{"id":34177,"date":"2026-05-18T11:44:17","date_gmt":"2026-05-18T11:44:17","guid":{"rendered":"https:\/\/blogemergencias.es\/index.php\/2026\/05\/18\/real-decreto-392-2026-de-13-de-mayo-por-el-que-se-modifica-el-reglamento-de-ordenacion-de-la-ensenanza-en-la-guardia-civil-aprobado-por-el-real-decreto-131-2018-de-16-de-marzo\/"},"modified":"2026-05-18T11:44:17","modified_gmt":"2026-05-18T11:44:17","slug":"real-decreto-392-2026-de-13-de-mayo-por-el-que-se-modifica-el-reglamento-de-ordenacion-de-la-ensenanza-en-la-guardia-civil-aprobado-por-el-real-decreto-131-2018-de-16-de-marzo","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/blogemergencias.es\/index.php\/2026\/05\/18\/real-decreto-392-2026-de-13-de-mayo-por-el-que-se-modifica-el-reglamento-de-ordenacion-de-la-ensenanza-en-la-guardia-civil-aprobado-por-el-real-decreto-131-2018-de-16-de-marzo\/","title":{"rendered":"Real Decreto 392\/2026, de 13 de mayo, por el que se modifica el Reglamento de ordenaci\u00f3n de la ense\u00f1anza en la Guardia Civil, aprobado por el Real Decreto 131\/2018, de 16 de marzo."},"content":{"rendered":"<div id=\"textoxslt\">\n<p class=\"parrafo\">La Ley\u00a029\/2014, de\u00a028 de noviembre, de R\u00e9gimen del Personal de la Guardia Civil, supuso una importante reforma para la ense\u00f1anza en la Guardia Civil, como elemento fundamental en ese r\u00e9gimen, garantizando que sus componentes dispongan, a lo largo de toda su vida profesional, de las competencias necesarias para cumplir con efectividad las funciones que tienen encomendadas.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Su desarrollo fue llevado a cabo en el Reglamento de ordenaci\u00f3n de la ense\u00f1anza en la Guardia Civil, aprobado por el Real Decreto\u00a0131\/2018, de\u00a016 de marzo, pieza angular en la configuraci\u00f3n de la ense\u00f1anza en la Guardia Civil como un sistema integral en el que, siendo el elemento personal el m\u00e1s importante, se posibilite un adecuado proceso de selecci\u00f3n, se proporcione la necesaria formaci\u00f3n, tanto inicial como a lo largo de toda la vida profesional, y se brinden suficientes oportunidades de promoci\u00f3n.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Desde su entrada en vigor, este reglamento ha sido objeto de varias modificaciones relativas a diversos aspectos, siendo especialmente relevantes las que afectaron a su cap\u00edtulo V, dedicado a las medidas de protecci\u00f3n de la maternidad, para adaptar su contenido, en el a\u00f1o\u00a02022, a las novedades introducidas por el Real Decreto-ley\u00a06\/2019, de\u00a01 de marzo, de medidas urgentes para garant\u00eda de la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo y la ocupaci\u00f3n.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">A este respecto, tras la experiencia adquirida en los \u00faltimos a\u00f1os y al objeto de avanzar en las medidas que persiguen remover los obst\u00e1culos y minimizar el impacto negativo, en la carrera profesional, que pudiera desprenderse de la situaci\u00f3n de embarazo de las mujeres de la Guardia Civil o del disfrute de los permisos recogidos en el cap\u00edtulo V del reglamento, se introduce, como novedad, el derecho a conservar la antig\u00fcedad de la ense\u00f1anza de formaci\u00f3n cuando, por causa de estas vicisitudes, sea necesaria la repetici\u00f3n de curso.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">En esta misma l\u00ednea, se posibilita el aplazamiento o la interrupci\u00f3n del periodo de pr\u00e1cticas de unidad, previsto en el plan de estudios de la ense\u00f1anza de formaci\u00f3n para el acceso a cada una de las escalas de la Guardia Civil, al objeto de evitar, siempre que sea posible, la repetici\u00f3n de estas pr\u00e1cticas al siguiente curso, por causa de las situaciones y permisos referidos anteriormente.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Finalmente, como novedad destacada, se presenta una nueva figura bajo la denominaci\u00f3n de concurrente institucional, prevista para posibilitar que puedan ser designados para asistir a cursos de ampliaci\u00f3n o actualizaci\u00f3n de conocimientos y aptitudes, incluidos en el sistema de ense\u00f1anza de la Guardia Civil, las personas de la Administraci\u00f3n General del Estado, las personas de las Fuerzas Armadas y las personas de la Guardia Civil, en situaci\u00f3n administrativa de reserva, que prestan servicio en un puesto de trabajo en el \u00e1mbito de la Guardia Civil.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Este real decreto cumple los principios de buena regulaci\u00f3n previstos en el art\u00edculo\u00a0129 de la Ley\u00a039\/2015, de\u00a01 de octubre, del Procedimiento Administrativo Com\u00fan de las Administraciones P\u00fablicas. En primer lugar, en relaci\u00f3n con el principio de necesidad, era fundamental actualizar e introducir mejoras en todas las fases o etapas de los diferentes cursos o actividades formativas del sistema de ense\u00f1anza de la Guardia Civil en materia de conciliaci\u00f3n y corresponsabilidad.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">En segundo lugar, en relaci\u00f3n con el principio de eficacia, la norma permite alcanzar los objetivos se\u00f1alados, siendo la \u00fanica alternativa posible, pues era preciso modificar el Reglamento de ordenaci\u00f3n de la ense\u00f1anza en la Guardia Civil, al ser este instrumento donde se recogen todas las medidas de conciliaci\u00f3n y corresponsabilidad en ese \u00e1mbito, conforme a lo dispuesto en su art\u00edculo\u00a063.1, redundando, adem\u00e1s, en una mejora en la gesti\u00f3n de los recursos humanos.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">En tercer lugar, en relaci\u00f3n con el principio de proporcionalidad, la regulaci\u00f3n que se realiza para ello es la m\u00ednima imprescindible, modificando \u00fanicamente aquellos art\u00edculos que se ha demostrado que requieren precisiones o actualizaciones.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">En cuarto lugar, en relaci\u00f3n con el principio de seguridad jur\u00eddica, el real decreto se incardina de forma coherente en el marco normativo que regula el sistema de ense\u00f1anza de la Guardia Civil, regulando, a trav\u00e9s de sus modificaciones, materias previamente tratadas en el Reglamento de ordenaci\u00f3n de la ense\u00f1anza en la Guardia Civil, logrando el objetivo de generar un marco normativo estable, predecible, integrado, claro y de certidumbre con el resto del ordenamiento jur\u00eddico.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">En quinto lugar, en relaci\u00f3n con el principio de transparencia, el real decreto ha cumplido en su tramitaci\u00f3n lo recogido en el art\u00edculo\u00a07 de la Ley\u00a019\/2013, de\u00a09 de diciembre, de transparencia, acceso a la informaci\u00f3n p\u00fablica y buen gobierno, defini\u00e9ndose claramente sus objetivos y motivaci\u00f3n en este pre\u00e1mbulo. Asimismo, en atenci\u00f3n a lo dispuesto en el art\u00edculo\u00a026 de la Ley\u00a050\/1997, de\u00a027 de noviembre, del Gobierno, y en el art\u00edculo\u00a0133 de la Ley\u00a039\/2015, de\u00a01 de octubre, ha sido sometido al correspondiente tr\u00e1mite de audiencia e informaci\u00f3n p\u00fablicas.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Por \u00faltimo, en relaci\u00f3n con el principio de eficiencia, la norma no impone cargas administrativas innecesarias o accesorias, al tiempo que racionaliza la gesti\u00f3n de recursos p\u00fablicos al adoptar medidas para la optimizaci\u00f3n de la gesti\u00f3n de las personas que concurren a una actividad formativa.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">En cumplimiento de lo dispuesto en el art\u00edculo\u00a054 de la Ley Org\u00e1nica\u00a011\/2007, de\u00a022 de octubre, reguladora de los derechos y deberes de los miembros de la Guardia Civil, este real decreto ha sido sometido al informe del Consejo de la Guardia Civil.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Este real decreto tiene su habilitaci\u00f3n legal en lo establecido en los art\u00edculos\u00a033, 35 y\u00a050 y en la disposici\u00f3n final quinta de la Ley\u00a029\/2014, de\u00a028 de noviembre.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">En su virtud, a propuesta del Ministro del Interior y de la Ministra de Defensa, con la aprobaci\u00f3n previa del Ministro para la Transformaci\u00f3n Digital y de la Funci\u00f3n P\u00fablica, de acuerdo con el Consejo de Estado, y previa deliberaci\u00f3n del Consejo de Ministros en su reuni\u00f3n del d\u00eda\u00a012 de mayo de\u00a02026,<\/p>\n<p class=\"centro_redonda\">DISPONGO:<\/p>\n<h5 class=\"articulo\"><strong>Art\u00edculo \u00fanico.<\/strong>\u2003Modificaci\u00f3n del Reglamento de ordenaci\u00f3n de la ense\u00f1anza en la Guardia Civil, aprobado por el Real Decreto\u00a0131\/2018, de\u00a016 de marzo.<\/h5>\n<p class=\"parrafo\">El Reglamento de ordenaci\u00f3n de la ense\u00f1anza en la Guardia Civil, aprobado por el Real Decreto\u00a0131\/2018, de\u00a016 de marzo, queda modificado como sigue:<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">Uno.\u2003Se a\u00f1ade un p\u00e1rrafo p) al art\u00edculo\u00a03, que queda redactado del siguiente modo:<\/p>\n<blockquote class=\"sangrado\">\n<p class=\"parrafo_2\">\u00abp)\u2003Concurrente Institucional: consideraci\u00f3n que adquiere el personal de la Administraci\u00f3n General del Estado, el personal de la Guardia Civil en situaci\u00f3n administrativa de reserva y el personal de las Fuerzas Armadas, que presta servicio en el \u00e1mbito de la Guardia Civil o que ocupa un puesto de trabajo en la Guardia Civil, que hayan sido seleccionados para la realizaci\u00f3n de una actividad formativa.\u00bb<\/p>\n<\/blockquote>\n<p class=\"parrafo_2\">Dos.\u2003El apartado\u00a03 y el nuevo apartado\u00a010 que se a\u00f1ade al art\u00edculo\u00a043, quedan redactados del siguiente modo:<\/p>\n<blockquote class=\"sangrado\">\n<p class=\"parrafo_2\">\u00ab3.\u2003La designaci\u00f3n de los guardias civiles para cursos de ampliaci\u00f3n o actualizaci\u00f3n de conocimientos y aptitudes se realizar\u00e1 de forma directa de acuerdo con lo dispuesto en el art\u00edculo\u00a038.2 de la Ley\u00a029\/2014, de\u00a028 de noviembre, por el procedimiento que se determine, atendiendo a las necesidades de la organizaci\u00f3n y teniendo en cuenta las cualificaciones personales.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Asimismo, se podr\u00e1 nombrar de forma directa al personal definido en el p\u00e1rrafo\u00a0p) del art\u00edculo\u00a03 como concurrente institucional.\u00bb<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">\u00ab10.\u2003Si se produjeran bajas entre las personas seleccionadas para participar en cursos de perfeccionamiento y de altos estudios profesionales dentro de los tres d\u00edas posteriores al inicio de la actividad formativa, las plazas vacantes disponibles podr\u00e1n ser cubiertas por las otras personas aspirantes de acuerdo con el orden resultante del proceso de selecci\u00f3n previsto en la correspondiente convocatoria. No obstante, las condiciones espec\u00edficas para la asistencia a los cursos de capacitaci\u00f3n se regir\u00e1n por lo dispuesto en el art\u00edculo\u00a051.\u00bb<\/p>\n<\/blockquote>\n<p class=\"parrafo_2\">Tres.\u2003El apartado\u00a06 del art\u00edculo\u00a045 queda redactado del siguiente modo:<\/p>\n<blockquote class=\"sangrado\">\n<p class=\"parrafo_2\">\u00ab6.\u2003En cuanto al resto de actividades de la ense\u00f1anza de perfeccionamiento y de altos estudios profesionales y en lo no regulado en los apartados anteriores, la baja se acordar\u00e1, previo expediente sumario con audiencia a la persona interesada, por resoluci\u00f3n de la direcci\u00f3n del centro por las siguientes causas:<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">a)\u2003A petici\u00f3n propia.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">b)\u2003Por dejar de reunir las condiciones expresadas en la convocatoria.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">c)\u2003Por falta de rendimiento acad\u00e9mico, en los t\u00e9rminos que se determinen.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">d)\u2003Por incumplimiento de las normas de r\u00e9gimen interior del centro que lleven aparejada esa consecuencia.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">e)\u2003Por falta de asistencia en los t\u00e9rminos que se determinen. Cuando las causas est\u00e9n debidamente justificadas, podr\u00e1 reservarse plaza al alumno en el siguiente curso o actividad formativa con las limitaciones expresadas en el art\u00edculo\u00a044.1.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">La direcci\u00f3n del centro podr\u00e1 acordar la baja del curso o actividad de modo cautelar, a la espera de la resoluci\u00f3n definitiva del expediente siempre que la persona afectada se encuentre incursa en alguna causa de las expuestas en el p\u00e1rrafo anterior. En estos supuestos, la resoluci\u00f3n del expediente se producir\u00e1 dentro de los tres d\u00edas lectivos siguientes.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">La baja por alguna de las causas indicadas en los p\u00e1rrafos c), d) y e), cuando la falta de asistencia no sea justificada, conllevar\u00e1 no poder solicitar otras actividades formativas del mismo tipo de ense\u00f1anza, perfeccionamiento o altos estudios profesionales, en un plazo de tres a\u00f1os contados desde el momento de formalizaci\u00f3n de la baja. Esta consecuencia tambi\u00e9n ser\u00e1 aplicable a los supuestos previstos en el p\u00e1rrafo a), salvo que la solicitud de baja sea presentada antes de que trascurran tres d\u00edas desde el inicio de la actividad formativa, o cuando concurra una raz\u00f3n excepcional debidamente justificada para solicitar la baja.\u00bb<\/p>\n<\/blockquote>\n<p class=\"parrafo_2\">Cuatro.\u2003El apartado\u00a03 del art\u00edculo\u00a063 queda redactado del siguiente modo:<\/p>\n<blockquote class=\"sangrado\">\n<p class=\"parrafo_2\">\u00ab3.\u2003Las personas que opten por acogerse a estas medidas deber\u00e1 acreditar mediante informe m\u00e9dico oficial, o documentaci\u00f3n que justifique su solicitud, ante la direcci\u00f3n del centro docente correspondiente o ante el \u00f3rgano que determine la convocatoria de cada curso, la limitaci\u00f3n para realizar las pruebas selectivas o el curso que corresponda.\u00bb<\/p>\n<\/blockquote>\n<p class=\"parrafo_2\">Cinco.\u2003Se a\u00f1aden los p\u00e1rrafos e) y f) al art\u00edculo\u00a065.2, que quedan redactados del siguiente modo:<\/p>\n<blockquote class=\"sangrado\">\n<p class=\"parrafo_2\">\u00abe)\u2003Retrasar el inicio o interrumpir, por una sola vez, el periodo de pr\u00e1cticas de unidades correspondiente, inici\u00e1ndolo o retom\u00e1ndolo una vez finalicen las situaciones previstas en el art\u00edculo\u00a063.1, siempre y cuando este retraso o interrupci\u00f3n no afecte al normal desarrollo de otros m\u00f3dulos, materias o asignaturas que requieran ense\u00f1anza presencial en el centro docente.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">f)\u2003Acceder a la escala correspondiente, tras finalizar su periodo de formaci\u00f3n, con la antig\u00fcedad que le hubiera correspondido, en caso no haberse encontrado en alguna de las situaciones establecidas en el art\u00edculo\u00a063.1, con los efectos econ\u00f3micos correspondientes.\u00bb<\/p>\n<\/blockquote>\n<p class=\"parrafo_2\">Seis.\u2003Se a\u00f1ade el p\u00e1rrafo d) al art\u00edculo\u00a066.1, que queda redactado del siguiente modo:<\/p>\n<blockquote class=\"sangrado\">\n<p class=\"parrafo_2\">\u00abd)\u2003Retrasar el inicio o interrumpir, por una sola vez, el periodo de pr\u00e1cticas de unidades correspondiente, inici\u00e1ndolo o retom\u00e1ndolo una vez finalicen las situaciones previstas en el art\u00edculo\u00a063.1, siempre y cuando este retraso o interrupci\u00f3n no afecte al normal desarrollo de otros m\u00f3dulos, materias o asignaturas que requieran ense\u00f1anza presencial en el centro docente.\u00bb<\/p>\n<\/blockquote>\n<p class=\"parrafo_2\">Siete.\u2003El p\u00e1rrafo d) del art\u00edculo\u00a068.1 queda redactado del siguiente modo:<\/p>\n<blockquote class=\"sangrado\">\n<p class=\"parrafo_2\">\u00abd)\u2003Colegio de Guardias J\u00f3venes \u201cDuque de Ahumada\u201d, para la incorporaci\u00f3n a la escala de cabos y guardias.\u00bb<\/p>\n<\/blockquote>\n<h5 class=\"articulo\"><strong>Disposici\u00f3n final \u00fanica.<\/strong>\u2003Entrada en vigor.<\/h5>\n<p class=\"parrafo\">Este real decreto entrar\u00e1 en vigor el d\u00eda siguiente al de su publicaci\u00f3n en el \u00abBolet\u00edn Oficial del Estado\u00bb.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">Dado el\u00a013 de mayo de\u00a02026.<\/p>\n<p class=\"firma_rey\">FELIPE R.<\/p>\n<p class=\"firma_ministro\">El Ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes,<\/p>\n<p class=\"firma_ministro\">F\u00c9LIX BOLA\u00d1OS GARC\u00cdA<\/p>\n<\/p><\/div>\n<p><a href=\"https:\/\/www.boe.es\/diario_boe\/txt.php?id=BOE-A-2026-10512\">source<\/a><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La Ley\u00a029\/2014, de\u00a028 de noviembre, de R\u00e9gimen del Personal de la Guardia Civil, supuso una importante reforma 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