de julio, la resoluci\u00f3n podr\u00e1 ser impugnada ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo dentro del plazo de dos meses contados desde el d\u00eda siguiente a su notificaci\u00f3n, o en el plazo de seis meses a partir del d\u00eda siguiente a aqu\u00e9l en que se produzca el acto presunto. En caso de que se hubiera interpuesto recurso potestativo de reposici\u00f3n, el plazo para interponer el recurso contencioso-administrativo se contar\u00e1 desde el d\u00eda siguiente a aquel en que se notifique la resoluci\u00f3n expresa del mismo o en que \u00e9ste deba entenderse presuntamente desestimado.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">7.\u2003En las situaciones de p\u00e9rdida de la habilitaci\u00f3n de los p\u00e1rrafos a), b) o c) del apartado\u00a01, en caso de pretender una nueva habilitaci\u00f3n, el interesado \u00fanicamente habr\u00e1 de cumplir los requisitos establecidos en los art\u00edculos\u00a013 y\u00a014.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">8.\u2003En las situaciones de p\u00e9rdida de la habilitaci\u00f3n de los p\u00e1rrafos d) y e) del apartado\u00a01, en caso de pretender una nueva habilitaci\u00f3n, el interesado habr\u00e1 de realizar nuevamente, tanto la formaci\u00f3n previa, como las pruebas de habilitaci\u00f3n y, adem\u00e1s, en caso del p\u00e1rrafo d), no podr\u00e1 obtenerse la habilitaci\u00f3n hasta pasados\u00a03 a\u00f1os desde que se produjo la perdida de la habilitaci\u00f3n.<\/p>\n<h5 class=\"articulo\">Disposici\u00f3n adicional primera.\u2003Tratamientos de datos de car\u00e1cter personal.<\/h5>\n<p class=\"parrafo\">Todos los tratamientos de datos de car\u00e1cter personal derivados de la aplicaci\u00f3n de esta orden, se realizar\u00e1n con estricta sujeci\u00f3n a lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2016\/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de\u00a027 de abril de\u00a02016, relativo a la protecci\u00f3n de las personas f\u00edsicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales, y a la libre circulaci\u00f3n de estos datos y por el que se deroga la Directiva\u00a095\/46\/CE, y en la Ley Org\u00e1nica\u00a03\/2018, de\u00a05 de diciembre, de protecci\u00f3n de datos personales y garant\u00eda de los derechos digitales, garantizando el derecho fundamental de los afectados a la protecci\u00f3n de sus datos de car\u00e1cter personal.<\/p>\n<h5 class=\"articulo\">Disposici\u00f3n adicional segunda.\u2003Lenguaje no sexista.<\/h5>\n<p class=\"parrafo\">De conformidad con el art\u00edculo\u00a014.11 de la Ley Org\u00e1nica\u00a03\/2007, de\u00a022 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, todas las denominaciones que, en virtud del principio de econom\u00eda del lenguaje, se hagan en g\u00e9nero masculino inclusivo en esta orden y referidas a titulares o miembros de \u00f3rganos o a colectivos de personas, se entender\u00e1n realizadas, tanto en g\u00e9nero femenino, como en masculino.<\/p>\n<h5 class=\"articulo\">Disposici\u00f3n adicional tercera.\u2003Supervisi\u00f3n de los instructores de tiro durante el desarrollo de los ejercicios de tiro.<\/h5>\n<p class=\"parrafo\">Las Intervenciones de Armas y Explosivos de la Guardia Civil a las que por demarcaci\u00f3n territorial corresponda, ser\u00e1n las responsables de comprobar la habilitaci\u00f3n de los instructores de tiro. Podr\u00e1n supervisar el desarrollo los ejercicios de tiro, para lo cual fijar\u00e1n un calendario de realizaci\u00f3n de las pruebas correspondientes que se pondr\u00e1 en conocimiento de las empresas de seguridad y guardas rurales de su demarcaci\u00f3n, con independencia de las actuaciones presenciales que estas Unidades consideren oportunas.<\/p>\n<h5 class=\"articulo\">Disposici\u00f3n transitoria primera.\u2003Caducidad de la actual tarjeta habilitaci\u00f3n de instructor de tiro.<\/h5>\n<p class=\"parrafo\">Se establece un periodo transitorio de\u00a05 a\u00f1os a partir de la entrada en vigor de esta orden para que los instructores que hubieren obtenido la habilitaci\u00f3n previamente a la vigencia de la misma, puedan solicitar la nueva tarjeta de habilitaci\u00f3n mediante el proceso establecido en su art\u00edculo\u00a014. Transcurrido dicho periodo, sin haber solicitado una nueva tarjeta, quedar\u00e1 suspendida la habilitaci\u00f3n de instructor de tiro de seguridad privada, de acuerdo con lo estipulado en el art\u00edculo\u00a017.1c).<\/p>\n<h5 class=\"articulo\">Disposici\u00f3n transitoria segunda.\u2003Habilitaci\u00f3n temporal de los centros de formaci\u00f3n y profesorado.<\/h5>\n<p class=\"parrafo\">Se establece un periodo transitorio de\u00a02 a\u00f1os a partir de la entrada en vigor de esta orden para que el profesorado de la formaci\u00f3n previa de guarda rural y sus especialidades puedan impartir, en la forma que se establezca, las materias de la formaci\u00f3n previa de instructor de tiro.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Las citadas materias de la formaci\u00f3n previa de instructor de tiro ser\u00e1n publicadas en el portal de internet de la Direcci\u00f3n General de la Guardia Civil.<\/p>\n<h5 class=\"articulo\">Disposici\u00f3n transitoria tercera.\u2003Convocatorias.<\/h5>\n<p class=\"parrafo\">Las convocatorias publicadas con anterioridad a la entrada en vigor de esta orden se regir\u00e1n por la normativa por la que se hubieran publicado.<\/p>\n<h5 class=\"articulo\">Disposici\u00f3n derogatoria \u00fanica.\u2003Derogaci\u00f3n normativa.<\/h5>\n<p class=\"parrafo\">Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo dispuesto en esta orden.<\/p>\n<h5 class=\"articulo\">Disposici\u00f3n final primera.\u2003T\u00edtulo competencial.<\/h5>\n<p class=\"parrafo\">Esta orden se dicta al amparo de lo dispuesto en el art\u00edculo\u00a0149.1.29.\u00aa de la Constituci\u00f3n, que atribuye al Estado la competencia exclusiva sobre seguridad p\u00fablica.<\/p>\n<h5 class=\"articulo\">Disposici\u00f3n final segunda.\u2003Habilitaci\u00f3n de desarrollo.<\/h5>\n<p class=\"parrafo\">La persona titular de la Direcci\u00f3n General de la Guardia Civil dictar\u00e1 las instrucciones oportunas a la Jefatura de Servicios T\u00e9cnicos para la materializaci\u00f3n de la tarjeta de habilitaci\u00f3n de instructor de tiro de seguridad privada especificada en el anexo I.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Se habilita a la Direcci\u00f3n General de la Guardia Civil para dictar las instrucciones necesarias para el desarrollo y aplicaci\u00f3n de lo establecido en esta orden.<\/p>\n<h5 class=\"articulo\">Disposici\u00f3n final tercera.\u2003Entrada en vigor.<\/h5>\n<p class=\"parrafo\">Esta orden entrar\u00e1 en vigor el\u00a01 de septiembre de\u00a02026.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">Madrid, 19 de enero de\u00a02026.\u2013El Ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska G\u00f3mez.<\/p>\n<h5 class=\"anexo_num\">ANEXO I<\/h5>\n<h5 class=\"anexo_tit\">Caracter\u00edsticas de la tarjeta de habilitaci\u00f3n de instructor de Tiro del personal de\u00a0Seguridad Privada<\/h5>\n<p class=\"imagen\">\n          <img decoding=\"async\" src=\"\/datos\/imagenes\/disp\/2026\/22\/1681_16554549_1.png\" class=\"frame\" alt=\"Imagen: \/datos\/imagenes\/disp\/2026\/22\/1681_16554549_1.png\" width=\"542\"\/>\n        <\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">La tarjeta de habilitaci\u00f3n para instructores de tiro para el personal de seguridad privada tendr\u00e1 las siguientes caracter\u00edsticas:<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">Sus dimensiones ser\u00e1n de\u00a085,60 mm de ancho y\u00a053,98 mm de alto. Llevar\u00e1 estampados en su anverso, como marca de agua, varios escudos de Espa\u00f1a. En la parte superior y centrado hacia la izquierda del anverso llevar\u00e1 estampado y de forma destacada en letra may\u00fascula el literal \u00abINSTRUCTOR\/A DE TIRO DE SEGURIDAD PRIVADA\u00bb, y en su parte superior, el texto \u00abDirecci\u00f3n General de la Guardia Civil\u00bb, el escudo de Espa\u00f1a, los textos \u00abGOBIERNO DE ESPA\u00d1A\u00bb y \u00abMINISTERIO DEL INTERIOR\u00bb y los colores de la bandera nacional espa\u00f1ola y de la Uni\u00f3n Europea.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">En el reverso llevar\u00e1 estampados, como marca de agua, varios escudos de Espa\u00f1a y en su parte superior derecha el escudo de la Guardia Civil.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">La tarjeta de habilitaci\u00f3n recoger\u00e1 los siguientes datos:<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">En el anverso:<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">Fotograf\u00eda.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Fecha l\u00edmite de validez.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">N\u00famero de habilitaci\u00f3n.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">En el reverso:<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">Apellidos y nombre.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Fecha de expedici\u00f3n.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Firma de la persona titular.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">Llevar\u00e1 visible el siguiente texto: \u00abEsta tarjeta es personal e intransferible, deber\u00e1 ir acompa\u00f1ada del DNI\/NIE del interesado\/a y habilita para el ejercicio de las funciones que autoriza.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">En caso de extrav\u00edo o deterioro se dar\u00e1 cuenta a la Guardia Civil para la expedici\u00f3n de una nueva\u00bb.<\/p>\n<\/p><\/div>\n<p><a href=\"https:\/\/www.boe.es\/diario_boe\/txt.php?id=BOE-A-2026-1681\">source<\/a><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>PRE\u00c1MBULO El art\u00edculo\u00a021 de la Ley\u00a05\/2014, de\u00a04 de abril, de Seguridad Privada, relativo a las obligaciones generales de<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":26939,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_bbp_topic_count":0,"_bbp_reply_count":0,"_bbp_total_topic_count":0,"_bbp_total_reply_count":0,"_bbp_voice_count":0,"_bbp_anonymous_reply_count":0,"_bbp_topic_count_hidden":0,"_bbp_reply_count_hidden":0,"_bbp_forum_subforum_count":0,"_joinchat":[],"footnotes":""},"categories":[1],"tags":[],"class_list":["post-26938","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-noticias"],"featured_image_urls":{"full":["https:\/\/blogemergencias.es\/wp-content\/uploads\/2026\/01\/wp-header-logo-677.png",0,0,false],"thumbnail":["https:\/\/blogemergencias.es\/wp-content\/uploads\/2026\/01\/wp-header-logo-677.png",1,1,false],"medium":["https:\/\/blogemergencias.es\/wp-content\/uploads\/2026\/01\/wp-header-logo-677.png",1,1,false],"medium_large":["https:\/\/blogemergencias.es\/wp-content\/uploads\/2026\/01\/wp-header-logo-677.png",1,1,false],"large":["https:\/\/blogemergencias.es\/wp-content\/uploads\/2026\/01\/wp-header-logo-677.png",1,1,false],"1536x1536":["https:\/\/blogemergencias.es\/wp-content\/uploads\/2026\/01\/wp-header-logo-677.png",1,1,false],"2048x2048":["https:\/\/blogemergencias.es\/wp-content\/uploads\/2026\/01\/wp-header-logo-677.png",1,1,false],"morenews-large":["https:\/\/blogemergencias.es\/wp-content\/uploads\/2026\/01\/wp-header-logo-677.png",1,1,false],"morenews-medium":["https:\/\/blogemergencias.es\/wp-content\/uploads\/2026\/01\/wp-header-logo-677.png",1,1,false]},"author_info":{"info":["admin"]},"category_info":"<a href=\"https:\/\/blogemergencias.es\/index.php\/category\/noticias\/\" rel=\"category tag\">Noticias<\/a>","tag_info":"Noticias","comment_count":0,"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/blogemergencias.es\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/26938","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/blogemergencias.es\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/blogemergencias.es\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/blogemergencias.es\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/blogemergencias.es\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=26938"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/blogemergencias.es\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/26938\/revisions"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/blogemergencias.es\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media\/26939"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/blogemergencias.es\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=26938"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/blogemergencias.es\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=26938"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/blogemergencias.es\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=26938"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}