{"id":42971,"date":"2026-10-15T10:23:13","date_gmt":"2026-10-15T10:23:13","guid":{"rendered":"https:\/\/blogemergencias.es\/index.php\/2026\/10\/15\/orden-int-1071-2026-de-7-de-octubre-por-la-que-se-publica-el-acuerdo-del-consejo-de-ministros-de-6-de-octubre-de-2026-por-el-que-se-aprueba-la-directriz-basica-de-planificacion-de-proteccion-civil\/"},"modified":"2026-10-15T10:23:13","modified_gmt":"2026-10-15T10:23:13","slug":"orden-int-1071-2026-de-7-de-octubre-por-la-que-se-publica-el-acuerdo-del-consejo-de-ministros-de-6-de-octubre-de-2026-por-el-que-se-aprueba-la-directriz-basica-de-planificacion-de-proteccion-civil","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/blogemergencias.es\/index.php\/2026\/10\/15\/orden-int-1071-2026-de-7-de-octubre-por-la-que-se-publica-el-acuerdo-del-consejo-de-ministros-de-6-de-octubre-de-2026-por-el-que-se-aprueba-la-directriz-basica-de-planificacion-de-proteccion-civil\/","title":{"rendered":"Orden INT\/1071\/2026, de 7 de octubre, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 6 de octubre de 2026, por el que se aprueba la Directriz B\u00e1sica de Planificaci\u00f3n de Protecci\u00f3n Civil ante el riesgo volc\u00e1nico."},"content":{"rendered":"<div id=\"textoxslt\">\n<p class=\"parrafo\">El Consejo de Ministros, en su reuni\u00f3n de\u00a06 de octubre de\u00a02026, ha aprobado, a propuesta del Ministro del Interior, el Acuerdo por el que se aprueba la Directriz B\u00e1sica de Planificaci\u00f3n de Protecci\u00f3n Civil ante el riesgo volc\u00e1nico.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">El citado acuerdo dispone que producir\u00e1 efectos desde el d\u00eda siguiente al de su publicaci\u00f3n en el \u00abBolet\u00edn Oficial del Estado\u00bb.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">En su virtud, se procede a la publicaci\u00f3n en el \u00abBolet\u00edn Oficial del Estado\u00bb del Acuerdo de Consejo de Ministros por el que se aprueba la Directriz B\u00e1sica de Planificaci\u00f3n de Protecci\u00f3n Civil ante el riesgo volc\u00e1nico, que se inserta como anexo a esta orden.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">Madrid, 7 de octubre de\u00a02026.\u2013El Ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska G\u00f3mez.<\/p>\n<h5 class=\"anexo_num\">ANEXO<\/h5>\n<h5 class=\"anexo_tit\">Acuerdo por el que se aprueba la Directriz B\u00e1sica de Planificaci\u00f3n de Protecci\u00f3n Civil ante el riesgo volc\u00e1nico<\/h5>\n<p class=\"parrafo_2\">La Ley\u00a017\/2015, de\u00a09 de julio, del Sistema Nacional de Protecci\u00f3n Civil, establece, en su art\u00edculo\u00a015.3, que son planes especiales los que tienen por finalidad hacer frente, entre otros, a los riesgos volc\u00e1nicos.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">La Norma B\u00e1sica de Protecci\u00f3n Civil, aprobada por el Real Decreto\u00a0524\/2023, de\u00a020 de junio, determina, en su art\u00edculo\u00a03, que las Directrices B\u00e1sicas de Planificaci\u00f3n son los instrumentos para garantizar la homogeneidad y coherencia de la planificaci\u00f3n de los riesgos en los que concurran planes de varias Administraciones p\u00fablicas.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">El art\u00edculo\u00a04.1 de la citada norma b\u00e1sica establece que las Directrices B\u00e1sicas de Planificaci\u00f3n identifican las actuaciones b\u00e1sicas para la gesti\u00f3n integral de los riesgos que puedan generar emergencias, as\u00ed como el contenido m\u00ednimo y los criterios de elaboraci\u00f3n de los planes especiales de protecci\u00f3n civil.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Asimismo, el art\u00edculo\u00a05 de la misma dispone que las directrices b\u00e1sicas de planificaci\u00f3n son aprobadas por Acuerdo del Consejo de Ministros, a propuesta de la persona titular del Ministerio del Interior, previo informe del Consejo Nacional de Protecci\u00f3n Civil.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">De conformidad con todo ello, se ha elaborado la Directriz B\u00e1sica de Planificaci\u00f3n de Protecci\u00f3n Civil ante el riesgo volc\u00e1nico, que ha sido sometida a informe del Consejo Nacional de Protecci\u00f3n Civil, en su reuni\u00f3n de\u00a029 de julio de\u00a02026, emitido en sentido favorable por unanimidad.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Por Acuerdo del Consejo de Ministros de\u00a019 de enero de\u00a01996 se aprob\u00f3 la Directriz B\u00e1sica de Planificaci\u00f3n de Protecci\u00f3n Civil ante el riesgo volc\u00e1nico, que dejar\u00e1 de aplicarse desde la publicaci\u00f3n de este acuerdo.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">En su virtud, a propuesta del Ministro del Interior, el Consejo de Ministros, en su reuni\u00f3n del d\u00eda\u00a06 de octubre de\u00a02026, acuerda:<\/p>\n<h5 class=\"articulo\">Primero.\u2003Aprobaci\u00f3n de la Directriz B\u00e1sica de Planificaci\u00f3n de Protecci\u00f3n Civil ante el riesgo volc\u00e1nico.<\/h5>\n<p class=\"parrafo\">Se aprueba la Directriz B\u00e1sica de Planificaci\u00f3n de Protecci\u00f3n Civil ante el riesgo volc\u00e1nico, que se incluye como anexo a este acuerdo.<\/p>\n<h5 class=\"articulo\">Segundo.\u2003No incremento del gasto p\u00fablico.<\/h5>\n<p class=\"parrafo\">Las medidas incluidas en la directriz b\u00e1sica no supondr\u00e1n incremento de dotaciones ni de retribuciones ni de otros gastos de personal.<\/p>\n<h5 class=\"articulo\">Tercero.\u2003Habilitaciones.<\/h5>\n<p class=\"parrafo\">El Ministro del Interior dictar\u00e1 las disposiciones necesarias para la aplicaci\u00f3n de lo dispuesto en la directriz b\u00e1sica.<\/p>\n<h5 class=\"articulo\">Cuarto.\u2003Cese en la producci\u00f3n de efectos.<\/h5>\n<p class=\"parrafo\">El Acuerdo del Consejo de Ministros de\u00a019 de enero de\u00a01996, por el que se aprueba la Directriz B\u00e1sica de Planificaci\u00f3n de Protecci\u00f3n Civil ante el Riesgo Volc\u00e1nico, dejar\u00e1 de producir efectos desde la publicaci\u00f3n de este acuerdo.<\/p>\n<h5 class=\"articulo\">Quinto.\u2003Producci\u00f3n de efectos.<\/h5>\n<p class=\"parrafo\">Este acuerdo producir\u00e1 efectos desde el d\u00eda siguiente al de su publicaci\u00f3n en el \u00abBolet\u00edn Oficial del Estado\u00bb.<\/p>\n<h5 class=\"anexo\">DIRECTRIZ B\u00c1SICA DE PLANIFICACI\u00d3N DE PROTECCI\u00d3N CIVIL ANTE EL RIESGO VOLC\u00c1NICO<\/h5>\n<p class=\"centro_redonda\">\u00cdNDICE<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">1.\u2003Fundamentos y objeto de la directriz b\u00e1sica.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">1.1\u2003Antecedentes.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">1.2\u2003Funciones.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">1.3\u2003Definiciones.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">1.4\u2003Objeto y \u00e1mbito de la directriz b\u00e1sica.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">1.5\u2003Marco legal de la directriz b\u00e1sica.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">1.6\u2003Estructura del plan especial: contenido m\u00ednimo del Plan de Protecci\u00f3n Civil ante el riesgo volc\u00e1nico.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">2.\u2003Directrices para la elaboraci\u00f3n del contenido m\u00ednimo de los Planes de Protecci\u00f3n Civil ante el riesgo volc\u00e1nico.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">2.1\u2003Fundamentos generales.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">2.1.1\u2003Objeto y \u00e1mbito.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">2.1.2\u2003Marco legal.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">2.2\u2003Elementos b\u00e1sicos de planificaci\u00f3n.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">Al objeto de asegurar un correcto an\u00e1lisis del riesgo y una adecuada operatividad del plan, este deber\u00e1 contemplar una serie de elementos b\u00e1sicos de planificaci\u00f3n, entre los cuales deber\u00e1n figurar los siguientes:<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">2.2.1\u2003An\u00e1lisis de riesgo y su zonificaci\u00f3n.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">2.2.2\u2003Sistemas de alerta e informaci\u00f3n.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">2.2.3\u2003Sistemas y procedimientos de informaci\u00f3n y notificaci\u00f3n a otros \u00f3rganos del Sistema Nacional de Protecci\u00f3n Civil.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">2.2.4\u2003Sistemas de alerta temprana e informaci\u00f3n a la poblaci\u00f3n.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">2.2.5\u2003Medidas de protecci\u00f3n a la poblaci\u00f3n.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">2.2.6\u2003Medidas de autoprotecci\u00f3n.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">2.2.7\u2003Medidas de protecci\u00f3n a los bienes, a los animales, al medio ambiente y al patrimonio hist\u00f3rico-art\u00edstico y cultural.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">2.2.8\u2003Delimitaci\u00f3n de \u00e1reas de seguridad en emergencias volc\u00e1nicas.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">2.3\u2003\u00d3rganos del plan.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">2.3.1\u2003\u00d3rganos del Plan Estatal de Protecci\u00f3n Civil ante el riesgo volc\u00e1nico.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">2.3.2\u2003\u00d3rganos del Plan Auton\u00f3mico de Protecci\u00f3n Civil ante el riesgo volc\u00e1nico.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">2.4\u2003Operatividad de los planes.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">2.4.1\u2003Operatividad del plan estatal.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">2.4.2\u2003Operatividad del plan auton\u00f3mico.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">2.5\u2003Implantaci\u00f3n y mantenimiento de los planes.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">2.5.1\u2003Implantaci\u00f3n y mantenimiento del plan estatal.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">2.5.2\u2003Implantaci\u00f3n y mantenimiento de los planes auton\u00f3micos.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">2.6\u2003Evaluaci\u00f3n y revisi\u00f3n de los planes.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">2.6.1\u2003Evaluaci\u00f3n y revisi\u00f3n de los planes estales.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">2.6.2\u2003Evaluaci\u00f3n y revisi\u00f3n de los planes auton\u00f3micos.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">2.7\u2003Elaboraci\u00f3n de planes de \u00e1mbito local.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">2.7.1\u2003Concepto.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">2.7.2\u2003Contenido m\u00ednimo de los planes de actuaci\u00f3n de \u00e1mbito local.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">Anexos.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">Anexo I.\u2003Definiciones y acr\u00f3nimos.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Anexo II.\u2003Legislaci\u00f3n.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Anexo III.\u2003Mapas de riesgo.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Anexo IV.\u2003Elementos b\u00e1sicos del modelo de transferencia de informaci\u00f3n estad\u00edstica.<\/p>\n<p class=\"centro_cursiva\">1.\u2003Fundamentos y objeto de la directriz b\u00e1sica<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">1.1\u2003Antecedentes.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">Las erupciones volc\u00e1nicas son uno de los fen\u00f3menos naturales que pueden provocar da\u00f1os muy importantes a la poblaci\u00f3n, las infraestructuras, los bienes y el entorno. Estos da\u00f1os provienen de los peligros directos derivados de la actividad eruptiva que incluyen la emanaci\u00f3n y dispersi\u00f3n de gases, flujos de lava, dispersi\u00f3n y ca\u00edda de piroclastos (por ejemplo, cenizas), corrientes de densidad pirocl\u00e1sticas, actividad explosiva hidromagm\u00e1tica, ondas expansivas y peligros indirectos como terremotos, desprendimientos, deslizamientos, deformaci\u00f3n y fracturaci\u00f3n del terreno, incendios, contaminaci\u00f3n de masas de agua o del suelo, p\u00e9rdidas de cosechas, afectaci\u00f3n a la fauna, redistribuci\u00f3n de acu\u00edferos, lahares o tsunamis.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">La experiencia adquirida durante las \u00faltimas erupciones volc\u00e1nicas ocurridas en Espa\u00f1a permite la actualizaci\u00f3n y el progreso en el \u00e1mbito de la planificaci\u00f3n, as\u00ed como la mejora continuada en la gesti\u00f3n del riesgo volc\u00e1nico. En este sentido, cabe mencionar la ampliaci\u00f3n del \u00e1mbito de la gesti\u00f3n de este riesgo a las zonas submarinas, la afectaci\u00f3n de los gases y la necesidad de gestionar los peligros volc\u00e1nicos indirectos. Otro de los grandes retos actuales es profundizar e incorporar en la planificaci\u00f3n el desarrollo alcanzado en el conocimiento cient\u00edfico-t\u00e9cnico del fen\u00f3meno volc\u00e1nico para reducir la incertidumbre en la interpretaci\u00f3n y avanzar en el pron\u00f3stico de los peligros volc\u00e1nicos, lo que facilitar\u00e1 una toma de decisiones m\u00e1s adecuada y eficaz.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Para la mitigaci\u00f3n de los da\u00f1os y la gesti\u00f3n integral de las emergencias asociadas a las erupciones volc\u00e1nicas es imprescindible contar con planes de protecci\u00f3n civil actualizados que incorporen, entre otras, mejoras en la anticipaci\u00f3n y comunicaci\u00f3n del riesgo de erupciones volc\u00e1nicas, as\u00ed como facilitar la toma de decisiones y abordar la recuperaci\u00f3n. En este sentido, la nueva Directriz B\u00e1sica de Planificaci\u00f3n de Protecci\u00f3n Civil ante el riesgo volc\u00e1nico, en adelante, \u00abdirectriz\u00bb o \u00abdirectriz b\u00e1sica\u00bb tiene como finalidad mejorar la gesti\u00f3n del riesgo incidiendo en una mayor adaptaci\u00f3n del contexto actual incorporando los avances cient\u00edfico-t\u00e9cnicos en materia de vigilancia y seguimiento de la actividad volc\u00e1nica; reconociendo la necesidad de la gesti\u00f3n integral del riesgo desde un enfoque multidisciplinar; fomentando una mayor informaci\u00f3n y participaci\u00f3n ciudadana y promocionando la cultura preventiva y una mejora en la respuesta inmediata a la emergencia, as\u00ed como la preparaci\u00f3n de la fase de recuperaci\u00f3n y vuelta a la normalidad.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Una de las caracter\u00edsticas m\u00e1s distintivas del riesgo volc\u00e1nico es la prolongada duraci\u00f3n de las emergencias que genera. Las crisis volc\u00e1nicas pueden extenderse durante semanas, meses o incluso a\u00f1os, lo que exige una planificaci\u00f3n espec\u00edfica y la adopci\u00f3n de estructuras operativas adaptables a escenarios sostenidos en el tiempo. Este contexto implica, adem\u00e1s, la simultaneidad de actuaciones en distintas fases del ciclo de la emergencia, combinando la intervenci\u00f3n inmediata con las acciones de recuperaci\u00f3n. En consecuencia, la planificaci\u00f3n debe orientarse a garantizar medidas continuadas de protecci\u00f3n para la poblaci\u00f3n, los animales, el medio ambiente y los bienes, as\u00ed como una adecuada asignaci\u00f3n y gesti\u00f3n de recursos y personal durante periodos prolongados. En este sentido, los planes territoriales deben asegurar la continuidad operativa y la adecuada rotaci\u00f3n del personal, previendo mecanismos de financiaci\u00f3n y sistemas de soporte que permitan sostener este tipo de emergencias. Asimismo, resulta imprescindible prever sistemas de relevo en toda la estructura operativa y dise\u00f1ar una log\u00edstica robusta que permita mantener la operatividad en condiciones exigentes y de larga duraci\u00f3n. En definitiva, la respuesta ante el riesgo volc\u00e1nico requiere una estrategia integral, flexible y sostenida en el tiempo.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">En cuanto a la adopci\u00f3n de medidas de protecci\u00f3n, si bien los signos de actividad volc\u00e1nica pueden proporcionar tiempo adecuado para la preparaci\u00f3n y la evacuaci\u00f3n (observaci\u00f3n y vigilancia de precursores volc\u00e1nicos como la sismicidad en la zona, deformaciones en el terreno, aumento de las emisiones de gases, cambios f\u00edsico-qu\u00edmicos y aumento de la temperatura de las aguas, monitorizaci\u00f3n ac\u00fastica, etc.), los mismos signos tambi\u00e9n pueden crear condiciones de extrema incertidumbre, que pueden verse exacerbadas por una comunicaci\u00f3n fragmentada en torno a la crisis volc\u00e1nica. Igualmente es importante destacar la incapacidad actual de predecir de manera confiable la magnitud o duraci\u00f3n de una erupci\u00f3n una vez ocurrida. En este sentido, la planificaci\u00f3n ante el riesgo volc\u00e1nico debe estar acompa\u00f1ada de una importante estructura de alerta temprana, informaci\u00f3n y avisos a la poblaci\u00f3n en riesgo.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Las medidas preventivas que deben adoptarse ante los riesgos de las erupciones volc\u00e1nicas consisten principalmente en la educaci\u00f3n y preparaci\u00f3n de la poblaci\u00f3n, la inversi\u00f3n en investigaci\u00f3n volc\u00e1nica, la creaci\u00f3n de \u00e1rboles de eventos basados en el estudio de las erupciones previas, la estimaci\u00f3n de la magnitud de los peligros y sus posibles consecuencias, la realizaci\u00f3n de estudios y cartograf\u00edas multipeligro y multirriesgo, la ordenaci\u00f3n del territorio, el establecimiento de sistemas de vigilancia de la actividad volc\u00e1nica, la implementaci\u00f3n de sistemas de alerta temprana y la puesta en funcionamiento, en su caso, de los planes de emergencia espec\u00edficos.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">La Norma B\u00e1sica de Protecci\u00f3n Civil, aprobada por Real Decreto\u00a0524\/2023, de\u00a020 de junio (\u00abBolet\u00edn Oficial del Estado\u00bb n\u00fam.\u00a0147, de\u00a021 de junio, en adelante, Real Decreto\u00a0524\/2023), dispone, en el art\u00edculo\u00a03 de su anexo, que las directrices b\u00e1sicas de planificaci\u00f3n son los instrumentos para garantizar la homogeneidad y coherencia de la planificaci\u00f3n de los riesgos en los que concurran planes de varias Administraciones p\u00fablicas, incluyendo dicha norma jur\u00eddica el riesgo volc\u00e1nico entre los riesgos objeto de planificaci\u00f3n, previa aprobaci\u00f3n de la presente directriz b\u00e1sica de planificaci\u00f3n.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">El art\u00edculo\u00a08 del anexo del Real Decreto\u00a0524\/2023 establece los diferentes tipos de planes de protecci\u00f3n civil, entre los que figuran los planes especiales, definiendo como tales planes especiales aquellos elaborados en cada \u00e1mbito territorial para establecer, entre otras, las medidas espec\u00edficas para cada riesgo de los incluidos en un cat\u00e1logo de riesgos de protecci\u00f3n civil. En el caso del riesgo volc\u00e1nico, su naturaleza requiere una metodolog\u00eda t\u00e9cnico-cient\u00edfica propia, de acuerdo con su respectiva directriz b\u00e1sica de planificaci\u00f3n objeto de este acuerdo.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Los planes especiales podr\u00e1n ser estatales o auton\u00f3micos, por lo que, a los efectos de la presente directriz, se consideran dos niveles de planificaci\u00f3n: el estatal y el de comunidad aut\u00f3noma, integrando en este \u00faltimo los planes de actuaci\u00f3n que sean confeccionados por las entidades locales y planes territoriales que incluyan este riesgo en su \u00e1mbito de aplicaci\u00f3n.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">1.2\u2003Funciones.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">Las funciones de esta directriz b\u00e1sica de planificaci\u00f3n son, entre otras:<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">\u2013\u2002Definir criterios y fijar requisitos m\u00ednimos que gu\u00eden la elaboraci\u00f3n de los planes especiales estatales y auton\u00f3micos, los planes de autoprotecci\u00f3n, as\u00ed como la elaboraci\u00f3n de los planes de \u00e1mbito local.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002Asegurar la necesaria homogeneidad entre todos los planes.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002Facilitar la integraci\u00f3n en otros instrumentos de planificaci\u00f3n de \u00e1mbito superior, as\u00ed como, en su caso, la integraci\u00f3n en ellos de otros planes de protecci\u00f3n civil de \u00e1mbito inferior.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002Estandarizar procedimientos de relaci\u00f3n entre organismos, operativos o de an\u00e1lisis del riesgo.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002Normalizar la interpretaci\u00f3n de conceptos, t\u00e9rminos y definiciones.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002Establecer un esquema org\u00e1nico-funcional gen\u00e9rico que asegure la coordinaci\u00f3n entre organismos responsables y que facilite la respuesta del Sistema Nacional de Protecci\u00f3n Civil (SNPC).<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">1.3\u2003Definiciones.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">En el anexo I se desarrollan las definiciones y acr\u00f3nimos correspondientes al riesgo volc\u00e1nico.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">1.4\u2003Objeto y \u00e1mbito de la directriz b\u00e1sica.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">El objeto de la presente directriz b\u00e1sica es establecer los criterios m\u00ednimos que habr\u00e1n de seguir las distintas Administraciones p\u00fablicas en la confecci\u00f3n de los Planes Especiales de Protecci\u00f3n Civil frente al riesgo volc\u00e1nico en el \u00e1mbito territorial y competencial que a cada una le corresponda. Todo ello con la finalidad de prever un sistema que haga posible, en su caso, la coordinaci\u00f3n, integraci\u00f3n y actuaci\u00f3n conjunta de los distintos servicios y administraciones implicadas.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Los planes especiales que se deriven de la presente directriz podr\u00e1n estructurarse en:<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">\u2013\u2002Plan Especial Estatal de Protecci\u00f3n Civil ante el riesgo volc\u00e1nico.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002Planes Especiales Auton\u00f3micos de Protecci\u00f3n Civil ante el riesgo volc\u00e1nico.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">Cada plan auton\u00f3mico establecer\u00e1, dentro de su respectivo \u00e1mbito territorial y conforme a la zonificaci\u00f3n basada en el nivel de riesgo, las directrices para la elaboraci\u00f3n de los planes de actuaci\u00f3n de \u00e1mbito local. Estos planes deber\u00e1n desarrollarse preferentemente en aquellas islas o municipios identificados como prioritarios en el mapa de riesgos, garantizando su plena integraci\u00f3n en la estructura organizativa del plan auton\u00f3mico.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Para la delimitaci\u00f3n objetiva de las zonas del territorio nacional expuestas a riesgo volc\u00e1nico, esta directriz adopta como criterio de referencia una probabilidad de ocurrencia de una erupci\u00f3n igual o superior al\u00a05\u202f% en un horizonte temporal de\u00a050 a\u00f1os (equivalente a un tiempo de recurrencia de\u00a0975 a\u00f1os).<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Bajo este criterio cient\u00edfico-t\u00e9cnico, la \u00fanica zona del territorio nacional que supera dicho umbral es el archipi\u00e9lago canario con un\u00a077,69\u202f% (equivalente a un tiempo de recurrencia de\u00a033 a\u00f1os), debido a su alta actividad hist\u00f3rica volc\u00e1nica reciente. Otras \u00e1reas del territorio nacional con volcanismo reciente (\u00faltimos\u00a011.700 a\u00f1os), como el Campo Volc\u00e1nico de La Garrotxa (Catalu\u00f1a), presentan una probabilidad de\u00a01,09\u202f% en un horizonte temporal de\u00a050 a\u00f1os (equivalente a un tiempo de recurrencia de\u00a04.587 a\u00f1os).<\/p>\n<p class=\"parrafo\">En consecuencia y de acuerdo con los conocimientos cient\u00edficos actuales, el \u00e1mbito de aplicaci\u00f3n territorial obligatoria de la presente directriz se circunscribe a la Comunidad Aut\u00f3noma de Canarias, sin perjuicio de que otras comunidades aut\u00f3nomas puedan adoptarla o desarrollarla en funci\u00f3n de la evoluci\u00f3n del conocimiento cient\u00edfico y t\u00e9cnico o de sus propias necesidades de planificaci\u00f3n.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">1.5\u2003Marco legal de la directriz b\u00e1sica.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">El marco legal y reglamentario que sustenta esta directriz aplicable al riesgo volc\u00e1nico se incluye en el anexo II. Legislaci\u00f3n.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">1.6\u2003Estructura del plan especial: contenido m\u00ednimo del Plan de Protecci\u00f3n Civil ante el riesgo volc\u00e1nico.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">Los planes especiales ante el riesgo volc\u00e1nico responder\u00e1n en su redacci\u00f3n a la estructura y contenido m\u00ednimo que se relaciona a continuaci\u00f3n:<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">1.\u2003Fundamentos generales.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">\u2013\u2002Objeto y \u00e1mbito.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002Marco legal.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">2.\u2003Elementos b\u00e1sicos de planificaci\u00f3n.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">\u2013\u2002An\u00e1lisis de riesgos y su zonificaci\u00f3n.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002Sistemas de alerta e informaci\u00f3n.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002Sistemas y procedimientos de informaci\u00f3n y notificaci\u00f3n a otros \u00f3rganos del Sistema Nacional de Protecci\u00f3n Civil.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002Sistemas de alerta temprana e informaci\u00f3n a la poblaci\u00f3n.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002Medidas de protecci\u00f3n a la poblaci\u00f3n.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002Medidas de autoprotecci\u00f3n.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002Medidas de protecci\u00f3n a los bienes, a los animales, al medio ambiente y al patrimonio hist\u00f3rico-art\u00edstico y cultural.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002Delimitaci\u00f3n de \u00e1reas de seguridad en emergencias volc\u00e1nicas.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">3.\u2003\u00d3rganos del plan.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">4.\u2003Operatividad del plan.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">5.\u2003Implantaci\u00f3n y mantenimiento de los planes.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">6.\u2003Evaluaci\u00f3n y revisi\u00f3n de los planes.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">7.\u2003Anexos.<\/p>\n<p class=\"centro_cursiva\">2.\u2003Directrices para la elaboraci\u00f3n del contenido m\u00ednimo de los Planes de Protecci\u00f3n Civil ante el riesgo volc\u00e1nico<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">2.1\u2003Fundamentos generales.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">2.1.1\u2003Objeto y \u00e1mbito.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">Los planes reflejar\u00e1n el objeto del plan atendiendo al riesgo volc\u00e1nico, as\u00ed como el \u00e1mbito competencial y el \u00e1mbito territorial de aplicaci\u00f3n que corresponda a dicho plan.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">2.1.2\u2003Marco legal.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">En todo caso, se considerar\u00e1 como referencia m\u00ednima la siguiente normativa:<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">a)\u2003Ley\u00a017\/2015, de\u00a09 de julio, del Sistema Nacional de Protecci\u00f3n Civil.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">b)\u2003Real Decreto\u00a0524\/2023, de\u00a020 de junio, por el que se aprueba la Norma B\u00e1sica de Protecci\u00f3n Civil.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">c)\u2003Plan Estatal General de Emergencias de Protecci\u00f3n Civil (PLEGEM) vigente.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">d)\u2003Directriz B\u00e1sica de Protecci\u00f3n Civil ante el riesgo volc\u00e1nico vigente.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">2.2\u2003Elementos b\u00e1sicos de planificaci\u00f3n.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">Al objeto de asegurar un correcto an\u00e1lisis del riesgo y una adecuada operatividad del plan, este deber\u00e1 contemplar una serie de elementos b\u00e1sicos de planificaci\u00f3n, entre los cuales deber\u00e1n figurar los siguientes:<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">2.2.1\u2003An\u00e1lisis de riesgo y su zonificaci\u00f3n.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">Los planes especiales deber\u00e1n incorporar el an\u00e1lisis del riesgo volc\u00e1nico, que constituir\u00e1 la base para la planificaci\u00f3n de la protecci\u00f3n civil frente a este riesgo y deber\u00e1 elaborarse conforme a lo dispuesto en la presente directriz y en las gu\u00edas t\u00e9cnicas aprobadas por el Ministerio del Interior.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">El an\u00e1lisis del riesgo volc\u00e1nico deber\u00e1 tener en cuenta la complejidad inherente a este tipo de fen\u00f3menos derivada, entre otros factores, de:<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">a)\u2003La concurrencia de m\u00faltiples peligros relacionados con la actividad volc\u00e1nica, directos e indirectos, con comportamientos diferenciados, que pueden afectar a distintas \u00e1reas y solaparse en el tiempo.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">b)\u2003Las dificultades para la incorporaci\u00f3n de par\u00e1metros de susceptibilidad, vulnerabilidad y coste, en un contexto de elevada incertidumbre.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">c)\u2003La baja recurrencia de los fen\u00f3menos volc\u00e1nicos, que limita la disponibilidad de datos hist\u00f3ricos y puede provocar la obsolescencia de las estimaciones sobre p\u00e9rdidas y elementos expuestos.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">d)\u2003La existencia de informaci\u00f3n geol\u00f3gica incompleta o no espec\u00edfica, basada, en muchos casos, en cartograf\u00eda no vulcanol\u00f3gica y carente de los elementos necesarios para un an\u00e1lisis adecuado de la susceptibilidad y la peligrosidad.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">e)\u2003Las limitaciones para la aplicaci\u00f3n de t\u00e9cnicas estad\u00edsticas, especialmente en el an\u00e1lisis de la recurrencia, derivadas de la escasez de datos.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">f)\u2003La dificultad para representar de forma integrada todos los peligros volc\u00e1nicos en cartograf\u00eda de riesgo, debido a la complejidad de determinados procesos y a la falta de datos suficientes para su modelizaci\u00f3n.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">A efectos de esta directriz, el an\u00e1lisis del riesgo volc\u00e1nico se define como un proceso integrado que combina el estudio de la peligrosidad volc\u00e1nica y de la vulnerabilidad de los elementos expuestos, con el fin de determinar la probabilidad de ocurrencia y los posibles efectos de los eventos volc\u00e1nicos. Dicho an\u00e1lisis se fundamenta en la evaluaci\u00f3n de la frecuencia, recurrencia, distribuci\u00f3n espacial y caracter\u00edsticas de los distintos tipos de erupciones volc\u00e1nicas probables y de sus manifestaciones, considerando la susceptibilidad volc\u00e1nica del territorio, los peligros asociados, los posibles escenarios multirriesgo y los fen\u00f3menos en cascada. Asimismo, incorpora la valoraci\u00f3n de la vulnerabilidad y exposici\u00f3n de personas, bienes, animales, edificaciones esenciales, infraestructuras, redes de comunicaci\u00f3n, medio ambiente y patrimonio cultural, as\u00ed como la estimaci\u00f3n de los impactos y costes econ\u00f3micos derivados.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Dado el car\u00e1cter prolongado de los procesos volc\u00e1nicos, la planificaci\u00f3n deber\u00e1 contemplar horizontes temporales amplios y diferenciados, que abarquen tanto los procesos preeruptivos \u2013que pueden prolongarse durante meses o incluso a\u00f1os\u2013, como las fases eruptivas activas, cuya duraci\u00f3n puede extenderse igualmente durante periodos prolongados, y los procesos posteruptivos, que pueden mantenerse durante varios a\u00f1os debido a sus efectos residuales y a las necesidades de recuperaci\u00f3n. Esta perspectiva temporal integral resulta esencial para garantizar una adecuada preparaci\u00f3n, respuesta y recuperaci\u00f3n ante este tipo de emergencias.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">En el largo plazo, se basar\u00e1 en la elaboraci\u00f3n de mapas de peligrosidad y riesgo a partir del an\u00e1lisis de los datos geol\u00f3gicos disponibles; mientras que, en el corto plazo, incorporar\u00e1 de forma din\u00e1mica la informaci\u00f3n procedente de la monitorizaci\u00f3n volc\u00e1nica. Esta planificaci\u00f3n deber\u00e1, asimismo, anticipar posibles reactivaciones y establecer una sectorizaci\u00f3n espacio\u2011temporal que permita mantener la activaci\u00f3n de los planes de protecci\u00f3n civil con continuidad y flexibilidad, as\u00ed como regular la desescalada progresiva, total o parcial, del territorio afectado.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Los planes especiales de \u00e1mbito auton\u00f3mico deber\u00e1n apoyar la realizaci\u00f3n de estudios espec\u00edficos de riesgo volc\u00e1nico en \u00e1reas, islas o municipios con elevada poblaci\u00f3n expuesta, considerando tanto la poblaci\u00f3n residente como la poblaci\u00f3n flotante o temporal, situados en zonas con alta probabilidad de ser afectadas por la erupci\u00f3n. Estos estudios se integrar\u00e1n en los planes de actuaci\u00f3n de \u00e1mbito local, que deber\u00e1n adaptarlos y complementarlos conforme a su \u00e1mbito territorial.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">En el an\u00e1lisis del riesgo volc\u00e1nico deber\u00e1n considerarse los peligros asociados al fen\u00f3meno volc\u00e1nico durante las fases preeruptiva, eruptiva, posteruptiva e intereruptiva, dada su capacidad para generar situaciones de riesgo para la poblaci\u00f3n incluso en ausencia de actividad eruptiva.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">A tal efecto, los planes deber\u00e1n garantizar:<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">a)\u2003La evaluaci\u00f3n del riesgo volc\u00e1nico a largo plazo, incorporando el an\u00e1lisis de peligrosidad, vulnerabilidad y coste o valor.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">b)\u2003La evaluaci\u00f3n del riesgo volc\u00e1nico a corto plazo, incorporando el an\u00e1lisis de peligrosidad que incluya datos procedentes de los sistemas de monitorizaci\u00f3n y la elaboraci\u00f3n de escenarios de evoluci\u00f3n.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">c)\u2003Generar informaci\u00f3n coordinada procedente de las distintas redes de vigilancia durante el desarrollo de la emergencia.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">d)\u2003La elaboraci\u00f3n de \u00e1rboles de eventos para evaluar la posible evoluci\u00f3n del proceso de reactivaci\u00f3n y\/o eruptivo.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">e)\u2003El apoyo a la toma de decisiones por parte de las autoridades competentes en materia de protecci\u00f3n civil, asegurando que la informaci\u00f3n facilitada sea clara, actualizada y operativa.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">f)\u2003Asimismo, deber\u00e1 contemplarse de forma espec\u00edfica la consideraci\u00f3n de escenarios de riesgo asociados a peligros persistentes relacionados con el fen\u00f3meno volc\u00e1nico (gases, sismicidad, moviendo de laderas,\u2026), atendiendo a su impacto prolongado sobre la poblaci\u00f3n, las edificaciones y las infraestructuras.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">Los an\u00e1lisis de peligrosidad y de riesgo volc\u00e1nico incorporados en los planes especiales, una vez aprobados y homologados conforme a esta directriz, deber\u00e1n ser considerados por los \u00f3rganos competentes en los procesos de planificaci\u00f3n territorial y ordenaci\u00f3n de los usos del suelo.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">La zonificaci\u00f3n tendr\u00e1 por objeto delimitar el territorio en \u00e1reas diferenciadas en funci\u00f3n del nivel de peligrosidad y riesgo, tanto en situaciones de vigilancia y reactivaci\u00f3n volc\u00e1nica como durante el desarrollo de una erupci\u00f3n, y en funci\u00f3n de las medidas de protecci\u00f3n y respuesta necesarias.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">La zonificaci\u00f3n de peligrosidad volc\u00e1nica a largo plazo se establecer\u00e1 a partir de cartograf\u00eda oficial, basada en datos hist\u00f3ricos y geol\u00f3gicos y tendr\u00e1 en cuenta el estudio de susceptibilidad volc\u00e1nica, la identificaci\u00f3n y caracterizaci\u00f3n de los peligros volc\u00e1nicos, la probabilidad de ocurrencia y la realizaci\u00f3n de simulaciones y modelizaci\u00f3n num\u00e9rica para generar escenarios eruptivos basados en estudios cient\u00edficos.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Esta zonificaci\u00f3n permitir\u00e1 orientar:<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">a)\u2003La planificaci\u00f3n operativa: desarrollar planes de emergencia detallados para la evacuaci\u00f3n y asistencia en casos de emergencia, incluyendo rutas de evacuaci\u00f3n, puntos de encuentro y la distribuci\u00f3n de recursos.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">b)\u2003Implementar propuestas de reducci\u00f3n de la vulnerabilidad: desarrollar y aplicar normas de construcci\u00f3n e infraestructura resistente a los desastres, as\u00ed como la promoci\u00f3n de pr\u00e1cticas agr\u00edcolas y de desarrollo sostenible que reduzcan la vulnerabilidad.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">c)\u2003Mejorar los sistemas de alerta temprana: implementar sistemas que permitan detectar y comunicar de forma eficiente la aproximaci\u00f3n de un evento natural, permitiendo a la poblaci\u00f3n y a los servicios de emergencia prepararse adecuadamente.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">d)\u2003La asignaci\u00f3n y preparaci\u00f3n de recursos: establecer y mantener una capacidad de respuesta r\u00e1pida, incluyendo equipos de emergencia bien entrenados, reservas de equipos y suministros y planes para su eficaz distribuci\u00f3n.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">e)\u2003Implementar programas de educaci\u00f3n y formaci\u00f3n para la comunidad sobre el riesgo volc\u00e1nico, c\u00f3mo prepararse, responder y recuperarse.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">f)\u2003El an\u00e1lisis del riesgo volc\u00e1nico a corto plazo se realizar\u00e1 en situaciones de reactivaci\u00f3n o erupci\u00f3n y deber\u00e1 contemplar datos geol\u00f3gicos actualizados e informaci\u00f3n procedente de los sistemas de monitorizaci\u00f3n y otros que se consideren necesarios. Su zonificaci\u00f3n deber\u00e1 considerar, al menos, los siguientes sectores de actuaci\u00f3n:<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">\u2013\u2002Zona de emergencia, que incluir\u00e1 los n\u00facleos afectados y las \u00e1reas de exclusi\u00f3n, delimitadas din\u00e1micamente en funci\u00f3n del avance de las coladas de lava, la emisi\u00f3n de gases, piroclastos, la sismicidad, la deformaci\u00f3n del terreno y otros peligros de alto impacto (grandes deslizamientos u otros). La delimitaci\u00f3n se realizar\u00e1 a partir de mapas de peligros, \u00e1rboles de eventos, magnitud de los procesos y distancias m\u00e1ximas de afecci\u00f3n, atendiendo a los informes del Comit\u00e9 Cient\u00edfico-T\u00e9cnico. Corresponder\u00e1 a \u00e1reas de peligrosidad alta.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002Zonas de impacto indirecto, afectadas por la ca\u00edda de cenizas, el deterioro de la calidad del aire, las afecciones a los sistemas de abastecimiento, energ\u00eda, agua, infraestructuras de transporte y comunicaciones u otros peligros indirectos de bajo impacto (peque\u00f1os desprendimientos u otros). Su delimitaci\u00f3n se basar\u00e1 en umbrales operativos y procedimientos de control de los servicios esenciales. Corresponder\u00e1n a \u00e1reas de peligrosidad media.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002Zonas de seguridad, log\u00edstica y albergue, \u00e1reas previamente definidas en funci\u00f3n de su accesibilidad, comunicaciones y protecci\u00f3n frente a los peligros volc\u00e1nicos, destinadas a la poblaci\u00f3n evacuada y a los servicios intervinientes. Corresponder\u00e1n a \u00e1reas de peligrosidad baja.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">2.2.1.1\u2003Factores para considerar en el an\u00e1lisis del riesgo volc\u00e1nico.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">Los peligros volc\u00e1nicos pueden generar efectos directos sobre la poblaci\u00f3n, los servicios p\u00fablicos esenciales, las v\u00edas de transporte, las infraestructuras estrat\u00e9gicas, as\u00ed como sobre el medio ambiente y determinados par\u00e1metros clim\u00e1ticos. Asimismo, estos procesos pueden originar impactos secundarios de relevancia en las comunidades afectadas, tales como el desplazamiento temporal o permanente de personas, la alteraci\u00f3n de la operatividad de las Administraciones p\u00fablicas, y la interrupci\u00f3n o limitaci\u00f3n de actividades econ\u00f3micas como la industria, el comercio o la agricultura. Todos estos efectos, tanto primarios como derivados, deben ser considerados de manera integral en la evaluaci\u00f3n y el an\u00e1lisis del riesgo volc\u00e1nico.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">El riesgo volc\u00e1nico es la probabilidad de que un elemento (persona, bien, infraestructura\u2026) sufra da\u00f1os a causa de un peligro volc\u00e1nico directo o indirecto.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">La metodolog\u00eda para realizar el c\u00e1lculo del riesgo volc\u00e1nico se basa en el producto escalar de las tres variables que definen el riesgo (Peligrosidad-Vulnerabilidad-Valor) y puede llevarse a cabo en un Sistema de Informaci\u00f3n Geogr\u00e1fica al ser variables georreferenciadas.<\/p>\n<p class=\"centro\">Riesgo = Peligrosidad\u2212Vulnerabilidad\u2212Valor<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">Un peligro volc\u00e1nico es cualquier proceso volc\u00e1nico que puede causar da\u00f1o. La variable peligrosidad, en el an\u00e1lisis de riesgo volc\u00e1nico, se define como la probabilidad de que una zona determinada sea afectada por un peligro volc\u00e1nico en un tiempo determinado.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">La vulnerabilidad es la incapacidad total o parcial de un sistema o de una unidad para resistir un peligro.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">El valor hace referencia al coste econ\u00f3mico de reposici\u00f3n del bien afectado por el peligro volc\u00e1nico y que es susceptible de ser da\u00f1ado.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Es importante remarcar que los volcanes son sistemas multipeligro, por lo que pueden causar multirriesgos (simult\u00e1neos y\/o en cascada). Por lo tanto, la gesti\u00f3n del riesgo volc\u00e1nico debe realizarse desde esta perspectiva.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">2.2.1.2\u2003An\u00e1lisis de peligrosidad volc\u00e1nica.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">El concepto de peligrosidad volc\u00e1nica comprende el conjunto de peligros volc\u00e1nicos directos e indirectos que pueden generarse durante una erupci\u00f3n y que tienen capacidad para causar da\u00f1os a las personas, a los bienes y al entorno expuesto en un tiempo determinado. El an\u00e1lisis de esta peligrosidad se centra en evaluar la probabilidad de que dichos peligros puedan afectar a una zona en un intervalo de tiempo, ya sea a escala insular, municipal, comarcal o de \u00e1reas geogr\u00e1ficas concretas. Este an\u00e1lisis constituye un elemento esencial para la prevenci\u00f3n, la mitigaci\u00f3n del riesgo y la adecuada preparaci\u00f3n frente a emergencias, al permitir identificar escenarios potenciales, anticipar sus efectos y orientar la planificaci\u00f3n de medidas de protecci\u00f3n civil.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Las herramientas utilizadas para el an\u00e1lisis de peligrosidad volc\u00e1nica est\u00e1n basadas en los mapas de los distintos peligros volc\u00e1nicos, su susceptibilidad, el modelado de escenarios eruptivos y el an\u00e1lisis determin\u00edstico y\/o an\u00e1lisis estad\u00edstico con definici\u00f3n de periodos de retorno en funci\u00f3n de su frecuencia, pudiendo ser recomendable su aplicaci\u00f3n a periodos desde\u00a02-5 a\u00f1os, a menor de\u00a0100 a\u00f1os, 100 a\u00f1os o mayor de\u00a0100 a\u00f1os, en funci\u00f3n de las caracter\u00edsticas de cada zona eruptiva y la disponibilidad de datos hist\u00f3ricos. Los resultados de estos an\u00e1lisis de peligrosidad se tomar\u00e1n como referencia para el an\u00e1lisis del riesgo y su zonificaci\u00f3n.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">La evaluaci\u00f3n de la peligrosidad volc\u00e1nica debe identificar y analizar los peligros volc\u00e1nicos directos e indirectos espec\u00edficos del \u00e1rea, incluyendo su frecuencia, magnitud y\/o intensidad y recurrencia. El estudio del registro geol\u00f3gico, la historia eruptiva y de los procesos caracter\u00edsticos de cada \u00e1rea volc\u00e1nica permitir\u00e1 identificar los peligros relevantes en cada zona y estimar su posible comportamiento futuro. El estudio de la peligrosidad volc\u00e1nica exige evaluar independientemente los peligros volc\u00e1nicos e integrarlos en un an\u00e1lisis multipeligro.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Los principales peligros volc\u00e1nicos directos son las coladas de lava, la proyecci\u00f3n bal\u00edstica y ca\u00edda de piroclastos, corrientes densas de material pirocl\u00e1stico (PDC) y la emisi\u00f3n de gases volc\u00e1nicos.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">La presente directriz reconoce que los terremotos y los gases son los peligros volc\u00e1nicos que mayor n\u00famero de p\u00e9rdidas de vidas humanas han ocasionado en territorio nacional. En este sentido, la experiencia operativa reciente ha puesto de manifiesto la necesidad de reforzar este \u00e1mbito mediante la incorporaci\u00f3n de una estructura espec\u00edfica dedicada al seguimiento, an\u00e1lisis y gesti\u00f3n de las condiciones ambientales y de habitabilidad, tanto durante la fase de emergencia como, especialmente, en la fase de recuperaci\u00f3n.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Los peligros volc\u00e1nicos indirectos son las consecuencias secundarias de una erupci\u00f3n, como lahares (flujos y bloques de lodo), tsunamis, terremotos, incendios, movimientos del terreno, lluvia \u00e1cida, contaminaci\u00f3n, afectaciones al clima, hambrunas o epidemias, que a menudo causan m\u00e1s muertes y da\u00f1os que los efectos directos.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">La susceptibilidad volc\u00e1nica se define como la probabilidad espacial de que se produzca una erupci\u00f3n. Su determinaci\u00f3n debe basarse en el an\u00e1lisis de centros eruptivos previos y puede considerar otros elementos volcano-estructurales (diques, fallas u otros). En funci\u00f3n de la susceptibilidad volc\u00e1nica y la caracterizaci\u00f3n de los peligros volc\u00e1nicos directos, podr\u00e1n realizarse escenarios para los distintos peligros volc\u00e1nicos.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Los planes que se deriven de esta directriz b\u00e1sica deber\u00e1n recoger los peligros volc\u00e1nicos y sus efectos directos e indirectos, as\u00ed como su representaci\u00f3n a trav\u00e9s de los mapas de susceptibilidad y peligrosidad de los peligros volc\u00e1nicos de acuerdo a la unidad territorial que se establezca m\u00e1s eficaz para cada uno de los planes. En el \u00e1mbito auton\u00f3mico de Canarias la unidad territorial establecida es la insular, pudiendo los planes de actuaci\u00f3n local conducir m\u00e1s al detalle en cuanto al an\u00e1lisis por zonas espec\u00edficas, como la zona de cada estratovolc\u00e1n y\/o campo volc\u00e1nico monogen\u00e9tico. Para cada peligro volc\u00e1nico se detallar\u00e1 el car\u00e1cter cualitativo o cuantitativo de los mapas desarrollados.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">El an\u00e1lisis de peligrosidad se actualizar\u00e1 tras cada crisis volc\u00e1nica o avance cient\u00edfico relevante.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">2.2.1.3\u2003An\u00e1lisis de la vulnerabilidad y exposici\u00f3n.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">El an\u00e1lisis de vulnerabilidad debe determinar qu\u00e9 \u00e1reas y segmentos de la poblaci\u00f3n son m\u00e1s vulnerables a los diferentes tipos de peligros volc\u00e1nicos. En este an\u00e1lisis se considera la exposici\u00f3n, es decir, el hecho de que un elemento pueda verse afectado por un peligro en funci\u00f3n de su posici\u00f3n espacial. Los elementos expuestos pueden ser personas, animales, infraestructuras, actividades econ\u00f3micas, medio ambiente, bienes de inter\u00e9s cultural y patrimonio hist\u00f3rico, etc.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">La vulnerabilidad a este riesgo es la susceptibilidad de una comunidad de sufrir da\u00f1os debido a un evento volc\u00e1nico, influenciada por factores f\u00edsicos, sociales, econ\u00f3micos y ambientales. Sin dejar de mencionar la relaci\u00f3n existente entre la exposici\u00f3n y la vulnerabilidad, en el sentido de que un elemento puede encontrarse expuesto a un determinado peligro sin que ello implique necesariamente que sea total o parcialmente vulnerable a sus efectos.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Los elementos vulnerables tenidos en consideraci\u00f3n pueden adoptar la siguiente clasificaci\u00f3n:<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">\u2013\u2002Tipo natural: por la relevancia y\/o singularidad de los valores ambientales y ecol\u00f3gicos que encierran y el notable perjuicio que se producir\u00eda si fueran afectados por una situaci\u00f3n de emergencia. Pod\u00edan contemplarse en esta categor\u00eda: montes, espacios naturales protegidos, zonas de especiales de protecci\u00f3n para la fauna y pesca, zonas de especial conservaci\u00f3n\u2026.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002Tipo f\u00edsico: se refiere a la fragilidad estructural y funcional de edificaciones, infraestructuras y redes de servicios frente a los fen\u00f3menos volc\u00e1nicos, en funci\u00f3n de su resistencia, calidad constructiva, localizaci\u00f3n y estado de conservaci\u00f3n. Pudiendo contemplarse infraestructuras hidr\u00e1ulicas, de gesti\u00f3n de residuos, red el\u00e9ctrica, red viaria y telecomunicaciones, pol\u00edgonos industriales, infraestructuras del transporte a\u00e9reo, mar\u00edtimo y terrestre.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002Tipo social: hace referencia a la capacidad de la poblaci\u00f3n expuesta, incluidas las personas y los animales, para anticipar, afrontar y recuperarse de una erupci\u00f3n volc\u00e1nica, atendiendo a factores demogr\u00e1ficos, sociales, culturales y de uso del territorio. Podr\u00edan contemplarse en esta categor\u00eda: centros sanitarios, educativos y asistenciales, comercio, instalaciones de patrimonio cultural, patrimonial e hist\u00f3rico, espacios asociados a manifestaciones culturales o religiosas, centros de usos recreativos y deportivos, principales \u00e1reas tur\u00edsticas como playas y zonas de costa.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002Tipo econ\u00f3mico: analiza la susceptibilidad de las actividades productivas y de los sistemas econ\u00f3micos a sufrir p\u00e9rdidas como consecuencia de un episodio volc\u00e1nico, as\u00ed como su capacidad de recuperaci\u00f3n y continuidad.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002Tipo ambiental: se centra en la respuesta de los sistemas naturales, ecosistemas y valores ambientales ante perturbaciones volc\u00e1nicas, considerando la afecci\u00f3n a espacios naturales, biodiversidad y funciones ecol\u00f3gicas.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002Tipo institucional o funcional: eval\u00faa la capacidad de las Administraciones p\u00fablicas, los sistemas de gesti\u00f3n y los servicios esenciales para prevenir, gestionar y recuperarse de los impactos derivados de una emergencia volc\u00e1nica.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">Los planes especiales y los de actuaci\u00f3n local derivados de aquellos, elaborados conforme a la presente directriz b\u00e1sica, deber\u00e1n incorporar cartograf\u00eda de elementos expuestos y vulnerabilidad, estimada mediante t\u00e9cnicas cuantitativas, cualitativas y espaciales ajustadas a la escala de an\u00e1lisis y a la informaci\u00f3n disponible.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">2.2.1.4\u2003Mapas de riesgo.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">El an\u00e1lisis de la peligrosidad, la vulnerabilidad y el valor dar\u00e1 lugar, respectivamente, a la elaboraci\u00f3n de cartograf\u00edas. La combinaci\u00f3n de estas cartograf\u00edas generar\u00e1 los mapas de riesgo, en los que se identificar\u00e1n las \u00e1reas de especial relevancia.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Los planes derivados de esta directriz deber\u00e1n disponer en la medida de lo posible de mapas de riesgo volc\u00e1nico para los principales peligros. Un mapa de riesgo volc\u00e1nico es una representaci\u00f3n espacial georreferenciada que integra, para un territorio determinado, la peligrosidad de un fen\u00f3meno, la exposici\u00f3n de los elementos susceptibles de sufrir da\u00f1os y su vulnerabilidad y la estimaci\u00f3n de p\u00e9rdidas. La base de esta representaci\u00f3n es esencial para la gesti\u00f3n del riesgo volc\u00e1nico, pudiendo ser utilizadas como herramientas de prevenci\u00f3n, ya que permiten la implementaci\u00f3n de medidas de mitigaci\u00f3n y preparaci\u00f3n; la informaci\u00f3n y alerta a la poblaci\u00f3n; y la toma de decisiones por parte de los gestores de emergencias.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Del an\u00e1lisis del mapa de riesgos elaborado en el plan especial auton\u00f3mico, se identificar\u00e1n las \u00e1reas que precisan de la elaboraci\u00f3n de un plan de actuaci\u00f3n local ante el riesgo volc\u00e1nico.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Los mapas de peligrosidad, vulnerabilidad, valor y riesgo volc\u00e1nico se incorporar\u00e1n como documentos anexos a los planes que se redacten, y estar\u00e1n disponibles en formato digital y se incluir\u00e1n en el Mapa Nacional de Riesgos de Protecci\u00f3n Civil integrado en la Red Nacional de Informaci\u00f3n de Protecci\u00f3n Civil (RENAIN). Deber\u00e1n tener car\u00e1cter accesible e interoperable por todas las Administraciones p\u00fablicas y actores involucrados en el plan, as\u00ed como para el resto del Sistema Nacional de Protecci\u00f3n Civil.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Para facilitar el derecho a la informaci\u00f3n establecido en la Ley del Sistema Nacional de Protecci\u00f3n Civil, deber\u00e1n habilitarse f\u00f3rmulas que permitan la consulta p\u00fablica de estos mapas.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Los planes especiales deber\u00e1n incorporar los mapas de riesgo como herramienta fundamental para la toma de decisiones y para la planificaci\u00f3n e implementaci\u00f3n de actuaciones preventivas y de respuesta. Dichos mapas se incluir\u00e1n como anexos en los correspondientes planes.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">En los distintos planes se establecer\u00e1 el \u00f3rgano u \u00f3rganos encargados de realizar los correspondientes mapas de riesgo.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">2.2.1.5\u2003Escenarios de emergencias derivados del an\u00e1lisis del riesgo y su zonificaci\u00f3n.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">Los planes podr\u00e1n identificar factores que pueden aumentar el riesgo, como ciertas \u00e9pocas del a\u00f1o o condiciones espec\u00edficas.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Se identificar\u00e1n escenarios de emergencia dentro de la planificaci\u00f3n auton\u00f3mica y\/o local para facilitar la priorizaci\u00f3n de las decisiones y ayudar en la formulaci\u00f3n y ejecuci\u00f3n de las acciones de intervenci\u00f3n requeridas. Los escenarios de emergencia se construyen a partir del an\u00e1lisis del riesgo y su zonificaci\u00f3n.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Los planes especiales deber\u00e1n definir escenarios de emergencia con la finalidad de anticipar los efectos derivados de las erupciones volc\u00e1nicas y de establecer, de forma planificada, las medidas de respuesta necesarias para la protecci\u00f3n de la poblaci\u00f3n, los bienes, las infraestructuras y los servicios esenciales.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Dichos escenarios se elaborar\u00e1n a partir del an\u00e1lisis de la exposici\u00f3n y la vulnerabilidad del territorio afectado, considerando los impactos potenciales sobre las edificaciones, las infraestructuras, los servicios esenciales, la salud p\u00fablica y las actividades socioecon\u00f3micas, abarcando desde los escenarios de mayor probabilidad hasta aquellos asociados a un impacto razonablemente esperable m\u00e1s elevado.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">La definici\u00f3n de los escenarios se realizar\u00e1 desde un enfoque multirriesgo, teniendo en cuenta los riesgos volc\u00e1nicos directos, as\u00ed como los riesgos volc\u00e1nicos indirectos.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Los escenarios deber\u00e1n permitir:<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">a)\u2003Identificar las necesidades operativas para la gesti\u00f3n de la emergencia.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">b)\u2003Definir los procedimientos y protocolos de actuaci\u00f3n.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">c)\u2003Facilitar la planificaci\u00f3n de ejercicios y simulacros.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">Para su definici\u00f3n se tendr\u00e1 en cuenta, al menos, la tipolog\u00eda y explosividad de las erupciones, los peligros asociados, la vulnerabilidad de las infraestructuras y edificaciones, las caracter\u00edsticas de la poblaci\u00f3n y la existencia de infraestructuras cr\u00edticas y de transporte terrestre, a\u00e9reo y mar\u00edtimo.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Los planes especiales establecer\u00e1n los escenarios en funci\u00f3n de las condiciones espec\u00edficas de exposici\u00f3n y vulnerabilidad del territorio, apoy\u00e1ndose en una evaluaci\u00f3n del volcanismo a largo plazo y en modelos de simulaci\u00f3n de coladas de lava, dispersi\u00f3n de cenizas, emisi\u00f3n de gases y otros peligros, considerando la localizaci\u00f3n de los centros de emisi\u00f3n, la evoluci\u00f3n del proceso eruptivo y las condiciones meteorol\u00f3gicas.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Los planes especiales deber\u00e1n contemplar, al menos, los siguientes escenarios:<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">a)\u2003Escenarios eruptivos m\u00e1s frecuentes.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">b)\u2003Escenarios de coladas de lava y materiales pirocl\u00e1sticos.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">c)\u2003Escenarios de afectaci\u00f3n a la poblaci\u00f3n por emisi\u00f3n de gases.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">d)\u2003Escenarios de afectaci\u00f3n a n\u00facleos de alta densidad de poblaci\u00f3n.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">e)\u2003Escenarios de afectaci\u00f3n a zonas tur\u00edsticas.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">f)\u2003Escenarios de afectaci\u00f3n al transporte a\u00e9reo por cenizas volc\u00e1nicas.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">g)\u2003Escenarios de impacto sobre la salud p\u00fablica.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">h)\u2003Escenarios de fallo o colapso de infraestructuras cr\u00edticas y servicios esenciales.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">i)\u2003Escenarios de afectaci\u00f3n al patrimonio cultural e hist\u00f3rico.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">j)\u2003Escenarios de afectaci\u00f3n del medio marino.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">Los planes especiales definir\u00e1n, al menos, las siguientes zonas, que ser\u00e1n determinadas en cada caso por la Direcci\u00f3n del Plan o por la Direcci\u00f3n de la Emergencia:<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">\u2013\u2002Zona de intervenci\u00f3n.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">Es el \u00e1rea o conjunto de \u00e1reas en las que se desarrollan las actuaciones de los grupos de intervenci\u00f3n durante la emergencia, al estar directa o potencialmente afectadas por los efectos de un fen\u00f3meno volc\u00e1nico o por peligros secundarios asociados.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">La zona de intervenci\u00f3n podr\u00e1 comprender tanto \u00e1reas pr\u00f3ximas al foco eruptivo como otras zonas afectadas por distintos peligros volc\u00e1nicos, tales como emisi\u00f3n de gases, ca\u00edda y acumulaci\u00f3n de cenizas, colapsos, desprendimientos u otros fen\u00f3menos inducidos, pudiendo coexistir varias zonas de intervenci\u00f3n diferenciadas en funci\u00f3n del tipo de peligro.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">En funci\u00f3n de la evaluaci\u00f3n del riesgo, esta zona podr\u00e1 incluir \u00e1reas con poblaci\u00f3n presente, sometidas a medidas de evacuaci\u00f3n, confinamiento o permanencia con restricciones, y su delimitaci\u00f3n y r\u00e9gimen de accesos ser\u00e1 variable en el espacio y en el tiempo, en funci\u00f3n de la evoluci\u00f3n de la emergencia. El acceso se limitar\u00e1 conforme a las condiciones de seguridad, permiti\u00e9ndose el tr\u00e1nsito \u00fanicamente a los medios y recursos autorizados y, en su caso, a la poblaci\u00f3n afectada bajo las condiciones establecidas por la Direcci\u00f3n del Plan o de la Emergencia.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">\u2013\u2002Zona de socorro.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">Es aquella zona donde se realizan funciones de atenci\u00f3n, clasificaci\u00f3n y evacuaci\u00f3n sanitaria, funciones de control y supervisi\u00f3n t\u00e9cnica necesarias, as\u00ed como atenci\u00f3n a personas afectadas y organizaci\u00f3n de albergues provisionales. Esta zona se ubicar\u00e1 donde exista la certeza de que el alcance de la situaci\u00f3n no afecte a la seguridad de las vidas de las personas actuantes o poblaci\u00f3n y las condiciones medioambientales sean aceptables.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">En esta \u00e1rea estar\u00e1n limitados los accesos, permitiendo s\u00f3lo el paso de medios y recursos implicados.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">\u2013\u2002Zona base.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">Es la plataforma log\u00edstica destinada a la recepci\u00f3n y distribuci\u00f3n de los medios humanos y materiales que han sido solicitados.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Se ubicar\u00e1 donde mejor se facilite el desarrollo de sus funciones.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">\u2013\u2002Zona de alerta.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">Es aquella zona en la que las consecuencias de los posibles efectos de las emergencias pueden provocar da\u00f1os que, aunque perceptibles por la poblaci\u00f3n, no justifican la intervenci\u00f3n en esa zona, excepto para la poblaci\u00f3n muy vulnerable y en todo caso sin car\u00e1cter de urgencia. Como zona de afectaci\u00f3n potencial, es necesario realizar un seguimiento de la situaci\u00f3n para llevar a cabo las acciones de anticipaci\u00f3n que se estimen necesarias.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">En esta zona se pueden ubicar el Puesto de Mando Avanzado (PMA) y los centros de asistencia, gesti\u00f3n o log\u00edstica con la excepci\u00f3n del centro de atenci\u00f3n a los ciudadanos, salvo que sea imprescindible ubicarlo en esta zona por necesidades de la emergencia.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Los planes especiales deber\u00e1n contemplar, con particular atenci\u00f3n a las \u00e1reas de especial relevancia del territorio, la identificaci\u00f3n de posibles escenarios de emergencia a partir del an\u00e1lisis de riesgos, con el objetivo de establecer respuestas adecuadas.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">2.2.1.6\u2003Simulador de flujo de coladas, emisi\u00f3n de cenizas, gases y material pirocl\u00e1stico.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">Para facilitar la definici\u00f3n y an\u00e1lisis de escenarios de emergencias, la Secretar\u00eda General de Protecci\u00f3n Civil y Emergencias (SGPCE), el Instituto Geogr\u00e1fico Nacional (IGN) y las administraciones competentes de las comunidades aut\u00f3nomas trabajar\u00e1n conjuntamente en el desarrollo y empleo de aplicaciones inform\u00e1ticas de simulaci\u00f3n del riesgo.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Las simulaciones deber\u00e1n alimentarse de una base de datos geol\u00f3gica que incluya datos procedentes del an\u00e1lisis del registro geol\u00f3gico y de las erupciones hist\u00f3ricas, as\u00ed como de datos meteorol\u00f3gicos u otros de entrada necesarios para las simulaciones.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Estos simuladores permitir\u00e1n realizar, de manera autom\u00e1tica, estimaciones r\u00e1pidas de la direcci\u00f3n y sentido de las coladas en cuanto a la afectaci\u00f3n del territorio, as\u00ed como de la dispersi\u00f3n de las cenizas y gases volc\u00e1nicos en la afectaci\u00f3n de las infraestructuras del transporte o en el entorno de afectaci\u00f3n a la salud p\u00fablica en la poblaci\u00f3n.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Para cada municipio o \u00e1mbito territorial y erupci\u00f3n, estos simuladores facilitar\u00e1n estimaciones num\u00e9ricas y gr\u00e1ficas de la afectaci\u00f3n volc\u00e1nica, los da\u00f1os a la poblaci\u00f3n incluyendo la afectaci\u00f3n a viviendas e infraestructuras, as\u00ed como a la poblaci\u00f3n expuesta. La representaci\u00f3n gr\u00e1fica tambi\u00e9n incluir\u00e1 elementos de inter\u00e9s para protecci\u00f3n civil, como grandes presas, infraestructuras el\u00e9ctricas, centrales nucleares, parques de bomberos, industrias qu\u00edmicas o aquellas que puedan generar un efecto domin\u00f3.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Se tendr\u00e1n en cuenta modelos de dispersi\u00f3n de cenizas para establecer medidas de continuidad de la operatividad de los aeropuertos, las labores de limpieza urbana, la utilizaci\u00f3n de equipos de protecci\u00f3n individual y asegurar la comunicaci\u00f3n sobre la evoluci\u00f3n a la poblaci\u00f3n.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Permitir\u00e1 obtener simulaciones de los da\u00f1os provocados por la erupci\u00f3n volc\u00e1nica en el territorio. Representar\u00e1 los resultados cartogr\u00e1ficamente mediante un visualizador con las funcionalidades b\u00e1sicas de un sistema de informaci\u00f3n geogr\u00e1fica (SIG) y facilitar\u00e1 la elaboraci\u00f3n de los planes especiales de protecci\u00f3n civil ante el riesgo volc\u00e1nico.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Estos an\u00e1lisis, al mostrar una visi\u00f3n clara del riesgo, permiten a las Administraciones p\u00fablicas competentes adoptar acciones de prevenci\u00f3n antes de que ocurra una erupci\u00f3n volc\u00e1nica, planificando la ordenaci\u00f3n del territorio considerando aquellas zonas del territorio que sufrir\u00e1n mayores impactos, desarrollando programas de prevenci\u00f3n e informaci\u00f3n a la poblaci\u00f3n, reforzando en cultura preventiva, planificaci\u00f3n de rutas de evacuaci\u00f3n y procesos.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">2.2.1.7\u2003Erupciones volc\u00e1nicas submarinas.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">Las erupciones volc\u00e1nicas submarinas son aquellas que se producen bajo la superficie del mar y constituyen un tipo espec\u00edfico de actividad volc\u00e1nica con caracter\u00edsticas propias en cuanto a su observaci\u00f3n, evoluci\u00f3n, peligros asociados y gesti\u00f3n del riesgo. En el contexto del territorio espa\u00f1ol, este tipo de erupciones reviste una especial relevancia en el archipi\u00e9lago canario, donde existe evidencia hist\u00f3rica y reciente de actividad volc\u00e1nica submarina.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">La g\u00e9nesis y evoluci\u00f3n de una erupci\u00f3n volc\u00e1nica submarina puede presentar una fase inicial completamente sumergida, con manifestaciones indirectas en superficie, y evolucionar hacia fases someras o sub\u00e1reas en funci\u00f3n de la profundidad del foco eruptivo, la tasa de emisi\u00f3n de magma y la interacci\u00f3n magma-agua. Estas particularidades introducen un elevado grado de incertidumbre en las fases iniciales del proceso, lo que exige una planificaci\u00f3n espec\u00edfica y una estrecha coordinaci\u00f3n entre los organismos de vigilancia y las autoridades de protecci\u00f3n civil.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Los principales peligros asociados a las erupciones volc\u00e1nicas submarinas incluyen, entre otros:<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">\u2013\u2002Emisi\u00f3n de gases volc\u00e1nicos disueltos o liberados a la superficie, con posible afecci\u00f3n a la calidad del aire y del agua.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002Incremento de la temperatura y alteraci\u00f3n fisicoqu\u00edmica del medio marino, con impacto potencial en los ecosistemas y actividades pesqueras.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002Explosiones hidromagm\u00e1ticas en fases someras, con proyecci\u00f3n de piroclastos, ondas de choque y generaci\u00f3n de columnas eruptivas.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002Generaci\u00f3n de coladas de lava submarinas y su posible progresi\u00f3n hacia zonas costeras.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002Inestabilidad de los flancos volc\u00e1nicos o del edificio eruptivo, con riesgo de deslizamientos submarinos.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002Posible generaci\u00f3n de olas an\u00f3malas o tsunamis locales asociados a colapsos, explosiones o movimientos bruscos del fondo marino.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002Riesgos para la navegaci\u00f3n mar\u00edtima y las infraestructuras portuarias y costeras.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">En la gesti\u00f3n del riesgo asociado a erupciones volc\u00e1nicas submarinas deber\u00e1n contemplarse, entre otras, las siguientes medidas:<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">\u2013\u2002La integraci\u00f3n de la vigilancia submarina y marina en los sistemas generales de seguimiento volc\u00e1nico.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002El establecimiento de zonas de exclusi\u00f3n mar\u00edtima y restricciones temporales en funci\u00f3n de la evoluci\u00f3n del fen\u00f3meno.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002El establecimiento de zonas de exclusi\u00f3n a\u00e9rea, en funci\u00f3n de la evoluci\u00f3n del fen\u00f3meno y de las autoridades competentes.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002La evaluaci\u00f3n continua de la posible afecci\u00f3n a la costa, a las infraestructuras litorales y a las actividades socioecon\u00f3micas vinculadas al medio marino.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002La consideraci\u00f3n de escenarios de riesgo marino-costero en la planificaci\u00f3n de emergencias, incluyendo la posibilidad de fen\u00f3menos encadenados o en cascada.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002La coordinaci\u00f3n permanente entre los organismos responsables de la vigilancia volc\u00e1nica, organismos de investigaci\u00f3n marina, el Instituto Hidrogr\u00e1fico de la Marina, en el \u00e1mbito de sus competencias en hidrograf\u00eda y seguridad de la navegaci\u00f3n, las autoridades mar\u00edtimas, los servicios de protecci\u00f3n civil y los comit\u00e9s cient\u00edfico-t\u00e9cnicos.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">Los planes especiales y de actuaci\u00f3n local que se elaboren conforme a esta directriz b\u00e1sica deber\u00e1n incorporar, cuando proceda, el an\u00e1lisis espec\u00edfico del riesgo asociado a erupciones volc\u00e1nicas submarinas, sus efectos sobre el medio marino y costero, garantizando una respuesta anticipada, coordinada y proporcional al nivel de riesgo existente.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">2.2.1.8\u2003Erupciones suba\u00e9reas con interacci\u00f3n lava-mar y formaci\u00f3n de deltas l\u00e1vicos.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">Las erupciones volc\u00e1nicas suba\u00e9reas cuyos flujos de lava alcanzan el medio marino constituyen un escenario espec\u00edfico de riesgo que, aun teniendo su origen en tierra, genera peligros adicionales asociados a la interacci\u00f3n directa entre la lava y el agua de mar, as\u00ed como a la formaci\u00f3n de nuevas estructuras costeras conocidas como deltas l\u00e1vicos.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Los deltas l\u00e1vicos se definen como acumulaciones inestables de materiales volc\u00e1nicos generadas por el avance de coladas de lava sobre el medio marino. Estas estructuras presentan una elevada inestabilidad geomorfol\u00f3gica, debido a su r\u00e1pida construcci\u00f3n, la interacci\u00f3n del medio marino con los materiales volc\u00e1nicos y la presencia de materiales fragmentados y a la falta de consolidaci\u00f3n, lo que puede dar lugar a colapsos repentinos, parciales o totales, sin se\u00f1ales precursoras evidentes.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Los principales peligros asociados a este tipo de escenarios incluyen, entre otros:<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">\u2013\u2002Colapso s\u00fabito del delta l\u00e1vico, con generaci\u00f3n de oleaje local, proyecci\u00f3n de fragmentos volc\u00e1nicos y riesgo para personas, embarcaciones e infraestructuras cercanas.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002Aumento de emisi\u00f3n de gases volc\u00e1nicos y aerosoles \u00e1cidos (mezcla de vapor de agua, gases magm\u00e1ticos y compuestos clorados), con impacto potencial en la salud p\u00fablica.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002Incremento local de la temperatura del agua y alteraci\u00f3n de las condiciones fisicoqu\u00edmicas del medio marino.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002Inestabilidad del frente costero y modificaci\u00f3n r\u00e1pida de la l\u00ednea de costa.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002Riesgos significativos para la navegaci\u00f3n mar\u00edtima, la pesca y las actividades recreativas.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">En la planificaci\u00f3n de protecci\u00f3n civil ante este tipo de erupciones deber\u00e1n contemplarse medidas espec\u00edficas, entre las que se incluyen:<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">\u2013\u2002La delimitaci\u00f3n de zonas de exclusi\u00f3n terrestre, mar\u00edtima y a\u00e9rea en torno a los puntos de entrada de lava al mar, a los deltas l\u00e1vicos en formaci\u00f3n y a la zona de influencia de los gases formados por la interacci\u00f3n agua-magma.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002La prohibici\u00f3n de accesos a pie, por mar o por aire a las \u00e1reas afectadas, mientras persistan condiciones de inestabilidad.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002El seguimiento continuo de la evoluci\u00f3n morfol\u00f3gica del delta mediante t\u00e9cnicas de observaci\u00f3n remota, batimetr\u00eda, drones y otros sistemas de monitorizaci\u00f3n, incluyendo, cuando proceda, levantamientos hidrogr\u00e1ficos destinados a determinar las modificaciones de la l\u00ednea de costa y del relieve submarino, cuyos resultados se comunicar\u00e1n al Instituto Hidrogr\u00e1fico de la Marina para la actualizaci\u00f3n de la cartograf\u00eda n\u00e1utica oficial.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002La evaluaci\u00f3n permanente de la calidad medio ambiental.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002La coordinaci\u00f3n estrecha entre el organismo de vigilancia volc\u00e1nica, los organismos de investigaci\u00f3n marina, las autoridades de protecci\u00f3n civil, las autoridades mar\u00edtimas y los comit\u00e9s cient\u00edfico-t\u00e9cnicos.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">Los planes especiales y de actuaci\u00f3n de \u00e1mbito local deber\u00e1n incorporar este escenario de forma espec\u00edfica cuando exista la posibilidad de que una erupci\u00f3n suba\u00e9rea genere flujos de lava hacia el mar, garantizando una gesti\u00f3n del riesgo diferenciada, preventiva y adaptada a la evoluci\u00f3n din\u00e1mica de este tipo de procesos.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">2.2.2\u2003Sistemas de alerta e informaci\u00f3n.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">2.2.2.1\u2003Vigilancia, informaci\u00f3n y seguimiento de la actividad volc\u00e1nica.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">Los planes especiales contemplar\u00e1n el sistema para la vigilancia y pron\u00f3stico del riesgo volc\u00e1nico, que ser\u00e1 el adecuado a las caracter\u00edsticas de la actividad volc\u00e1nica presente en la zona, tanto en la fase pre-eruptiva como durante la misma y posterior a ella. La vigilancia deber\u00e1 incorporar nuevos instrumentos y t\u00e9cnicas en funci\u00f3n del incremento de la actividad y del riesgo.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">El Instituto Geogr\u00e1fico Nacional (IGN) es el organismo competente para observaci\u00f3n, vigilancia y comunicaci\u00f3n de la actividad volc\u00e1nica y determinaci\u00f3n de riesgos asociados (Real Decreto 253\/2024, de\u00a012 de marzo), realizando una monitorizaci\u00f3n continua de la actividad volc\u00e1nica. Este organismo se coordina con otras instituciones que complementan la red de vigilancia en el territorio nacional a trav\u00e9s del Plan Nacional de Vigilancia S\u00edsmica, Volc\u00e1nica y de otros Fen\u00f3menos Geof\u00edsicos, asegurando una optimizaci\u00f3n de recursos y una gesti\u00f3n colaborativa de los datos ofrecidos por la red instrumental de vigilancia para avanzar en el conocimiento y en la investigaci\u00f3n, que permita mejorar la elaboraci\u00f3n de pron\u00f3sticos a corto, medio y largo plazo.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">La vigilancia implica medir tanto par\u00e1metros f\u00edsicos como qu\u00edmicos, teniendo en cuenta t\u00e9cnicas que abarcan especialmente disciplinas de sismolog\u00eda, geodesia, geoqu\u00edmica, gravimetr\u00eda, geomagnetismo, geoelectricidad, oceanograf\u00eda y geolog\u00eda, usando las observaciones terrestres, submarinas, espaciales y remotas para detectar indicadores de cambios en los umbrales que determinan una mayor probabilidad de un proceso eruptivo. La monitorizaci\u00f3n de la actividad volc\u00e1nica debe asegurarse en cualquiera de sus fases, intensificando dicha tarea durante las fases pre-eruptiva, eruptiva y post-eruptiva.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">En relaci\u00f3n con la vigilancia, debe tenerse en cuenta que ciertos peligros volc\u00e1nicos pueden perdurar durante el ciclo eruptivo ocasionando la p\u00e9rdida de vidas humanas.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">En el establecimiento del sistema de vigilancia volc\u00e1nica se considerar\u00e1n al menos los siguientes elementos:<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">\u2013\u2002Conocimiento de los procesos precursores y par\u00e1metros indicadores de la actividad volc\u00e1nica.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002Redes permanentes de vigilancia volc\u00e1nica.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002Valoraci\u00f3n de la actividad y pron\u00f3stico de la evoluci\u00f3n.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002Realizaci\u00f3n de campa\u00f1as cient\u00edficas de observaci\u00f3n peri\u00f3dicas que complementen los sistemas de vigilancia continua y permitan mejorar el conocimiento y seguimiento de la actividad volc\u00e1nica.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">2.2.2.1.1\u2003Conocimiento de los procesos precursores y par\u00e1metros indicadores de la actividad volc\u00e1nica.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">Los precursores de la actividad volc\u00e1nica son los fen\u00f3menos observables que reflejan la acumulaci\u00f3n de energ\u00eda en el interior del volc\u00e1n. Los principales par\u00e1metros indicadores de la actividad volc\u00e1nica son:<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">\u2013\u2002Intensidad y frecuencia de la actividad s\u00edsmica.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002Grado de deformaci\u00f3n del terreno.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002Indicadores geoqu\u00edmicos como cambios en la composici\u00f3n qu\u00edmica y tasas de emisi\u00f3n de gases difusos, cambio en el quimismo de las emisiones visibles (fumarolas) y aguas subterr\u00e1neas.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002Cambios en la temperatura y flujo de calor.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">2.2.2.1.2\u2003Redes permanentes de vigilancia volc\u00e1nica.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">La vigilancia de los volcanes se hace midiendo instrumentalmente la actividad s\u00edsmica, deformaci\u00f3n, emisi\u00f3n de gases y temperaturas an\u00f3malas, complementado con la informaci\u00f3n obtenida a trav\u00e9s de la observaci\u00f3n \u00abin situ\u00bb.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Las redes instrumentales pueden ser de operaci\u00f3n continua o temporal. Se deber\u00e1n utilizar las herramientas de procesamiento de datos y an\u00e1lisis m\u00e1s adecuadas para cada una de las t\u00e9cnicas de vigilancia que se apliquen: geof\u00edsicas, geod\u00e9sicas y geoqu\u00edmicas y que permitan la caracterizaci\u00f3n, valoraci\u00f3n y seguimiento de los fen\u00f3menos precursores registrados por las redes de vigilancia, y que en esencia se corresponden con:<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">\u2013\u2002S\u00edsmica: incremento de la actividad s\u00edsmica, tanto en frecuencia como en intensidad, siendo cada vez m\u00e1s sentida debido a que se produce m\u00e1s cerca de la superficie.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002Deformaci\u00f3n del terreno que, aunque no sea observable a simple vista, s\u00ed es detectada por la instrumentaci\u00f3n correspondiente.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002Geoqu\u00edmica: cambios en la tasa de emisi\u00f3n de gases difusos en la composici\u00f3n qu\u00edmica\/isot\u00f3pica de los mismos, as\u00ed como de las emisiones visibles (fumarolas, etc\u2026).<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002Variaciones en la microgravedad.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002Cambios en la composici\u00f3n qu\u00edmica e isot\u00f3pica de las aguas subterr\u00e1neas.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002Otras t\u00e9cnicas de vigilancia como son la teledetecci\u00f3n, drones y sensores remotos. El uso intensivo de drones durante las emergencias permite obtener datos en tiempo real que ayudan en la monitorizaci\u00f3n de los procesos volc\u00e1nicos y el control y vigilancia de los intervinientes presentes en el \u00e1rea de influencia, minimizando riesgos.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">Los planes especiales deber\u00e1n contemplar la elaboraci\u00f3n de un protocolo de coordinaci\u00f3n que incluya la identificaci\u00f3n de recursos y operadoras de entes p\u00fablicos y privados (principalmente medios de comunicaci\u00f3n y empresas de audiovisuales) que deber\u00edan estar habilitados para el trabajo a\u00e9reo sobre todo, pero tambi\u00e9n para el submarino, en emergencias, as\u00ed como las normas y medios de coordinaci\u00f3n de vuelos y tareas durante la emergencia, las normas de almacenaje y distribuci\u00f3n de datos generados, la creaci\u00f3n de equipos especializados para el tratamiento e interpretaci\u00f3n de datos, las normas de cesi\u00f3n de todos los datos generados para su utilizaci\u00f3n en la emergencia y el r\u00e9gimen sancionador en caso de incumplimiento.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">2.2.2.1.3\u2003Valoraci\u00f3n de la actividad y pron\u00f3stico de la evaluaci\u00f3n.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">Las erupciones volc\u00e1nicas vienen com\u00fanmente precedidas por peque\u00f1os movimientos s\u00edsmicos, deformaci\u00f3n del terreno o emanaciones de gases, entre otros fen\u00f3menos. El seguimiento, an\u00e1lisis e interpretaci\u00f3n de estos cambios que realizan los cient\u00edficos permiten determinar si habr\u00e1 o no una futura erupci\u00f3n y, m\u00e1s importante, cu\u00e1ndo y d\u00f3nde podr\u00eda producirse.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">En el an\u00e1lisis de los datos observados y su valoraci\u00f3n se tendr\u00e1 en cuenta:<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">\u2013\u2002Tratar de determinar el origen volc\u00e1nico de las se\u00f1ales.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002Determinar la tendencia temporal de los observables (incremento o disminuci\u00f3n de frecuencias e intensidades).<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002Tipo de fuente.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002Localizaci\u00f3n precisa del fen\u00f3meno y su alcance.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002Posible evoluci\u00f3n y escala de tiempo (desarrollo de \u00e1rboles de eventos).<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002Consecuencias en t\u00e9rminos de riesgo.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">Los planes especiales y de actuaci\u00f3n local elaborados de acuerdo con la presente directriz b\u00e1sica deber\u00e1n identificar la red de vigilancia establecida en la zona competencia del plan, la tipolog\u00eda de instrumentalizaci\u00f3n utilizada y los datos proporcionados, as\u00ed como el tipo de producto generado de uso para la gesti\u00f3n de la emergencia. Asimismo, la planificaci\u00f3n debe asegurar la necesidad de coordinaci\u00f3n institucional para optimizar la disponibilidad de datos de Redes Instrumentales de Vigilancia Volc\u00e1nica de registro continuo, incluyendo los periodos de emergencia, a trav\u00e9s del correspondiente comit\u00e9 cient\u00edfico-t\u00e9cnico. Cada organismo se reserva la titularidad y el uso cient\u00edfico de los datos.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Se deber\u00e1n establecer procedimientos y protocolos para la comunicaci\u00f3n de resultados y datos de redes de vigilancia, infraestructuras y laboratorios a los \u00f3rganos de direcci\u00f3n de los planes, as\u00ed como al comit\u00e9 cient\u00edfico.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Teniendo en cuenta los datos proporcionados por la red de vigilancia volc\u00e1nica, se deber\u00e1 desarrollar un sistema de avisos que ayude a las autoridades competentes a alertar a la poblaci\u00f3n y a gestionar la necesidad de activaci\u00f3n de medios y recursos y la aplicaci\u00f3n de medidas de seguridad. Estos avisos podr\u00e1n tomar el formato de sem\u00e1foro volc\u00e1nico. Para ello, deber\u00e1n ser definidos los umbrales o par\u00e1metros que identifiquen los niveles de avisos, y seg\u00fan los mismos, la categor\u00eda de peligros que se puedan presentar para poder identificar con eficacia las medidas a adoptar y los medios y recursos a asignar. Lo planes deber\u00e1n asegurar la identificaci\u00f3n y clasificaci\u00f3n del sistema de avisos.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Tal como establece el Plan Nacional de Vigilancia S\u00edsmica, Volc\u00e1nica y de otros fen\u00f3menos Geof\u00edsicos, diversas instituciones y organismos operan redes de vigilancia s\u00edsmica, geod\u00e9sica, geof\u00edsica, geoqu\u00edmica y geol\u00f3gica, adquiriendo datos de manera rutinaria en tiempo real. Estas infraestructuras incluyen redes instrumentales permanentes o temporales (sismol\u00f3gicas, geod\u00e9sicas, geoqu\u00edmicas, meteorol\u00f3gicas, geof\u00edsicas o de otra \u00edndole), laboratorios geol\u00f3gicos o geoqu\u00edmicos y herramientas o servicios virtuales de an\u00e1lisis de datos. Ser\u00e1 preciso prever la transmisi\u00f3n en tiempo real al centro coordinador de la emergencia, estableciendo un repositorio \u00fanico de datos de emergencia accesible a las entidades autorizadas.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Los planes especiales deben garantizar el intercambio fluido y oportuno de estos datos, un aspecto esencial durante los periodos de emergencia, para asegurar el mejor asesoramiento cient\u00edfico a las autoridades y facilitar la toma de decisiones por parte de los gestores y responsables operativos.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">2.2.2.2\u2003Informaci\u00f3n meteorol\u00f3gica en apoyo a la gesti\u00f3n de la emergencia.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">La informaci\u00f3n meteorol\u00f3gica constituye un elemento esencial para la evaluaci\u00f3n, el seguimiento y la gesti\u00f3n operativa de las emergencias de origen volc\u00e1nico, especialmente en lo relativo a la dispersi\u00f3n y deposici\u00f3n de cenizas y gases, la afecci\u00f3n a la calidad del aire, la operatividad aeron\u00e1utica y portuaria, as\u00ed como la posible generaci\u00f3n de fen\u00f3menos asociados (lluvias intensas que puedan originar lahares, tormentas el\u00e9ctricas, etc.).<\/p>\n<p class=\"parrafo\">De conformidad con el art\u00edculo\u00a0149.1.20.\u00aa de la Constituci\u00f3n Espa\u00f1ola, que atribuye al Estado la competencia exclusiva sobre la meteorolog\u00eda, y con lo dispuesto en el Estatuto de la Agencia Estatal de Meteorolog\u00eda (AEMET), aprobado por Real Decreto\u00a0299\/2026, de\u00a08 de abril, corresponde a AEMET, en su condici\u00f3n de servicio meteorol\u00f3gico estatal, la prestaci\u00f3n del apoyo meteorol\u00f3gico oficial a las autoridades de protecci\u00f3n civil en las fases de preemergencia, emergencia y normalizaci\u00f3n ante situaciones derivadas de riesgo volc\u00e1nico.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">En el ejercicio de dichas competencias, AEMET facilitar\u00e1, como servicio de referencia a nivel estatal, al menos las siguientes prestaciones:<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">\u2013\u2002La emisi\u00f3n de predicciones meteorol\u00f3gicas generales y espec\u00edficas para las zonas potencialmente afectadas, incluyendo informaci\u00f3n sobre la estructura vertical del viento, estabilidad atmosf\u00e9rica, precipitaci\u00f3n, fen\u00f3menos convectivos y dem\u00e1s par\u00e1metros relevantes para la evoluci\u00f3n de los efectos del fen\u00f3meno volc\u00e1nico.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002La difusi\u00f3n de avisos, notas informativas y comunicaciones de fen\u00f3menos meteorol\u00f3gicos adversos que puedan agravar los impactos de la erupci\u00f3n o dificultar las labores de respuesta y protecci\u00f3n (viento fuerte, lluvias intensas, tormentas, oleaje, etc.), en el marco del sistema oficial de avisos del Estado.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002El suministro de informaci\u00f3n observacional procedente de sus redes e infraestructuras de observaci\u00f3n y teledetecci\u00f3n (estaciones de superficie, radares meteorol\u00f3gicos, sistemas de detecci\u00f3n de descargas el\u00e9ctricas, sat\u00e9lites meteorol\u00f3gicos, entre otros), incluyendo, en su caso, productos espec\u00edficos de detecci\u00f3n y seguimiento de penachos volc\u00e1nicos y nubes de ceniza.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002La elaboraci\u00f3n y provisi\u00f3n de productos de modelizaci\u00f3n num\u00e9rica para la dispersi\u00f3n y deposici\u00f3n de cenizas en coordinaci\u00f3n con los servicios de vigilancia volc\u00e1nica y con otros centros nacionales e internacionales competentes.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002El asesoramiento t\u00e9cnico continuado a los \u00f3rganos de direcci\u00f3n y coordinaci\u00f3n de la emergencia en materia de interpretaci\u00f3n de la informaci\u00f3n meteorol\u00f3gica y de sus implicaciones para la seguridad de la poblaci\u00f3n, la protecci\u00f3n de infraestructuras cr\u00edticas, la operatividad del transporte (especialmente a\u00e9reo y mar\u00edtimo) y el desarrollo seguro de las labores de intervenci\u00f3n.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">Lo anterior se entiende sin perjuicio de la cooperaci\u00f3n y el intercambio de informaci\u00f3n con otros organismos p\u00fablicos competentes, en el marco del reparto constitucional y legal de competencias y del Estatuto de AEMET como organismo responsable de la meteorolog\u00eda y climatolog\u00eda de titularidad estatal.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Los planes de protecci\u00f3n civil de \u00e1mbito estatal, auton\u00f3mico, insular y local deber\u00e1n prever los mecanismos de enlace operativo con AEMET, incluyendo:<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">\u2013\u2002La posible integraci\u00f3n de personal de AEMET, de forma presencial o telem\u00e1tica, en los centros de coordinaci\u00f3n operativa (CECOD, CECOP, CECOPI u otros que se definan), cuando la situaci\u00f3n lo requiera, a fin de proporcionar asesoramiento inmediato a los \u00f3rganos de direcci\u00f3n.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002Los procedimientos para la incorporaci\u00f3n sistem\u00e1tica de la informaci\u00f3n meteorol\u00f3gica, los avisos y los productos de dispersi\u00f3n de cenizas, a los procesos de toma de decisiones, particularmente en lo referido a medidas de protecci\u00f3n a la poblaci\u00f3n (confinamiento, evacuaciones, restricciones de movilidad), a la gesti\u00f3n del transporte (especialmente al tr\u00e1fico a\u00e9reo y mar\u00edtimo), y a la protecci\u00f3n de infraestructuras cr\u00edticas y redes de suministro.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Los planes deber\u00e1n igualmente contemplar la integraci\u00f3n de la informaci\u00f3n meteorol\u00f3gica suministrada por AEMET con la procedente de los servicios de vigilancia volc\u00e1nica, de las autoridades ambientales y sanitarias y de otros organismos competentes, con el fin de facilitar una evaluaci\u00f3n conjunta de riesgos (erupci\u00f3n\u2013atm\u00f3sfera\u2013poblaci\u00f3n\u2013infraestructuras) y asegurar la coherencia de los mensajes dirigidos a la ciudadan\u00eda y a los operadores esenciales.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">2.2.2.3\u2003Sistemas de alerta.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">Dentro de la elaboraci\u00f3n de los planes, se deber\u00e1n establecer sistemas de alerta e informaci\u00f3n por parte del organismo de referencia (que emite el aviso\/alerta) que permitan a los responsables de la gesti\u00f3n de emergencias de manera eficaz y oportuna emitir las alertas correspondientes a poblaci\u00f3n y la activaci\u00f3n de los planes correspondientes.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">El Instituto Geogr\u00e1fico Nacional es el organismo responsable de la vigilancia y monitorizaci\u00f3n de la actividad volc\u00e1nica, as\u00ed como de la comunicaci\u00f3n a las autoridades competentes en materia de protecci\u00f3n civil de la informaci\u00f3n relativa a se\u00f1ales, signos o precursores volc\u00e1nicos necesarios para el establecimiento de los distintos niveles de alerta asociados al fen\u00f3meno volc\u00e1nico.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Los planes especiales ante el riesgo volc\u00e1nico:<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">\u2013\u2002Definir\u00e1n los sistemas y redes de alerta e informaci\u00f3n necesarios para permitir, de manera eficaz y oportuna, la emisi\u00f3n de alertas a la poblaci\u00f3n y la activaci\u00f3n de los planes que correspondan en caso de erupci\u00f3n volc\u00e1nica.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002Establecer\u00e1n los mecanismos que garanticen que los \u00f3rganos responsables de la gesti\u00f3n de la emergencia dispongan de informaci\u00f3n inmediata y con el mayor nivel de precisi\u00f3n posible sobre las caracter\u00edsticas fundamentales del fen\u00f3meno volc\u00e1nico y los riesgos asociados a su evoluci\u00f3n.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002Diferenciar\u00e1n claramente entre los sistemas de informaci\u00f3n y los sistemas de alerta, delimitando los conceptos de aviso y de alerta, e identificando expresamente las entidades u organismos responsables de la detecci\u00f3n y comunicaci\u00f3n de se\u00f1ales, avisos o precursores, as\u00ed como la autoridad competente en protecci\u00f3n civil encargada de la emisi\u00f3n de las alertas a la poblaci\u00f3n.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">2.2.3\u2003Sistemas y procedimientos de informaci\u00f3n y notificaci\u00f3n a otros \u00f3rganos del Sistema Nacional de Protecci\u00f3n Civil.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">Los planes especiales deber\u00e1n establecer sistemas y procedimientos que garanticen una informaci\u00f3n y notificaci\u00f3n temprana, continua y actualizada entre los \u00f3rganos del Sistema Nacional de Protecci\u00f3n Civil, desde los primeros indicios del fen\u00f3meno volc\u00e1nico, con el fin de asegurar una adecuada preparaci\u00f3n, coordinaci\u00f3n y respuesta en todos los niveles de actuaci\u00f3n.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">A tal efecto, se definir\u00e1n procedimientos claros para la remisi\u00f3n, recepci\u00f3n y actualizaci\u00f3n de la informaci\u00f3n, as\u00ed como para la emisi\u00f3n y recepci\u00f3n de las notificaciones que deban cursarse entre los distintos \u00f3rganos implicados.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Los \u00f3rganos competentes de coordinaci\u00f3n de emergencias de las comunidades aut\u00f3nomas ser\u00e1n responsables de transmitir la informaci\u00f3n relativa a las emergencias de protecci\u00f3n civil al Centro Nacional de Seguimiento y Coordinaci\u00f3n de Emergencias de Protecci\u00f3n Civil, a las delegaciones y subdelegaciones del gobierno y a otros \u00f3rganos que correspondan, en funci\u00f3n de la naturaleza y evoluci\u00f3n de la emergencia.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Podr\u00e1n establecerse listas de distribuci\u00f3n, que deber\u00e1n mantenerse actualizadas y someterse a pruebas peri\u00f3dicas, con el fin de garantizar el correcto funcionamiento de los canales de comunicaci\u00f3n.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Todos los planes especiales, deber\u00e1n proporcionar los datos necesarios para el buen funcionamiento de la Red Nacional de Informaci\u00f3n (RENAIN), definiendo el acceso a la misma.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">2.2.4\u2003Sistemas de alerta temprana e informaci\u00f3n a la poblaci\u00f3n.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">Los planes de emergencia de protecci\u00f3n civil deber\u00e1n contener programas de informaci\u00f3n preventiva y de alerta que permitan a toda la ciudadan\u00eda y a las Administraciones publicas adoptar las medidas oportunas antes, durante y despu\u00e9s de la erupci\u00f3n volc\u00e1nica. Estos programas deber\u00e1n estar dise\u00f1ados en formatos accesibles y comprensibles para las personas con discapacidad y otros colectivos en situaci\u00f3n de vulnerabilidad.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Los planes podr\u00e1n describir los sistemas de comunicaciones que se utilizar\u00e1n para coordinar las actividades de protecci\u00f3n civil y garantizar la conectividad entre los distintos actores involucrados.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Todos los planes especiales deben contemplar el empleo y la conexi\u00f3n a la Red de Alerta Nacional (RAN).<\/p>\n<p class=\"parrafo\">En el \u00e1mbito del riesgo volc\u00e1nico, se emplean sistemas de alerta a la poblaci\u00f3n basados en la codificaci\u00f3n crom\u00e1tica del estado de la actividad volc\u00e1nica, com\u00fanmente conocidos como \u00absem\u00e1foro volc\u00e1nico\u00bb. Si bien su estructura puede variar en funci\u00f3n del pa\u00eds o de la autoridad competente \u2013tanto en el n\u00famero de niveles como en su definici\u00f3n\u2013, estos sistemas suelen incorporar una gradaci\u00f3n de colores que permite comunicar de forma clara y progresiva la evoluci\u00f3n del fen\u00f3meno volc\u00e1nico. De este modo, facilitan la adopci\u00f3n de comportamientos adecuados desde la perspectiva de la protecci\u00f3n civil, conforme a los umbrales establecidos y a las recomendaciones emitidas por las autoridades.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Los planes especiales deber\u00e1n desarrollar como sistema de alerta temprana el uso del sem\u00e1foro volc\u00e1nico para hacer llegar a la poblaci\u00f3n una interpretaci\u00f3n m\u00e1s efectiva y de mayor comprensi\u00f3n de los niveles de riesgo a los que puedan estar sometidas las zonas afectadas por la actividad volc\u00e1nica y las medidas de protecci\u00f3n que pudiera implicar cada nivel.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Para la transmisi\u00f3n de avisos a la poblaci\u00f3n podr\u00e1n utilizarse sistemas basados en las redes de telefon\u00eda m\u00f3vil que permitan su env\u00edo de forma directa a la ciudadan\u00eda que se encuentran en las zonas afectadas.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">En los sistemas de alerta temprana e informaci\u00f3n se incluir\u00e1 el ES-Alert, as\u00ed como los medios de comunicaci\u00f3n convencionales (prensa, radio, televisi\u00f3n, internet, megafon\u00eda, APP\u00a01-1-2, redes sociales y cualquier otro medio que permita realizar estas funciones con eficacia y eficiencia). El Sistema ES-Alert es un componente de la Red de Alerta Nacional cuyo objetivo es enviar alertas relevantes a la poblaci\u00f3n que se encuentre en zonas afectadas o que se prevea que pueden verse afectadas por situaciones de emergencia o cat\u00e1strofe.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">2.2.5\u2003Medidas de protecci\u00f3n a la poblaci\u00f3n.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">La planificaci\u00f3n de protecci\u00f3n civil tendr\u00e1 en cuenta todas las actuaciones que, ante diferentes situaciones de peligro, puedan minimizar sus efectos. Para ello, es fundamental definir las actuaciones seg\u00fan la fase de la emergencia. Las medidas y clasificaci\u00f3n que se exponen a continuaci\u00f3n constituyen una referencia para su consideraci\u00f3n en cada fase, pudiendo ser ampliadas o ajustadas seg\u00fan las caracter\u00edsticas del \u00e1mbito territorial y el marco competencial de cada plan. Como referencia se deber\u00e1n de tener en cuenta las medidas de protecci\u00f3n contempladas en el punto\u00a08 Medidas de Protecci\u00f3n del PLEGEM.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">La protecci\u00f3n de las personas en situaciones de emergencia y cat\u00e1strofe por riesgo volc\u00e1nico debe ser el objetivo principal de los planes especiales. Para ello contemplar\u00e1n la adopci\u00f3n de medidas b\u00e1sicas de protecci\u00f3n antes, durante y en su caso, despu\u00e9s de la emergencia por terremoto, tales como:<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">a)\u2003Medidas de protecci\u00f3n antes de la emergencia.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">Formaci\u00f3n e informaci\u00f3n a la poblaci\u00f3n. La ciudadan\u00eda debe disponer de un conocimiento adecuado tanto de las medidas de autoprotecci\u00f3n a adoptar como del contenido del plan frente a erupciones volc\u00e1nicas, de manera que, en caso de declararse una emergencia, pueda identificar correctamente los puntos de encuentro y de evacuaci\u00f3n, interpretar la se\u00f1alizaci\u00f3n de las zonas de exclusi\u00f3n y localizar los espacios destinados a la atenci\u00f3n y asistencia de la poblaci\u00f3n.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">b)\u2003Medidas de protecci\u00f3n durante la emergencia.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">\u2013\u2002Informaci\u00f3n y avisos a la poblaci\u00f3n.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002Control, limitaci\u00f3n y en su caso, restricci\u00f3n de accesos.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002Protecci\u00f3n de la seguridad ciudadana.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002Confinamiento.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002Alejamiento.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002Evacuaci\u00f3n a la poblaci\u00f3n y a los animales.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002Albergue.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002Gesti\u00f3n de las zonas de exclusi\u00f3n para retirada de enseres y limpieza de cenizas.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002Medidas de Autoprotecci\u00f3n ante peligros volc\u00e1nicos, emisi\u00f3n de gases, cenizas&#8230;.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002Extinci\u00f3n de incendios.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002Actuaciones de b\u00fasqueda, salvamento, rescate y socorro de supervivientes.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002Asistencia sanitaria de urgencia y traslado de heridos a centros hospitalarios.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002Asistencia psicosocial.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002Abastecimiento de agua, alimentos y ropa.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002Actuaci\u00f3n m\u00e9dico-forense.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002Prevenci\u00f3n de epidemias, control higi\u00e9nico-sanitario de agua y alimentos y otras medidas de salud p\u00fablica.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">c)\u2003Medidas de protecci\u00f3n despu\u00e9s de la emergencia.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">\u2013\u2002Reubicaci\u00f3n y traslado de la poblaci\u00f3n y de los animales afectados a albergues temporales o de larga duraci\u00f3n, en funci\u00f3n de la evoluci\u00f3n de la situaci\u00f3n.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002Prestaci\u00f3n de asistencia log\u00edstica, control sanitario y apoyo psicosocial continuado a las personas afectadas.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002Elaboraci\u00f3n y mantenimiento de registros actualizados de personas y animales evacuados o realojados.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002Regulaci\u00f3n progresiva y controlada de los accesos a las zonas previamente restringidas, una vez desaparecidas las condiciones de riesgo que motivaron su exclusi\u00f3n.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002Ejecuci\u00f3n de labores de seguridad p\u00fablica en viviendas e infraestructuras da\u00f1adas o evacuadas, con el fin de prevenir riesgos adicionales y proteger bienes.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002Vigilancia y control de las zonas de seguridad establecidas en los m\u00e1rgenes de las coladas u otras \u00e1reas afectadas.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002Mantenimiento temporal de actuaciones relativas a los servicios b\u00e1sicos esenciales (abastecimiento de agua, suministro el\u00e9ctrico u otros), cuando no haya sido posible su restituci\u00f3n inmediata.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002Valoraci\u00f3n sistem\u00e1tica de los da\u00f1os producidos en edificaciones, infraestructuras e instalaciones afectadas, as\u00ed como el control y verificaci\u00f3n de sus condiciones de seguridad estructural y funcional, con el fin de prevenir riesgos para la poblaci\u00f3n y los intervinientes y de determinar las condiciones para su uso, restricci\u00f3n o rehabilitaci\u00f3n.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">Asimismo, se deber\u00e1 contar con procedimientos que garanticen el retorno seguro de la poblaci\u00f3n para el desarrollo de su actividad cotidiana.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">En todas las medidas y actuaciones se tendr\u00e1n en cuenta las distintas necesidades de las personas con discapacidad y de otros colectivos en situaci\u00f3n de vulnerabilidad, estableciendo los protocolos de actuaci\u00f3n espec\u00edficos para garantizar su asistencia y seguridad.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Los titulares de centros, establecimientos y dependencias en los que se realicen actividades que puedan originar una emergencia de protecci\u00f3n civil como consecuencia directa o indirecta de una erupci\u00f3n volc\u00e1nica, est\u00e1n obligados a informar preventivamente a la ciudadan\u00eda potencialmente afectada acerca de los riesgos y de las medidas de prevenci\u00f3n adoptadas, de acuerdo con lo dispuesto en la normativa de aplicaci\u00f3n y siguiendo lo indicado en el apartado\u00a02.6.6 de esta directriz b\u00e1sica, en lo referente a medidas de autoprotecci\u00f3n de sectores y actividades.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">2.2.6\u2003Medidas de autoprotecci\u00f3n.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">Las medidas de autoprotecci\u00f3n son actuaciones, individuales o colectivas, f\u00e1cilmente realizables por cualquier persona adulta o grupo social simple, siendo de gran eficacia para garantizar la seguridad de las personas si se aplican correctamente, por lo que constituyen un complemento esencial de los planes de protecci\u00f3n civil.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">La elaboraci\u00f3n de estos planes de protecci\u00f3n civil, deber\u00e1n contemplar las directrices para que individuos y comunidades puedan implementar sus propias medidas de autoprotecci\u00f3n, aumentando su capacidad de respuesta ante emergencias y su resiliencia.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Como medidas b\u00e1sicas de autoprotecci\u00f3n individual y familiar se contemplar\u00e1n al menos las siguientes:<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">\u2013\u2002Conocimientos b\u00e1sicos por parte de la poblaci\u00f3n del territorio que habite y de los peligros volc\u00e1nicos en la zona, as\u00ed como los protocolos a seguir por parte de la poblaci\u00f3n en caso de evacuaci\u00f3n, confinamiento y albergue, contemplados en los planes de emergencias establecidos por las autoridades.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002Permanecer atentos al nivel de actividad declarado por el sem\u00e1foro volc\u00e1nico y a las instrucciones de las autoridades ante una posible actuaci\u00f3n de emergencia. Se recomienda la adopci\u00f3n de un plan familiar con unas primeras medidas de autoprotecci\u00f3n en caso de emergencia (puntos de encuentro, lugares seguros, personas de contacto de emergencia).<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002Preparar con antelaci\u00f3n equipaje con ropa de abrigo\/mantas, documentaci\u00f3n personal, de animales y de la vivienda, medicamentos, alimentos no perecederos, agua, radio y linterna con pilas, mascarillas, botiqu\u00edn de primeros auxilios (kit de emergencias).<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002Evitar circular con veh\u00edculos por valles o barrancos, ya que son zonas preferentes para la circulaci\u00f3n de flujos de lava y lahares. El estado de seguridad de las carreteras puede verse comprometido por la ca\u00edda de material y los efectos s\u00edsmicos.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002No acercarse a la zona de erupci\u00f3n. Si ya se encuentran en zonas cercanas a la erupci\u00f3n, protegerse a ser posible con casco, gafas de protecci\u00f3n, mascarillas que filtren part\u00edculas ante una posible inhalaci\u00f3n de gases y ca\u00edda de material pirocl\u00e1stico.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">En cuanto a las medidas de autoprotecci\u00f3n de sectores y actividades:<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">\u2013\u2002Los titulares de centros, establecimientos y dependencias en los que se realicen actividades que puedan originar una emergencia de protecci\u00f3n civil, comprendidas en la Directriz B\u00e1sica de Planificaci\u00f3n de Autoprotecci\u00f3n, est\u00e1n obligados a informar preventivamente a la ciudadan\u00eda potencialmente afectada acerca de los riesgos y de las medidas de prevenci\u00f3n adoptadas, de acuerdo con lo dispuesto en la normativa de aplicaci\u00f3n. Cuando estas actividades se realicen en zonas con riesgo volc\u00e1nico, deber\u00e1n desarrollar su propio plan de autoprotecci\u00f3n teniendo en cuenta este riesgo y el plan especial sobre el mismo, con objeto de asegurar la adecuada integraci\u00f3n de planes y una respuesta adecuada a las posibles situaciones de emergencia generadas por el fen\u00f3meno volc\u00e1nico, previendo los efectos secundarios que se puedan generar dada la actividad del centro. Debiendo tener en cuenta las recomendaciones sobre protecci\u00f3n ciudadana establecidas en la planificaci\u00f3n especial de protecci\u00f3n de civil frente al riesgo volc\u00e1nico.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002Ser\u00e1 responsabilidad del titular la obligaci\u00f3n de tomar las medidas definidas en el plan de autoprotecci\u00f3n en el lugar donde se encuentren ubicadas sus instalaciones, incluyendo la obligaci\u00f3n de contactar con los servicios de emergencia, a fin de actuar en caso de accidente grave y limitar al m\u00e1ximo sus efectos.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002Las Administraciones p\u00fablicas competentes podr\u00e1n exigir la elaboraci\u00f3n e implantaci\u00f3n de planes y\/o medidas de autoprotecci\u00f3n a los titulares de actividades no incluidas en el anexo I de la Directriz B\u00e1sica de Planificaci\u00f3n de Autoprotecci\u00f3n, cuando presenten un especial riesgo o vulnerabilidad frente a fen\u00f3menos volc\u00e1nicos.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002Del mismo modo, los planes especiales frente a riesgo volc\u00e1nico habr\u00e1n de tener en cuenta las medidas de autoprotecci\u00f3n destinadas a la poblaci\u00f3n propuestas en los planes de autoprotecci\u00f3n aprobados para los centros, establecimientos, espacios, instalaciones o dependencias sobre los riesgos que pueda ocasionar su actividad como efecto de la afecci\u00f3n de este riesgo.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002Los planes especiales podr\u00e1n incluir un apartado espec\u00edfico para el sector tur\u00edstico en el que se establezca la obligaci\u00f3n de que los establecimientos hoteleros, extra-hoteleros y alojamientos tur\u00edsticos proporcionen informaci\u00f3n preventiva a sus hu\u00e9spedes sobre:<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">\u25cf\u2002La existencia del riesgo volc\u00e1nico en el territorio.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u25cf\u2002Las medidas b\u00e1sicas de autoprotecci\u00f3n a adoptar ante distintos escenarios de emergencia.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u25cf\u2002Los puntos de encuentro, rutas de evacuaci\u00f3n y zonas seguras definidas por el plan.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u25cf\u2002La interpretaci\u00f3n de la se\u00f1alizaci\u00f3n oficial, incluidas las zonas de exclusi\u00f3n.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u25cf\u2002Los canales oficiales de informaci\u00f3n durante una emergencia.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">\u2013\u2002Con igual prop\u00f3sito, los planes podr\u00e1n establecer medidas informativas en centros y medios de transporte: puertos, aeropuertos, l\u00edneas a\u00e9reas y navieras.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">2.2.7\u2003Medidas de protecci\u00f3n a los bienes, a los animales, al medio ambiente y al patrimonio hist\u00f3rico-art\u00edstico y cultural.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">2.2.7.1\u2003Medidas de protecci\u00f3n a bienes.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">Los planes especiales establecer\u00e1n medidas de protecci\u00f3n a los bienes personales y p\u00fablicos y se dirigir\u00e1n, por una parte, a evitar riesgos derivados de la erupci\u00f3n volc\u00e1nica que afecten a las edificaciones, servicios esenciales e infraestructuras, y por otra, a identificar las construcciones en situaci\u00f3n riesgo y condiciones de habitabilidad. As\u00ed mismo, se considerar\u00e1 en los Planes tanto la relevancia econ\u00f3mica como social de los bienes materiales a proteger.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">2.2.7.2\u2003Medidas de protecci\u00f3n a los animales.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">Los planes de protecci\u00f3n civil contendr\u00e1n medidas de protecci\u00f3n de los animales, de acuerdo con la normativa de aplicaci\u00f3n vigente.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">2.2.7.3\u2003Medidas de protecci\u00f3n al medio ambiente.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">Los planes especiales deber\u00e1n describir las acciones a implementar para proteger el medio ambiente de los efectos adversos del riesgo volc\u00e1nico.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">La complejidad de los impactos de una erupci\u00f3n volc\u00e1nica exige un enfoque integral, ya que afecta simult\u00e1neamente a distintos componentes del medio ambiente (aire, agua, suelos y ecosistemas). La gesti\u00f3n de estos efectos suele estar fragmentada entre diversos organismos, lo que dificulta una visi\u00f3n global y una respuesta coordinada.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Adem\u00e1s, la evoluci\u00f3n din\u00e1mica de estos procesos requiere integrar informaci\u00f3n de m\u00faltiples fuentes y aplicar criterios homog\u00e9neos de evaluaci\u00f3n. Por ello, resulta necesario establecer un sistema integrado de seguimiento ambiental que permita coordinar la informaci\u00f3n, mejorar la toma de decisiones y garantizar una gesti\u00f3n eficaz y coherente tanto durante la emergencia como en la fase post\u2011eruptiva.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">2.2.7.4\u2003Medidas de protecci\u00f3n al patrimonio hist\u00f3rico-art\u00edstico y cultural.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">Las medidas b\u00e1sicas de protecci\u00f3n del patrimonio hist\u00f3rico-art\u00edstico y cultural deber\u00e1n garantizar la conservaci\u00f3n y salvaguarda de los bienes muebles e inmuebles ante situaciones de emergencia mediante la inclusi\u00f3n del riesgo volc\u00e1nico en los planes de salvaguarda.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">En el caso que se tengan que tomar medidas de protecci\u00f3n al patrimonio hist\u00f3rico-art\u00edstico y cultural, los planes deben incluir procedimientos para informar a las autoridades con competencias en la materia, de la gravedad del accidente, extensi\u00f3n del \u00e1rea y bienes afectados. Y en la estabilizaci\u00f3n, las actividades de recuperaci\u00f3n de la zona afectada que aportar\u00edan los t\u00e9cnicos capacitados en el tratamiento y restauraci\u00f3n de los bienes.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">2.2.8\u2003Delimitaci\u00f3n de \u00e1reas de seguridad en emergencias volc\u00e1nicas.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">La afectaci\u00f3n de una erupci\u00f3n volc\u00e1nica en el espacio terrestre, mar\u00edtimo y a\u00e9reo requiere la intervenci\u00f3n de la autoridad de protecci\u00f3n civil, responsable de la gesti\u00f3n de la emergencia en el marco del control de accesos y la coordinaci\u00f3n de los medios intervinientes.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">La existencia de peligros volc\u00e1nicos en el territorio afectado por la erupci\u00f3n exige la delimitaci\u00f3n de zonas de exclusi\u00f3n, en las que se proh\u00edba el tr\u00e1nsito, la permanencia de la poblaci\u00f3n e incluso la realizaci\u00f3n de cualquier actividad, asegurando la presencia exclusiva del personal autorizado. Este mismo criterio se aplicar\u00e1 en el espacio mar\u00edtimo, mediante la definici\u00f3n de \u00e1reas restringidas de navegaci\u00f3n, y en el espacio a\u00e9reo, mediante la reserva temporal de espacio a\u00e9reo por las autoridades competentes.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Las \u00e1reas terrestres, mar\u00edtimas y a\u00e9reas objeto de delimitaci\u00f3n se definir\u00e1n por las autoridades de Protecci\u00f3n Civil atendiendo a los criterios y recomendaciones que se determinen por los \u00f3rganos de asesoramiento cient\u00edfico-t\u00e9cnico.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Asimismo, sin perjuicio de la clasificaci\u00f3n general contemplada en la directriz (zona de emergencia, zona de impacto indirecto y zona de seguridad, log\u00edstica y albergue), los planes especiales podr\u00e1n prever la delimitaci\u00f3n de zonas espec\u00edficas asociadas a riesgos persistentes tras la finalizaci\u00f3n de la erupci\u00f3n. En particular, podr\u00e1n establecerse zonas de acceso restringido post\u2011eruptivas y zonas de vigilancia ambiental especial, en las que se mantengan medidas de control, limitaci\u00f3n de usos o seguimiento continuo, aun cuando la erupci\u00f3n haya finalizado oficialmente.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">En este sentido, los Planes Especiales ante Riesgo Volc\u00e1nico deber\u00e1n contemplar:<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">\u2013\u2002El procedimiento para definir, publicar y notificar las zonas de exclusi\u00f3n terrestres por la autoridad de protecci\u00f3n civil (delimitaci\u00f3n, se\u00f1alizaci\u00f3n f\u00edsica y control policial, publicaci\u00f3n a trav\u00e9s de bolet\u00edn oficial).<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002Los protocolos para solicitar el establecimiento de zonas de exclusi\u00f3n mar\u00edtima a la autoridad mar\u00edtima (l\u00edmite de navegaci\u00f3n a trav\u00e9s de avisos a navegantes) y para comunicar las zonas establecidas al Instituto Hidrogr\u00e1fico de la Marina, a efectos de su difusi\u00f3n mediante avisos a los navegantes y de la actualizaci\u00f3n de la informaci\u00f3n n\u00e1utica oficial.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002Contemplar las solicitudes de reservas de espacio a\u00e9reo temporal, mediante la emisi\u00f3n de NOTAM por la autoridad aeron\u00e1utica competente (prohibici\u00f3n de vuelos no autorizados).<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002Zonas de acceso restringido post-eruptivas y zonas de vigilancia ambiental especial.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">2.3\u2003\u00d3rganos del plan.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">2.3.1\u2003\u00d3rganos del Plan Estatal de Protecci\u00f3n Civil ante el riesgo volc\u00e1nico.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Los \u00f3rganos del Plan Estatal de Protecci\u00f3n Civil ante el riesgo volc\u00e1nico son los determinados en el Plan Estatal General de Emergencias de Protecci\u00f3n Civil (PLEGEM), con las especificidades que se establecen a continuaci\u00f3n.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">No obstante, el plan estatal establecer\u00e1 la organizaci\u00f3n y los procedimientos complementarios a los establecidos en el PLEGEM que permitan asegurar una respuesta eficaz de las Administraciones p\u00fablicas, en el caso de que la emergencia sea declarada de inter\u00e9s nacional, as\u00ed como establecer los necesarios mecanismos de apoyo a los planes activados de las comunidades aut\u00f3nomas y ciudades de Ceuta y Melilla que en cada caso lo requieran.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">2.3.1.1\u2003\u00d3rganos de direcci\u00f3n.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">2.3.1.1.1\u2003Direcci\u00f3n del Plan.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">Seg\u00fan se establece en PLEGEM.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">2.3.1.1.2\u2003Comit\u00e9 Estatal de Coordinaci\u00f3n y Direcci\u00f3n (CECOD).<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">Adem\u00e1s de los miembros previstos en el PLEGEM, podr\u00e1n incorporarse al CECOD las personas representantes de los siguientes organismos:<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">a)\u2003Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">b)\u2003Secretar\u00eda de Estado de Telecomunicaciones e Infraestructuras Digitales.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">c)\u2003Direcci\u00f3n General de la Marina Mercante.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">d)\u2003Direcci\u00f3n General de Aviaci\u00f3n Civil.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">e)\u2003Direcci\u00f3n General de Relaciones con la Administraci\u00f3n de Justicia.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">f)\u2003Direcci\u00f3n General de Pol\u00edtica de Defensa.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">g)\u2003Direcci\u00f3n General de Pol\u00edtica Energ\u00e9tica y Minas (MITECO).<\/p>\n<p class=\"parrafo\">h)\u2003Direcci\u00f3n General de Patrimonio Cultural y Bellas Artes.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">i)\u2003Consejo Superior de Investigaciones Cient\u00edficas (CSIC).<\/p>\n<p class=\"parrafo\">j)\u2003Instituto Geogr\u00e1fico Nacional (IGN).<\/p>\n<p class=\"parrafo\">k)\u2003Instituto Geol\u00f3gico y Minero de Espa\u00f1a (IGME-CSIC).<\/p>\n<p class=\"parrafo\">l)\u2003Instituto Espa\u00f1ol de Oceanograf\u00eda (IEO-CSIC).<\/p>\n<p class=\"parrafo\">m)\u2003Real Instituto y Observatorio de la Armada (ROA).<\/p>\n<p class=\"parrafo\">n)\u2003Cualquier otro representante de un organismo que as\u00ed considere la Direcci\u00f3n del Plan.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">2.3.1.1.3\u2003Direcci\u00f3n operativa de la emergencia.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">Seg\u00fan se establece en PLEGEM.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">2.3.1.1.4\u2003Gabinete de coordinaci\u00f3n informativa.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">Seg\u00fan se establece en PLEGEM.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">2.3.1.1.5\u2003Comit\u00e9s de direcci\u00f3n territoriales.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">Seg\u00fan se establece en PLEGEM.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">2.3.1.2\u2003\u00d3rgano de asesoramiento cient\u00edfico-t\u00e9cnico.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">El \u00f3rgano de asesoramiento cient\u00edfico-t\u00e9cnico se crea para el estudio y an\u00e1lisis de las situaciones de riesgo volc\u00e1nico que se produzcan.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Se constituye como \u00f3rgano de consulta y asesoramiento cient\u00edfico ante los \u00f3rganos de Direcci\u00f3n del Plan, y se regir\u00e1 por las normas de funcionamiento que se detallar\u00e1n en el plan.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">En el plan se establecer\u00e1 el \u00f3rgano que ha de ejercer las funciones de asesoramiento cient\u00edfico-t\u00e9cnico del mismo en aquellos aspectos que son relevantes para la respuesta a la emergencia y para la protecci\u00f3n de la poblaci\u00f3n, el personal de intervenci\u00f3n, as\u00ed como a los animales, bienes, medioambiente y patrimonio hist\u00f3rico-art\u00edstico y cultural. El plan deber\u00e1 definir sus funciones, identificar a sus integrantes y establecer los protocolos de convocatoria y funcionamiento adoptando la denominaci\u00f3n gen\u00e9rica de Comit\u00e9 Cient\u00edfico-T\u00e9cnico.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Tendr\u00e1, al menos, las siguientes funciones:<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">\u2013\u2002Establecer la tipolog\u00eda de los posibles fen\u00f3menos precursores del riesgo.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002Establecer la metodolog\u00eda de vigilancia y seguimiento a aplicar en caso del riesgo volc\u00e1nico, valorar los datos e informaciones que en dicho caso se obtengan y formular hip\u00f3tesis acerca de su evoluci\u00f3n.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002Garantizar el flujo de informaci\u00f3n valorando los datos que, en relaci\u00f3n con dichos fen\u00f3menos, se obtengan por los medios previstos.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002Formular pron\u00f3sticos sobre el posible desencadenamiento de la emergencia y sus implicaciones en el \u00e1mbito de la protecci\u00f3n civil.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002Analizar y valorar la vulnerabilidad de las zonas de emergencia.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002Encontrar soluciones t\u00e9cnicas a las demandas de la emergencia.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002Proponer al Director del Plan medidas preventivas de protecci\u00f3n de la poblaci\u00f3n y medidas restrictivas de car\u00e1cter general.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002Hacer el seguimiento de los da\u00f1os y proponer la movilizaci\u00f3n de los recursos necesarios.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002Hacer el seguimiento de las tareas de rehabilitaci\u00f3n de acuerdo con las prioridades establecidas por el Director del Plan y proponer dichas prioridades.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">El \u00f3rgano de asesoramiento cient\u00edfico-t\u00e9cnico estar\u00e1 formado por los representantes de los organismos implicados en la emergencia volc\u00e1nica y coordinado por un representante designado en el plan, permitiendo un car\u00e1cter multidisciplinar y con una composici\u00f3n estable. El plan contemplar\u00e1 la designaci\u00f3n de una portavoc\u00eda para dar traslado a las conclusiones consensuadas del Comit\u00e9. Los organismos que formen parte de este \u00f3rgano de asesoramiento deber\u00e1n compartir los datos e informaciones necesarios para la toma de decisiones de la emergencia, sin perjuicio de la titularidad de las investigaciones propias de cada instituci\u00f3n.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">En caso de constituirse un \u00f3rgano de Comit\u00e9 Cient\u00edfico-T\u00e9cnico como consecuencia de una emergencia de nivel auton\u00f3mico, este \u00faltimo reportar\u00e1 y se coordinar\u00e1 con el \u00f3rgano de comit\u00e9 cient\u00edfico de nivel estatal, evitando en todo caso que se produzcan duplicidades de las actuaciones de ambos \u00f3rganos durante las fases de activaci\u00f3n del plan.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">El personal cient\u00edfico al que se autorice a acceder a las zonas afectadas deber\u00e1 facilitar a la Direcci\u00f3n del Plan, a trav\u00e9s de los mecanismos que se establezcan, cualquier informaci\u00f3n que pueda ser de utilidad para la gesti\u00f3n de la emergencia, y la que le sea solicitada, incluyendo el acceso a los datos recogidos.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">2.3.1.3\u2003\u00d3rganos de mando e intervenci\u00f3n.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">Son \u00f3rganos de mando de intervenci\u00f3n:<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">2.3.1.3.1\u2003Mando Operativo Integrado (MOPI).<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">Independientemente de lo que para el Mando Operativo Integrado se establece en el PLEGEM, debemos se\u00f1alar que se trata de un \u00f3rgano de integraci\u00f3n entre la Administraci\u00f3n General del Estado y los \u00f3rganos de gobierno de las comunidades aut\u00f3nomas en el \u00e1mbito operativo, que se constituye exclusivamente en las emergencias declaradas de inter\u00e9s nacional, para asegurar la unidad de mando en la emergencia y la respuesta integral e inmediata del Sistema Nacional de Protecci\u00f3n Civil en la zona geogr\u00e1fica definida al efecto, coordinando, a su nivel, la actuaci\u00f3n en el \u00e1mbito operativo de las Administraciones p\u00fablicas involucradas en la emergencia, supervisando el cumplimiento de los cometidos que asigne a cada puesto de mando avanzado en su correspondiente sector y gestionando los medios de intervenci\u00f3n y asistencia asignados a la emergencia agrupados en los diversos grupos de acci\u00f3n que se constituyan a su nivel.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">El Mando Operativo Integrado tiene la consideraci\u00f3n de \u00f3rgano de mando e intervenci\u00f3n, ejerciendo los cometidos de mando y coordinaci\u00f3n operativa en \u00e1rea de responsabilidad geogr\u00e1fica definida como de emergencia de inter\u00e9s nacional.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">La determinaci\u00f3n de la demarcaci\u00f3n geogr\u00e1fica de la zona de emergencia de inter\u00e9s nacional es responsabilidad de la Direcci\u00f3n del Plan.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Con car\u00e1cter general, se establecer\u00e1 un solo MOPI en la zona declarada de emergencia de inter\u00e9s nacional. No obstante, lo anterior, en el caso de que la zona de emergencia sea discontinua y entre sus \u00e1reas afectadas exista una distancia significativa, o si la extensi\u00f3n, gravedad o singularidad de la emergencia as\u00ed lo aconseja, la Direcci\u00f3n Operativa de la Emergencia podr\u00e1 decidir la subdivisi\u00f3n de la zona de emergencia en \u00c1reas de Responsabilidad, constituyendo un MOPI en cada una de ellas.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Salvo que se establezca lo contrario, el MOPI ser\u00e1 establecido en base a la Unidad Militar de Emergencias, con la integraci\u00f3n del CECOPI en el mismo, as\u00ed como de personal experto en gesti\u00f3n de emergencias de las comunidades aut\u00f3nomas y\/o ciudades aut\u00f3nomas afectadas, de personal de las unidades de protecci\u00f3n civil de las delegaciones del gobierno y de responsables de los organismos que corresponda en funci\u00f3n de las necesidades de la emergencia. Se integrar\u00e1n igualmente en el MOPI los responsables operativos de los grupos de acci\u00f3n de su nivel.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">La Jefatura del MOPI la ejercer\u00e1 la persona designada al efecto por parte de la Direcci\u00f3n Operativa de la Emergencia y tomar\u00e1 la denominaci\u00f3n de Director\/a del Mando Operativo Integrado.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">2.3.1.3.2\u2003Puestos de mando avanzados.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">Seg\u00fan se establece en PLEGEM.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">2.3.1.3.3\u2003Grupos de acci\u00f3n.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">Seg\u00fan se establece en PLEGEM.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">2.3.1.3.4\u2003Centros de recepci\u00f3n log\u00edstica (CRL).<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">Seg\u00fan se establece en PLEGEM.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">2.3.1.3.5\u2003Centro de recepci\u00f3n de medios (CRM).<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">Se podr\u00e1 constituir uno o varios centros de recepci\u00f3n de medios, los cuales se establecen en los puntos principales de acceso a la zona de emergencia, con el objeto de gestionar la entrada de los recursos y medios de intervenci\u00f3n que se incorporan a la emergencia, coordinar los apoyos que requieren y asignarles zonas de despliegue y cometidos iniciales.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">2.3.1.3.6\u2003Centros de atenci\u00f3n a los ciudadanos (CAC).<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">Seg\u00fan se establece en PLEGEM.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">2.3.1.3.7\u2003Centros de Coordinaci\u00f3n de Emergencias.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">Los Centros de Coordinaci\u00f3n de Emergencias son infraestructuras de apoyo t\u00e9cnico, comunicaciones y seguimiento, de car\u00e1cter permanente o constituidas ex profeso para la gesti\u00f3n de una situaci\u00f3n de emergencia o cat\u00e1strofe.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Son Centros de Coordinaci\u00f3n de Emergencias:<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">a)\u2003Centro Nacional de Seguimiento y Coordinaci\u00f3n de Emergencias.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">2.3.1.3.8\u2003Centro Nacional de Seguimiento y Coordinaci\u00f3n de Emergencias (CENEM).<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">El Centro Nacional de Seguimiento y Coordinaci\u00f3n de Emergencias de la Direcci\u00f3n General de Protecci\u00f3n Civil y Emergencias (DGPCE) es el centro instrumental y de comunicaciones en todas las fases y situaciones de los planes estatales.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">En las emergencias de inter\u00e9s nacional, actuar\u00e1 como Centro de Coordinaci\u00f3n Operativa, integrando informativa y operativamente la informaci\u00f3n proporcionada por los Centros de Coordinaci\u00f3n Operativa constituidos en las comunidades y ciudades aut\u00f3nomas afectadas.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">2.3.2\u2003\u00d3rganos del Plan Auton\u00f3mico de Protecci\u00f3n Civil ante el riesgo volc\u00e1nico.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">Tal y como se establece en la Norma B\u00e1sica de Protecci\u00f3n Civil, el Marco Org\u00e1nico-funcional de los planes de protecci\u00f3n civil, se estructurar\u00e1 en los siguientes niveles organizativos:<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">\u00d3rganos de direcci\u00f3n:<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">\u2013\u2002Direcci\u00f3n del Plan.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002Direcci\u00f3n de la Emergencia.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">\u00d3rganos de coordinaci\u00f3n y asesoramiento:<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">\u2013\u2002Comit\u00e9 Asesor.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">\u00d3rganos de asesoramiento cient\u00edfico-t\u00e9cnico.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u00d3rganos de comunicaci\u00f3n p\u00fablica.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">\u2013\u2002Gabinete de informaci\u00f3n.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">\u00d3rganos de mando e intervenci\u00f3n y grupos de acci\u00f3n:<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">\u2013\u2002Puesto de Mando Avanzado.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002Grupos de acci\u00f3n.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">a)\u2003Grupo de intervenci\u00f3n, b\u00fasqueda y rescate.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">b)\u2003Grupo de seguridad.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">c)\u2003Grupo judicial y forense.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">d)\u2003Grupo sanitario.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">e)\u2003Grupo de apoyo log\u00edstico y de asistencia social.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">f)\u2003Grupo de apoyo t\u00e9cnico.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">g)\u2003Grupo de monitorizaci\u00f3n de la calidad ambiental.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">En funci\u00f3n de la situaci\u00f3n o caracter\u00edstica de la emergencia, seg\u00fan criterio de la Direcci\u00f3n del Plan o de la Direcci\u00f3n de la Emergencia, estos grupos se podr\u00e1n dividir para una efectiva prestaci\u00f3n de sus funciones en la gesti\u00f3n de la emergencia.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">Centros de Coordinaci\u00f3n Operativa:<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">\u2013\u2002Centro de Coordinaci\u00f3n Operativa (CECOP).<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002Centro de Coordinaci\u00f3n Operativa Integrado (CECOPI).<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002Centro de Coordinaci\u00f3n Operativa Insular\/Municipal. (CECOPIN\/CECOPAL).<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Centros de asistencia y gesti\u00f3n log\u00edstica:<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">En los planes, se considerar\u00e1n al menos, los siguientes centros:<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">\u2013\u2002Centro de recepci\u00f3n log\u00edstica.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002Centro de recepci\u00f3n de medios.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002Centro de atenci\u00f3n a los ciudadanos.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">2.3.2.1\u2003\u00d3rganos de direcci\u00f3n auton\u00f3micos.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">Las actuaciones operativas de protecci\u00f3n civil se rigen por el principio de direcci\u00f3n \u00fanica, de acuerdo con el cual los servicios intervinientes act\u00faan bajo la dependencia funcional de las personas responsables de protecci\u00f3n civil que ostenten la Direcci\u00f3n del Plan y en su caso de la emergencia.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Los planes concretar\u00e1n los \u00f3rganos de direcci\u00f3n auton\u00f3micos entre los que se deber\u00e1 identificar la figura de la Direcci\u00f3n del Plan, a la que corresponde la superior direcci\u00f3n de todas las operaciones que deban realizarse al amparo del plan, as\u00ed como, en su caso, la figura de la Direcci\u00f3n de la Emergencia, a la que corresponder\u00e1 ejercer las funciones de naturaleza operativa que se desarrollan sobre el terreno.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">2.3.2.1.1\u2003Direcci\u00f3n del plan.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">Le corresponde la superior direcci\u00f3n de todas las operaciones que deban realizarse al amparo del plan en todas sus fases y situaciones operativas, correspondi\u00e9ndole asimismo a la Direcci\u00f3n del Plan el mando \u00fanico del mismo. Les corresponde las activaciones y desactivaciones de los planes, as\u00ed como tomar las medidas necesarias de protecci\u00f3n a la poblaci\u00f3n, al medio ambiente, a los bienes y al personal interviniente de acuerdo con la evaluaci\u00f3n del riesgo y las propuestas que realicen las personas responsables de protecci\u00f3n civil dependientes de la Direcci\u00f3n del Plan, los \u00f3rganos de coordinaci\u00f3n y asesoramiento y los \u00f3rganos de asesoramiento cient\u00edfico-t\u00e9cnico y con el apoyo de los centros de coordinaci\u00f3n operativa y los \u00f3rganos de comunicaci\u00f3n p\u00fablica.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Asimismo, adoptar\u00e1 o propondr\u00e1, seg\u00fan le corresponda, las medidas oportunas para establecer zonas de exclusi\u00f3n terrestres, mar\u00edtimas y a\u00e9reas ante los potenciales efectos derivados de la erupci\u00f3n volc\u00e1nica.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">En las emergencias de inter\u00e9s nacional el titular del Ministerio del Interior asumir\u00e1 su direcci\u00f3n, que comprender\u00e1 la ordenaci\u00f3n y coordinaci\u00f3n de las actuaciones y la gesti\u00f3n de todos los recursos estatales, auton\u00f3micos y locales del \u00e1mbito territorial afectado, sin perjuicio de lo dispuesto en la ley para los estados de alarma, excepci\u00f3n y sitio, y en la normativa espec\u00edfica sobre seguridad nacional.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">2.3.2.1.2\u2003Direcci\u00f3n de la Emergencia.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">Ser\u00e1 responsable de ejercer las funciones de naturaleza operativa, incluyendo el planeamiento, conducci\u00f3n y seguimiento de las operaciones sobre el terreno; la asignaci\u00f3n de misiones a los servicios de intervenci\u00f3n y la determinaci\u00f3n de los \u00e1mbitos geogr\u00e1ficos de actuaci\u00f3n de cada uno; la solicitud a la Direcci\u00f3n del Plan de los medios y recursos extraordinarios necesarios para la respuesta a la emergencia; y el establecimiento de las prioridades operativas de respuesta.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Esta figura del \u00f3rgano de Direcci\u00f3n de la Emergencia podr\u00e1 corresponder a la misma persona que ejerce la Direcci\u00f3n del Plan o a otra distinta que esta designe siempre que est\u00e9 prevista en el plan. En cualquier caso, la persona que ostente la Direcci\u00f3n de la Emergencia debe estar adscrita a la administraci\u00f3n titular del plan y disponer de competencias en materia de protecci\u00f3n civil o de los servicios de emergencia intervinientes.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Las funciones se ejercer\u00e1n en dependencia directa de la Direcci\u00f3n del Plan y en concordancia con las medidas operativas y de protecci\u00f3n de la poblaci\u00f3n que \u00e9sta \u00faltima determine. Asimismo, podr\u00e1 proponer a la Direcci\u00f3n del Plan la zonificaci\u00f3n de la emergencia en base a la informaci\u00f3n disponible y los par\u00e1metros definidos en el plan.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">No obstante, en las emergencias de inter\u00e9s nacional, estas funciones de la direcci\u00f3n de la emergencia ser\u00e1n asumidas por el Director Operativo de la Emergencia (titular de la Unidad Militar de Emergencias) en el \u00e1mbito territorial afectado por la emergencia y para el que se haya declarado la emergencia de inter\u00e9s nacional.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">En las emergencias de protecci\u00f3n civil declaradas, cuya situaci\u00f3n afecte a dos o m\u00e1s comunidades lim\u00edtrofes, deber\u00e1 constituirse una direcci\u00f3n unificada con representantes de las comunidades aut\u00f3nomas afectadas por dicha emergencia.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">2.3.2.2\u2003\u00d3rganos de coordinaci\u00f3n y asesoramiento.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">Son \u00f3rganos de coordinaci\u00f3n y asesoramiento aquellos que se establecen entre Administraciones p\u00fablicas del mismo o distinto nivel y, en su caso, otros organismos, para coordinar la participaci\u00f3n, contribuci\u00f3n o apoyo de las mismas, en el \u00e1mbito de sus respectivas competencias, para la resoluci\u00f3n de las emergencias, en apoyo a los \u00f3rganos de direcci\u00f3n y en su caso, a la Direcci\u00f3n Operativa de la Emergencia, en las emergencias de inter\u00e9s nacional.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Los planes establecer\u00e1n los \u00f3rganos encargados de la coordinaci\u00f3n y asesoramiento t\u00e9cnico durante las diferentes fases de la emergencia.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Estos \u00f3rganos desarrollar\u00e1n sus actuaciones bajo dependencia directa de la Direcci\u00f3n del Plan o de la Direcci\u00f3n de la Emergencia. La Direcci\u00f3n del Plan o la Direcci\u00f3n de la Emergencia podr\u00e1 asignar la coordinaci\u00f3n de estos \u00f3rganos a un responsable en materia de protecci\u00f3n civil de la administraci\u00f3n competente en la Direcci\u00f3n del Plan que estar\u00e1 determinado en este.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Entre los \u00f3rganos de coordinaci\u00f3n y asesoramiento figurar\u00e1 el Comit\u00e9 Asesor.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">2.3.2.2.1\u2003Comit\u00e9 Asesor.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">Al objeto de asesorar a los \u00f3rganos de direcci\u00f3n y en su caso a la Direcci\u00f3n Operativa de la Emergencia en aspectos asociados al riesgo principal que cause la emergencia y, en su caso, a los riesgos derivados, los planes contemplar\u00e1n la constituci\u00f3n de \u00f3rganos espec\u00edficos de asesoramiento, informaci\u00f3n y an\u00e1lisis del riesgo, compuesto por expertos de las Administraciones p\u00fablicas y organismos e instituciones que se considere convenientes. Este Comit\u00e9 ser\u00e1 contemplado de forma espec\u00edfica en los planes, definiendo de forma gen\u00e9rica su composici\u00f3n.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Este Comit\u00e9 ser\u00e1 contemplado de forma espec\u00edfica en los planes, definiendo de forma gen\u00e9rica su composici\u00f3n.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">El Comit\u00e9 Asesor ser\u00e1 convocado por la Direcci\u00f3n del Plan en funci\u00f3n de la situaci\u00f3n y, en todo caso, siempre que se declare una emergencia de inter\u00e9s nacional.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Son funciones del Comit\u00e9 Asesor, entre otras, las siguientes:<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">\u2013\u2002Asegurar la coordinaci\u00f3n de todos los organismos y administraciones implicadas en la emergencia.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002Proponer los recursos necesarios para la gesti\u00f3n de la emergencia.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002Analizar la conveniencia de adoptar medidas extraordinarias, as\u00ed como analizar y evaluar peri\u00f3dicamente los resultados de la aplicaci\u00f3n del plan.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002Recabar informaci\u00f3n del centro de coordinaci\u00f3n.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002Analizar de forma continua las posibles necesidades de adecuaci\u00f3n de la zonificaci\u00f3n de la emergencia en especial la zona de intervenci\u00f3n y alerta.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">En este Comit\u00e9 Asesor, se integrar\u00e1n representantes de las Administraciones p\u00fablicas involucradas en la emergencia, asimismo, a este Comit\u00e9 podr\u00e1n asignarse representantes de otros \u00f3rganos en funci\u00f3n de la tipolog\u00eda de la emergencia y de los recursos cuya movilizaci\u00f3n sea necesaria. La composici\u00f3n del Comit\u00e9 Asesor podr\u00e1 incluir, entre otros, a los m\u00e1ximos responsables operativos y t\u00e9cnicos de los servicios que ejerzan la jefatura de los grupos de acci\u00f3n.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Ejercer\u00e1 funciones de apoyo operativo y asesoramiento a los \u00f3rganos de direcci\u00f3n y en su caso al CECOP\/CECOPI, analizando la conveniencia de adoptar medidas extraordinarias, as\u00ed como para analizar y evaluar peri\u00f3dicamente los resultados de la aplicaci\u00f3n del plan.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">En este Comit\u00e9 se podr\u00e1 integrar, cuando sea necesario, el Presidente\/a de la comisi\u00f3n judicial de crisis o su delegado.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">2.3.2.3\u2003\u00d3rgano de asesoramiento cient\u00edfico-t\u00e9cnico.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">El \u00f3rgano de asesoramiento cient\u00edfico-t\u00e9cnico se crea para el estudio y an\u00e1lisis ante las situaciones de riesgo volc\u00e1nico que se produzcan.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Se constituye como \u00f3rgano de consulta y asesoramiento cient\u00edfico ante los \u00f3rganos de direcci\u00f3n y se regir\u00e1 por las normas de funcionamiento que se detallar\u00e1n en el plan especial.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">En el plan se establecer\u00e1 el \u00f3rgano que ha de ejercer las funciones de asesoramiento cient\u00edfico-t\u00e9cnico del mismo en aquellos aspectos que son relevantes para la respuesta a la emergencia y para la protecci\u00f3n de la poblaci\u00f3n, el personal de intervenci\u00f3n, as\u00ed como a los animales, bienes, medioambiente y patrimonio hist\u00f3rico-art\u00edstico y cultural. El plan deber\u00e1 definir sus funciones, identificar a sus integrantes, incluir \u00f3rganos de asesoramiento especializado en cada uno de los aspectos relevantes mencionados anteriormente y establecer los protocolos de convocatoria y funcionamiento, adoptando la denominaci\u00f3n gen\u00e9rica de Comit\u00e9 Cient\u00edfico-T\u00e9cnico.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Podr\u00e1 ser convocado por la Direcci\u00f3n del Plan en funci\u00f3n de la situaci\u00f3n de la emergencia. Desarrollar\u00e1 sus actuaciones bajo dependencia directa de la Direcci\u00f3n del Plan o de la Direcci\u00f3n de la Emergencia. La Direcci\u00f3n del Plan o la Direcci\u00f3n de la Emergencia podr\u00e1 asignar su coordinaci\u00f3n a un responsable de la administraci\u00f3n que ostente la Direcci\u00f3n del Plan o la Direcci\u00f3n de la Emergencia, lo que deber\u00e1 quedar reflejado este.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">La Direcci\u00f3n del Plan deber\u00e1 nombrar uno o varios portavoces del Comit\u00e9 Cient\u00edfico-T\u00e9cnico, los cuales representar\u00e1n al conjunto del Comit\u00e9 a raz\u00f3n de las conclusiones consensuadas en el seno de las reuniones del mismo e interviniendo en el inter\u00e9s general de la gesti\u00f3n de la emergencia, sin perjuicio del cumplimiento de las funciones de la instituci\u00f3n a la que represente. Se debe asegurar adem\u00e1s que todos los organismos e instituciones que forman parte de este \u00f3rgano de asesoramiento compartan datos obtenidos para la resoluci\u00f3n y necesidad de la emergencia, sin perjuicio de la base que sustente sus propias investigaciones cient\u00edficas.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Tendr\u00e1, al menos, las siguientes funciones:<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">\u2013\u2002Evaluar el riesgo y establecer la tipolog\u00eda de los posibles fen\u00f3menos precursores del riesgo.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002Establecer la metodolog\u00eda de vigilancia y seguimiento a aplicar en caso del riesgo volc\u00e1nico, valorar los datos e informaciones que en dicho caso se obtengan y formular hip\u00f3tesis acerca de su evoluci\u00f3n.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002Garantizar el flujo de informaci\u00f3n valorando los datos que, en relaci\u00f3n con dichos fen\u00f3menos, se obtengan por los medios previstos.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002Formular pron\u00f3sticos sobre el posible desencadenamiento de la emergencia y sus implicaciones en el \u00e1mbito de la protecci\u00f3n civil.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002Analizar y valorar la vulnerabilidad de las zonas de emergencia.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002Proponer a la Direcci\u00f3n del Plan medidas preventivas de protecci\u00f3n de la poblaci\u00f3n (bienes, animales\u2026) y medidas restrictivas de car\u00e1cter general.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002Hacer el seguimiento de los da\u00f1os y proponer la movilizaci\u00f3n de los recursos necesarios.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002Hacer el seguimiento de las tareas de rehabilitaci\u00f3n de acuerdo con las prioridades establecidas por el Director del Plan o por la Direcci\u00f3n de la Emergencia y proponer dichas prioridades.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002Dar apoyo operativo y t\u00e9cnico a los \u00f3rganos de direcci\u00f3n (Direcci\u00f3n del Plan y Direcci\u00f3n de la Emergencia) as\u00ed como al CECOP\/CECOPI.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002Encontrar soluciones t\u00e9cnicas a las demandas del incidente, emergencia o evento.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002Elaboraci\u00f3n de boletines, escenarios y matrices de incertidumbre para poder orientar la toma de decisiones y la informaci\u00f3n a la poblaci\u00f3n por parte del Gabinete de informaci\u00f3n.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">El \u00f3rgano de asesoramiento cient\u00edfico-t\u00e9cnico estar\u00e1 formado por los representantes de los organismos implicados en la emergencia y en la gesti\u00f3n y conocimiento del riesgo.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Ante el riesgo volc\u00e1nico podr\u00e1n integrarse miembros de al menos los siguientes organismos:<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">\u2013\u2002Instituto Geogr\u00e1fico Nacional.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002Consejo Superior de Investigaciones Cient\u00edficas.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002Centro Nacional Instituto Geol\u00f3gico y Minero de Espa\u00f1a (IGME-CSIC).<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002Centro Nacional Instituto Espa\u00f1ol de Oceanograf\u00eda (IEO-CSIC).<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002Organismos de investigaci\u00f3n volc\u00e1nica de otras Administraciones p\u00fablicas.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002Agencia Estatal de Meteorolog\u00eda.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002Autoridades sanitarias auton\u00f3micas.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002Universidades y centros de investigaci\u00f3n.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002Personal u otras entidades\/instituciones que se estime oportuno por la Direcci\u00f3n de Plan.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">2.3.2.4\u2003\u00d3rgano de comunicaci\u00f3n p\u00fablica.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">El \u00f3rgano de comunicaci\u00f3n p\u00fablica se establece con el objeto de coordinar los asuntos relacionados con la pol\u00edtica informativa. Para ello canaliza, supervisa y difunde toda la informaci\u00f3n que se suministra a los medios de comunicaci\u00f3n social, redes sociales o cualquier otro medio, adoptando la denominaci\u00f3n de Gabinete de informaci\u00f3n.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">2.3.2.4.1\u2003Gabinete de informaci\u00f3n.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">Los planes, contemplar\u00e1n en su redacci\u00f3n sus cometidos y funciones, as\u00ed como en su caso, a criterio del Director del Plan, la jefatura y su composici\u00f3n.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">2.3.2.5\u2003\u00d3rgano de mando e intervenci\u00f3n y grupos de acci\u00f3n.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">Los planes definir\u00e1n los \u00f3rganos de mando e intervenci\u00f3n, y los grupos de acci\u00f3n, as\u00ed como sus responsables, integrantes, funciones y responsabilidades operativas, distinguiendo los siguientes:<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">\u2013\u2002Jefatura del Puesto de Mando Avanzado y Puestos de Mando Avanzados.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002Grupos de acci\u00f3n.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">2.3.2.5.1\u2003Jefatura de Puesto de Mando Avanzado.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">La Jefatura del PMA es el \u00f3rgano de mando que coordina la ejecuci\u00f3n de las actuaciones de los recursos intervinientes en el sector de responsabilidad que se le asigna dentro de la emergencia.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">La designaci\u00f3n del Jefe de PMA podr\u00e1 estar prevista con antelaci\u00f3n en los planes. En su defecto, ser\u00e1 designado por la Direcci\u00f3n del Plan o por la Direcci\u00f3n de la Emergencia y en su caso, por el Director Operativo de la Emergencia, en las emergencias de inter\u00e9s nacional.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Para ello se designar\u00e1 un experto en gesti\u00f3n de emergencias del organismo que en cada caso corresponda, apoyado por el personal t\u00e9cnico y de coordinaci\u00f3n que en cada momento de precise.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">La Jefatura del PMA se ejercer\u00e1 bajo la supervisi\u00f3n directa de la Direcci\u00f3n del Plan o de la Direcci\u00f3n de la Emergencia.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">La Jefatura del Puesto de Mando Avanzado materializa en instrucciones y \u00f3rdenes a cursar las decisiones de la Direcci\u00f3n del Plan o de la Direcci\u00f3n de la Emergencia. Bajo la coordinaci\u00f3n de la Direcci\u00f3n del Plan o de la Direcci\u00f3n de la Emergencia, clasifica y procesa la informaci\u00f3n recibida en relaci\u00f3n con el suceso, su evoluci\u00f3n, operaciones en marcha y dem\u00e1s circunstancias relacionadas con la situaci\u00f3n, en fluida comunicaci\u00f3n con los \u00f3rganos intervinientes.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Son funciones de la Jefatura del PMA:<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">\u2013\u2002Establecer la ubicaci\u00f3n del PMA.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002Coordinar los distintos operativos en la zona de actuaci\u00f3n y decidir sobre su movilizaci\u00f3n.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002Solicitar a la Direcci\u00f3n del Plan o a la Direcci\u00f3n de la Emergencia los medios y recursos necesarios y requeridos por las personas responsables de los grupos de acci\u00f3n.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002Gestionar y coordinar los medios y recursos necesarios para la resoluci\u00f3n de los diferentes escenarios derivados de la evoluci\u00f3n de la emergencia.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002Mantener informada peri\u00f3dicamente a la Direcci\u00f3n del Plan y a la Direcci\u00f3n de la Emergencia sobre el seguimiento y evoluci\u00f3n de la situaci\u00f3n.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002Ejecutar las labores y actuaciones necesarias para conseguir la recuperaci\u00f3n de los servicios m\u00ednimos esenciales para la poblaci\u00f3n.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002Puede determinar las medidas urgentes de protecci\u00f3n a la poblaci\u00f3n en la zona del sector que tiene asignado con la transmisi\u00f3n previa a los \u00f3rganos de direcci\u00f3n.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002Por raz\u00f3n de urgencia, puede determinar la zona de intervenci\u00f3n siguiendo los criterios establecidos en el plan previa comunicaci\u00f3n a los \u00f3rganos de direcci\u00f3n.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002Aquellas otras que le sean encomendadas por la Direcci\u00f3n del Plan y la Direcci\u00f3n de la Emergencia.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">2.3.2.5.2\u2003Puesto de Mando Avanzado.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">Cuando se active el plan, se podr\u00e1 establecer uno o varios PMA en funci\u00f3n de las caracter\u00edsticas de la situaci\u00f3n, en las proximidades de la zona de Intervenci\u00f3n y desde all\u00ed se dirigir\u00e1 y coordinar\u00e1 a los operativos intervinientes de los grupos de acci\u00f3n en las zonas afectadas. La Jefatura del PMA establecer\u00e1 su ubicaci\u00f3n. Cualquier cambio posterior en la ubicaci\u00f3n deber\u00e1 ser puesto en conocimiento de la Direcci\u00f3n del Plan o de la Direcci\u00f3n de la Emergencia. El PMA deber\u00e1 asegurar la comunicaci\u00f3n permanente con la Direcci\u00f3n de la Emergencia.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">El plan debe establecer los mecanismos que garanticen el contacto permanente entre el PMA y los \u00f3rganos de direcci\u00f3n para la transmisi\u00f3n de informaci\u00f3n de forma \u00e1gil.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Se mantendr\u00e1n reuniones peri\u00f3dicas para asegurar la coordinaci\u00f3n entre los diferentes grupos de acci\u00f3n y para recibir las \u00f3rdenes de la Direcci\u00f3n del Plan o de la Direcci\u00f3n de la Emergencia y transmitir la situaci\u00f3n a la misma.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Aunque su conformaci\u00f3n depender\u00e1 de la situaci\u00f3n, en esencia est\u00e1 compuesto por los responsables operativos de los grupos de acci\u00f3n que se hayan constituido en su sector de responsabilidad, dirigidos por la persona que designe la Direcci\u00f3n del Plan o la Direcci\u00f3n de la Emergencia.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">La misi\u00f3n de este grupo es la de proporcionar informaci\u00f3n a\u00e9rea en tiempo real y productos geoespaciales que apoyen la toma de decisiones estrat\u00e9gicas y t\u00e1cticas, la seguridad de los intervinientes y la eficacia global de la respuesta.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Durante una emergencia volc\u00e1nica, las aeronaves no tripuladas (UAS) constituyen una herramienta esencial para la vigilancia y seguimiento del fen\u00f3meno, as\u00ed como para la gesti\u00f3n operativa. El elevado n\u00famero de UAS desplegados por organismos intervinientes y servicios t\u00e9cnicos exige una coordinaci\u00f3n y liderazgo centralizada para evitar el descontrol en el n\u00famero de vuelos, la interrupci\u00f3n del tr\u00e1fico a\u00e9reo y la duplicidad de recursos y esfuerzos. Para poder realizar esta funci\u00f3n el PMA contar\u00e1 con una Unidad de Coordinaci\u00f3n de Aeronaves Pilotadas por Control Remoto dirigida por el\/la Jefe\/a de Operaciones A\u00e9reas (JOA).<\/p>\n<p class=\"parrafo\">El PMA estar\u00e1 integrado por:<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">\u2013\u2002Jefatura del PMA.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002Personal t\u00e9cnico de gesti\u00f3n de emergencias.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002Responsables de los grupos de acci\u00f3n o personas en quienes deleguen.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002Responsables de la Unidad de Coordinaci\u00f3n de Aeronaves Pilotadas por Control Remoto.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002Otras personas designadas por la Direcci\u00f3n del Plan o la Direcci\u00f3n de la Emergencia.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">Igualmente, cuando proceda podr\u00e1 integrase un miembro de la Carrera Judicial designado por el Presidente\/a del Tribunal Superior de Justicia en el Puesto de Mando Avanzado del plan de protecci\u00f3n civil.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">En situaciones de simultaneidad y afectaci\u00f3n territorial generalizada por una emergencia que requieran establecer diversos Puestos de Mando Avanzados en diferentes sectores, deber\u00e1 garantizarse siempre la unidad de mando en las actuaciones operativas sobre el terreno. Para ello, los Puestos de Mando Avanzados ejercer\u00e1n las funciones que les encomiende la Direcci\u00f3n del Plan o la Direcci\u00f3n de la Emergencia, a trav\u00e9s de cada Jefe de PMA, y en su caso, por el Director Operativo de la Emergencia, en las emergencias de inter\u00e9s nacional. En estas situaciones, los m\u00e1ximos responsables operativos y t\u00e9cnicos de los servicios que ejerzan la jefatura de los grupos de acci\u00f3n deber\u00e1n apoyar a la Direcci\u00f3n del Plan o la Direcci\u00f3n de la Emergencia supervisando, en el marco del Comit\u00e9 Asesor y de las competencias propias, el cumplimiento de las prioridades operativas y las misiones asignadas por \u00e9sta.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Decretada una emergencia de inter\u00e9s nacional, los PMA que est\u00e9n establecidos en la zona geogr\u00e1fica definida como tal, pasar\u00e1n bajo dependencia operativa del MOPI. Igualmente conllevar\u00e1 la integraci\u00f3n del CECOPI en el MOPI.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">2.3.2.5.3\u2003Grupos de acci\u00f3n.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">Los grupos de acci\u00f3n son los equipos de intervinientes especializados en alguna de las funciones que deban desempe\u00f1arse para enfrentar la emergencia o cat\u00e1strofe. Su actuaci\u00f3n se regir\u00e1, en todo caso, bajo el principio de especialidad funcional.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Cada grupo de acci\u00f3n dispondr\u00e1 de los medios humanos y materiales adecuados para cumplir las actuaciones previstas. La estructura b\u00e1sica se compondr\u00e1 de una jefatura y unos servicios operativos adecuados a las funciones encomendadas. La designaci\u00f3n de los jefes de grupo podr\u00e1 estar prevista con antelaci\u00f3n en los planes, en caso contrario ser\u00e1 designado por la Direcci\u00f3n de la Emergencia.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">La Direcci\u00f3n de la Emergencia podr\u00e1 determinar los grupos de acci\u00f3n que se constituyan efectivamente, atendiendo a las necesidades de la situaci\u00f3n, y que, entre otros que se determinen, podr\u00e1n ser los siguientes:<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">a)\u2003Grupo de intervenci\u00f3n, b\u00fasqueda y rescate.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">Es el grupo encargado de las operaciones dirigidas a eliminar, reducir o controlar los efectos de la emergencia y realizar el salvamento y rescate de las v\u00edctimas, llevarlas hacia una zona segura donde puedan ser atendidas. En caso de urgencia, podr\u00e1 proponer a la Jefatura del PMA, si estuviese constituido, o en su defecto al Director del Plan o Director de la Emergencia, la determinaci\u00f3n o modificaci\u00f3n de la zona de intervenci\u00f3n, base, socorro y alerta.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">b)\u2003Grupo de seguridad.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">Es el grupo responsable de garantizar la seguridad ciudadana y el orden p\u00fablico en las zonas afectadas, as\u00ed como el control de accesos a las mismas.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">c)\u2003Grupo judicial y forense.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">Este grupo tiene como misi\u00f3n principal, la de auxiliar a la administraci\u00f3n de Justicia en el \u00e1mbito de sus disciplinas cient\u00edficas y t\u00e9cnicas.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Interviene para la identificaci\u00f3n de v\u00edctimas y la investigaci\u00f3n de causas estando formado por varios equipos especializados.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Cuando proceda podr\u00e1 integrase un miembro de la Red Judicial de Expertos en Gesti\u00f3n de Emergencias y Cat\u00e1strofes.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">d)\u2003Grupo sanitario.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">Es el grupo encargado de garantizar la asistencia sanitaria de urgencia a los afectados por la emergencia, incluyendo la asistencia psicol\u00f3gica si as\u00ed se considera.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">e)\u2003Grupo de log\u00edstico y de asistencia social.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">Es responsable de proveer de materiales, y equipamientos y suministros necesarios en la zona afectada. Tambi\u00e9n se encargar\u00e1 de organizar los albergues o centros de acogida para atender a los desplazados y animales, su control de filiaci\u00f3n, abastecimiento de las necesidades m\u00ednimas de los mismos y su asistencia social con personal espec\u00edfico para ello. Prestar\u00e1 atenci\u00f3n psicol\u00f3gica y social de los afectados por la emergencia y sus familiares, as\u00ed como la atenci\u00f3n psicol\u00f3gica de los intervinientes. Gestionar\u00e1 los centros de atenci\u00f3n a los ciudadanos, los centros de recepci\u00f3n log\u00edstica y de los centros de recepci\u00f3n de medios.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">f)\u2003Grupo de apoyo t\u00e9cnico.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">Estudia e identifica los da\u00f1os producidos por la emergencia y determina las medidas t\u00e9cnicas necesarias para la rehabilitaci\u00f3n urgente de los servicios esenciales (entre otras, de ingenier\u00eda civil, el\u00e9ctrica, hidr\u00e1ulica, TIC, etc.) afectados por la emergencia y propone la priorizaci\u00f3n de las mismas. Asimismo, desarrolla sobre el terreno la recogida de datos necesarios para la evaluaci\u00f3n de los efectos de la emergencia y su posible evoluci\u00f3n que puedan necesitar los \u00f3rganos de coordinaci\u00f3n y asesoramiento y\/o el \u00f3rgano de asesoramiento cient\u00edfico-t\u00e9cnico, a criterio de la Direcci\u00f3n del Plan. Tambi\u00e9n se integrar\u00e1 en este grupo cualquier otra funci\u00f3n de apoyo a la emergencia que deba desarrollarse sobre el terreno.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Como funciones principales se detallan:<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">\u2013\u2002Identificar, valorar y priorizar la recuperaci\u00f3n de los servicios esenciales.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002Eval\u00faa la situaci\u00f3n y los equipos de trabajo necesarios para la resoluci\u00f3n de la emergencia.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002Mantiene permanentemente informada a la Direcci\u00f3n del Plan o a la Direcci\u00f3n de la Emergencia a trav\u00e9s del PMA, de los resultados que se vayan obteniendo y de las necesidades que se presenten en la evoluci\u00f3n de la emergencia.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002El an\u00e1lisis y control de las condiciones de habitabilidad de viviendas, infraestructuras y edificaciones afectadas.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002La elaboraci\u00f3n de criterios t\u00e9cnicos para el establecimiento de condiciones de acceso, uso, retorno de la poblaci\u00f3n y reapertura de \u00e1reas afectadas.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">g)\u2003Grupo de monitorizaci\u00f3n de la calidad ambiental.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">Es el grupo que se encarga de monitorizar los par\u00e1metros de calidad ambiental tanto en n\u00facleos urbanos como rurales, as\u00ed como en la zona de la emergencia, con el objetivo de proteger a la ciudadan\u00eda, intervinientes y animales.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Tendr\u00e1 como finalidad principal el seguimiento, evaluaci\u00f3n y control de los par\u00e1metros ambientales con afectaci\u00f3n a la poblaci\u00f3n (aire, agua, suelo\u2026) derivadas de la actividad volc\u00e1nica. Su actuaci\u00f3n se extender\u00e1 tanto a la fase de emergencia como, de manera particularmente relevante, a la fase de recuperaci\u00f3n.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Entre sus funciones principales se incluir\u00e1n:<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">\u2013\u2002La evaluaci\u00f3n continua de la calidad del aire y de su impacto potencial sobre la salud de la poblaci\u00f3n.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002La detecci\u00f3n y seguimiento de las emisiones de gases volc\u00e1nicos, tanto en superficie como en espacios confinados.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002La detecci\u00f3n y seguimiento de la calidad de masas de agua.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002La detecci\u00f3n y seguimiento de la posible afecci\u00f3n al suelo.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002El asesoramiento t\u00e9cnico permanente a la Direcci\u00f3n del Plan para la adopci\u00f3n de medidas de protecci\u00f3n y gesti\u00f3n.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">En funci\u00f3n de la situaci\u00f3n o caracter\u00edstica de la emergencia, seg\u00fan criterio de la Direcci\u00f3n del Plan o de la Direcci\u00f3n de la Emergencia, estos grupos se podr\u00e1n dividir en otros para una efectiva prestaci\u00f3n de sus funciones en la gesti\u00f3n de la emergencia.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Independientemente de lo anterior, los planes deber\u00e1n contemplar los grupos de acci\u00f3n que, por defecto, se constituir\u00e1n en caso de emergencia, las funciones a desempe\u00f1ar y, si as\u00ed pudiera preverse, los organismos que aportar\u00e1n capacidades operativas en cada uno de ellos.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Asimismo, en el plan especial correspondiente, se tendr\u00e1 previsto la coordinaci\u00f3n y en su caso la incorporaci\u00f3n de un posible elevado n\u00famero de ciudadanos voluntarios, que, de manera espont\u00e1nea, se puedan prestar a colaborar ante la gravedad e intensidad de una emergencia.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">A los grupos de acci\u00f3n se incorporar\u00e1n todos los medios y recursos que la Direcci\u00f3n de la Emergencia solicite y sean puestos a su disposici\u00f3n, con independencia del organismo del que procedan. \u00c9stos actuar\u00e1n manteniendo su propia organizaci\u00f3n y bajo la direcci\u00f3n de sus mandos naturales.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">En el caso de las emergencias de inter\u00e9s nacional, conforme a lo establecido en la Ley\u00a017\/2015 del Sistema Nacional de Protecci\u00f3n Civil, corresponde al \u00e1mbito estatal la gesti\u00f3n de todos los recursos estatales, auton\u00f3micos y locales del \u00e1mbito territorial afectado, puestos a disposici\u00f3n de la emergencia. Para ello, los grupos de acci\u00f3n que se hayan constituido en los niveles auton\u00f3micos se considerar\u00e1n integrados en los de nivel estatal que se establezcan en cumplimiento de lo previsto en el plan estatal, sin que ello suponga, inicialmente, un cambio en su asignaci\u00f3n al \u00f3rgano de mando e intervenci\u00f3n del que dependiesen o una interrupci\u00f3n en el cumplimiento de sus cometidos, salvo que la Direcci\u00f3n Operativa de la Emergencia estableciese lo contrario.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">2.3.2.6\u2003Centros de Coordinaci\u00f3n Operativa.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">Los planes tendr\u00e1n prevista la creaci\u00f3n de infraestructuras de apoyo t\u00e9cnico, comunicaciones y seguimiento, de car\u00e1cter permanente o constituidas ex profeso para la gesti\u00f3n de una situaci\u00f3n de emergencia o cat\u00e1strofe. Estos ser\u00e1n los Centros de Coordinaci\u00f3n de Emergencias:<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">a)\u2003Centro de Coordinaci\u00f3n Operativa.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">Los Centros de Coordinaci\u00f3n Operativa, adem\u00e1s de estar constituidos por las infraestructuras de apoyo t\u00e9cnico, comunicaciones y seguimiento de los \u00f3rganos del plan, se consideran a todos los efectos como un \u00f3rgano del Plan Auton\u00f3mico, integrando las funciones de direcci\u00f3n, coordinaci\u00f3n de recursos, movilizaci\u00f3n de recursos extraordinarios, asesoramiento, transmisi\u00f3n de alertas y notificaciones, adem\u00e1s de asegurar las comunicaciones con los medios que puedan verse implicados en la emergencia. Por lo tanto, el CECOP acoge los \u00f3rganos del plan auton\u00f3mico, excepto los de mando e intervenci\u00f3n situados sobre el terreno.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Debe garantizarse la unidad de informaci\u00f3n en todas las fases y situaciones del plan a trav\u00e9s del CECOP. A estos efectos, los servicios de intervenci\u00f3n y el resto de los organismos del plan facilitar\u00e1n de forma proactiva la informaci\u00f3n al CECOP y asimismo proveer\u00e1n personal de enlace que se integrar\u00e1 f\u00edsicamente en el CECOP en los casos que est\u00e9 previsto por el plan o a petici\u00f3n de la Direcci\u00f3n del Plan una vez activada la fase de emergencia.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">En las emergencias de inter\u00e9s nacional, as\u00ed como en la fase de apoyo a otros sistemas nacionales si as\u00ed se determina, se activar\u00e1n los Centros de Coordinaci\u00f3n Operativa previstos en el plan territorial o en los planes especiales de las comunidades y ciudades aut\u00f3nomas afectadas, integrando informativa y operativamente la informaci\u00f3n que puedan proporcionar estos centros y que actuar\u00e1n bajo la dependencia del Centro Nacional de Seguimiento y Coordinaci\u00f3n de Emergencias.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">b)\u2003Centro de Coordinaci\u00f3n Operativa Integrado.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">Todo Centro de Coordinaci\u00f3n Operativa pasar\u00e1 a denominarse y a funcionar como un Centro de Coordinaci\u00f3n Operativa Integrado, cuando se integren los responsables de las diferentes Administraciones p\u00fablicas estatales, tanto para la direcci\u00f3n y coordinaci\u00f3n de la emergencia en situaciones operativas\u00a02, como para la necesaria transferencia de responsabilidades, en los supuestos de evoluci\u00f3n de la emergencia a la situaci\u00f3n operativa\u00a03.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">c)\u2003Centro de Coordinaci\u00f3n Operativa Insular\/Municipal.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">Los Centros de Coordinaci\u00f3n Operativa de \u00e1mbito municipal, reciben la denominaci\u00f3n de CECOPAL. En las comunidades aut\u00f3nomas insulares, podr\u00e1n adem\u00e1s constituirse \u00f3rganos de coordinaci\u00f3n insulares, que recibir\u00e1n la denominaci\u00f3n de Centro de Coordinaci\u00f3n Operativa Insular.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Los centros de coordinaci\u00f3n operativa auton\u00f3micos mantendr\u00e1n informado al CENEM de la situaci\u00f3n y evoluci\u00f3n de la emergencia declarada, al menos en las situaciones operativas\u00a01 y\u00a02.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">2.3.2.7\u2003Centros de asistencia y gesti\u00f3n log\u00edstica.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">Los planes especiales contemplar\u00e1n el establecimiento de otros centros para la ejecuci\u00f3n de actividades espec\u00edficas en apoyo a la emergencia o a la poblaci\u00f3n afectada, considerando su activaci\u00f3n en funci\u00f3n de la situaci\u00f3n, deber\u00e1n contemplarse al menos los siguientes:<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">\u2013\u2002Centro de recepci\u00f3n log\u00edstica.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002Centro de recepci\u00f3n de medios.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002Centro de atenci\u00f3n a los ciudadanos.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">2.3.2.7.1\u2003Centro de recepci\u00f3n log\u00edstica.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">Los centros de recepci\u00f3n log\u00edstica son centros de recepci\u00f3n, control, almacenamiento y distribuci\u00f3n de suministros, recursos materiales y equipamiento, necesarios para el apoyo a la intervenci\u00f3n y en su caso, a la poblaci\u00f3n afectada.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">2.3.2.7.2\u2003Centro de recepci\u00f3n de medios.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Se podr\u00e1 constituir uno o varios centros de recepci\u00f3n de medios, los cuales se establecen en los puntos principales de acceso a la zona de emergencia, con el objeto de gestionar la entrada de los recursos y medios de intervenci\u00f3n que se incorporan a la emergencia, coordinar los apoyos que requieren y asignarles zonas de despliegue y cometidos iniciales.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">2.3.2.7.3\u2003Centro de atenci\u00f3n a los ciudadanos.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">Los centros de atenci\u00f3n a los ciudadanos son establecimientos o instalaciones destinadas a prestar ayuda asistencial a las personas afectadas por la emergencia o cat\u00e1strofe, ejerciendo funciones como:<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">\u2013\u2002Confeccionar listados de personas afectadas.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002Distribuir alimentos y enseres.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002Facilitar lugares de albergue y abastecimiento de productos esenciales.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002Prestar apoyo psicosocial.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">En caso necesario, los CAC podr\u00e1n servir de \u00abventanilla \u00fanica\u00bb en la relaci\u00f3n de la poblaci\u00f3n con el conjunto de las Administraciones p\u00fablicas implicadas en la gesti\u00f3n de la emergencia.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">2.4\u2003Operatividad de los planes.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">2.4.1\u2003Operatividad del plan estatal.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">La operatividad del Plan Estatal ante el riesgo volc\u00e1nico es la establecida con car\u00e1cter general por el PLEGEM.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">El Plan Especial Estatal ante el riesgo volc\u00e1nico, al estar integrado como anexo en el PLEGEM, se activar\u00e1 autom\u00e1ticamente cuando el PLEGEM declare alguna de las situaciones operativas establecidas en su plan.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">2.4.2\u2003Operatividad del plan auton\u00f3mico.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">2.4.2.1\u2003Definici\u00f3n de fases y situaciones operativas.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">Los planes definir\u00e1n las diferentes fases y situaciones operativas que pueden ocurrir durante una emergencia, identificando el \u00f3rgano competente para declarar cada una de ellas y concretando las condiciones para su establecimiento, de acuerdo con el esquema b\u00e1sico establecido en el art\u00edculo\u00a07, apartado\u00a01.d).1.\u00ba de la Norma B\u00e1sica de Protecci\u00f3n Civil.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">2.4.2.1.1\u2003Fase de alerta y seguimiento o preemergencia.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">Fase de alerta y seguimiento o de preemergencia, corresponde a la situaci\u00f3n en la que no se han producido da\u00f1os o estos son muy localizados o de car\u00e1cter leve y que pueden ser controlados por los medios disponibles.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">A esta fase corresponde la situaci\u00f3n operativa\u00a00, que constituye el modo ordinario de funcionamiento de los servicios oficiales de protecci\u00f3n civil, y no requiere la movilizaci\u00f3n de recursos de intervenci\u00f3n, o una m\u00ednima movilizaci\u00f3n para hacer frente a da\u00f1os muy localizados, y en la que, en ocasiones, puede precisarse la toma de medidas concretas para la protecci\u00f3n y autoprotecci\u00f3n de la poblaci\u00f3n.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">2.4.2.1.2\u2003Fases de emergencia.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">La fase de emergencia comienza cuando se tiene constancia de la posibilidad de repercusiones que requieran de la movilizaci\u00f3n de medios. Dentro de esta fase, se deber\u00e1n definir, las diferentes situaciones operativas indicando el \u00f3rgano competente para declarar cada una de ellas.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">La activaci\u00f3n por las comunidades aut\u00f3nomas y ciudades de Ceuta y Melilla de sus planes de protecci\u00f3n civil en las situaciones operativas\u00a01 y\u00a02 es, en todo caso, un aviso de emergencia de notificaci\u00f3n obligatoria al Centro Nacional de Seguimiento y Coordinaci\u00f3n de Emergencias. En dicha comunicaci\u00f3n se indicar\u00e1 el municipio origen de la emergencia y una breve anotaci\u00f3n de las circunstancias que concurren en la misma.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Cuando la emergencia traspase, de una comunidad aut\u00f3noma a otra lim\u00edtrofe, deber\u00e1 constituirse una direcci\u00f3n unificada de la emergencia entre las comunidades aut\u00f3nomas afectadas.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">En esta fase se distinguir\u00e1n las siguientes situaciones operativas:<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">Situaci\u00f3n operativa\u00a01, en la que la intervenci\u00f3n puede realizarse con medios propios de la administraci\u00f3n p\u00fablica responsable de la Direcci\u00f3n de la Emergencia, o asignados al plan. En el caso de emergencias asociadas a una instalaci\u00f3n, se entrar\u00e1 en esta situaci\u00f3n cuando exista posibilidad de repercusiones en el exterior de la misma.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">La situaci\u00f3n operativa\u00a01 ser\u00e1 declarada por la Direcci\u00f3n del Plan y conllevar\u00e1 la reuni\u00f3n o puesta de comunicaci\u00f3n de la Direcci\u00f3n del Plan y los miembros del Comit\u00e9 Asesor para llevar a cabo, entre otras, las siguientes actuaciones:<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">\u2013\u2002La constituci\u00f3n del Comit\u00e9 Asesor, en el caso de que fuera necesario.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002La comunicaci\u00f3n entre el CECOP correspondiente y el CENEM.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002La comunicaci\u00f3n con las autoridades municipales, en caso necesario, y la constituci\u00f3n de los correspondientes centros de coordinaci\u00f3n operativa.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002La participaci\u00f3n de la informaci\u00f3n a la poblaci\u00f3n potencialmente afectada por la emergencia y a la ciudadan\u00eda en general, a trav\u00e9s del Gabinete de informaci\u00f3n, cuando el Director del Plan lo considere necesario.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">Situaci\u00f3n operativa\u00a02, que constituye el m\u00e1ximo nivel de las emergencias de direcci\u00f3n auton\u00f3mica, en la que la respectiva comunidad aut\u00f3noma, o ciudad dotada de Estatuto de Autonom\u00eda, puede requerir la asistencia de medios de otras Administraciones p\u00fablicas no asignados al plan, o movilizables por otras Administraciones p\u00fablicas, en particular por la Administraci\u00f3n General del Estado.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">La situaci\u00f3n operativa\u00a02 ser\u00e1 declarada por la Direcci\u00f3n del Plan y conllevar\u00e1, entre otras, las siguientes actuaciones:<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">\u2013\u2002La puesta en funcionamiento de la estructura organizativa prevista en la planificaci\u00f3n.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002La adopci\u00f3n de todas las medidas de protecci\u00f3n previstas.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002La informaci\u00f3n a la poblaci\u00f3n potencialmente afectada por la emergencia y a la ciudadan\u00eda en general.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">Situaci\u00f3n operativa\u00a03, que se corresponde con las emergencias de inter\u00e9s nacional, declaradas por la persona titular del Ministerio del Interior de acuerdo con la ley. La Unidad Militar de Emergencias, en caso de emergencia de inter\u00e9s nacional, asumir\u00e1 la direcci\u00f3n operativa de la misma, actuando bajo la direcci\u00f3n del Ministro del Interior.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">El fin de la emergencia de inter\u00e9s nacional ser\u00e1 acordado por la Direcci\u00f3n del Plan cuando hayan cesado las circunstancias que motivaron su declaraci\u00f3n.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">2.4.2.1.3\u2003Fase de recuperaci\u00f3n.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">La fase de recuperaci\u00f3n es consecutiva temporalmente a las de emergencia y se prolongar\u00e1 hasta que se restablezcan las condiciones m\u00ednimas para el retorno a la normalidad de las personas afectadas por la emergencia y para el restablecimiento de los servicios esenciales en la zona o zonas afectadas.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Se propone el desarrollo e incorporaci\u00f3n de una fase post\u2011eruptiva o de recuperaci\u00f3n operativa como etapa espec\u00edfica dentro de la gesti\u00f3n de las emergencias volc\u00e1nicas, diferenciada de la fase de respuesta inmediata. Esta fase responde a la necesidad de abordar de manera estructurada y continuada los riesgos persistentes que subsisten tras el cese de la actividad eruptiva, tales como las emisiones difusas de gases, la inestabilidad del terreno, las anomal\u00edas t\u00e9rmicas o las afecciones ambientales y estructurales. Su inclusi\u00f3n permitir\u00e1 establecer un marco operativo propio, orientado no solo al control y seguimiento de dichos riesgos, sino tambi\u00e9n a la adopci\u00f3n de medidas progresivas para la recuperaci\u00f3n del territorio, la evaluaci\u00f3n de la habitabilidad, la gesti\u00f3n segura de retornos poblacionales y la desactivaci\u00f3n escalonada de las medidas de protecci\u00f3n civil, garantizando as\u00ed una transici\u00f3n ordenada, segura y basada en criterios t\u00e9cnicos hacia la normalidad.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">En la fase de recuperaci\u00f3n temprana las administraciones aseguraran el apoyo a la poblaci\u00f3n afectada, la coordinaci\u00f3n con la reconstrucci\u00f3n y gesti\u00f3n habitacional, incluida la previsi\u00f3n de realojo, la planificaci\u00f3n de la continuidad escolar y laboral.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">La fase de recuperaci\u00f3n finalizar\u00e1 cuando as\u00ed lo declare la Direcci\u00f3n del Plan o la Direcci\u00f3n de la Emergencia y podr\u00e1 dar por finalizada la emergencia y desactivado el plan, o la desescalada en planes de \u00e1mbito inferior.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">2.4.2.2\u2003Normas de transici\u00f3n entre fases y situaciones operativas.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">Los planes auton\u00f3micos dispondr\u00e1n de un procedimiento formal para la declaraci\u00f3n de las fases, con su correspondiente situaci\u00f3n operativa\u00a01 y\u00a02 por parte de la Direcci\u00f3n del Plan especial de la comunidad aut\u00f3noma. El plan estatal contendr\u00e1 el procedimiento formal para la declaraci\u00f3n de la situaci\u00f3n operativa\u00a03. En caso de tener que aplicarse contendr\u00e1 las condiciones y medidas necesarias para la transferencia de las funciones de direcci\u00f3n y coordinaci\u00f3n, de acuerdo con la informaci\u00f3n disponible sobre la emergencia y las condiciones imperantes.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">2.4.2.3\u2003Norma de integraci\u00f3n con otros planes.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">Los planes de protecci\u00f3n civil se integran en un conjunto homog\u00e9neo y cohesionado para dar una respuesta eficaz a las emergencias, asegurando la transici\u00f3n ordenada de unos planes a otros y la consiguiente disposici\u00f3n por las autoridades competentes en cada caso de los medios necesarios para afrontar cada situaci\u00f3n de emergencia.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">La integraci\u00f3n de los planes se realiza de acuerdo con las siguientes reglas:<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">\u2013\u2002Los planes de \u00e1mbito local, provincial o insular se integran en los planes auton\u00f3micos.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002Los planes especiales de las comunidades aut\u00f3nomas y de las ciudades aut\u00f3nomas de Ceuta y Melilla se integran en el plan territorial de \u00e1mbito auton\u00f3mico, y en el correspondiente plan estatal.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002Los planes estatales especiales se integran en el PLEGEM.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002Los planes territoriales de las comunidades aut\u00f3nomas y de las ciudades de Ceuta y Melilla se integran en el PLEGEM.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002Los planes de autoprotecci\u00f3n deber\u00e1n prever su integraci\u00f3n en el plan territorial o especial correspondiente a su \u00e1mbito territorial.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">Se entiende por integraci\u00f3n al conjunto de procedimientos y \u00f3rganos de coordinaci\u00f3n y direcci\u00f3n que garantizan la transferencia y continuidad en la aplicaci\u00f3n de actuaciones entre este Plan y otros relacionados de aplicaci\u00f3n consecutiva.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">A efectos de facilitar esta integraci\u00f3n, los planes territoriales y especiales de las comunidades aut\u00f3nomas y de las ciudades de Ceuta y Melilla prever\u00e1n la incorporaci\u00f3n de representantes de la Administraci\u00f3n General del Estado en sus \u00f3rganos de direcci\u00f3n y gesti\u00f3n de las emergencias en las que se prevea que se activar\u00e1 la movilizaci\u00f3n de medios extraordinarios del Estado o movilizables por este.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Asimismo, los planes contemplar\u00e1n la integraci\u00f3n en el MOPI de su personal experto en gesti\u00f3n de emergencias de la comunidad aut\u00f3noma y\/o ciudad aut\u00f3noma afectada, de responsables de los organismos que corresponda en funci\u00f3n de las necesidades de la emergencia y de los responsables operativos de los grupos de acci\u00f3n de su nivel.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">2.4.2.4\u2003Coordinaci\u00f3n de los planes y capacidades.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">El Sistema Nacional de Protecci\u00f3n Civil podr\u00e1 disponer de todas las capacidades de las Administraciones p\u00fablicas para el ejercicio de sus funciones en las situaciones de emergencia y cat\u00e1strofe, de acuerdo con lo dispuesto en las leyes y dem\u00e1s normativa de aplicaci\u00f3n.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Igualmente, las autoridades competentes podr\u00e1n disponer en las situaciones de emergencia y cat\u00e1strofe, la colaboraci\u00f3n obligatoria de la ciudadan\u00eda y de las personas jur\u00eddicas, previo requerimiento formulado por la autoridad competente y de acuerdo con lo dispuesto en las leyes.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Dentro del CECOP\/CECOPI, y en su caso, del CECOPIN\/CECOPAL, donde est\u00e1n integradas los \u00f3rganos de direcci\u00f3n, coordinaci\u00f3n y seguimiento de la emergencia en curso de las diferentes Administraciones p\u00fablicas, se realizar\u00e1n las medidas de coordinaci\u00f3n de los diferentes planes activados seg\u00fan la naturaleza de la emergencia.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Los planes que se deriven de las directrices b\u00e1sicas podr\u00e1n enumerar los medios y recursos disponibles, agrup\u00e1ndolos en un cat\u00e1logo de capacidades.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Dentro de las capacidades debemos se\u00f1alar que las Fuerzas Armadas (FAS), y especialmente la Unidad Militar de Emergencias (UME), tienen la consideraci\u00f3n de medios extraordinarios del Estado y, en consecuencia, no pueden formar parte de las capacidades asignadas a los planes de \u00e1mbito auton\u00f3micos y local.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">En cuanto a la coordinaci\u00f3n de las entidades y los servicios de intervenci\u00f3n y asistencia, se deber\u00e1 tener en cuenta lo establecido en el cap\u00edtulo VII de la Norma B\u00e1sica de Protecci\u00f3n Civil.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">2.4.2.4.1\u2003Mecanismos de movilizaci\u00f3n de capacidades.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">Los planes deber\u00e1n detallar los mecanismos para la movilizaci\u00f3n de recursos y capacidades necesarias en las diferentes situaciones operativas, de acuerdo con los principios de colaboraci\u00f3n, cooperaci\u00f3n, coordinaci\u00f3n, solidaridad interterritorial, subsidiariedad, eficiencia, y participaci\u00f3n. Si durante el desarrollo de una emergencia resulta necesario requerir medios de otras Administraciones p\u00fablicas no asignadas al plan, es preciso que haya sido activada la Situaci\u00f3n Operativa\u00a02 de Emergencia del plan.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">En cualquier caso, los planes auton\u00f3micos incluir\u00e1n en sus mecanismos de movilizaci\u00f3n de capacidades, el procedimiento para la solicitud de activaci\u00f3n de la Unidad Militar de Emergencias y los medios del Mecanismo Nacional de Respuesta seg\u00fan la Instrucci\u00f3n T\u00e9cnica Operativa (ITO) correspondiente aprobada por el Consejo Nacional de Protecci\u00f3n Civil (CNPC).<\/p>\n<p class=\"parrafo\">La movilizaci\u00f3n de capacidades del Sistema Nacional de Protecci\u00f3n Civil incluye la solicitud, autorizaci\u00f3n y el despliegue de m\u00f3dulos y de cualquier otro medio o recurso para su utilizaci\u00f3n en las situaciones de emergencia o cat\u00e1strofe, pertenecientes a una administraci\u00f3n p\u00fablica distinta de aquella que gestiona la situaci\u00f3n.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">2.4.2.4.2\u2003Participaci\u00f3n de otras organizaciones.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">La participaci\u00f3n en los planes de otras organizaciones y entidades sociales entre cuyos fines se encuentren los relacionados con la protecci\u00f3n civil, se realiza mediante la aportaci\u00f3n de medios y recursos susceptibles de ser utilizados en emergencias de protecci\u00f3n civil y cat\u00e1strofes, atendiendo al principio de especialidad funcional, y mediante los oportunos convenios o acuerdos, o a trav\u00e9s de lo se\u00f1alado en los mismos planes.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">En funci\u00f3n de la participaci\u00f3n de estas organizaciones y entidades sociales, y atendiendo a las peculiaridades de la emergencia o cat\u00e1strofe para la que se haya activado el plan, un representante de las mismas podr\u00e1 integrarse en los \u00f3rganos previstos en el mismo.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">2.5\u2003Implantaci\u00f3n y mantenimiento de los planes.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">2.5.1\u2003Implantaci\u00f3n y mantenimiento del plan estatal.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">La implantaci\u00f3n y el mantenimiento del Plan Estatal de riesgo volc\u00e1nico se regir\u00e1 por lo dispuesto a estos efectos en el PLEGEM con las especificidades que se detallan a continuaci\u00f3n.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">2.5.1.1\u2003Ejercicios y simulacros.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">Los ejercicios y simulacros del Plan Estatal de riesgo volc\u00e1nico se realizar\u00e1n en colaboraci\u00f3n con las comunidades aut\u00f3nomas implicadas y se incorporar\u00e1n al plan nacional anual de ejercicios y simulacros del Sistema Nacional de Protecci\u00f3n Civil.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">2.5.2\u2003Implantaci\u00f3n y mantenimiento de los planes auton\u00f3micos.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">Las actividades de implantaci\u00f3n est\u00e1n dirigidas a mantener la operatividad del plan, para ello, todos los servicios del Sistema Nacional de Protecci\u00f3n Civil asignados al plan deben conocer el contenido de los planes especiales, los procedimientos y mecanismos de activaci\u00f3n de capacidades, as\u00ed como la de la disponibilidad y operatividad de \u00e9stas, de sus recursos y de los servicios de su titularidad o competencia que puedan ser requeridos en las activaciones del plan.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">En las actividades de implantaci\u00f3n se velar\u00e1 especialmente por el funcionamiento \u00f3ptimo de las estructuras organizativas implicadas en el plan, por las actividades de car\u00e1cter preventivo y las dirigidas a fomentar la resiliencia de la poblaci\u00f3n frente a las emergencias y cat\u00e1strofes y por la consolidaci\u00f3n de una cultura de prevenci\u00f3n y responsabilidad.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">En particular, se desarrollar\u00e1n actuaciones tendentes a la:<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">\u2013\u2002Verificaci\u00f3n y actualizaci\u00f3n de los directorios de comunicaciones de los integrantes de los \u00f3rganos funcionales del plan especial.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002Actualizaci\u00f3n del cat\u00e1logo de capacidades, medios y recursos.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002Difusi\u00f3n del plan entre los integrantes de los diferentes \u00f3rganos funcionales implicados en el mismo en cada una de las fases.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002Desarrollo de campa\u00f1as de sensibilizaci\u00f3n a la poblaci\u00f3n general de manera que se facilite el despliegue de las medidas de intervenci\u00f3n y protecci\u00f3n en caso necesario.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">Las actividades de mantenimiento tienen como objetivo la comprobaci\u00f3n y la mejora de la eficacia del plan, as\u00ed como la incorporaci\u00f3n de los avances cient\u00edfico-tecnol\u00f3gicos y operativos que puedan mejorar la gesti\u00f3n de las emergencias y de los sucesos catastr\u00f3ficos de protecci\u00f3n civil.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Para la mejor realizaci\u00f3n de esta funci\u00f3n, los \u00f3rganos del Sistema Nacional de Protecci\u00f3n Civil asignados al plan promover\u00e1n la colaboraci\u00f3n de las universidades y de otros organismos de investigaci\u00f3n, sociedades cient\u00edficas, colegios profesionales, y el sector privado, incorporando a la gesti\u00f3n de las emergencias y cat\u00e1strofes las t\u00e9cnicas y m\u00e9todos m\u00e1s avanzados de la sociedad del conocimiento y las derivadas de la utilizaci\u00f3n masiva de datos y de la inteligencia artificial.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Las actividades de mantenimiento se dirigir\u00e1n fundamentalmente a los siguientes campos:<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">\u2013\u2002An\u00e1lisis de riesgos de protecci\u00f3n civil y de sus efectos directos.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002An\u00e1lisis de los sistemas de informaci\u00f3n aplicables a la protecci\u00f3n civil.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002Recogida de datos sobre emergencias y cat\u00e1strofes para su tratamiento automatizado.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002An\u00e1lisis y mejora de los sistemas log\u00edsticos de respuesta a las emergencias.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">Los planes auton\u00f3micos deben de establecer las acciones encaminadas a garantizar la actualizaci\u00f3n de la informaci\u00f3n contenida en plan. En funci\u00f3n de la magnitud y repercusi\u00f3n de las modificaciones, se consideran dos procesos diferenciados:<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">\u2013\u2002Las actualizaciones deber\u00e1n ser anuales y recoger\u00e1n los aspectos organizativos y operativos (nombramientos, capacidades, procedimientos, medios, recursos, etc.).<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002Las revisiones contemplaran cambios destacables en los contenidos motivados por causas t\u00e9cnicas o legislativas.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">2.5.2.1\u2003Determinaci\u00f3n de los mecanismos adecuados para la informaci\u00f3n a la poblaci\u00f3n afectada y al p\u00fablico en general.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">Con objeto de que el plan sea conocido por la ciudadan\u00eda que se pueden ver afectados, se establecer\u00e1n campa\u00f1as peri\u00f3dicas de divulgaci\u00f3n y sensibilizaci\u00f3n a la poblaci\u00f3n, que, con la informaci\u00f3n adecuada tanto en el contenido como en el de canal de comunicaci\u00f3n utilizado para cada grupo, indicar\u00e1n las recomendaciones de actuaci\u00f3n y medidas de autoprotecci\u00f3n.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">En estas campa\u00f1as se especificar\u00e1n los procedimientos de notificaci\u00f3n, con indicaci\u00f3n clara de las normas, formatos o canales donde efectuar el aviso; y se basar\u00e1n en la divulgaci\u00f3n de folletos descriptivos y en su caso con material audiovisual, publicaciones en medios tradicionales de comunicaci\u00f3n, internet, redes sociales y cuantos se consideren adecuados, en los que se concreten las medidas de protecci\u00f3n personal a adoptar.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">El plan determinar\u00e1 los mecanismos adecuados para transmitir la informaci\u00f3n a la poblaci\u00f3n afectada y al p\u00fablico en general. Esta informaci\u00f3n se regular\u00e1 de forma que se realice tanto como medida preventiva, previa a la emergencia, en el momento de la emergencia o cat\u00e1strofe y en fase de recuperaci\u00f3n.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">2.5.2.2\u2003Programas de formaci\u00f3n especializada de intervinientes.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">La administraci\u00f3n responsable de la redacci\u00f3n del plan especial promover\u00e1 la realizaci\u00f3n de programas de formaci\u00f3n y capacitaci\u00f3n, en colaboraci\u00f3n con las otras administraciones del Sistema Nacional de Protecci\u00f3n Civil dirigidos a los efectivos implicados directamente en la gesti\u00f3n de emergencias de protecci\u00f3n civil.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Tambi\u00e9n impartir\u00e1 y promover\u00e1 la impartici\u00f3n de jornadas t\u00e9cnicas para analizar la operatividad de estos planes y sus posibles l\u00edneas de mejora y desarrollo futuro, dirigidas especialmente a los integrantes de los diferentes grupos de acci\u00f3n.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Para ello, los planes podr\u00e1n indicar los contenidos de estos programas de formaci\u00f3n especializada y definir a los receptores de esta formaci\u00f3n.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">2.5.2.3\u2003Instrucciones y recomendaciones de autoprotecci\u00f3n.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">La administraci\u00f3n responsable de la redacci\u00f3n del plan promover\u00e1 la realizaci\u00f3n de programas de formaci\u00f3n y capacitaci\u00f3n, en colaboraci\u00f3n con las otras administraciones del Sistema Nacional de Protecci\u00f3n Civil dirigidos tanto a la poblaci\u00f3n en general como al personal interviniente. En este campo, se prestar\u00e1 una atenci\u00f3n especial a las actuaciones en el marco del sistema educativo.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Estos programas ir\u00e1n dirigidos, entre otros, a profesionales de los medios de comunicaci\u00f3n, en estos programas se incluir\u00e1 formaci\u00f3n espec\u00edfica para difundir la informaci\u00f3n a los colectivos vulnerables teniendo en cuenta sus necesidades especiales.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">La implantaci\u00f3n y mantenimiento de los planes precisa que se realicen acciones para incluir en su contenido las medidas de autoprotecci\u00f3n que pueden implementar la ciudadan\u00eda y divulgar estas instrucciones y recomendaciones de autoprotecci\u00f3n.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">La elaboraci\u00f3n de gu\u00edas t\u00e9cnicas de autoprotecci\u00f3n ante el riesgo volc\u00e1nico y su difusi\u00f3n permanente es una obligaci\u00f3n esencial de los \u00f3rganos de protecci\u00f3n civil que debe recogerse en estos planes. Se editar\u00e1 material de divulgaci\u00f3n y se transmitir\u00e1 la informaci\u00f3n por los cauces y con las peculiaridades indicadas para la informaci\u00f3n a la poblaci\u00f3n afectada y p\u00fablico en general.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">2.5.2.4\u2003Programa de ejercicios y simulacros.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">Con la finalidad de mantener en permanente estado de plena operatividad todos los procedimientos, mecanismos y dispositivos de los planes, se realizar\u00e1n regularmente ejercicios y simulacros, en colaboraci\u00f3n con otras Administraciones p\u00fablicas, organismos, servicios integrantes del Sistema Nacional de Protecci\u00f3n Civil y sector privado.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">La administraci\u00f3n responsable del plan especial, previo informe, aprobar\u00e1 un programa de ejercicios y simulacros, que ser\u00e1 elaborado por una comisi\u00f3n en la que estar\u00e1n representadas las administraciones y departamentos implicados. Este programa deber\u00e1 ser peri\u00f3dicamente actualizado.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Los ejercicios y simulacros se extender\u00e1n, de acuerdo con los respectivos programas anuales, a los diferentes instrumentos, mecanismos y procedimientos de estos planes, as\u00ed como a los diferentes \u00f3rganos, administraciones, organizaciones, grupos de acci\u00f3n, empresas y ciudadan\u00eda implicados y afectados por este riesgo.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">2.6\u2003Evaluaci\u00f3n y revisi\u00f3n de los planes.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">2.6.1\u2003Evaluaci\u00f3n y revisi\u00f3n de los planes estales.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">Sin perjuicio de la evaluaci\u00f3n que realice la Direcci\u00f3n General de Protecci\u00f3n Civil y Emergencias de las activaciones de este Plan Estatal Especial ante el riesgo volc\u00e1nico, al ser \u00e9ste un anexo del PLEGEM estar\u00e1 sometido a un proceso de evaluaci\u00f3n continua mediante el an\u00e1lisis cr\u00edtico de las emergencias declaradas, as\u00ed como de los resultados de los ejercicios y simulacros.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">El Plan Estatal Especial ante el riesgo volc\u00e1nico ser\u00e1 revisado por el gobierno de conformidad del PLEGEM.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">2.6.1.1\u2003Sistemas de informaci\u00f3n estad\u00edstica.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">Seg\u00fan lo dispuesto en el art\u00edculo\u00a09.2.e) de la Ley\u00a017\/2015, de\u00a09 de julio, tiene que crearse un registro Nacional de Datos sobre Emergencias y Cat\u00e1strofes donde se incorporaran todos los datos sobre p\u00e9rdidas y da\u00f1os de los eventos que se produzcan sobre el territorio nacional. De esta manera se podr\u00e1 disponer de informaci\u00f3n estad\u00edstica con la que tener un mayor conocimiento sobre el tipo de evento que m\u00e1s da\u00f1o genera y su distribuci\u00f3n geogr\u00e1fica.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Desde la Direcci\u00f3n General de Protecci\u00f3n Civil y Emergencias se pondr\u00e1 a disposici\u00f3n de las administraciones una herramienta inform\u00e1tica desarrollada para llevar a cabo esta recopilaci\u00f3n.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">En los planes se incluir\u00e1n los criterios que permitan establecer los episodios significativos y que ser\u00e1n los que se incluyan en la aplicaci\u00f3n. Una vez definido el episodio y dado de alta, se deber\u00e1n recopilar los datos de las p\u00e9rdidas y da\u00f1os ocasionados seg\u00fan el procedimiento de recogida de estad\u00edsticas establecido por la DGPCE.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">2.6.2\u2003Evaluaci\u00f3n y revisi\u00f3n de los planes auton\u00f3micos.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">2.6.2.1\u2003\u00d3rganos, procedimientos y alcance de las evaluaciones.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">El plan especial estar\u00e1 sometido a un proceso de evaluaci\u00f3n continua. Para ello incluir\u00e1 un programa de evaluaci\u00f3n basado en el an\u00e1lisis cr\u00edtico de sus activaciones y de las emergencias declaradas, as\u00ed como en el conocimiento y estado de la t\u00e9cnica y de los resultados de los ejercicios y simulacros realizados. Las actividades de evaluaci\u00f3n tienen por objeto y las acciones de mejora del plan.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Las activaciones en las situaciones operativas\u00a02 y\u00a03 dar\u00e1n lugar a una evaluaci\u00f3n espec\u00edfica de cada una de ellas, para ello la administraci\u00f3n responsable de protecci\u00f3n civil elaborar\u00e1 un informe de evaluaci\u00f3n tras cada desactivaci\u00f3n del plan especial en estas situaciones operativas.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Para la emisi\u00f3n del informe de evaluaci\u00f3n, las Administraciones p\u00fablicas, los servicios t\u00e9cnicos, y las organizaciones y entidades que hayan participado en la gesti\u00f3n de la emergencia, deber\u00e1n facilitar la informaci\u00f3n que obre en su poder.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Este informe ser\u00e1 comunicado al resto de administraciones implicadas, y a otros \u00f3rganos de la propia administraci\u00f3n intervinientes en la emergencia, y ser\u00e1 integrado en la memoria anual de protecci\u00f3n civil que se elabore.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">La finalidad de los informes de evaluaci\u00f3n es la mejora de la operatividad del plan y del funcionamiento global del Sistema Nacional de Protecci\u00f3n Civil, sin que en ning\u00fan caso determine conductas particulares ni asignaci\u00f3n de responsabilidades.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">El plan definir\u00e1 los \u00f3rganos, los procedimientos y el alcance de las evaluaciones especificando, en funci\u00f3n de sus resultados, los criterios que pueden motivar la modificaci\u00f3n o revisi\u00f3n del plan.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">2.6.2.2\u2003Sistemas de informaci\u00f3n estad\u00edstica.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">Seg\u00fan lo dispuesto en el apartado\u00a02 6.1.1 referido al plan estatal.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">2.6.2.3\u2003Actualizaci\u00f3n y revisiones del plan y de sus anexos.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">Los planes ser\u00e1n actualizados anualmente, y revisados al menos cada cinco a\u00f1os por la administraci\u00f3n que los ha elaborado, o cuando concurran circunstancias variables en el tiempo que lo aconsejen para mantener su plena operatividad, entre otras circunstancias que se puedan definir, se actualizar\u00e1n por los motivos siguientes:<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">\u2013\u2002Modificaciones importantes del riesgo por causas externas o sobrevenidas. Variaci\u00f3n de la peligrosidad, vulnerabilidad o exposici\u00f3n.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002Como consecuencia de las evaluaciones cr\u00edticas realizadas tras la activaci\u00f3n de las situaciones operativas\u00a02, 3, o las derivadas de los ejercicios y simulacros que hagan patente disfunciones en la operatividad o coordinaci\u00f3n.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002Por Modificaci\u00f3n significativa de la operatividad o de las capacidades del plan.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002Por el plazo de vigencia del mismo previsto en el propio plan.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">Para ello, los planes incluir\u00e1n un esquema general, temporal y cualificado en el que se determinen los factores y causas que motivar\u00e1n su revisi\u00f3n.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Los planes recoger\u00e1n igualmente la obligaci\u00f3n de redactar una memoria anual sobre su aplicaci\u00f3n y funcionamiento, memoria que ser\u00e1 remitida a los integrantes del Sistema Nacional de Protecci\u00f3n que intervienen en el plan en cualquiera de sus fases o situaciones operativas, y podr\u00e1 ser publicada en los portales de comunicaci\u00f3n establecidos por los organismos competentes.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">2.7\u2003Elaboraci\u00f3n de planes de \u00e1mbito local.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">Los planes municipales o de \u00e1mbito local, provincial o insular son aprobados por el \u00f3rgano competente de la respectiva entidad, seg\u00fan el procedimiento que establezca la legislaci\u00f3n auton\u00f3mica.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">En el curso de una emergencia, las autoridades de protecci\u00f3n civil de las administraciones locales deber\u00e1n solicitar y canalizar las necesidades de capacidades a trav\u00e9s de las autoridades de la comunidad aut\u00f3noma.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">2.7.1\u2003Concepto.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">El plan municipal o de entidad local, establecer\u00e1 la organizaci\u00f3n y procedimiento de actuaci\u00f3n de los recursos y servicios cuya titularidad corresponda a la administraci\u00f3n local de que se trate y los que puedan ser asignados al mismo por otras Administraciones p\u00fablicas o por otras entidades p\u00fablicas o privadas, al objeto de hacer frente a la emergencia, dentro del \u00e1mbito territorial de aquella.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">El plan de \u00e1mbito local deber\u00e1 ser elaborado e implantado por el organismo competente en aquellos municipios o islas ante el riesgo volc\u00e1nico que as\u00ed se determinen en el correspondiente plan de comunidad aut\u00f3noma.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">2.7.2\u2003Contenido m\u00ednimo de los planes de actuaci\u00f3n de \u00e1mbito local.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">El plan de \u00e1mbito local ante el riesgo volc\u00e1nico y dentro de las directrices que se establezcan en los correspondientes planes de comunidad aut\u00f3noma, deber\u00e1n tener el contenido m\u00ednimo que se especifica en el punto\u00a01.6 de esta directriz b\u00e1sica y que, entre otros, los siguientes:<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">\u2013\u2002La estructura organizativa y los procedimientos para la intervenci\u00f3n en emergencias, dentro del territorio del municipio, isla o entidad local que corresponda.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002El sistema de articulaci\u00f3n con las organizaciones de otras administraciones locales incluidas en su entorno o \u00e1mbito territorial, seg\u00fan las previsiones del plan de comunidad aut\u00f3noma en que se integran.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002La zonificaci\u00f3n del territorio en funci\u00f3n del mapa de riesgo y las posibles consecuencias, en concordancia con lo que establezca el correspondiente plan de comunidad aut\u00f3noma; delimitando \u00e1reas seg\u00fan posibles requerimientos de prevenci\u00f3n e intervenci\u00f3n y despliegue de medios y recursos, as\u00ed como localizando la infraestructura f\u00edsica a utilizar en operaciones de emergencia.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002Las medidas de informaci\u00f3n y formaci\u00f3n a la poblaci\u00f3n sobre el riesgo volc\u00e1nico, as\u00ed como sobre las medidas de autoprotecci\u00f3n a utilizar en caso de emergencia.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002El cat\u00e1logo de medios y recursos espec\u00edficos para la puesta en pr\u00e1ctica de las actividades previstas.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">2.8\u2003Adaptaci\u00f3n de los planes de protecci\u00f3n civil a esta directriz b\u00e1sica.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">De conformidad con lo establecido en el art\u00edculo\u00a04.2.k) de la Norma B\u00e1sica de Protecci\u00f3n Civil, todos los planes de protecci\u00f3n civil se adaptar\u00e1n a la estructura y contenido establecido en esta directriz b\u00e1sica en el plazo de cuatro a\u00f1os desde su entrada en vigor.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Una vez aprobados, los contenidos ser\u00e1n publicados y accesibles al p\u00fablico.<\/p>\n<h5 class=\"anexo\">ANEXOS<\/h5>\n<h5 class=\"anexo_num\">ANEXO I<\/h5>\n<h5 class=\"anexo_tit\">Definiciones y acr\u00f3nimos<\/h5>\n<p class=\"centro_cursiva\">Definiciones<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">Afectados: Personas que resultan perjudicadas, directa o indirectamente, por un suceso peligroso. Se consideran directamente afectados a aquellos que han sufrido lesiones, enfermedades u otros efectos en la salud; los que han sido evacuados, desplazados, reubicados o han padecido da\u00f1os directos en sus medios de vida o sus bienes econ\u00f3micos, f\u00edsicos, sociales, culturales y ambientales. Se consideran indirectamente afectados los que han sufrido consecuencias, distintas o a\u00f1adidas a los efectos directos, al cabo del tiempo debido a disrupciones o cambios en la econom\u00eda, las infraestructuras vitales, los servicios b\u00e1sicos, el comercio o el trabajo, o a consecuencias sociales, sanitarias y psicol\u00f3gicas.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Albergue: Puesta a disposici\u00f3n de un lugar para residir temporalmente a las personas evacuadas en una emergencia o cat\u00e1strofe, hasta tanto puedan regresar a sus domicilios o a residencias estables.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Alejamiento: Traslado de la poblaci\u00f3n desde lugares en los que las personas se encuentren expuestas a sufrir da\u00f1os, a lugares seguros, generalmente poco distantes, utilizando sus propios medios.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Alerta: Estado que se declara cuando existe la probabilidad o inminencia de que ocurra un fen\u00f3meno peligroso. Se emite con el fin de preparar y activar los procedimientos de prevenci\u00f3n, protecci\u00f3n y respuesta ante una posible emergencia.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Aviso: Notificaci\u00f3n temprana del organismo meteorol\u00f3gico o hidrol\u00f3gico para informar y prevenir sobre una situaci\u00f3n que podr\u00eda evolucionar hacia una emergencia.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Boca eruptiva: Apertura del terreno que emite material volc\u00e1nico, principalmente, gases, fragmentos, coladas de lava.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Capacidad: Combinaci\u00f3n de todas las fortalezas, los atributos y los recursos disponibles dentro de una organizaci\u00f3n, comunidad o sociedad que pueden utilizarse para gestionar y reducir los riesgos de desastres y reforzar la resiliencia.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Capacidades del SNPC: Son los medios y recursos de la Administraciones p\u00fablicas, y de los ciudadanos y personas jur\u00eddicas, susceptibles de ser utilizados para la respuesta a las emergencias y cat\u00e1strofes.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Cartograf\u00eda oficial: Cartograf\u00eda realizada con sujeci\u00f3n a las prescripciones de la Ley\u00a07\/1986, de Ordenaci\u00f3n de la Cartograf\u00eda, por las Administraciones p\u00fablicas o bajo su direcci\u00f3n y control.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Centro de Coordinaci\u00f3n Operativa (CECOP): es el centro desde donde se dirige la aplicaci\u00f3n del plan de protecci\u00f3n civil una vez ha sido activado, actuando como \u00f3rgano de coordinaci\u00f3n, control y seguimiento de todas las operaciones de la emergencia, constituy\u00e9ndose en el centro de mando de la persona que ostente la Direcci\u00f3n del Plan, siendo el nexo de uni\u00f3n entre este y los servicios operativos o de intervenci\u00f3n. Es, adem\u00e1s, el centro permanente de comunicaciones e informaci\u00f3n en emergencias.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Colada de lava (campo de coladas): Volumen de roca fundida o parcialmente fundida que fluye y se emplaza sobre la superficie terrestre.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Columna o pluma eruptiva: Flujo convectivo de una mezcla de gases y material magm\u00e1tico que se forma durante la fragmentaci\u00f3n explosiva en una boca eruptiva.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Control de accesos y seguridad ciudadana: Restricci\u00f3n parcial o total del acceso a la zona afectada por una emergencia, con la finalidad de evitar la exposici\u00f3n de las personas inicialmente no afectadas por la emergencia, garantizar la seguridad de las personas y los veh\u00edculos que deben entrar y salir de la zona afectada, as\u00ed como facilitar la puesta en pr\u00e1ctica de otras medidas de protecci\u00f3n.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Corriente densas de pirocl\u00e1stos: Corriente de ceniza caliente y gases que se propaga ladera abajo por ser m\u00e1s densa que la atm\u00f3sfera que lo rodea.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Crisis volc\u00e1nica: Per\u00edodo de inestabilidad asociado a la posible ocurrencia o evoluci\u00f3n de fen\u00f3menos volc\u00e1nicos peligrosos, identificado por cambios significativos respecto a la situaci\u00f3n de referencia.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Da\u00f1o: La p\u00e9rdida de vidas humanas, las lesiones corporales, los perjuicios materiales y el deterioro grave del medio ambiente, como resultado directo o indirecto, inmediato o diferido, de las propiedades t\u00f3xicas, inflamables, explosivas, oxidantes o de otra naturaleza, de las sustancias peligrosas y de otros efectos fisicoqu\u00edmicos consecuencia del desarrollo de las actividades industriales.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Desastre: Disrupci\u00f3n grave del funcionamiento de una comunidad o sociedad en cualquier escala debida a fen\u00f3menos peligrosos que interaccionan con las condiciones de exposici\u00f3n, vulnerabilidad y capacidad, ocasionando p\u00e9rdidas e impactos humanos, materiales, econ\u00f3micos y ambientales, y que exceden la capacidad de la comunidad o la sociedad afectada para hacer frente a la situaci\u00f3n mediante el uso de sus propios recursos.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Efecto domin\u00f3: La concatenaci\u00f3n de efectos causantes de riesgo que multiplica las consecuencias, debido a que los fen\u00f3menos peligrosos pueden afectar, adem\u00e1s de los elementos vulnerables exteriores, otros recipientes, tuber\u00edas o equipos del mismo establecimiento o de otros establecimientos pr\u00f3ximos, de tal manera que se produzca una nueva fuga, incendio, estallido en los mismos, que a su vez provoquen nuevos fen\u00f3menos peligrosos.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Elementos en riesgo: Poblaci\u00f3n, bienes, animales, medioambiente, patrimonio hist\u00f3rico-art\u00edstico y cultural, edificaciones, obras de ingenier\u00eda civil, actividades econ\u00f3micas, servicios p\u00fablicos y otros usos del territorio que se encuentren en peligro en un \u00e1rea determinada.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Erupci\u00f3n volc\u00e1nica: Emisi\u00f3n de magma a la superficie a trav\u00e9s de bocas eruptivas, ya sea de forma efusiva formando coladas de lava, o explosiva fragmentando el magma y emiti\u00e9ndolo junto a otros materiales rocosos y acompa\u00f1ados de emisi\u00f3n de gases.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Erupci\u00f3n volc\u00e1nica submarina: Fen\u00f3meno volc\u00e1nico caracterizado por la emisi\u00f3n de magma bajo el nivel del mar, cuya evoluci\u00f3n est\u00e1 condicionada por la interacci\u00f3n entre los productos eruptivos y el agua marina. Puede generar peligros asociados a la actividad explosiva, la emisi\u00f3n de gases, la formaci\u00f3n de nuevas estructuras volc\u00e1nicas, alteraciones del medio marino y, en determinados casos, afecciones a zonas costeras cercanas.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">ES-ALERT: Sistema de alerta del estado espa\u00f1ol basado en la telefon\u00eda m\u00f3vil, para que, con el ancho de cobertura de estas redes, se asegure la difusi\u00f3n de las alertas a la poblaci\u00f3n que pueda verse afectada por cualquier tipo de emergencia, desarrollado seg\u00fan lo indicado en la Directiva\u00a02018\/1972 del Parlamento Europeo y del Consejo.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Escenario de emergencia (general): Representaci\u00f3n anticipada de una situaci\u00f3n de riesgo, basada en el an\u00e1lisis del riesgo y su zonificaci\u00f3n, que permite prever impactos y orientar la planificaci\u00f3n y respuesta operativa ante emergencias.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Evacuaci\u00f3n: Traslado temporal de personas y bienes a lugares m\u00e1s seguros antes, durante o despu\u00e9s de un suceso peligroso con el fin de protegerlos.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Evaluaci\u00f3n del riesgo: Enfoque cualitativo o cuantitativo para determinar la naturaleza y el alcance del riesgo de desastres mediante el an\u00e1lisis de las posibles amenazas y la evaluaci\u00f3n de las condiciones existentes de exposici\u00f3n y vulnerabilidad que conjuntamente, podr\u00edan causar da\u00f1os a las personas, los bienes, los servicios, los medios de vida y el medio ambiente del cual dependen.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Exposici\u00f3n: Situaci\u00f3n en que se encuentran las personas, las infraestructuras, las viviendas, las capacidades de producci\u00f3n y otros activos humanos tangibles situados en zonas expuestas a amenazas.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Exposici\u00f3n de elementos vulnerables: Se refiere a la situaci\u00f3n en la que personas, bienes, infraestructuras o ecosistemas susceptibles de sufrir da\u00f1os se encuentran ubicados en zonas donde pueden ser afectados por una amenaza o peligro.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Gases volc\u00e1nicos: Los gases volc\u00e1nicos son mezclas de compuestos qu\u00edmicos que se liberan desde el interior de la Tierra durante procesos volc\u00e1nicos, tanto en erupciones como en fases de desgasificaci\u00f3n. Estos gases provienen del magma y pueden escapar a trav\u00e9s de cr\u00e1teres, fisuras, fumarolas o incluso difusamente por el suelo. Los gases m\u00e1s presentes en las erupciones volc\u00e1nicas son el vapor de agua, di\u00f3xido de carbono (CO<sub>2<\/sub>), di\u00f3xido de azufre (SO<sub>2<\/sub>), sulfuro de hidr\u00f3geno (H<sub>2<\/sub>S), \u00e1cido clorh\u00eddrico (HCL), \u00e1cido fluorh\u00eddrico (HF).<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Gesti\u00f3n de desastres: Organizaci\u00f3n, planificaci\u00f3n y aplicaci\u00f3n de medidas de preparaci\u00f3n, respuesta y recuperaci\u00f3n en caso de desastre.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Gesti\u00f3n de emergencias: La organizaci\u00f3n y la gesti\u00f3n de los recursos y las responsabilidades para abordar todos los aspectos de las emergencias, especialmente la preparaci\u00f3n, la respuesta y los pasos iniciales de la rehabilitaci\u00f3n.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Gesti\u00f3n del riesgo: El enfoque y la pr\u00e1ctica sistem\u00e1tica de gestionar la incertidumbre para minimizar los da\u00f1os y las p\u00e9rdidas potenciales. Abarca tanto la evaluaci\u00f3n y el an\u00e1lisis del riesgo, como la ejecuci\u00f3n de estrategias y de acciones espec\u00edficas para controlar, reducir y transferir el riesgo.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Gesti\u00f3n del riesgo de desastres: El proceso sistem\u00e1tico de utilizar directrices administrativas, organizaciones, destrezas y capacidades operativas para ejecutar pol\u00edticas y fortalecer las capacidades de afrontamiento, con el fin de reducir el impacto adverso de las amenazas y la posibilidad de que ocurra un desastre. Es decir, busca evitar, disminuir o transferir los efectos adversos de las amenazas mediante diversas actividades y medidas de prevenci\u00f3n, mitigaci\u00f3n y preparaci\u00f3n.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Gobernanza del riesgo de desastres: Sistema de instituciones, mecanismos, marcos normativos y jur\u00eddicos y otras disposiciones que tiene por objeto orientar, coordinar y supervisar la reducci\u00f3n de los riesgos de desastres y las esferas de pol\u00edtica conexas.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Impacto: Efecto total de un suceso peligroso o un desastre, incluidos los efectos negativos (por ejemplo, las p\u00e9rdidas econ\u00f3micas) y los efectos positivos (por ejemplo, los beneficios econ\u00f3micos). Abarca los impactos econ\u00f3micos, humanos y ambientales.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u00cdndice de Explosividad volc\u00e1nica (VEI): Es una medida de la magnitud explosiva de una erupci\u00f3n volc\u00e1nica, e incluye factores cuantificables como son el volumen de material pirocl\u00e1stico emitido y la altura de columna eruptiva.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Magma: Material fundido de roca, principalmente rocas silicatadas, a alta temperatura que incluye proporciones variables de tres fases (cristales, l\u00edquido y gases). El magma se genera, almacena y transporta bajo la superficie terrestre, pudiendo entrar en erupci\u00f3n si llega a superficie.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Mapas de peligro volc\u00e1nico: muestran las \u00e1reas que podr\u00edan ser afectadas por diferentes tipos de peligros volc\u00e1nicos (flujo de lava, flujos pirocl\u00e1sticos, ca\u00edda de ceniza, lahares\u2026) durante una erupci\u00f3n.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Mapas de susceptibilidad de riesgo volc\u00e1nico: eval\u00faan la probabilidad de que ocurran ciertos peligros volc\u00e1nicos en funci\u00f3n de las caracter\u00edsticas geol\u00f3gicas y morfol\u00f3gicas del terreno.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Mecanismo Nacional de Respuesta Emergencias: Conjunto organizado de medios, recursos, estructuras y procedimientos coordinados por las Administraciones p\u00fablicas para garantizar una actuaci\u00f3n eficaz, r\u00e1pida y cohesionada ante situaciones de emergencia o cat\u00e1strofe en el territorio nacional. De acuerdo con la Ley\u00a017\/2015, de\u00a09 de julio, del Sistema Nacional de Protecci\u00f3n Civil, este mecanismo articula la cooperaci\u00f3n entre los distintos niveles de gobierno \u2013estatal, auton\u00f3mico y local\u2013, as\u00ed como con otros organismos y entidades, con el fin de proteger a las personas, los bienes y el medio ambiente frente a riesgos naturales, tecnol\u00f3gicos o antr\u00f3picos.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Conforme a la Estrategia Nacional de Protecci\u00f3n Civil y al Plan Estatal General de Emergencias (PLEGEM), el mecanismo nacional de respuesta constituye el marco operativo que integra la planificaci\u00f3n, movilizaci\u00f3n y coordinaci\u00f3n de recursos disponibles para hacer frente a emergencias de cualquier naturaleza o nivel de gravedad. Su objetivo es asegurar una respuesta unificada, basada en los principios de anticipaci\u00f3n, coordinaci\u00f3n, eficiencia y solidaridad entre administraciones, garantizando as\u00ed la resiliencia del conjunto del Sistema Nacional de Protecci\u00f3n Civil.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Medidas de protecci\u00f3n: conjunto de acciones, disposiciones y actuaciones de car\u00e1cter preventivo, de preparaci\u00f3n, respuesta y recuperaci\u00f3n adoptadas en el \u00e1mbito de la protecci\u00f3n civil para salvaguardar la vida y la integridad f\u00edsica de las personas y animales, los bienes y el medio ambiente frente a los riesgos y emergencias. Su finalidad es reducir la vulnerabilidad y la exposici\u00f3n, mitigar las consecuencias adversas de los fen\u00f3menos peligrosos y garantizar una actuaci\u00f3n eficaz a trav\u00e9s de la anticipaci\u00f3n, la prevenci\u00f3n, la planificaci\u00f3n, alerta e informaci\u00f3n y la actuaci\u00f3n directa.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Patrimonio cultural: Concepto que incluye todas las acepciones de este tipo de patrimonio, tales como hist\u00f3rico, art\u00edstico, arquitect\u00f3nico, arqueol\u00f3gico, industrial e inmaterial.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Peligro: Capacidad intr\u00ednseca de una sustancia peligrosa o la potencialidad de un fen\u00f3meno fisicoqu\u00edmico para ocasionar da\u00f1os sobre la salud, los bienes o el medio ambiente.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Peligro volc\u00e1nico: Cada uno de los distintos procesos que pueden tener lugar en \u00e1reas volc\u00e1nicas activas producidos directa o indirectamente por ascenso de magma y\/o la ocurrencia de una erupci\u00f3n volc\u00e1nica. En general, por su din\u00e1mica, se distinguen cinco peligros volc\u00e1nicos principales: coladas de lava, ca\u00edda de cenizas, flujos pirocl\u00e1sticos, emanaciones de gases y deslizamientos de ladera, y varios peligros volc\u00e1nicos secundarios como terremotos, lahares y tsunamis.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Peligrosidad volc\u00e1nica: Probabilidad de cada punto de ser afectado por un determinado peligro volc\u00e1nico en un \u00e1rea concreta durante un per\u00edodo de tiempo determinado.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Periodo de retorno: En el contexto de riesgo volc\u00e1nico, es el intervalo de probabilidad estad\u00edstico entre la ocurrencia de eventos volc\u00e1nicos de una magnitud igual o superior a un umbral definido. Se utiliza para estimar la frecuencia esperada de erupciones o fen\u00f3menos asociados, sin implicar periodicidad exacta ni capacidad predictiva determinista.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Piroclasto: Fragmento de material expulsado violentamente durante una erupci\u00f3n, incluyendo, por ejemplo, p\u00f3mez, cenizas y fragmentos de roca.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Planes de salvaguarda: Instrumentos de planificaci\u00f3n que tienen como objetivo principal el desarrollo de medidas preventivas y correctivas necesarias para minimizar los efectos destructivos que una cat\u00e1strofe puede ocasionar al patrimonio cultural, hist\u00f3rico o art\u00edstico y la definici\u00f3n de medios y procedimientos para gestionar con rapidez y eficacia cualquier situaci\u00f3n de emergencia.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Planificaci\u00f3n de contingencias: Proceso de gesti\u00f3n que analiza los riesgos de desastres y establece con antelaci\u00f3n las disposiciones necesarias para dar respuestas oportunas, eficaces y apropiadas.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Precursor volc\u00e1nico: Se\u00f1ales an\u00f3malas que preceden al inicio de una erupci\u00f3n volc\u00e1nica y que pueden aportar informaci\u00f3n para el pron\u00f3stico del inicio de la erupci\u00f3n.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Pron\u00f3stico: Una declaraci\u00f3n certera o un c\u00e1lculo estad\u00edstico de la posible ocurrencia de un evento o condiciones futuras en una zona espec\u00edfica.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Reconstrucci\u00f3n: Reedificaci\u00f3n a mediano y largo plazo y restauraci\u00f3n sostenible de infraestructuras vitales resilientes, servicios, viviendas, instalaciones y medios de vida necesarios para el pleno funcionamiento de una comunidad o sociedad afectadas por un desastre.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Recuperaci\u00f3n: Restablecimiento o mejora de los medios de vida y la salud, as\u00ed como de los bienes, sistemas y actividades econ\u00f3micos, f\u00edsicos, sociales, culturales y ambientales, de una comunidad o sociedad afectada por un desastre con el fin de evitar o reducir el riesgo en el futuro.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Reducci\u00f3n del riesgo de desastres: Concepto y pr\u00e1ctica de reducir el riesgo de desastres mediante esfuerzos sistem\u00e1ticos dirigidos al an\u00e1lisis y a la gesti\u00f3n de los factores causales de los desastres, lo que incluye la reducci\u00f3n del grado de exposici\u00f3n a las amenazas, la disminuci\u00f3n de la vulnerabilidad de la poblaci\u00f3n y la propiedad, una gesti\u00f3n sensata de los suelos y del medio ambiente, y el mejoramiento de la preparaci\u00f3n ante los eventos adversos.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Rehabilitaci\u00f3n: Restablecimiento de los servicios e instalaciones b\u00e1sicos para el funcionamiento de una comunidad o sociedad afectada por un desastre.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Resiliencia: Capacidad que tiene un sistema, una comunidad o una sociedad expuestos a una amenaza para resistir, absorber, adaptarse, transformarse y recuperarse de sus efectos de manera oportuna y eficiente, en particular mediante la preservaci\u00f3n y la restauraci\u00f3n de sus estructuras y funciones b\u00e1sicas.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Respuesta: Medidas adoptadas directamente antes, durante o inmediatamente despu\u00e9s de un desastre con el fin de salvar vidas, reducir los impactos en la salud, velar por la seguridad p\u00fablica y atender las necesidades b\u00e1sicas de subsistencia de la poblaci\u00f3n afectada.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Respuesta inmediata: Se entiende por respuesta inmediata a las emergencias de protecci\u00f3n civil la actuaci\u00f3n de los servicios p\u00fablicos o privados de intervenci\u00f3n y de asistencia tras el acaecimiento de una emergencia o en una situaci\u00f3n que pudiera derivar en emergencia, con la finalidad de evitar da\u00f1os, rescatar y proteger a las personas y bienes, velar por la seguridad ciudadana y satisfacer las necesidades b\u00e1sicas de subsistencia de la poblaci\u00f3n afectada. Incluye la atenci\u00f3n sanitaria, psicol\u00f3gica y social de urgencia, el refugio y la reparaci\u00f3n inicial de los da\u00f1os para restablecer los servicios e infraestructuras esenciales, as\u00ed como otras acciones y evaluaciones necesarias para iniciar la recuperaci\u00f3n.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Riesgo: Combinaci\u00f3n de la probabilidad de que se produzca un evento y sus consecuencias negativas.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Sem\u00e1foro volc\u00e1nico: Es un sistema de alerta visual de colores (verde, amarillo, naranja, rojo) que informa a la poblaci\u00f3n y autoridades sobre los niveles de riesgo y actividad de un volc\u00e1n, permitiendo tomar medidas preventivas, desde la normalidad (verde) hasta la alarma y evacuaci\u00f3n (rojo), y facilitando una respuesta coordinada ante una emergencia volc\u00e1nica.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Sistema de alerta temprana: Sistema integrado de vigilancia, previsi\u00f3n y predicci\u00f3n de amenazas, evaluaci\u00f3n de los riesgos de desastres, y actividades, sistemas y procesos de comunicaci\u00f3n y preparaci\u00f3n que permite a las personas, las comunidades, los gobiernos, las empresas y otras partes interesadas adoptar las medidas oportunas para reducir los riesgos de desastres con antelaci\u00f3n a sucesos peligrosos. Los sistemas de alerta temprana pueden incluir cuatro elementos clave relacionados entre s\u00ed: 1) conocimientos sobre el riesgo basado en el acopio sistem\u00e1tico de datos y en evaluaciones del riesgo; 2) detecci\u00f3n, seguimiento, an\u00e1lisis y previsi\u00f3n de las amenazas y las posibles consecuencias; 3) difusi\u00f3n y comunicaci\u00f3n, por una fuente oficial, de alertas e informaci\u00f3n conexa autorizadas, oportunas, precisas y pr\u00e1cticas acerca de la probabilidad y el impacto; y\u00a04) preparaci\u00f3n en todos los niveles para responder a las alertas recibidas.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">UAS: <em>Unmanned Aircraft System<\/em> (Sistema de Aeronave No Tripulada). Se refiere al conjunto integral que incluye el dron (aeronave), la estaci\u00f3n de control en tierra y el enlace de comunicaciones.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Volc\u00e1n activo: Seg\u00fan la Asociaci\u00f3n Internacional de Vulcanolog\u00eda y Qu\u00edmica del Interior de la Tierra (IAVCEI) se considera un \u00e1rea volc\u00e1nicamente activa aquella que haya tenido erupciones en los \u00faltimos\u00a010.000 a\u00f1os o presente se\u00f1ales claras de actividad volc\u00e1nica.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Vulnerabilidad: Condiciones determinadas por factores o procesos f\u00edsicos, sociales, econ\u00f3micos y ambientales que aumentan la susceptibilidad de una persona, una comunidad, los bienes o los sistemas a los efectos de las amenazas.<\/p>\n<p class=\"centro_cursiva\">Acr\u00f3nimos<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">AEMET: Agencia Estatal de Meteorolog\u00eda.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">BIC: Bien de Inter\u00e9s Cultural.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">CAC: Centro de Atenci\u00f3n a los Ciudadanos.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">CECOD: Comit\u00e9 Estatal de Coordinaci\u00f3n y Direcci\u00f3n.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">CECOP: Centro de Coordinaci\u00f3n Operativa.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">CECOPAL: Centro de Coordinaci\u00f3n Operativa Municipal.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">CECOPI: Centro de Coordinaci\u00f3n Operativa Integrado.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">CECOPIN: Centro de Coordinaci\u00f3n Operativa Insular.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">CENEM: Centro Nacional de Seguimiento y Coordinaci\u00f3n de Emergencias.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">CNPC: Consejo Nacional de Protecci\u00f3n Civil.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">CRL: Centro de Recepci\u00f3n Log\u00edstica.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">CRM: Centro de Recepci\u00f3n de Medios.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">DGPCE: Direcci\u00f3n General de Protecci\u00f3n Civil y Emergencias (Ministerio del Interior).<\/p>\n<p class=\"parrafo\">FAS: Fuerzas Armadas.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">FCSE: Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">IEO: Instituto Espa\u00f1ol de Oceanograf\u00eda.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">IGME: Instituto Geol\u00f3gico y Minero de Espa\u00f1a.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">IGN: Instituto Geogr\u00e1fico Nacional.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">ITO: Instrucci\u00f3n T\u00e9cnica Operativa.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">MOA: Mando Operativo Auton\u00f3mico.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">MOPI: Mando Operativo Integrado.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">NOTAM: <em>Notices to Air Missions<\/em>\/Avisos para misiones a\u00e9reas.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">PDC: Corrientes de Densidad Pirocl\u00e1stica.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">PLEGEM: Plan General Estatal de Emergencias.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">PMA: Puesto de Mando Avanzado.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">RAN: Red de Alerta Nacional.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">REMER: Red Nacional de Radio Emergencia.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">RENAIN: Red Nacional de Informaci\u00f3n de Protecci\u00f3n Civil.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">ROA: Real Instituto y Observatorio de la Armada.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">SIG: Sistema de Informaci\u00f3n Geogr\u00e1fica.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">SIRDEE: Sistema Integrado de Comunicaciones Digitales de Emergencias del Estado.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">SNPC: Sistema Nacional de Protecci\u00f3n Civil.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">UME: Unidad Militar de Emergencias.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">VEI: \u00cdndice de Explosividad Volc\u00e1nica.<\/p>\n<h5 class=\"anexo_num\">ANEXO II<\/h5>\n<h5 class=\"anexo_tit\">Legislaci\u00f3n<\/h5>\n<p class=\"parrafo_2\">\u2013\u2002Plan Estatal General de Emergencias de Protecci\u00f3n Civil (PLEGEM) vigente.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002Ley\u00a05\/2025, de\u00a030 de septiembre, de Volcanes de Canarias.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002Ley\u00a07\/2023 de\u00a028 de marzo, de protecci\u00f3n de los derechos y bienestar de los animales.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002Ley\u00a017\/2015, de\u00a09 de julio, del Sistema Nacional de Protecci\u00f3n Civil.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002Ley\u00a07\/1985, de\u00a02 de abril, Reguladora de las Bases de R\u00e9gimen Local.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002Real Decreto\u00a0253\/2024, de\u00a012 de marzo, por el que se desarrolla la estructura org\u00e1nica b\u00e1sica del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible, y se modifica el Real Decreto\u00a01009\/2023, de\u00a05 de diciembre, por el que se establece la estructura org\u00e1nica b\u00e1sica de los departamentos ministeriales.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002Real Decreto\u00a0524\/2023, de\u00a020 de junio, por el que se aprueba la Norma B\u00e1sica de Protecci\u00f3n Civil.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002Real Decreto\u00a01150\/2021, de\u00a028 de diciembre, por el que se aprueba la Estrategia de Seguridad Nacional\u00a02021.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002Real Decreto\u00a0307\/2005, de\u00a018 de marzo, por el que se regulan las subvenciones en atenci\u00f3n a determinadas necesidades derivadas de situaciones de emergencia o de naturaleza catastr\u00f3fica, y se establece el procedimiento para su concesi\u00f3n.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002Orden PJC\/1430\/2024, de\u00a016 de diciembre, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Seguridad Nacional de\u00a015 de octubre de\u00a02024, por el que se aprueba la Estrategia Nacional de Protecci\u00f3n Civil.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002Orden PCI\/1283\/2019, de\u00a027 de diciembre, por la que se publica el acuerdo del Consejo de Ministros del\u00a020 de diciembre de\u00a02019, por el que se modifican las directrices b\u00e1sicas de planificaci\u00f3n de protecci\u00f3n civil y planes estatales de protecci\u00f3n civil para la mejora de la atenci\u00f3n a las personas con discapacidad y a otros colectivos en situaci\u00f3n de especial vulnerabilidad ante emergencias.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002Orden INT\/1149\/2018, de\u00a029 de octubre, por la que se regula la organizaci\u00f3n y el funcionamiento de la Red Nacional de Radio de Emergencia.<\/p>\n<h5 class=\"anexo_num\">ANEXO III<\/h5>\n<h5 class=\"anexo_tit\">Mapas de riesgo<\/h5>\n<p class=\"parrafo_2\">La elaboraci\u00f3n de un mapa de riego volc\u00e1nico es un proceso altamente complejo, para su c\u00e1lculo se requiere informaci\u00f3n de los tres elementos principales de la ecuaci\u00f3n del riesgo: peligrosidad, vulnerabilidad y exposici\u00f3n\/valor.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">La peligrosidad volc\u00e1nica suele calcularse por separado para cada peligro volc\u00e1nico, debido a las grandes diferencias que existen en las din\u00e1micas de los distintos peligros. Para cada peligro esperable en el \u00e1rea para la que se genera el mapa de peligrosidad debe evaluarse la probabilidad temporal de ocurrencia, la probabilidad espacial de albergar un futuro centro eruptivo, caracterizar las erupciones esperables y realizar simulaciones num\u00e9ricas (deterministas o probabil\u00edsticas) que determinen al menos el \u00e1rea que podr\u00eda se alcanzable por el peligro considerado.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">La vulnerabilidad se suele expresar como una probabilidad de da\u00f1o, o como la proporci\u00f3n del total del valor expuesto que se ver\u00eda afectado por el peligro que se considere. Por tanto, para cualquier tipolog\u00eda de elemento expuesto, deber\u00eda de evaluarse su vulnerabilidad para todos los peligros volc\u00e1nicos esperables en el \u00e1rea de an\u00e1lisis. En muchos de los casos la vulnerabilidad se eval\u00faa a partir de curvas definidas para un peligro concreto y distintas tipolog\u00edas de un determinado elemento expuesto (por ejemplo, si se quiere evaluar la probabilidad de colapso del tejado de edificios por ca\u00edda de cenizas volc\u00e1nicas se pueden elaborar curvas de probabilidad de colapso para diversas tipolog\u00edas de tejados).<\/p>\n<p class=\"parrafo\">A partir de la informaci\u00f3n de la peligrosidad volc\u00e1nica y los datos disponibles de vulnerabilidad se pueden elaborar m\u00faltiples mapas de riesgo, en funci\u00f3n de los elementos expuestos considerados y el\/los peligros volc\u00e1nicos considerados.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">La nomenclatura de los mapas debe atender a lo establecido como est\u00e1ndar para el \u00e1mbito concreto y, en todo caso, ser intuitiva. Las referencias altim\u00e9tricas ser\u00e1n las definidas y publicadas por la Direcci\u00f3n General del Instituto Geogr\u00e1fico Nacional.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Estos mapas estar\u00e1n disponibles en formato digital, accesible e interoperable por todas las administraciones y actores involucrados en el plan, as\u00ed como para el resto del Sistema Nacional de Protecci\u00f3n Civil. Por ello, la Direcci\u00f3n General de Protecci\u00f3n Civil y Emergencias establecer\u00e1 los formatos para su inclusi\u00f3n en el Mapa Nacional de Riesgos de Protecci\u00f3n Civil integrado en la Red Nacional de Informaci\u00f3n de Protecci\u00f3n Civil.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Para facilitar el derecho a la informaci\u00f3n establecido en la Ley del Sistema Nacional de Protecci\u00f3n Civil, deber\u00e1n arbitrarse f\u00f3rmulas que permitan la consulta p\u00fablica de estos mapas.<\/p>\n<h5 class=\"anexo_num\">ANEXO IV<\/h5>\n<h5 class=\"anexo_tit\">Elementos b\u00e1sicos del modelo de transferencia de informaci\u00f3n estad\u00edstica<\/h5>\n<p class=\"parrafo_2\">El modelo de informaci\u00f3n estad\u00edstica de eventos contendr\u00e1 al menos informaci\u00f3n sobre los siguientes elementos, dise\u00f1\u00e1ndose con m\u00e1s detalle en los planes especiales teniendo en cuenta la particularidad del territorio.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">\u2013\u2002Datos sobre el evento: tipo, fecha de inicio y fin, localizaci\u00f3n, caracter\u00edsticas propias del tipo de evento (par\u00e1metros), causas, sucesos desencadenantes, activaci\u00f3n de planes y SOP.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002Recursos movilizados:<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">\u25cf\u2002Activaci\u00f3n del Mecanismo Europeo de Protecci\u00f3n Civil.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">\u25cb\u2002M\u00f3dulos, <em>EU-Pool, EUrescue.<\/em><\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u25cb\u2002Asistencia en especie, <em>in-kind assistance<\/em>.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u25cb\u2002Misi\u00f3n de asesoramiento, <em>Advisory Mission<\/em>.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">\u25cf\u2002Activaci\u00f3n del Mecanismo Nacional de Respuesta.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">\u25cb\u2002Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u25cb\u2002Fuerzas Armadas.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u25cb\u2002Unidad Militar de Emergencias.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u25cb\u2002Grupo de Asesoramiento de Emergencias del CSIC (GADE).<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u25cb\u2002Red Nacional de Radio Emergencia (REMER).<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u25cb\u2002Resto de medios y recursos estatales.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">\u25cf\u2002Activaci\u00f3n de medios y recursos auton\u00f3micos y locales.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u25cf\u2002Voluntariado.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">Se contabilizar\u00e1 el n\u00famero de medios y recursos en unidades como el n\u00famero de personal interviniente, veh\u00edculos, UAS, ROV\u2026, n\u00famero de personal cient\u00edfico acreditado (nacional e internacional).<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">\u2013\u2002P\u00e9rdidas y da\u00f1os:<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">\u25cf\u2002P\u00e9rdidas y da\u00f1os directos: Son los efectos inmediatos causados por la erupci\u00f3n y fen\u00f3menos asociados:<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">1.\u2003Infraestructura: destrucci\u00f3n de viviendas, carreteras, puentes, redes el\u00e9ctricas, telecomunicaciones, sistemas de agua y saneamiento.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">2.\u2003Bienes personales: p\u00e9rdida de enseres, veh\u00edculos, cultivos y ganado.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">3.\u2003Medio ambiente: alteraci\u00f3n del paisaje, contaminaci\u00f3n de suelos y aguas por cenizas y gases.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">4.\u2003Salud y vidas humanas: fallecimientos, lesiones, problemas respiratorios por ceniza, quemaduras. Evacuados, confinados, desplazados.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">\u25cf\u2002P\u00e9rdidas y da\u00f1os indirectos: Son los efectos que se manifiestan a mediano y largo plazo:<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">1.\u2003Econ\u00f3micos: ca\u00edda del turismo, cierre de negocios, p\u00e9rdida de empleo, reducci\u00f3n de ingresos fiscales.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">2.\u2003Sociales: desplazamiento de poblaci\u00f3n, p\u00e9rdida de identidad cultural, estr\u00e9s y trauma psicol\u00f3gico.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">3.\u2003Servicios esenciales: interrupci\u00f3n prolongada de educaci\u00f3n, agricultura, ganader\u00eda, pesca, salud y transporte.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">4.\u2003Impacto ambiental prolongado: p\u00e9rdida de biodiversidad, erosi\u00f3n, cambios en el uso del suelo.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">Tipolog\u00edas de los da\u00f1os:<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">\u25cb\u2002Viviendas:<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">\u25a1\u2002Destrucci\u00f3n total.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u25a1\u2002Da\u00f1os estructurales.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u25a1\u2002Da\u00f1os que no afectan a la estructura.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u25a1\u2002Ruina\/desaparici\u00f3n.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u25a1\u2002Asegurados.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u25a1\u2002No asegurados.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">\u25cb\u2002Locales y centros comerciales:<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">\u25a1\u2002Desaparici\u00f3n.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u25a1\u2002Afectaci\u00f3n parcial.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u25a1\u2002Asegurados.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u25a1\u2002No asegurados.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">\u25cb\u2002Edificios p\u00fablicos:<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">\u25a1\u2002Ayuntamiento.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u25a1\u2002Instalaciones deportivas.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u25a1\u2002Centros educativos, culturales y religiosos.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">\u25cb\u2002Infraestructuras del transporte:<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">\u25a1\u2002Carreteras.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u25a1\u2002Aeropuertos.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u25a1\u2002Puertos.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">\u25cb\u2002Pol\u00edgono industrial.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u25cb\u2002Estaci\u00f3n de servicio.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">\u2013\u2002Interrupci\u00f3n de servicios b\u00e1sicos. (Servicios de sanidad y atenci\u00f3n social, servicios de educaci\u00f3n, servicios de inter\u00e9s para protecci\u00f3n civil, telecomunicaciones.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002Interrupci\u00f3n de infraestructuras. (Transporte, infraestructuras hidr\u00e1ulicas, de energ\u00eda, de comunicaciones). Cortes y desaparici\u00f3n de carreteras. Vuelos y trayectos de barcos cancelados.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002P\u00e9rdidas econ\u00f3micas. (en todos los servicios o infraestructuras donde se hayan producido da\u00f1os o interrupciones de servicio). Una fuente importante en este cap\u00edtulo de p\u00e9rdidas econ\u00f3micas ser\u00e1 el Consorcio de Compensaci\u00f3n de Seguros que tiene definida una clasificaci\u00f3n en viviendas, industria, comercio, oficinas y edificios singulares. Las bienes agrarios y ganaderos tambi\u00e9n pueden ser obtenidos de las aseguradoras agrarias (Agroseguro y ENESA).<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002Gastos de la emergencia: Se intentar\u00e1 diferenciar los costes de emergencia (gastos de emergencia, limpieza, acciones de seguridad, personal interviniente, equipos de protecci\u00f3n individual, mascarillas, gafas protectoras, equipos medidores de gases, palas, barredoras\u2026), los de p\u00e9rdidas de servicio y los de reposici\u00f3n.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u2013\u2002Requerimientos:<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">\u25cf\u2002Particular.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u25cf\u2002Empresas.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u25cf\u2002Administraciones.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">Todos los datos que se obtengan vendr\u00e1n identificados y georreferenciados.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">\u2013\u2002Subvenciones:<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">\u25cf\u2002Fondo de Solidaridad de la Uni\u00f3n Europea.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u25cf\u2002Estatal:<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">\u25cb\u2002Ministerio del Interior: da\u00f1os personales, da\u00f1os en viviendas, establecimientos comerciales, requerimientos, corporaciones locales (manutenci\u00f3n, alojamiento, limpieza de cenizas).<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u25cb\u2002Ministerio de Pol\u00edtica Territorial: infraestructuras municipales.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">\u25cf\u2002Comunidad aut\u00f3noma.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u25cf\u2002Cabildo Insular.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u25cf\u2002Municipal.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">\u2013\u2002Medidas de seguridad aplicadas:<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">\u25cf\u2002N\u00fam. de denuncias por infracci\u00f3n a la Ley del Sistema Nacional de Protecci\u00f3n Civil.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u25cf\u2002N\u00fam. de denuncias por infracci\u00f3n a la seguridad ciudadana.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u25cf\u2002N\u00fam. de denuncias por infracci\u00f3n a la normativa que regula la limitaci\u00f3n de navegaci\u00f3n mar\u00edtima y a\u00e9rea.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">\u2013\u2002Informaci\u00f3n a la poblaci\u00f3n y a las autoridades:<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">\u25cf\u2002N\u00fam. de charlas con asociaciones de vecinos, autoridades locales y centros educativos.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">\u25cf\u2002N\u00fam. de notas y ruedas de prensa y boletines especiales.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">Los eventos y la zona afectada se representar\u00e1n sobre cartograf\u00eda oficial y se definir\u00e1n tipos de consultas con criterios temporales, geogr\u00e1ficos y de tipo de eventos y da\u00f1os.<\/p>\n<p class=\"publicado\">Documento informado favorablemente en la XII Comisi\u00f3n Permanente del Consejo Nacional de Protecci\u00f3n Civil el\u00a022 de julio de\u00a02026 y aprobado en el IX Pleno del Consejo Nacional de Protecci\u00f3n Civil el\u00a029 de julio de\u00a02026<\/p>\n<\/p><\/div>\n<p><a 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