{"id":6797,"date":"2025-03-27T07:32:27","date_gmt":"2025-03-27T07:32:27","guid":{"rendered":"https:\/\/blogemergencias.es\/index.php\/2025\/03\/27\/orden-def-294-2025-de-18-de-marzo-por-la-que-se-regula-el-procedimiento-de-seleccion-de-proyectos-de-id-de-interes-para-la-defensa-y-su-correspondiente-contratacion-en-el-ambito-del-programa-de-coo\/"},"modified":"2025-03-27T07:32:27","modified_gmt":"2025-03-27T07:32:27","slug":"orden-def-294-2025-de-18-de-marzo-por-la-que-se-regula-el-procedimiento-de-seleccion-de-proyectos-de-id-de-interes-para-la-defensa-y-su-correspondiente-contratacion-en-el-ambito-del-programa-de-coo","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/blogemergencias.es\/index.php\/2025\/03\/27\/orden-def-294-2025-de-18-de-marzo-por-la-que-se-regula-el-procedimiento-de-seleccion-de-proyectos-de-id-de-interes-para-la-defensa-y-su-correspondiente-contratacion-en-el-ambito-del-programa-de-coo\/","title":{"rendered":"Orden DEF\/294\/2025, de 18 de marzo, por la que se regula el procedimiento de selecci\u00f3n de proyectos de I+D de inter\u00e9s para la Defensa y su correspondiente contrataci\u00f3n en el \u00e1mbito del Programa de Cooperaci\u00f3n en Investigaci\u00f3n Cient\u00edfica y Desarrollo en Tecnolog\u00edas Estrat\u00e9gicas (Programa Coincidente)."},"content":{"rendered":"<div id=\"textoxslt\">\n<p class=\"parrafo\">El Programa de Cooperaci\u00f3n en Investigaci\u00f3n Cient\u00edfica y Desarrollo en Tecnolog\u00edas Estrat\u00e9gicas (Programa Coincidente) tiene como objetivo aprovechar las tecnolog\u00edas desarrolladas en el \u00e1mbito civil que puedan ser de aplicaci\u00f3n en proyectos de inter\u00e9s para el Ministerio de Defensa.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">A fin de regular las bases de las convocatorias de procesos de selecci\u00f3n de los proyectos de investigaci\u00f3n y desarrollo (I+D), susceptibles de ser incluidos en el Programa Coincidente, se public\u00f3 la Orden DEF\/1453\/2010, de\u00a025 de mayo, por la que se regula el procedimiento para convocar procesos de selecci\u00f3n de proyectos de I+D de inter\u00e9s para Defensa, en el \u00e1mbito del programa Coincidente. Posteriormente se public\u00f3 la Orden DEF\/862\/2017, de\u00a028 de agosto, por la que se regula el procedimiento para convocar procesos de selecci\u00f3n y contrataci\u00f3n, de proyectos de I+D de inter\u00e9s para Defensa, en el \u00e1mbito del programa Coincidente, a fin de adaptar el procedimiento existente a la nueva legislaci\u00f3n publicada.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Desde la publicaci\u00f3n de la Orden DEF\/1453\/2010, de\u00a025 de mayo, el Ministerio de Defensa ha realizado nueve convocatorias de proyectos, que se han materializado en la selecci\u00f3n y contrataci\u00f3n de proyectos presentados por universidades y peque\u00f1as y medianas empresas, lo que ha permitido al Departamento tener un mayor conocimiento de las tecnolog\u00edas de car\u00e1cter dual existentes y, en alg\u00fan caso, integrar dichas tecnolog\u00edas en proyectos concretos de I+D de car\u00e1cter militar.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">La entrada en vigor del Real Decreto\u00a0896\/2024, de\u00a010 de septiembre, por el que se modifica el Real Decreto\u00a01009\/2023, de\u00a05 de diciembre, por el que se establece la estructura org\u00e1nica b\u00e1sica de los departamentos ministeriales, y el Real Decreto\u00a0205\/2024, de\u00a027 de febrero, por el que se desarrolla la estructura org\u00e1nica b\u00e1sica del Ministerio de Defensa, han supuesto una modificaci\u00f3n sustancial del \u00e1mbito de competencias existente en la estructura anterior, al asignarle a la nueva Direcci\u00f3n General de Estrategia e Innovaci\u00f3n de la Industria de Defensa funciones relacionadas con la pol\u00edtica de investigaci\u00f3n, desarrollo e innovaci\u00f3n del Departamento que, anteriormente, estaban asignadas a la Direcci\u00f3n General de Armamento y Material.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Con esta disposici\u00f3n, se pretende, en l\u00ednea con lo establecido en el Real Decreto\u00a0896\/2024, de\u00a010 de septiembre, reforzar la innovaci\u00f3n e internacionalizaci\u00f3n de la industria de defensa, que le permita asimismo adquirir capacidades para acometer desarrollos que satisfagan las necesidades de las Fuerzas Armadas.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">En base a ello, en esta orden ministerial se establece el procedimiento a seguir en la presentaci\u00f3n de propuestas, su evaluaci\u00f3n y forma de contrataci\u00f3n de esos proyectos.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Esta norma se adec\u00faa a los principios de buena regulaci\u00f3n conforme a los cuales deben actuar las Administraciones P\u00fablicas en el ejercicio de la iniciativa legislativa y la potestad reglamentaria previstos en el art\u00edculo\u00a0129 de la Ley\u00a039\/2015, de\u00a01 de octubre, del Procedimiento Administrativo Com\u00fan de las Administraciones P\u00fablicas.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">A estos efectos se pone de manifiesto el cumplimiento de los principios de necesidad y eficacia ya que la iniciativa normativa est\u00e1 justificada por una raz\u00f3n de inter\u00e9s general y se basa en una identificaci\u00f3n clara de los fines perseguidos y ser el instrumento m\u00e1s adecuado para garantizar su consecuci\u00f3n.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Asimismo, la norma es acorde al principio de proporcionalidad, al contener la regulaci\u00f3n imprescindible para atender la necesidad a cubrir con la norma, tras constatar que no existen otras medidas menos restrictivas de derechos, o que impongan menos obligaciones a los destinatarios.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Igualmente se ajusta al principio de seguridad jur\u00eddica al ejercerse la iniciativa normativa de manera coherente con el resto del ordenamiento jur\u00eddico, para generar un marco normativo estable, predecible, integrado, claro y de certidumbre, que facilite su conocimiento y comprensi\u00f3n y, en consecuencia, la actuaci\u00f3n y toma de decisiones de las personas y empresas.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Con respecto al principio de eficiencia, la norma no impone cargas administrativas innecesarias o accesorias.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">Asimismo, es conforme con las exigencias del principio de transparencia, ya que sus objetivos est\u00e1n claramente definidos. As\u00ed, durante su tramitaci\u00f3n, esta orden ministerial fue publicada en el canal de participaci\u00f3n p\u00fablica, audiencia e informaci\u00f3n p\u00fablica, de la p\u00e1gina WEB del Ministerio de Defensa, sin haberse recibido aportaciones.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">En su virtud, con la aprobaci\u00f3n previa del Ministro para la Transformaci\u00f3n Digital y de la Funci\u00f3n P\u00fablica,\u00a0dispongo:<\/p>\n<h5 class=\"articulo\">Art\u00edculo\u00a01.\u2003Objeto.<\/h5>\n<p class=\"parrafo\">Esta orden ministerial tiene por objeto establecer el procedimiento de selecci\u00f3n de proyectos de I+D de inter\u00e9s para la Defensa y su correspondiente contrataci\u00f3n en el \u00e1mbito del Programa de Cooperaci\u00f3n en Investigaci\u00f3n Cient\u00edfica y Desarrollo en Tecnolog\u00edas Estrat\u00e9gicas (Programa Coincidente).<\/p>\n<h5 class=\"articulo\">Art\u00edculo\u00a02.\u2003\u00d3rganos competentes.<\/h5>\n<p class=\"parrafo\">1.\u2003La Direcci\u00f3n General de Estrategia e Innovaci\u00f3n de la Industria de Defensa (DIGEID) es el \u00f3rgano competente para convocar y resolver el procedimiento de selecci\u00f3n de los proyectos, en los t\u00e9rminos indicados en los art\u00edculos siguientes.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">2.\u2003La Subdirecci\u00f3n General de Adquisiciones de Armamento y Material, de la Direcci\u00f3n General de Armamento y Material, es el \u00f3rgano de contrataci\u00f3n competente para formalizar la contrataci\u00f3n de los proyectos seleccionados.<\/p>\n<h5 class=\"articulo\">Art\u00edculo\u00a03.\u2003Participantes.<\/h5>\n<p class=\"parrafo\">Podr\u00e1n concurrir a las convocatorias las siguientes entidades:<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">a)\u2003Empresas.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">b)\u2003Universidades.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">c)\u2003Centros privados de investigaci\u00f3n sin \u00e1nimo de lucro.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">d)\u2003Agrupaciones o asociaciones de empresas.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">e)\u2003En general, todas las personas f\u00edsicas o jur\u00eddicas que no tengan prohibido contratar con el sector p\u00fablico en los t\u00e9rminos previstos en la Ley\u00a09\/2017, de\u00a08 de noviembre de Contratos del Sector P\u00fablico, por la que se transponen al ordenamiento jur\u00eddico espa\u00f1ol las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo\u00a02014\/23\/UE y\u00a02014\/24\/UE, de\u00a026 de febrero de\u00a02014 y normas que la desarrollan, as\u00ed como por la Ley\u00a024\/2011, de\u00a01 de agosto, de Contratos del sector p\u00fablico en los \u00e1mbitos de defensa y seguridad.<\/p>\n<h5 class=\"articulo\">Art\u00edculo\u00a04.\u2003Procedimiento de selecci\u00f3n de proyectos de I+D de inter\u00e9s para la Defensa.<\/h5>\n<p class=\"parrafo\">1.\u2003El procedimiento de selecci\u00f3n de proyectos se iniciar\u00e1 de oficio, con la convocatoria para la presentaci\u00f3n de proyectos de I+D de inter\u00e9s para la Defensa, que se realizar\u00e1 mediante resoluci\u00f3n de la persona titular de la DIGEIP y que ser\u00e1 publicada en el \u00abBolet\u00edn Oficial del Estado\u00bb (BOE).<\/p>\n<p class=\"parrafo\">2.\u2003La convocatoria especificar\u00e1:<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">a)\u2003Los \u00e1mbitos tecnol\u00f3gicos de inter\u00e9s para Defensa, en funci\u00f3n de las necesidades que estime este Departamento Ministerial.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">b)\u2003La documentaci\u00f3n que debe acompa\u00f1ar al proyecto presentado.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">c)\u2003Las fechas y los plazos en los que se deber\u00e1n presentar los proyectos de I+D, que no deber\u00e1n exceder de dos meses a partir del d\u00eda siguiente a la fecha de publicaci\u00f3n de la correspondiente convocatoria en el \u00abBolet\u00edn Oficial del Estado\u00bb.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">3.\u2003Los proyectos presentados deber\u00e1n desarrollar un demostrador con funcionalidad militar y suponer una novedad tecnol\u00f3gica significativa, que satisfaga una necesidad real o potencial del Ministerio de Defensa.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">4.\u2003Los proyectos presentados podr\u00e1n proceder de proyectos que hayan obtenido financiaci\u00f3n o cualquier otro tipo de ayuda proveniente de cualquier organismo p\u00fablico o privado, pero la financiaci\u00f3n por parte del Ministerio de Defensa contemplar\u00e1 \u00fanicamente los nuevos trabajos desarrollados.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">5.\u2003Los proyectos podr\u00e1n presentarse en el Registro electr\u00f3nico del Ministerio de Defensa, accesible a trav\u00e9s de la sede electr\u00f3nica asociada del Ministerio de Defensa (https:\/\/sede.defensa.gob.es) o en el resto de los lugares previstos en el art\u00edculo\u00a016.4 de la Ley\u00a039\/2015, de\u00a01 de octubre.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">6.\u2003La documentaci\u00f3n ser\u00e1 evaluada por el Sistema de Observaci\u00f3n y Prospectiva Tecnol\u00f3gica (SOPT) de la Subdirecci\u00f3n General de Planificaci\u00f3n, Tecnolog\u00eda e Innovaci\u00f3n (SDG PLATIN), de la DIGEID. La SDG PLATIN, teniendo en cuenta los informes t\u00e9cnicos emitidos por el SOPT, propondr\u00e1 a la persona titular de la DIGEID, aquellos proyectos de inter\u00e9s para el Ministerio de Defensa, dentro del Programa Coincidente.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">7.\u2003El resultado del proceso de selecci\u00f3n ser\u00e1 publicado en el BOE, mediante resoluci\u00f3n de la persona titular de la DIGEID, en el plazo m\u00e1ximo de seis meses, a partir de la finalizaci\u00f3n del plazo indicado en el apartado\u00a02. c) de este art\u00edculo. En dicha resoluci\u00f3n deber\u00e1n figurar, adem\u00e1s de los proyectos seleccionados y aquellos que pudieran haber sido seleccionados como reservas. Los proyectos que no figuren como seleccionados o como reservas se entender\u00e1n desestimados.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">8.\u2003Transcurrido el plazo m\u00e1ximo de seis meses indicado en el apartado anterior, sin que se haya publicado la resoluci\u00f3n del proceso de selecci\u00f3n, legitima a los interesados para entender desestimada su pretensi\u00f3n por silencio administrativo.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">9.\u2003Contra la resoluci\u00f3n de la persona titular de la DIGEID se podr\u00e1 interponer recurso de alzada ante la persona titular de la Secretar\u00eda de Estado de Defensa, de conformidad con lo establecido en los art\u00edculos\u00a0121 y\u00a0122 de la Ley\u00a039\/2015, de\u00a01 de octubre, del Procedimiento Administrativo Com\u00fan de las Administraciones P\u00fablicas.<\/p>\n<h5 class=\"articulo\">Art\u00edculo\u00a05.\u2003Contrataci\u00f3n de Proyectos.<\/h5>\n<p class=\"parrafo\">1.\u2003Una vez publicada la resoluci\u00f3n del procedimiento de selecci\u00f3n de proyectos de I+D de inter\u00e9s para la Defensa se formalizar\u00e1 un contrato de servicios de I+D, donde se compartir\u00e1n los riesgos y beneficios de la investigaci\u00f3n cient\u00edfico t\u00e9cnica necesarios para desarrollar soluciones innovadoras dentro del \u00e1mbito objetivo de la Defensa. Estos contratos ser\u00e1n formalizados en el plazo m\u00e1ximo de doce meses a partir de la fecha de publicaci\u00f3n de la resoluci\u00f3n del procedimiento de selecci\u00f3n.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">2.\u2003Este tipo de contratos est\u00e1 excluido del \u00e1mbito de aplicaci\u00f3n de la Ley\u00a024\/2011, de\u00a01 de agosto, de contratos del sector p\u00fablico en los \u00e1mbitos de la defensa y de la seguridad, (LCSPDS), de acuerdo con lo establecido en su art\u00edculo\u00a07.1.k, y de la aplicaci\u00f3n de la Ley\u00a09\/2017, de\u00a08 de noviembre, de Contratos del Sector P\u00fablico, en virtud de su \u00e1mbito objetivo de aplicaci\u00f3n.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">3.\u2003No obstante, lo anterior, para resolver las dudas y lagunas que pudieran presentarse se aplicar\u00e1n los principios de la Ley\u00a024\/2011, de\u00a01 de agosto, y los principios de la Ley\u00a09\/2017, de\u00a08 de noviembre, y los principios del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones P\u00fablicas, as\u00ed como los preceptos que regulan las normas tributarias de obligado cumplimiento y la normativa nacional y de la Uni\u00f3n Europea vigente en materia de protecci\u00f3n de datos.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">4.\u2003En los aspectos concernientes a la propiedad intelectual e industrial, deber\u00e1n figurar en los contratos las consideraciones siguientes:<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">a)\u2003El Ministerio de Defensa ostentar\u00e1 el derecho de uso del objeto del contrato para sus propios fines.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">b)\u2003En cuanto a la propiedad intelectual e industrial, se preservar\u00e1n los derechos del Ministerio de Defensa, que ser\u00e1 proporcional a la aportaci\u00f3n de cada una de las partes contratantes.<\/p>\n<h5 class=\"articulo\">Disposici\u00f3n adicional \u00fanica.\u2003No incremento del gasto p\u00fablico.<\/h5>\n<p class=\"parrafo\">La aplicaci\u00f3n de esta orden ministerial no supondr\u00e1 incremento de gasto p\u00fablico, atendi\u00e9ndose con los medios personales y materiales del Departamento.<\/p>\n<h5 class=\"articulo\">Disposici\u00f3n transitoria primera.\u2003Competencia para resolver y publicar los proyectos seleccionados.<\/h5>\n<p class=\"parrafo\">Corresponde a la persona titular de la Direcci\u00f3n General de Estrategia e Innovaci\u00f3n de la Industria de Defensa, resolver y publicar la relaci\u00f3n de proyectos seleccionados como de inter\u00e9s para la Defensa, en el \u00e1mbito del Programa Coincidente, correspondiente a la convocatoria realizada por el Director General de Armamento y Material, por Resoluci\u00f3n\u00a0320\/38147\/2024, de\u00a017 de abril.<\/p>\n<h5 class=\"articulo\">Disposici\u00f3n transitoria segunda.\u2003Proyectos seleccionados en convocatorias anteriores.<\/h5>\n<p class=\"parrafo\">Los proyectos que hayan sido seleccionados al amparo de anteriores convocatorias continuar\u00e1n ejecut\u00e1ndose y, en su caso, ser\u00e1n contratados, de acuerdo con la normativa vigente en la fecha de publicaci\u00f3n de las respectivas resoluciones de selecci\u00f3n.<\/p>\n<h5 class=\"articulo\">Disposici\u00f3n derogatoria \u00fanica.\u2003Derogaci\u00f3n normativa.<\/h5>\n<p class=\"parrafo\">1.\u2003Queda derogada la Orden DEF\/862\/2017, de\u00a028 de agosto, por la que se regula el procedimiento para convocar procesos de selecci\u00f3n de proyectos de I+D de inter\u00e9s para Defensa, en el \u00e1mbito del programa Coincidente.<\/p>\n<p class=\"parrafo\">2.\u2003Asimismo, quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo dispuesto en esta orden ministerial.<\/p>\n<h5 class=\"articulo\">Disposici\u00f3n final primera.\u2003Facultades de ejecuci\u00f3n.<\/h5>\n<p class=\"parrafo\">Se faculta a la persona titular de la Direcci\u00f3n General de Estrategia e Innovaci\u00f3n de la Industria de Defensa para que dicte, en el \u00e1mbito de sus competencias, las disposiciones necesarias para la ejecuci\u00f3n de esta orden ministerial, en orden a realizar las convocatorias y la selecci\u00f3n de proyectos de I+D, susceptibles de ser incluidos en el \u00e1mbito del Programa Coincidente.<\/p>\n<h5 class=\"articulo\">Disposici\u00f3n final segunda.\u2003Entrada en vigor.<\/h5>\n<p class=\"parrafo\">La presente orden ministerial entrar\u00e1 en vigor el d\u00eda siguiente al de su publicaci\u00f3n en el \u00abBolet\u00edn Oficial del Estado\u00bb.<\/p>\n<p class=\"parrafo_2\">Madrid, 18 de marzo de\u00a02025.\u2013La Ministra de Defensa, Margarita Robles Fern\u00e1ndez.<\/p>\n<\/p><\/div>\n<p><a href=\"https:\/\/www.boe.es\/diario_boe\/txt.php?id=BOE-A-2025-6153\">source<\/a><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El Programa de Cooperaci\u00f3n en Investigaci\u00f3n Cient\u00edfica y Desarrollo en Tecnolog\u00edas Estrat\u00e9gicas (Programa Coincidente) tiene como objetivo 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