{"id":3209,"date":"2025-03-01T15:18:42","date_gmt":"2025-03-01T15:18:42","guid":{"rendered":"https:\/\/blogemergencias.es\/index.php\/2025\/03\/01\/reglamento-ue-2025-38-del-parlamento-europeo-y-del-consejo-de-19-de-diciembre-de-2024-por-el-que-se-establecen-medidas-destinadas-a-reforzar-la-solidaridad-y-las-capacidades-en-la-union-a-fin-de-d\/"},"modified":"2025-03-01T15:18:42","modified_gmt":"2025-03-01T15:18:42","slug":"reglamento-ue-2025-38-del-parlamento-europeo-y-del-consejo-de-19-de-diciembre-de-2024-por-el-que-se-establecen-medidas-destinadas-a-reforzar-la-solidaridad-y-las-capacidades-en-la-union-a-fin-de-d","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/blogemergencias.es\/index.php\/2025\/03\/01\/reglamento-ue-2025-38-del-parlamento-europeo-y-del-consejo-de-19-de-diciembre-de-2024-por-el-que-se-establecen-medidas-destinadas-a-reforzar-la-solidaridad-y-las-capacidades-en-la-union-a-fin-de-d\/","title":{"rendered":"Reglamento (UE) 2025\/38 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 19 de diciembre de 2024, por el que se establecen medidas destinadas a reforzar la solidaridad y las capacidades en la Uni\u00f3n a fin de detectar ciberamenazas e incidentes, prepararse y responder a ellos y por el que se modifica el Reglamento (UE) 2021\/694 (Reglamento de Cibersolidaridad)."},"content":{"rendered":"<div id=\"textoxslt\">\n<p class=\"parrafo\">\u00a0<\/p>\n<p class=\"parrafo\">EL PARLAMENTO EUROPEO Y EL CONSEJO DE LA UNI\u00d3N EUROPEA,<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Visto el Tratado de Funcionamiento de la Uni\u00f3n Europea, y en particular su art\u00edculo\u00a0173, apartado\u00a03, y su art\u00edculo\u00a0322, apartado\u00a01, letra\u00a0a),<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Vista la propuesta de la Comisi\u00f3n Europea,<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Previa transmisi\u00f3n del proyecto de acto legislativo a\u00a0los Parlamentos nacionales,<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Visto el dictamen del Tribunal de Cuentas\u00a0<a>(<span>1<\/span>)<\/a>,<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Visto el dictamen del Comit\u00e9 Econ\u00f3mico y Social Europeo\u00a0<a>(<span>2<\/span>)<\/a>,<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Visto el dictamen del Comit\u00e9 de las Regiones\u00a0<a>(<span>3<\/span>)<\/a>,<\/p>\n<p class=\"parrafo\">De conformidad con el procedimiento legislativo ordinario\u00a0<a>(<span>4<\/span>)<\/a>,<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Considerando lo siguiente:<\/p>\n<table class=\"sinbordes\">\n<colgroup>\n<col width=\"4%\"\/>\n<col width=\"96%\"\/>\n          <\/colgroup>\n<tbody>\n<tr>\n<td>\n<p class=\"cuerpo_tabla_der\">(1)<\/p>\n<\/td>\n<td>\n<p class=\"cuerpo_tabla_izq\">La utilizaci\u00f3n y dependencia de las tecnolog\u00edas de la informaci\u00f3n y la comunicaci\u00f3n constituyen un elemento esencial en todos los sectores de la actividad econ\u00f3mica y de la sociedad en vista de la creciente interconectividad e\u00a0interdependencia de las administraciones p\u00fablicas de los Estados miembros, las empresas y los ciudadanos en todos los sectores y por encima de todas las fronteras, lo que genera posibles vulnerabilidades de manera simult\u00e1nea.<\/p>\n<\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<table class=\"sinbordes\">\n<colgroup>\n<col width=\"4%\"\/>\n<col width=\"96%\"\/>\n          <\/colgroup>\n<tbody>\n<tr>\n<td>\n<p class=\"cuerpo_tabla_der\">(2)<\/p>\n<\/td>\n<td>\n<p class=\"cuerpo_tabla_izq\">La magnitud, la frecuencia y los efectos de los incidentes de ciberseguridad, incluidos los ataques a\u00a0la cadena de suministro con fines de ciberespionaje, programas de secuestro (\u00abransomware\u00bb) o\u00a0perturbaci\u00f3n, est\u00e1n aumentando en la Uni\u00f3n y en todo el mundo. Representan una grave amenaza para el funcionamiento de las redes y los sistemas de informaci\u00f3n. En vista de la r\u00e1pida evoluci\u00f3n del panorama de amenazas, la amenaza de posibles incidentes de ciberseguridad a\u00a0gran escala que provoque perturbaciones o\u00a0da\u00f1os significativos en las infraestructuras cr\u00edticas exige una mayor preparaci\u00f3n del marco de ciberseguridad de la Uni\u00f3n. Esa amenaza va m\u00e1s all\u00e1 de la guerra de agresi\u00f3n de Rusia a\u00a0Ucrania y probablemente persistir\u00e1, dada la multiplicidad de agentes implicados en las tensiones geopol\u00edticas actuales. Tales incidentes pueden obstaculizar la prestaci\u00f3n de servicios p\u00fablicos, ya que los ciberataques se dirigen con frecuencia a\u00a0servicios e\u00a0infraestructuras p\u00fablicos locales, regionales o\u00a0nacionales, y las autoridades locales son especialmente vulnerables, en particular debido a\u00a0sus limitados recursos. Pueden impedir asimismo el desarrollo de actividades econ\u00f3micas, incluso en sectores de alta criticidad u\u00a0otros sectores cr\u00edticos, generar p\u00e9rdidas econ\u00f3micas sustanciales, socavar la confianza de los usuarios, causar graves da\u00f1os a\u00a0las econom\u00edas y a\u00a0los sistemas democr\u00e1ticos de la Uni\u00f3n e\u00a0incluso suponer una amenaza para la salud o\u00a0la vida. Adem\u00e1s, los incidentes de ciberseguridad son impredecibles, ya que a\u00a0menudo surgen y evolucionan r\u00e1pidamente, no se limitan a\u00a0ninguna zona geogr\u00e1fica espec\u00edfica y se producen simult\u00e1neamente o\u00a0se propagan de forma instant\u00e1nea por muchos pa\u00edses. Es importante que exista una estrecha cooperaci\u00f3n entre el sector p\u00fablico, el sector privado, el mundo acad\u00e9mico, la sociedad civil y los medios de comunicaci\u00f3n.<\/p>\n<\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<table class=\"sinbordes\">\n<colgroup>\n<col width=\"4%\"\/>\n<col width=\"96%\"\/>\n          <\/colgroup>\n<tbody>\n<tr>\n<td>\n<p class=\"cuerpo_tabla_der\">(3)<\/p>\n<\/td>\n<td>\n<p class=\"cuerpo_tabla_izq\">Es necesario afianzar la posici\u00f3n competitiva de la industria y los servicios de la Uni\u00f3n en el conjunto de la econom\u00eda digitalizada y apoyar su transformaci\u00f3n digital reforzando el nivel de ciberseguridad en el mercado \u00fanico digital, tal y como se recomend\u00f3 en tres propuestas distintas de la Conferencia sobre el Futuro de Europa. Es necesario aumentar la resiliencia de los ciudadanos, las empresas, incluidas las microempresas, las peque\u00f1as y medianas empresas y las empresas emergentes, y las entidades que gestionan infraestructuras cr\u00edticas, frente a\u00a0las crecientes amenazas de ciberseguridad, que pueden tener unas repercusiones sociales y econ\u00f3micas devastadoras. Por lo tanto, es necesaria la inversi\u00f3n en infraestructuras y servicios y la adquisici\u00f3n de competencias para desarrollar capacidades en materia de ciberseguridad que apoyen una detecci\u00f3n y una respuesta m\u00e1s r\u00e1pidas a\u00a0las ciberamenazas e\u00a0incidentes. Adicionalmente, los Estados miembros precisan de asistencia para prepararse mejor y responder a\u00a0los incidentes de ciberseguridad significativos y a\u00a0gran escala, as\u00ed como apoyo en la recuperaci\u00f3n inicial de ellos. Bas\u00e1ndose en las estructuras existentes y en estrecha colaboraci\u00f3n con ellas, la Uni\u00f3n tambi\u00e9n debe aumentar sus capacidades en dichos \u00e1mbitos, en particular en lo que se refiere a\u00a0la recopilaci\u00f3n y el an\u00e1lisis de datos sobre amenazas e\u00a0incidentes de ciberseguridad.<\/p>\n<\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<table class=\"sinbordes\">\n<colgroup>\n<col width=\"4%\"\/>\n<col width=\"96%\"\/>\n          <\/colgroup>\n<tbody>\n<tr>\n<td>\n<p class=\"cuerpo_tabla_der\">(4)<\/p>\n<\/td>\n<td>\n<p class=\"cuerpo_tabla_izq\">La Uni\u00f3n ya ha tomado una serie de medidas para reducir las vulnerabilidades y aumentar la resiliencia de las infraestructuras y entidades cr\u00edticas frente a\u00a0los riesgos, en particular el Reglamento (UE) 2019\/881 del Parlamento Europeo y del Consejo\u00a0<a>(<span>5<\/span>)<\/a>, las Directivas\u00a02013\/40\/UE\u00a0<a>(<span>6<\/span>)<\/a> y (UE) 2022\/2555\u00a0<a>(<span>7<\/span>)<\/a> del Parlamento Europeo y del Consejo, y la Recomendaci\u00f3n (UE) 2017\/1584 de la Comisi\u00f3n\u00a0<a>(<span>8<\/span>)<\/a>. Adem\u00e1s, la Recomendaci\u00f3n del Consejo de\u00a08\u00a0de\u00a0diciembre de\u00a02022 sobre un enfoque coordinado a\u00a0escala de la Uni\u00f3n para reforzar la resiliencia de las infraestructuras cr\u00edticas invita a\u00a0los Estados miembros a\u00a0tomar medidas y a\u00a0cooperar entre s\u00ed, con la Comisi\u00f3n y otras autoridades p\u00fablicas pertinentes, as\u00ed como con las entidades afectadas, a\u00a0fin de aumentar la resiliencia de las infraestructuras cr\u00edticas utilizadas para prestar servicios esenciales en el mercado interior.<\/p>\n<\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<table class=\"sinbordes\">\n<colgroup>\n<col width=\"4%\"\/>\n<col width=\"96%\"\/>\n          <\/colgroup>\n<tbody>\n<tr>\n<td>\n<p class=\"cuerpo_tabla_der\">(5)<\/p>\n<\/td>\n<td>\n<p class=\"cuerpo_tabla_izq\">Los crecientes riesgos de ciberseguridad y un panorama general de amenazas complejo, con un claro riesgo de propagaci\u00f3n r\u00e1pida de incidentes de un Estado miembro a\u00a0otros y de un tercer pa\u00eds a\u00a0la Uni\u00f3n, requieren el refuerzo de la solidaridad a\u00a0escala de la Uni\u00f3n para mejorar la detecci\u00f3n, preparaci\u00f3n, respuesta y recuperaci\u00f3n con respecto de las ciberamenazas e\u00a0incidentes, en especial mediante el refuerzo de las capacidades de las estructuras existentes. Adem\u00e1s, las Conclusiones del Consejo de\u00a023\u00a0de\u00a0mayo de\u00a02022 sobre el desarrollo de la posici\u00f3n de la Uni\u00f3n en materia cibern\u00e9tica han invitado a\u00a0la Comisi\u00f3n a\u00a0que presente una propuesta sobre un nuevo Fondo de Respuesta de Emergencia para la Ciberseguridad.<\/p>\n<\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<table class=\"sinbordes\">\n<colgroup>\n<col width=\"4%\"\/>\n<col width=\"96%\"\/>\n          <\/colgroup>\n<tbody>\n<tr>\n<td>\n<p class=\"cuerpo_tabla_der\">(6)<\/p>\n<\/td>\n<td>\n<p class=\"cuerpo_tabla_izq\">La Comunicaci\u00f3n conjunta de la Comisi\u00f3n y el Alto Representante de la Uni\u00f3n para Asuntos Exteriores y Pol\u00edtica de Seguridad al Parlamento Europeo y al Consejo sobre la pol\u00edtica de ciberdefensa de la\u00a0UE de\u00a010\u00a0de\u00a0noviembre de\u00a02022, anunci\u00f3 una Iniciativa de Cibersolidaridad de la\u00a0UE con los objetivos de reforzar las capacidades comunes de detecci\u00f3n, la conciencia situacional y la respuesta de la Uni\u00f3n mediante la promoci\u00f3n de la implantaci\u00f3n de una infraestructura de la Uni\u00f3n de centros de operaciones de seguridad (COS), el apoyo a\u00a0la creaci\u00f3n gradual de una ciberreserva a\u00a0escala de la Uni\u00f3n con servicios de proveedores privados de confianza y la realizaci\u00f3n de pruebas de entidades cr\u00edticas para detectar posibles vulnerabilidades basadas en evaluaciones de riesgos de la Uni\u00f3n.<\/p>\n<\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<table class=\"sinbordes\">\n<colgroup>\n<col width=\"4%\"\/>\n<col width=\"96%\"\/>\n          <\/colgroup>\n<tbody>\n<tr>\n<td>\n<p class=\"cuerpo_tabla_der\">(7)<\/p>\n<\/td>\n<td>\n<p class=\"cuerpo_tabla_izq\">Es necesario reforzar la capacidad de detecci\u00f3n y la conciencia situacional de las ciberamenazas y los incidentes en toda la Uni\u00f3n y afianzar la solidaridad mejorando la preparaci\u00f3n y las capacidades de los Estados miembros y de la Uni\u00f3n para prevenir y responder a\u00a0incidentes de ciberseguridad significativos y a\u00a0gran escala. Procede, por lo tanto, crear una red de centros cibern\u00e9ticos paneuropea (en lo sucesivo, \u00abSistema Europeo de Alerta de Ciberseguridad\u00bb) para desarrollar capacidades coordinadas de detecci\u00f3n y conciencia situacional, reforzando las capacidades de la Uni\u00f3n de detecci\u00f3n de amenazas y puesta en com\u00fan de informaci\u00f3n; debe crearse un Mecanismo de Emergencia en materia de Ciberseguridad para ayudar a\u00a0los Estados miembros, previa solicitud de estos, a\u00a0prepararse, responder a\u00a0incidentes de ciberseguridad significativos y a\u00a0gran escala, atenuar sus repercusiones e\u00a0iniciar la recuperaci\u00f3n de los incidentes de ciberseguridad significativos y a\u00a0gran escala, y apoyar a\u00a0otros usuarios en su respuesta a\u00a0incidentes de ciberseguridad significativos y a\u00a0incidentes de ciberseguridad equivalentes a\u00a0gran escala; y debe crearse un Mecanismo Europeo de Revisi\u00f3n de Incidentes de Ciberseguridad para revisar y evaluar incidentes de ciberseguridad significativos o\u00a0a\u00a0gran escala espec\u00edficos. Las acciones en virtud del presente Reglamento deben llevarse a\u00a0cabo respetando debidamente las competencias de los Estados miembros y deben complementar, sin duplicar, las actividades que llevan a\u00a0cabo la red de CSIRT, la Red europea de organizaciones de enlace para la gesti\u00f3n de cibercrisis (EU-CyCLONe, por sus siglas en ingl\u00e9s) o\u00a0el Grupo de Cooperaci\u00f3n establecido en virtud de la Directiva (UE) 2022\/2555. Estas acciones se entienden sin perjuicio de lo dispuesto en los art\u00edculos\u00a0107 y\u00a0108 del Tratado de Funcionamiento de la Uni\u00f3n Europea (TFUE).<\/p>\n<\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<table class=\"sinbordes\">\n<colgroup>\n<col width=\"4%\"\/>\n<col width=\"96%\"\/>\n          <\/colgroup>\n<tbody>\n<tr>\n<td>\n<p class=\"cuerpo_tabla_der\">(8)<\/p>\n<\/td>\n<td>\n<p class=\"cuerpo_tabla_izq\">Para alcanzar estos objetivos, procede modificar el Reglamento (UE) 2021\/694 del Parlamento Europeo y del Consejo\u00a0<a>(<span>9<\/span>)<\/a> en determinados \u00e1mbitos. En particular, el presente Reglamento debe modificar el Reglamento (UE) 2021\/694 en lo que respecta a\u00a0la adici\u00f3n de nuevos objetivos operativos relacionados con el Sistema Europeo de Alerta de Ciberseguridad y el Mecanismo de Emergencia en materia de Ciberseguridad en el marco del objetivo espec\u00edfico 3 del Programa Europa Digital, cuya finalidad es garantizar la resiliencia, la integridad y la fiabilidad del mercado \u00fanico digital, reforzar las capacidades para seguir los ciberataques y ciberamenazas y responder a\u00a0ellos, y reforzar la cooperaci\u00f3n y la coordinaci\u00f3n transfronterizas en materia de ciberseguridad. El Sistema Europeo de Alerta de Ciberseguridad podr\u00eda representar un importante apoyo para los Estados miembros a\u00a0la hora de anticiparse y protegerse frente a\u00a0las ciberamenazas, y la Reserva de Ciberseguridad de la\u00a0UE podr\u00eda ofrecer una considerable ayuda a\u00a0los Estados miembros, a\u00a0las instituciones, \u00f3rganos y organismos de la Uni\u00f3n y a\u00a0los terceros pa\u00edses asociados al Programa Europa Digital a\u00a0la hora de responder y atenuar las repercusiones de incidentes de ciberseguridad significativos, incidentes de ciberseguridad a\u00a0gran escala e\u00a0incidentes de ciberseguridad equivalentes a\u00a0gran escala. Dichas repercusiones podr\u00eda incluir da\u00f1os materiales o\u00a0inmateriales considerables y riesgos graves para la seguridad y el orden p\u00fablicos. A\u00a0la luz de las funciones espec\u00edficas que podr\u00edan desempe\u00f1ar el Sistema Europeo de Alerta de Ciberseguridad y la Reserva de Ciberseguridad de la\u00a0UE, el presente Reglamento debe modificar el Reglamento (UE) 2021\/694 en lo que respecta a\u00a0la participaci\u00f3n de entidades jur\u00eddicas establecidas en la Uni\u00f3n, pero controladas desde terceros pa\u00edses, en los casos en que exista un riesgo real de que las herramientas, infraestructuras y servicios necesarios y suficientes, o\u00a0la tecnolog\u00eda, los conocimientos especializados y la capacidad, no est\u00e9n disponibles en la Uni\u00f3n y los beneficios de la inclusi\u00f3n de dichas entidades compensen el riesgo para la seguridad. Esto ha de completarse con el establecimiento de las condiciones espec\u00edficas en las que pueda concederse ayuda financiera para las acciones de ejecuci\u00f3n del Sistema Europeo de Alerta de Ciberseguridad y de la Reserva de Ciberseguridad de la\u00a0UE y mediante la definici\u00f3n de los mecanismos de gobernanza y coordinaci\u00f3n necesarios para alcanzar los objetivos previstos. Otras modificaciones del Reglamento (UE) 2021\/694 deben incluir descripciones de las acciones propuestas en el marco de los nuevos objetivos operativos, as\u00ed como indicadores mensurables para seguir la aplicaci\u00f3n de estos nuevos objetivos operativos.<\/p>\n<\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<table class=\"sinbordes\">\n<colgroup>\n<col width=\"4%\"\/>\n<col width=\"96%\"\/>\n          <\/colgroup>\n<tbody>\n<tr>\n<td>\n<p class=\"cuerpo_tabla_der\">(9)<\/p>\n<\/td>\n<td>\n<p class=\"cuerpo_tabla_izq\">Para reforzar la respuesta de la Uni\u00f3n frente a\u00a0las ciberamenazas y los incidentes es esencial la cooperaci\u00f3n con las organizaciones internacionales, as\u00ed como con los socios internacionales afines y de confianza. En este contexto, debe entenderse por socios internacionales afines y de confianza aquellos pa\u00edses que comparten los principios que han inspirado la creaci\u00f3n de la Uni\u00f3n, a\u00a0saber la democracia, el Estado de Derecho, la universalidad e\u00a0indivisibilidad de los derechos humanos y las libertades fundamentales, el respeto de la dignidad humana, as\u00ed como los principios de igualdad y solidaridad y el respeto de los principios de la Carta de las Naciones Unidas y del Derecho internacional, y que no socavan los intereses esenciales de seguridad de la Uni\u00f3n o\u00a0de sus Estados miembros. Dicha cooperaci\u00f3n tambi\u00e9n podr\u00eda ser beneficiosa en relaci\u00f3n con las acciones adoptadas en virtud del presente Reglamento, en particular con el Sistema Europeo de Alerta de Ciberseguridad y la Reserva de Ciberseguridad de la\u00a0UE. El Reglamento (UE)\u00a02021\/694 debe establecer que, si se cumplen determinadas condiciones de disponibilidad y seguridad, las licitaciones para el Sistema Europeo de Alerta de Ciberseguridad y la Reserva de Ciberseguridad de la\u00a0UE se abran a\u00a0entidades jur\u00eddicas controladas por terceros pa\u00edses, cuando se cumplan los requisitos de seguridad. Al evaluar el riesgo para la seguridad de abrir de ese modo la contrataci\u00f3n p\u00fablica, es importante tener en cuenta los principios y valores que la Uni\u00f3n comparte con socios internacionales de confianza y afines, cuando dichos principios est\u00e9n relacionados con intereses y valores esenciales de seguridad de la Uni\u00f3n. Adem\u00e1s, cuando dichos requisitos de seguridad est\u00e9n siendo considerados con arreglo al Reglamento (UE) 2021\/694, podr\u00edan tenerse en cuenta varios elementos, como la estructura corporativa y el proceso de toma de decisiones de las entidades, la seguridad de los datos y la informaci\u00f3n clasificada o\u00a0sensible, y garantizar que los resultados de la acci\u00f3n no est\u00e9n controlados o\u00a0restringidos por parte de terceros pa\u00edses no admisibles.<\/p>\n<\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<table class=\"sinbordes\">\n<colgroup>\n<col width=\"4%\"\/>\n<col width=\"96%\"\/>\n          <\/colgroup>\n<tbody>\n<tr>\n<td>\n<p class=\"cuerpo_tabla_der\">(10)<\/p>\n<\/td>\n<td>\n<p class=\"cuerpo_tabla_izq\">La financiaci\u00f3n de las acciones en virtud del presente Reglamento debe estar prevista en el Reglamento (UE) 2021\/694, que debe seguir siendo el acto de base pertinente para las acciones contempladas en el objetivo espec\u00edfico 3 del Programa Europa Digital. En los programas de trabajo pertinentes, han de establecerse las condiciones espec\u00edficas de participaci\u00f3n en relaci\u00f3n con cada acci\u00f3n, de conformidad con el Reglamento (UE)\u00a02021\/694.<\/p>\n<\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<table class=\"sinbordes\">\n<colgroup>\n<col width=\"4%\"\/>\n<col width=\"96%\"\/>\n          <\/colgroup>\n<tbody>\n<tr>\n<td>\n<p class=\"cuerpo_tabla_der\">(11)<\/p>\n<\/td>\n<td>\n<p class=\"cuerpo_tabla_izq\">Son de aplicaci\u00f3n al presente Reglamento las normas financieras horizontales adoptadas por el Parlamento Europeo y el Consejo en virtud del art\u00edculo\u00a0322 del TFUE. Dichas normas se establecen en el Reglamento (UE, Euratom) 2024\/2509 del Parlamento Europeo y del Consejo\u00a0<a>(<span>10<\/span>)<\/a> y determinan, en particular, el procedimiento de elaboraci\u00f3n y ejecuci\u00f3n del presupuesto de la Uni\u00f3n, y prev\u00e9n el control de la responsabilidad de los agentes financieros. Las normas adoptadas sobre la base del art\u00edculo\u00a0322 del TFUE tambi\u00e9n incluyen un r\u00e9gimen general de condicionalidad para la protecci\u00f3n del presupuesto de la Uni\u00f3n tal como establece el Reglamento (UE, Euratom) 2020\/2092 del Parlamento Europeo y del Consejo\u00a0<a>(<span>11<\/span>)<\/a>.<\/p>\n<\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<table class=\"sinbordes\">\n<colgroup>\n<col width=\"4%\"\/>\n<col width=\"96%\"\/>\n          <\/colgroup>\n<tbody>\n<tr>\n<td>\n<p class=\"cuerpo_tabla_der\">(12)<\/p>\n<\/td>\n<td>\n<p class=\"cuerpo_tabla_izq\">Si bien las medidas de prevenci\u00f3n y preparaci\u00f3n son esenciales para aumentar la resiliencia de la Uni\u00f3n frente a\u00a0incidentes de ciberseguridad significativos, incidentes de ciberseguridad a\u00a0gran escala e\u00a0incidentes de ciberseguridad equivalentes a\u00a0gran escala, la frecuencia, el momento de aparici\u00f3n y la magnitud de dichos incidentes son, por su propia naturaleza, impredecibles. Los recursos financieros necesarios para garantizar una respuesta adecuada pueden variar considerablemente de un a\u00f1o a\u00a0otro y deben poder ponerse a\u00a0disposici\u00f3n inmediatamente. Conciliar el principio presupuestario de predictibilidad con la necesidad de actuar con rapidez ante las nuevas necesidades exige la adaptaci\u00f3n, por tanto, de la ejecuci\u00f3n financiera de los programas de trabajo. Por consiguiente, procede autorizar la pr\u00f3rroga de cr\u00e9ditos no utilizados, si bien solo hasta el a\u00f1o siguiente y \u00fanicamente para la Reserva de Ciberseguridad de la\u00a0UE y las acciones que apoyen la asistencia mutua, adem\u00e1s de la pr\u00f3rroga de cr\u00e9ditos autorizados en virtud del art\u00edculo\u00a012, apartado\u00a04, del Reglamento (UE, Euratom) 2024\/2509.<\/p>\n<\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<table class=\"sinbordes\">\n<colgroup>\n<col width=\"4%\"\/>\n<col width=\"96%\"\/>\n          <\/colgroup>\n<tbody>\n<tr>\n<td>\n<p class=\"cuerpo_tabla_der\">(13)<\/p>\n<\/td>\n<td>\n<p class=\"cuerpo_tabla_izq\">Para prevenir, evaluar, responder y recuperarse de las ciberamenazas y los incidentes de manera m\u00e1s eficaz, es necesario desarrollar conocimientos m\u00e1s completos sobre las amenazas para las infraestructuras y los activos cr\u00edticos en el territorio de la Uni\u00f3n, incluida su distribuci\u00f3n geogr\u00e1fica, su interconexi\u00f3n y los posibles efectos en caso de ciberataques que afecten dichas infraestructuras. Un enfoque proactivo para detectar, atenuar y prevenir ciberamenazas comprende una mayor capacidad en competencias de detecci\u00f3n avanzada. El Sistema Europeo de Alerta de Ciberseguridad debe constar de varios centros cibern\u00e9ticos transfronterizos interoperativos, cada uno integrado por tres o\u00a0m\u00e1s centros cibern\u00e9ticos nacionales. Dicha infraestructura debe servir a\u00a0los intereses y necesidades nacionales y de la Uni\u00f3n en materia de ciberseguridad, y debe aprovechar la tecnolog\u00eda de vanguardia para la recogida de datos e\u00a0informaci\u00f3n pertinentes, en su caso, anonimizados, y los instrumentos anal\u00edticos, mejorar las capacidades coordinadas de ciberdetecci\u00f3n y gesti\u00f3n y proporcionar conciencia situacional en tiempo real. Tal infraestructura debe servir para mejorar la posici\u00f3n en materia cibern\u00e9tica, aumentando la detecci\u00f3n, la agregaci\u00f3n y el an\u00e1lisis de datos e\u00a0informaci\u00f3n con el fin de prevenir amenazas e\u00a0incidentes de ciberseguridad y complementar y apoyar as\u00ed a\u00a0las entidades y redes de la Uni\u00f3n responsables de la gesti\u00f3n de crisis en la Uni\u00f3n, en particular la\u00a0EU-CyCLONe.<\/p>\n<\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<table class=\"sinbordes\">\n<colgroup>\n<col width=\"4%\"\/>\n<col width=\"96%\"\/>\n          <\/colgroup>\n<tbody>\n<tr>\n<td>\n<p class=\"cuerpo_tabla_der\">(14)<\/p>\n<\/td>\n<td>\n<p class=\"cuerpo_tabla_izq\">La participaci\u00f3n en el Sistema Europeo de Alerta de Ciberseguridad es voluntaria para los Estados miembros. Cada Estado miembro debe designar una \u00fanica entidad a\u00a0nivel nacional encargada de coordinar las actividades de detecci\u00f3n de ciberamenazas en dicho Estado miembro. Esos centros cibern\u00e9ticos nacionales deben actuar como punto de referencia y pasarela a\u00a0nivel nacional para la participaci\u00f3n en el Sistema Europeo de Alerta de Ciberseguridad y deben garantizar que la informaci\u00f3n sobre ciberamenazas procedente de entidades p\u00fablicas y privadas se ponga en com\u00fan y recopile a\u00a0nivel nacional de manera eficaz y racional. Los centros cibern\u00e9ticos nacionales podr\u00edan reforzar la cooperaci\u00f3n y la puesta en com\u00fan de informaci\u00f3n entre entidades p\u00fablicas y privadas y tambi\u00e9n podr\u00edan respaldar el intercambio de datos e\u00a0informaci\u00f3n pertinentes con las comunidades sectoriales e\u00a0intersectoriales pertinentes, incluidos los centros de puesta en com\u00fan y an\u00e1lisis de informaci\u00f3n pertinentes (ISAC, por sus siglas en ingl\u00e9s). Para reforzar la ciberresiliencia de la Uni\u00f3n es esencial una cooperaci\u00f3n estrecha y coordinada entre las entidades p\u00fablicas y privadas. Dicha cooperaci\u00f3n es especialmente valiosa en el contexto de la puesta en com\u00fan de inteligencia sobre ciberamenazas con vistas a\u00a0mejorar la ciberprotecci\u00f3n activa. Como parte de tal cooperaci\u00f3n y puesta en com\u00fan de informaci\u00f3n, los centros cibern\u00e9ticos nacionales podr\u00edan solicitar y recibir informaci\u00f3n espec\u00edfica. Dichos centros no tienen la obligaci\u00f3n ni la potestad en virtud del presente Reglamento de hacer cumplir dichas solicitudes. Cuando proceda y de conformidad con el Derecho de la Uni\u00f3n y nacional, la informaci\u00f3n solicitada o\u00a0recibida podr\u00eda incluir datos de telemetr\u00eda, sensores y registro procedente de entidades, como los proveedores de servicios de seguridad gestionados, que operen en sectores de alta criticidad u\u00a0otros sectores cr\u00edticos dentro del Estado miembro, con el fin de mejorar la r\u00e1pida detecci\u00f3n de posibles ciberamenazas e\u00a0incidentes en una fase m\u00e1s temprana, aumentando as\u00ed la conciencia situacional. Si el centro cibern\u00e9tico nacional no es la autoridad competente designada o\u00a0establecida por el Estado miembro de que se trate en virtud del art\u00edculo\u00a08, apartado\u00a01, de la Directiva (UE) 2022\/2555, es esencial que se coordine con dicha autoridad competente en lo que respecta a\u00a0solicitudes de tales datos y a\u00a0su recepci\u00f3n.<\/p>\n<\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<table class=\"sinbordes\">\n<colgroup>\n<col width=\"4%\"\/>\n<col width=\"96%\"\/>\n          <\/colgroup>\n<tbody>\n<tr>\n<td>\n<p class=\"cuerpo_tabla_der\">(15)<\/p>\n<\/td>\n<td>\n<p class=\"cuerpo_tabla_izq\">Como parte del Sistema Europeo de Alerta de Ciberseguridad, debe crearse una serie de centros cibern\u00e9ticos transfronterizos. Dichos centros cibern\u00e9ticos transfronterizos deben reunir a\u00a0los centros cibern\u00e9ticos nacionales de al menos tres Estados miembros, a\u00a0fin de garantizar que puedan lograrse plenamente los beneficios de la detecci\u00f3n transfronteriza de amenazas y de la puesta en com\u00fan y la gesti\u00f3n de la informaci\u00f3n. El objetivo general de los centros cibern\u00e9ticos transfronterizos debe ser reforzar las capacidades para analizar, prevenir y detectar las ciberamenazas y apoyar la producci\u00f3n de inteligencia de alta calidad sobre las ciberamenazas, en particular mediante la puesta en com\u00fan de informaci\u00f3n pertinente, en su caso anonimizada, en un entorno de confianza y seguro, procedente de diversas fuentes, p\u00fablicas o\u00a0privadas, as\u00ed como mediante la puesta en com\u00fan y el uso conjunto de herramientas de vanguardia, y el desarrollo conjunto de capacidades de detecci\u00f3n, an\u00e1lisis y prevenci\u00f3n en un entorno de confianza y seguro. Los centros cibern\u00e9ticos transfronterizos deben proporcionar nuevas capacidades adicionales, aprovechando y complementando los COS existentes y los \u00abCSIRT\u00bb y otros agentes pertinentes, incluida la red de CSIRT.<\/p>\n<\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<table class=\"sinbordes\">\n<colgroup>\n<col width=\"4%\"\/>\n<col width=\"96%\"\/>\n          <\/colgroup>\n<tbody>\n<tr>\n<td>\n<p class=\"cuerpo_tabla_der\">(16)<\/p>\n<\/td>\n<td>\n<p class=\"cuerpo_tabla_izq\">El Estado miembro seleccionado por el Centro Europeo de Competencia Industrial, Tecnol\u00f3gica y de Investigaci\u00f3n en Ciberseguridad (ECCC, por sus siglas en ingl\u00e9s), creado por el Reglamento (UE) 2021\/887 del Parlamento y del Consejo\u00a0<a>(<span>12<\/span>)<\/a> tras una convocatoria de manifestaciones de inter\u00e9s para crear un centro cibern\u00e9tico nacional o\u00a0mejorar las capacidades de uno existente debe adquirir las herramientas, infraestructuras o\u00a0servicios pertinentes conjuntamente con el ECCC. Tal Estado miembro debe poder optar a\u00a0una subvenci\u00f3n para explotar las herramientas, infraestructuras o\u00a0servicios. El ECCC debe poder seleccionar un consorcio anfitri\u00f3n compuesto por al menos tres Estados miembros, tras una convocatoria de manifestaciones de inter\u00e9s para crear un centro cibern\u00e9tico transfronterizo o\u00a0mejorar las capacidades de uno existente, debe adquirir las herramientas, infraestructuras o\u00a0servicios pertinentes conjuntamente con el ECCC. El consorcio anfitri\u00f3n debe poder optar a\u00a0una subvenci\u00f3n para explotar las herramientas, infraestructuras o\u00a0servicios. El procedimiento de contrataci\u00f3n p\u00fablica para adquirir las herramientas, infraestructuras o\u00a0servicios pertinentes debe llevarse a\u00a0cabo conjuntamente por el ECCC y los \u00f3rganos de contrataci\u00f3n pertinentes de los Estados miembros seleccionados a\u00a0ra\u00edz de tal convocatoria de manifestaciones de inter\u00e9s. Tal contrataci\u00f3n p\u00fablica debe ajustarse a\u00a0lo dispuesto en el art\u00edculo\u00a0168, apartado\u00a02, del Reglamento (UE, Euratom) 2024\/2509 y en las normas financieras del ECCC. Por tanto, las entidades privadas no deben poder participar en las convocatorias de manifestaciones de inter\u00e9s para adquirir conjuntamente herramientas, infraestructuras o\u00a0servicios con el ECCC, ni para recibir subvenciones para explotar dichas herramientas, infraestructuras o\u00a0servicios. No obstante, los Estados miembros deben tener la posibilidad de hacer participar a\u00a0las entidades privadas en la creaci\u00f3n, la mejora y el funcionamiento de sus centros cibern\u00e9ticos nacionales y centros cibern\u00e9ticos transfronterizos por otras v\u00edas que consideren adecuadas, de conformidad con el Derecho de la Uni\u00f3n y nacional. Las entidades privadas tambi\u00e9n podr\u00edan optar a\u00a0recibir financiaci\u00f3n de la Uni\u00f3n en virtud del Reglamento (UE) 2021\/887 a\u00a0fin de dar apoyo a\u00a0los centros cibern\u00e9ticos nacionales.<\/p>\n<\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<table class=\"sinbordes\">\n<colgroup>\n<col width=\"4%\"\/>\n<col width=\"96%\"\/>\n          <\/colgroup>\n<tbody>\n<tr>\n<td>\n<p class=\"cuerpo_tabla_der\">(17)<\/p>\n<\/td>\n<td>\n<p class=\"cuerpo_tabla_izq\">Con vistas a\u00a0mejorar la detecci\u00f3n de las ciberamenazas y la conciencia situacional en la Uni\u00f3n, el Estado miembro seleccionado tras una convocatoria de manifestaciones de inter\u00e9s para crear un centro cibern\u00e9tico nacional o\u00a0mejorar las capacidades de uno existente debe comprometerse a\u00a0solicitar participar en un centro cibern\u00e9tico transfronterizo. Si el Estado miembro no participa en un centro cibern\u00e9tico transfronterizo en el plazo de dos a\u00f1os a\u00a0partir de la fecha en que se adquieran las herramientas, infraestructuras o\u00a0servicios, o\u00a0de la fecha en que reciba la financiaci\u00f3n mediante subvenciones, si dicha fecha fuera anterior, no debe poder participar en otras acciones de apoyo de la Uni\u00f3n en el marco del Sistema Europeo de Alerta de Ciberseguridad para mejorar las capacidades de su centro cibern\u00e9tico nacional. En tales casos, las entidades de los Estados miembros podr\u00edan seguir participando en convocatorias de propuestas sobre otros temas en el marco del Programa Europa Digital o\u00a0de otros programas de financiaci\u00f3n de la Uni\u00f3n, incluidas las convocatorias de capacidades para la detecci\u00f3n cibern\u00e9tica y la puesta en com\u00fan de informaci\u00f3n, siempre que dichas entidades cumplan los criterios de admisibilidad establecidos en dichos programas.<\/p>\n<\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<table class=\"sinbordes\">\n<colgroup>\n<col width=\"4%\"\/>\n<col width=\"96%\"\/>\n          <\/colgroup>\n<tbody>\n<tr>\n<td>\n<p class=\"cuerpo_tabla_der\">(18)<\/p>\n<\/td>\n<td>\n<p class=\"cuerpo_tabla_izq\">Los CSIRT intercambian informaci\u00f3n dentro de la red de CSIRT, de conformidad con la Directiva (UE) 2022\/2555. El Sistema Europeo de Alerta de Ciberseguridad debe constituir una nueva capacidad que sea complementaria de la red de CSIRT, contribuyendo a\u00a0crear conciencia situacional de la Uni\u00f3n que permita reforzar las capacidades de la red de CSIRT. Los centros cibern\u00e9ticos transfronterizos deben coordinarse y cooperar estrechamente con la red de CSIRT. Deben proceder a\u00a0la agrupaci\u00f3n y puesta en com\u00fan de datos, as\u00ed como la puesta en com\u00fan de informaci\u00f3n pertinente, en su caso anonimizada, sobre las ciberamenazas procedentes de entidades p\u00fablicas y privadas, aumentando el valor de dichos datos e\u00a0informaci\u00f3n mediante el an\u00e1lisis de expertos y la adquisici\u00f3n conjunta de infraestructuras y herramientas de vanguardia, y contribuyendo a\u00a0la soberan\u00eda tecnol\u00f3gica de la Uni\u00f3n, su autonom\u00eda estrat\u00e9gica abierta, su competitividad y resiliencia y al desarrollo de las capacidades de la Uni\u00f3n.<\/p>\n<\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<table class=\"sinbordes\">\n<colgroup>\n<col width=\"4%\"\/>\n<col width=\"96%\"\/>\n          <\/colgroup>\n<tbody>\n<tr>\n<td>\n<p class=\"cuerpo_tabla_der\">(19)<\/p>\n<\/td>\n<td>\n<p class=\"cuerpo_tabla_izq\">Los centros cibern\u00e9ticos transfronterizos deben actuar como puntos centrales que permitan una amplia agrupaci\u00f3n y puesta en com\u00fan de datos pertinentes y de inteligencia sobre ciberamenazas, y permitir la difusi\u00f3n de informaci\u00f3n sobre amenazas entre un amplio y diverso conjunto de partes interesadas, tales como los equipos de respuesta a\u00a0emergencias inform\u00e1ticas (CERT, por sus siglas en ingl\u00e9s), los CSIRT, los ISAC y los operadores de infraestructuras cr\u00edticas. Los miembros del consorcio anfitri\u00f3n deben especificar en el acuerdo de consorcio la informaci\u00f3n pertinente que se ha de poner en com\u00fan entre los participantes del centro cibern\u00e9tico transfronterizo de que se trate. La informaci\u00f3n intercambiada entre los participantes en un centro cibern\u00e9tico transfronterizo podr\u00eda incluir, por ejemplo, datos procedentes de redes y sensores, fuentes de informaci\u00f3n sobre amenazas, indicadores de compromiso e\u00a0informaci\u00f3n contextualizada sobre incidentes, ciberamenazas, cuasiincidentes, vulnerabilidades y, t\u00e9cnicas y procedimientos, t\u00e1cticas de los adversarios, informaci\u00f3n espec\u00edfica de los agentes de amenazas, alertas de ciberseguridad y recomendaciones relativas a\u00a0la configuraci\u00f3n de las herramientas de ciberseguridad para detectar ciberataques. Adem\u00e1s, los centros cibern\u00e9ticos transfronterizos tambi\u00e9n deben celebrar acuerdos de cooperaci\u00f3n entre s\u00ed. Tales acuerdos de cooperaci\u00f3n deben especificar, en particular, los principios de puesta en com\u00fan de informaci\u00f3n y la interoperabilidad. Sus cl\u00e1usulas relativas a\u00a0la interoperabilidad, en particular los formatos y protocolos de puesta en com\u00fan de informaci\u00f3n, deben guiarse por las directrices de interoperabilidad publicadas por la Agencia de la Uni\u00f3n Europea para la Ciberseguridad establecida por el Reglamento (UE) 2019\/881 (ENISA) y, por tanto, tomarlas como punto de partida. Dichas directrices deben emitirse r\u00e1pidamente para garantizar que los centros cibern\u00e9ticos transfronterizos puedan tenerlas en cuenta en una fase temprana. Deben tomar en consideraci\u00f3n las normas internacionales y las mejores pr\u00e1cticas y el funcionamiento de los centros cibern\u00e9ticos transfronterizos establecidos.<\/p>\n<\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<table class=\"sinbordes\">\n<colgroup>\n<col width=\"4%\"\/>\n<col width=\"96%\"\/>\n          <\/colgroup>\n<tbody>\n<tr>\n<td>\n<p class=\"cuerpo_tabla_der\">(20)<\/p>\n<\/td>\n<td>\n<p class=\"cuerpo_tabla_izq\">Los centros cibern\u00e9ticos transfronterizos y la red de CSIRT deben cooperar estrechamente para garantizar las sinergias y la complementariedad de su actividad. A\u00a0tal fin, deben acordar el procedimiento a\u00a0seguir en materia de cooperaci\u00f3n y puesta en com\u00fan de la informaci\u00f3n pertinente. Esto podr\u00eda incluir la puesta en com\u00fan de informaci\u00f3n pertinente sobre ciberamenazas e\u00a0incidentes de ciberseguridad significativos y la garant\u00eda de que se pongan en com\u00fan experiencia con las herramientas de vanguardia, en particular, la inteligencia artificial y la tecnolog\u00eda de an\u00e1lisis de datos, utilizadas en los centros cibern\u00e9ticos transfronterizos, con la red de CSIRT.<\/p>\n<\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<table class=\"sinbordes\">\n<colgroup>\n<col width=\"4%\"\/>\n<col width=\"96%\"\/>\n          <\/colgroup>\n<tbody>\n<tr>\n<td>\n<p class=\"cuerpo_tabla_der\">(21)<\/p>\n<\/td>\n<td>\n<p class=\"cuerpo_tabla_izq\">Que las autoridades pertinentes compartan la conciencia situacional es un requisito indispensable para la preparaci\u00f3n y la coordinaci\u00f3n a\u00a0escala de la Uni\u00f3n con respecto a\u00a0los incidentes de ciberseguridad significativos y a\u00a0gran escala. La Directiva (UE) 2022\/2555 cre\u00f3 la EU-CyCLONe a\u00a0fin de respaldar la gesti\u00f3n coordinada de los incidentes y crisis de ciberseguridad a\u00a0gran escala en el \u00e1mbito operativo y de garantizar el intercambio peri\u00f3dico de informaci\u00f3n pertinente entre los Estados miembros y las instituciones, \u00f3rganos y organismos de la Uni\u00f3n. La Directiva (UE) 2022\/2555 tambi\u00e9n constituy\u00f3 la red de CSIRT, para promover una cooperaci\u00f3n operativa \u00e1gil y eficaz entre los Estados miembros. Para garantizar la conciencia situacional y reforzar la solidaridad, en situaciones en las que los centros cibern\u00e9ticos transfronterizos obtengan informaci\u00f3n relacionada con un incidente de ciberseguridad a\u00a0gran escala, potencial o\u00a0en curso, deben proporcionar la informaci\u00f3n pertinente a\u00a0la red de CSIRT, e\u00a0informar, como alerta temprana, a\u00a0la EU-CyCLONe. En particular, dependiendo de la situaci\u00f3n, la informaci\u00f3n que ha de ponerse en com\u00fan podr\u00eda incluir informaci\u00f3n t\u00e9cnica, informaci\u00f3n sobre la naturaleza y los motivos del agresor o\u00a0posible agresor, e\u00a0informaci\u00f3n no t\u00e9cnica de nivel superior sobre un incidente de ciberseguridad a\u00a0gran escala, ya sea potencial o\u00a0en curso. En este contexto, debe prestarse la debida atenci\u00f3n al principio de la necesidad de conocer y al car\u00e1cter potencialmente sensible de la informaci\u00f3n puesta en com\u00fan. La Directiva (UE) 2022\/2555 tambi\u00e9n reitera las responsabilidades de la Comisi\u00f3n en el Mecanismo de Protecci\u00f3n Civil de la Uni\u00f3n (UCPM, por sus siglas en ingl\u00e9s) establecido por la Decisi\u00f3n\u00a01313\/2013\/UE del Parlamento Europeo y del Consejo\u00a0<a>(<span>13<\/span>)<\/a>, as\u00ed como en lo relativo a\u00a0la presentaci\u00f3n de informes anal\u00edticos para el dispositivo de la\u00a0UE de respuesta pol\u00edtica integrada a\u00a0las crisis (en lo sucesivo, \u00abDIRPC\u00bb) en virtud de la Decisi\u00f3n de Ejecuci\u00f3n (UE) 2018\/1993 del Consejo\u00a0<a>(<span>14<\/span>)<\/a>. Cuando los centros cibern\u00e9ticos transfronterizos pongan en com\u00fan informaci\u00f3n pertinente y alertas tempranas relacionadas con un incidente de ciberseguridad a\u00a0gran escala, potencial o\u00a0en curso, con la EU-CyCLONe y la red de CSIRT, es imprescindible que dicha informaci\u00f3n se ponga en com\u00fan a\u00a0trav\u00e9s de esas redes con las autoridades de los Estados miembros, as\u00ed como con la Comisi\u00f3n. A\u00a0este respecto, la Directiva (UE) 2022\/2555 dispone que el objetivo de la EU-CyCLONe es respaldar la gesti\u00f3n coordinada de los incidentes y crisis de ciberseguridad a\u00a0gran escala en el \u00e1mbito operativo y de garantizar el intercambio peri\u00f3dico de informaci\u00f3n relevante entre los Estados miembros y las instituciones, los \u00f3rganos y los organismos de la Uni\u00f3n. Las funciones de la EU-CyCLONe comprenden el desarrollo de conciencia situacional compartida en relaci\u00f3n con tales incidentes y crisis. Es de vital importancia que la EU-CyCLONe garantice, en consonancia con su objetivo y funciones, que tal informaci\u00f3n se transmita de forma inmediata a\u00a0los representantes de los Estados miembros pertinentes y a\u00a0la Comisi\u00f3n. A\u00a0tal fin, es fundamental que el reglamento interno de la EU-CyCLONe recoja las disposiciones adecuadas.<\/p>\n<\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<table class=\"sinbordes\">\n<colgroup>\n<col width=\"4%\"\/>\n<col width=\"96%\"\/>\n          <\/colgroup>\n<tbody>\n<tr>\n<td>\n<p class=\"cuerpo_tabla_der\">(22)<\/p>\n<\/td>\n<td>\n<p class=\"cuerpo_tabla_izq\">Las entidades que participen en el Sistema Europeo de Alerta de Ciberseguridad deben garantizar un alto nivel de interoperabilidad entre ellas, incluido, cuando proceda, en lo que respecta a\u00a0los formatos de datos, la taxonom\u00eda, las herramientas de tratamiento herramientas anal\u00edticas de datos. Asimismo, deben garantizar canales de comunicaci\u00f3n seguros, as\u00ed como un nivel m\u00ednimo de seguridad de la capa de aplicaci\u00f3n, un cuadro de mandos de conciencia situacional y los indicadores. La adopci\u00f3n de una taxonom\u00eda com\u00fan y el desarrollo de una plantilla de informes de situaci\u00f3n para describir las causas de las ciberamenazas detectadas y los riesgos deben tener en cuenta el trabajo existente realizado en el contexto de la aplicaci\u00f3n de la Directiva (UE) 2022\/2555.<\/p>\n<\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<table class=\"sinbordes\">\n<colgroup>\n<col width=\"4%\"\/>\n<col width=\"96%\"\/>\n          <\/colgroup>\n<tbody>\n<tr>\n<td>\n<p class=\"cuerpo_tabla_der\">(23)<\/p>\n<\/td>\n<td>\n<p class=\"cuerpo_tabla_izq\">A fin de permitir el intercambio de datos e\u00a0informaci\u00f3n pertinentes sobre ciberamenazas procedentes de diversas fuentes, a\u00a0gran escala, en un entorno de confianza y seguro, las entidades que participen en el Sistema Europeo de Alerta de Ciberseguridad deben estar dotadas de herramientas, equipos e\u00a0infraestructuras de vanguardia y de alta seguridad, as\u00ed como de personal cualificado. Ello deber\u00eda permitir mejorar las capacidades de detecci\u00f3n colectiva y las alertas oportunas a\u00a0las autoridades y entidades pertinentes, en particular mediante el uso de las \u00faltimas tecnolog\u00edas de inteligencia artificial y an\u00e1lisis de datos.<\/p>\n<\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<table class=\"sinbordes\">\n<colgroup>\n<col width=\"4%\"\/>\n<col width=\"96%\"\/>\n          <\/colgroup>\n<tbody>\n<tr>\n<td>\n<p class=\"cuerpo_tabla_der\">(24)<\/p>\n<\/td>\n<td>\n<p class=\"cuerpo_tabla_izq\">Al recopilar, analizar, poner en com\u00fan e\u00a0intercambiar datos e\u00a0informaci\u00f3n pertinentes, el Sistema Europeo de Alerta de Ciberseguridad debe reforzar la soberan\u00eda tecnol\u00f3gica de la Uni\u00f3n y su autonom\u00eda estrat\u00e9gica abierta en el \u00e1mbito de la ciberseguridad, su competitividad y su resiliencia. La agrupaci\u00f3n y puesta en com\u00fan de datos seleccionados de alta calidad tambi\u00e9n podr\u00eda contribuir al desarrollo de tecnolog\u00edas avanzadas de inteligencia artificial y an\u00e1lisis de datos. La supervisi\u00f3n humana y, a\u00a0tal efecto, una mano de obra cualificada siguen siendo esenciales para la agrupaci\u00f3n y puesta en com\u00fan eficaz de datos de alta calidad.<\/p>\n<\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<table class=\"sinbordes\">\n<colgroup>\n<col width=\"4%\"\/>\n<col width=\"96%\"\/>\n          <\/colgroup>\n<tbody>\n<tr>\n<td>\n<p class=\"cuerpo_tabla_der\">(25)<\/p>\n<\/td>\n<td>\n<p class=\"cuerpo_tabla_izq\">Si bien el Sistema Europeo de Alerta de Ciberseguridad es un proyecto civil, la comunidad de ciberdefensa podr\u00eda beneficiarse de unas capacidades civiles m\u00e1s s\u00f3lidas de detecci\u00f3n y conciencia situacional desarrolladas para la protecci\u00f3n de las infraestructuras cr\u00edticas.<\/p>\n<\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<table class=\"sinbordes\">\n<colgroup>\n<col width=\"4%\"\/>\n<col width=\"96%\"\/>\n          <\/colgroup>\n<tbody>\n<tr>\n<td>\n<p class=\"cuerpo_tabla_der\">(26)<\/p>\n<\/td>\n<td>\n<p class=\"cuerpo_tabla_izq\">La puesta en com\u00fan de informaci\u00f3n entre los participantes del Sistema Europeo de Alerta de Ciberseguridad debe cumplir los requisitos jur\u00eddicos vigentes y, en particular, la legislaci\u00f3n nacional y de la Uni\u00f3n en materia de protecci\u00f3n de datos, as\u00ed como las normas de la Uni\u00f3n en materia de competencia que rigen el intercambio de informaci\u00f3n. El destinatario de la informaci\u00f3n debe aplicar, en la medida en que sea necesario el tratamiento de datos personales, medidas t\u00e9cnicas y organizativas que salvaguarden los derechos y libertades de los interesados, destruir los datos tan pronto como dejen de ser necesarios para la finalidad declarada e\u00a0informar a\u00a0la entidad que pone a\u00a0disposici\u00f3n los datos de que se han destruido.<\/p>\n<\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<table class=\"sinbordes\">\n<colgroup>\n<col width=\"4%\"\/>\n<col width=\"96%\"\/>\n          <\/colgroup>\n<tbody>\n<tr>\n<td>\n<p class=\"cuerpo_tabla_der\">(27)<\/p>\n<\/td>\n<td>\n<p class=\"cuerpo_tabla_izq\">Es de vital importancia preservar la confidencialidad y la seguridad de la informaci\u00f3n a\u00a0los efectos de los tres pilares del presente Reglamento, ya sea para fomentar la puesta en com\u00fan o\u00a0el intercambio de informaci\u00f3n en el contexto del Sistema Europeo de Alerta de Ciberseguridad, preservar los intereses de las entidades que solicitan apoyo en el marco del Mecanismo de Emergencia en materia de Ciberseguridad, o\u00a0garantizar que los informes en el marco del Mecanismo Europeo de Revisi\u00f3n de Incidentes de Ciberseguridad puedan aportar conclusiones \u00fatiles extra\u00eddas sin causar un efecto negativo en las entidades afectadas por los incidentes. La participaci\u00f3n de los Estados miembros y las entidades en dichos mecanismos depende de las relaciones de confianza entre sus componentes. Cuando la informaci\u00f3n, en virtud de las normas de la Uni\u00f3n o\u00a0nacionales, sea confidencial, su puesta en com\u00fan o\u00a0intercambio con arreglo al presente Reglamento debe limitarse a\u00a0lo que sea pertinente y proporcionado para la finalidad de la puesta en com\u00fan o\u00a0el intercambio. Dicha puesta en com\u00fan o\u00a0intercambio debe preservar la confidencialidad de la informaci\u00f3n y proteger los intereses comerciales y de seguridad de las entidades afectadas. La puesta en com\u00fan o\u00a0el intercambio de informaci\u00f3n en virtud del presente Reglamento podr\u00eda llevarse a\u00a0cabo utilizando acuerdos de no divulgaci\u00f3n o\u00a0directrices sobre la distribuci\u00f3n de la informaci\u00f3n, como el protocolo del sem\u00e1foro o\u00a0TLP (del ingl\u00e9s, \u00abtraffic light protocol\u00bb). El TLP debe entenderse como un medio para facilitar informaci\u00f3n sobre las limitaciones respecto de la difusi\u00f3n ulterior de la informaci\u00f3n. Se utiliza en casi todos los CSIRT y en algunos ISAC. Adem\u00e1s de esos requisitos generales, en lo que respecta al Sistema Europeo de Alerta de Ciberseguridad, los acuerdos de los consorcios anfitriones deben establecer normas espec\u00edficas relativas a\u00a0las condiciones para la puesta en com\u00fan de informaci\u00f3n en el seno del centro cibern\u00e9tico transfronterizo pertinente. Los acuerdos podr\u00edan, en particular, exigir que solo se proceda a\u00a0poner en com\u00fan la informaci\u00f3n de conformidad con el Derecho de la Uni\u00f3n y nacional.<\/p>\n<\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<table class=\"sinbordes\">\n<colgroup>\n<col width=\"4%\"\/>\n<col width=\"96%\"\/>\n          <\/colgroup>\n<tbody>\n<tr>\n<td>\n<p class=\"cuerpo_tabla_der\">(28)<\/p>\n<\/td>\n<td>\n<p class=\"cuerpo_tabla_izq\">Con respecto a\u00a0la implantaci\u00f3n de la Reserva de Ciberseguridad de la\u00a0UE, se requieren normas de confidencialidad espec\u00edficas. La ayuda se solicitar\u00e1, evaluar\u00e1 y prestar\u00e1 en un contexto de crisis y respecto a\u00a0las entidades que operen en sectores sensibles. Para que la Reserva de Ciberseguridad de la\u00a0UE funcione eficazmente, es esencial que los usuarios y las entidades puedan poner en com\u00fan y dar acceso, sin demora, a\u00a0toda la informaci\u00f3n necesaria para que cada entidad desempe\u00f1e su funci\u00f3n en la evaluaci\u00f3n de las solicitudes y la prestaci\u00f3n de la ayuda. En consecuencia, el presente Reglamento debe establecer que toda esa informaci\u00f3n solo se utilice o\u00a0ponga en com\u00fan cuando sea necesario para el funcionamiento de la Reserva de Ciberseguridad de la\u00a0UE, y que la informaci\u00f3n confidencial o\u00a0clasificada en virtud del Derecho de la Uni\u00f3n y nacional ha de utilizarse y ponerse en com\u00fan \u00fanicamente de conformidad con dicho Derecho. Adem\u00e1s, los usuarios siempre deben poder, cuando proceda, utilizar protocolos de puesta en com\u00fan de informaci\u00f3n, como el TLP, para especificar mejor las limitaciones. Si bien los usuarios tienen discrecionalidad a\u00a0este respecto, es importante que, al aplicar las limitaciones, tengan en cuenta las posibles consecuencias, en particular por lo que se refiere al retraso en la evaluaci\u00f3n o\u00a0la prestaci\u00f3n de los servicios solicitados. Para disponer de una Reserva de Ciberseguridad de la\u00a0UE eficiente, es importante que el \u00f3rgano de contrataci\u00f3n aclare estas consecuencias al usuario antes de que este proceda a\u00a0la presentaci\u00f3n de una solicitud. Esas salvaguardias se limitan a\u00a0la solicitud y la prestaci\u00f3n de los servicios de la Reserva de Ciberseguridad de la\u00a0UE y no afectan al intercambio de informaci\u00f3n en otros contextos, como en la contrataci\u00f3n p\u00fablica de la Reserva de Ciberseguridad de la\u00a0UE.<\/p>\n<\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<table class=\"sinbordes\">\n<colgroup>\n<col width=\"4%\"\/>\n<col width=\"96%\"\/>\n          <\/colgroup>\n<tbody>\n<tr>\n<td>\n<p class=\"cuerpo_tabla_der\">(29)<\/p>\n<\/td>\n<td>\n<p class=\"cuerpo_tabla_izq\">En vista del aumento de los riesgos y del n\u00famero de incidentes que afectan a\u00a0los Estados miembros, es necesario crear un instrumento de apoyo a\u00a0las crisis, a\u00a0saber, el Mecanismo de Emergencia en materia de Ciberseguridad, para mejorar la resiliencia de la Uni\u00f3n frente a\u00a0incidentes de ciberseguridad significativos, a\u00a0gran escala y equivalentes a\u00a0gran escala y complementar las acciones de los Estados miembros a\u00a0trav\u00e9s del apoyo financiero de emergencia para la preparaci\u00f3n, la respuesta a\u00a0los incidentes y la recuperaci\u00f3n inicial de los servicios esenciales. Dado que la plena recuperaci\u00f3n de un incidente es un proceso global de restablecimiento del funcionamiento de la entidad afectada por el incidente al estado previo a\u00a0que este se produjera y podr\u00eda ser un proceso largo que acarree costes significativos, el apoyo de la Reserva de Ciberseguridad de la\u00a0UE debe limitarse a\u00a0la fase inicial del proceso de recuperaci\u00f3n, que conduzca al restablecimiento de las funcionalidades b\u00e1sicas de los sistemas. El Mecanismo de Emergencia en materia de Ciberseguridad debe permitir la prestaci\u00f3n r\u00e1pida y eficaz de la ayuda en circunstancias definidas y en condiciones claras y permitir un seguimiento y una evaluaci\u00f3n minuciosos de la manera en que se utilizan los recursos. Si bien la responsabilidad principal de prevenir los incidentes y crisis, prepararse para ellos y responder a\u00a0ellos recae en los Estados miembros, el Mecanismo de Emergencia en materia de Ciberseguridad promueve la solidaridad entre los Estados miembros de conformidad con el art\u00edculo\u00a03, apartado\u00a03, del Tratado de la Uni\u00f3n Europea (TUE).<\/p>\n<\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<table class=\"sinbordes\">\n<colgroup>\n<col width=\"4%\"\/>\n<col width=\"96%\"\/>\n          <\/colgroup>\n<tbody>\n<tr>\n<td>\n<p class=\"cuerpo_tabla_der\">(30)<\/p>\n<\/td>\n<td>\n<p class=\"cuerpo_tabla_izq\">El Mecanismo de Emergencia en materia de Ciberseguridad debe prestar apoyo a\u00a0los Estados miembros complementando sus propias medidas y recursos, as\u00ed como otras opciones de apoyo existentes para la respuesta y recuperaci\u00f3n inicial de incidentes de ciberseguridad significativos y a\u00a0gran escala, como los servicios prestados por ENISA de conformidad con su mandato, la respuesta coordinada y la asistencia de la red de CSIRT, el apoyo a\u00a0la atenuaci\u00f3n por parte de la EU-CyCLONe, as\u00ed como la asistencia mutua entre los Estados miembros, tambi\u00e9n en el contexto del art\u00edculo\u00a042, apartado\u00a07, del TUE, y los equipos de respuesta telem\u00e1tica r\u00e1pida de la Cooperaci\u00f3n Estructurada Permanente (CEP) creados en virtud de la Decisi\u00f3n (PESC) 2017\/2315 del Consejo\u00a0<a>(<span>15<\/span>)<\/a>. Debe abordar la necesidad de garantizar la disponibilidad de medios especializados para apoyar la preparaci\u00f3n, la respuesta y la recuperaci\u00f3n respecto a\u00a0los incidentes de ciberseguridad en toda la Uni\u00f3n y terceros pa\u00edses asociados al Programa Europa Digital.<\/p>\n<\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<table class=\"sinbordes\">\n<colgroup>\n<col width=\"4%\"\/>\n<col width=\"96%\"\/>\n          <\/colgroup>\n<tbody>\n<tr>\n<td>\n<p class=\"cuerpo_tabla_der\">(31)<\/p>\n<\/td>\n<td>\n<p class=\"cuerpo_tabla_izq\">El presente Reglamento se entiende sin perjuicio de los procedimientos y marcos para coordinar la respuesta a\u00a0las crisis a\u00a0escala de la Uni\u00f3n, en particular la Directiva (UE)\u00a02022\/2555, el Mecanismo de Protecci\u00f3n Civil de la Uni\u00f3n establecido por la Decisi\u00f3n\u00a01313\/2013\/UE del Parlamento Europeo y del Consejo\u00a0<a>(<span>16<\/span>)<\/a>, el DIRPC, la Recomendaci\u00f3n (UE) 2017\/1584 de la Comisi\u00f3n\u00a0<a>(<span>17<\/span>)<\/a>. El apoyo prestado en el marco del Mecanismo de Emergencia en materia de Ciberseguridad podr\u00e1 complementar la asistencia prestada en el contexto de la pol\u00edtica exterior y de seguridad com\u00fan y de la pol\u00edtica com\u00fan de seguridad y defensa, en particular a\u00a0trav\u00e9s de los Equipos de Respuesta Telem\u00e1tica R\u00e1pida, habida cuenta del car\u00e1cter civil del Mecanismo de Emergencia en materia de Ciberseguridad. El apoyo prestado en el marco del Mecanismo de Emergencia en materia de Ciberseguridad puede complementar las acciones ejecutadas en el contexto del art\u00edculo\u00a042, apartado\u00a07, del TUE, incluida la asistencia prestada por un Estado miembro a\u00a0otro Estado miembro, o\u00a0formar parte de la respuesta conjunta entre la Uni\u00f3n y los Estados miembros o\u00a0en las situaciones a\u00a0que se refiere el art\u00edculo\u00a0222 del TFUE. La aplicaci\u00f3n del presente Reglamento tambi\u00e9n debe coordinarse con la aplicaci\u00f3n de las medidas con arreglo al conjunto de instrumentos de ciberdiplomacia, cuando proceda.<\/p>\n<\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<table class=\"sinbordes\">\n<colgroup>\n<col width=\"4%\"\/>\n<col width=\"96%\"\/>\n          <\/colgroup>\n<tbody>\n<tr>\n<td>\n<p class=\"cuerpo_tabla_der\">(32)<\/p>\n<\/td>\n<td>\n<p class=\"cuerpo_tabla_izq\">La asistencia prestada en virtud del presente Reglamento debe apoyar y complementar las medidas tomadas por los Estados miembros a\u00a0nivel nacional. A\u00a0tal fin, debe garantizarse una estrecha cooperaci\u00f3n y consulta entre la Comisi\u00f3n, ENISA los Estados miembros, y, en su caso, el ECCC. Al solicitar apoyo en el marco del Mecanismo de Emergencia en materia de Ciberseguridad, el Estado miembro debe facilitar informaci\u00f3n pertinente que justifique la necesidad de apoyo.<\/p>\n<\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<table class=\"sinbordes\">\n<colgroup>\n<col width=\"4%\"\/>\n<col width=\"96%\"\/>\n          <\/colgroup>\n<tbody>\n<tr>\n<td>\n<p class=\"cuerpo_tabla_der\">(33)<\/p>\n<\/td>\n<td>\n<p class=\"cuerpo_tabla_izq\">La Directiva (UE) 2022\/2555 exige a\u00a0los Estados miembros que designen o\u00a0establezcan una o\u00a0varias autoridades de gesti\u00f3n de crisis de ciberseguridad y velen por que estas dispongan de los recursos adecuados para llevar a\u00a0cabo sus cometidos de manera eficaz y eficiente. Tambi\u00e9n exige a\u00a0los Estados miembros que determinen las capacidades, los activos y los procedimientos que se pueden desplegar en caso de crisis, as\u00ed como que adopten un plan nacional de respuesta a\u00a0incidentes y crisis de ciberseguridad a\u00a0gran escala en el que se fijen los objetivos y las disposiciones de la gesti\u00f3n de los incidentes y las crisis de ciberseguridad a\u00a0gran escala. Asimismo, los Estados miembros est\u00e1n obligados a\u00a0establecer uno o\u00a0varios CSIRT encargados de las responsabilidades de gesti\u00f3n de incidentes de conformidad con un proceso bien definido y que abarquen al menos los sectores, subsectores y tipos de entidad incluidos en el \u00e1mbito de aplicaci\u00f3n de dicha Directiva, y a\u00a0velar por que dispongan de los recursos adecuados para llevar a\u00a0cabo eficazmente sus cometidos. El presente Reglamento se entiende sin perjuicio del papel de la Comisi\u00f3n a\u00a0la hora de garantizar el cumplimiento por parte de los Estados miembros de las obligaciones que les impone la Directiva (UE) 2022\/2555. El Mecanismo de Emergencia en materia de Ciberseguridad debe proporcionar asistencia para las acciones destinadas a\u00a0reforzar la preparaci\u00f3n, as\u00ed como las acciones de respuesta a\u00a0incidentes para atenuar los efectos de incidentes de ciberseguridad significativos y a\u00a0gran escala, apoyar la recuperaci\u00f3n inicial o\u00a0restablecer las funcionalidades b\u00e1sicas de los servicios prestados por las entidades que operen en sectores de alta criticidad u\u00a0otros sectores cr\u00edticos.<\/p>\n<\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<table class=\"sinbordes\">\n<colgroup>\n<col width=\"4%\"\/>\n<col width=\"96%\"\/>\n          <\/colgroup>\n<tbody>\n<tr>\n<td>\n<p class=\"cuerpo_tabla_der\">(34)<\/p>\n<\/td>\n<td>\n<p class=\"cuerpo_tabla_izq\">Como parte de las acciones de preparaci\u00f3n, a\u00a0fin de promover un enfoque coherente y reforzar la seguridad en toda la Uni\u00f3n y su mercado interior, debe prestarse apoyo para la puesta a\u00a0prueba y la evaluaci\u00f3n de la ciberseguridad de las entidades que operan en los sectores de alta criticidad determinados de conformidad con la Directiva (UE) 2022\/2555 de manera coordinada, tambi\u00e9n a\u00a0trav\u00e9s de ejercicios y formaci\u00f3n. A\u00a0tal fin, la Comisi\u00f3n, tras consultar con ENISA, el Grupo de Cooperaci\u00f3n y la EU-CyCLONe, debe determinar peri\u00f3dicamente los sectores o\u00a0subsectores pertinentes, los cuales deben poder optar a\u00a0recibir ayuda financiera para la realizaci\u00f3n de pruebas coordinadas de preparaci\u00f3n a\u00a0escala de la Uni\u00f3n. Los sectores o\u00a0subsectores deben seleccionarse de los sectores de alta criticidad enumerados en el anexo\u00a0I\u00a0de la Directiva (UE) 2022\/2555. Las pruebas coordinadas de preparaci\u00f3n deben basarse en metodolog\u00edas y escenarios de riesgo comunes. La selecci\u00f3n de sectores y el desarrollo de escenarios de riesgo deben tener en cuenta las evaluaciones de riesgos y los escenarios de riesgo pertinentes a\u00a0escala de la Uni\u00f3n, incluida la necesidad de evitar duplicaciones, tales como la evaluaci\u00f3n de riesgos y los escenarios de riesgo requeridos en las Conclusiones del Consejo sobre el desarrollo de la posici\u00f3n en materia cibern\u00e9tica de la Uni\u00f3n Europea que lleven a\u00a0cabo la Comisi\u00f3n, el Alto Representante de la Uni\u00f3n para Asuntos Exteriores y Pol\u00edtica de Seguridad (en lo sucesivo, \u00abAlto Representante\u00bb) y el Grupo de Cooperaci\u00f3n, en coordinaci\u00f3n con los organismos y agencias civiles y militares pertinentes y las redes establecidas, incluida la red EU-CyCLONe, as\u00ed como la evaluaci\u00f3n de riesgos de las redes e\u00a0infraestructuras de comunicaciones solicitada por el llamamiento ministerial conjunto de Nevers y llevada a\u00a0cabo por el Grupo de Cooperaci\u00f3n, con el apoyo de la Comisi\u00f3n y ENISA, y en cooperaci\u00f3n con el Organismo de Reguladores Europeos de las Comunicaciones Electr\u00f3nicas (ORECE), establecido por el Reglamento (UE) 2018\/1971 del Parlamento Europeo y del Consejo\u00a0<a>(<span>18<\/span>)<\/a>, las evaluaciones coordinadas de los riesgos de seguridad de las cadenas de suministro cr\u00edticas a\u00a0escala de la Uni\u00f3n que se lleven a\u00a0cabo en virtud del art\u00edculo\u00a022 de la Directiva (UE) 2022\/2555 y las pruebas de resiliencia operativa digital previstas en el Reglamento (UE) 2022\/2554 del Parlamento Europeo y del Consejo\u00a0<a>(<span>19<\/span>)<\/a>. La selecci\u00f3n de los sectores tambi\u00e9n debe tener en cuenta la Recomendaci\u00f3n del Consejo relativa a\u00a0un enfoque coordinado en toda la Uni\u00f3n para reforzar la resiliencia de las infraestructuras cr\u00edticas.<\/p>\n<\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<table class=\"sinbordes\">\n<colgroup>\n<col width=\"4%\"\/>\n<col width=\"96%\"\/>\n          <\/colgroup>\n<tbody>\n<tr>\n<td>\n<p class=\"cuerpo_tabla_der\">(35)<\/p>\n<\/td>\n<td>\n<p class=\"cuerpo_tabla_izq\">Adem\u00e1s, el Mecanismo de Emergencia en materia de Ciberseguridad debe respaldar otras acciones de preparaci\u00f3n y apoyo a\u00a0la preparaci\u00f3n en otros sectores no incluidos en las pruebas coordinadas de preparaci\u00f3n de entidades que operan en sectores de alta criticidad o\u00a0entidades que operen en otros sectores cr\u00edticos. Estas acciones podr\u00edan incluir diversos tipos de actividades nacionales de preparaci\u00f3n.<\/p>\n<\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<table class=\"sinbordes\">\n<colgroup>\n<col width=\"4%\"\/>\n<col width=\"96%\"\/>\n          <\/colgroup>\n<tbody>\n<tr>\n<td>\n<p class=\"cuerpo_tabla_der\">(36)<\/p>\n<\/td>\n<td>\n<p class=\"cuerpo_tabla_izq\">Cuando los Estados miembros reciban subvenciones para apoyar acciones de preparaci\u00f3n, las entidades de sectores de alta criticidad tienen la posibilidad de participar en dichas acciones de forma voluntaria. Es una buena pr\u00e1ctica que, tras esas acciones, las entidades participantes elaboren un plan corrector para aplicar las recomendaciones resultantes de medidas espec\u00edficas a\u00a0fin de obtener el mayor beneficio posible de la acci\u00f3n de preparaci\u00f3n. Si bien es importante que los Estados miembros soliciten, como parte de las acciones, que las entidades participantes elaboren y apliquen dichos planes correctores, los Estados miembros no est\u00e1n obligados ni facultados por el presente Reglamento para hacer cumplir dichas solicitudes. Dichas solicitudes se entienden sin perjuicio de los requisitos aplicables a\u00a0las entidades y de las facultades de supervisi\u00f3n de las autoridades competentes, de conformidad con la Directiva (UE) 2022\/2555.<\/p>\n<\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<table class=\"sinbordes\">\n<colgroup>\n<col width=\"4%\"\/>\n<col width=\"96%\"\/>\n          <\/colgroup>\n<tbody>\n<tr>\n<td>\n<p class=\"cuerpo_tabla_der\">(37)<\/p>\n<\/td>\n<td>\n<p class=\"cuerpo_tabla_izq\">El Mecanismo de Emergencia en materia de Ciberseguridad tambi\u00e9n debe respaldar las acciones de respuesta a\u00a0incidentes para atenuar los efectos de incidentes de ciberseguridad significativos, a\u00a0gran escala y equivalentes a\u00a0gran escala, apoyar la recuperaci\u00f3n inicial o\u00a0restablecer el funcionamiento de los servicios esenciales. Cuando proceda, debe complementar el UCPM para garantizar un enfoque global que responda a\u00a0las repercusiones de los incidentes en los ciudadanos.<\/p>\n<\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<table class=\"sinbordes\">\n<colgroup>\n<col width=\"4%\"\/>\n<col width=\"96%\"\/>\n          <\/colgroup>\n<tbody>\n<tr>\n<td>\n<p class=\"cuerpo_tabla_der\">(38)<\/p>\n<\/td>\n<td>\n<p class=\"cuerpo_tabla_izq\">El Mecanismo de Emergencia en materia de Ciberseguridad debe apoyar la asistencia t\u00e9cnica prestada por un Estado miembro a\u00a0otro que est\u00e9 afectado por un incidente de ciberseguridad significativo o\u00a0a\u00a0gran escala, incluidos los CSIRT a\u00a0que se refiere el art\u00edculo\u00a011, apartado\u00a03, letra\u00a0f), de la Directiva (UE) 2022\/2555. Los Estados miembros que presten la asistencia deben poder presentar solicitudes para cubrir los costes relacionados con el env\u00edo de equipos de expertos en el marco de la asistencia mutua. Los costes subvencionables podr\u00edan incluir los gastos de viaje, alojamiento y dietas de los expertos en ciberseguridad.<\/p>\n<\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<table class=\"sinbordes\">\n<colgroup>\n<col width=\"4%\"\/>\n<col width=\"96%\"\/>\n          <\/colgroup>\n<tbody>\n<tr>\n<td>\n<p class=\"cuerpo_tabla_der\">(39)<\/p>\n<\/td>\n<td>\n<p class=\"cuerpo_tabla_izq\">Dada la importancia esencial de las empresas privadas en la detecci\u00f3n de incidentes de ciberseguridad a\u00a0gran escala y equivalentes a\u00a0gran escala, y en la preparaci\u00f3n y respuesta frente a\u00a0ellos, es crucial reconocer el valor de la cooperaci\u00f3n voluntaria y gratuita con dichas empresas, en virtud de la cual ofrezcan servicios sin remuneraci\u00f3n en caso de incidentes y crisis de ciberseguridad a\u00a0gran escala y equivalentes a\u00a0gran escala. ENISA, en cooperaci\u00f3n con la EU-CyCLONe, podr\u00eda realizar un seguimiento de la evoluci\u00f3n de dichas iniciativas gratuitas y promover el cumplimiento por parte de estas de los criterios aplicables a\u00a0los proveedores de confianza de servicios de seguridad gestionados con arreglo al presente Reglamento, tambi\u00e9n en relaci\u00f3n con la fiabilidad de las empresas, su experiencia y la capacidad para tratar informaci\u00f3n delicada de manera segura.<\/p>\n<\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<table class=\"sinbordes\">\n<colgroup>\n<col width=\"4%\"\/>\n<col width=\"96%\"\/>\n          <\/colgroup>\n<tbody>\n<tr>\n<td>\n<p class=\"cuerpo_tabla_der\">(40)<\/p>\n<\/td>\n<td>\n<p class=\"cuerpo_tabla_izq\">Como parte del Mecanismo de Emergencia en materia de Ciberseguridad, debe crearse gradualmente una Reserva de Ciberseguridad de la\u00a0UE, compuesta por servicios de proveedores de servicios de seguridad gestionados de confianza para apoyar la respuesta e\u00a0iniciar acciones de recuperaci\u00f3n en caso de incidentes de ciberseguridad significativos, a\u00a0gran escala o\u00a0equivalentes a\u00a0gran escala que afecten a\u00a0los Estados miembros, a\u00a0las instituciones, \u00f3rganos y organismos de la Uni\u00f3n o\u00a0a\u00a0terceros pa\u00edses asociados al Programa Europa Digital. La Reserva de Ciberseguridad de la\u00a0UE debe garantizar la disponibilidad y el estado de preparaci\u00f3n de los servicios. Debe incluir, por tanto, servicios comprometidos con antelaci\u00f3n, tambi\u00e9n, por ejemplo, capacidades que est\u00e1n en reserva y son desplegables a\u00a0corto plazo. Los servicios de la Reserva de Ciberseguridad de la\u00a0UE deben servir para ayudar a\u00a0las autoridades nacionales a\u00a0prestar asistencia a\u00a0entidades afectadas que operen en sectores de alta criticidad o\u00a0a\u00a0entidades afectadas que operen en otros sectores cr\u00edticos como complemento de sus propias acciones a\u00a0nivel nacional. Los servicios de la Reserva de Ciberseguridad de la\u00a0UE tambi\u00e9n pueden servir para apoyar a\u00a0las instituciones, \u00f3rganos y organismos de la Uni\u00f3n, en condiciones similares. La Reserva de Ciberseguridad de la\u00a0UE tambi\u00e9n podr\u00eda contribuir a\u00a0reforzar la posici\u00f3n competitiva de la industria y los servicios en la Uni\u00f3n en toda la econom\u00eda digital, incluidas las microempresas y las peque\u00f1as y medianas empresas, as\u00ed como las empresas emergentes, entre otras cosas, incentivando la inversi\u00f3n en investigaci\u00f3n e\u00a0innovaci\u00f3n. Es importante tener en cuenta el marco europeo de capacidades en ciberseguridad de ENISA a\u00a0la hora de contratar los servicios para la Reserva de Ciberseguridad de la\u00a0UE. Al solicitar el apoyo de la Reserva de Ciberseguridad de la\u00a0UE, los usuarios deben incluir en su solicitud la informaci\u00f3n oportuna sobre la entidad afectada y las posibles repercusiones, informaci\u00f3n sobre el servicio solicitado de la Reserva de Ciberseguridad de la\u00a0UE, el apoyo prestado a\u00a0la entidad afectada a\u00a0nivel nacional, que debe tenerse en cuenta al evaluar la petici\u00f3n del solicitante. Para garantizar la complementariedad con otras formas de apoyo de las que dispone la entidad afectada, la solicitud debe incluir tambi\u00e9n, cuando proceda, informaci\u00f3n sobre los acuerdos contractuales vigentes para la respuesta a\u00a0incidentes y los servicios de recuperaci\u00f3n iniciales, as\u00ed como los contratos de seguro que puedan cubrir este tipo de incidente.<\/p>\n<\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<table class=\"sinbordes\">\n<colgroup>\n<col width=\"4%\"\/>\n<col width=\"96%\"\/>\n          <\/colgroup>\n<tbody>\n<tr>\n<td>\n<p class=\"cuerpo_tabla_der\">(41)<\/p>\n<\/td>\n<td>\n<p class=\"cuerpo_tabla_izq\">A fin de garantizar el uso eficaz de la financiaci\u00f3n de la Uni\u00f3n, los servicios objeto de compromiso previo con arreglo a\u00a0la Reserva de Ciberseguridad deben poder convertirse, de conformidad con el contrato pertinente, en servicios de preparaci\u00f3n relacionados con la prevenci\u00f3n y respuesta a\u00a0incidentes, en caso de que dichos servicios objeto de compromiso previo no se utilicen para dar respuesta a\u00a0incidentes durante el per\u00edodo en el que hayan sido objeto de compromiso previo. Esos servicios deben ser complementarios y no duplicar las acciones de preparaci\u00f3n que debe gestionar el ECCC.<\/p>\n<\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<table class=\"sinbordes\">\n<colgroup>\n<col width=\"4%\"\/>\n<col width=\"96%\"\/>\n          <\/colgroup>\n<tbody>\n<tr>\n<td>\n<p class=\"cuerpo_tabla_der\">(42)<\/p>\n<\/td>\n<td>\n<p class=\"cuerpo_tabla_izq\">Las solicitudes de apoyo en el marco de la Reserva de Ciberseguridad de la\u00a0UE de las autoridades de gesti\u00f3n de crisis de ciberseguridad de los Estados miembros y de los CSIRT, o\u00a0del CERT-EU, en nombre de instituciones, \u00f3rganos y organismos de la Uni\u00f3n, deben ser evaluadas por el \u00f3rgano de contrataci\u00f3n. Cuando se haya encomendado a\u00a0ENISA la administraci\u00f3n y el funcionamiento de la Reserva de Ciberseguridad de la\u00a0UE, se considera a\u00a0ENISA como dicho \u00f3rgano de contrataci\u00f3n. Las solicitudes de apoyo de terceros pa\u00edses asociados al Programa Europa Digital deben ser evaluadas por la Comisi\u00f3n. Para facilitar la presentaci\u00f3n y evaluaci\u00f3n de las solicitudes de apoyo, ENISA podr\u00eda crear una plataforma segura.<\/p>\n<\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<table class=\"sinbordes\">\n<colgroup>\n<col width=\"4%\"\/>\n<col width=\"96%\"\/>\n          <\/colgroup>\n<tbody>\n<tr>\n<td>\n<p class=\"cuerpo_tabla_der\">(43)<\/p>\n<\/td>\n<td>\n<p class=\"cuerpo_tabla_izq\">Cuando se reciban m\u00faltiples solicitudes concurrentes, debe establecerse el orden de prioridad de las solicitudes de conformidad con los criterios establecidos en el presente Reglamento. A\u00a0la luz de los objetivos generales del presente Reglamento, esos criterios deben incluir la dimensi\u00f3n y gravedad del incidente, el tipo de entidad afectada, la posible repercusi\u00f3n del incidente en los Estados miembros y usuarios afectados, el posible car\u00e1cter transfronterizo del incidente y el riesgo de contagio, y las medidas ya adoptadas por el usuario para asistir en la respuesta y la recuperaci\u00f3n inicial. A\u00a0la luz de esos objetivos y dado que las solicitudes de los usuarios de los Estados miembros est\u00e1n destinadas exclusivamente a\u00a0ayudar, en toda la Uni\u00f3n, a\u00a0entidades activas en sectores de alta criticidad o\u00a0entidades activas en otros sectores cr\u00edticos, las solicitudes de los usuarios de los Estados miembros deben recibir mayor prioridad cuando dos o\u00a0m\u00e1s solicitudes se consideren iguales con arreglo a\u00a0los criterios de evaluaci\u00f3n. Todo ello se entiende sin perjuicio de las obligaciones que los Estados miembros puedan tener con arreglo a\u00a0los acuerdos de alojamiento pertinentes de adoptar medidas para proteger y asistir a\u00a0las instituciones, \u00f3rganos y organismos de la Uni\u00f3n.<\/p>\n<\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<table class=\"sinbordes\">\n<colgroup>\n<col width=\"4%\"\/>\n<col width=\"96%\"\/>\n          <\/colgroup>\n<tbody>\n<tr>\n<td>\n<p class=\"cuerpo_tabla_der\">(44)<\/p>\n<\/td>\n<td>\n<p class=\"cuerpo_tabla_izq\">La Comisi\u00f3n tendr\u00e1 la responsabilidad general de la ejecuci\u00f3n de la Reserva de Ciberseguridad de la\u00a0UE. Dada la amplia experiencia adquirida por ENISA con la acci\u00f3n de apoyo a\u00a0la ciberseguridad, esta es la agencia m\u00e1s adecuada para ejecutar la Reserva de Ciberseguridad de la\u00a0UE, por lo que la Comisi\u00f3n debe encomendarle, parcialmente o, si la Comisi\u00f3n lo considera oportuno, en su totalidad, el funcionamiento y la administraci\u00f3n de la Reserva de Ciberseguridad de la\u00a0UE. La encomienda debe realizarse de conformidad con las normas aplicables con arreglo al Reglamento (UE, Euratom) 2024\/2509 y, en particular, debe cumplir las condiciones pertinentes para la firma de un acuerdo de contribuci\u00f3n. Los aspectos del funcionamiento y la administraci\u00f3n de la Reserva de Ciberseguridad de la\u00a0UE no encomendados a\u00a0ENISA deben ser objeto de gesti\u00f3n directa por parte de la Comisi\u00f3n, incluso antes de la firma del acuerdo de contribuci\u00f3n.<\/p>\n<\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<table class=\"sinbordes\">\n<colgroup>\n<col width=\"4%\"\/>\n<col width=\"96%\"\/>\n          <\/colgroup>\n<tbody>\n<tr>\n<td>\n<p class=\"cuerpo_tabla_der\">(45)<\/p>\n<\/td>\n<td>\n<p class=\"cuerpo_tabla_izq\">Los Estados miembros deben desempe\u00f1ar un papel central en la constituci\u00f3n, la implantaci\u00f3n y la fase posterior a\u00a0la implantaci\u00f3n de la Reserva de Ciberseguridad de la\u00a0UE. Dado que el Reglamento (UE) 2021\/694 es el acto de base pertinente para las acciones de ejecuci\u00f3n de la Reserva de Ciberseguridad de la\u00a0UE, las acciones en el marco de dicha Reserva deben estar previstas en los programas de trabajo a\u00a0que se refiere el art\u00edculo\u00a024 del Reglamento (UE) 2021\/694. En virtud del apartado\u00a06 de dicho art\u00edculo, esos programas de trabajo han de adoptarse por la Comisi\u00f3n mediante actos de ejecuci\u00f3n de conformidad con el procedimiento de examen. Adem\u00e1s, la Comisi\u00f3n, en coordinaci\u00f3n con el Grupo de Cooperaci\u00f3n, debe determinar las prioridades y la evoluci\u00f3n de la Reserva de Ciberseguridad de la\u00a0UE.<\/p>\n<\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<table class=\"sinbordes\">\n<colgroup>\n<col width=\"4%\"\/>\n<col width=\"96%\"\/>\n          <\/colgroup>\n<tbody>\n<tr>\n<td>\n<p class=\"cuerpo_tabla_der\">(46)<\/p>\n<\/td>\n<td>\n<p class=\"cuerpo_tabla_izq\">Los contratos que se establezcan en el marco de la Reserva de Ciberseguridad de la\u00a0UE no deben afectar a\u00a0la relaci\u00f3n entre empresas ni a\u00a0las obligaciones existentes entre la entidad afectada o\u00a0los usuarios y el proveedor de servicios.<\/p>\n<\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<table class=\"sinbordes\">\n<colgroup>\n<col width=\"4%\"\/>\n<col width=\"96%\"\/>\n          <\/colgroup>\n<tbody>\n<tr>\n<td>\n<p class=\"cuerpo_tabla_der\">(47)<\/p>\n<\/td>\n<td>\n<p class=\"cuerpo_tabla_izq\">A efectos de la selecci\u00f3n de proveedores de servicios privados para prestar servicios en el contexto de la Reserva de Ciberseguridad de la\u00a0UE, es necesario establecer un conjunto de criterios y requisitos m\u00ednimos que deben incluirse en la licitaci\u00f3n para seleccionar a\u00a0dichos proveedores, a\u00a0fin de garantizar que se satisfagan las necesidades de las autoridades, entidades de los Estados miembros que operen en sectores de alta criticidad y entidades que operen en otros sectores cr\u00edticos. Con el fin de atender las necesidades espec\u00edficas de los Estados miembros, al contratar servicios para la Reserva de Ciberseguridad de la\u00a0UE, el \u00f3rgano de contrataci\u00f3n debe, cuando proceda, desarrollar criterios de selecci\u00f3n y requisitos complementarios a\u00a0los establecidos en el presente Reglamento. Es importante fomentar la participaci\u00f3n de los proveedores m\u00e1s peque\u00f1os, activos a\u00a0nivel regional y local.<\/p>\n<\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<table class=\"sinbordes\">\n<colgroup>\n<col width=\"4%\"\/>\n<col width=\"96%\"\/>\n          <\/colgroup>\n<tbody>\n<tr>\n<td>\n<p class=\"cuerpo_tabla_der\">(48)<\/p>\n<\/td>\n<td>\n<p class=\"cuerpo_tabla_izq\">Al seleccionar a\u00a0los proveedores para su inclusi\u00f3n en la Reserva de Ciberseguridad de la\u00a0UE, el \u00f3rgano de contrataci\u00f3n debe procurar garantizar que la Reserva de Ciberseguridad de la\u00a0UE, considerada en su conjunto, contenga proveedores capaces de satisfacer los requisitos ling\u00fc\u00edsticos de los usuarios. A\u00a0tal fin, antes de preparar el pliego de condiciones, el \u00f3rgano de contrataci\u00f3n debe preguntarse si los usuarios potenciales de la Reserva de Ciberseguridad de la\u00a0UE tienen requisitos ling\u00fc\u00edsticos espec\u00edficos, de modo que los servicios de apoyo de la Reserva de Ciberseguridad de la\u00a0UE puedan prestarse en una lengua de entre las lenguas oficiales de las instituciones de la Uni\u00f3n o\u00a0de los Estados miembros, que pueda ser comprendida por el usuario o\u00a0la entidad afectada. En caso de que un usuario requiera m\u00e1s de una lengua para la prestaci\u00f3n de los servicios de apoyo de la Reserva de Ciberseguridad de la\u00a0UE y dichos servicios se hayan contratado en esas lenguas para dicho usuario, este debe poder especificar, en la solicitud de apoyo de la Reserva de Ciberseguridad de la\u00a0UE, en cu\u00e1l de esas lenguas deben prestarse los servicios en relaci\u00f3n con el incidente espec\u00edfico que d\u00e9 lugar a\u00a0la solicitud.<\/p>\n<\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<table class=\"sinbordes\">\n<colgroup>\n<col width=\"4%\"\/>\n<col width=\"96%\"\/>\n          <\/colgroup>\n<tbody>\n<tr>\n<td>\n<p class=\"cuerpo_tabla_der\">(49)<\/p>\n<\/td>\n<td>\n<p class=\"cuerpo_tabla_izq\">Para apoyar la creaci\u00f3n de la Reserva de Ciberseguridad de la\u00a0UE, es importante que la Comisi\u00f3n solicite a\u00a0ENISA que prepare una propuesta de esquema de certificaci\u00f3n de la ciberseguridad para los servicios de seguridad gestionados en virtud del Reglamento (UE)\u00a02019\/881 en los \u00e1mbitos a\u00a0los que se aplique el Mecanismo de Emergencia en materia de Ciberseguridad.<\/p>\n<\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<table class=\"sinbordes\">\n<colgroup>\n<col width=\"4%\"\/>\n<col width=\"96%\"\/>\n          <\/colgroup>\n<tbody>\n<tr>\n<td>\n<p class=\"cuerpo_tabla_der\">(50)<\/p>\n<\/td>\n<td>\n<p class=\"cuerpo_tabla_izq\">Con el fin de apoyar los objetivos del presente Reglamento de promover una conciencia situacional com\u00fan, mejorar la resiliencia de la Uni\u00f3n y permitir una respuesta eficaz a\u00a0incidentes de ciberseguridad significativos y a\u00a0gran escala, la Comisi\u00f3n o\u00a0la red EU-CyCLONe, deben poder solicitar a\u00a0ENISA, con el apoyo de la red de CSIRT y con la autorizaci\u00f3n de los Estados miembros afectados, que revise y eval\u00fae las ciberamenazas, las vulnerabilidades aprovechables conocidas y las medidas paliativas con respecto a\u00a0un incidente de ciberseguridad significativo o\u00a0a\u00a0gran escala espec\u00edfico. Una vez finalizada la revisi\u00f3n y evaluaci\u00f3n de un incidente, ENISA debe elaborar un informe de revisi\u00f3n del incidente, en colaboraci\u00f3n con el Estado miembro afectado, las partes interesadas pertinentes, incluidos los representantes del sector privado, la Comisi\u00f3n y otras instituciones, \u00f3rganos y organismos pertinentes de la Uni\u00f3n. Sobre la base de la colaboraci\u00f3n con las partes interesadas, incluidas las provenientes del sector privado, el informe de revisi\u00f3n sobre incidentes espec\u00edficos debe tener por objeto evaluar las causas, los efectos y las medidas paliativas de un incidente, una vez que se haya producido. Debe prestarse especial atenci\u00f3n a\u00a0las aportaciones y conclusiones de los proveedores de servicios de seguridad gestionados que cumplan las condiciones de m\u00e1xima integridad profesional, imparcialidad y conocimientos t\u00e9cnicos necesarios, tal como exige el presente Reglamento. El informe debe presentarse a\u00a0la EU-CyCLONe, a\u00a0la red de CSIRT y a\u00a0la Comisi\u00f3n y debe emplearse para informar sus respectivas actividades, as\u00ed como a\u00a0las de ENISA. Cuando el incidente se refiera a\u00a0un tercer pa\u00eds asociado al Programa Europa Digital, la Comisi\u00f3n tambi\u00e9n debe dar a\u00a0conocer el informe al Alto Representante.<\/p>\n<\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<table class=\"sinbordes\">\n<colgroup>\n<col width=\"4%\"\/>\n<col width=\"96%\"\/>\n          <\/colgroup>\n<tbody>\n<tr>\n<td>\n<p class=\"cuerpo_tabla_der\">(51)<\/p>\n<\/td>\n<td>\n<p class=\"cuerpo_tabla_izq\">Teniendo en cuenta el car\u00e1cter impredecible de los ciberataques y el hecho de que a\u00a0menudo no se limitan a\u00a0una zona geogr\u00e1fica espec\u00edfica y plantean un alto riesgo de contagio, el refuerzo de la resiliencia de los pa\u00edses vecinos y de su capacidad de responder eficazmente a\u00a0incidentes de ciberseguridad significativos y equivalentes a\u00a0gran escala contribuye a\u00a0la protecci\u00f3n de la Uni\u00f3n en su conjunto, y especialmente de su mercado interior y su industria. Esas actividades podr\u00edan contribuir m\u00e1s a\u00a0la ciberdiplomacia de la Uni\u00f3n. As\u00ed, los terceros pa\u00edses asociados al Programa Europa Digital deben poder solicitar apoyo de la Reserva de Ciberseguridad de la\u00a0UE, en la totalidad o\u00a0en parte de sus territorios, cuando as\u00ed est\u00e9 previsto en el acuerdo a\u00a0trav\u00e9s del cual el tercer pa\u00eds se haya asociado al Programa Europa Digital. La financiaci\u00f3n para los terceros pa\u00edses asociados al Programa Europa Digital debe contar con el apoyo de la Uni\u00f3n en el marco de las asociaciones e\u00a0instrumentos de financiaci\u00f3n pertinentes para dichos pa\u00edses. El apoyo debe abarcar servicios en el \u00e1mbito de la respuesta a\u00a0incidentes de ciberseguridad significativos o\u00a0a\u00a0equivalentes a\u00a0gran escala y de la recuperaci\u00f3n inicial de ellos.<\/p>\n<\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<table class=\"sinbordes\">\n<colgroup>\n<col width=\"4%\"\/>\n<col width=\"96%\"\/>\n          <\/colgroup>\n<tbody>\n<tr>\n<td>\n<p class=\"cuerpo_tabla_der\">(52)<\/p>\n<\/td>\n<td>\n<p class=\"cuerpo_tabla_izq\">Las condiciones establecidas en el presente Reglamento para la Reserva de Ciberseguridad de la\u00a0UE y los proveedores de servicios de seguridad gestionados de confianza deben aplicarse a\u00a0la hora de prestar apoyo a\u00a0los terceros pa\u00edses asociados al Programa Europa Digital. Los terceros pa\u00edses asociados al Programa Europa Digital deben poder solicitar el apoyo de la Reserva de Ciberseguridad de la\u00a0UE cuando las entidades destinatarias y para las que soliciten apoyo de la Reserva de Ciberseguridad de la\u00a0UE sean entidades que operen en sectores de alta criticidad o\u00a0entidades que operen en otros sectores cr\u00edticos y cuando los incidentes detectados den lugar a\u00a0perturbaciones operativas significativas o\u00a0puedan tener efectos de contagio en la Uni\u00f3n. Los terceros pa\u00edses asociados al Programa Europa Digital solo deben poder optar a\u00a0recibir ayuda cuando el acuerdo a\u00a0trav\u00e9s del cual est\u00e9n asociados al Programa Europa Digital prevea espec\u00edficamente dicho apoyo. Adem\u00e1s, estos terceros pa\u00edses solo deben mantener el derecho a\u00a0recibir la ayuda mientras se cumplan tres criterios. En primer lugar, el tercer pa\u00eds debe cumplir plenamente con las condiciones pertinentes de dicho acuerdo. En segundo lugar, dado el car\u00e1cter complementario de la Reserva de Ciberseguridad de la\u00a0UE, el tercer pa\u00eds debe haber adoptado medidas adecuadas para prepararse ante incidentes de ciberseguridad significativos o\u00a0equivalentes a\u00a0gran escala. En tercer lugar, la prestaci\u00f3n de apoyo de la Reserva de Ciberseguridad de la\u00a0UE debe ser coherente con la pol\u00edtica de la Uni\u00f3n hacia ese pa\u00eds y sus relaciones generales con \u00e9l, as\u00ed como con otras pol\u00edticas de la Uni\u00f3n en el \u00e1mbito de la seguridad. En el contexto de la evaluaci\u00f3n del cumplimiento de dicho tercer criterio, la Comisi\u00f3n debe consultar al Alto Representante para la adaptaci\u00f3n de la concesi\u00f3n de dicho apoyo a\u00a0la pol\u00edtica exterior y de seguridad com\u00fan.<\/p>\n<\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<table class=\"sinbordes\">\n<colgroup>\n<col width=\"4%\"\/>\n<col width=\"96%\"\/>\n          <\/colgroup>\n<tbody>\n<tr>\n<td>\n<p class=\"cuerpo_tabla_der\">(53)<\/p>\n<\/td>\n<td>\n<p class=\"cuerpo_tabla_izq\">La prestaci\u00f3n de apoyo a\u00a0los terceros pa\u00edses asociados al Programa Europa Digital puede afectar a\u00a0las relaciones con terceros pa\u00edses y a\u00a0la pol\u00edtica de seguridad de la Uni\u00f3n, tambi\u00e9n en el contexto de la pol\u00edtica exterior y de seguridad com\u00fan y de la pol\u00edtica com\u00fan de seguridad y defensa. Por consiguiente, procede otorgar al Consejo competencias de ejecuci\u00f3n para autorizar y especificar el per\u00edodo durante el cual puede prestarse dicho apoyo. El Consejo debe actuar sobre la base de una propuesta de la Comisi\u00f3n, teniendo debidamente en cuenta la evaluaci\u00f3n de la Comisi\u00f3n de los tres criterios. Lo mismo es aplicable a\u00a0las renovaciones y a\u00a0las propuestas de modificaci\u00f3n o\u00a0derogaci\u00f3n de tales actos. El Consejo, en caso de que, en circunstancias excepcionales, considere que se ha producido un cambio significativo de circunstancias en relaci\u00f3n con el tercer criterio, debe poder actuar por iniciativa propia para modificar o\u00a0derogar un acto de ejecuci\u00f3n, sin esperar a\u00a0una propuesta de la Comisi\u00f3n. Es probable que esos cambios significativos requieran medidas urgentes, tengan implicaciones especialmente importantes para las relaciones con terceros pa\u00edses y no requieran una evaluaci\u00f3n detallada de antemano por parte de la Comisi\u00f3n. Adem\u00e1s, la Comisi\u00f3n debe cooperar con el Alto Representante en relaci\u00f3n con solicitudes de apoyo de terceros pa\u00edses asociados al Programa Europa Digital y la ejecuci\u00f3n del apoyo concedido a\u00a0dichos terceros pa\u00edses. La Comisi\u00f3n tambi\u00e9n debe tener en cuenta los puntos de vista facilitados por ENISA respecto a\u00a0tales solicitudes y apoyo. La Comisi\u00f3n debe informar al Consejo del resultado de la evaluaci\u00f3n de las solicitudes, tambi\u00e9n de las consideraciones pertinentes realizadas a\u00a0este respecto, y de los servicios prestados.<\/p>\n<\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<table class=\"sinbordes\">\n<colgroup>\n<col width=\"4%\"\/>\n<col width=\"96%\"\/>\n          <\/colgroup>\n<tbody>\n<tr>\n<td>\n<p class=\"cuerpo_tabla_der\">(54)<\/p>\n<\/td>\n<td>\n<p class=\"cuerpo_tabla_izq\">La Comunicaci\u00f3n de la Comisi\u00f3n de\u00a018\u00a0de\u00a0abril de\u00a02023 sobre la Academia de Cibercapacidades reconoc\u00eda la escasez de profesionales cualificados. Tales cualificaciones son necesarias para cumplir los objetivos del presente Reglamento. La Uni\u00f3n necesita urgentemente profesionales con las capacidades y competencias adecuadas para prevenir, detectar y disuadir de ataques cibern\u00e9ticos y defender a\u00a0la Uni\u00f3n, incluidas sus infraestructuras m\u00e1s cr\u00edticas, frente a\u00a0tales ataques, as\u00ed como para garantizar su resiliencia. A\u00a0tal fin, es importante fomentar la cooperaci\u00f3n entre las partes interesadas, incluidas las provenientes del sector privado, el mundo acad\u00e9mico y el sector p\u00fablico. Es asimismo importante crear sinergias, en todos los territorios de la Uni\u00f3n, para la inversi\u00f3n en educaci\u00f3n y formaci\u00f3n a\u00a0fin de promover la creaci\u00f3n de salvaguardias para evitar la fuga de talentos y que el d\u00e9ficit de capacidades no se agrave m\u00e1s en algunas regiones que en otras. Es urgente solucionar el d\u00e9ficit de capacidades en materia de ciberseguridad, prestando especial atenci\u00f3n a\u00a0la reducci\u00f3n de la brecha de g\u00e9nero en la mano de obra en ciberseguridad a\u00a0fin de promover la presencia y la participaci\u00f3n de las mujeres en el dise\u00f1o de la gobernanza digital.<\/p>\n<\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<table class=\"sinbordes\">\n<colgroup>\n<col width=\"4%\"\/>\n<col width=\"96%\"\/>\n          <\/colgroup>\n<tbody>\n<tr>\n<td>\n<p class=\"cuerpo_tabla_der\">(55)<\/p>\n<\/td>\n<td>\n<p class=\"cuerpo_tabla_izq\">Con vistas a\u00a0impulsar la innovaci\u00f3n en el mercado \u00fanico digital, es importante reforzar la investigaci\u00f3n y la innovaci\u00f3n en materia de ciberseguridad, con vistas a\u00a0contribuir a\u00a0aumentar la resiliencia de los Estados miembros y la autonom\u00eda estrat\u00e9gica abierta de la Uni\u00f3n, ambos objetivos del presente Reglamento. Las sinergias son esenciales para reforzar la cooperaci\u00f3n y la coordinaci\u00f3n entre las distintas partes interesadas, incluidas las provenientes del sector privado, la sociedad civil y el mundo acad\u00e9mico.<\/p>\n<\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<table class=\"sinbordes\">\n<colgroup>\n<col width=\"4%\"\/>\n<col width=\"96%\"\/>\n          <\/colgroup>\n<tbody>\n<tr>\n<td>\n<p class=\"cuerpo_tabla_der\">(56)<\/p>\n<\/td>\n<td>\n<p class=\"cuerpo_tabla_izq\">El presente Reglamento debe tener en cuenta el compromiso, formulado en la Declaraci\u00f3n Conjunta de\u00a026\u00a0de\u00a0enero de\u00a02022 del Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisi\u00f3n titulada \u00abDeclaraci\u00f3n Europea sobre los Derechos y Principios Digitales para la D\u00e9cada Digital\u00bb, de proteger los intereses de las democracias, personas, empresas e\u00a0instituciones p\u00fablicas de la Uni\u00f3n frente a\u00a0los riesgos de ciberseguridad y la ciberdelincuencia, incluidas las violaciones de la seguridad de los datos y la usurpaci\u00f3n o\u00a0manipulaci\u00f3n de identidad.<\/p>\n<\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<table class=\"sinbordes\">\n<colgroup>\n<col width=\"4%\"\/>\n<col width=\"96%\"\/>\n          <\/colgroup>\n<tbody>\n<tr>\n<td>\n<p class=\"cuerpo_tabla_der\">(57)<\/p>\n<\/td>\n<td>\n<p class=\"cuerpo_tabla_izq\">A fin de completar determinados elementos no esenciales del presente Reglamento, deben delegarse en la Comisi\u00f3n los poderes para adoptar actos con arreglo al art\u00edculo\u00a0290 del TFUE, por lo que respecta a\u00a0la especificaci\u00f3n de los tipos y n\u00famero de servicios de respuesta necesarios para la Reserva de Ciberseguridad de la\u00a0UE. Reviste especial importancia que la Comisi\u00f3n lleve a\u00a0cabo las consultas oportunas durante la fase preparatoria, en particular con expertos, y que esas consultas se realicen de conformidad con los principios establecidos en el Acuerdo interinstitucional de\u00a013\u00a0de\u00a0abril de\u00a02016 sobre la mejora de la legislaci\u00f3n\u00a0<a>(<span>20<\/span>)<\/a>. En particular, a\u00a0fin de garantizar una participaci\u00f3n equitativa en la preparaci\u00f3n de los actos delegados, el Parlamento Europeo y el Consejo reciben toda la documentaci\u00f3n al mismo tiempo que los expertos de los Estados miembros, y sus expertos tienen acceso sistem\u00e1ticamente a\u00a0las reuniones de los grupos de expertos de la Comisi\u00f3n que se ocupen de la preparaci\u00f3n de actos delegados.<\/p>\n<\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<table class=\"sinbordes\">\n<colgroup>\n<col width=\"4%\"\/>\n<col width=\"96%\"\/>\n          <\/colgroup>\n<tbody>\n<tr>\n<td>\n<p class=\"cuerpo_tabla_der\">(58)<\/p>\n<\/td>\n<td>\n<p class=\"cuerpo_tabla_izq\">A fin de garantizar condiciones uniformes de ejecuci\u00f3n del presente Reglamento, deben conferirse a\u00a0la Comisi\u00f3n competencias de ejecuci\u00f3n para especificar de forma m\u00e1s detallada los procedimientos de asignaci\u00f3n de los servicios de apoyo de la Reserva de Ciberseguridad de la\u00a0UE. Dichas competencias deben ejercerse de conformidad con el Reglamento\u00a0(UE) n.<span>o<\/span>\u00a0182\/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo\u00a0<a>(<span>21<\/span>)<\/a>.<\/p>\n<\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<table class=\"sinbordes\">\n<colgroup>\n<col width=\"4%\"\/>\n<col width=\"96%\"\/>\n          <\/colgroup>\n<tbody>\n<tr>\n<td>\n<p class=\"cuerpo_tabla_der\">(59)<\/p>\n<\/td>\n<td>\n<p class=\"cuerpo_tabla_izq\">Sin perjuicio de las normas relativas al presupuesto anual de la Uni\u00f3n con arreglo a\u00a0los Tratados, la Comisi\u00f3n debe tener en cuenta las obligaciones derivadas del presente Reglamento al evaluar las necesidades presupuestarias y de personal de ENISA.<\/p>\n<\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<table class=\"sinbordes\">\n<colgroup>\n<col width=\"4%\"\/>\n<col width=\"96%\"\/>\n          <\/colgroup>\n<tbody>\n<tr>\n<td>\n<p class=\"cuerpo_tabla_der\">(60)<\/p>\n<\/td>\n<td>\n<p class=\"cuerpo_tabla_izq\">La Comisi\u00f3n debe evaluar regularmente las medidas establecidas en el presente Reglamento. La primera de tales evaluaciones debe realizarse en los dos primeros a\u00f1os a\u00a0partir de la fecha de entrada en vigor del presente Reglamento y, posteriormente, al menos cada cuatro a\u00f1os, teniendo en cuenta el calendario de revisi\u00f3n del marco financiero plurianual establecido en virtud del art\u00edculo\u00a0312 TFUE. La Comisi\u00f3n debe presentar un informe sobre los avances realizados al Parlamento Europeo y al Consejo. Con el fin de evaluar los diferentes elementos necesarios, incluido el alcance de la informaci\u00f3n puesta en com\u00fan en el Sistema Europeo de Alerta de Ciberseguridad, la Comisi\u00f3n debe basarse exclusivamente en informaci\u00f3n que est\u00e9 f\u00e1cilmente disponible o\u00a0que se facilite voluntariamente. Habida cuenta de la evoluci\u00f3n geopol\u00edtica y con el fin de garantizar la continuidad y el ulterior desarrollo de las medidas establecidas en el presente Reglamento m\u00e1s all\u00e1 de\u00a02027, es importante que la Comisi\u00f3n eval\u00fae la necesidad de asignar un presupuesto adecuado en el marco financiero plurianual para el per\u00edodo 2028-2034.<\/p>\n<\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<table class=\"sinbordes\">\n<colgroup>\n<col width=\"4%\"\/>\n<col width=\"96%\"\/>\n          <\/colgroup>\n<tbody>\n<tr>\n<td>\n<p class=\"cuerpo_tabla_der\">(61)<\/p>\n<\/td>\n<td>\n<p class=\"cuerpo_tabla_izq\">Dado que los objetivos del presente Reglamento, a\u00a0saber, reforzar la posici\u00f3n competitiva de la industria y los servicios en la Uni\u00f3n en toda la econom\u00eda digital y contribuir a\u00a0la soberan\u00eda tecnol\u00f3gica de la Uni\u00f3n y su autonom\u00eda estrat\u00e9gica abierta en el \u00e1mbito de la ciberseguridad, no pueden ser alcanzados de manera suficiente por los Estados miembros, sino que, debido a\u00a0las dimensiones o\u00a0los efectos de la acci\u00f3n, pueden lograrse mejor a\u00a0escala de la Uni\u00f3n, esta puede adoptar medidas de acuerdo con el principio de subsidiariedad establecido en el art\u00edculo\u00a05 del TUE. De conformidad con el principio de proporcionalidad establecido en el mismo art\u00edculo, el presente Reglamento no excede de lo necesario para alcanzar dichos objetivos.<\/p>\n<\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<p class=\"parrafo\">HAN ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:<\/p>\n<h5 class=\"capitulo_num\">CAP\u00cdTULO\u00a0I<\/h5>\n<h5 class=\"capitulo_tit\"><span>DISPOSICIONES GENERALES<\/span><\/h5>\n<h5 class=\"articulo\">Art\u00edculo\u00a01<\/h5>\n<p class=\"parrafo\">Objeto y objetivos<\/p>\n<p class=\"parrafo\">1.\u00a0\u00a0\u00a0El presente Reglamento establece medidas para reforzar las capacidades de la Uni\u00f3n a\u00a0fin de detectar amenazas e\u00a0incidentes de ciberseguridad, prepararse para ellos y responder a\u00a0ellos, en particular mediante la creaci\u00f3n:<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u00a0a)\u00a0de una red paneuropea de centros cibern\u00e9ticos (en lo sucesivo, \u00abSistema Europeo de Alerta de Ciberseguridad\u00bb) a\u00a0fin de desarrollar y mejorar las capacidades coordinadas de detecci\u00f3n y la conciencia situacional com\u00fan;<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u00a0b)\u00a0de un Mecanismo de Emergencia en materia de Ciberseguridad para ayudar a\u00a0los Estados miembros a\u00a0prepararse para incidentes de ciberseguridad significativos, a\u00a0gran escala y equivalentes a\u00a0gran escala, y a\u00a0responder a\u00a0ellos, atenuar sus repercusiones y e\u00a0iniciar la recuperaci\u00f3n de ellos, as\u00ed como ayudar a\u00a0otros usuarios a\u00a0responder a\u00a0incidentes de ciberseguridad significativos y equivalentes a\u00a0gran escala;<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u00a0c)\u00a0de un Mecanismo Europeo de Revisi\u00f3n de Incidentes de Ciberseguridad para revisar y evaluar incidentes de ciberseguridad significativos o\u00a0a\u00a0gran escala.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">2.\u00a0\u00a0\u00a0El presente Reglamento persigue los objetivos generales de reforzar la posici\u00f3n competitiva de la industria y los servicios en la Uni\u00f3n en toda la econom\u00eda digital, incluidas las microempresas y las peque\u00f1as y medianas empresas, as\u00ed como las empresas emergentes, y de contribuir a\u00a0la soberan\u00eda tecnol\u00f3gica de la Uni\u00f3n y a\u00a0su autonom\u00eda estrat\u00e9gica abierta en el \u00e1mbito de la ciberseguridad, en particular impulsando la innovaci\u00f3n en el mercado \u00fanico digital. Persigue dichos objetivos reforzando la solidaridad a\u00a0escala de la Uni\u00f3n, consolidando el ecosistema de ciberseguridad, mejorando la ciberresiliencia de los Estados miembros y desarrollando las capacidades, los conocimientos t\u00e9cnicos, las habilidades y las competencias de la mano de obra en relaci\u00f3n con la ciberseguridad.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">3.\u00a0\u00a0\u00a0Los objetivos generales a\u00a0que se refiere el apartado\u00a02 se alcanzar\u00e1n mediante los siguientes objetivos espec\u00edficos:<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u00a0a)\u00a0reforzar las capacidades coordinadas comunes de detecci\u00f3n de la Uni\u00f3n y la conciencia situacional com\u00fan de ciberamenazas e\u00a0incidentes;<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u00a0b)\u00a0consolidar la preparaci\u00f3n de las entidades que operan en sectores de alta criticidad y de entidades que operen en otros sectores cr\u00edticos en toda la Uni\u00f3n y reforzar la solidaridad mediante el desarrollo de pruebas coordinadas de preparaci\u00f3n y capacidades mejoradas de respuesta y recuperaci\u00f3n con vistas a\u00a0gestionar incidentes de ciberseguridad significativos, a\u00a0gran escala o\u00a0equivalentes a\u00a0gran escala, incluida la posibilidad de poner el apoyo de la Uni\u00f3n a\u00a0la respuesta a\u00a0incidentes de ciberseguridad a\u00a0disposici\u00f3n de terceros pa\u00edses asociados al Programa Europa Digital;<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u00a0c)\u00a0mejorar la resiliencia de la Uni\u00f3n y contribuir a\u00a0una respuesta eficaz frente a\u00a0los incidentes mediante la revisi\u00f3n y evaluaci\u00f3n de incidentes de ciberseguridad significativos o\u00a0a\u00a0gran escala, incluida la extracci\u00f3n de conclusiones y, en su caso, la formulaci\u00f3n de recomendaciones.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">4.\u00a0\u00a0\u00a0Las acciones con arreglo al presente Reglamento deben llevarse a\u00a0cabo dentro del debido respeto de las competencias de los Estados miembros y deben ser complementarias de las actividades que llevan a\u00a0cabo la red de CSIRT, la EU-CyCLONe y el Grupo de Cooperaci\u00f3n.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">5.\u00a0\u00a0\u00a0El presente Reglamento se entiende sin perjuicio de las funciones estatales esenciales de los Estados miembros, incluida la garant\u00eda de la integridad territorial del Estado, el mantenimiento del orden p\u00fablico y la salvaguardia de la seguridad nacional. En particular, la seguridad nacional seguir\u00e1 siendo responsabilidad exclusiva de cada Estado miembro.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">6.\u00a0\u00a0\u00a0La puesta en com\u00fan o\u00a0el intercambio de informaci\u00f3n con arreglo al presente Reglamento que sea confidencial en virtud de las normas de la Uni\u00f3n o\u00a0nacionales se limitar\u00e1 a\u00a0aquella que sea pertinente y proporcionada en cuanto a\u00a0la finalidad de dicha puesta en com\u00fan o\u00a0intercambio. Tal puesta en com\u00fan o\u00a0intercambio de informaci\u00f3n preservar\u00e1 la confidencialidad de la informaci\u00f3n y proteger\u00e1 los intereses comerciales y de seguridad de las entidades afectadas. Ello no implicar\u00e1 facilitar informaci\u00f3n cuya divulgaci\u00f3n sea contraria a\u00a0los intereses esenciales de los Estados miembros en materia de seguridad nacional, seguridad p\u00fablica o\u00a0defensa.<\/p>\n<h5 class=\"articulo\">Art\u00edculo\u00a02<\/h5>\n<p class=\"parrafo\">Definiciones<\/p>\n<p class=\"parrafo\">A los efectos del presente Reglamento, se entender\u00e1 por:<\/p>\n<table class=\"sinbordes\">\n<colgroup>\n<col width=\"4%\"\/>\n<col width=\"96%\"\/>\n            <\/colgroup>\n<tbody>\n<tr>\n<td>\n<p class=\"cuerpo_tabla_der\">1)<\/p>\n<\/td>\n<td>\n<p class=\"cuerpo_tabla_izq\">\u00abcentro cibern\u00e9tico transfronterizo\u00bb: una plataforma plurinacional creada mediante un acuerdo de consorcio escrito que re\u00fane en una estructura de red coordinada a\u00a0los centros cibern\u00e9ticos nacionales de al menos tres Estados miembros, y que se ha concebido para mejorar el seguimiento, la detecci\u00f3n y el an\u00e1lisis de las ciberamenazas, prevenir los incidentes y apoyar la producci\u00f3n de inteligencia sobre ciberamenazas, en particular mediante el intercambio de datos e\u00a0informaci\u00f3n pertinentes, en su caso anonimizados, as\u00ed como mediante la puesta en com\u00fan de herramientas de vanguardia y el desarrollo conjunto de capacidades de detecci\u00f3n, an\u00e1lisis y de prevenci\u00f3n y protecci\u00f3n cibern\u00e9ticos en un entorno de confianza;<\/p>\n<\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<table class=\"sinbordes\">\n<colgroup>\n<col width=\"4%\"\/>\n<col width=\"96%\"\/>\n            <\/colgroup>\n<tbody>\n<tr>\n<td>\n<p class=\"cuerpo_tabla_der\">2)<\/p>\n<\/td>\n<td>\n<p class=\"cuerpo_tabla_izq\">\u00abconsorcio anfitri\u00f3n\u00bb: un consorcio compuesto por Estados participantes, que han acordado establecer y contribuir a\u00a0la adquisici\u00f3n de herramientas, infraestructuras y servicios para un centro cibern\u00e9tico transfronterizo y a\u00a0su funcionamiento;<\/p>\n<\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<table class=\"sinbordes\">\n<colgroup>\n<col width=\"4%\"\/>\n<col width=\"96%\"\/>\n            <\/colgroup>\n<tbody>\n<tr>\n<td>\n<p class=\"cuerpo_tabla_der\">3)<\/p>\n<\/td>\n<td>\n<p class=\"cuerpo_tabla_izq\">\u00abCSIRT\u00bb: un CSIRT designado o\u00a0establecido con arreglo al art\u00edculo\u00a010, de la Directiva (UE) 2022\/2555;<\/p>\n<\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<table class=\"sinbordes\">\n<colgroup>\n<col width=\"4%\"\/>\n<col width=\"96%\"\/>\n            <\/colgroup>\n<tbody>\n<tr>\n<td>\n<p class=\"cuerpo_tabla_der\">4)<\/p>\n<\/td>\n<td>\n<p class=\"cuerpo_tabla_izq\">\u00abentidad\u00bb: una entidad seg\u00fan se define en el art\u00edculo\u00a06, punto\u00a038, de la Directiva (UE)\u00a02022\/2555;<\/p>\n<\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<table class=\"sinbordes\">\n<colgroup>\n<col width=\"4%\"\/>\n<col width=\"96%\"\/>\n            <\/colgroup>\n<tbody>\n<tr>\n<td>\n<p class=\"cuerpo_tabla_der\">5)<\/p>\n<\/td>\n<td>\n<p class=\"cuerpo_tabla_izq\">\u00abentidades que operan en sectores de alta criticidad\u00bb: el tipo de entidades enumeradas en el anexo\u00a0I\u00a0de la Directiva (UE) 2022\/2555;<\/p>\n<\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<table class=\"sinbordes\">\n<colgroup>\n<col width=\"4%\"\/>\n<col width=\"96%\"\/>\n            <\/colgroup>\n<tbody>\n<tr>\n<td>\n<p class=\"cuerpo_tabla_der\">6)<\/p>\n<\/td>\n<td>\n<p class=\"cuerpo_tabla_izq\">\u00abentidades que operan en otros sectores cr\u00edticos\u00bb: el tipo de entidades enumeradas en el Anexo\u00a0II de la Directiva (UE) 2022\/2555<\/p>\n<\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<table class=\"sinbordes\">\n<colgroup>\n<col width=\"4%\"\/>\n<col width=\"96%\"\/>\n            <\/colgroup>\n<tbody>\n<tr>\n<td>\n<p class=\"cuerpo_tabla_der\">7)<\/p>\n<\/td>\n<td>\n<p class=\"cuerpo_tabla_izq\">\u00abriesgo\u00bb: un riesgo seg\u00fan se define en el art\u00edculo\u00a06, punto\u00a09, de la Directiva (UE)\u00a02022\/2555;<\/p>\n<\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<table class=\"sinbordes\">\n<colgroup>\n<col width=\"4%\"\/>\n<col width=\"96%\"\/>\n            <\/colgroup>\n<tbody>\n<tr>\n<td>\n<p class=\"cuerpo_tabla_der\">8)<\/p>\n<\/td>\n<td>\n<p class=\"cuerpo_tabla_izq\">\u00abciberamenaza\u00bb: una ciberamenaza seg\u00fan se define en el art\u00edculo\u00a02, punto\u00a08, del Reglamento (UE) 2019\/881;<\/p>\n<\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<table class=\"sinbordes\">\n<colgroup>\n<col width=\"4%\"\/>\n<col width=\"96%\"\/>\n            <\/colgroup>\n<tbody>\n<tr>\n<td>\n<p class=\"cuerpo_tabla_der\">9)<\/p>\n<\/td>\n<td>\n<p class=\"cuerpo_tabla_izq\">\u00abincidente\u00bb: incidente seg\u00fan se define en el art\u00edculo\u00a06, punto\u00a06, de la Directiva (UE)\u00a02022\/2555;<\/p>\n<\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<table class=\"sinbordes\">\n<colgroup>\n<col width=\"4%\"\/>\n<col width=\"96%\"\/>\n            <\/colgroup>\n<tbody>\n<tr>\n<td>\n<p class=\"cuerpo_tabla_der\">10)<\/p>\n<\/td>\n<td>\n<p class=\"cuerpo_tabla_izq\">\u00abincidente de ciberseguridad significativo\u00bb: un incidente que cumple los criterios establecidos en el art\u00edculo\u00a023, apartado\u00a03, de la Directiva (UE) 2022\/2555;<\/p>\n<\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<table class=\"sinbordes\">\n<colgroup>\n<col width=\"4%\"\/>\n<col width=\"96%\"\/>\n            <\/colgroup>\n<tbody>\n<tr>\n<td>\n<p class=\"cuerpo_tabla_der\">11)<\/p>\n<\/td>\n<td>\n<p class=\"cuerpo_tabla_izq\">\u00abincidente grave\u00bb: un incidente grave seg\u00fan se define en el art\u00edculo\u00a03, punto\u00a08, del Reglamento (UE, Euratom) 2023\/2841 del Parlamento Europeo y del Consejo\u00a0<a>(<span>22<\/span>)<\/a>;<\/p>\n<\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<table class=\"sinbordes\">\n<colgroup>\n<col width=\"4%\"\/>\n<col width=\"96%\"\/>\n            <\/colgroup>\n<tbody>\n<tr>\n<td>\n<p class=\"cuerpo_tabla_der\">12)<\/p>\n<\/td>\n<td>\n<p class=\"cuerpo_tabla_izq\">\u00abincidente de ciberseguridad a\u00a0gran escala\u00bb: un incidente de ciberseguridad a\u00a0gran escala seg\u00fan se define en el art\u00edculo\u00a06, punto\u00a07, de la Directiva (UE) 2022\/2555;<\/p>\n<\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<table class=\"sinbordes\">\n<colgroup>\n<col width=\"4%\"\/>\n<col width=\"96%\"\/>\n            <\/colgroup>\n<tbody>\n<tr>\n<td>\n<p class=\"cuerpo_tabla_der\">13)<\/p>\n<\/td>\n<td>\n<p class=\"cuerpo_tabla_izq\">\u00abincidente de ciberseguridad equivalente a\u00a0gran escala\u00bb: en el caso de las instituciones, \u00f3rganos y organismos de la Uni\u00f3n, un incidente grave y, en el caso de los terceros pa\u00edses asociados al Programa Europa Digital, un incidente que cause un nivel de perturbaci\u00f3n que supere la capacidad para responder a\u00a0\u00e9l del tercer pa\u00eds asociado al Programa Europa Digital afectado;<\/p>\n<\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<table class=\"sinbordes\">\n<colgroup>\n<col width=\"4%\"\/>\n<col width=\"96%\"\/>\n            <\/colgroup>\n<tbody>\n<tr>\n<td>\n<p class=\"cuerpo_tabla_der\">14)<\/p>\n<\/td>\n<td>\n<p class=\"cuerpo_tabla_izq\">\u00abtercer pa\u00eds asociado al Programa Europa Digital\u00bb: un tercer pa\u00eds que es parte en un acuerdo con la Uni\u00f3n que permite su participaci\u00f3n en el Programa Europa Digital en virtud del art\u00edculo\u00a010 del Reglamento (UE) 2021\/694;<\/p>\n<\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<table class=\"sinbordes\">\n<colgroup>\n<col width=\"4%\"\/>\n<col width=\"96%\"\/>\n            <\/colgroup>\n<tbody>\n<tr>\n<td>\n<p class=\"cuerpo_tabla_der\">15)<\/p>\n<\/td>\n<td>\n<p class=\"cuerpo_tabla_izq\">\u00ab\u00f3rgano de contrataci\u00f3n\u00bb: la Comisi\u00f3n o, en la medida en que el funcionamiento y la administraci\u00f3n de la Reserva de Ciberseguridad de la\u00a0UE se hayan encomendado a\u00a0ENISA en virtud del art\u00edculo\u00a014, apartado\u00a05, ENISA;<\/p>\n<\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<table class=\"sinbordes\">\n<colgroup>\n<col width=\"4%\"\/>\n<col width=\"96%\"\/>\n            <\/colgroup>\n<tbody>\n<tr>\n<td>\n<p class=\"cuerpo_tabla_der\">16)<\/p>\n<\/td>\n<td>\n<p class=\"cuerpo_tabla_izq\">\u00abproveedor de servicios de seguridad gestionados\u00bb: un proveedor de servicios de seguridad gestionados tal como se define en el art\u00edculo\u00a06, punto\u00a040, de la Directiva (UE) 2022\/2555;<\/p>\n<\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<table class=\"sinbordes\">\n<colgroup>\n<col width=\"4%\"\/>\n<col width=\"96%\"\/>\n            <\/colgroup>\n<tbody>\n<tr>\n<td>\n<p class=\"cuerpo_tabla_der\">17)<\/p>\n<\/td>\n<td>\n<p class=\"cuerpo_tabla_izq\">\u00abproveedores de servicios de seguridad gestionados de confianza\u00bb: los proveedores de servicios de seguridad gestionados seleccionados para formar parte de la Reserva de Ciberseguridad de la\u00a0UE de conformidad con el art\u00edculo\u00a017.<\/p>\n<\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<h5 class=\"capitulo_num\">CAP\u00cdTULO\u00a0II<\/h5>\n<h5 class=\"capitulo_tit\"><span>SISTEMA EUROPEO DE ALERTA DE CIBERSEGURIDAD<\/span><\/h5>\n<h5 class=\"articulo\">Art\u00edculo\u00a03<\/h5>\n<p class=\"parrafo\">Establecimiento del Sistema Europeo de Alerta de Ciberseguridad<\/p>\n<p class=\"parrafo\">1.\u00a0\u00a0\u00a0Se crear\u00e1 una red paneuropea de infraestructuras integrada por los centros cibern\u00e9ticos nacionales y los centros cibern\u00e9ticos transfronterizos que voluntariamente se integren en ella, el Sistema Europeo de Alerta de Ciberseguridad, para apoyar el desarrollo de capacidades avanzadas a\u00a0fin de que la Uni\u00f3n mejore las capacidades de detecci\u00f3n, an\u00e1lisis y tratamiento de datos en relaci\u00f3n con las ciberamenazas y la prevenci\u00f3n de incidentes en la Uni\u00f3n.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">2.\u00a0\u00a0\u00a0El Sistema Europeo de Alerta de Ciberseguridad:<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u00a0a)\u00a0contribuir\u00e1 a\u00a0una mejor protecci\u00f3n y respuesta frente a\u00a0las ciberamenazas a\u00a0trav\u00e9s del apoyo, la cooperaci\u00f3n con y el refuerzo de las capacidades de las entidades pertinentes, en particular, los CSIRT, la red de CSIRT, la EU-CyCLONe y las autoridades competentes designadas o\u00a0establecidas de conformidad con el art\u00edculo\u00a08, apartado\u00a01 de la Directiva (UE) 2022\/2555;<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u00a0b)\u00a0agrupar\u00e1 y pondr\u00e1 en com\u00fan datos e\u00a0informaci\u00f3n pertinentes sobre ciberamenazas e\u00a0incidentes procedentes de diversas fuentes dentro de los centros cibern\u00e9ticos transfronterizos y compartir\u00e1 informaci\u00f3n analizada o\u00a0agregada a\u00a0trav\u00e9s de los centros cibern\u00e9ticos transfronterizos, cuando proceda, con la red de CSIRT;<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u00a0c)\u00a0recoger\u00e1 e\u00a0impulsar\u00e1 la producci\u00f3n de informaci\u00f3n de alta calidad y ejecutable y de inteligencia sobre ciberamenazas, mediante el uso de herramientas de vanguardia y de tecnolog\u00edas avanzadas, y pondr\u00e1 en com\u00fan dicha informaci\u00f3n e\u00a0inteligencia sobre ciberamenazas;<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u00a0d)\u00a0contribuir\u00e1 a\u00a0mejorar la detecci\u00f3n coordinada de ciberamenazas y la conciencia situacional com\u00fan en toda la Uni\u00f3n, as\u00ed como a\u00a0la emisi\u00f3n de alertas, en particular, cuando proceda, formulando recomendaciones concretas a\u00a0las entidades;<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u00a0e)\u00a0prestar\u00e1 servicios a\u00a0la comunidad de ciberseguridad de la Uni\u00f3n y llevar\u00e1 a\u00a0cabo actividades para dicha comunidad, incluida la contribuci\u00f3n al desarrollo de herramientas y tecnolog\u00edas avanzadas, como las de inteligencia artificial y an\u00e1lisis de datos.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">3.\u00a0\u00a0\u00a0Las medidas por las que se aplique el Sistema Europeo de Alerta de Ciberseguridad recibir\u00e1n financiaci\u00f3n del Programa Europa Digital y se ejecutar\u00e1n de conformidad con el Reglamento (UE) 2021\/694, en particular, con su objetivo espec\u00edfico 3.<\/p>\n<h5 class=\"articulo\">Art\u00edculo\u00a04<\/h5>\n<p class=\"parrafo\">Centros cibern\u00e9ticos nacionales<\/p>\n<p class=\"parrafo\">1.\u00a0\u00a0\u00a0Cuando un Estado miembro decida participar en el Sistema Europeo de Alerta de Ciberseguridad, designar\u00e1 o, en su caso, establecer\u00e1 un centro cibern\u00e9tico nacional a\u00a0efectos del presente Reglamento.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">2.\u00a0\u00a0\u00a0El centro cibern\u00e9tico nacional ser\u00e1 una entidad \u00fanica que actuar\u00e1 bajo la autoridad de su Estado miembro. Podr\u00e1 ser un CSIRT o, en su caso, una autoridad de gesti\u00f3n de crisis de ciberseguridad u\u00a0otra autoridad competente designada o\u00a0establecida en virtud del art\u00edculo\u00a08, apartado\u00a01, de la Directiva (UE) 2022\/2555, u\u00a0otra entidad. El centro cibern\u00e9tico nacional:<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u00a0a)\u00a0tendr\u00e1 la capacidad de actuar como punto de referencia y pasarela a\u00a0otras organizaciones p\u00fablicas y privadas a\u00a0nivel nacional para recoger y analizar informaci\u00f3n sobre ciberamenazas e\u00a0incidentes y para contribuir a\u00a0un centro cibern\u00e9tico transfronterizo, a\u00a0que se refiere el art\u00edculo\u00a05, y<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u00a0b)\u00a0ser\u00e1 capaz de detectar, agregar y analizar datos e\u00a0informaci\u00f3n pertinentes para las ciberamenazas e\u00a0incidentes, como la inteligencia sobre ciberamenazas, utilizando en particular tecnolog\u00edas de vanguardia, con el objetivo de prevenir incidentes.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">3.\u00a0\u00a0\u00a0Como parte de las funciones a\u00a0que se refiere el apartado\u00a02 del presente art\u00edculo, los centros cibern\u00e9ticos nacionales podr\u00e1n cooperar con entidades del sector privado para intercambiar datos e\u00a0informaci\u00f3n pertinentes con el fin de detectar y prevenir ciberamenazas e\u00a0incidentes, en particular con comunidades sectoriales e\u00a0intersectoriales de entidades esenciales e\u00a0importantes a\u00a0que se refiere el art\u00edculo\u00a03 de la Directiva (UE) 2022\/2555. Cuando proceda, y de conformidad con el Derecho de la Uni\u00f3n y nacional, la informaci\u00f3n solicitada o\u00a0recibida por los centros cibern\u00e9ticos nacionales podr\u00e1 incluir datos de telemetr\u00eda, sensores y registro.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">4.\u00a0\u00a0\u00a0Los Estados miembros seleccionados de conformidad con el art\u00edculo\u00a09, apartado\u00a01, se comprometer\u00e1n a\u00a0solicitar que sus respectivos centros cibern\u00e9ticos nacionales participen en un centro cibern\u00e9tico transfronterizo.<\/p>\n<h5 class=\"articulo\">Art\u00edculo\u00a05<\/h5>\n<p class=\"parrafo\">Centros cibern\u00e9ticos transfronterizos<\/p>\n<p class=\"parrafo\">1.\u00a0\u00a0\u00a0Cuando al menos tres Estados miembros se comprometan a\u00a0garantizar que sus centros cibern\u00e9ticos nacionales colaboren para coordinar sus actividades de ciberdetecci\u00f3n y seguimiento de amenazas, dichos Estados miembros podr\u00e1n crear un consorcio anfitri\u00f3n a\u00a0efectos del presente Reglamento.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">2.\u00a0\u00a0\u00a0Un consorcio anfitri\u00f3n estar\u00e1 compuesto por al menos tres Estados miembros participantes que hayan acordado establecer y contribuir a\u00a0la adquisici\u00f3n de herramientas, infraestructuras y servicios para un centro cibern\u00e9tico transfronterizo y su funcionamiento de conformidad con el apartado\u00a04.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">3.\u00a0\u00a0\u00a0Cuando se seleccione un consorcio anfitri\u00f3n de conformidad con el art\u00edculo\u00a09, apartado\u00a03, sus miembros celebrar\u00e1n un acuerdo de consorcio por escrito por el que:<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u00a0a)\u00a0se establecer\u00e1n las disposiciones internas para la aplicaci\u00f3n del acuerdo de alojamiento y uso a\u00a0que se refiere el art\u00edculo\u00a09, apartado\u00a03;<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u00a0b)\u00a0se crear\u00e1 el centro cibern\u00e9tico transfronterizo del consorcio anfitri\u00f3n, y<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u00a0c)\u00a0se incluir\u00e1n las cl\u00e1usulas espec\u00edficas exigidas en virtud del art\u00edculo\u00a06, apartados\u00a01 y\u00a02.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">4.\u00a0\u00a0\u00a0Un centro cibern\u00e9tico transfronterizo consistir\u00e1 en una plataforma de m\u00faltiples pa\u00edses creada mediante un acuerdo de consorcio escrito al que se refiere el apartado\u00a03. Reunir\u00e1 en una estructura de red coordinada los centros cibern\u00e9ticos nacionales de los Estados miembros del consorcio anfitri\u00f3n. Deber\u00e1 estar dise\u00f1ado para mejorar el seguimiento, la detecci\u00f3n y el an\u00e1lisis de ciberamenazas, prevenir incidentes y apoyar la producci\u00f3n de inteligencia sobre ciberamenazas, en particular, mediante el intercambio de datos e\u00a0informaci\u00f3n pertinentes, anonimizados cuando proceda, as\u00ed como mediante la puesta en com\u00fan de herramientas de vanguardia, y el desarrollo conjunto de capacidades de detecci\u00f3n, an\u00e1lisis y de prevenci\u00f3n y protecci\u00f3n cibern\u00e9ticos en un entorno de confianza.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">5.\u00a0\u00a0\u00a0El centro cibern\u00e9tico transfronterizo estar\u00e1 representado a\u00a0efectos jur\u00eddicos por un miembro del consorcio anfitri\u00f3n en calidad de coordinador, o\u00a0por el consorcio anfitri\u00f3n si este tiene personalidad jur\u00eddica. La responsabilidad del cumplimiento del presente Reglamento y el acuerdo de alojamiento y uso por parte del centro cibern\u00e9tico transfronterizo se asignar\u00e1 en el acuerdo de consorcio escrito a\u00a0que se refiere el apartado\u00a03.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">6.\u00a0\u00a0\u00a0Un Estado miembro podr\u00e1 adherirse a\u00a0un consorcio anfitri\u00f3n existente con el acuerdo de los miembros de dicho consorcio. El acuerdo de consorcio escrito a\u00a0que se refiere el apartado\u00a03 y el acuerdo de alojamiento y uso se modificar\u00e1n en consecuencia. Esto no afectar\u00e1 a\u00a0los derechos de propiedad del Centro Europeo de Competencia Industrial, Tecnol\u00f3gica y de Investigaci\u00f3n en Ciberseguridad (ECCC) sobre las herramientas, infraestructuras o\u00a0servicios ya adquiridos conjuntamente con dicho consorcio anfitri\u00f3n.<\/p>\n<h5 class=\"articulo\">Art\u00edculo\u00a06<\/h5>\n<p class=\"parrafo\">Cooperaci\u00f3n y puesta en com\u00fan de informaci\u00f3n dentro de los centros cibern\u00e9ticos transfronterizos y entre ellos<\/p>\n<p class=\"parrafo\">1.\u00a0\u00a0\u00a0Los miembros de un consorcio anfitri\u00f3n garantizar\u00e1n que sus centros cibern\u00e9ticos nacionales pongan en com\u00fan, de conformidad con el acuerdo de consorcio al que se refiere el art\u00edculo\u00a05, apartado\u00a03, dentro del centro cibern\u00e9tico transfronterizo, la informaci\u00f3n pertinentes, anonimizados cuando proceda, como, por ejemplo, informaci\u00f3n relativa a\u00a0ciberamenazas, cuasiincidentes, vulnerabilidades, t\u00e9cnicas y procedimientos, indicadores de compromiso, t\u00e1cticas de los adversarios, informaci\u00f3n espec\u00edfica del agente de riesgo, alertas de ciberseguridad y recomendaciones relativas a\u00a0la configuraci\u00f3n de las herramientas de ciberseguridad para detectar ciberataques, siempre que dicha puesta en com\u00fan de informaci\u00f3n:<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u00a0a)\u00a0fomente y mejore la detecci\u00f3n de ciberamenazas y refuerce las capacidades de la red de CSIRT para prevenir y responder a\u00a0incidentes o\u00a0atenuar su repercusi\u00f3n;<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u00a0b)\u00a0refuerce el nivel de ciberseguridad, por ejemplo, concienciando sobre las ciberamenazas, limitando o\u00a0anulando la capacidad de tales amenazas de propagarse, respaldando una bater\u00eda de capacidades de defensa, correcci\u00f3n y divulgaci\u00f3n de las vulnerabilidades, t\u00e9cnicas de detecci\u00f3n, contenci\u00f3n y prevenci\u00f3n de amenazas, estrategias paliativas, etapas de respuesta y recuperaci\u00f3n, o\u00a0fomentando la investigaci\u00f3n de amenazas en colaboraci\u00f3n con entidades p\u00fablicas y privadas.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">2.\u00a0\u00a0\u00a0El acuerdo de consorcio escrito a\u00a0que se refiere el art\u00edculo\u00a05, apartado\u00a03, establecer\u00e1:<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u00a0a)\u00a0el compromiso de poner en com\u00fan entre los miembros del consorcio anfitri\u00f3n la informaci\u00f3n a\u00a0que se refiere el apartado\u00a01 y las condiciones en las que se pondr\u00e1 en com\u00fan dicha informaci\u00f3n;<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u00a0b)\u00a0un marco de gobernanza que aclare e\u00a0incentive la puesta en com\u00fan de informaci\u00f3n pertinente, en su caso anonimizada, a\u00a0que se refiere el apartado\u00a01 entre todos los participantes;<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u00a0c)\u00a0objetivos para la contribuci\u00f3n al desarrollo de herramientas y tecnolog\u00edas avanzadas, tales como herramientas de inteligencia artificial y an\u00e1lisis de datos.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">El acuerdo de consorcio escrito podr\u00e1 especificar que la informaci\u00f3n a\u00a0que se refiere el apartado\u00a01 se pondr\u00e1 en com\u00fan de conformidad con el Derecho de la Uni\u00f3n y nacional.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">3.\u00a0\u00a0\u00a0Los centros cibern\u00e9ticos transfronterizos celebrar\u00e1n acuerdos de cooperaci\u00f3n entre s\u00ed, especificando los principios de interoperabilidad y puesta en com\u00fan de informaci\u00f3n entre ellos. Los centros cibern\u00e9ticos transfronterizos informar\u00e1n a\u00a0la Comisi\u00f3n de los acuerdos de cooperaci\u00f3n celebrados.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">4.\u00a0\u00a0\u00a0El intercambio de informaci\u00f3n a\u00a0que se refiere el apartado\u00a01 entre centros cibern\u00e9ticos transfronterizos estar\u00e1 garantizado por un alto nivel de interoperabilidad. Para apoyar dicha interoperabilidad ENISA, en estrecha concertaci\u00f3n con la Comisi\u00f3n, sin demora indebida y a\u00a0m\u00e1s tardar el 5\u00a0de\u00a0febrero de\u00a02026, emitir\u00e1 directrices de interoperabilidad en las que se especifiquen, en particular, los formatos y protocolos de puesta en com\u00fan de informaci\u00f3n, teniendo en cuenta las normas y mejores pr\u00e1cticas internacionales, as\u00ed como el funcionamiento de cualquier centro cibern\u00e9tico transfronterizo existente. Los requisitos de interoperabilidad previstos en los acuerdos de cooperaci\u00f3n de los centros cibern\u00e9ticos transfronterizos se basar\u00e1n en las directrices publicadas por ENISA.<\/p>\n<h5 class=\"articulo\">Art\u00edculo\u00a07<\/h5>\n<p class=\"parrafo\">Cooperaci\u00f3n y puesta en com\u00fan de informaci\u00f3n con redes a\u00a0escala de la Uni\u00f3n<\/p>\n<p class=\"parrafo\">1.\u00a0\u00a0\u00a0Los centros cibern\u00e9ticos transfronterizos y la red de CSIRT deben cooperar estrechamente, en particular para poner en com\u00fan informaci\u00f3n. A\u00a0tal fin, acordar\u00e1n disposiciones de procedimiento en materia de cooperaci\u00f3n y puesta en com\u00fan de informaci\u00f3n pertinente y, sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado\u00a02, los tipos de informaci\u00f3n que se pondr\u00e1n en com\u00fan.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">2.\u00a0\u00a0\u00a0Cuando los centros de ciberseguridad transfronterizos obtengan informaci\u00f3n relativa a\u00a0un incidente de ciberseguridad a\u00a0gran escala potencial o\u00a0en curso, garantizar\u00e1n, a\u00a0efectos de conciencia situacional com\u00fan, que se faciliten a\u00a0las autoridades de los Estados miembros y a\u00a0la Comisi\u00f3n la informaci\u00f3n pertinente y las alertas tempranas a\u00a0trav\u00e9s de la\u00a0EU-CyCLONe y de la red de CSIRT, sin demora indebida.<\/p>\n<h5 class=\"articulo\">Art\u00edculo\u00a08<\/h5>\n<p class=\"parrafo\">Seguridad<\/p>\n<p class=\"parrafo\">1.\u00a0\u00a0\u00a0Los Estados miembros que participen en el Sistema Europeo de Alerta de Ciberseguridad garantizar\u00e1n un alto nivel de ciberseguridad, incluida la confidencialidad y seguridad de los datos, as\u00ed como de seguridad f\u00edsica de la infraestructura del Sistema Europeo de Alerta de Ciberseguridad, y velar\u00e1n por que la red se gestione y controle adecuadamente, de tal manera que se proteja de las amenazas y se garantice su seguridad y la de los sistemas, incluidos los datos e\u00a0informaci\u00f3n puestos en com\u00fan a\u00a0trav\u00e9s de la red.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">2.\u00a0\u00a0\u00a0Los Estados miembros que participen en el Sistema Europeo de Alerta de Ciberseguridad velar\u00e1n por que la puesta en com\u00fan de informaci\u00f3n a\u00a0que se refiere el art\u00edculo\u00a06, apartado\u00a01, dentro del Sistema Europeo de Alerta de Ciberseguridad con cualquier entidad que no sea una autoridad u\u00a0organismo p\u00fablico de un Estado miembro no afecte negativamente a\u00a0los intereses de seguridad de la Uni\u00f3n o\u00a0de los Estados miembros.<\/p>\n<h5 class=\"articulo\">Art\u00edculo\u00a09<\/h5>\n<p class=\"parrafo\">Financiaci\u00f3n del Sistema Europeo de Alerta de Ciberseguridad<\/p>\n<p class=\"parrafo\">1.\u00a0\u00a0\u00a0Tras una convocatoria de manifestaciones de inter\u00e9s, el ECCC seleccionar\u00e1 de entre los Estados miembros que tengan la intenci\u00f3n de participar en el Sistema Europeo de Alerta de Ciberseguridad a\u00a0aquellos que participar\u00e1n con el ECCC en una contrataci\u00f3n conjunta de herramientas, infraestructuras o\u00a0servicios, con el fin de crear, o\u00a0mejorar las capacidades de los centros cibern\u00e9ticos nacionales designados o\u00a0establecidos en virtud del art\u00edculo\u00a04, apartado\u00a01. El ECCC podr\u00e1 conceder subvenciones a\u00a0los Estados miembros seleccionados para financiar el funcionamiento de tales herramientas, infraestructuras y servicios. La contribuci\u00f3n financiera de la Uni\u00f3n sufragar\u00e1 hasta el\u00a050\u00a0% de los costes de adquisici\u00f3n de las herramientas, infraestructuras o\u00a0servicios, y hasta el\u00a050\u00a0% de los costes de funcionamiento. Los Estados miembros seleccionados sufragar\u00e1n los costes restantes. Antes de iniciar el procedimiento para la adquisici\u00f3n de las herramientas, infraestructuras o\u00a0servicios, el ECCC y los Estados miembros seleccionados celebrar\u00e1n un acuerdo de alojamiento y uso que regule el uso de las herramientas, infraestructuras o\u00a0servicios.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">2.\u00a0\u00a0\u00a0Si el centro cibern\u00e9tico nacional de un Estado miembro no participa en un centro cibern\u00e9tico transfronterizo en el plazo de dos a\u00f1os a\u00a0partir de la fecha en que se adquieran las herramientas, infraestructuras y servicios, o\u00a0de la fecha en que reciba la financiaci\u00f3n mediante subvenciones, si dicha fecha fuera anterior, el Estado miembro no podr\u00e1 beneficiarse de otro apoyo de la Uni\u00f3n previsto en el presente cap\u00edtulo hasta que no se adhiera a\u00a0un centro cibern\u00e9tico transfronterizo.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">3.\u00a0\u00a0\u00a0Tras una convocatoria de manifestaciones de inter\u00e9s, el ECCC seleccionar\u00e1 un consorcio anfitri\u00f3n para que participe con \u00e9l en una contrataci\u00f3n conjunta de herramientas, infraestructuras o\u00a0servicios. El ECCC podr\u00e1 conceder al consorcio anfitri\u00f3n una subvenci\u00f3n para financiar el funcionamiento de dichas herramientas, infraestructuras o\u00a0servicios. La contribuci\u00f3n financiera de la Uni\u00f3n sufragar\u00e1 hasta el\u00a075\u00a0% de los costes de adquisici\u00f3n de las herramientas, infraestructuras o\u00a0servicios, y hasta el\u00a050\u00a0% de los costes de funcionamiento. El consorcio anfitri\u00f3n sufragar\u00e1 los costes restantes. Antes de iniciar el procedimiento para la adquisici\u00f3n de las herramientas, infraestructuras y servicios, el\u00a0ECCC y el consorcio anfitri\u00f3n celebrar\u00e1n un acuerdo de alojamiento y uso que regule el uso de las herramientas, infraestructuras o\u00a0servicios.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">4.\u00a0\u00a0\u00a0El ECCC preparar\u00e1, al menos cada dos a\u00f1os, una cartograf\u00eda de las herramientas, infraestructuras o\u00a0servicios necesarios y de calidad adecuada para crear o\u00a0mejorar las capacidades de los centros cibern\u00e9ticos nacionales y los centros cibern\u00e9ticos transfronterizos, as\u00ed como su disponibilidad, tambi\u00e9n por parte de entidades jur\u00eddicas establecidas o\u00a0que se consideren establecidas en los Estados miembros y controladas por los Estados miembros o\u00a0por nacionales de los Estados miembros. Al preparar la cartograf\u00eda, el ECCC consultar\u00e1 a\u00a0la red de CSIRT, a\u00a0cualquier centro cibern\u00e9tico transfronterizo existente, a\u00a0ENISA y a\u00a0la Comisi\u00f3n.<\/p>\n<h5 class=\"capitulo_num\">CAP\u00cdTULO\u00a0III<\/h5>\n<h5 class=\"capitulo_tit\"><span>MECANISMO DE EMERGENCIA EN MATERIA DE CIBERSEGURIDAD<\/span><\/h5>\n<h5 class=\"articulo\">Art\u00edculo\u00a010<\/h5>\n<p class=\"parrafo\">Creaci\u00f3n del Mecanismo de Emergencia en materia de Ciberseguridad<\/p>\n<p class=\"parrafo\">1.\u00a0\u00a0\u00a0Se crea un Mecanismo de Emergencia en materia de Ciberseguridad para apoyar la mejora de la resiliencia de la Uni\u00f3n ante las ciberamenazas, prepararla para los efectos a\u00a0corto plazo de los incidentes de ciberseguridad significativos, a\u00a0gran escala y equivalentes a\u00a0gran escala, y paliar dichos efectos, en un esp\u00edritu de solidaridad.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">2.\u00a0\u00a0\u00a0En el caso de los Estados miembros, las acciones en el marco del Mecanismo de Emergencia en materia de Ciberseguridad se llevar\u00e1n a\u00a0cabo previa solicitud y complementar\u00e1n los esfuerzos y acciones de los Estados miembros para prepararse ante incidentes, responder a\u00a0ellos y recuperarse de ellos.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">3.\u00a0\u00a0\u00a0Las acciones por las que se aplica el Mecanismo de Emergencia en materia de Ciberseguridad recibir\u00e1n financiaci\u00f3n del Programa Europa Digital y se ejecutar\u00e1n de conformidad con el Reglamento (UE)\u00a02021\/694, en particular, con su objetivo espec\u00edfico\u00a03.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">4.\u00a0\u00a0\u00a0Las acciones en el marco del Mecanismo de Emergencia en materia de Ciberseguridad se ejecutar\u00e1n principalmente a\u00a0trav\u00e9s del ECCC de conformidad con el Reglamento (UE)\u00a02021\/887. Sin embargo, las acciones de ejecuci\u00f3n de la Reserva de Ciberseguridad de la\u00a0UE, a\u00a0que se refiere el art\u00edculo\u00a011, letra\u00a0b), del presente Reglamento que se ejecutar\u00e1n por la Comisi\u00f3n y ENISA.<\/p>\n<h5 class=\"articulo\">Art\u00edculo\u00a011<\/h5>\n<p class=\"parrafo\">Tipos de acciones<\/p>\n<p class=\"parrafo\">El Mecanismo de Emergencia en materia de Ciberseguridad apoyar\u00e1 los siguientes tipos de acciones:<\/p>\n<p class=\"parrafo\">a)\u00a0acciones de preparaci\u00f3n, a\u00a0saber:<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u00a0i)\u00a0las pruebas coordinadas de preparaci\u00f3n de las entidades que operan en sectores de alta criticidad en toda la Uni\u00f3n, tal como se especifica en el art\u00edculo\u00a012;<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u00a0ii)\u00a0otras acciones de preparaci\u00f3n para las entidades que operan en sectores de alta criticidad o\u00a0entidades que operan en otros sectores cr\u00edticos, tal como se especifica en el art\u00edculo\u00a013;<\/p>\n<p class=\"parrafo\">b)\u00a0acciones que apoyen la respuesta a\u00a0incidentes de ciberseguridad significativos, a\u00a0gran escala y equivalentes a\u00a0gran escala, e\u00a0inicien la recuperaci\u00f3n de ellos, de las que se ocupar\u00e1n los proveedores de servicios de seguridad gestionados de confianza que participen en la Reserva de Ciberseguridad de la\u00a0UE establecida en virtud del art\u00edculo\u00a014;<\/p>\n<p class=\"parrafo\">c)\u00a0acciones de apoyo a\u00a0la asistencia mutua, tal como se contempla en el art\u00edculo\u00a018.<\/p>\n<h5 class=\"articulo\">Art\u00edculo\u00a012<\/h5>\n<p class=\"parrafo\">Pruebas coordinadas de preparaci\u00f3n de las entidades<\/p>\n<p class=\"parrafo\">1.\u00a0\u00a0\u00a0El Mecanismo de Emergencia en materia de Ciberseguridad apoyar\u00e1 las pruebas coordinadas de preparaci\u00f3n de las entidades que operan en sectores de alta criticidad.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">2.\u00a0\u00a0\u00a0Las pruebas coordinadas de preparaci\u00f3n podr\u00e1n consistir en actividades de preparaci\u00f3n, tales como pruebas de penetraci\u00f3n y evaluaci\u00f3n de amenazas.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">3.\u00a0\u00a0\u00a0El apoyo a\u00a0las acciones de preparaci\u00f3n con arreglo al presente art\u00edculo se prestar\u00e1 a\u00a0los Estados miembros principalmente en forma de subvenciones y en las condiciones previstas en los programas de trabajo pertinentes a\u00a0que se refiere el art\u00edculo\u00a024 del Reglamento (UE)\u00a02021\/694.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">4.\u00a0\u00a0\u00a0Con el fin de apoyar las pruebas coordinadas de preparaci\u00f3n de las entidades a\u00a0que se refiere el art\u00edculo\u00a011, letra\u00a0a), inciso\u00a0i), del presente Reglamento en toda la Uni\u00f3n, la Comisi\u00f3n, previa consulta al Grupo de Cooperaci\u00f3n, a\u00a0la EU-CyCLONe y a\u00a0ENISA, determinar\u00e1, a\u00a0partir de los sectores de alta criticidad enumerados en el anexo\u00a0I\u00a0de la Directiva (UE) 2022\/2555, los sectores o\u00a0subsectores afectados para los que se pueda publicar una convocatoria de propuestas para la concesi\u00f3n de subvenciones. La participaci\u00f3n de los Estados miembros en dichas convocatorias de propuestas es voluntaria.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">5.\u00a0\u00a0\u00a0Para determinar los sectores o\u00a0subsectores contemplados en el apartado\u00a04, la Comisi\u00f3n tendr\u00e1 en cuenta las evaluaciones de riesgos coordinadas y las pruebas de resiliencia a\u00a0escala de la Uni\u00f3n, as\u00ed como sus resultados.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">6.\u00a0\u00a0\u00a0El Grupo de Cooperaci\u00f3n, en colaboraci\u00f3n con la Comisi\u00f3n, el Alto Representante de la Uni\u00f3n para Asuntos Exteriores y Pol\u00edtica de Seguridad (en lo sucesivo, \u00abAlto Representante\u00bb) y ENISA, y en el marco de su mandato, la EU-CyCLONe, elaborar\u00e1 escenarios de riesgo y metodolog\u00edas comunes para las pruebas de preparaci\u00f3n coordinadas a\u00a0que se refiere el art\u00edculo\u00a011, letra\u00a0a), inciso\u00a0i), y, cuando proceda, para otras acciones de preparaci\u00f3n a\u00a0que se refiere la letra\u00a0a), inciso\u00a0ii), de dicho art\u00edculo.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">7.\u00a0\u00a0\u00a0Cuando una entidad que opere en un sector de alta criticidad participe voluntariamente en pruebas de preparaci\u00f3n coordinadas y estas den lugar a\u00a0recomendaciones de medidas espec\u00edficas, que la entidad participante podr\u00e1 integrar en un plan corrector, la autoridad del Estado miembro responsable de las de pruebas de preparaci\u00f3n coordinadas revisar\u00e1, cuando proceda, el seguimiento de dichas medidas por parte de las entidades participantes con vistas a\u00a0reforzar la preparaci\u00f3n.<\/p>\n<h5 class=\"articulo\">Art\u00edculo\u00a013<\/h5>\n<p class=\"parrafo\">Otras acciones de preparaci\u00f3n<\/p>\n<p class=\"parrafo\">1.\u00a0\u00a0\u00a0El Mecanismo de Emergencia en materia de Ciberseguridad apoyar\u00e1 las acciones de preparaci\u00f3n no contempladas en el art\u00edculo\u00a012. Tales acciones incluir\u00e1n acciones de preparaci\u00f3n para entidades de sectores no identificados para pruebas de preparaci\u00f3n coordinadas en virtud del art\u00edculo\u00a012. Estas acciones pueden apoyar el seguimiento de vulnerabilidades y de riesgos, los ejercicios y la formaci\u00f3n.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">2.\u00a0\u00a0\u00a0El apoyo a\u00a0las acciones de preparaci\u00f3n con arreglo al presente art\u00edculo se prestar\u00e1 a\u00a0los Estados miembros principalmente en forma de subvenciones a\u00a0reserva de las condiciones definidas en los programas de trabajo pertinentes a\u00a0que se refiere el art\u00edculo\u00a024 del Reglamento (UE)\u00a02021\/694.<\/p>\n<h5 class=\"articulo\">Art\u00edculo\u00a014<\/h5>\n<p class=\"parrafo\">Creaci\u00f3n de la Reserva de Ciberseguridad de la\u00a0UE<\/p>\n<p class=\"parrafo\">1.\u00a0\u00a0\u00a0Se crea una reserva de ciberseguridad de la\u00a0UE para ayudar, previa solicitud, a\u00a0los usuarios a\u00a0que se refiere el apartado\u00a03 a\u00a0responder o\u00a0a\u00a0prestar apoyo para responder a\u00a0incidentes de ciberseguridad significativos, a\u00a0gran escala o\u00a0equivalentes a\u00a0gran escala, y para iniciar la recuperaci\u00f3n de tales incidentes.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">2.\u00a0\u00a0\u00a0La Reserva de Ciberseguridad de la\u00a0UE consistir\u00e1 en servicios de respuesta prestados por proveedores de servicios de seguridad gestionados de confianza seleccionados de conformidad con los criterios establecidos en el art\u00edculo\u00a017, apartado\u00a02. La Reserva de Ciberseguridad de la\u00a0UE podr\u00e1 incluir servicios objeto de compromiso previo. Los servicios objeto de compromiso previo de un proveedor de servicios de seguridad gestionados de confianza podr\u00e1n convertirse en servicios de preparaci\u00f3n relacionados con la prevenci\u00f3n y respuesta a\u00a0incidentes, en caso de que dichos servicios objeto de compromiso previo no se utilicen para la respuesta a\u00a0incidentes durante el per\u00edodo en el que se hayan sido objeto de compromiso previo. La Reserva de Ciberseguridad de la\u00a0UE podr\u00e1 desplegarse, previa solicitud, en todos los Estados miembros, en las instituciones, \u00f3rganos y organismos de la Uni\u00f3n, y en los terceros pa\u00edses asociados al Programa Europa Digital a\u00a0que se refiere el art\u00edculo\u00a019, apartado\u00a01.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">3.\u00a0\u00a0\u00a0Los usuarios de los servicios de la Reserva de Ciberseguridad de la\u00a0UE comprender\u00e1n los siguientes:<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u00a0a)\u00a0las autoridades de gesti\u00f3n de crisis de ciberseguridad de los Estados miembros y los CSIRT a\u00a0que se refieren, respectivamente, el art\u00edculo\u00a09, apartados\u00a01 y\u00a02, y el art\u00edculo\u00a010 de la Directiva (UE)\u00a02022\/2555;<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u00a0b)\u00a0el CERT-EU, de conformidad con el art\u00edculo\u00a013 del Reglamento (UE,\u00a0Euratom)\u00a02023\/2841;<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u00a0c)\u00a0las autoridades competentes, como los equipos de respuesta a\u00a0incidentes de seguridad inform\u00e1tica y las autoridades de gesti\u00f3n de crisis de ciberseguridad de terceros pa\u00edses asociados al Programa Europa Digital, de conformidad con el art\u00edculo\u00a019, apartado\u00a08.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">4.\u00a0\u00a0\u00a0La Comisi\u00f3n tendr\u00e1 la responsabilidad general de la ejecuci\u00f3n de la Reserva de Ciberseguridad de la\u00a0UE. La Comisi\u00f3n, junto con el Grupo de Cooperaci\u00f3n, determinar\u00e1 las prioridades y la evoluci\u00f3n de la Reserva de Ciberseguridad de la\u00a0UE, en consonancia con los requisitos de los usuarios a\u00a0que se refiere el apartado\u00a03, supervisar\u00e1 su aplicaci\u00f3n y garantizar\u00e1 la complementariedad, la coherencia, las sinergias y los v\u00ednculos con otras acciones de apoyo con arreglo al presente Reglamento, as\u00ed como con otras acciones y programas de la Uni\u00f3n. Esas prioridades ser\u00e1n evaluadas, y si procede, revisadas cada dos a\u00f1os. La Comisi\u00f3n informar\u00e1 al Parlamento Europeo y al Consejo de dichas prioridades y sus revisiones.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">5.\u00a0\u00a0\u00a0Sin perjuicio de la responsabilidad general de la Comisi\u00f3n en la ejecuci\u00f3n de la Reserva de Ciberseguridad de la\u00a0UE a\u00a0que se refiere el apartado\u00a04 del presente art\u00edculo y a\u00a0reserva de un convenio de contribuci\u00f3n, tal como se define en el art\u00edculo\u00a02, punto\u00a019, del Reglamento (UE, Euratom) 2024\/2509, la Comisi\u00f3n encomendar\u00e1 el funcionamiento y la administraci\u00f3n de la Reserva de Ciberseguridad de la\u00a0UE, total o\u00a0parcialmente, a\u00a0ENISA. Los aspectos no encomendados a\u00a0ENISA seguir\u00e1n siendo objeto de gesti\u00f3n directa por parte de la Comisi\u00f3n.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">6.\u00a0\u00a0\u00a0ENISA preparar\u00e1, al menos cada dos a\u00f1os, una cartograf\u00eda de los servicios que necesitan los usuarios a\u00a0que se refiere el apartado\u00a03, letras\u00a0a) y\u00a0b), del presente art\u00edculo. La cartograf\u00eda incluir\u00e1 asimismo la disponibilidad de tales servicios, tambi\u00e9n por parte de entidades jur\u00eddicas establecidas o\u00a0que se consideren establecidas en los Estados miembros y controladas por los Estados miembros o\u00a0por nacionales de los Estados miembros. Al elaborar la cartograf\u00eda respecto de dicha disponibilidad, ENISA evaluar\u00e1 las competencias y capacidades de la mano de obra de la Uni\u00f3n en el \u00e1mbito de la ciberseguridad pertinentes para alcanzar los objetivos de la Reserva de Ciberseguridad de la\u00a0UE. Para preparar la cartograf\u00eda, ENISA consultar\u00e1 al Grupo de Cooperaci\u00f3n, a\u00a0la EU-CyCLONe, la Comisi\u00f3n y, en su caso, el Consejo Interinstitucional de Ciberseguridad, creado en virtud del art\u00edculo\u00a010 del Reglamento (UE, Euratom) 2023\/2841. Al elaborar la cartograf\u00eda respecto de la disponibilidad de servicios, ENISA tambi\u00e9n consultar\u00e1 a\u00a0las partes interesadas pertinentes del sector de la ciberseguridad, como los proveedores de servicios de seguridad gestionados. ENISA preparar\u00e1 una cartograf\u00eda similar, tras informar al Consejo y tras consultar a\u00a0la EU-CyCLONe, a\u00a0la Comisi\u00f3n y, cuando proceda, al Alto Representante, para determinar las necesidades de los usuarios a\u00a0que se refiere el apartado\u00a03, letra\u00a0c) del presente art\u00edculo.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">7.\u00a0\u00a0\u00a0La Comisi\u00f3n estar\u00e1 facultada para adoptar actos delegados, con arreglo al art\u00edculo\u00a023, para completar el presente Reglamento especificando los tipos y el n\u00famero de servicios de respuesta necesarios para la Reserva de Ciberseguridad de la\u00a0UE. Al preparar dichos actos delegados, la Comisi\u00f3n tendr\u00e1 en cuenta la cartograf\u00eda a\u00a0que se refiere el apartado\u00a06 del presente art\u00edculo, y podr\u00e1 intercambiar asesoramiento y cooperar con el Grupo de Cooperaci\u00f3n y ENISA.<\/p>\n<h5 class=\"articulo\">Art\u00edculo\u00a015<\/h5>\n<p class=\"parrafo\">Solicitudes de apoyo de la Reserva de Ciberseguridad de la\u00a0UE<\/p>\n<p class=\"parrafo\">1.\u00a0\u00a0\u00a0Los usuarios a\u00a0que se refiere el art\u00edculo\u00a014, apartado\u00a03, podr\u00e1n solicitar los servicios de la Reserva de Ciberseguridad de la\u00a0UE para apoyar la respuesta a\u00a0incidentes de ciberseguridad significativos, a\u00a0gran escala o\u00a0equivalentes a\u00a0gran escala e\u00a0iniciar la recuperaci\u00f3n de tales incidentes.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">2.\u00a0\u00a0\u00a0Para recibir el apoyo de la Reserva de Ciberseguridad de la\u00a0UE, los usuarios a\u00a0que se refiere el art\u00edculo\u00a014, apartado\u00a03, tomar\u00e1n todas las medidas apropiadas para atenuar los efectos del incidente para el que se solicite el apoyo, incluida, cuando proceda, la prestaci\u00f3n de asistencia t\u00e9cnica directa, y otros recursos para ayudar a\u00a0la respuesta y a\u00a0los esfuerzos de recuperaci\u00f3n.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">3.\u00a0\u00a0\u00a0Las solicitudes de apoyo se transmitir\u00e1n al \u00f3rgano de contrataci\u00f3n como sigue:<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u00a0a)\u00a0en el caso de los usuarios a\u00a0que se refiere el art\u00edculo\u00a014, apartado\u00a03, letra\u00a0a), del presente Reglamento, a\u00a0trav\u00e9s del punto de contacto \u00fanico designado o\u00a0establecido en virtud del art\u00edculo\u00a08, apartado\u00a03, de la Directiva (UE)\u00a02022\/2555;<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u00a0b)\u00a0en el caso del usuario a\u00a0que se refiere el art\u00edculo\u00a014, apartado\u00a03, letra\u00a0b), por dicho usuario;<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u00a0c)\u00a0en el caso de los usuarios a\u00a0que se refiere el art\u00edculo\u00a014, apartado\u00a03, letra\u00a0c), a\u00a0trav\u00e9s del punto de contacto \u00fanico a\u00a0que se refiere el art\u00edculo\u00a019, apartado\u00a09.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">4.\u00a0\u00a0\u00a0En el caso de las solicitudes de los usuarios a\u00a0que se refiere el art\u00edculo\u00a014, apartado\u00a03, letra\u00a0a), los Estados miembros informar\u00e1n a\u00a0la red de CSIRT y, cuando proceda, a\u00a0la\u00a0EU-CyCLONe, de sus solicitudes de apoyo de usuarios para la respuesta a\u00a0incidentes y la recuperaci\u00f3n inicial con arreglo al presente art\u00edculo.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">5.\u00a0\u00a0\u00a0Las solicitudes de apoyo para la respuesta a\u00a0incidentes y la recuperaci\u00f3n inicial incluir\u00e1n:<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u00a0a)\u00a0informaci\u00f3n adecuada sobre la entidad afectada y las posibles repercusiones del incidente sobre lo siguiente:<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u00a0 i)\u00a0en el caso de los usuarios a\u00a0que se refiere el art\u00edculo\u00a014, apartado\u00a03, letra\u00a0a), los Estados miembros y usuarios afectados, incluido el riesgo de contagio a\u00a0otro Estado miembro;<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u00a0 ii)\u00a0en el caso del usuario a\u00a0que se refiere el art\u00edculo\u00a014, apartado\u00a03, letra\u00a0b), las instituciones, \u00f3rganos u\u00a0organismos de la Uni\u00f3n afectados;<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u00a0 iii)\u00a0en el caso de los usuarios a\u00a0que se refiere el art\u00edculo\u00a014, apartado\u00a03, letra\u00a0c), los pa\u00edses asociados al Programa Europa Digital afectados;<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u00a0b)\u00a0informaci\u00f3n sobre el servicio solicitado, adem\u00e1s del uso previsto y el apoyo requerido, incluida una indicaci\u00f3n de las necesidades estimadas;<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u00a0c)\u00a0informaci\u00f3n apropiada sobre las medidas tomadas para paliar el incidente para el que se solicite el apoyo, tal como se contempla en el apartado\u00a02;<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u00a0d)\u00a0en su caso, informaci\u00f3n disponible sobre otras formas de apoyo a\u00a0disposici\u00f3n de la entidad afectada.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">6.\u00a0\u00a0\u00a0ENISA, en cooperaci\u00f3n con la Comisi\u00f3n y la EU-CyCLONe, elaborar\u00e1 una plantilla para facilitar la presentaci\u00f3n de solicitudes de apoyo de la Reserva de Ciberseguridad de la\u00a0UE.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">7.\u00a0\u00a0\u00a0La Comisi\u00f3n podr\u00e1 especificar, mediante actos de ejecuci\u00f3n, las disposiciones de procedimiento detalladas sobre la manera en que se deber\u00e1 solicitar los servicios de apoyo de la Reserva de Ciberseguridad de la\u00a0UE y la manera en que se deber\u00e1 responder a\u00a0dichas solicitudes en virtud del presente art\u00edculo, el art\u00edculo\u00a016, apartado\u00a01, y el art\u00edculo\u00a019, apartado\u00a010, as\u00ed como las disposiciones para la presentaci\u00f3n de tales solicitudes y la entrega de las respuestas y los modelos para los informes a\u00a0que se refiere el art\u00edculo\u00a016, apartado\u00a09. Dichos actos de ejecuci\u00f3n se adoptar\u00e1n de conformidad con el procedimiento de examen a\u00a0que se refiere el art\u00edculo\u00a024, apartado\u00a02.<\/p>\n<h5 class=\"articulo\">Art\u00edculo\u00a016<\/h5>\n<p class=\"parrafo\">Ejecuci\u00f3n del apoyo de la Reserva de Ciberseguridad de la\u00a0UE<\/p>\n<p class=\"parrafo\">1.\u00a0\u00a0\u00a0En el caso de las solicitudes de los usuarios a\u00a0que se refiere el art\u00edculo\u00a014, apartado\u00a03, letras\u00a0a) y b), las solicitudes de apoyo de la Reserva de Ciberseguridad de la\u00a0UE ser\u00e1n evaluadas por el \u00f3rgano de contrataci\u00f3n. Se transmitir\u00e1 una respuesta a\u00a0los usuarios a\u00a0que se refiere el art\u00edculo\u00a014, apartado\u00a03, letras\u00a0a) y\u00a0b), sin demora y, en cualquier caso, en un plazo m\u00e1ximo de cuarenta y ocho\u00a0horas a\u00a0partir de la presentaci\u00f3n de la solicitud para garantizar la eficacia del apoyo. El \u00f3rgano de contrataci\u00f3n informar\u00e1 al Consejo y a\u00a0la Comisi\u00f3n de los resultados del proceso.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">2.\u00a0\u00a0\u00a0Por lo que se refiere a\u00a0la informaci\u00f3n puesta en com\u00fan durante la solicitud y la prestaci\u00f3n de los servicios de la Reserva de Ciberseguridad de la\u00a0UE, todas las partes implicadas en la aplicaci\u00f3n del presente Reglamento:<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u00a0a)\u00a0limitar\u00e1n el uso y la puesta en com\u00fan de dicha informaci\u00f3n a\u00a0lo estrictamente necesario para cumplir sus obligaciones o\u00a0funciones con arreglo al presente Reglamento;<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u00a0b)\u00a0utilizar\u00e1n y pondr\u00e1n en com\u00fan toda informaci\u00f3n confidencial o\u00a0clasificada en virtud del Derecho de la Uni\u00f3n y nacional \u00fanicamente de conformidad con dicho Derecho,\u00a0y<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u00a0c)\u00a0garantizar\u00e1n un intercambio de informaci\u00f3n eficaz, eficiente y seguro, cuando proceda, utilizando y respetando los protocolos pertinentes, como el TLP para la puesta en com\u00fan de informaci\u00f3n.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">3.\u00a0\u00a0\u00a0Al evaluar las solicitudes individuales con arreglo al art\u00edculo\u00a016, apartado\u00a01, y al art\u00edculo\u00a019, apartado\u00a010, el \u00f3rgano de contrataci\u00f3n o\u00a0la Comisi\u00f3n, seg\u00fan proceda, evaluar\u00e1 en primer lugar si se cumplen los criterios mencionados en el art\u00edculo\u00a015, apartados\u00a01 y\u00a02. En tal caso, evaluar\u00e1 la adecuaci\u00f3n de la duraci\u00f3n y la naturaleza del apoyo, teniendo en cuenta el objetivo recogido en el art\u00edculo\u00a01, apartado\u00a03, letra\u00a0b), y los siguientes criterios, cuando proceda:<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u00a0a)\u00a0la magnitud y la gravedad del incidente;<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u00a0b)\u00a0el tipo de entidad afectada, dando mayor prioridad a\u00a0los incidentes que afecten a\u00a0entidades esenciales seg\u00fan se contemplan en el art\u00edculo\u00a03, apartado\u00a01, de la Directiva (UE)\u00a02022\/2555;<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u00a0c)\u00a0la repercusi\u00f3n potencial del incidente en el Estado miembro o\u00a0Estados miembros, las instituciones, \u00f3rganos u\u00a0organismos de la Uni\u00f3n o\u00a0los terceros pa\u00edses asociados al Programa Europa Digital;<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u00a0d)\u00a0el posible car\u00e1cter transfronterizo del incidente y el riesgo de contagio a\u00a0otros Estados miembros o\u00a0instituciones, \u00f3rganos u\u00a0organismos de la Uni\u00f3n o\u00a0terceros pa\u00edses asociados al Programa Europa Digital;<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u00a0e)\u00a0las medidas tomadas por el usuario para ayudar a\u00a0la respuesta y los esfuerzos de recuperaci\u00f3n iniciales a\u00a0que se refieren el art\u00edculo\u00a015, apartado\u00a02.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">4.\u00a0\u00a0\u00a0Para establecer el orden de prioridad de las solicitudes, en el caso de solicitudes simult\u00e1neas de los usuarios a\u00a0que se refiere el art\u00edculo\u00a014, apartado\u00a03, se tendr\u00e1n en cuenta, cuando proceda, los criterios a\u00a0que se refiere el apartado\u00a03 del presente art\u00edculo, sin perjuicio del principio de cooperaci\u00f3n leal entre los Estados miembros y las instituciones, \u00f3rganos y organismos de la Uni\u00f3n. Cuando dos o\u00a0m\u00e1s solicitudes se consideren iguales con arreglo a\u00a0los dichos criterios se dar\u00e1 mayor prioridad a\u00a0las solicitudes de los usuarios de los Estados miembros. Cuando el funcionamiento y la administraci\u00f3n de la Reserva de Ciberseguridad de la\u00a0UE se hayan encomendado, total o\u00a0parcialmente, a\u00a0ENISA en virtud del art\u00edculo\u00a014, apartado\u00a05, ENISA y la Comisi\u00f3n cooperar\u00e1n estrechamente para establecer el orden de prioridad de las solicitudes de conformidad con el presente apartado.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">5.\u00a0\u00a0\u00a0Los servicios de la Reserva de Ciberseguridad de la\u00a0UE se prestar\u00e1n de conformidad con acuerdos espec\u00edficos entre el proveedor de servicios de seguridad gestionados de confianza y el usuario al que se preste el apoyo en el marco de la Reserva de Ciberseguridad de la\u00a0UE. Dichos servicios podr\u00e1n prestarse de conformidad con acuerdos espec\u00edficos entre el proveedor de servicios de seguridad gestionados de confianza, el usuario y la entidad afectada. Todos los acuerdos a\u00a0que se refiere el presente apartado incluir\u00e1n, entre otras cosas, condiciones en materia de responsabilidad.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">6.\u00a0\u00a0\u00a0Los acuerdos a\u00a0que se refiere el apartado\u00a05 se basar\u00e1n en plantillas preparadas por ENISA, previa consulta a\u00a0los Estados miembros y, cuando proceda, a\u00a0otros usuarios de la Reserva de Ciberseguridad de la\u00a0UE.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">7.\u00a0\u00a0\u00a0La Comisi\u00f3n, ENISA y los usuarios de la Reserva de Ciberseguridad de la\u00a0UE no asumir\u00e1n responsabilidad contractual alguna por los da\u00f1os causados a\u00a0terceros por los servicios prestados en el marco de la ejecuci\u00f3n de la Reserva de Ciberseguridad de la\u00a0UE.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">8.\u00a0\u00a0\u00a0Los usuarios podr\u00e1n utilizar los servicios de la Reserva de Ciberseguridad de la\u00a0UE prestados en respuesta a\u00a0una solicitud con arreglo al art\u00edculo\u00a015, apartado\u00a01, \u00fanicamente para apoyar la respuesta a\u00a0incidentes de ciberseguridad significativos, a\u00a0gran escala o\u00a0equivalentes a\u00a0gran escala e\u00a0iniciar la recuperaci\u00f3n de ellos. Solo podr\u00e1n utilizar dichos servicios con respecto a:<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u00a0a)\u00a0entidades que operan en sectores de alta criticidad o\u00a0entidades que operan en otros sectores cr\u00edticos, en el caso de los usuarios a\u00a0que se refiere el art\u00edculo\u00a014, apartado\u00a03, letra\u00a0a), y entidades equivalentes en el caso de los usuarios a\u00a0que se refiere el art\u00edculo\u00a014, apartado\u00a03, letra\u00a0c), y<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u00a0b)\u00a0instituciones, \u00f3rganos y organismos de la Uni\u00f3n, en el caso del usuario a\u00a0que se refiere el art\u00edculo\u00a014, apartado\u00a03, letra\u00a0b).<\/p>\n<p class=\"parrafo\">9.\u00a0\u00a0\u00a0En el plazo de dos meses a\u00a0partir del fin del apoyo, todo usuario que haya recibido apoyo facilitar\u00e1 un informe resumido sobre el servicio prestado, los resultados obtenidos y las conclusiones extra\u00eddas:<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u00a0a)\u00a0a la Comisi\u00f3n, ENISA, la red de CSIRT y la EU-CyCLONe, en el caso de los usuarios a\u00a0que se refiere el art\u00edculo\u00a014, apartado\u00a03, letra\u00a0a);<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u00a0b)\u00a0a la Comisi\u00f3n, a\u00a0ENISA y al Consejo Interinstitucional de Ciberseguridad, en el caso del usuario a\u00a0que se refiere el art\u00edculo\u00a014, apartado\u00a03, letra\u00a0b);<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u00a0c)\u00a0a la Comisi\u00f3n, en el caso de los usuarios a\u00a0que se refiere el art\u00edculo\u00a014, apartado\u00a03, letra\u00a0c).<\/p>\n<p class=\"parrafo\">La Comisi\u00f3n transmitir\u00e1 los informes resumidos recibidos de los usuarios a\u00a0que se refiere el art\u00edculo\u00a014, apartado\u00a03, en virtud de la letra\u00a0c), p\u00e1rrafo primero, del presente apartado al Consejo y al Alto Representante.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">10.\u00a0\u00a0\u00a0Cuando el funcionamiento y la administraci\u00f3n de la Reserva de Ciberseguridad de la\u00a0UE se hayan encomendado, total o\u00a0parcialmente, a\u00a0ENISA con arreglo al art\u00edculo\u00a014, apartado\u00a05, del presente Reglamento, ENISA informar\u00e1 a\u00a0la Comisi\u00f3n y le consultar\u00e1 peri\u00f3dicamente a\u00a0este respecto. En este contexto, ENISA enviar\u00e1 inmediatamente a\u00a0la Comisi\u00f3n todas las solicitudes que reciba de los usuarios a\u00a0que se refiere el art\u00edculo\u00a014, apartado\u00a03, letra\u00a0c), del presente Reglamento, y, cuando sea necesario a\u00a0efectos de priorizaci\u00f3n con arreglo al presente art\u00edculo, cualquier solicitud que haya recibido de los usuarios a\u00a0que se refiere el art\u00edculo\u00a014, apartado\u00a03, letras\u00a0a) o\u00a0b), del presente Reglamento. Las obligaciones establecidas en el presente apartado se entender\u00e1n sin perjuicio de lo dispuesto en el art\u00edculo\u00a014 del Reglamento (UE)\u00a02019\/881.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">11.\u00a0\u00a0\u00a0En el caso de los usuarios a\u00a0que se refiere el art\u00edculo\u00a014, apartado\u00a03, letras\u00a0a) y\u00a0b), el \u00f3rgano de contrataci\u00f3n informar\u00e1 al Grupo de Cooperaci\u00f3n, de forma peri\u00f3dica y al menos dos veces al a\u00f1o, sobre el uso y los resultados del apoyo.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">12.\u00a0\u00a0\u00a0En el caso de los usuarios a\u00a0que se refiere el art\u00edculo\u00a014, apartado\u00a03, letra\u00a0c), la Comisi\u00f3n informar\u00e1 al Consejo y comunicar\u00e1 peri\u00f3dicamente al Alto Representante, al menos dos veces al a\u00f1o, sobre el uso y los resultados del apoyo.<\/p>\n<h5 class=\"articulo\">Art\u00edculo\u00a017<\/h5>\n<p class=\"parrafo\">Proveedores de servicios de seguridad gestionados de confianza<\/p>\n<p class=\"parrafo\">1.\u00a0\u00a0\u00a0En los procedimientos de contrataci\u00f3n p\u00fablica destinados a\u00a0crear la Reserva de Ciberseguridad de la\u00a0UE, el \u00f3rgano de contrataci\u00f3n actuar\u00e1 de conformidad con los principios establecidos en el Reglamento (UE, Euratom)\u00a02024\/2509 y con los principios siguientes:<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u00a0a)\u00a0garantizar que los servicios incluidos en la Reserva de Ciberseguridad de la\u00a0UE, cuando sean considerados en su conjunto, sean tales que la Reserva de Ciberseguridad de la\u00a0UE incluya servicios que puedan prestarse en todos los Estados miembros, teniendo en cuenta, en particular, los requisitos nacionales para la prestaci\u00f3n de tales servicios, incluidas las lenguas y la certificaci\u00f3n o\u00a0acreditaci\u00f3n;<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u00a0b)\u00a0garantizar la protecci\u00f3n de los intereses esenciales de seguridad de la Uni\u00f3n y de sus Estados miembros;<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u00a0c)\u00a0garantizar que la Reserva de Ciberseguridad de la\u00a0UE aporte valor a\u00f1adido de la Uni\u00f3n, al contribuir a\u00a0los objetivos establecidos en el art\u00edculo\u00a03 del Reglamento (UE)\u00a02021\/694, en particular promoviendo el desarrollo de capacidades de ciberseguridad en la Uni\u00f3n.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">2.\u00a0\u00a0\u00a0Al contratar servicios para la Reserva de Ciberseguridad de la\u00a0UE, el \u00f3rgano de contrataci\u00f3n incluir\u00e1 en los pliegos de la contrataci\u00f3n los siguientes criterios y requisitos:<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u00a0a)\u00a0el proveedor demostrar\u00e1 que su personal tiene el m\u00e1ximo grado de integridad profesional, independencia y responsabilidad y la competencia t\u00e9cnica necesaria para llevar a\u00a0cabo las actividades en su \u00e1mbito espec\u00edfico, y garantizar\u00e1 la permanencia y continuidad de los conocimientos especializados, as\u00ed como los recursos t\u00e9cnicos necesarios;<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u00a0b)\u00a0el proveedor, y todas las filiales y subcontratistas pertinentes, cumplir\u00e1n las normas aplicables en materia de protecci\u00f3n de la informaci\u00f3n clasificada y habr\u00e1n establecido las medidas adecuadas, como, en su caso, acuerdos entre s\u00ed, para proteger la informaci\u00f3n confidencial relacionada con el servicio y, en particular, las pruebas, conclusiones e\u00a0informes;<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u00a0c)\u00a0el proveedor deber\u00e1 aportar pruebas suficientes de la transparencia de su estructura de gobierno y de la improbabilidad de que esta ponga en peligro su imparcialidad y la calidad de sus servicios o\u00a0cause conflictos de intereses;<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u00a0d)\u00a0el proveedor dispondr\u00e1 de la habilitaci\u00f3n de seguridad adecuada, al menos para el personal destinado a\u00a0participar en la prestaci\u00f3n de servicios, cuando as\u00ed lo exija el Estado miembro;<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u00a0e)\u00a0el proveedor dispondr\u00e1 del nivel de seguridad pertinente para sus sistemas inform\u00e1ticos;<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u00a0f)\u00a0el proveedor estar\u00e1 equipado con el hardware y software necesarios para prestar el servicio solicitado, sin vulnerabilidades aprovechables conocidas, que incluir\u00e1n las \u00faltimas actualizaciones de seguridad y cumplir\u00e1n, en todo caso, toda disposici\u00f3n aplicable del Reglamento (UE)\u00a02024\/2847 del Parlamento Europeo y del Consejo\u00a0(23);<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u00a0g)\u00a0el proveedor deber\u00e1 poder demostrar que tiene experiencia en la prestaci\u00f3n de servicios similares a\u00a0las autoridades nacionales pertinentes, a\u00a0las entidades que operan en sectores de alta criticidad o\u00a0entidades que operan en otros sectores cr\u00edticos;<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u00a0h)\u00a0el proveedor deber\u00e1 poder prestar el servicio en un plazo breve en los Estados miembros en los que pueda prestar el servicio;<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u00a0i)\u00a0el proveedor deber\u00e1 poder prestar el servicio en una o\u00a0varias lenguas oficiales de las instituciones de la Uni\u00f3n o\u00a0de un Estado miembro seg\u00fan lo exija, en su caso, el Estado o\u00a0Estados miembros o\u00a0los usuarios a\u00a0que se refieren los art\u00edculos\u00a014, apartado\u00a03, letras\u00a0b) y\u00a0c), en los que el proveedor pueda prestar el servicio;<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u00a0j)\u00a0una vez que se haya establecido un esquema europeo de certificaci\u00f3n de la ciberseguridad para los servicios de seguridad gestionados con arreglo al Reglamento (UE)\u00a02019\/881, el proveedor ser\u00e1 certificado de conformidad con dicho esquema en dos a\u00f1os a\u00a0partir de la fecha de aplicaci\u00f3n del esquema;<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u00a0k)\u00a0el proveedor incluir\u00e1 en la oferta las condiciones de conversi\u00f3n de cualquier servicio de respuesta a\u00a0incidentes no utilizado que pueda convertirse en servicios de preparaci\u00f3n estrechamente relacionados con la respuesta a\u00a0incidentes, como ejercicios o\u00a0formaciones.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">3.\u00a0\u00a0\u00a0A efectos de la contrataci\u00f3n de servicios para la Reserva de Ciberseguridad de la\u00a0UE, el \u00f3rgano de contrataci\u00f3n podr\u00e1, cuando proceda, a\u00f1adir criterios y requisitos a\u00a0los que figuran en el apartado\u00a02, en estrecha cooperaci\u00f3n con los Estados miembros.<\/p>\n<h5 class=\"articulo\">Art\u00edculo\u00a018<\/h5>\n<p class=\"parrafo\">Acciones de apoyo para la asistencia mutua<\/p>\n<p class=\"parrafo\">1.\u00a0\u00a0\u00a0El Mecanismo de Emergencia en materia de Ciberseguridad debe apoyar la asistencia t\u00e9cnica prestada por un Estado miembro a\u00a0otro Estado miembro afectado por un incidente de ciberseguridad significativo o\u00a0a\u00a0gran escala, tambi\u00e9n en los casos a\u00a0que se refiere el art\u00edculo\u00a011, apartado\u00a03, letra\u00a0f), de la Directiva (UE)\u00a02022\/2555.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">2.\u00a0\u00a0\u00a0El apoyo para la asistencia t\u00e9cnica mutual a\u00a0que hace referencia el apartado\u00a01 se prestar\u00e1 en forma de subvenciones a\u00a0reserva de las condiciones definidas en los programas de trabajo pertinentes a\u00a0que se refiere el art\u00edculo\u00a024 del Reglamento (UE) 2021\/694.<\/p>\n<h5 class=\"articulo\">Art\u00edculo\u00a019<\/h5>\n<p class=\"parrafo\">Apoyo a\u00a0terceros pa\u00edses asociados al Programa Europa Digital<\/p>\n<p class=\"parrafo\">1.\u00a0\u00a0\u00a0El tercer pa\u00eds asociado al Programa Europa Digital podr\u00e1 solicitar apoyo de la Reserva de Ciberseguridad de la\u00a0UE cuando el acuerdo por el que est\u00e9 asociado al Programa Europa Digital prevea la participaci\u00f3n en la Reserva de Ciberseguridad de la\u00a0UE. Dicho acuerdo contendr\u00e1 disposiciones que exijan al tercer pa\u00eds asociado al Programa Europa Digital cumplir las obligaciones establecidas en los apartados\u00a02 y\u00a09 del presente art\u00edculo. A\u00a0efectos de la participaci\u00f3n de un tercer pa\u00eds en la Reserva de Ciberseguridad de la\u00a0UE, un tercer pa\u00eds asociado al Programa Europa Digital parcialmente podr\u00e1 incluir una asociaci\u00f3n limitada al objetivo operativo a\u00a0que se refiere el art\u00edculo\u00a06, apartado\u00a01, letra\u00a0g), del Reglamento (UE)\u00a02021\/694.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">2.\u00a0\u00a0\u00a0En un plazo de tres meses desde la celebraci\u00f3n del acuerdo al que se refiere el apartado\u00a01 y, en todo caso, antes de recibir el apoyo de la Reserva de Ciberseguridad de la\u00a0UE, el tercer pa\u00eds asociado al Programa Europa Digital facilitar\u00e1n a\u00a0la Comisi\u00f3n informaci\u00f3n sobre sus capacidades de ciberresiliencia y gesti\u00f3n de riesgos, incluida, como m\u00ednimo, informaci\u00f3n sobre las medidas nacionales adoptadas para prepararse frente a\u00a0incidentes de ciberseguridad significativos, o\u00a0equivalentes a\u00a0gran escala, as\u00ed como informaci\u00f3n sobre las entidades nacionales responsables, incluidos los equipos de respuesta a\u00a0incidentes de seguridad inform\u00e1tica o\u00a0entidades equivalentes, sus capacidades y los recursos que tienen asignados. El tercer pa\u00eds asociado al Programa Europa Digital facilitar\u00e1 actualizaciones de esa informaci\u00f3n de forma peri\u00f3dica y al menos una vez al a\u00f1o. La Comisi\u00f3n suministrar\u00e1 dicha informaci\u00f3n al Alto Representante y a\u00a0ENISA a\u00a0fin de facilitar la aplicaci\u00f3n del apartado\u00a011.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">3.\u00a0\u00a0\u00a0La Comisi\u00f3n evaluar\u00e1 peri\u00f3dicamente, y al menos una vez al a\u00f1o, los siguientes criterios con respecto a\u00a0cada tercer pa\u00eds asociado al Programa Europa Digital a\u00a0que se refiere el apartado\u00a01:<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u00a0a)\u00a0si dicho pa\u00eds cumple las condiciones del acuerdo a\u00a0que se refiere el apartado\u00a01, en la medida en que dichas condiciones se refieran a\u00a0la participaci\u00f3n en la Reserva de Ciberseguridad de la\u00a0UE;<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u00a0b)\u00a0si dicho pa\u00eds ha adoptado medidas adecuadas para prepararse ante incidentes de ciberseguridad significativos o\u00a0equivalentes a\u00a0gran escala, sobre la base de la informaci\u00f3n a\u00a0que se refiere el apartado\u00a02, y<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u00a0c)\u00a0si la prestaci\u00f3n de apoyo es coherente con la pol\u00edtica y las relaciones generales de la Uni\u00f3n con ese pa\u00eds y si es coherente con otras pol\u00edticas de la Uni\u00f3n en el \u00e1mbito de la seguridad.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">La Comisi\u00f3n consultar\u00e1 al Alto Representante cuando lleve a\u00a0cabo la evaluaci\u00f3n a\u00a0que se refiere el p\u00e1rrafo primero, en relaci\u00f3n con el criterio contemplado en la letra\u00a0c) de dicho p\u00e1rrafo.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Cuando la Comisi\u00f3n concluya que un tercer pa\u00eds asociado al Programa Europa Digital cumple todas las condiciones a\u00a0que se refiere el p\u00e1rrafo primero, presentar\u00e1 una propuesta al Consejo para adoptar un acto de ejecuci\u00f3n de conformidad con el apartado\u00a04 por el que se autorice la prestaci\u00f3n de apoyo de la Reserva de Ciberseguridad de la\u00a0UE a\u00a0dicho pa\u00eds.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">4.\u00a0\u00a0\u00a0El Consejo podr\u00e1 adoptar los actos de ejecuci\u00f3n a\u00a0que se refiere el apartado\u00a03. Estos actos de ejecuci\u00f3n se aplicar\u00e1n como m\u00e1ximo durante un a\u00f1o y ser\u00e1n renovables. Podr\u00e1n incluir un l\u00edmite, no inferior a\u00a0setenta y cinco\u00a0d\u00edas, sobre el n\u00famero de d\u00edas para los que puede prestarse apoyo en respuesta a\u00a0una \u00fanica solicitud.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">A efectos del presente art\u00edculo, el Consejo actuar\u00e1 con celeridad y adoptar\u00e1, por regla general, los actos de ejecuci\u00f3n a\u00a0que se refiere el presente apartado en las ocho\u00a0semanas siguientes a\u00a0la adopci\u00f3n de la propuesta pertinente de la Comisi\u00f3n en virtud del apartado\u00a03, p\u00e1rrafo tercero.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">5.\u00a0\u00a0\u00a0El Consejo podr\u00e1 modificar o\u00a0derogar un acto de ejecuci\u00f3n adoptado en virtud del apartado\u00a04 en cualquier momento, a\u00a0propuesta de la Comisi\u00f3n.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Si el Consejo considera que se ha producido un cambio significativo en relaci\u00f3n con el criterio a\u00a0que se refiere el apartado\u00a03, p\u00e1rrafo primero, letra\u00a0c), podr\u00e1 modificar o\u00a0derogar un acto de ejecuci\u00f3n adoptado en virtud del apartado\u00a04, por iniciativa debidamente motivada de uno o\u00a0varios Estados miembros.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">6.\u00a0\u00a0\u00a0En el ejercicio de sus competencias de ejecuci\u00f3n en virtud del presente art\u00edculo, el Consejo aplicar\u00e1 los criterios a\u00a0que se refiere el apartado\u00a03 y explicar\u00e1 su valoraci\u00f3n de dichos criterios. En particular, cuando act\u00fae por propia iniciativa en virtud del apartado\u00a05, p\u00e1rrafo segundo, el Consejo explicar\u00e1 el cambio significativo a\u00a0que se refiere dicho p\u00e1rrafo.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">7.\u00a0\u00a0\u00a0El apoyo de la Reserva de Ciberseguridad de la\u00a0UE a\u00a0un tercer pa\u00eds asociado al Programa Europa Digital se ajustar\u00e1 a\u00a0lo dispuesto en el acuerdo a\u00a0que se refiere el apartado\u00a01.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">8.\u00a0\u00a0\u00a0Entre los usuarios de los terceros pa\u00edses asociados al Programa Europa Digital que puedan optar a\u00a0recibir los servicios de la Reserva de Ciberseguridad de la\u00a0UE figurar\u00e1n las autoridades competentes, como los equipos de respuesta a\u00a0incidentes de seguridad inform\u00e1tica o\u00a0entidades equivalentes y las autoridades de gesti\u00f3n de crisis de ciberseguridad.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">9.\u00a0\u00a0\u00a0Cada tercer pa\u00eds asociado al Programa Europa Digital que pueda optar al apoyo de la Reserva de Ciberseguridad de la\u00a0UE designar\u00e1 a\u00a0una autoridad para que act\u00fae como punto de contacto \u00fanico a\u00a0efectos del presente Reglamento.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">10.\u00a0\u00a0\u00a0Las solicitudes de apoyo de la Reserva de Ciberseguridad de la\u00a0UE en virtud del presente art\u00edculo deben ser evaluadas por la Comisi\u00f3n. El \u00f3rgano de contrataci\u00f3n solo podr\u00e1 prestar apoyo a\u00a0un tercer pa\u00eds cuando, y en la medida en que, est\u00e9 en vigor el acto de ejecuci\u00f3n del Consejo por el que se autorice dicho apoyo con respecto a\u00a0dicho pa\u00eds, adoptado en virtud del apartado\u00a04, del presente art\u00edculo. Se transmitir\u00e1 una respuesta a\u00a0los usuarios a\u00a0que se refiere el art\u00edculo\u00a014, apartado\u00a03, letra\u00a0c), sin demora indebida.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">11.\u00a0\u00a0\u00a0Tras la recepci\u00f3n de una solicitud de ayuda con arreglo al presente art\u00edculo, la Comisi\u00f3n informar\u00e1 inmediatamente al Consejo. La Comisi\u00f3n mantendr\u00e1 informado al Consejo de la evaluaci\u00f3n de la solicitud. La Comisi\u00f3n tambi\u00e9n coordinar\u00e1 con el Alto Representante las solicitudes recibidas y la ejecuci\u00f3n del apoyo de la Reserva de Ciberseguridad de la\u00a0UE concedido a\u00a0terceros pa\u00edses asociados al Programa Europa Digital. Adem\u00e1s, la Comisi\u00f3n tambi\u00e9n debe tener en cuenta todo punto de vista facilitado por ENISA respecto a\u00a0esas mismas solicitudes.<\/p>\n<h5 class=\"articulo\">Art\u00edculo\u00a020<\/h5>\n<p class=\"parrafo\">Coordinaci\u00f3n con los mecanismos de gesti\u00f3n de crisis de la Uni\u00f3n<\/p>\n<p class=\"parrafo\">1.\u00a0\u00a0\u00a0Si un incidente de ciberseguridad significativo, a\u00a0gran escala o\u00a0equivalente a\u00a0gran escala se produce a\u00a0ra\u00edz de cat\u00e1strofes o\u00a0den lugar a\u00a0cat\u00e1strofes, tal como se definen en el art\u00edculo\u00a04, punto\u00a01, de la Decisi\u00f3n\u00a01313\/2013\/UE, el apoyo en virtud del presente Reglamento para responder a\u00a0tales incidentes complementar\u00e1 las acciones previstas en la Decisi\u00f3n\u00a01313\/2013\/UE sin perjuicio de lo dispuesto en dicha Decisi\u00f3n.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">2.\u00a0\u00a0\u00a0En caso de un incidente de ciberseguridad a\u00a0gran escala o\u00a0equivalente a\u00a0gran escala en el que se active el dispositivo de la\u00a0UE de respuesta pol\u00edtica integrada a\u00a0las crisis con arreglo a\u00a0la Decisi\u00f3n de Ejecuci\u00f3n (UE)\u00a02018\/1993 (DIRPC), el apoyo en virtud del presente Reglamento para responder a\u00a0dicho incidente se gestionar\u00e1 de conformidad con los protocolos y procedimientos pertinentes en el marco del DIRPC.<\/p>\n<h5 class=\"capitulo_num\">CAP\u00cdTULO\u00a0IV<\/h5>\n<h5 class=\"capitulo_tit\"><span>MECANISMO EUROPEO DE REVISI\u00d3N DE INCIDENTES DE CIBERSEGURIDAD<\/span><\/h5>\n<h5 class=\"articulo\">Art\u00edculo\u00a021<\/h5>\n<p class=\"parrafo\">Mecanismo Europeo de Revisi\u00f3n de Incidentes de Ciberseguridad<\/p>\n<p class=\"parrafo\">1.\u00a0\u00a0\u00a0A petici\u00f3n de la Comisi\u00f3n o\u00a0de la EU-CyCLONe, ENISA, con el apoyo de la red de CSIRT y la aprobaci\u00f3n del Estado miembro afectado, revisar\u00e1 y evaluar\u00e1 las ciberamenazas, vulnerabilidades aprovechables conocidas y medidas paliativas con respecto a\u00a0un incidente de ciberseguridad significativo espec\u00edfico o\u00a0a\u00a0gran escala. Una vez finalizada la revisi\u00f3n y evaluaci\u00f3n de un incidente, ENISA presentar\u00e1 un informe de revisi\u00f3n del incidente con el objetivo de extraer conclusiones que permitan evitar o\u00a0paliar futuros incidentes, a\u00a0EU-CyCLONe, a\u00a0la red de CSIRT, a\u00a0los Estados miembros afectados y a\u00a0la Comisi\u00f3n para ayudarlos en el desempe\u00f1o de sus cometidos, en particular a\u00a0la luz de los establecidos en los art\u00edculos\u00a015 y\u00a016 de la Directiva (UE)\u00a02022\/2555. Si un incidente afecta a\u00a0un tercer pa\u00eds asociado al Programa Europa Digital, ENISA facilitar\u00e1 el informe al Consejo. En tales casos, la Comisi\u00f3n entregar\u00e1 el informe al Alto Representante.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">2.\u00a0\u00a0\u00a0Para preparar el informe de revisi\u00f3n del incidente a\u00a0que se refiere el apartado\u00a01 del presente art\u00edculo, ENISA cooperar\u00e1 con todas las partes interesadas pertinentes y recopilar\u00e1 sus observaciones, incluidos los representantes de los Estados miembros, la Comisi\u00f3n, otras instituciones, \u00f3rganos y organismos pertinentes de la Uni\u00f3n, de la industria, incluidos los proveedores de servicios de seguridad gestionados, y de los usuarios de servicios de ciberseguridad. Cuando proceda, ENISA, en cooperaci\u00f3n con los CSIRT y, en su caso, las autoridades competentes designadas o\u00a0creadas en virtud del art\u00edculo\u00a08, apartado\u00a01, de la Directiva (UE)\u00a02022\/2555, tambi\u00e9n cooperar\u00e1 con las entidades afectadas por incidentes de ciberseguridad significativos o\u00a0a\u00a0gran escala. Los representantes consultados revelar\u00e1n cualquier posible conflicto de intereses.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">3.\u00a0\u00a0\u00a0El informe de revisi\u00f3n del incidente a\u00a0que se refiere el apartado\u00a01 del presente art\u00edculo incluir\u00e1 una revisi\u00f3n y un an\u00e1lisis del incidente de ciberseguridad significativo espec\u00edfico o\u00a0a\u00a0gran escala, incluidas las principales causas, vulnerabilidades aprovechables conocidas y conclusiones extra\u00eddas. ENISA garantizar\u00e1 que el informe cumple la legislaci\u00f3n nacional o\u00a0de la Uni\u00f3n relativa a\u00a0la protecci\u00f3n de la informaci\u00f3n sensible o\u00a0clasificada. Si el Estado o\u00a0Estados miembros pertinentes u\u00a0otros usuarios a\u00a0que se refiere el art\u00edculo\u00a014, apartado\u00a03, afectados por el incidente, as\u00ed lo solicitan, los datos e\u00a0informaci\u00f3n que figuren en el informe estar\u00e1n anonimizados. No incluir\u00e1 ning\u00fan dato sobre las vulnerabilidades aprovechadas activamente que permanezcan sin subsanar.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">4.\u00a0\u00a0\u00a0Cuando proceda, el informe de revisi\u00f3n del incidente formular\u00e1 recomendaciones para mejorar la posici\u00f3n de la Uni\u00f3n en materia cibern\u00e9tica y podr\u00e1 incluir las mejores pr\u00e1cticas y las conclusiones extra\u00eddas de las partes interesadas pertinentes.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">5.\u00a0\u00a0\u00a0ENISA podr\u00e1 publicar una versi\u00f3n del informe accesible al p\u00fablico. Dicha versi\u00f3n del informe solo incluir\u00e1 informaci\u00f3n p\u00fablica fiable u\u00a0otra informaci\u00f3n con el consentimiento de los Estados miembros afectados y, por lo que respecta a\u00a0la informaci\u00f3n relativa a\u00a0un usuario a\u00a0que se refiere el art\u00edculo\u00a014, apartado\u00a03, letras\u00a0b) o\u00a0c), con el consentimiento de dicho usuario.<\/p>\n<h5 class=\"capitulo_num\">CAP\u00cdTULO\u00a0V<\/h5>\n<h5 class=\"capitulo_tit\"><span>DISPOSICIONES FINALES<\/span><\/h5>\n<h5 class=\"articulo\">Art\u00edculo\u00a022<\/h5>\n<p class=\"parrafo\">Modificaciones del Reglamento (UE) 2021\/694<\/p>\n<p class=\"parrafo\">El Reglamento (UE)\u00a02021\/694 se modifica como sigue:<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">1)\u00a0el art\u00edculo\u00a06 se modifica como sigue:<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u00a0a)\u00a0el apartado\u00a01 se modifica como sigue:<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u00a0 i)\u00a0se inserta la letra\u00a0siguiente:<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u00aba bis) apoyar el desarrollo de un Sistema Europeo de Alerta de Ciberseguridad establecido en el art\u00edculo\u00a03 del Reglamento (UE) 2025\/38 del Parlamento Europeo y del Consejo\u00a0(*1)\u00a0 (en lo sucesivo, \u201cSistema Europeo de Alerta de Ciberseguridad\u201d) incluido el desarrollo, implantaci\u00f3n y funcionamiento de centros cibern\u00e9ticos nacionales y transfronterizas que contribuyan a\u00a0la conciencia situacional en la Uni\u00f3n y a\u00a0la mejora de las capacidades de inteligencia sobre ciberamenazas de la Uni\u00f3n;<\/p>\n<p class=\"cita\">\u00a0 (*1)\u00a0\u00a0Reglamento (UE) 2025\/38 del Parlamento Europeo y del Consejo, de\u00a019\u00a0de\u00a0diciembre de\u00a02024, por el que se establecen medidas destinadas a\u00a0reforzar la solidaridad y las capacidades en la Uni\u00f3n a\u00a0fin de detectar ciberamenazas e\u00a0incidentes, prepararse y responder a\u00a0ellos y por el que se modifica el Reglamento (UE) 2021\/694 (Reglamento de Cibersolidaridad) (DO\u00a0L, 2025\/38, 15.1.2025, ELI:\u00a0http:\/\/data.europa.eu\/eli\/reg\/2025\/38\/oj).\u00bb;\u00bb<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u00a0 ii)\u00a0se a\u00f1ade la letra\u00a0siguiente:<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u00a0 \u00abg)\u00a0establecer y gestionar el Mecanismo de Emergencia en materia de Ciberseguridad, establecido por el art\u00edculo\u00a010 del Reglamento (UE)\u00a02025\/38 incluida la Reserva de Ciberseguridad de la\u00a0UE, establecida por el art\u00edculo\u00a014 de dicho Reglamento (en lo sucesivo, \u201cReserva de Ciberseguridad de la\u00a0UE\u201d) para ayudar a\u00a0los Estados miembros a\u00a0prepararse ante incidentes de ciberseguridad significativos y a\u00a0gran escala, y darles respuesta, como complemento de los recursos y capacidades nacionales y otras formas de apoyo disponibles a\u00a0escala de la Uni\u00f3n, y dar apoyo a\u00a0otros usuarios en su respuesta a\u00a0incidentes de ciberseguridad significativos y equivalentes a\u00a0gran escala;\u00bb;<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u00a0b)\u00a0el apartado\u00a02 se sustituye por el texto siguiente:<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u00a0\u00ab2.\u00a0\u00a0\u00a0Las acciones correspondientes al objetivo espec\u00edfico\u00a03 se ejecutar\u00e1n principalmente a\u00a0trav\u00e9s del Centro Europeo de Competencia Industrial, Tecnol\u00f3gica y de Investigaci\u00f3n en Ciberseguridad y la Red de Centros Nacionales de Coordinaci\u00f3n, de conformidad con el Reglamento (UE)\u00a02021\/887 del Parlamento Europeo y del Consejo\u00a0(*2). Sin embargo, la Reserva de Ciberseguridad de la\u00a0UE, deber\u00e1 ser ejecutada por la Comisi\u00f3n y, de conformidad con el art\u00edculo\u00a014, apartado\u00a06, del Reglamento (UE)\u00a02025\/38, por ENISA.<\/p>\n<p class=\"cita\">\u00a0 (*2)\u00a0\u00a0Reglamento (UE) 2021\/887 del Parlamento Europeo y del Consejo, de\u00a020\u00a0de\u00a0mayo de\u00a02021, por el que se establecen el Centro Europeo de Competencia Industrial Tecnol\u00f3gica y de Investigaci\u00f3n en Ciberseguridad y la Red de Centros Nacionales de Coordinaci\u00f3n (DO L\u00a0202 de\u00a08.6.2021, p.\u00a01).\u00bb.\u00bb<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">2)\u00a0el art\u00edculo\u00a09 se modifica como sigue:<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u00a0a)\u00a0en el apartado\u00a02, las letras\u00a0b), c) y d) se sustituyen por el texto siguiente:<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u00a0\u00abb)\u00a01\u00a0760\u00a0806\u00a0000\u00a0EUR para el objetivo espec\u00edfico\u00a02\u00a0\u2013 Inteligencia artificial;<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u00a0 \u00a0c)\u00a01\u00a0372\u00a0020\u00a0000\u00a0EUR para el objetivo espec\u00edfico\u00a03\u00a0\u2013 Ciberseguridad y confianza;<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u00a0 \u00a0d)\u00a0482\u00a0640\u00a0000\u00a0EUR para el objetivo espec\u00edfico 4\u00a0\u2013 Capacidades digitales avanzadas;\u00bb;<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u00a0b)\u00a0se a\u00f1ade el apartado siguiente:<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u00ab8.\u00a0\u00a0\u00a0Como excepci\u00f3n a\u00a0lo dispuesto en el art\u00edculo\u00a012, apartado\u00a01, del Reglamento Financiero, los cr\u00e9ditos de compromiso y de pago no utilizados para acciones emprendidas en el contexto de la ejecuci\u00f3n de la Reserva de Ciberseguridad de la\u00a0UE y las acciones que apoyen la asistencia mutua con arreglo al Reglamento\u00a02025\/38 que persigan los objetivos establecidos en el art\u00edculo\u00a06, apartado\u00a01, letra\u00a0g), del presente Reglamento se prorrogar\u00e1n autom\u00e1ticamente y podr\u00e1n ser comprometidos y abonados hasta el\u00a031\u00a0de\u00a0diciembre del ejercicio siguiente. Deber\u00e1 informarse al Parlamento y al Consejo de los cr\u00e9ditos prorrogados de en virtud del art\u00edculo\u00a012, apartado\u00a06, del Reglamento Financiero.\u00bb.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">3)\u00a0el art\u00edculo\u00a012 se modifica como sigue:<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u00a0a)\u00a0se insertan los apartados siguientes:<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u00a0\u00ab5\u00a0bis).\u00a0\u00a0\u00a0El apartado\u00a05 no se aplicar\u00e1, en lo que respecta a\u00a0las entidades jur\u00eddicas establecidas en la Uni\u00f3n pero controladas desde terceros pa\u00edses, a\u00a0ninguna acci\u00f3n por la que se aplique el Sistema Europeo de Alerta de Ciberseguridad cuando se cumplan las dos condiciones siguientes en relaci\u00f3n con la acci\u00f3n en cuesti\u00f3n:<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u00a0 \u00a0a)\u00a0existe un riesgo real, teniendo en cuenta los resultados de la cartograf\u00eda efectuada en virtud del art\u00edculo\u00a09, apartado\u00a04, del Reglamento (UE)\u00a02025\/38, de que las entidades jur\u00eddicas establecidas o\u00a0que se consideren establecidas en los Estados miembros y controladas por Estados miembros o\u00a0por nacionales de los Estados miembros no dispongan de las herramientas, infraestructuras o\u00a0servicios necesarios y suficientes para que dicha acci\u00f3n contribuya adecuadamente al objetivo del Sistema Europeo de Alerta de Ciberseguridad;<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u00a0 \u00a0b)\u00a0el riesgo para la seguridad derivado de la contrataci\u00f3n a\u00a0dichas entidades jur\u00eddicas dentro del Sistema Europeo de Alerta de Ciberseguridad es proporcional a\u00a0los beneficios y no socava los intereses esenciales de seguridad de la Uni\u00f3n y de sus Estados miembros.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u00a0 5 ter.\u00a0\u00a0\u00a0El apartado\u00a05 no se aplicar\u00e1, en lo que respecta a\u00a0las entidades jur\u00eddicas establecidas en la Uni\u00f3n pero controladas desde terceros pa\u00edses, a\u00a0las acciones de ejecuci\u00f3n de la Reserva de Ciberseguridad de la\u00a0UE, cuando se cumplan, con respecto a\u00a0esas acciones, las dos condiciones siguientes:<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u00a0 \u00a0a)\u00a0existe un riesgo real, teniendo en cuenta los resultados de la cartograf\u00eda con arreglo al art\u00edculo\u00a014, apartado\u00a06, del Reglamento (UE)\u00a02025\/38, de que las entidades jur\u00eddicas establecidas o\u00a0que se consideren establecidas en los Estados miembros y controladas por los Estados miembros o\u00a0por nacionales de los Estados miembros no dispongan de la tecnolog\u00eda, los conocimientos especializados o\u00a0la capacidad necesarios y suficientes para que la Reserva de Ciberseguridad de la\u00a0UE pueda funcionar adecuadamente;<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u00a0 \u00a0b)\u00a0el riesgo para la seguridad de la inclusi\u00f3n de dichas entidades jur\u00eddicas en la Reserva de Ciberseguridad de la\u00a0UE es proporcional a\u00a0los beneficios y no socava los intereses esenciales de seguridad de la Uni\u00f3n y de sus Estados miembros.\u00bb;<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u00a0b)\u00a0el apartado\u00a06 se sustituye por el texto siguiente:<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u00a0\u00ab6.\u00a0\u00a0\u00a0En caso de que existan motivos de seguridad debidamente justificados, el programa de trabajo tambi\u00e9n podr\u00e1 estipular que las entidades jur\u00eddicas establecidas en pa\u00edses asociados y las entidades jur\u00eddicas establecidas en la Uni\u00f3n pero controladas desde terceros pa\u00edses puedan optar a\u00a0participar en la totalidad o\u00a0en una parte de las acciones en el marco de los objetivos espec\u00edficos\u00a01 y\u00a02 \u00fanicamente si cumplen los requisitos que han de cumplir estas entidades jur\u00eddicas para garantizar la protecci\u00f3n de los intereses esenciales de seguridad de la Uni\u00f3n y los Estados miembros y para garantizar la protecci\u00f3n de la informaci\u00f3n de los documentos clasificados. Dichos requisitos se establecer\u00e1n en el programa de trabajo.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">El p\u00e1rrafo primero del presente apartado se aplicar\u00e1, en lo que respecta a\u00a0las entidades jur\u00eddicas establecidas en la Uni\u00f3n, pero controladas desde terceros pa\u00edses, a\u00a0las acciones contempladas en el objetivo espec\u00edfico\u00a03:<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u00a0 a)\u00a0ejecutar el Sistema Europeo de Alerta de Ciberseguridad en los casos en que sea de aplicaci\u00f3n el apartado\u00a05 bis, y<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u00a0 b)\u00a0ejecutar la Reserva de Ciberseguridad de la\u00a0UE en los casos en que sea de aplicaci\u00f3n el apartado\u00a05 ter.\u00bb.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">4)\u00a0en el art\u00edculo\u00a014, el apartado\u00a02 se sustituye por el texto siguiente:<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u00ab2.\u00a0\u00a0\u00a0El Programa podr\u00e1 proporcionar financiaci\u00f3n en cualquiera de las formas establecidas en el Reglamento Financiero, en particular mediante contrataci\u00f3n principalmente, as\u00ed como subvenciones y premios.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Cuando el logro del objetivo de una acci\u00f3n requiera la contrataci\u00f3n de bienes y servicios innovadores, podr\u00e1n concederse subvenciones solo a\u00a0los beneficiarios que sean poderes adjudicadores o\u00a0entidades adjudicadoras como se definen en las Directivas\u00a02014\/24\/UE\u00a0(*3) y\u00a02014\/25\/UE\u00a0(*4) del Parlamento Europeo y del Consejo.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Cuando el suministro de bienes o\u00a0servicios innovadores que a\u00fan no est\u00e9n disponibles sobre una base comercial a\u00a0gran escala sea necesario para el logro de los objetivos de una acci\u00f3n, el poder adjudicador o\u00a0la entidad adjudicadora podr\u00e1 autorizar la adjudicaci\u00f3n de contratos m\u00faltiples dentro del mismo procedimiento de contrataci\u00f3n.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Por motivos de seguridad p\u00fablica debidamente justificados, el poder adjudicador o\u00a0la entidad adjudicadora podr\u00e1 solicitar que el lugar de ejecuci\u00f3n del contrato est\u00e9 situado en territorio de la Uni\u00f3n.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Al ejecutar los procedimientos de contrataci\u00f3n para la Reserva de Ciberseguridad de la\u00a0UE, la Comisi\u00f3n y ENISA podr\u00e1n actuar como central de compras para la contrataci\u00f3n en nombre de terceros pa\u00edses asociados al Programa, o\u00a0por cuenta de ellos, de conformidad con el art\u00edculo\u00a010 del presente Reglamento. La Comisi\u00f3n y ENISA tambi\u00e9n podr\u00e1n actuar como mayoristas, comprando, almacenando, revendiendo o\u00a0donando suministros y servicios, incluidos los alquileres, a\u00a0esos terceros pa\u00edses. Como excepci\u00f3n a\u00a0lo dispuesto en el art\u00edculo\u00a0168, apartado\u00a03, del Reglamento (UE, Euratom)\u00a02024\/2509 del Parlamento Europeo y del Consejo\u00a0(*5), la solicitud de un \u00fanico tercer pa\u00eds ser\u00e1 suficiente para otorgar un mandato a\u00a0la Comisi\u00f3n o\u00a0a\u00a0ENISA para que act\u00faen.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Al ejecutar los procedimientos de contrataci\u00f3n p\u00fablica para la Reserva de Ciberseguridad de la\u00a0UE, la Comisi\u00f3n y ENISA podr\u00e1n actuar como central de compras para la contrataci\u00f3n en nombre de las instituciones, \u00f3rganos u\u00a0organismos de la Uni\u00f3n, o\u00a0por cuenta de estos. La Comisi\u00f3n y ENISA tambi\u00e9n podr\u00e1n actuar como mayoristas, comprando, almacenando, revendiendo o\u00a0donando suministros y servicios, incluidos los alquileres, a\u00a0las instituciones, \u00f3rganos u\u00a0organismos de la Uni\u00f3n. Como excepci\u00f3n a\u00a0lo dispuesto en el art\u00edculo\u00a0168, apartado\u00a03, del Reglamento (UE, Euratom) 2024\/2509, la solicitud de una \u00fanica instituci\u00f3n, \u00f3rgano u\u00a0organismo de la Uni\u00f3n es suficiente para otorgar un mandato a\u00a0la Comisi\u00f3n o\u00a0a\u00a0ENISA para que act\u00faen.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">El Programa tambi\u00e9n podr\u00e1 proporcionar financiaci\u00f3n en forma de instrumentos financieros en el marco de operaciones de financiaci\u00f3n mixta.<\/p>\n<p class=\"cita\">\u00a0 (*3)\u00a0\u00a0Directiva\u00a02014\/24\/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de\u00a026\u00a0de\u00a0febrero de\u00a02014, sobre contrataci\u00f3n p\u00fablica y por la que se deroga la Directiva\u00a02004\/18\/CE (DO L\u00a094 de\u00a028.3.2014, p.\u00a065).\u00bb<\/p>\n<p class=\"cita\">\u00a0 (*4)\u00a0\u00a0Directiva\u00a02014\/25\/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de\u00a026\u00a0de\u00a0febrero de\u00a02014, relativa a\u00a0la contrataci\u00f3n por entidades que operan en los sectores del agua, la energ\u00eda, los transportes y los servicios postales y por la que se deroga la Directiva\u00a02004\/17\/CE (DO L\u00a094 de\u00a028.3.2014, p.\u00a0243).\u00bb<\/p>\n<p class=\"cita\">\u00a0 (*5)\u00a0\u00a0Reglamento (UE, Euratom) 2024\/2509 del Parlamento Europeo y del Consejo, de\u00a023\u00a0de\u00a0septiembre de\u00a02024, sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de la Uni\u00f3n, (versi\u00f3n refundida) (DO\u00a0L, 2024\/2509, 26.9.2024, ELI:\u00a0http:\/\/data.europa.eu\/eli\/reg\/2024\/2509\/oj).\u00bb.\u00bb<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">5)\u00a0se inserta el art\u00edculo siguiente:<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u00abArt\u00edculo\u00a016\u00a0bis<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Conflicto de normas<\/p>\n<p class=\"parrafo\">En el caso de las acciones de ejecuci\u00f3n del Sistema Europeo de Alerta de Ciberseguridad, las normas aplicables ser\u00e1n las establecidas en los art\u00edculos\u00a04, 5 y\u00a09 del Reglamento UE)\u00a02025\/38. En caso de conflicto entre las disposiciones del presente Reglamento y los art\u00edculos\u00a04, 5 y\u00a09 del Reglamento\u00a02025\/38, estos \u00faltimos prevalecer\u00e1n y se aplicar\u00e1n a\u00a0dichas acciones espec\u00edficas.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">En el caso de la Reserva de Ciberseguridad, las normas espec\u00edficas para la participaci\u00f3n de terceros pa\u00edses asociados al Programa se establecen en el art\u00edculo\u00a019 del Reglamento (UE)\u00a02025\/38. En caso de conflicto entre las disposiciones del presente Reglamento y el art\u00edculo\u00a019 del Reglamento (UE)\u00a02025\/38, este \u00faltimo prevalecer\u00e1 y se aplicar\u00e1 a\u00a0dichas acciones espec\u00edficas.\u00bb.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">6)\u00a0el art\u00edculo\u00a019 se sustituye por el texto siguiente:<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u00abArt\u00edculo\u00a019<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Subvenciones<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Las subvenciones en el marco del Programa se conceder\u00e1n y gestionar\u00e1n de conformidad con el t\u00edtulo\u00a0VIII del Reglamento Financiero y podr\u00e1n cubrir hasta el\u00a0100\u00a0% de los costes admisibles, sin perjuicio del principio de cofinanciaci\u00f3n establecido en el art\u00edculo\u00a0190 del Reglamento Financiero. Tales subvenciones se conceder\u00e1n y gestionar\u00e1n conforme a\u00a0lo especificado para cada objetivo espec\u00edfico.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">El apoyo en forma de subvenciones podr\u00e1 ser concedido directamente por el ECCC sin convocatoria de propuestas a\u00a0los Estados miembros seleccionados en virtud del art\u00edculo\u00a09 del Reglamento\u00a0(UE)\u00a02025\/38, y el consorcio anfitri\u00f3n a\u00a0que se refiere el art\u00edculo\u00a05 del Reglamento (UE)\u00a02025\/38, de conformidad con el art\u00edculo\u00a0195, apartado\u00a01, letra\u00a0d), del Reglamento Financiero.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">El apoyo en forma de subvenciones para el Mecanismo de Emergencia en materia de Ciberseguridad, podr\u00e1 ser concedido directamente por el ECCC a\u00a0los Estados miembros sin convocatoria de propuestas, de conformidad con el art\u00edculo\u00a0195, apartado\u00a01, letra\u00a0d), del Reglamento Financiero.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Por lo que respecta a\u00a0las acciones de apoyo para la asistencia mutua previstas en el art\u00edculo\u00a018 del Reglamento (UE) 2025\/38, el ECCC informar\u00e1 a\u00a0la Comisi\u00f3n y a\u00a0ENISA sobre las solicitudes de subvenciones directas de los Estados miembros sin convocatoria de propuestas.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Por lo que respecta a\u00a0las acciones de apoyo para la asistencia mutua previstas en el art\u00edculo\u00a018 del Reglamento (UE) 2025\/38 y de conformidad con el art\u00edculo\u00a0193, apartado\u00a02, p\u00e1rrafo segundo, letra\u00a0a), del Reglamento Financiero, en casos debidamente justificados, los costes podr\u00e1n considerarse subvencionables aunque se haya incurrido en ellos antes de la presentaci\u00f3n de la solicitud de subvenci\u00f3n.\u00bb.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">7)\u00a0los anexos\u00a0I\u00a0y II se modifican de conformidad con lo dispuesto en el anexo del presente Reglamento.<\/p>\n<h5 class=\"articulo\">Art\u00edculo\u00a023<\/h5>\n<p class=\"parrafo\">Ejercicio de la delegaci\u00f3n<\/p>\n<p class=\"parrafo\">1.\u00a0\u00a0\u00a0Se otorgan a\u00a0la Comisi\u00f3n los poderes para adoptar actos delegados en las condiciones establecidas en el presente art\u00edculo.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">2.\u00a0\u00a0\u00a0Los poderes para adoptar actos delegados mencionados en el art\u00edculo\u00a014, apartado\u00a07, se otorgan a\u00a0la Comisi\u00f3n por un per\u00edodo de cinco\u00a0a\u00f1os a\u00a0partir del\u00a05\u00a0de\u00a0febrero de\u00a02025. La Comisi\u00f3n elaborar\u00e1 un informe sobre la delegaci\u00f3n de poderes a\u00a0m\u00e1s tardar nueve meses antes de que finalice el per\u00edodo de cinco a\u00f1os. La delegaci\u00f3n de poderes se prorrogar\u00e1 t\u00e1citamente por per\u00edodos de id\u00e9ntica duraci\u00f3n, excepto si el Parlamento Europeo o\u00a0el Consejo se oponen a\u00a0dicha pr\u00f3rroga a\u00a0m\u00e1s tardar tres meses antes del final de cada per\u00edodo.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">3.\u00a0\u00a0\u00a0La delegaci\u00f3n de poderes mencionada en el art\u00edculo\u00a014, apartado\u00a07, podr\u00e1 ser revocada en cualquier momento por el Parlamento Europeo o\u00a0por el Consejo. La decisi\u00f3n de revocaci\u00f3n pondr\u00e1 t\u00e9rmino a\u00a0la delegaci\u00f3n de los poderes que en ella se especifiquen. La decisi\u00f3n surtir\u00e1 efecto el d\u00eda siguiente al de su publicaci\u00f3n en el <span>Diario Oficial de la Uni\u00f3n Europea<\/span> o\u00a0en una fecha posterior indicada en ella. No afectar\u00e1 a\u00a0la validez de los actos delegados que ya est\u00e9n en vigor.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">4.\u00a0\u00a0\u00a0Antes de la adopci\u00f3n de un acto delegado, la Comisi\u00f3n consultar\u00e1 a\u00a0los expertos designados por cada Estado miembro de conformidad con los principios establecidos en el Acuerdo interinstitucional de\u00a013\u00a0de\u00a0abril de\u00a02016 sobre la mejora de la legislaci\u00f3n.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">5.\u00a0\u00a0\u00a0Tan pronto como la Comisi\u00f3n adopte un acto delegado lo notificar\u00e1 simult\u00e1neamente al Parlamento Europeo y al Consejo.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">6.\u00a0\u00a0\u00a0Los actos delegados adoptados en virtud del art\u00edculo\u00a014, apartado\u00a07, entrar\u00e1n en vigor \u00fanicamente si, en un plazo de dos meses a\u00a0partir de su notificaci\u00f3n al Parlamento Europeo y al Consejo, ninguna de estas instituciones formula objeciones o\u00a0si, antes del vencimiento de dicho plazo, ambas informan a\u00a0la Comisi\u00f3n de que no las formular\u00e1n. El plazo se prorrogar\u00e1 dos meses a\u00a0iniciativa del Parlamento Europeo o\u00a0del Consejo.<\/p>\n<h5 class=\"articulo\">Art\u00edculo\u00a024<\/h5>\n<p class=\"parrafo\">Procedimiento de comit\u00e9<\/p>\n<p class=\"parrafo\">1.\u00a0\u00a0\u00a0La Comisi\u00f3n estar\u00e1 asistida por el Comit\u00e9 de Coordinaci\u00f3n del Programa Europa Digital a\u00a0que se refiere el art\u00edculo\u00a031, apartado\u00a01 del Reglamento (UE) 2021\/694. Dicho comit\u00e9 ser\u00e1 un comit\u00e9 en el sentido del Reglamento\u00a0(UE)\u00a0n.<span>o<\/span>\u00a0182\/2011.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">2.\u00a0\u00a0\u00a0En los casos en que se haga referencia al presente apartado, se aplicar\u00e1 el art\u00edculo\u00a05 del Reglamento (UE) n.<span>o<\/span>\u00a0182\/2011.<\/p>\n<h5 class=\"articulo\">Art\u00edculo\u00a025<\/h5>\n<p class=\"parrafo\">Evaluaci\u00f3n y revisi\u00f3n<\/p>\n<p class=\"parrafo\">1.\u00a0\u00a0\u00a0A m\u00e1s tardar el 5\u00a0de\u00a0febrero de\u00a02027 y, posteriormente, al menos cada cuatro a\u00f1os, la Comisi\u00f3n evaluar\u00e1 el funcionamiento de las medidas establecidas en el presente Reglamento y presentar\u00e1 un informe al Parlamento Europeo y al Consejo.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">2.\u00a0\u00a0\u00a0La evaluaci\u00f3n a\u00a0que se refiere el apartado\u00a01 analizar\u00e1, en particular:<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u00a0a)\u00a0el n\u00famero de centros cibern\u00e9ticos nacionales y de centros cibern\u00e9ticos transfronterizos creados, el alcance de la informaci\u00f3n puesta en com\u00fan, incluido, si es posible, los efectos en el trabajo de la red de CSIRT, y la medida en que dichos centros han contribuido a\u00a0reforzar la detecci\u00f3n y la conciencia situacional com\u00fan de la Uni\u00f3n en materia de ciberamenazas e\u00a0incidentes y a\u00a0desarrollar tecnolog\u00edas de vanguardia; y el uso de la financiaci\u00f3n del Programa Europa Digital para herramientas, infraestructuras o\u00a0servicios de ciberseguridad contratados conjuntamente; y, si se dispone de informaci\u00f3n, el nivel de cooperaci\u00f3n entre los centros cibern\u00e9ticos nacionales y las comunidades sectoriales e\u00a0intersectoriales de entidades esenciales e\u00a0importantes a\u00a0que se refiere el art\u00edculo\u00a03 de la Directiva (UE)\u00a02022\/2555;<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u00a0b)\u00a0el uso y la eficacia de las acciones en el marco del Mecanismo de Emergencia en materia de Ciberseguridad que apoyen la preparaci\u00f3n, incluida la formaci\u00f3n, la respuesta a\u00a0incidentes de ciberseguridad significativos, a\u00a0gran escala y equivalentes a\u00a0gran escala, y la recuperaci\u00f3n inicial con respecto de estos. incluido el uso de la financiaci\u00f3n del Programa Europa Digital, as\u00ed como las conclusiones extra\u00eddas y las recomendaciones derivadas de la ejecuci\u00f3n del Mecanismo de Emergencia en materia de Ciberseguridad;<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u00a0c)\u00a0el uso y la eficacia de la Reserva de Ciberseguridad de la\u00a0UE en relaci\u00f3n con el tipo de usuarios, incluido el uso de la financiaci\u00f3n del Programa Europa Digital, la adopci\u00f3n de servicios, incluido su tipo, el tiempo medio de respuesta a\u00a0las solicitudes y de implantaci\u00f3n de la Reserva de Ciberseguridad de la\u00a0UE, el porcentaje de servicios convertidos en servicios de preparaci\u00f3n relacionados con la prevenci\u00f3n y respuesta a\u00a0incidentes, as\u00ed como las conclusiones extra\u00eddas y las recomendaciones derivadas de la aplicaci\u00f3n de la Reserva de Ciberseguridad de la\u00a0UE;<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u00a0d)\u00a0la contribuci\u00f3n del presente Reglamento al refuerzo de la posici\u00f3n competitiva de la industria y los servicios en la Uni\u00f3n en toda la econom\u00eda digital, incluidas las microempresas y las peque\u00f1as y medianas empresas, as\u00ed como las empresas emergentes, y la contribuci\u00f3n al objetivo general de reforzar las competencias y capacidades en materia de ciberseguridad de la mano de obra.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">3.\u00a0\u00a0\u00a0A partir del informe mencionado en el apartado\u00a01, la Comisi\u00f3n presentar\u00e1, si procede, una propuesta legislativa al Parlamento Europeo y al Consejo para modificar el presente Reglamento.<\/p>\n<h5 class=\"articulo\">Art\u00edculo\u00a026<\/h5>\n<p class=\"parrafo\">Entrada en vigor<\/p>\n<p class=\"parrafo\">El presente Reglamento entrar\u00e1 en vigor a\u00a0los veinte d\u00edas de su publicaci\u00f3n en el <span>Diario Oficial de la Uni\u00f3n Europea<\/span>.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">El presente Reglamento ser\u00e1 obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Hecho en Bruselas, el 19\u00a0de\u00a0diciembre de\u00a02024.<\/p>\n<p class=\"firma_ministro\"><span>Por el Parlamento Europeo<\/span><\/p>\n<p class=\"firma_ministro\"><span>La Presidenta<\/span><\/p>\n<p class=\"firma_ministro\">R. METSOLA<\/p>\n<p class=\"firma_ministro\"><span>Por el Consejo<\/span><\/p>\n<p class=\"firma_ministro\"><span>El Presidente<\/span><\/p>\n<p class=\"firma_ministro\">B\u00d3KA J.<\/p>\n<p class=\"cita_con_pleca\"><a>(<span>1<\/span>)<\/a>\u00a0\u00a0Dictamen de\u00a018\u00a0de\u00a0abril de\u00a02023 (pendiente de publicaci\u00f3n en el Diario Oficial).<\/p>\n<p class=\"cita\"><a>(<span>2<\/span>)<\/a>\u00a0\u00a0 <a>DO C\u00a0349 de\u00a029.9.2023, p.\u00a0167<\/a>.<\/p>\n<p class=\"cita\"><a>(<span>3<\/span>)<\/a>\u00a0\u00a0 <a>DO\u00a0C, C\/2024\/1049, 9.2.2024, ELI:\u00a0http:\/\/data.europa.eu\/eli\/C\/2024\/1049\/oj<\/a>.<\/p>\n<p class=\"cita\"><a>(<span>4<\/span>)<\/a>\u00a0\u00a0Posici\u00f3n del Parlamento Europeo de\u00a024\u00a0de\u00a0abril de\u00a02024 (pendiente de publicaci\u00f3n en el Diario Oficial) y Decisi\u00f3n del Consejo de 2\u00a0de\u00a0diciembre de\u00a02024.<\/p>\n<p class=\"cita\"><a>(<span>5<\/span>)<\/a>\u00a0\u00a0Reglamento (UE)\u00a02019\/881 del Parlamento Europeo y del Consejo, de\u00a017\u00a0de\u00a0abril de\u00a02019, relativo a\u00a0ENISA (Agencia de la Uni\u00f3n Europea para la Ciberseguridad) y a\u00a0la certificaci\u00f3n de la ciberseguridad de las tecnolog\u00edas de la informaci\u00f3n y la comunicaci\u00f3n y por el que se deroga el Reglamento (UE) n.<span>o<\/span>\u00a0526\/2013 (\u00abReglamento sobre la Ciberseguridad\u00bb) (<a>DO L\u00a0151 de\u00a07.6.2019, p.\u00a015<\/a>).<\/p>\n<p class=\"cita\"><a>(<span>6<\/span>)<\/a>\u00a0\u00a0Directiva\u00a02013\/40\/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de\u00a012\u00a0de\u00a0agosto de\u00a02013, relativa a\u00a0los ataques contra los sistemas de informaci\u00f3n y por la que se sustituye la Decisi\u00f3n marco 2005\/222\/JAI del Consejo (<a>DO L\u00a0218 de\u00a014.8.2013, p.\u00a08<\/a>).<\/p>\n<p class=\"cita\"><a>(<span>7<\/span>)<\/a>\u00a0\u00a0Directiva (UE)\u00a02022\/2555 del Parlamento Europeo y del Consejo, de\u00a014\u00a0de\u00a0diciembre de\u00a02022, relativa a\u00a0las medidas destinadas a\u00a0garantizar un elevado nivel com\u00fan de ciberseguridad en toda la Uni\u00f3n, por la que se modifican el Reglamento (UE) n.<span>o<\/span>\u00a0910\/2014 y la Directiva (UE)\u00a02018\/1972 y por la que se deroga la Directiva (UE)\u00a02016\/1148 (Directiva\u00a0SRI 2) (<a>DO L\u00a0333 de\u00a027.12.2022, p.\u00a080<\/a>).<\/p>\n<p class=\"cita\"><a>(<span>8<\/span>)<\/a>\u00a0\u00a0Recomendaci\u00f3n (UE) 2017\/1584 de la Comisi\u00f3n, de\u00a013\u00a0de\u00a0septiembre de\u00a02017, sobre la respuesta coordinada a\u00a0los incidentes y crisis de ciberseguridad a\u00a0gran escala (<a>DO L\u00a0239 de\u00a019.9.2017, p.\u00a036<\/a>).<\/p>\n<p class=\"cita\"><a>(<span>9<\/span>)<\/a>\u00a0\u00a0Reglamento (UE) 2021\/694 del Parlamento Europeo y del Consejo, de\u00a029\u00a0de\u00a0abril de\u00a02021, por el que se establece el Programa Europa Digital y por el que se deroga la Decisi\u00f3n (UE)\u00a02015\/2240 (<a>DO L\u00a0166 de\u00a011.5.2021, p.\u00a01<\/a>).<\/p>\n<p class=\"cita\"><a>(<span>10<\/span>)<\/a>\u00a0\u00a0Reglamento (UE, Euratom) 2024\/2509 del Parlamento Europeo y del Consejo, de\u00a023\u00a0de\u00a0septiembre de\u00a02024, sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de la Uni\u00f3n (<a>DO\u00a0L, 2024\/2509, 26.9.2024, ELI:\u00a0http:\/\/data.europa.eu\/eli\/reg\/2024\/2509\/oj<\/a>).<\/p>\n<p class=\"cita\"><a>(<span>11<\/span>)<\/a>\u00a0\u00a0Reglamento (UE, Euratom) 2020\/2092 del Parlamento Europeo y del Consejo, de\u00a016\u00a0de\u00a0diciembre de\u00a02020, sobre un r\u00e9gimen general de condicionalidad para la protecci\u00f3n del presupuesto de la Uni\u00f3n (<a>DO L\u00a0433\u00a0I\u00a0de 22.12.2020, p.\u00a01<\/a>, ELI: http:\/\/data.europa.eu\/eli\/reg\/2020\/2092\/oj).<\/p>\n<p class=\"cita\"><a>(<span>12<\/span>)<\/a>\u00a0\u00a0Reglamento (UE) 2021\/887 del Parlamento Europeo y del Consejo, de\u00a020\u00a0de\u00a0mayo de\u00a02021, por el que se establecen el Centro Europeo de Competencia Industrial Tecnol\u00f3gica y de Investigaci\u00f3n en Ciberseguridad y la Red de Centros Nacionales de Coordinaci\u00f3n (<a>DO L\u00a0202 de\u00a08.6.2021, p.\u00a01<\/a>, ELI: http:\/\/data.europa.eu\/eli\/reg\/2021\/887\/oj).<\/p>\n<p class=\"cita\"><a>(<span>13<\/span>)<\/a>\u00a0\u00a0Decisi\u00f3n n.<span>o<\/span> 1313\/2013\/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de\u00a017\u00a0de\u00a0diciembre de\u00a02013, relativa a\u00a0un Mecanismo de Protecci\u00f3n Civil de la Uni\u00f3n (<a>DO L\u00a0347 de\u00a020.12.2013, p.\u00a0924<\/a>, ELI:\u00a0http:\/\/data.europa.eu\/eli\/dec\/2013\/1313\/oj).<\/p>\n<p class=\"cita\"><a>(<span>14<\/span>)<\/a>\u00a0\u00a0Decisi\u00f3n de Ejecuci\u00f3n (UE) 2018\/1993 del Consejo, de\u00a011\u00a0de\u00a0diciembre de\u00a02018, sobre el dispositivo de la\u00a0UE de respuesta pol\u00edtica integrada a\u00a0las crisis (<a>DO L\u00a0320 de\u00a017.12.2018, p.\u00a028<\/a>, ELI: http:\/\/data.europa.eu\/eli\/dec_impl\/2018\/1993\/oj).<\/p>\n<p class=\"cita\"><a>(<span>15<\/span>)<\/a>\u00a0\u00a0Decisi\u00f3n (PESC) 2017\/2315 del Consejo, de\u00a011\u00a0de\u00a0diciembre de\u00a02017, por la que se establece una cooperaci\u00f3n estructurada permanente y se fija la lista de los Estados miembros participantes. (<a>DO L\u00a0331 de\u00a014.12.2017, p.\u00a057<\/a>, ELI: http:\/\/data.europa.eu\/eli\/dec\/2017\/2315\/2023-05-23).<\/p>\n<p class=\"cita\"><a>(<span>16<\/span>)<\/a>\u00a0\u00a0Decisi\u00f3n n.<span>o<\/span>\u00a01313\/2013\/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de\u00a017\u00a0de\u00a0diciembre de\u00a02013, relativa a\u00a0un Mecanismo de Protecci\u00f3n Civil de la Uni\u00f3n (<a>DO L\u00a0347 de\u00a020.12.2013, p.\u00a0924<\/a>).<\/p>\n<p class=\"cita\"><a>(<span>17<\/span>)<\/a>\u00a0\u00a0Recomendaci\u00f3n (UE) 2017\/1584 de la Comisi\u00f3n, de\u00a013\u00a0de\u00a0septiembre de\u00a02017, sobre la respuesta coordinada a\u00a0los incidentes y crisis de ciberseguridad a\u00a0gran escala (<a>DO L\u00a0239 de\u00a019.9.2017, p.\u00a036<\/a>).<\/p>\n<p class=\"cita\"><a>(<span>18<\/span>)<\/a>\u00a0\u00a0Reglamento (UE) 2018\/1971 del Parlamento Europeo y del Consejo, de\u00a011\u00a0de\u00a0diciembre de\u00a02018, por el que se establecen el Organismo de Reguladores Europeos de las Comunicaciones Electr\u00f3nicas (ORECE) y la Agencia de apoyo al ORECE (Oficina del ORECE), por el que se modifica el Reglamento (UE) 2015\/2120 y por el que se deroga el Reglamento (CE) n.<span>o<\/span>\u00a01211\/2009 (<a>DO L\u00a0321 de\u00a017.12.2018, p.\u00a01<\/a>).<\/p>\n<p class=\"cita\"><a>(<span>19<\/span>)<\/a>\u00a0\u00a0Reglamento (UE) 2022\/2554 del Parlamento Europeo y del Consejo de\u00a014\u00a0de\u00a0diciembre de\u00a02022 sobre la resiliencia operativa digital del sector financiero y por el que se modifican los Reglamentos (CE) n.<span>o<\/span>\u00a01060\/2009, (UE) n.<span>o<\/span>\u00a0648\/2012, (UE) n.<span>o<\/span>\u00a0600\/2014, (UE)\u00a0n.<span>o<\/span>\u00a0909\/2014 y (UE) 2016\/1011 (<a>DO L\u00a0333 de 27.12.2022, p.\u00a01<\/a>).<\/p>\n<p class=\"cita\"><a>(<span>20<\/span>)<\/a>\u00a0\u00a0 <a>DO L\u00a0123 de\u00a012.5.2016, p.\u00a01<\/a>, ELI: http:\/\/data.europa.eu\/eli\/agree_interinstit\/2016\/512\/oj.<\/p>\n<p class=\"cita\"><a>(<span>21<\/span>)<\/a>\u00a0\u00a0Reglamento (UE) n.<span>o<\/span>\u00a0182\/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo, de\u00a016\u00a0de\u00a0febrero de\u00a02011, por el que se establecen las normas y los principios generales relativos a\u00a0las modalidades de control por parte de los Estados miembros del ejercicio de las competencias de ejecuci\u00f3n por la Comisi\u00f3n (<a>DO L\u00a055 de\u00a028.2.2011, p.\u00a013<\/a>, ELI: http:\/\/data.europa.eu\/eli\/reg\/2011\/182\/oj).<\/p>\n<p class=\"cita\"><a>(<span>22<\/span>)<\/a>\u00a0\u00a0Reglamento (UE, Euratom)\u00a02023\/2841 del Parlamento Europeo y del Consejo, de\u00a013\u00a0de\u00a0diciembre de\u00a02023, por el que se establecen medidas destinadas a\u00a0garantizar un elevado nivel com\u00fan de ciberseguridad en las instituciones, los \u00f3rganos y los organismos de la Uni\u00f3n (<a>DO\u00a0L, 2023\/2841, 18.12.2023, ELI:\u00a0http:\/\/data.europa.eu\/eli\/reg\/2023\/2841\/oj<\/a>).<\/p>\n<p class=\"cita\"><a>(<span>23<\/span>)<\/a>\u00a0\u00a0Reglamento (UE) 2024\/2847 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23\u00a0de\u00a0octubre de\u00a02024, relativo a\u00a0los requisitos horizontales de ciberseguridad para los productos con elementos digitales y por el que se modifica el Reglamento (UE) n.<span>o<\/span>\u00a0168\/2013 y el Reglamento (UE) 2019\/1020 y la Directiva (UE) 2020\/1828 (Reglamento de Ciberresiliencia) (<a>DO\u00a0L, 2024\/2847, 20.11.2024, ELI:\u00a0http:\/\/data.europa.eu\/eli\/reg\/2024\/2847\/oj<\/a>).<\/p>\n<h5 class=\"anexo_num\">ANEXO<\/h5>\n<p class=\"parrafo_2\">El Reglamento (UE)\u00a02021\/694 se modifica como sigue:<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">1)\u00a0En el anexo\u00a0I, la secci\u00f3n \u00abObjetivo espec\u00edfico 3\u00a0\u2013 Ciberseguridad y confianza\u00bb se sustituye por el texto siguiente:<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u00abObjetivo espec\u00edfico 3\u00a0\u2013 Ciberseguridad y confianza<\/p>\n<p class=\"parrafo\">El Programa estimular\u00e1 el refuerzo, la creaci\u00f3n y la adquisici\u00f3n de la capacidad esencial para proteger la econom\u00eda digital, la sociedad y la democracia de la Uni\u00f3n reforzando el potencial industrial y la competitividad en materia de ciberseguridad de la Uni\u00f3n, as\u00ed como mejorando las capacidades de los sectores p\u00fablico y privado para proteger a\u00a0los ciudadanos y empresas de ciberamenazas, incluido el apoyo a\u00a0la aplicaci\u00f3n de la Directiva (UE)\u00a02016\/1148.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Las acciones iniciales y, cuando proceda, posteriores, en el marco del presente objetivo, incluir\u00e1n:<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u00a01.\u00a0La coinversi\u00f3n con los Estados miembros en equipamiento avanzado de ciberseguridad, infraestructuras y conocimientos especializados que son esenciales para proteger las infraestructuras cr\u00edticas y el mercado \u00fanico digital en general. Dicha coinversi\u00f3n podr\u00eda incluir inversiones en instalaciones cu\u00e1nticas y recursos de datos para la ciberseguridad, conciencia situacional en el ciberespacio, incluidos los centros cibern\u00e9ticos nacionales y los centros cibern\u00e9ticos transfronterizos que forman el Sistema Europeo de Alerta de Ciberseguridad, as\u00ed como otras herramientas que se pondr\u00e1n a\u00a0disposici\u00f3n de los sectores p\u00fablico y privado en toda Europa.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u00a02.\u00a0La ampliaci\u00f3n de la capacidad tecnol\u00f3gica existente y la integraci\u00f3n en red de los centros de competencia de los Estados miembros y la garant\u00eda de que esa capacidad responda a\u00a0las necesidades del sector p\u00fablico y de la industria, en particular en el caso de los productos y servicios que refuercen la ciberseguridad y la confianza en el mercado \u00fanico digital.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u00a03.\u00a0La garant\u00eda de una amplia implantaci\u00f3n de soluciones de vanguardia eficaces en materia de ciberseguridad y confianza en los Estados miembros. Dicha implantaci\u00f3n incluye el refuerzo de la seguridad y la protecci\u00f3n de los productos desde su dise\u00f1o hasta su comercializaci\u00f3n.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u00a04.\u00a0Un apoyo para solucionar el d\u00e9ficit de capacidades en materia de ciberseguridad, teniendo en cuenta el equilibrio de g\u00e9nero, por ejemplo, alineando los programas de capacidades en materia de ciberseguridad, adapt\u00e1ndolos a\u00a0las necesidades sectoriales espec\u00edficas y facilitando el acceso a\u00a0una formaci\u00f3n especializada espec\u00edfica.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u00a05.\u00a0La promoci\u00f3n de la solidaridad entre los Estados miembros por lo que respecta a\u00a0la preparaci\u00f3n frente a\u00a0incidentes de ciberseguridad significativos y de incidentes de ciberseguridad a\u00a0gran escala y la respuesta a\u00a0ellos mediante la prestaci\u00f3n de servicios de ciberseguridad a\u00a0trav\u00e9s de las fronteras, incluido el apoyo a\u00a0la asistencia mutua entre las autoridades p\u00fablicas y el establecimiento de una reserva de proveedores de ciberseguridad de confianza de servicios de seguridad gestionados a\u00a0escala de la Uni\u00f3n.\u00bb.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">2)\u00a0En el anexo\u00a0II, la secci\u00f3n \u00abObjetivo espec\u00edfico 3\u00a0\u2013 Ciberseguridad y confianza\u00bb se sustituye por el texto siguiente:<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u00abObjetivo espec\u00edfico 3\u00a0\u2013 Ciberseguridad y confianza<\/p>\n<p class=\"parrafo\">3.1.\u00a0N\u00famero de infraestructuras o\u00a0herramientas de ciberseguridad, o\u00a0ambas contratadas conjuntamente, tambi\u00e9n en el contexto del Sistema Europeo de Alerta de Ciberseguridad<\/p>\n<p class=\"parrafo\">3.2.\u00a0N\u00famero de usuarios y de comunidades de usuarios con acceso a\u00a0instalaciones europeas de ciberseguridad<\/p>\n<p class=\"parrafo\">3.3\u00a0N\u00famero de acciones de apoyo a\u00a0la preparaci\u00f3n frente a\u00a0incidentes de ciberseguridad y la respuesta a\u00a0ellos en el marco del Mecanismo de Emergencia en materia de Ciberseguridad\u00bb.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Se ha realizado una declaraci\u00f3n con respecto a\u00a0este acto y se puede encontrar en el <a>DO\u00a0C, C\/2025\/308, 15.1.2025, ELI:\u00a0http:\/\/data.europa.eu\/eli\/C\/2025\/308\/oj<\/a>.<\/p>\n<\/p><\/div>\n<p><a href=\"https:\/\/www.boe.es\/buscar\/doc.php?id=DOUE-L-2025-80049\">source<\/a><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>\u00a0 EL PARLAMENTO EUROPEO Y EL CONSEJO DE LA UNI\u00d3N EUROPEA, Visto el Tratado de Funcionamiento de 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