{"id":42609,"date":"2026-10-08T10:43:27","date_gmt":"2026-10-08T10:43:27","guid":{"rendered":"https:\/\/blogemergencias.es\/index.php\/2026\/10\/08\/orden-snd-1063-2026-de-28-de-septiembre-por-la-que-se-aprueban-las-bases-reguladoras-y-la-convocatoria-para-la-seleccion-de-operaciones-acciones-para-el-acompanamiento-a-centros-servicios-y-e\/"},"modified":"2026-10-08T10:43:27","modified_gmt":"2026-10-08T10:43:27","slug":"orden-snd-1063-2026-de-28-de-septiembre-por-la-que-se-aprueban-las-bases-reguladoras-y-la-convocatoria-para-la-seleccion-de-operaciones-acciones-para-el-acompanamiento-a-centros-servicios-y-e","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/blogemergencias.es\/index.php\/2026\/10\/08\/orden-snd-1063-2026-de-28-de-septiembre-por-la-que-se-aprueban-las-bases-reguladoras-y-la-convocatoria-para-la-seleccion-de-operaciones-acciones-para-el-acompanamiento-a-centros-servicios-y-e\/","title":{"rendered":"Orden SND\/1063\/2026, de 28 de septiembre, por la que se aprueban las bases reguladoras y la convocatoria para la selecci\u00f3n de operaciones \u00abAcciones para el acompa\u00f1amiento a centros, servicios y equipos de atenci\u00f3n temprana para su adaptaci\u00f3n a los nuevos est\u00e1ndares del Consenso Estatal para la Mejora de la Atenci\u00f3n Temprana\u00bb, en el marco del Programa de Inclusi\u00f3n Social, Garant\u00eda Infantil y Lucha contra la Pobreza, cofinanciado por el Fondo Social Europeo Plus (FSE+)."},"content":{"rendered":"<div id=\"textoxslt\">\n<p class=\"parrafo\">El Reglamento (UE) 2021\/1060 del Parlamento Europeo y del Consejo, de\u00a024 de junio de\u00a02021, por el que se establecen las disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo Plus, al Fondo de Cohesi\u00f3n, al Fondo de Transici\u00f3n Justa y al Fondo Europeo Mar\u00edtimo, de Pesca y de Acuicultura, as\u00ed como las normas financieras para dichos Fondos y para el Fondo de Asilo, Migraci\u00f3n e Integraci\u00f3n, el Fondo de Seguridad Interior y el Instrumento de Apoyo Financiero a la Gesti\u00f3n de Fronteras y la Pol\u00edtica de Visados, dispone, en su art\u00edculo\u00a05, los cinco objetivos pol\u00edticos a los que ir\u00e1n dirigidos el FEDER, el FSE+, el Fondo de Cohesi\u00f3n y el FEMPA: una Europa m\u00e1s competitiva e inteligente, una Europa m\u00e1s verde, una Europa m\u00e1s conectada, una Europa m\u00e1s social e inclusiva y una Europa m\u00e1s pr\u00f3xima a sus ciudadanos.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Al amparo de la citada disposici\u00f3n, el art\u00edculo\u00a04 del Reglamento (UE) 2021\/1057 del Parlamento Europeo y del Consejo, de\u00a024 de junio de\u00a02021, por el que se establece el Fondo Social Europeo Plus (FSE+) y por el que se deroga el Reglamento (UE) n\u00fam.\u00a01296\/2013, establece que el Fondo Social Europeo Plus contribuir\u00e1 al objetivo pol\u00edtico\u00a04 de \u00abuna Europa m\u00e1s social e integradora mediante la aplicaci\u00f3n del pilar europeo de derechos sociales\u00bb.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">A efectos de cumplimiento del citado objetivo, la Uni\u00f3n Europea ha asignado a Espa\u00f1a un importe de ayuda del FSE+ de\u00a011.295.696.991 euros correspondiente al Marco Financiero Plurianual\u00a02021-2027, cuyo per\u00edodo de ejecuci\u00f3n se extiende hasta el\u00a031 de diciembre de\u00a02029.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">El citado importe ha sido distribuido entre veintitr\u00e9s\u00a0programas FSE+: diecinueve regionales, uno por cada Comunidad y Ciudad Aut\u00f3noma, y cuatro programas FSE+ estatales. La presente convocatoria se enmarca en el Programa estatal FSE+ de Inclusi\u00f3n Social, Garant\u00eda Infantil y Lucha contra la Pobreza (CCI: 2021ES05SFPR003), aprobado mediante Decisi\u00f3n de Ejecuci\u00f3n de la Comisi\u00f3n C (2022)9797 de\u00a019 de diciembre de\u00a02022.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">De entre los objetivos espec\u00edficos establecidos en el art\u00edculo\u00a04 del Reglamento (UE) 2021\/1057 del Parlamento Europeo y del Consejo de\u00a024 de junio de\u00a02021 por el que se establece el Fondo Social Europeo Plus (FSE+) y por el que se deroga el Reglamento (UE) 1296\/2013, a los que se dirigen las operaciones a seleccionar en el marco de esta convocatoria, se ha seleccionado el objetivo espec\u00edfico ESO4.12., Promover la integraci\u00f3n social de personas en riesgo de pobreza o exclusi\u00f3n social, en particular las m\u00e1s desfavorecidas y los ni\u00f1os. En este objetivo espec\u00edfico se establece la l\u00ednea de actuaci\u00f3n\u00a02: Acciones para promover el desarrollo de un sistema de atenci\u00f3n temprana de calidad, gratuito y universal, que propone, entre otras, la medida\u00a07.L.06, Acciones de acompa\u00f1amiento a los servicios\/centros\/equipos de atenci\u00f3n temprana para la adaptaci\u00f3n del servicio y modelo de intervenci\u00f3n a los nuevos est\u00e1ndares. Una vez definidos y pilotados los modelos de atenci\u00f3n y est\u00e1ndares (7.L.05), se acompa\u00f1ar\u00e1 la transformaci\u00f3n o actualizaci\u00f3n de los servicios\/centros\/equipos de doscientos cincuenta centros de atenci\u00f3n temprana de todo el territorio. La selecci\u00f3n de los centros se llevar\u00e1 a cabo en funci\u00f3n de la necesidad de mejora de la atenci\u00f3n temprana a familias en riesgo de pobreza o en situaci\u00f3n de vulnerabilidad o exclusi\u00f3n, identificada en cada Comunidad Aut\u00f3noma. Estas actuaciones permitir\u00e1n escalar el cambio y reforzar la atenci\u00f3n sobre la base de criterios homog\u00e9neos en todo el territorio nacional.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Estas acciones contribuyen a impulsar la adaptaci\u00f3n y mejora del modelo de intervenci\u00f3n, de los procesos de atenci\u00f3n y de la organizaci\u00f3n de los centros, servicios y equipos de atenci\u00f3n temprana conforme a los est\u00e1ndares de calidad del Consenso Estatal de Atenci\u00f3n Temprana, mediante acciones de acompa\u00f1amiento que faciliten su implementaci\u00f3n efectiva y sostenida, refuercen la equidad territorial y la atenci\u00f3n centrada en el ni\u00f1o, la ni\u00f1a y su familia, desde un enfoque basado en resultados, bienestar y calidad de vida, y contribuyan a una cultura de mejora continua y aprendizaje transferible, con especial atenci\u00f3n a contextos de mayor vulnerabilidad social.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Asimismo, la presente convocatoria refuerza un modelo de atenci\u00f3n temprana basado en un enfoque preventivo, de derechos y centrado en el desarrollo integral del ni\u00f1o o la ni\u00f1a, promoviendo intervenciones proporcionadas, respetuosas con la diversidad evolutiva y orientadas al bienestar y la calidad de vida, en coherencia con la Convenci\u00f3n sobre los Derechos del Ni\u00f1o y la Convenci\u00f3n sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Estas acciones, por lo tanto, estar\u00e1n enmarcadas en los acuerdos de la conferencia sectorial publicados mediante la Resoluci\u00f3n de\u00a013 de febrero de\u00a02025, de la Secretar\u00eda de Estado de Derechos Sociales, por la que se publica el Acuerdo del Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonom\u00eda y Atenci\u00f3n a la Dependencia, de\u00a031 de enero de\u00a02025, por el que se establece el \u00abConsenso Estatal para la Mejora de la Atenci\u00f3n Temprana. Despliegue de la Hoja de Ruta: objetivos, medidas y est\u00e1ndares generales de calidad\u00bb y la Resoluci\u00f3n de\u00a028 de junio de\u00a02023, de la Secretar\u00eda de Estado de Derechos Sociales, por la que se publica el Acuerdo del Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonom\u00eda y Atenci\u00f3n a la Dependencia, por el que se establece la hoja de ruta para la mejora de la atenci\u00f3n temprana en Espa\u00f1a sobre un marco com\u00fan de universalidad, responsabilidad p\u00fablica, equidad, gratuidad y\u00a0calidad.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Este acompa\u00f1amiento tiene como finalidad facilitar la implementaci\u00f3n efectiva y sostenida de los est\u00e1ndares consensuados, promoviendo cambios duraderos en las pr\u00e1cticas profesionales, la organizaci\u00f3n de los servicios y la cultura de intervenci\u00f3n, y contribuyendo a consolidar un marco com\u00fan de referencia para la atenci\u00f3n temprana en todo el territorio, aplicado de forma contextualizada y en coherencia con los principios de universalidad, responsabilidad p\u00fablica, gratuidad y calidad.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Por otro lado, el art\u00edculo\u00a072 del Reglamento (UE) 2021\/1060 encomienda a la Autoridad de Gesti\u00f3n de los programas la selecci\u00f3n de las operaciones que hayan de recibir ayuda de los fondos. En el apartado\u00a01 del art\u00edculo\u00a073, se se\u00f1ala que dicha Autoridad de Gesti\u00f3n deber\u00e1 establecer y aplicar procedimientos y criterios de selecci\u00f3n de operaciones que sean transparentes y no discriminatorios, garanticen la accesibilidad a las personas con discapacidad y la igualdad de g\u00e9nero, y tengan en cuenta la Carta de los Derechos Fundamentales de la Uni\u00f3n Europea, el principio de desarrollo sostenible y la pol\u00edtica de la Uni\u00f3n en materia de medio ambiente, de conformidad con el art\u00edculo\u00a011 y el art\u00edculo\u00a0191, apartado\u00a01, del TFUE. Los criterios y procedimientos garantizar\u00e1n que las operaciones que se seleccionen se prioricen con vistas a maximizar la contribuci\u00f3n de la financiaci\u00f3n de la Uni\u00f3n al logro de los objetivos del programa.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">La Unidad Administradora del Fondo Social Europeo, del Ministerio de Trabajo y Econom\u00eda Social, como Autoridad de Gesti\u00f3n responsable de la ejecuci\u00f3n del FS<span class=\"no_partir\">E<\/span><span class=\"no_partir\">+<\/span>, reconoce, mediante acuerdo firmado el\u00a09 de agosto de\u00a02024, a la Subdirecci\u00f3n General de Planificaci\u00f3n y Coordinaci\u00f3n de Fondos Europeos del Ministerio de Sanidad las funciones de Organismo Intermedio para la selecci\u00f3n de operaciones dentro del Programa estatal de Inclusi\u00f3n Social, Garant\u00eda Infantil y Lucha contra la Pobreza.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">De acuerdo con lo dispuesto en el art\u00edculo\u00a06 de la Ley\u00a038\/2003, de\u00a017 de noviembre, General de Subvenciones, la aprobaci\u00f3n de subvenciones con cargo a fondos de la Uni\u00f3n Europea habr\u00e1 de regirse por las normas comunitarias aplicables en cada caso, estableciendo el art\u00edculo\u00a06.2 que esta ley solo reviste car\u00e1cter supletorio respecto de las normas de aplicaci\u00f3n directa a las subvenciones financiadas con cargo a fondos de la Uni\u00f3n Europea. Dado este r\u00e9gimen de excepcionalidad, la aprobaci\u00f3n de esta orden conlleva no solo la aprobaci\u00f3n del programa, sino tambi\u00e9n la de sus bases reguladoras.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">A este respecto, y conforme al art\u00edculo\u00a06.1 de la Ley\u00a038\/2003, las bases reguladoras se entienden constituidas por los propios reglamentos europeos citados que resultan directamente aplicables, y cuya integraci\u00f3n en la presente convocatoria se realiza en aplicaci\u00f3n del principio de seguridad jur\u00eddica. Esta integraci\u00f3n no supone una innovaci\u00f3n normativa que requiera su aprobaci\u00f3n separada con car\u00e1cter reglamentario, sino que responde a la necesidad de dotar de coherencia y claridad al r\u00e9gimen jur\u00eddico aplicable mediante su incorporaci\u00f3n directa en la convocatoria, habilitada por el art\u00edculo\u00a06.2 de la Ley\u00a038\/2003, de\u00a017 de noviembre, General de Subvenciones.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">En virtud de todo lo anterior, se aprueban mediante la presente orden las bases reguladoras y la convocatoria de selecci\u00f3n de operaciones que ser\u00e1n llevadas a cabo por entidades sin \u00e1nimo de lucro y cofinanciadas con el FSE+ en el marco del programa descrito.<\/p>\n<h5 class=\"articulo\">Primero.\u2003Objeto.<\/h5>\n<p class=\"parrafo\">La presente orden tiene por objeto aprobar las bases reguladoras y la convocatoria para la selecci\u00f3n, en r\u00e9gimen de concurrencia competitiva, de operaciones dirigidas a entidades del Tercer Sector de Acci\u00f3n Social de \u00e1mbito estatal, que recibir\u00e1n cofinanciaci\u00f3n del FS<span class=\"no_partir\">E<\/span><span class=\"no_partir\">+<\/span> en el marco del cuarto objetivo pol\u00edtico de la pol\u00edtica de cohesi\u00f3n de la Uni\u00f3n Europea en el per\u00edodo\u00a02021-2027: Una Europa m\u00e1s social e inclusiva, y del objetivo espec\u00edfico ESO4.12. Promover la integraci\u00f3n social de personas en riesgo de pobreza o exclusi\u00f3n social, en particular las m\u00e1s desfavorecidas y los ni\u00f1os; Prioridad\u00a07: Garant\u00eda infantil; L\u00ednea principal de actuaci\u00f3n\u00a02: Acciones para promover el desarrollo de un sistema de atenci\u00f3n temprana de calidad, gratuito y universal; Medida\u00a07.L.06: Acciones de acompa\u00f1amiento a los centros y servicios de atenci\u00f3n temprana para la adaptaci\u00f3n del servicio y modelo de intervenci\u00f3n a los nuevos est\u00e1ndares del Consenso Estatal de Atenci\u00f3n Temprana.<\/p>\n<h5 class=\"articulo\">Segundo.\u2003R\u00e9gimen jur\u00eddico.<\/h5>\n<p class=\"parrafo\">Las operaciones seleccionadas al amparo de la presente orden se regir\u00e1n por lo dispuesto en la normativa siguiente:<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">a)\u2003Reglamento (UE) 2021\/1060 del Parlamento Europeo y del Consejo, de\u00a024 de junio de\u00a02021, por el que se establecen disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo Plus, al Fondo de Cohesi\u00f3n, al Fondo de Transici\u00f3n Justa y al Fondo Europeo Mar\u00edtimo, de Pesca y de Acuicultura, as\u00ed como las normas financieras para dichos Fondos y para el Fondo de Asilo, Migraci\u00f3n e Integraci\u00f3n, el Fondo de Seguridad Interior y el Instrumento de Apoyo Financiero a la Gesti\u00f3n de Fronteras y la Pol\u00edtica de Visados (en adelante, Reglamento (UE) 2021\/1060 o RDC), y su normativa de desarrollo.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">b)\u2003Reglamento (UE) 2021\/1057 del Parlamento Europeo y del Consejo de\u00a024 de junio de\u00a02021 por el que se establece el Fondo Social Europeo Plus (FSE+) y por el que se deroga el Reglamento (UE) 1296\/2013 (en adelante, Reglamento (UE) 2021\/1057 o RFSE+), y su normativa de desarrollo.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">c)\u2003Con car\u00e1cter supletorio, los procedimientos de concesi\u00f3n y de control de las subvenciones, regulados en la Ley\u00a038\/2003, de\u00a017 de noviembre, General de Subvenciones y en su reglamento de desarrollo, aprobado por el Real Decreto\u00a0887\/2006, de\u00a021 de julio, as\u00ed como la Ley\u00a039\/2015, de\u00a01 de octubre, del Procedimiento Administrativo Com\u00fan de las Administraciones P\u00fablicas.<\/p>\n<h5 class=\"articulo\">Tercero.\u2003Operaciones objeto del proceso de selecci\u00f3n.<\/h5>\n<p class=\"parrafo\">1.\u2003De acuerdo con las definiciones recogidas en el art\u00edculo\u00a02 del Reglamento (UE) 2021\/1060, se entiende por operaci\u00f3n una actuaci\u00f3n o grupo de actuaciones seleccionadas en el marco de los programas de que se trate.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">2.\u2003A los efectos de la presente orden, se entender\u00e1 por operaci\u00f3n seleccionada cada solicitud de financiaci\u00f3n de una misma entidad o agrupaci\u00f3n de entidades aprobada. Dentro de la operaci\u00f3n se desarrollar\u00e1 un conjunto integrado de actuaciones interrelacionadas, tanto transversales como espec\u00edficas, que la entidad o agrupaci\u00f3n de entidades desarrollar\u00e1 en los centros, servicios y equipos de atenci\u00f3n temprana incluidos en la operaci\u00f3n, orientado a la adaptaci\u00f3n de su modelo de intervenci\u00f3n, sus procesos de atenci\u00f3n y su organizaci\u00f3n a los est\u00e1ndares de calidad del Consenso Estatal para la Mejora de la Atenci\u00f3n Temprana.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Desde el momento de la selecci\u00f3n de la operaci\u00f3n, la entidad solicitante pasar\u00e1 a ser beneficiaria del Ministerio de Sanidad seg\u00fan la definici\u00f3n del apartado\u00a09 del art\u00edculo\u00a02 del Reglamento (UE) 2021\/1060, en el marco del Programa FSE+ de Inclusi\u00f3n Social, Garant\u00eda Infantil y Lucha contra la Pobreza.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">3.\u2003Las operaciones que se seleccionen deben enmarcarse en el Programa del Fondo Social Europeo Plus\u00a02021-2027 descrito en el apartado primero de esta Orden.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">4.\u2003Las operaciones a seleccionar deber\u00e1n respetar en su desarrollo los contenidos descritos en el anexo III \u00abObjetivos y caracter\u00edsticas de las actuaciones objeto de las operaciones a seleccionar\u00bb.<\/p>\n<h5 class=\"articulo\">Cuarto.\u2003Dotaci\u00f3n financiera y periodo de ejecuci\u00f3n de las operaciones.<\/h5>\n<p class=\"parrafo\">1.\u2003El presupuesto total de las operaciones a seleccionar es de\u00a042.806.542,23 euros. La ayuda del FS<span class=\"no_partir\">E<\/span><span class=\"no_partir\">+<\/span> para estas operaciones es de\u00a029.810.176,90 euros. El importe restante deber\u00e1 ser cofinanciado por las propias entidades beneficiarias de acuerdo con los porcentajes de cofinanciaci\u00f3n recogidos en el punto\u00a02 del presente apartado.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">2.\u2003La ayuda del FS<span class=\"no_partir\">E<\/span><span class=\"no_partir\">+<\/span> anteriormente se\u00f1alada se distribuir\u00e1, para el conjunto de las convocatorias y manifestaciones de inter\u00e9s correspondientes a la medida\u00a07.L.06, de la siguiente forma seg\u00fan las categor\u00edas de regiones establecidas por la normativa de la Uni\u00f3n Europea aplicable, sin perjuicio de la aplicaci\u00f3n durante la ejecuci\u00f3n de la operaci\u00f3n seleccionada de lo previsto en el segundo p\u00e1rrafo del art\u00edculo\u00a063.3 del Reglamento (UE) 2021\/1060:<\/p>\n<table class=\"tabla\">\n<colgroup>\n<col\/>\n<col\/>\n      <\/colgroup>\n<thead>\n<tr>\n<th>\u00a0Categor\u00eda de regi\u00f3n<\/th>\n<th>\n<p class=\"cabeza_tabla\">Porcentaje de la dotaci\u00f3n de ayuda FSE+<\/p>\n<p class=\"cabeza_tabla\">\u2013<\/p>\n<p class=\"cabeza_tabla\">Porcentaje<\/p>\n<\/th>\n<\/tr>\n<\/thead>\n<tbody>\n<tr>\n<td class=\"cuerpo_tabla_izq\">A.\u2003M\u00e1s desarrolladas (40% cofinanciaci\u00f3n FSE+): Arag\u00f3n, Catalu\u00f1a, Madrid, Navarra y Pa\u00eds Vasco.<\/td>\n<td class=\"cuerpo_tabla_coma\">6,82<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td class=\"cuerpo_tabla_izq\">B.\u2003En transici\u00f3n\u00a0(60% cofinanciaci\u00f3n FSE+):\u00a0Asturias, Baleares, Canarias, Cantabria, Castilla y Le\u00f3n, Comunidad Valenciana, Galicia, La Rioja y Murcia.<\/td>\n<td class=\"cuerpo_tabla_coma\">34,52<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td class=\"cuerpo_tabla_izq\">C.\u2003Menos desarrolladas\u00a0(85% cofinanciaci\u00f3n FSE+):\u00a0Andaluc\u00eda, Castilla-La Mancha, Extremadura, Ceuta y Melilla.<\/td>\n<td class=\"cuerpo_tabla_coma\">58,66<\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<p class=\"parrafo_2\">3.\u2003Las operaciones presentadas se ejecutar\u00e1n en el periodo comprendido entre el\u00a01 de septiembre de\u00a02026 y el\u00a030 de septiembre de\u00a02029.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">4.\u2003Las operaciones financiadas en la presente convocatoria tendr\u00e1n como finalidad el acompa\u00f1amiento a centros, servicios y equipos de atenci\u00f3n temprana en la adaptaci\u00f3n y mejora de su modelo de intervenci\u00f3n, de sus procesos de atenci\u00f3n y de su organizaci\u00f3n conforme a los est\u00e1ndares de calidad del Consenso Estatal para la Mejora de la Atenci\u00f3n Temprana, de manera que se facilite su implementaci\u00f3n efectiva y sostenida, y se contribuya a una atenci\u00f3n temprana m\u00e1s equitativa, accesible y centrada en el ni\u00f1o, la ni\u00f1a y su familia. Se priorizar\u00e1 el acompa\u00f1amiento a centros que atiendan a ni\u00f1os, ni\u00f1as y familias en situaci\u00f3n de pobreza, vulnerabilidad o exclusi\u00f3n social.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Este acompa\u00f1amiento se concretar\u00e1 en actuaciones orientadas a la mejora del modelo de intervenci\u00f3n hacia enfoques centrados en la familia y en los entornos cotidianos; la reorganizaci\u00f3n de los procesos de atenci\u00f3n y el refuerzo de la coordinaci\u00f3n intersectorial con los sistemas sanitario, educativo y social; la participaci\u00f3n sostenida de las familias; el ajuste organizativo y cultural de los servicios; y el seguimiento, la evaluaci\u00f3n y la mejora continua de la calidad. Los objetivos espec\u00edficos, as\u00ed como las caracter\u00edsticas de las actuaciones objeto de las operaciones, se detallan en el anexo III de la presente orden.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">5.\u2003El presupuesto total de cada operaci\u00f3n de ayuda del FSE+ solicitada deber\u00e1 estar comprendido entre quinientos mil (500.000,00 \u20ac) y seis millones de euros (6.000.000,00 \u20ac).<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Cada operaci\u00f3n incluir\u00e1 las actuaciones previstas en el anexo III, con el alcance y las condiciones all\u00ed establecidas, y deber\u00e1 comprender, en funci\u00f3n del presupuesto total de la operaci\u00f3n, al menos el n\u00famero de centros, servicios y equipos de atenci\u00f3n temprana que se indica a continuaci\u00f3n:<\/p>\n<table class=\"tabla\">\n<colgroup>\n<col\/>\n<col\/>\n      <\/colgroup>\n<thead>\n<tr>\n<th>\n<p class=\"cabeza_tabla\">Presupuesto total ayuda de la operaci\u00f3n<\/p>\n<p class=\"cabeza_tabla\">\u2013<\/p>\n<p class=\"cabeza_tabla\">Euros<\/p>\n<\/th>\n<th>Centros\/Servicios\/Equipos de intervenci\u00f3n<\/th>\n<\/tr>\n<\/thead>\n<tbody>\n<tr>\n<td class=\"cuerpo_tabla_centro\">500.000-1.000.000<\/td>\n<td class=\"cuerpo_tabla_izq\">Al menos 4 centros\/servicios\/equipos.<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td class=\"cuerpo_tabla_centro\">1.000.001-2.000.000<\/td>\n<td class=\"cuerpo_tabla_izq\">Al menos 10 centros\/servicios\/equipos.<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td class=\"cuerpo_tabla_centro\">2.000.001-3.000.000<\/td>\n<td class=\"cuerpo_tabla_izq\">Al menos 20 centros\/servicios\/equipos.<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td class=\"cuerpo_tabla_centro\">3.000.001-4.500.000<\/td>\n<td class=\"cuerpo_tabla_izq\">Al menos 30 centros\/servicios\/equipos.<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td class=\"cuerpo_tabla_centro\">4.500.001-6.000.000<\/td>\n<td class=\"cuerpo_tabla_izq\">Al menos 45 centros\/servicios\/equipos.<\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<p class=\"parrafo_2\">El incumplimiento de este rango en la solicitud de financiaci\u00f3n dar\u00e1 lugar a que esta no sea tramitada y tenga que ser objeto de subsanaci\u00f3n con arreglo al apartado noveno.1 de esta convocatoria.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">6.\u2003Las entidades podr\u00e1n justificar los costes conforme al modelo de costes recogido en el apartado decimotercero de la presente orden.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">7.\u2003El plazo de ejecuci\u00f3n para las operaciones seleccionadas en virtud de la presente convocatoria se iniciar\u00e1 en la fecha indicada por la entidad o agrupaci\u00f3n solicitante, que quedar\u00e1 determinada en el Documento que Establece las Condiciones de la Ayuda (DECA), de acuerdo con lo establecido en el punto\u00a04 del apartado d\u00e9cimo de la presente orden, y que estar\u00e1 dentro del periodo comprendido entre el\u00a01 de septiembre de\u00a02026 y el\u00a030 de septiembre de\u00a02029.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">8.\u2003De conformidad con el art\u00edculo\u00a063.6 del Reglamento (UE) 2021\/1060, no se seleccionar\u00e1n operaciones que hayan concluido materialmente o se hayan ejecutado \u00edntegramente antes de que el beneficiario presente al Organismo Intermedio su solicitud de financiaci\u00f3n, independientemente de que el beneficiario haya efectuado todos los pagos relacionados.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">9.\u2003El incumplimiento de las condiciones de financiaci\u00f3n indicadas en este apartado dar\u00e1 lugar a la inadmisi\u00f3n a tr\u00e1mite de la solicitud de la operaci\u00f3n de que se trate.<\/p>\n<h5 class=\"articulo\">Quinto.\u2003Requisitos de los beneficiarios.<\/h5>\n<p class=\"parrafo\">1.\u2003Podr\u00e1n acceder a la condici\u00f3n de beneficiario de la ayuda del FSE+, correspondiente a las operaciones seleccionadas en virtud de la presente convocatoria, las entidades del Tercer Sector de Acci\u00f3n Social de \u00e1mbito estatal en los t\u00e9rminos establecidos en los art\u00edculos\u00a02 y\u00a03 de la Ley\u00a043\/2015, de\u00a09 de octubre, del Tercer Sector de Acci\u00f3n Social, de forma independiente o conjunta, de acuerdo con lo establecido en los art\u00edculos\u00a011.2 y\u00a011.3 de la Ley General de Subvenciones.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Las entidades beneficiarias deber\u00e1n acreditar que disponen de la capacidad econ\u00f3mica y financiera suficiente para garantizar la ejecuci\u00f3n de las actuaciones previstas en la solicitud o solicitudes presentadas. Se entender\u00e1 que se dispone de dicha capacidad cuando se cuente con un volumen de ingresos percibidos en el ejercicio inmediatamente anterior a la convocatoria superior a una d\u00e9cima parte de la suma del coste total de la operaci\u00f3n presentada por la entidad o agrupaci\u00f3n de entidades. Asimismo, las entidades deber\u00e1n aportar los compromisos de cofinanciaci\u00f3n suficientes para cubrir la parte de la cofinanciaci\u00f3n nacional de la operaci\u00f3n.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">En el caso de agrupaciones de entidades, el\u00a010 % se alcanzar\u00eda con la suma del volumen de ingresos de cada una de las entidades.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">2.\u2003Cuando la solicitud fuera presentada por una agrupaci\u00f3n de entidades de las descritas en el apartado anterior, la agrupaci\u00f3n de que se trate adquirir\u00e1 la condici\u00f3n de beneficiaria, conforme a la definici\u00f3n del apartado\u00a09 del art\u00edculo\u00a02 del Reglamento (UE) 2021\/1060, sin perjuicio de que los miembros asociados puedan efectuar la totalidad o parte de las actividades en que consista la operaci\u00f3n en nombre y por cuenta de la entidad representante de la agrupaci\u00f3n.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">En estos supuestos, deber\u00e1n hacerse constar expresamente en la solicitud los compromisos de ejecuci\u00f3n asumidos por cada miembro de la agrupaci\u00f3n, as\u00ed como el importe del presupuesto total a aplicar por cada uno de ellos, que tendr\u00e1n igualmente la condici\u00f3n de beneficiario.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">3.\u2003No podr\u00e1n acceder a la consideraci\u00f3n de beneficiarios las entidades en las que concurra alguna de las circunstancias contenidas en los apartados\u00a02 y\u00a03 del art\u00edculo\u00a013 de la Ley\u00a038\/2003, de\u00a017 de noviembre, General de Subvenciones.<\/p>\n<h5 class=\"articulo\">Sexto.\u2003Presentaci\u00f3n de solicitudes y documentaci\u00f3n.<\/h5>\n<p class=\"parrafo\">1.\u2003Las solicitudes se formalizar\u00e1n a trav\u00e9s de la sede electr\u00f3nica del Ministerio de Sanidad (https:\/\/sede.mscbs.gob.es\/registroElectronico\/formularios.htm#idTRAM_TEMPRANAATENCION), acompa\u00f1adas de la documentaci\u00f3n que se detalla en el punto\u00a03 de este apartado, as\u00ed como de los anexos V, V bis (en su caso), VI, VII y VIII. No se admitir\u00e1 ninguna solicitud presentada en papel.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">2.\u2003El plazo de presentaci\u00f3n de solicitudes ser\u00e1 de tres meses a partir del d\u00eda siguiente a la publicaci\u00f3n de la presente convocatoria en el \u00abBolet\u00edn Oficial del Estado\u00bb.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">3.\u2003En funci\u00f3n de la tipolog\u00eda de los solicitantes, las solicitudes deber\u00e1n ir acompa\u00f1adas de los documentos detallados a continuaci\u00f3n, teniendo en cuenta que la comprobaci\u00f3n de la existencia de datos no ajustados a la realidad, tanto en la solicitud como en la documentaci\u00f3n aportada, podr\u00e1 comportar la inadmisi\u00f3n a tr\u00e1mite de la solicitud, sin perjuicio de otras responsabilidades que pudieran derivarse.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">3.1\u2003Documentaci\u00f3n relativa a la entidad solicitante.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">3.1.1\u2003Con car\u00e1cter general ser\u00e1 necesario presentar la siguiente documentaci\u00f3n:<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">a)\u2003Documento que acredite, conforme a la legislaci\u00f3n vigente, las facultades de representaci\u00f3n del firmante de la solicitud para actuar en nombre de la persona jur\u00eddica solicitante.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">b)\u2003Copia de la tarjeta de identificaci\u00f3n fiscal de la entidad.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">c)\u2003Certificado de encontrarse al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social para el caso de que la entidad solicitante se oponga expresamente a que el \u00f3rgano concedente recabe dicha informaci\u00f3n.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">A estos efectos, y de acuerdo con lo previsto en el art\u00edculo\u00a022.4 del Real Decreto\u00a0887\/2006, de\u00a021 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley\u00a038\/2003, de\u00a017 de noviembre, General de Subvenciones, la presentaci\u00f3n de la solicitud de subvenci\u00f3n conllevar\u00e1 la autorizaci\u00f3n del solicitante para que el \u00f3rgano concedente obtenga de forma directa la acreditaci\u00f3n de las circunstancias previstas en los art\u00edculos\u00a018 y\u00a019 de dicho real decreto a trav\u00e9s de certificados telem\u00e1ticos, en cuyo caso el solicitante no deber\u00e1 aportar la correspondiente certificaci\u00f3n.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">No obstante, el solicitante podr\u00e1 denegar expresamente el consentimiento, debiendo aportar entonces la certificaci\u00f3n en los t\u00e9rminos previstos en los apartados\u00a01 al\u00a03 del art\u00edculo\u00a022 del Reglamento de la Ley\u00a038\/2003, de\u00a017 de noviembre, General de Subvenciones.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Cuando la entidad solicitante sea una agrupaci\u00f3n de entidades, se entender\u00e1 por otorgado el consentimiento para que el \u00f3rgano concedente obtenga de forma directa la acreditaci\u00f3n de la circunstancia de estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social de todas las entidades de la agrupaci\u00f3n, a no ser que alguna de ellas se oponga expresamente, en cuyo caso la entidad de que se trate deber\u00e1 presentar certificado de que se halla al corriente de sus respectivas obligaciones tributarias y de Seguridad Social.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">d)\u2003Certificado del representante legal de la entidad o agrupaci\u00f3n de entidades, en el que conste la identificaci\u00f3n de sus directivos, miembros de su patronato u \u00f3rgano directivo, as\u00ed como la fecha de su nombramiento y modo de elecci\u00f3n, debidamente inscritos en el registro administrativo correspondiente.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">e)\u2003Declaraci\u00f3n responsable de quien ostente la representaci\u00f3n legal de la entidad o agrupaci\u00f3n de entidades solicitantes de que esta se encuentra al corriente en el pago de obligaciones por reintegro de subvenciones, de acuerdo con lo previsto por el art\u00edculo\u00a025 del Real Decreto\u00a0887\/2006, de\u00a021 de julio.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">f)\u2003Declaraci\u00f3n responsable de quien ostente la representaci\u00f3n legal de la entidad solicitante de no hallarse incursa en alguna de las circunstancias establecidas en el art\u00edculo\u00a013, apartados\u00a02 y\u00a03, de la Ley\u00a038\/2003, de\u00a017 de noviembre.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">g)\u2003Declaraci\u00f3n responsable de quien ostente la representaci\u00f3n legal de la entidad solicitante que recoja el compromiso de la misma de solicitar a las personas involucradas en el programa y que tengan contacto con los ni\u00f1os y ni\u00f1as participantes en la actividad seleccionada el certificado de inexistencia de delitos de naturaleza sexual que constan en el Registro Central de Delincuentes Sexuales y Trata de Seres Humanos, conforme a la obligaci\u00f3n recogida en la Ley Org\u00e1nica\u00a08\/2021, de\u00a04 de junio, de protecci\u00f3n integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">h)\u2003Declaraci\u00f3n responsable de quien ostente la representaci\u00f3n legal de la entidad solicitante que garantice la capacidad econ\u00f3mica y financiera suficiente de acuerdo con lo establecido en el apartado quinto, punto\u00a01, p\u00e1rrafo segundo de esta orden.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">i)\u2003Copia de las memorias econ\u00f3micas anuales de la entidad o de la agrupaci\u00f3n de entidades solicitante, referentes al ejercicio anterior a la presentaci\u00f3n de la solicitud.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">En caso de agrupaciones de entidades, deber\u00e1 presentarse una memoria econ\u00f3mica por cada una de las entidades miembro de la agrupaci\u00f3n.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">j)\u2003Memoria explicativa de las caracter\u00edsticas sustanciales de la entidad o agrupaci\u00f3n de entidades solicitante, seg\u00fan el modelo que figura en el anexo V de la presente orden.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">3.1.2\u2003Para acreditar los requisitos establecidos en el punto\u00a01 del apartado quinto de esta orden: copia de los estatutos de la entidad debidamente legalizados y documento acreditativo de la inscripci\u00f3n de la entidad en el registro administrativo correspondiente, cuando dicha inscripci\u00f3n sea preceptiva.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">3.1.3\u2003Para acreditar los requisitos establecidos en el punto\u00a02 del apartado quinto de esta orden: copia de los estatutos o del documento de creaci\u00f3n de la agrupaci\u00f3n de entidades debidamente legalizados y documento acreditativo de la inscripci\u00f3n de la agrupaci\u00f3n en el registro administrativo correspondiente, cuando dicha inscripci\u00f3n sea preceptiva.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">3.2\u2003Documentaci\u00f3n relativa a la operaci\u00f3n, para cuya presentaci\u00f3n se seguir\u00e1 el procedimiento descrito en el anexo IV de la presente orden:<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">a)\u2003Memoria explicativa de la operaci\u00f3n o actividad, que deber\u00e1 cumplimentar la entidad solicitante conforme a la estructura de las actuaciones objeto de las operaciones a seleccionar descrita en el anexo III y al formulario del anexo VI.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">b)\u2003Compromiso de cofinanciaci\u00f3n y no existencia de doble financiaci\u00f3n conforme al anexo VII.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">c)\u2003Cartas de apoyo conforme al modelo recogido en el anexo VIII o documento que acredite expresamente el apoyo de la Administraci\u00f3n P\u00fablica competente en materia de atenci\u00f3n temprana en el territorio en el que se desarrollen las actuaciones.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">Este apoyo se pronunciar\u00e1 al menos sobre tres aspectos: la coherencia de la operaci\u00f3n con la planificaci\u00f3n y organizaci\u00f3n del sistema p\u00fablico de atenci\u00f3n temprana; la viabilidad de los procesos de acompa\u00f1amiento en los centros, servicios y equipos implicados, y la adecuada coordinaci\u00f3n institucional durante la ejecuci\u00f3n de la operaci\u00f3n.<\/p>\n<h5 class=\"articulo\">S\u00e9ptimo.\u2003\u00d3rganos competentes en el procedimiento.<\/h5>\n<p class=\"parrafo\">1.\u2003El \u00f3rgano competente para la ordenaci\u00f3n e instrucci\u00f3n del procedimiento es la Subdirecci\u00f3n General de Planificaci\u00f3n y Coordinaci\u00f3n de Fondos Europeos dependiente de la Subsecretar\u00eda del Ministerio de Sanidad, a la cual corresponde realizar de oficio cuantas actuaciones estime necesarias para la determinaci\u00f3n, conocimiento y comprobaci\u00f3n de los datos en virtud de los cuales debe elaborarse la propuesta de resoluci\u00f3n.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">En tanto que \u00f3rgano instructor, la Subdirecci\u00f3n General de Planificaci\u00f3n y Coordinaci\u00f3n de Fondos Europeos tendr\u00e1 las siguientes atribuciones:<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">a)\u2003Solicitar cuantos informes estime necesarios para resolver.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">b)\u2003Verificar el cumplimiento de las condiciones impuestas para adquirir la condici\u00f3n de beneficiario conforme a los criterios obligatorios de selecci\u00f3n de operaciones establecidos en el anexo I.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">c)\u2003Remitir las actuaciones practicadas a la Comisi\u00f3n de Valoraci\u00f3n.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">d)\u2003Formular la propuesta de resoluci\u00f3n, una vez recibido el informe de la Comisi\u00f3n de Valoraci\u00f3n.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">2.\u2003El \u00f3rgano colegiado previsto en el art\u00edculo\u00a022.1 de la Ley\u00a038\/2003, de\u00a017 de noviembre, General de Subvenciones, ser\u00e1 una Comisi\u00f3n de Valoraci\u00f3n con la siguiente composici\u00f3n:<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">a)\u2003Presidencia: una persona funcionaria adscrita a la Subdirecci\u00f3n General de Planificaci\u00f3n y Coordinaci\u00f3n de Fondos Europeos, con nivel\u00a028 o superior.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">b)\u2003Vicepresidencia: una persona representante del Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda\u00a02030, propuesta por la Direcci\u00f3n General de Derechos de las Personas con Discapacidad a la Subdirecci\u00f3n General de Planificaci\u00f3n y Coordinaci\u00f3n de Fondos Europeos.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">c)\u2003Vocal\u00edas: dos representantes del Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda\u00a02030, de entre el personal funcionario o laboral que est\u00e9 prestando servicio en el mismo, a propuesta de la Direcci\u00f3n General de Derechos de las Personas con Discapacidad y un representante de la Subdirecci\u00f3n General de Planificaci\u00f3n y Coordinaci\u00f3n de Fondos Europeos.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">d)\u2003Secretar\u00eda: una persona funcionaria que desempe\u00f1e un puesto de nivel\u00a026 o superior en la Subdirecci\u00f3n General de Planificaci\u00f3n y Coordinaci\u00f3n de Fondos Europeos, que actuar\u00e1 con voz, pero sin voto.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">Cada miembro de esta Comisi\u00f3n de Valoraci\u00f3n deber\u00e1 firmar la correspondiente Declaraci\u00f3n de Ausencia de Conflicto de Inter\u00e9s (DACI), seg\u00fan modelo normalizado.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Corresponder\u00e1 a la Subdirecci\u00f3n General de Planificaci\u00f3n y Coordinaci\u00f3n de Fondos Europeos el nombramiento de las personas integrantes de esta Comisi\u00f3n en un plazo de un mes desde la publicaci\u00f3n de la convocatoria en el \u00abBolet\u00edn Oficial del Estado\u00bb.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Cuando la presidencia lo estime necesario, podr\u00e1 asistir a las reuniones de la Comisi\u00f3n con voz, pero sin voto, personal funcionario o laboral de la Administraci\u00f3n experto en las materias objeto de la selecci\u00f3n de operaciones, as\u00ed como evaluadores externos (incluidos especialistas en derechos de infancia, igualdad de g\u00e9nero y no discriminaci\u00f3n).<\/p>\n<p class=\"parrafo\">En lo no previsto en esta, el funcionamiento del \u00f3rgano colegiado se ajustar\u00e1 al r\u00e9gimen establecido para los \u00f3rganos colegiados en la subsecci\u00f3n\u00a02.\u00aa, secci\u00f3n\u00a03.\u00aa del cap\u00edtulo II del t\u00edtulo preliminar de la Ley\u00a040\/2015, de\u00a01 de octubre, de R\u00e9gimen Jur\u00eddico del Sector P\u00fablico.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">3.\u2003El \u00f3rgano competente para resolver el procedimiento de concesi\u00f3n es la persona titular del Ministerio de Sanidad.<\/p>\n<h5 class=\"articulo\">Octavo.\u2003Asignaci\u00f3n financiera a las operaciones seleccionadas.<\/h5>\n<p class=\"parrafo\">1.\u2003Cada solicitud de financiaci\u00f3n deber\u00e1 precisar, en el apartado Plan Financiero del anexo VI, la distribuci\u00f3n de la cofinanciaci\u00f3n nacional (es decir, el coste total de la operaci\u00f3n menos la ayuda del FSE+), con indicaci\u00f3n de si la cofinanciaci\u00f3n nacional es p\u00fablica o privada, de acuerdo con las tasas de cofinanciaci\u00f3n se\u00f1aladas en el apartado cuarto.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">2.\u2003Cada entidad o agrupaci\u00f3n de entidades presentar\u00e1 una propuesta de operaci\u00f3n a financiar que se evaluar\u00e1 de acuerdo con los criterios de valoraci\u00f3n establecidos en el anexo II de la presente convocatoria. Todo ello se cumplimentar\u00e1 en el anexo VI.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Cada solicitud presentada por cada entidad constituir\u00e1 una operaci\u00f3n a seleccionar, de acuerdo con lo dispuesto en el apartado tercero de la presente convocatoria.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">A los efectos de esta convocatoria, cada operaci\u00f3n estar\u00e1 integrada por el conjunto de actuaciones transversales y espec\u00edficas que la entidad o agrupaci\u00f3n desarrollar\u00e1 en los centros, servicios y equipos de atenci\u00f3n temprana incluidos en ella.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">La valoraci\u00f3n se realizar\u00e1 sobre la operaci\u00f3n en su conjunto, conforme a los criterios del anexo II, y tendr\u00e1 en cuenta la coherencia y la calidad del acompa\u00f1amiento previsto en cada uno de los centros, servicios y equipos incluidos.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">3.\u2003Para que una operaci\u00f3n pueda ser seleccionada, deber\u00e1 obtener una puntuaci\u00f3n m\u00ednima de\u00a050 puntos sobre\u00a0100 en el proceso de valoraci\u00f3n de acuerdo con los criterios de valoraci\u00f3n del anexo II.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">4.\u2003Se llevar\u00e1 a cabo un proceso de asignaci\u00f3n de financiaci\u00f3n a las operaciones que hayan superado los requisitos del punto anterior sobre la base de su puntuaci\u00f3n, ordenada de mayor a menor.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">5.\u2003Si la suma de los importes de las operaciones que obtuvieran la puntuaci\u00f3n m\u00ednima para ser seleccionadas fuera inferior o igual al total de la dotaci\u00f3n financiera prevista en esta convocatoria, se asignar\u00e1 a cada operaci\u00f3n la totalidad del importe solicitado.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">6.\u2003Si la suma de los importes de las operaciones que obtengan la puntuaci\u00f3n m\u00ednima para ser seleccionadas fuera superior al total de la dotaci\u00f3n financiera prevista para la correspondiente convocatoria, se ir\u00e1n asignando los importes en riguroso orden de prelaci\u00f3n seg\u00fan la puntuaci\u00f3n obtenida hasta agotar la dotaci\u00f3n de este objetivo espec\u00edfico. El porcentaje de asignaci\u00f3n financiera se fijar\u00e1 atendiendo al cr\u00e9dito disponible, el cr\u00e9dito solicitado y la valoraci\u00f3n obtenida por la operaci\u00f3n. No obstante, en ning\u00fan caso se podr\u00e1 subvencionar una operaci\u00f3n por menos del\u00a050 % del presupuesto total solicitado, o por una cuant\u00eda menor al importe m\u00ednimo que figura en los rangos establecidos en el apartado cuarto de la presente convocatoria.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">En cualquier caso, se respetar\u00e1n los porcentajes expresados en el apartado cuarto.2. de la presente orden.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">7.\u2003En caso de que dos o m\u00e1s solicitudes obtengan la misma puntuaci\u00f3n, el desempate se resolver\u00e1 mediante sorteo.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">8.\u2003En aplicaci\u00f3n de la regla de liberaci\u00f3n autom\u00e1tica de los compromisos presupuestarios de los programas recogida en el art\u00edculo\u00a0105 del Reglamento (UE) 2021\/1060, en el supuesto de que, con posterioridad a la resoluci\u00f3n de la presente convocatoria la Autoridad de Gesti\u00f3n determinara que existen cantidades de la ayuda del FSE+ objeto de esta convocatoria sin ejecutar, esta podr\u00e1, mediante resoluci\u00f3n motivada, asignar nuevas cuant\u00edas por estricto orden de puntuaci\u00f3n a las solicitudes de financiaci\u00f3n mejor valoradas, hasta completar, como m\u00e1ximo, el presupuesto total atribuible al FSE+ de la correspondiente solicitud de financiaci\u00f3n.<\/p>\n<h5 class=\"articulo\">Noveno.\u2003Instrucci\u00f3n del procedimiento, evaluaci\u00f3n de solicitudes y propuesta de resoluci\u00f3n.<\/h5>\n<p class=\"parrafo\">1.\u2003Una vez finalizado el plazo de presentaci\u00f3n, se proceder\u00e1 a verificar si la solicitud ha sido presentada en tiempo y forma de acuerdo con lo establecido en los apartados cuarto, quinto y sexto de esta convocatoria. En el supuesto de que la solicitud no re\u00fana los requisitos exigidos, se requerir\u00e1 subsanaci\u00f3n a la entidad solicitante para que, de acuerdo con lo establecido en el art\u00edculo\u00a068 de la Ley\u00a039\/2015, de\u00a01 de octubre, del Procedimiento Administrativo Com\u00fan de las Administraciones P\u00fablicas, en un plazo de diez d\u00edas h\u00e1biles, subsane las faltas o acompa\u00f1e los documentos preceptivos.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">2.\u2003Las solicitudes admitidas a tr\u00e1mite con arreglo a los criterios obligatorios de selecci\u00f3n de operaciones recogidos en el anexo I ser\u00e1n valoradas por la Comisi\u00f3n de Valoraci\u00f3n.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">3.\u2003Dado que la presente selecci\u00f3n de operaciones est\u00e1 sometida a un r\u00e9gimen de concurrencia competitiva, la valoraci\u00f3n de las solicitudes dar\u00e1 lugar al establecimiento de una prelaci\u00f3n entre las mismas, seg\u00fan la puntuaci\u00f3n obtenida de mayor a menor de acuerdo con los criterios de valoraci\u00f3n de las solicitudes de financiaci\u00f3n del anexo II. La Comisi\u00f3n de Valoraci\u00f3n emitir\u00e1 un informe en el que se concrete el resultado de la valoraci\u00f3n efectuada, as\u00ed como la propuesta econ\u00f3mica para cada operaci\u00f3n con arreglo a lo previsto en el apartado octavo, y todos aquellos aspectos que se consideren relevantes.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">En cualquier caso, en el proceso de asignaciones recogido en este apartado se respetar\u00e1 lo dispuesto en el apartado cuarto.2. de la presente orden.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">4.\u2003La persona titular de la Subdirecci\u00f3n General de Planificaci\u00f3n y Coordinaci\u00f3n de Fondos Europeos, a la vista de todo lo actuado y sobre la base del informe de la Comisi\u00f3n de Valoraci\u00f3n formular\u00e1 la oportuna propuesta de resoluci\u00f3n debidamente motivada, de conformidad con lo establecido en el art\u00edculo\u00a024.4 de la Ley General de Subvenciones, expresando la relaci\u00f3n de operaciones cuya selecci\u00f3n propone y su asignaci\u00f3n financiera, especificando su puntuaci\u00f3n y los criterios de valoraci\u00f3n seguidos para obtenerla.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Esta propuesta se publicar\u00e1 en el sitio web del Ministerio a efectos informativos e individualmente a las entidades.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">5.\u2003Las operaciones que cumplan los requisitos pero que no resulten beneficiarias de subvenci\u00f3n por haberse agotado la dotaci\u00f3n financiera de la presente convocatoria pasar\u00e1n a una lista de reserva debidamente ordenada en funci\u00f3n de la puntuaci\u00f3n obtenida de mayor a menor.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">6.\u2003La propuesta de resoluci\u00f3n se notificar\u00e1 a las entidades, a fin de que, en el plazo de diez d\u00edas h\u00e1biles desde la notificaci\u00f3n, comuniquen su aceptaci\u00f3n o renuncia de la ayuda del FSE+ asignada y, en su caso, reformulen su solicitud para ajustar los compromisos y las condiciones a la propuesta de resoluci\u00f3n, de conformidad con lo establecido en el art\u00edculo\u00a027.1 de la Ley\u00a038\/2003, de\u00a017 de noviembre, o efect\u00faen alegaciones.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">7.\u2003Si dentro del plazo previsto para la aceptaci\u00f3n y, en su caso, reformulaci\u00f3n de las solicitudes, la entidad o agrupaci\u00f3n de entidades solicitantes no comunicaran dicha aceptaci\u00f3n de la operaci\u00f3n seleccionada, o no renunciaran expresamente, la Subdirecci\u00f3n General de Planificaci\u00f3n y Coordinaci\u00f3n de Fondos Europeos realizar\u00e1 propuesta de resoluci\u00f3n a favor del solicitante o los solicitantes siguientes en la lista de reserva, en orden de puntuaci\u00f3n de la operaci\u00f3n, y de acuerdo con los criterios fijados en los puntos\u00a07 y\u00a08 del apartado octavo, siempre que el cr\u00e9dito liberado resulte suficiente.<\/p>\n<h5 class=\"articulo\">D\u00e9cimo.\u2003Resoluci\u00f3n.<\/h5>\n<p class=\"parrafo\">1.\u2003La persona titular del Ministerio de Sanidad resolver\u00e1 el procedimiento de concesi\u00f3n en el plazo de\u00a06 meses desde la apertura del plazo de presentaci\u00f3n de solicitudes de ayuda previsto en el apartado sexto de esta convocatoria. Las resoluciones ser\u00e1n motivadas, debiendo en todo caso quedar acreditados los fundamentos de la resoluci\u00f3n que se adopte, sea de concesi\u00f3n o desestimatoria, de conformidad con lo establecido en el art\u00edculo\u00a025.2 de la Ley\u00a038\/2003, de\u00a017 de noviembre.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Excepcionalmente, podr\u00e1 acordarse una ampliaci\u00f3n del referido plazo m\u00e1ximo de resoluci\u00f3n y notificaci\u00f3n en los t\u00e9rminos y con las limitaciones establecidas en el art\u00edculo\u00a023 de la Ley\u00a039\/2015, de\u00a01 de octubre, comunic\u00e1ndose dicho acuerdo a los solicitantes.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">2.\u2003La resoluci\u00f3n de concesi\u00f3n se publicar\u00e1 en la Base de Datos Nacional de Subvenciones conforme a lo dispuesto en el art\u00edculo\u00a018 de la Ley\u00a038\/2003, de\u00a017 de noviembre, General de Subvenciones y en cumplimiento de los t\u00e9rminos establecidos en el art\u00edculo\u00a045.1.b) de la Ley\u00a039\/2015, de\u00a01 de octubre. En todo caso, esta publicaci\u00f3n sustituir\u00e1 a la notificaci\u00f3n personal y surtir\u00e1 sus mismos efectos.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">3.\u2003Contra la resoluci\u00f3n del procedimiento, que pondr\u00e1 fin a la v\u00eda administrativa, se podr\u00e1 interponer recurso potestativo de reposici\u00f3n ante la persona titular del Ministerio de Sanidad, en el plazo de un mes a contar desde el d\u00eda siguiente al de la publicaci\u00f3n de la resoluci\u00f3n, o bien ser impugnada directamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo en la forma y plazo previstos en el art\u00edculo\u00a046 de la Ley\u00a029\/1998, de\u00a013 de julio, reguladora de la Jurisdicci\u00f3n Contencioso-administrativa.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">4.\u2003Acompa\u00f1ando a la resoluci\u00f3n de concesi\u00f3n, la entidad beneficiaria recibir\u00e1 del Organismo Intermedio un documento en el que se establecer\u00e1n las condiciones de la ayuda (DECA) para cada operaci\u00f3n, en especial, los requisitos espec\u00edficos relativos a los productos o servicios que deban obtenerse con ella, el plan financiero, las opciones de justificaci\u00f3n simplificada de costes aplicables en su caso, y el calendario de ejecuci\u00f3n. Asimismo, se le facilitar\u00e1n las instrucciones y, en su caso, claves de acceso al sistema inform\u00e1tico habilitado a los efectos de registrar en dicho sistema la informaci\u00f3n oportuna.<\/p>\n<h5 class=\"articulo\">Und\u00e9cimo.\u2003Obligaciones de los beneficiarios.<\/h5>\n<p class=\"parrafo\">1.\u2003Se consideran obligaciones esenciales de los beneficiarios de las operaciones seleccionadas las siguientes:<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">a)\u2003Mantener un sistema de contabilidad diferenciado para todas las transacciones relacionadas con las actuaciones objeto de ayuda, dotado, al menos, de una codificaci\u00f3n contable adecuada que permita identificar claramente dichas transacciones y su trazabilidad.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">b)\u2003Asegurarse de que los gastos declarados son conformes con las normas aplicables sobre ayudas de Estado y que no existe doble financiaci\u00f3n del gasto con otros fondos de la Uni\u00f3n Europea o nacionales ni con otros per\u00edodos de programaci\u00f3n del Fondo Social Europeo, tal y como se garantiza mediante la firma del anexo VII.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">c)\u2003Acreditar la realizaci\u00f3n de la actividad y facilitar las comprobaciones encaminadas a garantizar la correcta realizaci\u00f3n de la operaci\u00f3n objeto de la ayuda, aportando al efecto cuanta documentaci\u00f3n le fuera requerida, en los formatos y a trav\u00e9s de los canales establecidos al efecto. Se establecer\u00e1 un procedimiento de control que permita verificar y validar, en funci\u00f3n del riesgo, las solicitudes de reembolso presentadas por los beneficiarios, as\u00ed como verificar sobre el terreno un conjunto representativo de las actuaciones que se est\u00e9n llevando a cabo.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">d)\u2003Asumir la responsabilidad de la correcta ejecuci\u00f3n t\u00e9cnica y econ\u00f3mica de la operaci\u00f3n subvencionada, garantizando la adecuada coordinaci\u00f3n de las actuaciones, la gesti\u00f3n de los recursos asignados y el cumplimiento de las obligaciones derivadas de la cofinanciaci\u00f3n por el FSE+.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">e)\u2003No superar en el conjunto de la operaci\u00f3n un\u00a075 % de subcontrataci\u00f3n, en coherencia con el art\u00edculo\u00a029.2 de la Ley General de Subvenciones.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">f)\u2003Someterse a cualesquiera otras actuaciones de comprobaci\u00f3n y control financiero que realice la Unidad Administradora del Fondo Social Europeo, la Intervenci\u00f3n General de la Administraci\u00f3n del Estado, el Tribunal de Cuentas, los \u00f3rganos de control de la Comisi\u00f3n Europea o el Tribunal de Cuentas de la Uni\u00f3n Europea, de acuerdo con lo establecido en la normativa aplicable a la gesti\u00f3n de las ayudas cofinanciadas con fondos europeos, aportando para ello cuanta informaci\u00f3n le sea requerida.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">g)\u2003Cumplir con los requisitos de difusi\u00f3n y publicidad establecidos en la estrategia de comunicaci\u00f3n del correspondiente programa, disponible en la p\u00e1gina web de la Unidad Administradora del Fondo Social Europeo. Asimismo, el beneficiario deber\u00e1 cumplir con las obligaciones en materia de informaci\u00f3n y comunicaci\u00f3n que le corresponda conforme a los art\u00edculos\u00a047, 49 y\u00a050 y al anexo IX del Reglamento (UE) 2021\/1060. En relaci\u00f3n con esta obligaci\u00f3n, el beneficiario designar\u00e1 una persona de contacto para las cuestiones de informaci\u00f3n y comunicaci\u00f3n y para una eventual participaci\u00f3n en las redes que sobre esta materia proponga la Autoridad de Gesti\u00f3n o el Organismo Intermedio.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">h)\u2003Aceptar su inclusi\u00f3n en una lista p\u00fablica de operaciones, que ser\u00e1 objeto de publicaci\u00f3n electr\u00f3nica o por otros medios seg\u00fan lo previsto en los art\u00edculos\u00a049.3 y\u00a049.4 del Reglamento (UE) 2021\/1060.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">i)\u2003Conservar los documentos originales, justificativos de la actuaci\u00f3n realizada y la aplicaci\u00f3n de los fondos recibidos, en tanto puedan ser objeto de las actuaciones de comprobaci\u00f3n y control. La disponibilidad de los documentos se ajustar\u00e1 a lo dispuesto en el art\u00edculo\u00a082 del Reglamento (UE) 2021\/1060. Asimismo, ser\u00e1 obligaci\u00f3n de los beneficiarios comunicar a la Autoridad de Gesti\u00f3n la direcci\u00f3n o direcciones f\u00edsicas donde se custodia tal documentaci\u00f3n.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">j)\u2003Colaborar con la Autoridad de Gesti\u00f3n y el Organismo Intermedio en la elaboraci\u00f3n de aquellos informes para los que se solicite su colaboraci\u00f3n.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">k)\u2003Garantizar que se dispondr\u00e1 de datos de los destinatarios \u00faltimos de las actuaciones a nivel de microdato, as\u00ed como que se podr\u00e1 realizar un adecuado seguimiento del cumplimiento de los indicadores de resultados recogidos en los anexos I y II del Reglamento (UE) 2021\/1057.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">l)\u2003Registrar la informaci\u00f3n relativa a todas las actuaciones y a cada una de las personas sobre las que se ha actuado en el repositorio en la forma que en cada momento se\u00f1ale la Autoridad de Gesti\u00f3n u Organismo Intermedio, con el fin de poder medir el resultado real de las actuaciones y su impacto. En el cumplimiento de esta obligaci\u00f3n deber\u00e1 respetarse en todo caso lo previsto en el Reglamento (UE) 2016\/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de\u00a027 de abril de\u00a02016, relativo a la protecci\u00f3n de las personas f\u00edsicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulaci\u00f3n de estos datos y por el que se deroga la Directiva\u00a095\/46\/CE y la Ley Org\u00e1nica\u00a03\/2018, de\u00a05 de diciembre, de Protecci\u00f3n de Datos Personales y garant\u00eda de los derechos digitales.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">m)\u2003Utilizar el sistema de registro y almacenamiento de datos de cada operaci\u00f3n propuesto por el Organismo Intermedio y garantizar que esos datos se recojan, registren y almacenen en dicho sistema y que los datos sobre indicadores se desglosen con arreglo a lo establecido en el anexo V del Reglamento (UE) 2021\/1060.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">n)\u2003Participar en las actividades que organice el Organismo Intermedio para el intercambio de evidencias, buenas pr\u00e1cticas y conocimiento entre las operaciones financiadas, mediante la persona responsable de la operaci\u00f3n o del profesional o profesionales encargados de la ejecuci\u00f3n de la operaci\u00f3n que designe y comunique el beneficiario.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u00f1)\u2003Comunicar de inmediato al Organismo Intermedio cualquier modificaci\u00f3n de las condiciones inicialmente indicadas en su solicitud, as\u00ed como presentar un informe final en el que se especifique c\u00f3mo las actuaciones realizadas han contribuido a la mejora de los sistemas de atenci\u00f3n temprana, en coherencia con el Consenso Estatal.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">o)\u2003Garantizar que la selecci\u00f3n de los centros participantes se realice atendiendo prioritariamente a la necesidad de mejora de la atenci\u00f3n temprana dirigida a ni\u00f1os, ni\u00f1as y familias en riesgo de pobreza o en situaci\u00f3n de vulnerabilidad o exclusi\u00f3n social, conforme al diagn\u00f3stico realizado en cada Comunidad Aut\u00f3noma. Estas actuaciones deber\u00e1n contribuir a escalar el proceso de transformaci\u00f3n del modelo y a reforzar la atenci\u00f3n temprana sobre la base de criterios homog\u00e9neos en el conjunto del territorio. Esta selecci\u00f3n y su justificaci\u00f3n deber\u00e1n documentarse en un informe intermedio y final de ejecuci\u00f3n que describa los criterios aplicados, los centros, servicios y equipos participantes y las caracter\u00edsticas de la poblaci\u00f3n atendida.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">p)\u2003Ejecutar la operaci\u00f3n conforme al proyecto aprobado, manteniendo en todo caso las actuaciones correspondientes al objetivo espec\u00edfico\u00a05 y, al menos, las correspondientes a dos de los objetivos espec\u00edficos comprendidos entre el\u00a01 y el\u00a04, conforme al anexo III, as\u00ed como la coherencia del conjunto de actuaciones, transversales y espec\u00edficas, previstas para cada uno de los centros, servicios y equipos incluidos en la operaci\u00f3n.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">q)\u2003Garantizar y demostrar que la operaci\u00f3n contribuye a la mejora de los sistemas de atenci\u00f3n temprana en coherencia con los est\u00e1ndares y orientaciones recogidos en el Consenso Estatal de Atenci\u00f3n Temprana. A tal efecto, las entidades beneficiarias deber\u00e1n elaborar un informe intermedio y uno final que describa las actuaciones desarrolladas y analice su contribuci\u00f3n a la adaptaci\u00f3n de los servicios, la organizaci\u00f3n y las pr\u00e1cticas profesionales a los est\u00e1ndares del Consenso, incluyendo evidencias de las mejoras introducidas y de los aprendizajes generados para su posible transferencia a otros. Ambos informes se elaborar\u00e1n conforme al modelo normalizado que el \u00f3rgano gestor pondr\u00e1 a disposici\u00f3n de las entidades beneficiarias, y se presentar\u00e1n en los plazos que se establezcan a tal efecto.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">r)\u2003Garantizar la accesibilidad universal de las actuaciones, incluyendo la accesibilidad cognitiva y comunicativa, mediante el uso de formatos comprensibles, lectura f\u00e1cil y sistemas de comunicaci\u00f3n adaptados a las necesidades de las familias y de los ni\u00f1os y ni\u00f1as participantes.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">s)\u2003Garantizar la transferencia de los aprendizajes y buenas pr\u00e1cticas generadas durante la ejecuci\u00f3n de la operaci\u00f3n, promoviendo su difusi\u00f3n y posible replicabilidad en otros centros, servicios y equipos o territorios.<\/p>\n<h5 class=\"articulo\">Duod\u00e9cimo.\u2003Modificaci\u00f3n de las resoluciones.<\/h5>\n<p class=\"parrafo\">1.\u2003Toda alteraci\u00f3n de las condiciones tenidas en cuenta para la concesi\u00f3n de la subvenci\u00f3n y, en todo caso, la obtenci\u00f3n concurrente de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera Administraciones o entes p\u00fablicos o privados, nacionales, de la Uni\u00f3n Europea o de organismos internacionales, podr\u00e1 dar lugar a la modificaci\u00f3n de la resoluci\u00f3n de concesi\u00f3n, de acuerdo con lo previsto en el art\u00edculo\u00a019.4 de la Ley\u00a038\/2003, de\u00a017 de noviembre.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">2.\u2003En el caso de que alguna de las entidades beneficiarias comunicar\u00e1 al Organismo Intermedio su incapacidad para ejecutar la totalidad del importe asignado a cualquiera de las operaciones seleccionadas se proceder\u00e1 de la siguiente manera:<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">\u2013 El Organismo Intermedio analizar\u00e1 el plan financiero de la operaci\u00f3n y solicitar\u00e1 a la entidad un informe explicativo de las desviaciones. Sobre la base de lo anterior establecer\u00e1 una nueva asignaci\u00f3n para la operaci\u00f3n hasta el final del periodo de ejecuci\u00f3n, teniendo en consideraci\u00f3n la regla de liberaci\u00f3n autom\u00e1tica de los compromisos presupuestarios recogida en el art\u00edculo\u00a0105 del Reglamento (UE) 2021\/1060.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013 Si como resultado de la reasignaci\u00f3n se liberaran fondos, el Organismo Intermedio los distribuir\u00e1, en primer lugar, a la misma entidad, si tuviera alguna otra operaci\u00f3n en la misma medida en el marco de esta convocatoria. En su defecto, a aquellas entidades participantes que mayor puntuaci\u00f3n hubiesen obtenido para esa medida y, en su defecto, a otra entidad, de acuerdo con el procedimiento descrito en el apartado octavo en sus puntos\u00a07 y\u00a08.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">3.\u2003Las entidades subvencionadas podr\u00e1n solicitar, con car\u00e1cter excepcional, reprogramaciones de las operaciones basadas en la aparici\u00f3n de circunstancias que alteren o dificulten el desarrollo de estas, o que afecten a la forma y plazos de ejecuci\u00f3n o de justificaci\u00f3n de los gastos. Las reprogramaciones se podr\u00e1n autorizar siempre que no supongan una alteraci\u00f3n de la relaci\u00f3n de la operaci\u00f3n con la medida a financiar ni da\u00f1en derechos de terceros.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Las solicitudes de modificaci\u00f3n deber\u00e1n fundamentar suficientemente dicha alteraci\u00f3n o dificultad y presentarse, a trav\u00e9s de medios electr\u00f3nicos, ante el Ministerio, con anterioridad en todo caso al momento en que finalice el plazo de ejecuci\u00f3n de la operaci\u00f3n.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">4.\u2003La resoluci\u00f3n de modificaci\u00f3n en cualquiera de los casos anteriormente descritos se dictar\u00e1 por la persona titular del Ministerio y se notificar\u00e1 en el plazo m\u00e1ximo de tres meses contados desde la fecha de su presentaci\u00f3n. Esta resoluci\u00f3n pondr\u00e1 fin a la v\u00eda administrativa y contra la misma se podr\u00e1 interponer recurso potestativo de reposici\u00f3n ante la persona titular del Ministerio de Sanidad en el plazo de un mes a contar desde el d\u00eda siguiente al de la notificaci\u00f3n de la resoluci\u00f3n, o bien ser impugnada directamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo en la forma y plazo previstos en el art\u00edculo\u00a046 de la Ley\u00a029\/1998, de\u00a013 de julio, reguladora de la Jurisdicci\u00f3n Contencioso-Administrativa.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">5.\u2003En todo caso, la modificaci\u00f3n solicitada requerir\u00e1 de autorizaci\u00f3n administrativa dictada por resoluci\u00f3n de la persona titular del Ministerio.<\/p>\n<h5 class=\"articulo\">Decimotercero.\u2003Gastos subvencionables y presentaci\u00f3n de solicitudes de reembolso por los beneficiarios.<\/h5>\n<p class=\"parrafo\">1.\u2003Para ser objeto de reembolso por el FSE+, los gastos en que incurra el beneficiario en la realizaci\u00f3n de la operaci\u00f3n deber\u00e1n ajustarse a lo dispuesto en la Orden TES\/106\/2024, de\u00a08 de febrero, por la que se determinan los gastos subvencionables por el Fondo Social Europeo Plus durante el per\u00edodo de programaci\u00f3n\u00a02021-2027.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">2.\u2003La elegibilidad del gasto correspondiente a las operaciones seleccionadas en la presente convocatoria abarcar\u00e1 desde el\u00a01 de septiembre de\u00a02026 a los dos meses posteriores al fin del periodo de ejecuci\u00f3n, y en cualquier caso nunca podr\u00e1 superar la fecha indicada en el apartado cuarto.3. de la presente orden.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">3.\u2003Los costes directos de personal se justificar\u00e1n, de acuerdo con el art\u00edculo\u00a053.1.a) del Reglamento (UE) 2021\/1060, en funci\u00f3n de los gastos en que efectivamente haya incurrido el beneficiario. El resto de los costes se justificar\u00e1n conforme al modelo de coste simplificado del art\u00edculo\u00a056.1 del referido Reglamento, relativo a la financiaci\u00f3n a tipo fijo de los costes subvencionables distintos de los costes directos de personal, con un tipo fijo de hasta el\u00a040 % sobre los costes directos de personal.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">4.\u2003En el Documento que Establece las Condiciones de la Ayuda (DECA) se har\u00e1n constar todos los detalles de esta opci\u00f3n de costes simplificados aplicables a la operaci\u00f3n seleccionada, as\u00ed como el tipo fijo.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">5.\u2003El beneficiario presentar\u00e1 sus solicitudes de reembolso en el per\u00edodo comprendido entre el\u00a01 de abril y el\u00a031 de diciembre de cada a\u00f1o, salvo que la Autoridad de Gesti\u00f3n autorice per\u00edodos adicionales. Sin perjuicio de lo anterior, a m\u00e1s tardar el\u00a030 de septiembre de cada a\u00f1o el beneficiario deber\u00e1 haber presentado al Organismo Intermedio al menos una solicitud de reembolso por operaci\u00f3n seleccionada con arreglo a los requisitos que, a tal efecto, establezca el Organismo Intermedio, y conforme al plan financiero establecido en el DECA que acompa\u00f1a a la resoluci\u00f3n aprobatoria de la solicitud de financiaci\u00f3n.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">El Organismo Intermedio podr\u00e1 resolver, mediante petici\u00f3n debidamente motivada de los interesados, prorrogar el plazo de presentaci\u00f3n de la \u00faltima solicitud de reembolso.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">6.\u2003En ning\u00fan caso el reembolso de los gastos podr\u00e1 solicitarse m\u00e1s all\u00e1 del\u00a031 de diciembre de\u00a02029.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">7.\u2003La Unidad Administradora del Fondo Social Europeo recibir\u00e1 la ayuda del FSE+ de la Comisi\u00f3n Europea en una cuenta de la Secretar\u00eda General del Tesoro y Financiaci\u00f3n Internacional, en concepto de prefinanciaci\u00f3n o de pagos intermedios para el reembolso de gastos declarados a la Comisi\u00f3n. De ah\u00ed ser\u00e1 transferido a otra cuenta de la Secretar\u00eda General del Tesoro y Financiaci\u00f3n Internacional a nombre de la Subdirecci\u00f3n General de Planificaci\u00f3n y Coordinaci\u00f3n de Fondos Europeos. Las cantidades recibidas no se incorporar\u00e1n al presupuesto del Ministerio de Sanidad, sino que estar\u00e1n disponibles en un concepto extrapresupuestario para ser transferidas a los beneficiarios de las operaciones seleccionadas por el Organismo Intermedio.<\/p>\n<h5 class=\"articulo\">Decimocuarto.\u2003Pagos al beneficiario.<\/h5>\n<p class=\"parrafo\">1.\u2003De conformidad con lo previsto en el art\u00edculo\u00a074 del Reglamento (UE) 2021\/1060, el Organismo Intermedio garantizar\u00e1, en funci\u00f3n de la disponibilidad de financiaci\u00f3n teniendo en cuenta lo establecido en el art\u00edculo\u00a093.2 del Reglamento (UE) 2021\/1060, que los beneficiarios reciban el importe debido en su totalidad y en un plazo de ochenta d\u00edas a partir de la fecha en que el beneficiario presente la solicitud de pago. El plazo podr\u00e1 interrumpirse si la informaci\u00f3n presentada por el beneficiario no permite al Organismo Intermedio determinar si el importe es exigible.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Los pagos a los beneficiarios se realizar\u00e1n hasta que se haya reembolsado al beneficiario la totalidad de los importes correspondientes a sus solicitudes de reembolso, con el l\u00edmite de la ayuda total del FSE+ asignada a la operaci\u00f3n seleccionada y descont\u00e1ndose cualesquiera correcciones financieras que hubieran de aplicarse como consecuencia de las eventuales irregularidades detectadas.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">2.\u2003El Organismo Intermedio comunicar\u00e1 al beneficiario cualquier incidencia que afecte a los gastos contenidos en sus solicitudes de reembolso derivada de los controles que lleven a cabo el propio Organismo Intermedio, la Autoridad Contable, la Autoridad de Auditor\u00eda u otras autoridades de control, nacionales y europeas.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">El beneficiario deber\u00e1 facilitar cuanta informaci\u00f3n y documentaci\u00f3n le sea requerida por dichas autoridades con la m\u00e1xima diligencia.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">3.\u2003El beneficiario asumir\u00e1 cualesquiera consecuencias que pudieran derivarse del seguimiento, ejecuci\u00f3n, evaluaci\u00f3n y control de las actuaciones que hubiere ejecutado y\/o de los gastos que hubiere presentado al Organismo Intermedio y que se hubieran incluido por la Autoridad Contable en una declaraci\u00f3n de gastos y solicitud de pago a la Comisi\u00f3n Europea.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">En caso de que se produjeran correcciones financieras a tanto alzado o proporcionales, el beneficiario asumir\u00e1 la parte correspondiente al porcentaje que representen sus gastos en las solicitudes de pago presentadas a la Comisi\u00f3n Europea.<\/p>\n<h5 class=\"articulo\">Disposici\u00f3n final primera.\u2003Legislaci\u00f3n aplicable.<\/h5>\n<p class=\"parrafo\">En lo no previsto en la presente orden ser\u00e1n de aplicaci\u00f3n supletoria la Ley\u00a038\/2003, de\u00a017 de noviembre, General de Subvenciones; el Real Decreto\u00a0887\/2006, de\u00a021 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley\u00a038\/2003, de\u00a017 de noviembre, General de Subvenciones; la Ley\u00a039\/2015, de\u00a01 de octubre, del Procedimiento Administrativo Com\u00fan de las Administraciones P\u00fablicas y la Ley\u00a040\/2015, de\u00a01 de octubre, de R\u00e9gimen Jur\u00eddico del Sector P\u00fablico.<\/p>\n<h5 class=\"articulo\">Disposici\u00f3n final segunda.\u2003Recursos.<\/h5>\n<p class=\"parrafo\">Contra la presente orden, que pone fin a la v\u00eda administrativa, cabe interponer recurso potestativo de reposici\u00f3n ante la persona titular del Ministerio de Sanidad, en el plazo de un mes a contar desde el d\u00eda siguiente al de su publicaci\u00f3n, o bien ser impugnada directamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo en la forma y plazo previstos en el art\u00edculo\u00a046 de la Ley\u00a029\/1998, de\u00a013 de julio, reguladora de la Jurisdicci\u00f3n Contencioso-administrativa.<\/p>\n<h5 class=\"articulo\">Disposici\u00f3n final tercera.\u2003Entrada en vigor.<\/h5>\n<p class=\"parrafo\">La presente orden entrar\u00e1 en vigor el d\u00eda siguiente al de su publicaci\u00f3n en el \u00abBolet\u00edn Oficial del Estado\u00bb.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">Madrid, 28 de septiembre de\u00a02026.\u2013La Ministra de Sanidad, M\u00f3nica Garc\u00eda G\u00f3mez.<\/p>\n<h5 class=\"anexo_num\">ANEXO I<\/h5>\n<h5 class=\"anexo_tit\">Criterios obligatorios de la selecci\u00f3n de operaciones<\/h5>\n<p class=\"parrafo_2\">Se definen como criterios obligatorios aquellos relativos a las condiciones m\u00ednimas de elegibilidad.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Se han determinado para cada prioridad, con este car\u00e1cter, unos criterios aplicables recogidos en los reglamentos de la UE que debe cumplir toda operaci\u00f3n cualquiera que sea el marco de intervenci\u00f3n.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">El incumplimiento de cualquiera de estos criterios impedir\u00e1 la selecci\u00f3n de la operaci\u00f3n.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Criterio\u00a01. La propuesta de operaci\u00f3n cumple con lo previsto en el programa, es coherente con las estrategias pertinentes en las que se basa el mismo y contribuye eficazmente a la consecuci\u00f3n del objetivo espec\u00edfico de la prioridad en que se encuadra.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Criterio\u00a02. La propuesta de operaci\u00f3n se circunscribe al \u00e1mbito de actuaci\u00f3n del <span class=\"no_partir\">FSE+<\/span>, se atribuye al tipo de intervenci\u00f3n que corresponda y a uno o varios de los tipos de acciones afines descritos en el objetivo espec\u00edfico de la prioridad en que se encuadra.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Criterio\u00a03. La propuesta de operaci\u00f3n se ajusta al perfil de entidades para ejecutar la operaci\u00f3n cuando as\u00ed se haya previsto en el objetivo espec\u00edfico de la prioridad en que se encuadra.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Criterio\u00a04. La propuesta de operaci\u00f3n se ajusta al perfil de participantes y los principales grupos destinatarios definidos para el objetivo espec\u00edfico de la prioridad en que se encuadre.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Criterio\u00a05. La propuesta de operaci\u00f3n se define para territorios espec\u00edficos, acciones interregionales, transfronterizas y transnacionales si el programa lo ha previsto para el objetivo espec\u00edfico de la prioridad en que se encuadre.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Criterio\u00a06. La propuesta de operaci\u00f3n incluye valores objetivos de los indicadores de realizaci\u00f3n y de resultado espec\u00edfico previstos para el objetivo espec\u00edfico de la prioridad en que se encuadre, y dichos valores guardan una relaci\u00f3n proporcional con el m\u00e9todo de definici\u00f3n de valores objetivos. Los valores previstos tienen que estar desagregados por sexo siempre que se trate de personas f\u00edsicas.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Criterio\u00a07. La propuesta de operaci\u00f3n es coherente con las estrategias y documentos de planificaci\u00f3n establecidos para cumplir la condici\u00f3n favorecedora tem\u00e1tica aplicable al objetivo espec\u00edfico de la prioridad en que se encuadre.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Criterio\u00a08. La propuesta de operaci\u00f3n es coherente con la Carta de los Derechos Fundamentales de la Uni\u00f3n Europea, en particular los referidos al derecho a la tutela judicial efectiva y a un juez imparcial, protecci\u00f3n de datos de car\u00e1cter personal, derechos del ni\u00f1o, integraci\u00f3n de personas con discapacidad, protecci\u00f3n del medioambiente, diversidad ling\u00fc\u00edstica, seguridad en el trabajo, libertad de expresi\u00f3n e informaci\u00f3n, libertad de reuni\u00f3n y de asociaci\u00f3n, derecho a la educaci\u00f3n, libertad de empresa, derecho a la propiedad, protecci\u00f3n en caso de devoluci\u00f3n, expulsi\u00f3n y extradici\u00f3n, y respeto a la vida privada y familiar; la Convenci\u00f3n de las Naciones Unidas sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (CDPD) de conformidad con la Decisi\u00f3n\u00a02010\/48\/CE del Consejo; la normativa sobre contrataci\u00f3n p\u00fablica y sobre ayudas de Estado.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Criterio\u00a09. La propuesta de operaci\u00f3n presenta la mejor relaci\u00f3n entre el importe de la ayuda, las actividades emprendidas y la consecuci\u00f3n de los objetivos.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Criterio\u00a010. El beneficiario de la operaci\u00f3n dispone de la experiencia, aptitud y capacidad necesarias para llevar a cabo con \u00e9xito la operaci\u00f3n; de procedimientos y sistemas de gesti\u00f3n suficientes para atender los requerimientos del FSE+ y de los recursos y mecanismos financieros necesarios para cubrir los costes del funcionamiento y mantenimiento de las operaciones para garantizar su sostenibilidad financiera.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Criterio\u00a011. Si la propuesta de operaci\u00f3n ha comenzado antes de la presentaci\u00f3n de una solicitud de financiaci\u00f3n a la AG\/OI, se cumple el Derecho aplicable.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Criterio\u00a012. La propuesta de operaci\u00f3n corresponde a una operaci\u00f3n que no ha concluido materialmente ni se ha ejecutado \u00edntegramente antes de que se presente la solicitud de financiaci\u00f3n conforme al programa, con independencia de que se hayan efectuado todos los pagos relacionados.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Criterio\u00a013. La propuesta de operaci\u00f3n no incluye actividades que formen parte de una operaci\u00f3n sujeta a reubicaci\u00f3n de conformidad con el art\u00edculo\u00a066 del RDC o que constituyan una transferencia de una actividad productiva de conformidad con el art\u00edculo\u00a065, apartado\u00a01, letra a) del RDC.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Criterio\u00a014. La propuesta de operaci\u00f3n no se ve directamente afectada por un dictamen motivado de la Comisi\u00f3n en relaci\u00f3n con un incumplimiento en virtud del art\u00edculo\u00a0258 del TFUE que ponga en riesgo la legalidad y regularidad del gasto o su ejecuci\u00f3n.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Criterio\u00a015. La propuesta de operaci\u00f3n presenta un plan financiero.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Para operaciones de cuant\u00eda inferior a\u00a0200.000 euros, deber\u00e1 describirse el m\u00e9todo de simplificaci\u00f3n a utilizar, a tenor de lo dispuesto en el art\u00edculo\u00a053.2 del RDC. Quedan excluidas de esta obligaci\u00f3n las operaciones en las que la ayuda constituya una ayuda estatal y aquellas operaciones acordadas por la Autoridad de Gesti\u00f3n en el \u00e1mbito de la investigaci\u00f3n y la innovaci\u00f3n, siempre que el Comit\u00e9 de Seguimiento haya dado previamente su autorizaci\u00f3n a tal exenci\u00f3n.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Criterio\u00a016. La propuesta de operaci\u00f3n respeta el principio de igualdad entre mujeres y hombres conforme a lo establecido en el art\u00edculo\u00a09.2 del RDC y los art\u00edculos\u00a03 y\u00a06 del RFSE+.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Criterio\u00a017. La propuesta de operaci\u00f3n respeta los principios de igualdad de oportunidades y no discriminaci\u00f3n conforme a lo establecido en el art\u00edculo\u00a09.3 del RDC y los art\u00edculos\u00a06 y\u00a028 del RFSE+.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Criterio\u00a018. La propuesta de operaci\u00f3n respeta el principio de accesibilidad conforme a lo establecido en el art\u00edculo\u00a09 del RDC y el art\u00edculo\u00a06 del RFSE+.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Criterio\u00a019. La propuesta de operaci\u00f3n respeta el principio de desarrollo sostenible conforme a lo establecido en el art\u00edculo\u00a09 y\u00a073 del RDC y en el art\u00edculo\u00a06 del RFSE+.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Criterio\u00a020. La propuesta de operaci\u00f3n corresponde al per\u00edodo de elegibilidad, esto es, del\u00a01 de enero de\u00a02021 al\u00a031 de diciembre de\u00a02029 o en caso de operaciones incluidas tras una modificaci\u00f3n del programa, incluye gasto elegible tras la presentaci\u00f3n de dicha modificaci\u00f3n.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Criterio\u00a021. [Aplicable s\u00f3lo a los programas con Prioridad\u00a06. La propuesta de operaci\u00f3n presenta alg\u00fan elemento que fomente la innovaci\u00f3n social conforme a lo descrito en el art\u00edculo\u00a014 del RFSE+].<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Criterio\u00a022. La propuesta de operaci\u00f3n incluye descripci\u00f3n de las actuaciones previstas en el marco de la operaci\u00f3n y un procedimiento claro para la selecci\u00f3n de proyectos, actuaciones, la distribuci\u00f3n de fondos de gesti\u00f3n directa, etc., al igual que garantiza un seguimiento adecuado de la implementaci\u00f3n.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Criterio\u00a023. La propuesta de operaci\u00f3n tiene medidas o acciones de informaci\u00f3n y comunicaci\u00f3n vinculadas a la operaci\u00f3n misma seg\u00fan las exigencias reglamentarias.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Criterio\u00a024. La propuesta de operaci\u00f3n se alinea y complementa con otros fondos europeos y otras pol\u00edticas.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Criterio\u00a025. La propuesta de operaci\u00f3n prev\u00e9 un impacto sobre las personas\/entidades participantes y su entorno.<\/p>\n<h5 class=\"anexo_num\">ANEXO II<\/h5>\n<h5 class=\"anexo_tit\">Criterios de valoraci\u00f3n de las solicitudes de financiaci\u00f3n<\/h5>\n<p class=\"parrafo_2\">Se precisa un m\u00ednimo de\u00a050 puntos en el conjunto de los bloques para que la propuesta sea susceptible de ser financiada por el Fondo Social Europeo Plus.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">La puntuaci\u00f3n asignada a cada criterio refleja el grado de calidad, coherencia y especificidad de la propuesta en relaci\u00f3n con los objetivos de la convocatoria. La puntuaci\u00f3n m\u00e1xima de cada criterio se reserva a propuestas que demuestren una respuesta s\u00f3lida, fundamentada y diferenciada que supere con claridad los requisitos m\u00ednimos establecidos en el anexo III. Las propuestas que se limiten a cumplir dichos requisitos m\u00ednimos recibir\u00e1n una puntuaci\u00f3n suficiente pero no m\u00e1xima.<\/p>\n<p class=\"centro_cursiva\">Bloque\u00a01.\u2003Referido a la relevancia de la operaci\u00f3n (se valorar\u00e1 con\u00a0un\u00a0m\u00e1ximo\u00a0de\u00a030\u00a0puntos)<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">Dependiendo de las l\u00edneas de actuaci\u00f3n escogidas conforme al anexo III, se valorar\u00e1n \u00fanicamente los \u00edtems seleccionados.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">Criterio\u00a01. OE1. Mejora del modelo de intervenci\u00f3n (6 puntos).<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">Se valorar\u00e1 la capacidad de la operaci\u00f3n para acompa\u00f1ar a los centros, servicios y equipos de atenci\u00f3n temprana en la adaptaci\u00f3n de su modelo de intervenci\u00f3n hacia enfoques centrados en la familia y en los entornos cotidianos, de acuerdo con el Consenso Estatal de Atenci\u00f3n Temprana. Se valorar\u00e1 especialmente que las actuaciones propuestas favorezcan cambios en las pr\u00e1cticas profesionales que contribuyan al bienestar, la participaci\u00f3n y el desarrollo hol\u00edstico del ni\u00f1o o la ni\u00f1a en su vida cotidiana, reforzando el papel activo de las familias.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">Criterio\u00a02. OE2. Reorganizaci\u00f3n de los procesos de atenci\u00f3n (6 puntos).<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">Se valorar\u00e1 la capacidad de la operaci\u00f3n para apoyar la revisi\u00f3n y mejora de los procesos de atenci\u00f3n temprana a fin de garantizar una atenci\u00f3n m\u00e1s integrada, continua y coherente para ni\u00f1os, ni\u00f1as y familias. Se valorar\u00e1 especialmente que las actuaciones contribuyan a mejorar la coordinaci\u00f3n entre los servicios de atenci\u00f3n temprana y otros sistemas relevantes, como los servicios sanitarios, educativos y sociales, reduciendo la fragmentaci\u00f3n de los apoyos, as\u00ed como la incorporaci\u00f3n de figuras de referencia para las familias que favorezcan la continuidad, coordinaci\u00f3n y acompa\u00f1amiento en el proceso de\u00a0atenci\u00f3n.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">Criterio\u00a03. OE3. Participaci\u00f3n activa y sostenida de las familias (6 puntos).<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">Se valorar\u00e1 el grado en el que la operaci\u00f3n promueve mecanismos estables de participaci\u00f3n y contribuci\u00f3n real de las familias en la planificaci\u00f3n, desarrollo y evaluaci\u00f3n de la intervenci\u00f3n como parte constitutiva del modelo de atenci\u00f3n. Se valorar\u00e1 especialmente que la participaci\u00f3n de las familias forme parte del modelo de intervenci\u00f3n y contribuya a fortalecer su capacidad para comprender, decidir y participar en el proceso de atenci\u00f3n temprana.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">Criterio\u00a04. OE4. Ajuste organizativo y cultural de los servicios (6 puntos).<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">Se valorar\u00e1 la capacidad de la operaci\u00f3n para acompa\u00f1ar en la organizaci\u00f3n y funcionamiento de los centros, servicios y equipos de atenci\u00f3n temprana. Se valorar\u00e1 especialmente que estos cambios contribuyan a mejorar la accesibilidad, comprensi\u00f3n y flexibilidad de los servicios, as\u00ed como a reducir barreras de acceso y participaci\u00f3n para las familias.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">Criterio\u00a05. OE5. Sistematizaci\u00f3n de aprendizajes para la mejora continua (6 puntos).<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">Se valorar\u00e1 la capacidad de la operaci\u00f3n para favorecer la sistematizaci\u00f3n de aprendizajes derivados de los procesos de acompa\u00f1amiento que permitan consolidar mejoras en la calidad de la atenci\u00f3n temprana y su extensi\u00f3n a otros servicios con impacto sostenido en la experiencia de atenci\u00f3n y en la calidad de vida de ni\u00f1os, ni\u00f1as y familias, contribuyendo a una atenci\u00f3n m\u00e1s equitativa y coherente en el conjunto del\u00a0territorio.<\/p>\n<p class=\"centro_cursiva\">Bloque\u00a02.\u2003Referido al plan de trabajo y al contenido t\u00e9cnico de la operaci\u00f3n (se valorar\u00e1 con un m\u00e1ximo de\u00a030 puntos)<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">Criterio\u00a06. Viabilidad t\u00e9cnica y organizativa de la operaci\u00f3n (6 puntos).<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">Se valorar\u00e1 la viabilidad t\u00e9cnica y organizativa de las operaciones, considerando:<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">\u2013\u2002Capacidad t\u00e9cnica de la entidad solicitante para desarrollar procesos de acompa\u00f1amiento y mejora de la pr\u00e1ctica profesional en atenci\u00f3n temprana.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002Experiencia previa en operaciones o iniciativas orientadas a la mejora de la atenci\u00f3n temprana, la transformaci\u00f3n de modelos de intervenci\u00f3n o el fortalecimiento de servicios dirigidos a la infancia y sus familias.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002Conocimiento del sistema p\u00fablico de atenci\u00f3n temprana y de los est\u00e1ndares del Consenso Estatal de Atenci\u00f3n Temprana.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002Coherencia y realismo del plan de trabajo en relaci\u00f3n con el alcance y duraci\u00f3n de la operaci\u00f3n.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">Criterio\u00a07. Equipo profesional y recursos (6 puntos).<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">Se valorar\u00e1 la adecuaci\u00f3n del equipo profesional y de los recursos destinados a la ejecuci\u00f3n de la operaci\u00f3n propuesta: dotaci\u00f3n de profesionales, cualificaci\u00f3n y experiencia, as\u00ed como la adecuaci\u00f3n de los dem\u00e1s recursos puestos a disposici\u00f3n y la formaci\u00f3n de equipos que, adem\u00e1s, favorezcan la igualdad entre hombres y mujeres.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">Criterio\u20028. Enfoque de equidad: pobreza, vulnerabilidad y exclusi\u00f3n social (6 puntos).<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">Se valorar\u00e1 la capacidad de la operaci\u00f3n para incorporar de forma transversal un enfoque de equidad en el acompa\u00f1amiento a los centros participantes, explicando:<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">\u2013\u2002C\u00f3mo las actuaciones contribuyen a reducir barreras de acceso, comprensi\u00f3n y participaci\u00f3n.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002De qu\u00e9 manera se adaptan los servicios a contextos de pobreza, vulnerabilidad o exclusi\u00f3n social.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002La adecuaci\u00f3n de los criterios utilizados para la selecci\u00f3n de centros que atienden a poblaci\u00f3n en estas situaciones.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002C\u00f3mo estos cambios benefician especialmente a las familias con mayores dificultades sociales o econ\u00f3micas.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">Se valorar\u00e1 especialmente la atenci\u00f3n a ni\u00f1os y ni\u00f1as con mayores necesidades de apoyo, incluyendo situaciones de discapacidad, trastornos del desarrollo o contextos de alta vulnerabilidad social.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">Criterio\u00a09. Metodolog\u00eda de acompa\u00f1amiento e implementaci\u00f3n de\u00a0los\u00a0est\u00e1ndares\u00a0(8\u00a0puntos).<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">Se valorar\u00e1 la claridad y solidez de la metodolog\u00eda de acompa\u00f1amiento propuesta, incluyendo las estrategias previstas para apoyar a los centros en la implementaci\u00f3n de los est\u00e1ndares del Consenso Estatal de Atenci\u00f3n Temprana.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Se valorar\u00e1 especialmente la coherencia entre los est\u00e1ndares identificados, las acciones de acompa\u00f1amiento previstas y los cambios que se espera promover en los centros participantes.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Se valorar\u00e1 la incorporaci\u00f3n de herramientas estandarizadas para la valoraci\u00f3n, seguimiento y evaluaci\u00f3n de la intervenci\u00f3n, as\u00ed como la definici\u00f3n de procedimientos homog\u00e9neos que favorezcan la comparabilidad de resultados entre centros.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">Criterio\u00a010. Diagn\u00f3stico de la situaci\u00f3n de partida (4 puntos).<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">Se valorar\u00e1 la claridad y solidez con la que la operaci\u00f3n identifica la situaci\u00f3n de partida de los centros, servicios y equipos de atenci\u00f3n temprana participantes, as\u00ed como las necesidades concretas de mejora a las que se pretende dar respuesta.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Se valorar\u00e1 especialmente que el diagn\u00f3stico est\u00e9 fundamentado en informaci\u00f3n relevante sobre el funcionamiento de los servicios, la poblaci\u00f3n atendida y las barreras existentes para el acceso, la participaci\u00f3n y la calidad de la atenci\u00f3n, en coherencia con los est\u00e1ndares del Consenso Estatal de Atenci\u00f3n Temprana.<\/p>\n<p class=\"centro_cursiva\">Bloque\u00a03.\u2003Referido al impacto potencial de la operaci\u00f3n (se valorar\u00e1 con un m\u00e1ximo de\u00a030 puntos)<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">Criterio\u00a011. Impacto expl\u00edcito en la calidad de la atenci\u00f3n y en la calidad de\u00a0vida\u00a0(15\u00a0puntos).<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">Se valorar\u00e1 la capacidad de la operaci\u00f3n para generar mejoras concretas en la calidad de la atenci\u00f3n temprana y en la experiencia de los ni\u00f1os, ni\u00f1as y sus familias.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Se valorar\u00e1 especialmente que las actuaciones contribuyan a mejorar el bienestar, la participaci\u00f3n y el desarrollo del ni\u00f1o o la ni\u00f1a, as\u00ed como la capacidad de las familias para comprender, participar y tomar decisiones informadas en el proceso de atenci\u00f3n.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Se valorar\u00e1 asimismo la capacidad de la operaci\u00f3n para contribuir a la reducci\u00f3n de los tiempos de acceso a la atenci\u00f3n temprana y a la mejora de la continuidad de la atenci\u00f3n.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Se valorar\u00e1 el n\u00famero de centros, servicios y equipos de atenci\u00f3n temprana incluidos por encima del m\u00ednimo exigido seg\u00fan el presupuesto de la operaci\u00f3n, siempre que resulte coherente con dicho presupuesto y con la intensidad del acompa\u00f1amiento previsto, de modo que una mayor cobertura no reduzca la calidad de la intervenci\u00f3n.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Por \u00faltimo, se valorar\u00e1 que la operaci\u00f3n se desarrolle en el m\u00e1ximo n\u00famero de comunidades aut\u00f3nomas por su contribuci\u00f3n a la equidad territorial.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">Criterio\u00a012. Consolidaci\u00f3n y sostenibilidad de los cambios (15 puntos).<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">Se valorar\u00e1 la capacidad de la operaci\u00f3n para consolidar los cambios introducidos en los centros, servicios y equipos participantes y favorecer su continuidad una vez finalizadas las actuaciones. Se valorar\u00e1 especialmente que la operaci\u00f3n contribuya a fortalecer pr\u00e1cticas profesionales, procesos organizativos y mecanismos de mejora continua que puedan mantenerse en el tiempo.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Se valorar\u00e1 asimismo la capacidad de la operaci\u00f3n para generar aprendizajes y soluciones transferibles a otros centros, servicios y equipos o territorios, as\u00ed como su potencial de escalado, entendido como la posibilidad de ampliar o replicar las actuaciones a mayor escala dentro del sistema de atenci\u00f3n temprana.<\/p>\n<p class=\"centro_cursiva\">Bloque\u00a04.\u2003Referido a la capacidad de gesti\u00f3n del beneficiario del FSE+ (se valorar\u00e1 con un m\u00e1ximo de\u00a010 puntos)<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">Criterio\u00a013. Capacidad de gesti\u00f3n y control (6 puntos).<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">Se valorar\u00e1 la fiabilidad del sistema de recogida y comunicaci\u00f3n de datos de los participantes, as\u00ed como los mecanismos de seguimiento y evaluaci\u00f3n de la actuaci\u00f3n propuesta.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Asimismo, se valorar\u00e1 la calidad de los sistemas de control del gasto, prevenci\u00f3n del riesgo y gesti\u00f3n administrativa y de recursos humanos.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">Criterio\u00a014. Capacidad financiera (4 puntos).<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">Se valorar\u00e1 la capacidad financiera y patrimonial para garantizar la solvencia de la operaci\u00f3n, as\u00ed como la disponibilidad de recursos que permitan asegurar su correcta ejecuci\u00f3n y cofinanciaci\u00f3n.<\/p>\n<h5 class=\"anexo_num\">ANEXO III<\/h5>\n<h5 class=\"anexo_tit\">Objetivos y caracter\u00edsticas de las actuaciones objeto de las operaciones a\u00a0seleccionar<\/h5>\n<p class=\"centro_cursiva\">1.\u2003Introducci\u00f3n<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">El acompa\u00f1amiento previsto en esta l\u00ednea tiene como finalidad facilitar la implementaci\u00f3n efectiva y sostenida de los est\u00e1ndares consensuados en el marco del Consenso Estatal de Atenci\u00f3n Temprana, promoviendo cambios duraderos en las pr\u00e1cticas profesionales y en la organizaci\u00f3n de los servicios. Asimismo, busca contribuir a la consolidaci\u00f3n de un marco com\u00fan de referencia para la atenci\u00f3n temprana en todo el territorio, aplicado de forma contextualizada y en coherencia con los principios de universalidad, responsabilidad p\u00fablica, gratuidad y calidad.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Este proceso de acompa\u00f1amiento se orienta a apoyar a los centros, servicios y equipos de atenci\u00f3n temprana en la adaptaci\u00f3n de su modelo de intervenci\u00f3n a los nuevos est\u00e1ndares de calidad, reforzando la equidad territorial y favoreciendo una atenci\u00f3n centrada en el ni\u00f1o, la ni\u00f1a y su familia. Las actuaciones priorizar\u00e1n centros que atiendan a ni\u00f1os, ni\u00f1as y familias en situaci\u00f3n de pobreza, vulnerabilidad o exclusi\u00f3n social, identificados por las comunidades aut\u00f3nomas en funci\u00f3n de su diagn\u00f3stico territorial.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Cada entidad o agrupaci\u00f3n de entidades presentar\u00e1 una operaci\u00f3n integrada por el conjunto de actuaciones, transversales y espec\u00edficas, dirigidas a los centros, servicios y equipos de atenci\u00f3n temprana incluidos en ella.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">La operaci\u00f3n ser\u00e1 objeto de valoraci\u00f3n conforme a los criterios del anexo II.<\/p>\n<p class=\"centro_cursiva\">2.\u2003Objetivo general<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">Impulsar la adaptaci\u00f3n y mejora del modelo de intervenci\u00f3n, los procesos de atenci\u00f3n y la organizaci\u00f3n de los centros, servicios y equipos de atenci\u00f3n temprana conforme a los est\u00e1ndares de calidad del Consenso Estatal de Atenci\u00f3n Temprana mediante acciones de acompa\u00f1amiento que faciliten su implementaci\u00f3n efectiva y sostenida y contribuyan a una atenci\u00f3n temprana m\u00e1s equitativa, accesible y centrada en el ni\u00f1o, la ni\u00f1a y su familia.<\/p>\n<p class=\"centro_cursiva\">3.\u2003Objetivos espec\u00edficos<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">Los objetivos espec\u00edficos son los que se enuncian a continuaci\u00f3n. Cada operaci\u00f3n deber\u00e1 incorporar, en todo caso, el objetivo espec\u00edfico\u00a05 y, al menos, dos de los objetivos espec\u00edficos\u00a01 a\u00a04, dado que se valora la integralidad de la intervenci\u00f3n.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">OE1.\u2003Mejora del modelo de intervenci\u00f3n.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">Acompa\u00f1ar a los centros, servicios y equipos de atenci\u00f3n temprana en la adaptaci\u00f3n y transformaci\u00f3n de su modelo de intervenci\u00f3n hacia enfoques centrados en la familia y en los entornos cotidianos de acuerdo con el Consenso Estatal de Atenci\u00f3n Temprana, promoviendo apoyos que contribuyan de forma efectiva al bienestar, la participaci\u00f3n y el desarrollo hol\u00edstico del ni\u00f1o o la ni\u00f1a en su vida cotidiana, y refuercen el papel activo de las familias en todos los procesos.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">OE2.\u2003Reorganizaci\u00f3n de los procesos de atenci\u00f3n y de coordinaci\u00f3n intersectorial.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">Apoyar la revisi\u00f3n y ajuste de los procesos de atenci\u00f3n temprana para garantizar una atenci\u00f3n m\u00e1s integrada, continua y coherente para ni\u00f1os, ni\u00f1as y familias, reduciendo la fragmentaci\u00f3n de los apoyos y mejorando la experiencia de acompa\u00f1amiento y la accesibilidad del servicio, especialmente en situaciones de mayor vulnerabilidad social. Asimismo, promover el fortalecimiento de la coordinaci\u00f3n intersectorial entre los centros, servicios y equipos de atenci\u00f3n temprana y los sistemas sanitario, educativo y social mediante el desarrollo de mecanismos de colaboraci\u00f3n, protocolos de coordinaci\u00f3n y espacios de trabajo conjunto que favorezcan una respuesta integral, coherente y continuada a las necesidades del ni\u00f1o o la ni\u00f1a y su familia.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">OE3.\u2003Participaci\u00f3n activa y sostenida de las familias.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">Impulsar mecanismos estables que favorezcan la participaci\u00f3n y contribuci\u00f3n de las familias en la planificaci\u00f3n, desarrollo y evaluaci\u00f3n de la intervenci\u00f3n como parte constitutiva del modelo de atenci\u00f3n temprana, fortaleciendo su capacidad para comprender, tomar decisiones informadas y activar estrategias de apoyo en los entornos cotidianos del ni\u00f1o o la ni\u00f1a. Las actuaciones prestar\u00e1n especial atenci\u00f3n a la eliminaci\u00f3n de barreras que afectan a familias en situaci\u00f3n de pobreza, vulnerabilidad y exclusi\u00f3n social.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">OE4.\u2003Ajuste organizativo y cultural de los servicios.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">Acompa\u00f1ar cambios en la organizaci\u00f3n y funcionamiento de los centros, servicios y equipos de atenci\u00f3n temprana que permitan sostener el modelo centrado en la familia y la intervenci\u00f3n en entornos cotidianos, facilitando una atenci\u00f3n m\u00e1s accesible, comprensible y flexible, y reduciendo barreras de acceso, comprensi\u00f3n y participaci\u00f3n que afectan de forma desproporcionada a familias en contextos de vulnerabilidad social. Asimismo, favorecer una mayor articulaci\u00f3n de los servicios de atenci\u00f3n temprana con el entorno comunitario, promoviendo la colaboraci\u00f3n con recursos y agentes del territorio que contribuyan al desarrollo y la inclusi\u00f3n del ni\u00f1o o la ni\u00f1a en sus contextos habituales de vida.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">OE5.\u2003Seguimiento, evaluaci\u00f3n y mejora continua de la calidad.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">Favorecer la sistematizaci\u00f3n de aprendizajes derivados de los procesos de acompa\u00f1amiento mediante mecanismos de seguimiento, registro y evaluaci\u00f3n que permitan identificar mejoras en la calidad de la atenci\u00f3n temprana, apoyar la toma de decisiones basada en informaci\u00f3n y facilitar la transferencia de aprendizajes a otros centros, servicios y equipos o territorios.<\/p>\n<p class=\"centro_cursiva\">4.\u2003Caracter\u00edsticas obligatorias de las actuaciones que componen la operaci\u00f3n<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">a)\u2003Alineaci\u00f3n con el Consenso Estatal de Atenci\u00f3n Temprana.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">Las actuaciones deber\u00e1n estar expl\u00edcitamente alineadas con los principios y est\u00e1ndares de calidad del Consenso Estatal de Atenci\u00f3n Temprana y con la Hoja de Ruta de Atenci\u00f3n Temprana. A tal efecto, la operaci\u00f3n deber\u00e1 identificar de forma clara qu\u00e9 l\u00edneas, principios y est\u00e1ndares del consenso orientan el acompa\u00f1amiento propuesto y de qu\u00e9 manera las actuaciones previstas contribuyen a su implementaci\u00f3n en los centros, servicios y equipos de atenci\u00f3n temprana participantes garantizando un enfoque centrado en la familia, los entornos cotidianos y la participaci\u00f3n del ni\u00f1o o la ni\u00f1a.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Todo ello en consonancia con los acuerdos de las conferencias sectoriales:<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">Resoluci\u00f3n de\u00a013 de febrero de\u00a02025, de la Secretar\u00eda de Estado de Derechos Sociales, por la que se publica el Acuerdo del Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonom\u00eda y Atenci\u00f3n a la Dependencia, de\u00a031 de enero de\u00a02025, por el que se establece el \u00abConsenso Estatal para la Mejora de la Atenci\u00f3n Temprana. Despliegue de la Hoja de Ruta: objetivos, medidas y est\u00e1ndares generales de calidad\u00bb. y<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Resoluci\u00f3n de\u00a028 de junio de\u00a02023, de la Secretar\u00eda de Estado de Derechos Sociales, por la que se publica el Acuerdo del Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonom\u00eda y Atenci\u00f3n a la Dependencia, por el que se establece la hoja de ruta para la mejora de la atenci\u00f3n temprana en Espa\u00f1a sobre un marco com\u00fan de universalidad, responsabilidad p\u00fablica, equidad, gratuidad y calidad.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">b)\u2003Car\u00e1cter de acompa\u00f1amiento a centros, servicios y equipos de atenci\u00f3n temprana.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">Las actuaciones deber\u00e1n tener car\u00e1cter de acompa\u00f1amiento a centros, servicios y equipos de atenci\u00f3n temprana, de car\u00e1cter p\u00fablico y\/o concertado, integrados en la red de atenci\u00f3n temprana de las comunidades y ciudades aut\u00f3nomas. Las actuaciones deber\u00e1n orientarse a apoyar procesos de adaptaci\u00f3n o mejora del modelo de intervenci\u00f3n, de los procesos de atenci\u00f3n o de la organizaci\u00f3n de los servicios conforme a los est\u00e1ndares del Consenso Estatal, m\u00e1s all\u00e1 de la realizaci\u00f3n de acciones puntuales de formaci\u00f3n o sensibilizaci\u00f3n.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">c)\u2003Apoyo y coordinaci\u00f3n con la Administraci\u00f3n P\u00fablica competente en Atenci\u00f3n Temprana.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">Las actuaciones deber\u00e1n contar con el apoyo expreso de la Administraci\u00f3n P\u00fablica competente en materia de atenci\u00f3n temprana en el territorio en el que se desarrollen las actuaciones.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Este apoyo deber\u00e1 garantizar:<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">\u2013\u2002La coherencia de la operaci\u00f3n con la planificaci\u00f3n y organizaci\u00f3n del sistema p\u00fablico de atenci\u00f3n temprana.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002La viabilidad de los procesos de acompa\u00f1amiento en los centros, servicios y equipos implicados.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002La adecuada coordinaci\u00f3n institucional durante la ejecuci\u00f3n de la operaci\u00f3n.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">El apoyo deber\u00e1 acreditarse mediante documento de respaldo o carta de apoyo.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">d)\u2003Coherencia con la naturaleza de la L06.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">Las actuaciones deber\u00e1n ser coherentes con la naturaleza de la medida\u00a07.L.06, orientada al acompa\u00f1amiento a los centros, servicios y equipos de atenci\u00f3n temprana para la implementaci\u00f3n de los est\u00e1ndares de calidad definidos en el marco referencial desarrollado previamente.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">e)\u2003Seguimiento del alcance.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">Las entidades deber\u00e1n comprometerse a reportar informaci\u00f3n b\u00e1sica y homog\u00e9nea sobre el alcance del acompa\u00f1amiento que permita visibilizar su impacto a nivel de sistema, incluyendo al menos:<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">\u2013\u2002N\u00famero de centros, servicios y equipos acompa\u00f1ados.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002N\u00famero estimado de ni\u00f1os y ni\u00f1as desagregado por g\u00e9nero y tramos de edad atendidos en dichos servicios.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002N\u00famero de familiares alcanzados.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002N\u00famero estimado de ni\u00f1os y ni\u00f1as atendidos que pertenecen a hogares en situaci\u00f3n de pobreza, vulnerabilidad o exclusi\u00f3n social conforme al criterio de identificaci\u00f3n utilizado por la Comunidad Aut\u00f3noma (se especificar\u00e1 en la operaci\u00f3n).<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002N\u00famero estimado de familias alcanzadas que se encuentran en situaci\u00f3n de pobreza, vulnerabilidad o exclusi\u00f3n social conforme al mismo criterio.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002N\u00famero de centros con un plan de mejora\/implementaci\u00f3n de est\u00e1ndares elaborado y en ejecuci\u00f3n.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002N\u00famero de profesionales participantes.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002N\u00famero de espacios o acciones de coordinaci\u00f3n intersectorial o de red (p. ej., reuniones con educaci\u00f3n\/salud\/servicios sociales, red territorial creada\/activada, protocolos trabajados).<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">Estos \u00edtems tendr\u00e1n car\u00e1cter descriptivo y de seguimiento, y no implicar\u00e1n la realizaci\u00f3n de evaluaciones de impacto formalizadas.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">f)\u2003Participaci\u00f3n en la comunidad de aprendizaje y seguimiento de la medida\u00a07.L.06.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">Las entidades deber\u00e1n comprometerse a participar activamente en la comunidad de aprendizaje que se constituya para el seguimiento, intercambio y mejora conjunta de las operaciones financiadas en el marco de la medida\u00a07.L.06.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">A tal efecto, se deber\u00e1 prever la dedicaci\u00f3n de un porcentaje del tiempo del\/de la coordinador\/a de la operaci\u00f3n a la participaci\u00f3n en espacios comunes de seguimiento, intercambio de aprendizajes y sistematizaci\u00f3n compartida en los t\u00e9rminos que se establezcan en la convocatoria.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">g)\u2003Evaluaci\u00f3n de resultados basada en el sistema estatal de evaluaci\u00f3n.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">Las actuaciones deber\u00e1n incorporar un sistema de evaluaci\u00f3n que permita analizar los cambios producidos en los centros, servicios y equipos participantes como resultado de las actuaciones desarrolladas. A tal efecto deber\u00e1 acreditarse que:<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">\u2212 Se ha realizado una evaluaci\u00f3n inicial o l\u00ednea base utilizando el sistema de evaluaci\u00f3n de est\u00e1ndares desarrollado por el Grupo T\u00e9cnico de Atenci\u00f3n Temprana de los Ministerios de Derechos Sociales, Consumo y Agenda\u00a02030 y de Sanidad.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2212 Se ha llevado a cabo un seguimiento del proceso de implementaci\u00f3n de las actuaciones durante el desarrollo de la operaci\u00f3n y se ha realizado un informe intermedio.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2212 Al finalizar las actuaciones se realizar\u00e1 una evaluaci\u00f3n final, utilizando el mismo sistema de evaluaci\u00f3n, que permita analizar la evoluci\u00f3n de los centros participantes en relaci\u00f3n con los est\u00e1ndares del Consenso Estatal de Atenci\u00f3n Temprana.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">Los resultados de este proceso deber\u00e1n recogerse en un informe de evaluaci\u00f3n que incluya evidencias de los cambios producidos en los modelos de intervenci\u00f3n, los procesos de atenci\u00f3n y la organizaci\u00f3n de los servicios.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">h)\u2003Justificaci\u00f3n de la selecci\u00f3n de centros participantes.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">Las operaciones deber\u00e1n justificar los criterios utilizados para la selecci\u00f3n de los centros, servicios y equipos participantes, atendiendo prioritariamente a la necesidad de mejora de la atenci\u00f3n temprana dirigida a ni\u00f1os, ni\u00f1as y familias en situaci\u00f3n de pobreza, vulnerabilidad o exclusi\u00f3n social, conforme al diagn\u00f3stico realizado por cada Comunidad Aut\u00f3noma.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Esta justificaci\u00f3n deber\u00e1 describir las caracter\u00edsticas de la poblaci\u00f3n atendida y el contexto de los servicios seleccionados.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">i)\u2003Elaboraci\u00f3n de planes de mejora en los centros participantes.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">Las operaciones deber\u00e1n contemplar la elaboraci\u00f3n y desarrollo de un plan de mejora en cada centro, servicio y equipo participante orientado a la adaptaci\u00f3n progresiva de su modelo de intervenci\u00f3n, sus procesos de atenci\u00f3n o su organizaci\u00f3n a los est\u00e1ndares del Consenso Estatal de Atenci\u00f3n Temprana.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Este plan deber\u00e1 elaborarse a partir de la evaluaci\u00f3n inicial o l\u00ednea base realizada mediante el sistema de evaluaci\u00f3n desarrollado por el Grupo T\u00e9cnico de Atenci\u00f3n Temprana de los Ministerios de Derechos Sociales y Sanidad, e identificar al menos:<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">\u2212 Los \u00e1mbitos de mejora prioritarios del centro.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2212 Los est\u00e1ndares del Consenso Estatal de Atenci\u00f3n Temprana a los que se vinculan las actuaciones.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2212 Las acciones desarrolladas y previstas para su implementaci\u00f3n en el marco de la operaci\u00f3n.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">j)\u2003Enfoque interdisciplinar.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">Las operaciones deber\u00e1n contar con equipos multidisciplinares que integren perfiles profesionales adecuados para proporcionar una atenci\u00f3n integral, garantizando la coordinaci\u00f3n efectiva entre disciplinas y la complementariedad de enfoques.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">k)\u2003Fundamentaci\u00f3n t\u00e9cnica.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">Las actuaciones deber\u00e1n basarse en evidencia cient\u00edfica y buenas pr\u00e1cticas reconocidas en el \u00e1mbito de la atenci\u00f3n temprana conforme a los principios de calidad, eficacia y seguridad.<\/p>\n<h5 class=\"anexo_num\">ANEXO IV<\/h5>\n<h5 class=\"anexo_tit\">Procedimiento para la presentaci\u00f3n de solicitudes<\/h5>\n<p class=\"parrafo_2\">Lugar, forma y plazo para la presentaci\u00f3n de las solicitudes:<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">1.\u2003Las solicitudes se presentar\u00e1n a trav\u00e9s de la sede electr\u00f3nica del Ministerio de Sanidad. No se admitir\u00e1 ninguna solicitud presentada en papel.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">2.\u2003Las solicitudes y su documentaci\u00f3n complementaria se ajustar\u00e1n a los formatos requeridos por la orden de la convocatoria.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">3.\u2003De acuerdo con el apartado sexto de la convocatoria, el plazo de presentaci\u00f3n ser\u00e1 de tres meses a partir del d\u00eda siguiente a la publicaci\u00f3n de esta convocatoria en el \u00abBolet\u00edn Oficial del Estado\u00bb.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">Secuencia del procedimiento:<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">1.\u2003La entidad solicitante cumplimentar\u00e1 el anexo V (Memoria explicativa de la entidad) aportando, al mismo tiempo, la documentaci\u00f3n requerida por el apartado sexto.3 de la convocatoria.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">2.\u2003En caso de tratarse de una agrupaci\u00f3n de entidades, se deber\u00e1 cumplimentar el anexo V bis (Memoria explicativa de la agrupaci\u00f3n de entidades).<\/p>\n<p class=\"parrafo\">3.\u2003A continuaci\u00f3n, la entidad solicitante cumplimentar\u00e1 el formulario del anexo VI (Memoria explicativa de la operaci\u00f3n) detallando en \u00e9l las actuaciones de la operaci\u00f3n solicitada.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Por cada operaci\u00f3n, se cumplimentar\u00e1n los datos relativos a los criterios de valoraci\u00f3n, as\u00ed como un resumen de esta, con indicaci\u00f3n de las cuestiones clave y su cronograma.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">4.\u2003Cada solicitud ir\u00e1 acompa\u00f1ada de su correspondiente compromiso de cofinanciaci\u00f3n (anexo VII).<\/p>\n<p class=\"parrafo\">5.\u2003La formalizaci\u00f3n de la presentaci\u00f3n de las solicitudes se cerrar\u00e1 aportando el documento de apoyo expreso de la Administraci\u00f3n Auton\u00f3mica competente por raz\u00f3n de la materia conforme al modelo del anexo VIII o similar (documento de respaldo o carta de apoyo), que incluir\u00e1 coherencia de la operaci\u00f3n con la planificaci\u00f3n y organizaci\u00f3n del sistema p\u00fablico de atenci\u00f3n temprana, la viabilidad de los procesos de acompa\u00f1amiento en los centros, servicios y equipos implicados y la adecuada coordinaci\u00f3n institucional durante la ejecuci\u00f3n de la operaci\u00f3n.<\/p>\n<h5 class=\"anexo_num\">ANEXO V<\/h5>\n<h5 class=\"anexo_tit\">Memoria explicativa de la entidad<\/h5>\n<p class=\"imagen\">\n          <img decoding=\"async\" src=\"\/datos\/imagenes\/disp\/2026\/250\/20973_17521406_1.png\" class=\"frame\" alt=\"Imagen: \/datos\/imagenes\/disp\/2026\/250\/20973_17521406_1.png\" width=\"788\"\/>\n        <\/p>\n<p class=\"imagen\">\n          <img decoding=\"async\" src=\"\/datos\/imagenes\/disp\/2026\/250\/20973_17521406_2.png\" class=\"frame\" alt=\"Imagen: \/datos\/imagenes\/disp\/2026\/250\/20973_17521406_2.png\" width=\"788\"\/>\n        <\/p>\n<p class=\"imagen\">\n          <img decoding=\"async\" src=\"\/datos\/imagenes\/disp\/2026\/250\/20973_17521406_3.png\" class=\"frame\" 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class=\"anexo_tit\">Memoria explicativa de la operaci\u00f3n<\/h5>\n<p class=\"imagen\">\n          <img decoding=\"async\" src=\"\/datos\/imagenes\/disp\/2026\/250\/20973_17521406_11.png\" class=\"frame\" alt=\"Imagen: \/datos\/imagenes\/disp\/2026\/250\/20973_17521406_11.png\" width=\"788\"\/>\n        <\/p>\n<p class=\"imagen\">\n          <img decoding=\"async\" src=\"\/datos\/imagenes\/disp\/2026\/250\/20973_17521406_12.png\" class=\"frame\" alt=\"Imagen: \/datos\/imagenes\/disp\/2026\/250\/20973_17521406_12.png\" width=\"788\"\/>\n        <\/p>\n<p class=\"imagen\">\n          <img decoding=\"async\" src=\"\/datos\/imagenes\/disp\/2026\/250\/20973_17521406_13.png\" class=\"frame\" alt=\"Imagen: \/datos\/imagenes\/disp\/2026\/250\/20973_17521406_13.png\" width=\"788\"\/>\n        <\/p>\n<p class=\"imagen\">\n          <img decoding=\"async\" src=\"\/datos\/imagenes\/disp\/2026\/250\/20973_17521406_14.png\" class=\"frame\" alt=\"Imagen: 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&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230; ha presentado una propuesta de operaci\u00f3n denominada &#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;. a la convocatoria de Acompa\u00f1amiento en Atenci\u00f3n Temprana del Programa FSE+ de Inclusi\u00f3n Social, Garant\u00eda Infantil y Lucha contra la Pobreza para el per\u00edodo\u00a02021-2027.<\/p>\n<p class=\"centro_redonda\">SE COMPROMETE<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">\u2013 A cofinanciar con un importe de &#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230; euros la citada propuesta en caso de ser aprobada.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013 A la no existencia de doble financiaci\u00f3n del gasto con otros reg\u00edmenes comunitarios o nacionales, as\u00ed como con otros per\u00edodos de programaci\u00f3n del Fondo Social Europeo Plus (FSE+).<\/p>\n<p class=\"centro\">En &#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;, a&#8230;&#8230; de&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230; de\u00a0202&#8230;.<\/p>\n<p class=\"centro\">(Firma y sello del solicitante)<\/p>\n<p class=\"centro\">\u2003<\/p>\n<p class=\"centro\">\u2003<\/p>\n<p class=\"cita_con_pleca\"><sup>(1)<\/sup>\u2003Cada entidad cofinanciadora deber\u00e1 rellenar, al menos, un compromiso de cofinanciaci\u00f3n por cada solicitud. Podr\u00e1n presentarse varios compromisos de cofinanciaci\u00f3n para cada solicitud. En todo caso, la suma de todos los compromisos deber\u00e1 ser suficiente para cubrir la cofinanciaci\u00f3n nacional.<\/p>\n<p class=\"cita\"><sup>(2)<\/sup>\u2003Persona con capacidad para obligar a la entidad cofinanciadora.<\/p>\n<p class=\"cita\"><sup>(3)<\/sup>\u2003Nombre de la entidad cofinanciadora.<\/p>\n<p class=\"cita\"><sup>(4)<\/sup>\u2003Nombre de la entidad promotora de la propuesta.<\/p>\n<h5 class=\"anexo_num\">ANEXO VIII<\/h5>\n<h5 class=\"anexo_tit\">Modelo de carta de apoyo<\/h5>\n<p class=\"parrafo_2\">Don\/Do\u00f1a \u2026..\u2026\u2026.\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026, con DNI\u2026\u2026\u2026\u2026..\u2026\u2026, en calidad de \u2026\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026, de \u2026\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026 (entidad, organismo u \u00f3rgano de la Administraci\u00f3n P\u00fablica competente en materia de atenci\u00f3n temprana en el territorio en el que se desarrollen las actuaciones), manifiesta su respaldo\/apoyo expreso a la iniciativa de la entidad \u2026\u2026.\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026..\u2026 para el desarrollo de la operaci\u00f3n \u2026\u2026\u2026&#8230;\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026 en la localidad \u2026\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026 dentro de la convocatoria para la selecci\u00f3n de operaciones \u00abAcciones para el acompa\u00f1amiento a los centros, servicios y equipos de atenci\u00f3n temprana para la adaptaci\u00f3n del servicio y modelo de intervenci\u00f3n a los nuevos est\u00e1ndares del Consenso Estatal para la Mejora de la Atenci\u00f3n Temprana\u00bb, cofinanciada por el Fondo Social Europeo Plus (FSE+), dado que el mismo es coherente con la planificaci\u00f3n y organizaci\u00f3n del sistema p\u00fablico de atenci\u00f3n temprana ya existente en la regi\u00f3n, son viables los procesos de acompa\u00f1amiento propuestos en los centros, servicios y equipos implicados, y establece una adecuada coordinaci\u00f3n institucional durante la ejecuci\u00f3n del proyecto.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">Y para que conste se firma el presente documento.<\/p>\n<p class=\"centro\">A fecha de firma electr\u00f3nica<sup>(5)<\/sup>,<\/p>\n<p class=\"centro\">Firmado:<\/p>\n<p class=\"centro\">\u2003<\/p>\n<p class=\"centro\">\u2003<\/p>\n<p class=\"cita_con_pleca\"><sup>(5)<\/sup> En caso de ser firmado de forma manuscrita, se requiere fecha de firma y sello de la entidad en su caso.<\/p>\n<\/p><\/div>\n<p><a href=\"https:\/\/www.boe.es\/diario_boe\/txt.php?id=BOE-A-2026-20973\">source<\/a><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El Reglamento (UE) 2021\/1060 del Parlamento Europeo y del Consejo, de\u00a024 de junio de\u00a02021, por el que 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